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Aceleración de la transformación digital de los gobiernos de la UE: el Plan de Acción 2016-2020

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Comunicación de la Comisión Europea [COM(2016) 179 final]: Plan de Acción sobre Administración Electrónica de la UE

Artículo 197 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

Artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA COMUNICACIÓN, DE LOS ARTÍCULOS DEL TRATADO Y DE LA CARTA?

Desde 2005, la Comisión Europea ha adoptado planes de acción sobre administración electrónica de la Unión Europea (UE) para hacer avanzar la agenda de modernización del sector público en toda la UE. Tienen como objetivo apoyar la coordinación, la colaboración y las acciones conjuntas relativas a la administración electrónica en Europa.

El último plan de acción tiene como finalidad ofrecer apoyo para los procesos administrativos, mejorando la calidad del servicio y aumentando la eficiencia gracias a una aplicación completa de la tecnología digital. También tiene como finalidad reducir la carga administrativa de las empresas y los ciudadanos haciendo que las interacciones sean más rápidas, cómodas y baratas, lo que dará lugar a nuevos beneficios económicos y sociales para la sociedad en su conjunto.

De conformidad con el artículo 197 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la UE puede apoyar los esfuerzos de los países de la UE de cara a mejorar su capacidad administrativa para poner en práctica la legislación de la UE.

En virtud del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, toda persona tiene derecho a:

  • que los organismos de la UE traten sus asuntos imparcial y equitativamente, y dentro de un plazo razonable, lo que incluye el derecho a ser oída antes de que se tome en contra suya una medida individual que la afecte desfavorablemente,
  • acceder al expediente que le concierna, dentro del respeto de los intereses legítimos de la confidencialidad y del secreto profesional y comercial.

PUNTOS CLAVE

El plan de acción se basa en la visión de que, en 2020, las administraciones públicas y las instituciones de la UE deberían ser abiertas, eficientes e integradoras, además de ofrecer unos servicios públicos digitales sin fronteras, personalizados y accesibles tanto para los ciudadanos como para las empresas.

Se utilizan enfoques innovadores para diseñar y ofrecer unos mejores servicios que estén en consonancia con las necesidades y las demandas de los ciudadanos y las empresas. Las administraciones públicas utilizan las oportunidades que ofrece el nuevo entorno digital para facilitar las interacciones entre sí y con todas las partes interesadas.

El presente plan de acción tiene como objetivo reunir los esfuerzos que se están realizando para eliminar las actuales barreras digitales al Mercado Único Digital. No cuenta con un presupuesto asignado, pero ayuda a coordinar recursos a disposición de los países de la UE a través de diversos programas de la UE. Las iniciativas del plan se basan en los siguientes principios:

  • Versión digital por defecto: ofrecer servicios en forma digital como opción preferida a través de un único punto de contacto.
  • Principio de solo una vez: garantizando que los ciudadanos y las empresas facilitan la misma información a una administración pública una sola vez.
  • integradores y accesibles: servicios públicos digitales que sean integradores y tomen en consideración las necesidades diferentes,, como aquellas de las personas con discapacidad.
  • Abiertos y transparentes: organismos públicos que compartan información y datos entre ellos, y ciudadanos y empresas que tengan acceso a sus propios datos, colaborando con las empresas y otros en el diseño del servicio.
  • Transfronterizos: con servicios públicos digitales que estén disponibles más allá de las fronteras nacionales, evitando la fragmentación y garantizando la movilidad dentro del mercado único de la UE.
  • Interoperativos: con servicios diseñados para funcionar sin discontinuidades en todo el mercado único y entre las distintas organizaciones.
  • Seguros y fiables: con iniciativas que vayan más allá de limitarse a cumplir con la legislación sobre la protección de datos, la privacidad y la seguridad informática.

El plan de acción de veinte puntos se organiza en torno a tres pilares y establece una fecha límite para completar cada una de las acciones.

Primer pilar: Modernización de la administración pública con las TIC

Las acciones de este pilar se encaminan a aumentar la eficiencia y la eficacia de las administraciones públicas, lo cual sigue siendo fundamental en el entorno económico actual y en un contexto de austeridad presupuestaria, mediante el uso de herramientas digitales fundamentales:

1. En 2019: apoyo a la transición de los países de la UE hacia una implantación plena de la contratación pública electrónica y del uso de registros de contratos.

2. En 2016: acelerar la implantación de los servicios eIDAS.

3. En 2018: garantizar la sostenibilidad de la infraestructura de servicios digitales transfronterizos.

4. En 2016-2019: presentar una versión revisada del Marco Europeo de Interoperabilidad y apoyar su adopción por parte de los países de la UE.

5. En 2017: coordinar el desarrollo de un prototipo para un catálogo europeo de normas de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para la contratación pública.

6. En 2016-2019: introducir gradualmente los principios «versión digital por defecto» y de «solo una vez», facturación electrónica y contratación pública electrónica, y valorar la posible aplicación del principio de «ausencia de legado».

Segundo pilar: Facilitar la movilidad transfronteriza mediante servicios públicos digitales

En una evaluación comparativa de resultados de los últimos años de la administración electrónica, se observa que los servicios dentro de la UE se encuentran significativamente por detrás de los servicios nacionales y que la disponibilidad y calidad de los servicios ofrecidos a los no residentes resulta inadecuada. Estudiar en otro país, por ejemplo, todavía puede incluir procesos de solicitud en papel y reuniones presenciales antes de la inscripción.

Las acciones de este pilar tienen como finalidad facilitar la movilidad y el acceso a los servicios públicos digitales de forma transfronteriza para los ciudadanos y las empresas en una UE interoperativa:

7. En 2017: presentar una propuesta de un portal digital único.

8. En 2016: convertir el Portal Europeo de e-Justicia en un mecanismo de ventanilla única.

9. En 2017: interconexión obligatoria de los registros de empresas de todos los países de la UE.

10. En 2019: seguir impulsando la interconexión electrónica de los registros de insolvencia.

11. En 2017: presentar una iniciativa para las soluciones digitales a lo largo del ciclo vital de una empresa.

12. En 2016: extender el mecanismo electrónico único para el registro y el pago del IVA.

13. En 2016: lanzamiento de un proyecto piloto sobre el principio de solo una vez para las empresas.

14. En 2018: establecer un mecanismo de notificación único para el transporte marítimo y digitalizar los documentos electrónicos de transporte.

15. En 2019: completar el establecimiento del Intercambio Electrónico de Información sobre Seguridad Social.

16. En 2017: seguir desarrollando el Portal Europeo de la Movilidad Profesional EURES.

17. En 2016-2018: apoyar a los países de la UE a que desarrollen servicios transfronterizos de sanidad electrónica.

Tercer pilar: Facilitar la interacción digital con ciudadanos y empresas

Las acciones de este pilar tienen como finalidad mejorar la adopción de los servicios públicos digitales por parte de los ciudadanos y las empresas. Esto pretende mejorar la experiencia de uso mediante, por ejemplo, la personalización, a la vez que se respeta la privacidad y la protección de datos. Una forma de lograr esto es implicar a los propios usuarios en el diseño, la producción y la prestación de los servicios públicos.

Algunas de las acciones de mayor impacto incluyen el despliegue de servicios electrónicos de identificación y confianza (servicios eIDAS), la aplicación del principio de solo una vez y la reutilización de las bases de la infraestructura de servicios digitales para los servicios públicos transfronterizos. Algunas acciones se refieren específicamente a la transformación digital de la propia Comisión.

Las acciones de este pilar incluyen:

18. En 2019: evaluar la aplicación del principio de solo una vez de forma transfronteriza para los ciudadanos.

19. En 2016-2020: acelerar el uso de la infraestructura de datos de la Directiva INSPIRE.

20. En 2018: transformar los sitios web de la UE para fomentar la participación de los ciudadanos y las empresas en los programas y la política.

Es posible que se necesiten otras acciones para lograr estos objetivos, así como para adaptarse al entorno tecnológico que se encuentra en constante cambio.

La Comisión también ha establecido una Junta Directiva del Plan de Acción sobre la Administración Electrónica, formada por representantes de los países de la UE, para coordinar y supervisar eficazmente el plan de acción, así como para evaluar y seleccionar acciones nuevas.

Aunque el plan no contará con su propia asignación presupuestaria, recibirá financiación procedente de diversos programas de la UE. En lo que se refiere a los fondos estructurales y de inversión europeos, la financiación depende de que los países en cuestión cumplan con los procedimientos de gobernanza económica de la UE.

ANTECEDENTES

La transformación digital del Gobierno facilita la interacción de las empresas con las administraciones públicas de toda la UE, de manera que puedan entrar con facilidad en mercados nuevos. También reduce la carga administrativa para los ciudadanos que desean vivir, trabajar, estudiar o jubilarse en otro país de la UE.

Los servicios públicos digitales son fundamentales para reducir las cargas administrativas sobre los ciudadanos y las empresas al hacer que sus interacciones con las autoridades públicas sean más rápidas, más cómodas y menos costosas.

El Plan de Acción sobre Administración Electrónica 2016-2020 tiene como finalidad abordar los problemas a los que se enfrentan los ciudadanos, las empresas y las administraciones públicas a través de los objetivos estratégicos establecidos en la Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa:

  • 1.

    modernizar la administración pública;

  • 1.

    lograr la interoperabilidad transfronteriza; y

  • 1.

    facilitar una interacción sencilla con los ciudadanos.

Plan de Acción dinámico

La evaluación intermedia del Plan de Acción sobre Administración Electrónica 2011-2015 recomendó que el plan de acción actual pasase de ser una iniciativa estática de cinco años a adoptar un enfoque más flexible e iterativo. El Plan de Acción sobre Administración Electrónica con una evolución dinámica está apoyado por una plataforma de implicación digital conocida como eGovernment4EU. Esta plataforma recopila ideas sobre acciones de todas las partes interesadas. En la revisión intermedia 5 del mercado único digital ya se han añadido nuevas acciones al Plan de Acción, si bien todavía pueden añadirse otras nuevas.

Más allá del Plan de Acción

La Declaración Ministerial de Tallin 2017 sobre administración electrónica representa un sólido compromiso político por parte de los países europeos (tanto de la UE como de la Asociación Europea de Libre Comercio) para seguir acelerando la transformación digital del gobierno en consonancia con los principios del Plan de Acción sobre Administración Electrónica. Si bien reconoce el papel del Plan de Acción sobre Administración Electrónica 2016 de la UE, solicita que se establezca la base para una mayor evolución digital y acciones conjuntas más allá de 2020, extendiendo la digitalización en todas las áreas políticas y garantizando que los servicios se centren fundamentalmente en los usuarios finales.

Para más información, véanse:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Título XXIV — Cooperación administrativa — Artículo 197 (DO C 202 de 7.6.2016, p. 136)

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Título V — Derechos de los ciudadanos — Artículo 41 — Derecho a una buena administración (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 401-402)

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan de Acción sobre Administración Electrónica de la UE 2016-2020: Acelerar la transformación digital de la administración [COM(2016) 179 final de 19.4.2016]

última actualización 03.04.2018

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