EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52022DC0108

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES REPowerEU: Acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible

COM/2022/108 final

Estrasburgo, 8.3.2022

COM(2022) 108 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

REPowerEU: Acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible




INTRODUCCIÓN

Tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, la necesidad de una rápida transición hacia una energía limpia nunca ha sido más fuerte y clara. La UE importa el 90 % del gas que consume y Rusia proporciona más del 40 % del gas consumido en la UE. Además, el 27 % de las importaciones de petróleo y el 46 % de las importaciones de carbón también proceden de Rusia.

Porcentaje de las importaciones de gas natural de la UE, 2021

Fuente: Comisión Europea

La UE debe estar preparada para cualquier escenario. Puede alcanzar la independencia del gas ruso mucho antes de que finalice la década. Cuanto antes diversifiquemos nuestro suministro y lo hagamos de forma más decisiva, y cuanto antes aceleremos el despliegue de tecnologías energéticas ecológicas y reduzcamos nuestra demanda de energía, antes podremos sustituir al gas ruso. La presente Comunicación establece nuevas acciones para aumentar la producción de energía ecológica, diversificar los suministros y reducir la demanda, con especial atención al gas, que influye significativamente en el mercado de la electricidad y cuyo mercado mundial es menos líquido. La atención puede ampliarse a la eliminación progresiva de la dependencia del petróleo y el carbón rusos, para los que la UE dispone de una mayor diversidad de proveedores potenciales.

Si se acelera la transición ecológica, se reducirán las emisiones y la dependencia de los combustibles fósiles importados y estaremos mejor protegidos contra las subidas de precios. El aumento de los precios de los combustibles fósiles afecta especialmente a los consumidores domésticos vulnerables o en situación de pobreza energética, que gastan una elevada proporción de sus ingresos totales en facturas energéticas 1 , lo que agrava las disparidades y las desigualdades en la UE. Las empresas, en particular las industrias de gran consumo de energía, así como el sector agroalimentario, se enfrentan a costes de producción más elevados.

Proporcionar a las empresas y los hogares una energía asequible, segura y limpia requiere medidas decisivas, empezando inmediatamente por la reducción de los precios y el almacenamiento de gas para el próximo invierno. 

I.HACER FRENTE A LA EMERGENCIA

Los precios de la energía tan elevados están perjudicando a la economía. Antes de la invasión, el Banco Central Europeo estimaba que las perturbaciones de los precios de la energía reducirían el crecimiento del PIB en alrededor de 0,5 puntos porcentuales en 2022. Si los precios de la energía continúan siendo elevados, es probable que produzcan un aumento de la pobreza y afecten a la competitividad de las empresas. Sobre todo las industrias de gran consumo de energía han tenido que hacer frente a costes de fabricación más elevados 2 . Los precios de la energía elevados también suponen un aumento de los precios de otras mercancías, especialmente de los alimentos. Un aumento combinado de los precios de la energía, el transporte y los alimentos agravaría la presión sobre los hogares con bajos ingresos, lo que supone un mayor riesgo de caer en la pobreza.

El conjunto de medidas de la Comisión 3 de octubre de 2021 ha contribuido a mitigar el impacto de los elevados precios de la energía. Las medidas deben mantenerse mientras sea necesario.

Para hacer frente a la situación de emergencia actual, la Comisión estudiará todas las opciones posibles para aplicar medidas de emergencia que limiten el efecto de contagio de los precios del gas en los precios de la electricidad, como el establecimiento de límites temporales de precios, consultará urgentemente a todos los agentes interesados y propondrá opciones en las próximas semanas.

La Comisión también evaluará las opciones para optimizar el diseño del mercado de la electricidad con el fin de aprovechar los beneficios de la energía de bajo coste. Tendrá en cuenta el informe final de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) y otras contribuciones sobre el funcionamiento del mercado de la electricidad en lo relativo a los beneficios e inconvenientes de los mecanismos alternativos de fijación de precios de la electricidad. También hará un seguimiento, según proceda, para mantener la electricidad asequible sin perturbar ni el suministro ni las inversiones adicionales en la transición ecológica.

1.1.Reducir los precios minoristas y apoyar a las empresas especialmente expuestas

La Comisión confirma que la regulación de los precios y los mecanismos de transferencia para ayudar a proteger a los consumidores y a nuestra economía son posibles. El marco jurídico del mercado de la electricidad, y en particular el artículo 5 de la Directiva sobre la electricidad 4 , permite a los Estados miembros, en las circunstancias excepcionales actuales, fijar precios minoristas para los hogares y las microempresas. 

La Comisión ofrece orientaciones detalladas en el anexo 1 de la presente Comunicación para ayudar a los Estados miembros a elaborar sistemas de fijación de precios regulados. Esto podría acompañarse de incentivos para la eficiencia y el ahorro energéticos, a fin de reducir las facturas de la energía.

Las normas de la UE en materia de ayudas estatales ofrecen a los Estados miembros opciones para proporcionar ayuda a corto plazo a las empresas y a los agricultores afectados por los elevados precios de la energía, y contribuyen a reducir su exposición a la volatilidad de los precios de la energía a medio y largo plazo. Por ejemplo, los Estados miembros pueden ofrecer ayuda temporal a las empresas que se enfrentan a necesidades de liquidez debido a los elevados precios actuales de la energía, independientemente de su tamaño, sobre la base de las Directrices sobre salvamento y reestructuración 5 . La Comisión tratará estos casos con prioridad, prestando especial atención a los servicios de gas y a los intermediarios que se enfrentan a un aumento de los costes de suministro debido a las interrupciones de los contratos.

Las Directrices sobre ayudas estatales del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE 6 permiten a los Estados miembros apoyar específicamente a los sectores que corren mayor riesgo de fuga de carbono debido a los costes de emisiones indirectas. En el sector agrícola, las normas sobre ayudas estatales 7 permiten la ayuda a la inversión en energía sostenible. En la revisión en curso de estas normas, la propuesta de la Comisión 8 sometida a consulta pública aumenta las opciones para prestar apoyo a los agricultores.

La Comisión está dispuesta a utilizar plenamente la flexibilidad de su conjunto de medidas en materia de ayudas estatales para que los Estados miembros puedan apoyar a las empresas y sectores gravemente afectados por la evolución geopolítica actual. Para que los Estados miembros puedan poner remedio a las graves perturbaciones de la economía derivadas de la agresión militar de Rusia contra Ucrania, la Comisión consultará en breve a los Estados miembros sobre las necesidades y el alcance de un nuevo marco temporal para las ayudas de crisis autónomo 9 . Dicho marco podría, por ejemplo, permitir el apoyo a la liquidez para todas las empresas afectadas directa o indirectamente por la crisis y la ayuda a las empresas 10 , en particular a las de gran consumo de energía, para compensar parte del aumento de los costes de la energía causado por la perturbación de los precios desde la invasión rusa. La Comisión también ha consultado a los Estados miembros sobre modificaciones específicas de las Directrices sobre ayudas estatales del RCDE, en particular para ampliar la lista de sectores subvencionables, garantizando al mismo tiempo que estén sujetos a incentivos reforzados para mejorar la eficiencia energética o descarbonizar su producción y limitar el falseamiento de la competencia entre Estados miembros.

Para financiar estas medidas de emergencia, los Estados miembros pueden considerar la adopción de medidas fiscales temporales sobre los beneficios imprevistos. Según la Agencia Internacional de la Energía, estas medidas fiscales sobre los beneficios elevados podrían poner a disposición del erario público hasta 200 000 000 000 EUR en 2022 para compensar parcialmente la subida de las facturas energéticas 11 . Estas medidas no deben tener carácter retroactivo, sino que deben ser tecnológicamente neutras y permitir a los productores de electricidad cubrir sus costes y proteger las señales del mercado y del precio del carbono a largo plazo. El anexo 2 establece las condiciones que deben cumplir estos instrumentos. Los Estados miembros también pueden hacer uso de los ingresos del RCDE que sean superiores a lo previsto. Entre el 1 de enero de 2021 y el 28 de febrero de 2022, los ingresos generados por las subastas procedentes de los derechos de emisión del RCDE UE ascendieron a alrededor de 30 000 000 000 EUR 12 .

En su Comunicación sobre las orientaciones de política presupuestaria para 2023, la Comisión recordó que la denominada «cláusula general de salvaguardia» del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) sigue aplicándose en 2022, lo que permite a los Estados miembros adoptar medidas excepcionales en las circunstancias excepcionales actuales.

1.2.Preparación para el próximo invierno con la garantía de un almacenamiento suficiente de gas

El suministro de gas es suficiente hasta el final de este invierno, aunque se interrumpiese totalmente el suministro procedente de Rusia.

Para estar bien preparados para el próximo invierno, debe empezar a realmacenarse el gas en toda la UE. Durante la temporada de uso de la calefacción, el almacenamiento hace que se reduzca la necesidad de importar volumen adicional. Dicho almacenamiento contribuye a absorber las perturbaciones de la oferta. El almacenamiento de gas supone entre el 25 y el 30 % del suministro consumido en invierno. Los niveles de almacenamiento de gas han demostrado ser especialmente bajos en emplazamientos propiedad de entidades de terceros países (por ejemplo, Gazprom). Paralelamente, los gestores de redes de transporte también deben coordinar medidas para actualizar y optimizar las capacidades disponibles en la red en caso de que se reduzcan o desaparezcan los flujos y la presión del Este.

La Comisión realizará una propuesta legislativa a más tardar en abril para garantizar un nivel de almacenamiento anual adecuado 13 . Esta propuesta exigirá que las infraestructuras de almacenamiento existentes en el territorio de la UE se encuentren al menos en un 90 % de su capacidad a más tardar el 1 de octubre de cada año. Con el fin de que el almacenamiento resulte más atractivo para los participantes en el mercado, la Comisión propondrá aumentar el nivel de descuento hasta el 100 % como incentivo para el realmacenamiento.

Una política de la UE en materia de almacenamiento de gas garantizará la equidad y permitirá un uso inteligente de las infraestructuras existentes, limitando la necesidad de nuevas infraestructuras, ya que no todos los Estados miembros disponen de instalaciones subterráneas de almacenamiento en sus territorios. La propuesta legislativa establecerá un mecanismo para garantizar una asignación justa de los costes de seguridad del suministro. De hecho, los beneficios de tener un alto nivel de almacenamiento garantizado, en términos del valor del seguro frente a los riesgos para la seguridad del suministro y los efectos de moderación de los precios en invierno, no se limitan al país en el que se encuentra el almacenamiento. Los interconectores son esenciales para garantizar el flujo de energía ininterrumpido en toda la UE. Si se necesitan nuevas infraestructuras, estas deben ser compatibles con el hidrógeno.

A la luz del entorno geopolítico actual, la Comisión prevé que esta propuesta jurídica defina el almacenamiento de gas como infraestructura crítica e introduzca disposiciones para abordar los riesgos inherentes a la propiedad de las infraestructuras de gas. Los Estados miembros tendrán que exigir a la autoridad reguladora o a otra autoridad competente designada por el Estado miembro que certifique que la propiedad de una o varias personas de un tercer país no pone en peligro la seguridad del suministro. Deberá realizarse una evaluación de todos los operadores de almacenamiento existentes y futuros. A corto plazo y a la espera del proceso legislativo, los Estados miembros deben actuar como si la legislación ya estuviera en vigor y deben adoptar medidas que garanticen el realmacenamiento a tiempo para el próximo invierno. Además, según lo previsto en el actual Reglamento sobre la seguridad del suministro de gas 14 , deben celebrar acuerdos de solidaridad. Habida cuenta del contexto actual, esto debe hacerse sin demora.

Para incentivar el realmacenamiento, los Estados miembros pueden proporcionar ayuda a los proveedores en virtud del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE, por ejemplo, en forma de garantías («contrato bidireccional por diferencias»).

Por su parte, la Comisión puede coordinar las operaciones de realmacenamiento, por ejemplo, mediante la contratación conjunta, la agrupación de pedidos y la adecuación a la oferta. Una plataforma europea conjunta para la contractualización del suministro de gas basada en negociaciones bilaterales con los principales productores de gas contribuiría a la diversificación y a la gestión inteligente de los riesgos, garantizando así la seguridad del suministro en condiciones favorables para todos los compradores de la UE.

La Comisión también prosigue su investigación sobre el mercado del gas en respuesta a las preocupaciones relativas a posibles falseamientos de la competencia por parte de empresas activas en los mercados europeos del gas, especialmente el proveedor ruso de gas Gazprom. La empresa muestra un comportamiento empresarial inusual. El nivel medio del almacenamiento gestionado por Gazprom en la UE se sitúa en torno al 16 %, mientras que el almacenamiento no gestionado por Gazprom es del 44 %. La Comisión está investigando actualmente con carácter prioritario todas las alegaciones de posible conducta comercial contraria a la competencia por parte de Gazprom y está recabando información adicional de los agentes del mercado.

La Comisión sigue trabajando con los vecinos y socios de los Balcanes Occidentales y de la Comunidad de la Energía, que comparten con la UE la dependencia de los combustibles fósiles y la exposición a las subidas de precios, al tiempo que se ha comprometido a alcanzar los mismos objetivos climáticos a largo plazo. En el caso de Ucrania, Moldavia y Georgia, la UE está dispuesta a dar su apoyo para garantizar un suministro de energía fiable y sostenible en caso necesario. El esfuerzo en curso para establecer una sincronización de emergencia de las redes eléctricas ucraniana y moldava con la red continental europea es un claro ejemplo de este compromiso.

II.REPOWEREU: ELIMINAR NUESTRA DEPENDENCIA DE LOS COMBUSTIBLES FÓSILES RUSOS

La eliminación progresiva de nuestra dependencia de los combustibles fósiles procedentes de Rusia puede realizarse antes de 2030. Para ello, la Comisión propone el plan REPowerEU, que aumentará la resiliencia del sistema energético a escala de la UE, basado en dos pilares:

·Diversificar los suministros de gas mediante el aumento de las importaciones de gas natural licuado y de las importaciones por gasoducto procedentes de proveedores no rusos, y una mayor presencia del biometano y del hidrógeno.

·Reducir más rápidamente nuestra dependencia de los combustibles fósiles en los hogares, los edificios y la industria, así como en el sistema energético, impulsando un aumento de la eficiencia energética, ampliando la cuota de energías renovables y abordando los cuellos de botella de las infraestructuras.

La plena aplicación de las propuestas de nuestro paquete «Objetivo 55» reduciría el consumo de gas en un 30 %, lo que equivale a 100 000 millones de m3, de aquí a 2030. El ahorro de energía y la electrificación anticipados tienen el potencial, junto con la diversificación adicional del gas y el aumento de los gases renovables, de producir conjuntamente al menos el equivalente de 155 000 millones de m3 en importaciones de gas ruso.

El principio de «la eficiencia energética primero» es más pertinente que nunca y debe aplicarse en todos los sectores y políticas, con medidas de respuesta a la demanda que complementen las relacionadas con la oferta.

Dadas las circunstancias, los colegisladores podrían considerar también la posibilidad de impulsar las propuestas del paquete «Objetivo 55» estableciendo metas más elevadas o más tempranas en materia de energías renovables y eficiencia energética.

EJE DE REPOWEREU

FOCO

META DEL OBJETIVO 55 DE AQUÍ A 2030

MEDIDA DE REPOWEREU

CAPACIDAD SUSTITUIDA ANTES DE QUE CONCLUYA 2022

(Equivalente en miles de millones de m3)

Estimación

CAPACIDAD ADICIONAL AL OBJETIVO 55 DE AQUÍ A 2030 (Equivalente en miles de millones de m3)

Estimación

DIVERSIFICACIÓN DEL GAS

GAS NATURAL NO PROCEDENTE DE RUSIA

-

Diversificación del GNL

50*

50

-

Diversificación de las importaciones por gasoducto

10

10

MÁS GAS RENOVABLE

17 000 millones de m3 de producción de biometano, con un ahorro de 17 000 millones de m3 

Impulsar la producción de biometano hasta los 35 000 millones de m3 de aquí a 2030

3,5

18

5,6 millones de toneladas de hidrógeno renovable, con un ahorro de 9 000 a 18 500 millones de m3

Impulsar la producción y las importaciones de hidrógeno hasta los 20 millones de toneladas de aquí a 2030

-

25-50

ELECTRIFICAR EUROPA

VIVIENDAS

Medidas de eficiencia energética, con un ahorro de 38 000 millones de m3

Ahorro de energía a escala de la UE, por ejemplo, mediante la reducción del termostato de la calefacción de los edificios en 1 °C, lo que supone un ahorro de 10 000 millones de m3

14

10

Contabilizado según las cifras globales de fuentes de energía renovables que figuran a continuación

Distribución anticipada de tejados solares: hasta 15 TWh en un año

2,5

Distribución anticipada

30 millones de bombas de calor de nueva instalación en 2030, con un ahorro de 35 000 millones de m3 en 2030

Distribución anticipada de bombas de calor duplicando el despliegue, lo que dará lugar a un total de 10 millones de unidades en los próximos cinco años

1,5

Distribución anticipada

SECTOR ENERGÉTICO

Despliegue de 480 GW de capacidad eólica y 420 GW de capacidad solar, con un ahorro de 170 000 millones de m3 (y una producción de 5,6 millones de toneladas de hidrógeno verde) 

Distribución anticipada de la capacidad eólica y solar, con un aumento de la tasa media de despliegue de un 20 %, ahorro de 3 000 millones de m3 de gas y capacidades adicionales de 80 GW de aquí a 2030 para adaptarse a una mayor producción de hidrógeno renovable.

20

Ahorro de gas derivado de unos objetivos más ambiciosos contabilizado como hidrógeno verde, el resto procede de la distribución anticipada

TRANSFORMAR LA INDUSTRIA

INDUSTRIAS DE GRAN CONSUMO DE ENERGÍA

Distribución anticipada de la electrificación y adopción de hidrógeno renovable

Distribución anticipada del Fondo de Innovación y ampliación del ámbito de aplicación a los contratos de carbono por diferencias

Ahorro de gas contabilizado en el marco de los objetivos para las energías y el hidrógeno renovables

*todas las cifras son estimaciones

La Comisión está dispuesta a proponer un plan REPowerEU basado en la identificación, en diálogo con los Estados miembros, de los proyectos y reformas más adecuados, a escala nacional, regional y de la UE. El plan se basará en los planes nacionales energéticos y climáticos y sus actualizaciones, en los planes de recuperación y resiliencia existentes, en los programas operativos de la política de cohesión, en cualquier otro plan pertinente y en las necesidades de resiliencia frente al cambio climático. Deben privilegiarse los proyectos con una fuerte dimensión transfronteriza, por ejemplo, la conexión crucial entre Portugal, España y Francia y entre Bulgaria y Grecia, y aquellos que completen el mercado interior de la energía. Estos proyectos mejorarán la interconexión de las redes europeas de gas y electricidad y otras infraestructuras, y sincronizarán plenamente nuestras redes eléctricas, por ejemplo, entre los Estados bálticos y la red continental europea. Los planes de los Estados miembros deberían sustentarse en un análisis regional. La Comisión prestará apoyo tal como se ha hecho con los planes de recuperación y resiliencia y proporcionará asistencia técnica a través del instrumento de apoyo técnico. Las necesidades de financiación se evaluarán sobre la base de una catalogación exhaustiva de las necesidades de inversión, tanto de los Estados miembros como transfronterizas. Para ello, deben movilizarse todos los recursos e instrumentos disponibles a nivel nacional y de la UE, con un diseño de la financiación pública para que produzca una atracción de la inversión privada.

2.1. Diversificar el suministro de gas

2.1.1. Importaciones de gas natural licuado y por gasoducto

Un suministro sin precedentes de gas natural licuado a la UE en enero de 2022 ha garantizado la seguridad del suministro de gas para este invierno. La UE podría importar anualmente 50 000 millones de m3 más de gas natural licuado (por ejemplo, de Qatar, Estados Unidos, Egipto y África Occidental). La diversificación de las fuentes de suministro por gasoducto (por ejemplo, Azerbaiyán, Argelia y Noruega) podría generar otros 10 000 millones de m3 de ahorro anual con respecto a las importaciones de gas ruso.

La Comisión evaluará con carácter prioritario si son necesarias medidas e inversiones en infraestructuras e interconexiones de gas preparadas para el hidrógeno a fin de superar los cuellos de botella y poder usar plenamente la capacidad de gas natural licuado de la UE.

A la vez que diversifica el suministro, la UE fomenta sus asociaciones internacionales. La Comisión seguirá debatiendo en el seno del G7 y con los principales compradores mundiales de gas (Japón, Corea del Sur, China, India) la evolución del mercado a medio plazo.

2.1.2. Aumentar la producción de biometano en la UE

Duplicar la meta del paquete «Objetivo 55» para el biometano daría lugar a una producción de 35 000 millones de m3 al año de aquí a 2030. Para ello, los planes estratégicos de la PAC de los Estados miembros deben canalizar la financiación del biometano producido a partir de fuentes de biomasa sostenibles, en particular los desechos y residuos agrícolas. 

2.1.3. Acelerador de hidrógeno

Una cantidad adicional de 15 000 000 de toneladas de hidrógeno renovable, además de los 5,6 millones de toneladas previstas en el paquete de medidas «Objetivo 55», pueden sustituir entre 25 y 50 000 millones de m3 de gas ruso importado al año de aquí a 2030. Esa cantidad se compondría de 10 millones de toneladas adicionales de hidrógeno importado de diversas fuentes y de 5 millones de toneladas adicionales de hidrógeno producido en Europa, lo que superaría los objetivos de la estrategia de hidrógeno de la UE y maximizaría la producción nacional de hidrógeno 15 . Otras formas de hidrógeno no fósil, en particular el de origen nuclear, también tienen su importancia en la sustitución del gas natural.

La Comisión seguirá desarrollando el marco regulador para promover un mercado europeo del hidrógeno y apoyar el desarrollo de una infraestructura integrada de gas e hidrógeno, de instalaciones de almacenamiento de hidrógeno y de infraestructuras portuarias. Las nuevas infraestructuras transfronterizas deben ser compatibles con el hidrógeno. La Comisión evaluará la notificación de las ayudas estatales para proyectos de hidrógeno con carácter prioritario. Se compromete a completar la evaluación de los primeros proyectos importantes de interés común europeo sobre el hidrógeno en un plazo de seis semanas a partir de la presentación por parte de los Estados miembros participantes de una notificación completa. El objetivo común debe ser permitir que la evaluación se complete a más tardar en verano.

Además, la Comisión prestará apoyo a proyectos piloto sobre la producción y el transporte de hidrógeno renovable en los países vecinos de la UE, empezando por una Asociación Mediterránea para el Hidrógeno Verde. También trabajará con otros socios para establecer asociaciones de hidrógeno verde y con la industria para constituir un Mecanismo Europeo y Mundial para el Hidrógeno, que impulse el acceso de los Estados miembros a un hidrógeno renovable asequible. 

2.2. Reducir más rápidamente nuestra dependencia de los combustibles fósiles

2.2.1. Despliegue de bombas solares, eólicas y de calor

El paquete de medidas «Objetivo 55» prevé duplicar las capacidades fotovoltaicas y eólicas de la UE de aquí a 2025 y triplicarlas de aquí a 2030, con lo que se ahorrarán 170 000 millones de m3 de consumo anual de gas de aquí a 2030.

Al acelerar el despliegue de los sistemas fotovoltaicos solares en tejados en hasta 15 TWh este año, la UE podría ahorrar 2 500 millones de m3 adicionales de gas. La Comisión presentará en junio una comunicación sobre la energía solar con el objetivo de contribuir a liberar el potencial de la energía solar como principal fuente de energía renovable en la UE. Sobre la base de un análisis de la situación de la energía solar en toda la UE, la estrategia solar propondrá una Iniciativa Europea de Tejados Solares, que identificará los obstáculos, propondrá medidas para acelerar su despliegue y garantizará que la población pueda aprovechar plenamente los beneficios de la energía solar en tejados.

La Comisión contribuirá para que se siga desarrollando la cadena de valor de la energía solar y eólica y de las bombas de calor, impulsando también la competitividad de la UE y abordando las dependencias estratégicas. Si fuera necesario para atraer suficiente inversión privada, las medidas incluirán la canalización de la financiación de la UE hacia las tecnologías de próxima generación, la movilización de InvestEU o el apoyo de los Estados miembros. Se prestará especial atención a la aceleración de las inversiones en el reciclaje y perfeccionamiento profesional de la mano de obra, que son esenciales para sustentar la transformación.

La Comisión, los Estados miembros y la industria deben seguir supervisando de cerca el suministro de materias primas fundamentales y de otro tipo, promover asociaciones estratégicas para garantizar el suministro y considerar la posibilidad de adoptar otras medidas, como el almacenamiento de reservas estratégicas, en caso necesario.

Al duplicar el ritmo anual previsto de despliegue de bombas de calor en la primera mitad de este período, la UE alcanzaría los 10 millones de bombas de calor instaladas en los próximos cinco años. Con ello se ahorrarían 12 000 millones de m3 por cada 10 millones de bombas de calor instaladas en los hogares. El despliegue acelerado de bombas de calor en el mercado requerirá una rápida ampliación de toda la cadena de suministro e irá acompañado de medidas para impulsar la renovación de edificios y la modernización de los sistemas de calefacción urbana.

Más allá de los proyectos centrados en las casas y en los edificios, el suministro energético basado en la energía eólica, solar y otras fuentes de bajas emisiones para la generación de electricidad también reduciría nuestra dependencia del gas.

2.2.2. Descarbonización de la industria

El plan REPowerEU podría acelerar el despliegue de soluciones innovadoras basadas en el hidrógeno y de electricidad renovable competitiva en términos de costes en los sectores industriales. La Comisión adelantaría la aplicación del Fondo de Innovación con el fin de apoyar la transición hacia la electrificación y el hidrógeno, en particular mediante un programa a escala de la UE para los contratos por diferencias en materia de carbono, y para mejorar las capacidades de fabricación de la UE de equipos innovadores con cero o bajas emisiones de carbono, como los electrolizadores, la próxima generación solar/eólica y otras tecnologías.

2.2.3. Permitir una concesión de permisos más rápida

Una condición previa para que se aceleren los proyectos de energías renovables es simplificar y acortar los procesos de concesión de permisos. Los largos procedimientos administrativos se han revelado como uno de los principales obstáculos para las inversiones en energías renovables e infraestructuras conexas. Estos obstáculos deben abordarse mediante la transposición plena y rápida de la Directiva sobre fuentes de energía renovables 16 actualmente en vigor, la aplicación de las reformas y medidas correspondientes en los planes de recuperación y resiliencia de los Estados miembros, así como las disposiciones relativas a la concesión de permisos de infraestructuras en el marco revisado de la RTE-E 17 .

La Comisión pide a los Estados miembros que garanticen que la planificación, la construcción y la explotación de instalaciones para la producción de energía procedente de fuentes renovables, su conexión a la red y la propia red conexa se consideren de interés público superior y en aras de la seguridad pública y puedan acogerse al procedimiento más favorable disponible en sus procedimientos de planificación y autorización. 

Los Estados miembros deben cartografiar, evaluar y garantizar rápidamente las zonas terrestres y marítimas adecuadas que estén disponibles para proyectos de energías renovables, en consonancia con sus planes nacionales energéticos y climáticos, las contribuciones al objetivo revisado de energías renovables para 2030 y otros factores como la disponibilidad de recursos, la infraestructura de red y los objetivos de la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad. La Comisión planteará en la próxima propuesta de ley de recuperación de la naturaleza que los Estados miembros, al preparar sus planes nacionales para alcanzar sus objetivos de recuperación, tengan en cuenta zonas limitadas y claramente definidas como especialmente adecuadas (zonas ineludibles), evitando al mismo tiempo en la medida de lo posible zonas de valor medioambiental. Los Estados miembros pueden utilizar la revisión de sus planes en el marco de la Directiva sobre la ordenación del espacio marítimo para impulsar el despliegue de proyectos de energías renovables.

En mayo, la Comisión publicará una recomendación sobre la concesión rápida de permisos para proyectos de energías renovables y trabajará para apoyar el uso de todas las flexibilidades ya concedidas por la legislación de la UE y la eliminación de los obstáculos restantes, independientemente de su origen.

La Comisión también proporcionará orientaciones sobre cuándo y cómo se necesitan espacios controlados de pruebas para permitir el ensayo de tecnologías, productos o servicios innovadores destinados a promover la coexistencia de la implantación de energías renovables y la protección del medio ambiente. Las orientaciones se centrarán en el establecimiento de los límites de los espacios controlados de pruebas, como la definición del calendario, el territorio y la supervisión reglamentaria continua para minimizar los riesgos.

La Comisión y el Grupo BEI decidirán en 2022 los mecanismos de financiación más adecuados para promover el desarrollo de acuerdos de compra de energía en Europa, lo que ya es posible en el marco de InvestEU. Esto incluirá facilitar a los nuevos compradores, como las pymes, un mejor acceso a dichos acuerdos.

Conclusión

La evolución de los mercados de la energía en los últimos meses, y especialmente el cambio drástico en nuestra situación de seguridad en las últimas semanas, requieren acelerar de forma enérgica la transición hacia una energía limpia y, de este modo, aumentar la independencia energética de Europa.

Se requieren medidas inmediatas para mitigar el impacto de los elevados precios en los hogares, los agricultores, las empresas y la industria.

Librarnos de la dependencia de los combustibles fósiles rusos acelerará el cambio de la combinación energética en los Estados miembros, lo que debe reflejarse en el funcionamiento del mercado de la electricidad.

Una política europea en materia de almacenamiento de gas mejorará la preparación para el próximo invierno y más adelante. La acción conjunta y coordinada es la mejor respuesta de contingencia a los retos a los que nos enfrentamos.

La Comisión está dispuesta a desarrollar el plan REPowerEU, en cooperación con los Estados miembros y a más tardar en verano, para apoyar la diversificación del suministro energético, acelerar la transición a las energías renovables y mejorar la eficiencia energética. Con ello se agilizaría la eliminación progresiva de las importaciones de gas ruso y la dependencia de los combustibles fósiles y se ofrecería el mejor seguro contra las perturbaciones de los precios a medio plazo mediante la aceleración de la transición ecológica de la UE, prestando especial atención a las necesidades transfronterizas y regionales. La necesidad de una mayor seguridad del suministro está contribuyendo a dar un nuevo impulso a los objetivos del Pacto Verde Europeo.

(1)      Véase el informe del taller sobre «Pobreza energética», organizado el 9 de noviembre de 2016 para la Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE) del PE, y los documentos Perspectiva de género en el acceso a la energía en la UE , Género y energía, Instituto Europeo de la Igualdad de Género (europa.eu) y GFE-Gender-Issues-Note-Session-6.2.pdf (oecd.org) (los documentos solo están disponibles en inglés).
(2)      Más de la mitad de las fundiciones de aluminio y cinc de la UE funcionan actualmente con capacidad reducida o han cerrado temporalmente. La UE ha perdido temporalmente 650 000 toneladas de capacidad de producción de aluminio primario, alrededor del 30 % de su capacidad total. 
(3)      COM(2021) 660 final, de 13 de octubre de 2021: «Hacer frente al aumento de los precios de la energía: un conjunto de medidas de acción y apoyo» .
(4)      Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE (DO L 158 de 14.6.2019, p. 125).
(5)      Comunicación de la Comisión – Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO C 249 de 31.7.2014, p. 1). La ayuda puede concederse en forma de apoyo de liquidez (préstamos o garantías de préstamo) por un período máximo de seis meses para las grandes empresas en crisis, o de hasta dieciocho meses para las pymes. Las empresas que no están en crisis también pueden beneficiarse si se enfrentan a «una necesidad de liquidez aguda debido a circunstancias excepcionales e imprevistas».
(6)      Directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero después de 2021 (DO C 317 de 25.9.2020, p. 5).
(7)       Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO L 193 de 1.7.2014, p. 1). Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (DO C 204 de 1.7.2014, p. 1).
(8)       Consulta pública sobre la revisión de las normas sobre ayudas estatales para los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales .
(9)      De conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.
(10)      Excepto las empresas vinculadas a personas físicas incluidas en la lista de sanciones adoptadas por la UE o las empresas controladas por estas personas, o los beneficiarios controlados por entidades jurídicas rusas o bielorrusas.
(11)      A 10-point plan to reduce European Union’s reliance on Russian natural gas (Plan de diez puntos para reducir la dependencia de la Unión Europea del gas natural ruso), 3 de marzo de 2022, Agencia Internacional de la Energía (documento en inglés).
(12)      Mientras que los fondos del RCDE deben apoyar principalmente nuevas reducciones de emisiones a través de, en particular, inversiones en medidas de eficiencia energética, transición energética e innovación en tecnologías limpias, el artículo 10, apartado 3, de la Directiva RCDE (Directiva 2009/29/CE) establece que los Estados miembros pueden utilizar los ingresos del RCDE para prestar ayuda financiera con el fin de abordar aspectos sociales en hogares con ingresos bajos y medios.
(13)      Trece Estados miembros: BE, BG, DK, ES, FI, FR, HU, IT, LT, LV, PL, PT y SE tienen obligaciones de almacenamiento. Otros, como por ejemplo DE, han anunciado planes para introducirlas. 
(14)      Reglamento (UE) 2017/1938 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2017, sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 994/2010 (DO L 280 de 28.10.2017, p. 1).
(15)      COM(2020) 301 final: Una estrategia del hidrógeno para una Europa climáticamente neutra .
(16)      Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (versión refundida).
(17)      Reglamento (UE) n.º 347/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, relativo a las orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas y por el que se deroga la Decisión n.º 1364/2006/CE y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 713/2009, (CE) n.º 714/2009 y (CE) n.º 715/2009.
Top

Estrasburgo, 8.3.2022

COM(2022) 108 final

ANEXO

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

REPowerEU: Acción europea conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible


ANEXO 1

Orientaciones relativas a la aplicación del artículo 5 de la Directiva sobre la electricidad 
durante la situación actual  

1.Introducción 

El objetivo de la Directiva sobre la electricidad es aprovechar las ventajas de un mercado integrado para garantizar unos precios y costes de la energía asequibles y transparentes para los consumidores, un elevado grado de seguridad de suministro y una suave transición hacia un sistema energético sostenible bajo en carbono. En particular, su artículo 5 tiene por objeto garantizar una competencia efectiva en beneficio de los consumidores, garantizando al mismo tiempo la protección de los clientes domésticos en situación de pobreza energética y vulnerables. Presenta el marco para la aplicación excepcional y limitada en el tiempo de precios regulados, que pueden autorizarse en circunstancias específicas, como es el caso de los períodos en los que los precios de la energía son significativamente más altos. A fin de mantener los incentivos para la eficiencia energética y un mercado eficiente, las medidas reguladoras deben ser temporales e incluir una hoja de ruta bien definida para su eliminación gradual.

La situación actual de los mercados de la energía es tal que puede ser necesaria una intervención en la fijación de los precios minoristas para que los Estados miembros cumplan sus objetivos políticos y garanticen precios y costes de la energía asequibles y transparentes para los consumidores.

Las presentes orientaciones tienen por objeto apoyar a los Estados miembros en el diseño de tales medidas, garantizando que beneficien a los consumidores durante la crisis actual y que mejoren la competencia en beneficio de los consumidores a largo plazo. En ellas se exponen las razones por las que unos precios mayoristas elevados y volátiles del gas y la electricidad pueden estar limitando la competencia y perjudicando a los clientes. Los Estados miembros podrían utilizarlas para definir las condiciones en las que desean utilizar la flexibilidad del artículo 5 en relación con las intervenciones de los precios en el mercado minorista. 

El artículo 5 establece que los suministradores pueden determinar libremente el precio al que venden a sus clientes, en lugar de fijarlo el gobierno o un regulador. En un mercado que funcione correctamente sobre la base de la interacción entre la oferta y la demanda esto permite:  

·empoderar a los consumidores; 

·enviar señales de inversión en el mercado, lo que contribuye a la seguridad del suministro a medio plazo y el paso a un sistema descarbonizado; 

·apoyar la transición hacia un sistema de electricidad flexible, en particular con una participación del lado de la demanda;  

·fomentar la eficiencia energética y el ahorro de energía, ya que el precio de la energía es una señal importante de su valor real, y 

·ofrecer a los consumidores más posibilidades de elección, ya que los suministradores compiten para hacer mejores ofertas basadas en el precio y el servicio.  

Sin embargo, el artículo 5 también reconoce que, en determinadas circunstancias, podría ser necesario establecer excepciones a este principio general. Los Estados miembros pueden intervenir en la fijación de precios minoristas por parte de los suministradores (precios regulados) de conformidad con34:   

·el artículo 5, apartado 3, que permite a los Estados miembros regular los precios minoristas para el suministro de energía a los clientes domésticos en situación de pobreza energética o vulnerables, en las condiciones específicas establecidas en el artículo 5, apartado 4, a fin de garantizar que puedan permitirse satisfacer sus necesidades energéticas básicas;  

·el artículo 5, apartado 6, que permite actuar sobre la fijación de precios minoristas para los clientes domésticos y las microempresas durante un período de tiempo limitado, a fin de facilitar la transición a una competencia efectiva entre suministradores.  Esta excepción está sujeta a las condiciones más específicas establecidas en el artículo 5, apartado 7, que son diferentes de las aplicables a los precios minoristas regulados para los consumidores en situación de pobreza energética o vulnerables. El considerando 23 de la Directiva sobre la electricidad, que define el objetivo del artículo 5, explica que esto puede utilizarse para hacer frente a las consecuencias derivadas de situaciones de precios especialmente elevados. 

2.Razones para intervenir en la fijación de precios en respuesta a la situación actual del mercado de la energía 

Si bien el impacto concreto variará de un Estado miembro a otro, la situación actual del mercado de la energía, con precios mayoristas del gas y la electricidad elevados y volátiles, puede restringir la competencia y perjudicar a los consumidores de diferentes maneras, entre ellas:  

·reforzando la posición de los operadores dominantes; 

·consolidando las fuentes de energía con elevadas emisiones de carbono,  

·impidiendo que los suministradores accedan a productos de cobertura o a mercados a más largo plazo que les permitan hacer ofertas a los consumidores; 

·causando un perjuicio significativo a los consumidores de manera que pueda perjudicar la evolución del mercado a más largo plazo, socavando así la competencia y la transición energética; 

·repercutiendo los aumentos de precios y la volatilidad del mercado mayorista directamente en los mercados minoristas; esto significaría que el mercado minorista no protege a los consumidores frente a la volatilidad de los precios en la medida en que no pueden ajustar su demanda; 

·reduciendo el número de suministradores en el mercado por debajo del necesario para garantizar una competencia efectiva en el mercado minorista como consecuencia de la actual situación del mercado (mayorista); y 

·desbordando los sistemas de suministradores de último recurso.  

 

3.Precios minoristas regulados durante el período actual de precios de la energía elevados y volátiles 

En primer lugar, cuando un Estado miembro ya haya adoptado las medidas establecidas en el artículo 5, apartado 3, o en el artículo 5, apartado 6, podrá seguir haciéndolo durante el período en curso. También podrá tener en cuenta el impacto de los elevados y volátiles precios actuales de la energía mayoristas en las hojas de ruta que haya preparado para eliminar progresivamente estas intervenciones en el mercado minorista.

Con arreglo al considerando 23, se permiten intervenciones de los precios minoristas limitadas en el tiempo durante el actual período excepcional de inestabilidad, incluso cuando un Estado miembro ya haya pasado a una situación de plena competencia, ya sea para todos o para una categoría de clientes, con el fin de cumplir los siguientes objetivos: 

·velar por la protección de los clientes vulnerables y domésticos frente a períodos de precios excepcionalmente elevados; 

·garantizar la continuidad de la transición hacia la plena competencia; 

·evitar que el nivel de competencia ya alcanzado se vea gravemente afectado (por las razones antes expuestas).  

4.Garantizar que las medidas cumplen los objetivos de la política energética de la UE y de la Directiva sobre la electricidad 

Cuando un Estado miembro regule los precios minoristas debido al actual período de precios elevados y volátiles, es importante que ello no socave los objetivos más amplios de la política energética de la UE y de la Directiva sobre la electricidad, que incluyen mercados competitivos, el empoderamiento de los consumidores, el aumento de las energías renovables, un sistema eléctrico flexible y una mayor eficiencia energética.  

Esto puede garantizarse mediante el cumplimiento de los requisitos establecidas en el artículo 5, apartado 7. De este modo, las medidas podrán diseñarse para alcanzar el objetivo perseguido, ser proporcionadas a dicho objetivo y no interferir más de lo necesario en el funcionamiento normal del mercado.  

En la práctica, las medidas deben tener necesariamente en cuenta las circunstancias específicas que prevalecen en la actualidad, con unos precios de la energía al por mayor elevados y volátiles, y el objetivo general de garantizar la transición a largo plazo hacia un mercado minorista plenamente competitivo y facilitar la transición energética.  

5.Consideraciones clave a la hora de establecer precios minoristas regulados 

 

En la situación actual, los precios minoristas regulados deberían proporcionar un margen que permita un funcionamiento adecuado de los mercados para los consumidores a largo plazo. Esto significa que deben ir acompañados de medidas para lograr una competencia efectiva y de una metodología para evaluar los avances en relación con las medidas. Las medidas más adecuadas dependerán de la situación específica de cada Estado miembro y de los retos particulares a los que se enfrenten, y podrían incluir las siguientes: 

·Medidas para empoderar a los consumidores:   

§medidas que permitan el autoconsumo y la producción; 

§medidas de eficiencia energética para reducir la demanda de energía, aumentar la eficiencia energética y hacer que los consumidores estén menos expuestos al impacto de la volatilidad de los precios; y 

§medidas para aprovechar el potencial de flexibilidad del lado de la demanda para responder a las fluctuaciones de la oferta y la demanda, en particular para garantizar que los clientes puedan participar en las medidas de respuesta de la demanda a través de la agregación. 

  

·Medidas para garantizar que todos los suministradores operen de manera razonable, protegiendo los intereses de los consumidores. 

·Medidas para garantizar que los suministradores puedan hacer ofertas en el mercado que respondan a las necesidades de los consumidores:  

§acceso de los suministradores a contratos a largo plazo en igualdad de condiciones;  

§medidas para apoyar el acceso efectivo de los nuevos suministradores a los mercados mayoristas; 

§medidas para que los suministradores dominantes pongan a disposición contratos a plazo en condiciones equitativas (por ejemplo, en las mismas condiciones que su rama de suministro). Debería excluirse la energía que los productores ya hayan vendido a plazo mediante acuerdos de compra de electricidad a largo plazo o contratos bilaterales; y 

§medidas para eliminar los obstáculos a la entrada de nuevos participantes. 

En cualquier caso, los Estados miembros deben garantizar la aplicación plena y efectiva del capítulo III de la Directiva sobre la electricidad para garantizar el empoderamiento de los consumidores.  

Se requiere una metodología para evaluar los avances en el restablecimiento de unos mercados plenamente competitivos.  A tal fin, podría establecerse una hoja de ruta con objetivos para la eliminación de los precios regulados:  

·en particular, estos objetivos deberían asociarse a la mitigación del impacto de las condiciones excepcionales de la oferta y la demanda; con independencia de que se recuperen los niveles anteriores a la crisis. Esto significa que cabría esperar un restablecimiento de la plena competencia sobre la base de un nuevo nivel de precios mayoristas;   

·la hoja de ruta debe ser lo suficientemente clara para que los participantes en el mercado puedan planificar con antelación. 

  

Minimizar los posibles efectos adversos de los precios regulados también exige garantizar un trato no discriminatorio a los suministradores. A saber:  

·Los suministradores deben tener libertad para desarrollar otras ofertas no basadas en precios regulados. 

·Los contratos de precios dinámicos no deben verse afectados y los consumidores deben seguir pudiendo elegir tarifas dinámicas. 

·La metodología debe garantizar que no se consolide la posición de los operadores dominantes. 

·El precio regulado no debe basarse en la flota de generación de un operador concreto. Sin embargo, podrían tenerse en cuenta los casos en los que la flota de generación de un operador concreto se haya puesto en el pasado a disposición de todos los suministradores en condiciones no discriminatorias. 

·El proceso de selección del suministrador sujeto al precio regulado debe ser transparente y debe basarse en criterios de selección no discriminatorios. 

·En caso de concederse una compensación al suministrador por la prestación de las ofertas a un coste regulado, existen dos opciones: 

§Todos los suministradores deben ser elegibles para presentar ofertas al precio regulado en las mismas condiciones. El calendario de la compensación debe tener en cuenta las diferentes repercusiones financieras para los pequeños suministradores, a fin de protegerlos de las cargas desproporcionadas que puedan derivarse de la obligación de ofrecer electricidad a precios regulados.  

§La selección del suministrador debe realizarse a través de un proceso abierto, por ejemplo, una licitación.  

Los precios regulados deben reflejar los costes a un nivel en el que pueda producirse una competencia efectiva de precios. A este respecto, los Estados miembros deben tener en cuenta lo siguiente:  

 

·La metodología de fijación de precios regulados debe ser plenamente auditable. 

·Para el proceso de cálculo, la autoridad que aplique los precios regulados debe tener acceso a la información necesaria sobre la estructura de costes de la industria.  

·El precio regulado debe poder cubrir los costes razonablemente incurridos por los suministradores y debe evaluarse sobre la base de criterios económicos objetivos, incluidos los costes regulados o administrativos.  

·Determinar el precio de referencia adecuado para los costes de los suministradores en la compra de electricidad es especialmente difícil durante un período de precios elevados y volátiles. Sin embargo, aunque los precios regulados puedan estar por debajo de lo necesario para cubrir los costes del mercado mayorista durante un período específico a corto plazo, es importante que reflejen los costes teniendo en cuenta un período más largo debidamente justificado. Para ello, podría tenerse en cuenta, por ejemplo, la adquisición normal a futuro de energía por parte de los suministradores del Estado miembro de que se trate.  

 

Otros requisitos del artículo 5, apartado 7, de la Directiva sobre la electricidad incluyen:  

·minimizar toda consecuencia negativa de los precios minoristas regulados en el mercado mayorista de la electricidad; 

·velar por que los beneficiarios de los precios minoristas regulados puedan elegir ofertas competitivas del mercado y reciban apoyo e información a este respecto; 

·informar directamente a los clientes de la posibilidad de instalar contadores inteligentes y proporcionarles la asistencia necesaria, y 

·garantizar que los precios minoristas regulados no den lugar a subvenciones cruzadas directas entre los clientes a los que se suministra con precios del mercado libre y los clientes a los que se suministra con precios de suministro regulados. 

Top

Estrasburgo, 8.3.2022

COM(2022) 108 final

ANEXO

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

REPowerEU: Acción europea conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible








ANEXO 2

Orientaciones relativas a la aplicación de medidas fiscales sobre los beneficios inframarginales

En la actual situación de crisis, los Estados miembros pueden decidir excepcionalmente adoptar medidas fiscales destinadas a captar parte de los beneficios que obtienen determinados productores de electricidad.

La redistribución a los consumidores finales de electricidad de los ingresos procedentes de las medidas fiscales sobre los beneficios inframarginales evitaría en parte que los elevados precios actuales del gas incrementaran los costes soportados por los consumidores finales. También preservaría unos precios marginales de la electricidad mayoristas eficientes y necesarios para una distribución eficaz y el acoplamiento de los mercados en el mercado único europeo de la electricidad. Sin embargo, una medida de este tipo tendría que diseñarse cuidadosamente para evitar distorsiones innecesarias del mercado, incentivando al mismo tiempo la inversión adicional en energías renovables. Esto incluye, en particular, lo siguiente: 

·La duración de la medida debería limitarse y vincularse a una situación de crisis específica.

·La medida no debería afectar a la formación de los precios mayoristas de la electricidad basados en los costes marginales expresados por la curva de mérito, preservando así la eficiencia de las señales de precios para las decisiones operativas a corto plazo. En caso de duda, deberían recuperarse niveles más bajos de beneficios excedentarios para evitar repercusiones en la formación de precios.

·Las tendencias de los precios a largo plazo resultantes de la evolución estructural del mercado, así como la señal del precio del carbono procedente del RCDE UE no deberían verse afectadas. Se trata de no interferir con las señales de precios a largo plazo que contribuyen a la cobertura de los costes fijos y de inversión, incentivando las inversiones en la capacidad necesaria para un sistema eléctrico descarbonizado y fiable.

·Cabe señalar que una parte del aumento de los precios mundiales del gas tiene un componente estructural (que podría definirse sobre la base de los precios medios a lo largo del tiempo). El impuesto no debería tener en cuenta los efectos de este componente estructural. 

·El método de cálculo de los beneficios que han de considerarse «excesivos», vinculados al entorno de crisis específico, así como los mecanismos de activación/desactivación tendrían que especificarse y justificarse claramente. Para evitar cualquier uso arbitrario que pudiera dar lugar a graves distorsiones, los «beneficios imprevistos» y el mecanismo de «activación/desactivación» tendrían que definirse sobre la base de criterios y acontecimientos objetivos y verificables. Por ejemplo, la desviación con respecto a una media de los precios mundiales del gas durante un período de tiempo prolongado y el número de horas durante las cuales el gas fija el precio de la electricidad. La duración del impuesto también debería estar claramente limitada en el tiempo, sin extenderse más allá del 30 de junio de 2022, sobre la base de estos criterios bien definidos.

·Los beneficios inframarginales adicionales solo deberían recuperarse para aquellos períodos en los que las centrales de gas sean marginales y en la medida en que las unidades inframarginales obtengan realmente tales beneficios. 

·La medida no debería distinguir entre las diferentes tecnologías de generación y debería incluir todas las unidades inframarginales que funcionen durante las horas de aplicación del impuesto, por ejemplo, los beneficios inframarginales obtenidos por la generación de electricidad a partir de la hulla y el lignito, de las energías renovables (incluida la energía hidroeléctrica) y de la energía nuclear.

·La medida debería aplicarse por igual a todos los productores, estén o no cubiertos por regímenes de apoyo o mecanismos de remuneración de la capacidad. Sin embargo, es preciso tener en cuenta que algunos sistemas de apoyo, por su propia naturaleza, ya evitan (tarifas reguladas), captan (contratos bidireccionales por diferencias contratadas antes de la crisis de los precios del gas) o reducen (primas flotantes) los beneficios inframarginales en períodos de precios elevados. Podría abordarse la situación específica de las primas fijas, que pueden aumentar los beneficios inframarginales.

·La medida no debería tener carácter retroactivo y solo debería servir para recuperar una parte de los beneficios realmente obtenidos. Por lo tanto, debe tener en cuenta que los productores pueden haber vendido a plazo una parte de su producción a un precio más bajo antes del inicio de la crisis. La energía que no se ha beneficiado del aumento de los precios del mercado de la electricidad porque ya se había vendido a plazo debería quedar exenta de las medidas de recuperación.

·Los ingresos que se obtengan con la aplicación de la medida deberían repercutirse en los hogares o en medidas no selectivas y transparentes de apoyo a todos los consumidores finales (por ejemplo, un descuento separado y explícito en las facturas de electricidad de los consumidores finales proporcional a su consumo medio diario o semanal). 

Cabe señalar que, en la medida en que las exenciones de tales impuestos sobre los beneficios den lugar a ventajas selectivas para determinadas empresas, podrán aplicarse las normas sobre ayudas estatales.

Top

Estrasburgo, 8.3.2022

COM(2022) 108 final

ANEXO

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES







REPowerEU: Acción europea conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible






ANEXO 3

Utilización del conjunto de medidas previsto en la Comunicación de 13 de octubre de 2021

A fecha de 16 de febrero de 2022, veinticuatro Estados miembros habían adoptado medidas en consonancia con el conjunto de medidas. Estas medidas ya alivian la factura energética de unos 71 millones de hogares y de varios millones de pequeñas y medianas empresas y microempresas.

Top