ECO/668
Un nuevo impulso al marco de financiación sostenible de la UE
DICTAMEN
Sección de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social
Un nuevo impulso al marco de financiación sostenible de la UE
(Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia danesa)
Ponente: Javier DOZ ORRIT
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Asesores:
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VAUZELLE Olivier (por el ponente)
MOORE Brooke (por el Grupo II)
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Consulta
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Carta de Marie BJERRE, ministra danesa de Asuntos Europeos, 7/2/2025
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Base jurídica
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Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
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Sección competente
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Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social
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Aprobado en sección
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5/9/2025
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Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)
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51/3/6
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Aprobado en el pleno
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D/M/AAAA
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Pleno n.º
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…
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Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)
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…/…/…
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1.Conclusiones y recomendaciones
1.1Con el presente Dictamen, el CESE evalúa la manera en que el marco de financiación sostenible de la UE puede hacerse más sólido y adecuado para su finalidad, habida cuenta de su importancia para los objetivos económicos, sociales y climáticos de la UE. El CESE afirma que la simplificación no debería ir en detrimento de la ambición. Si bien es necesaria una racionalización administrativa, la atención debería centrarse en cómo aplicar los requisitos de manera más eficaz, y no en debilitar las normas. La solidez y la previsibilidad normativas de la UE son importantes ventajas competitivas que deberían preservarse en un contexto de creciente incertidumbre geopolítica y económica. Cabe extender esta afirmación, en términos más generales, al marco de finanzas sostenibles y a la legislación medioambiental.
1.2A medida que se aceleran los efectos del cambio climático, aumentan los costes de la inacción para las empresas, los trabajadores y la economía en su conjunto. La transición de nuestra economía no solo es inevitable, sino que, de hecho, constituye una ventaja competitiva. Aunque algunas pymes han mostrado su satisfacción con los paquetes ómnibus, la elaboración de políticas basadas en revertir medidas anteriores genera el riesgo de crear confusión sobre el cumplimiento, aumentar los costes y retrasar la inversión.
1.3El CESE insta a las instituciones de la UE a que garanticen que los paquetes ómnibus apoyen el marco de financiación sostenible y faciliten al mismo tiempo el cumplimiento por parte de las empresas como un componente positivo. Los cambios en la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad no deberían socavar la capacidad de la UE para incrementar las inversiones sostenibles y cumplir los objetivos de la Legislación Europea sobre el Clima. Este marco ha mejorado la transparencia, pero esto no es suficiente para impulsar los cambios sistémicos necesarios. La adaptación de los requisitos en torno a los planes de transición y la modificación de las obligaciones de diligencia debida no deberían amenazar la integridad del marco. Algunos de los cambios de los paquetes ómnibus podrían ponerlo en peligro, lo que podría abrir la puerta a prácticas empresariales insostenibles y aumentar la exposición a riesgos como la dependencia del carbono y los activos obsoletos.
1.4Algunos de estos cambios también podrían crear incoherencias en todo el marco, en particular para las entidades financieras que se rigen por las normas previstas en la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad en lo que respecta a la divulgación de información, a la hora de cumplir sus obligaciones en virtud del Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.
1.5Habida cuenta de la próxima revisión de este último, el CESE insta a la Comisión y al Parlamento a que mantengan la ambición y garanticen la coherencia en toda la arquitectura de las finanzas sostenibles. Al mismo tiempo, el CESE apoya los esfuerzos por hacer que los requisitos de presentación de informes sean más proporcionados, en particular para las pymes, a través de modelos simplificados, orientaciones específicas y herramientas accesibles en materia de presentación de informes que faciliten el cumplimiento sin socavar los objetivos del marco.
1.6Hay que aprovechar la coyuntura actual para relanzar la identidad de la UE como líder mundial en materia de responsabilidad social y medioambiental. El CESE reitera su llamamiento en favor de un marco de financiación sostenible que aborde todo el espectro ambiental, social y de gobernanza, y está dispuesto a participar en el diseño de garantías sociales mínimas y a aplicar una taxonomía social. Este marco debe ajustarse a las normas internacionales, como los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos y las directrices de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), y basarse en el pilar europeo de derechos sociales. Las consideraciones sociales ya no deben relegarse a los márgenes de las definiciones de sostenibilidad.
1.7El CESE destaca la necesidad de un marco que tenga debidamente en cuenta todo el espectro de riesgo asociado a las actividades insostenibles. Esto incluye un reconocimiento de los costes sociales de tales acciones. En este contexto de refuerzo de los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza, el CESE aboga por abordar los riesgos de pérdida de biodiversidad y degradación de los ecosistemas mediante las inversiones necesarias.
1.8El CESE pide definiciones más claras de los conceptos clave de la sostenibilidad, lo que incluye el reconocimiento formal de la financiación de transición como parte diferenciada de la agenda de financiación sostenible de la UE. El CESE apoya la creación de una categoría de transición específica dentro del sistema de clasificación de la UE, que incluya planes de transición obligatorios con requisitos de presentación de informes que demuestren avances creíbles hacia dichos planes, con el objetivo de eliminar gradualmente la financiación de las actividades perjudiciales.
1.9El CESE pide que el nuevo marco legislativo para la financiación sostenible, por un lado, facilite a las pymes y a las empresas de la economía social el cumplimiento de los requisitos y, por el otro, sirva como herramienta para que estos dos macrosectores económicos acometan una transición justa hacia una economía verde.
1.10La competitividad económica a largo plazo de la UE depende de su capacidad para movilizar ahorros e inversiones con vistas a alcanzar los objetivos de las transiciones ecológica y digital y cerrar la brecha de innovación en las tecnologías más avanzadas. El CESE pide que la Unión de Ahorros e Inversiones —la nueva versión de la unión de los mercados de capitales— y la unión bancaria se instauren sin más retrasos injustificados, y considera que los instrumentos de ahorro colectivo, como los planes de pensiones de empleo, deben reforzarse como una fuente sólida de inversión sostenible.
1.11El CESE pide a la UE y a los Estados miembros que reafirmen su compromiso financiero y político con la agenda de sostenibilidad. Debe preservarse un margen presupuestario adecuado para las inversiones ecológicas y sociales. Reducir los efectos del cambio climático y adaptarse a los inevitables daños que causará no es algo opcional, sino que resulta esencial para la resiliencia económica, la estabilidad social y la competitividad a largo plazo. La UE tiene una clara oportunidad de predicar con el ejemplo en la construcción de una economía competitiva que resulte sostenible y justa. Para lograrlo, debe resistir las presiones dirigidas a que reduzca su ambición, y dedicarse, en lugar de eso, a reforzar una arquitectura que permita una financiación responsable y una prosperidad compartida.
2.Introducción
2.1La UE afronta una creciente inestabilidad geopolítica, que amenaza la seguridad y la defensa, perturba el comercio y las cadenas de suministro, debilita los compromisos climáticos y mina tanto el Derecho internacional como las instituciones multilaterales. Muchas grandes empresas se retiraron de la iniciativa «Net Zero Asset Managers» incluso antes de que el Gobierno de Trump asumiera sus funciones. Ha llegado el momento de reforzar y renovar los principios fundacionales de la UE, así como su identidad socioeconómica y cultural. Existe el riesgo de que los objetivos de una transición ecológica justa se vean socavados tanto por la falta de financiación como por el debilitamiento de los marcos reguladores. La evaluación de estos últimos en el ámbito de la financiación sostenible a escala de la UE constituye el objeto del presente Dictamen, en el que también se integran una serie de recomendaciones para mantener la solidez normativa mediante la simplificación de las normas, sin que ello suponga cuestionarlas. ¿Cumplen las propuestas legislativas Ómnibus I y II esta condición?
3.Antecedentes y contexto
3.1Europa es el continente que se calienta con mayor rapidez, y se enfrenta a riesgos climáticos críticos en relación con los ecosistemas, la salud, las infraestructuras, la alimentación y las finanzas. La brecha de adaptación de la UE se estima en hasta 28 000 millones EUR anuales de aquí a 2030, y las necesidades mundiales de mitigación en hasta 11,7 billones USD de aquí a 2035, por lo que abordar estos riesgos y cumplir los objetivos climáticos de la UE para 2030 y 2040 requerirá un fuerte aumento de la inversión.
3.2La inversión en la acción por el clima ha de tener en cuenta consideraciones de resiliencia económica y mantenimiento de la competitividad. Prueba de ello es el Pacto por una Industria Limpia propuesto, en el que se piden 480 000 millones EUR adicionales al año para impulsar la transformación industrial y ampliar las tecnologías de cero emisiones netas. El concepto recientemente introducido de una Unión de Ahorros e Inversiones complementa el Pacto por una Industria Limpia y el impulso a una inversión más amplia, con el objetivo de profundizar los mercados de capitales de la UE y reducir la fragmentación. Alcanzar este objetivo requerirá un marco de financiación sostenible que sea coherente, creíble y adecuado para su finalidad.
3.3La sostenibilidad supone satisfacer las necesidades actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de atender las suyas, y abarca las dimensiones medioambiental, social y económica. Esta visión sustenta los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que la UE reafirmó en sus Conclusiones de 2017 «Un futuro europeo sostenible: la respuesta de la UE a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». La financiación sostenible implica dirigir el capital hacia actividades que integren factores ambientales, sociales y de gobernanza en las decisiones de inversión.
3.4La UE puso en marcha su Plan de Acción sobre Finanzas Sostenibles en 2018 con el fin de establecer un marco para reorientar los flujos de capital hacia actividades económicas sostenibles. Esta iniciativa sentó las bases de unos instrumentos legislativos fundamentales que ahora sustentan el marco de financiación sostenible de la UE. El Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, en vigor desde 2021, exige a los participantes en los mercados financieros que divulguen cómo integran los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza y las características de sostenibilidad de sus productos. Desde su aplicación, ha mejorado la calidad y la cantidad de la información en materia de sostenibilidad a disposición de los inversores, ha aumentado la oferta de productos financieros sostenibles, se ha reforzado la transparencia y se han reducido los riesgos de ecopostureo (en particular para los fondos del artículo 9), así como el riesgo ambiental, social y de gobernanza en el mercado de fondos,.
3.5El Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros se completa con la taxonomía de actividades sostenibles de la UE, cuyo sistema de clasificación define las actividades económicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental, la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y las normas europeas de información sobre sostenibilidad (NEIS). La Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad establece quién debe informar y qué se debe divulgar, mientras que las NEIS especifican cómo hacerlo, normalizando así la divulgación de información.
3.6La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad obliga a las empresas a abordar los riesgos de sostenibilidad en todas las cadenas de valor, mientras que el paquete para la lucha contra el blanqueo de capitales protege los flujos financieros. Este conjunto de iniciativas es un componente clave del Pacto Verde Europeo y reconoce que la financiación pública por sí sola es insuficiente. Al mismo tiempo, ha contribuido a una mayor seguridad normativa para los inversores, que debería ser una de las ventajas comparativas de la UE.
3.7A pesar de su ambición, el actual marco de financiación sostenible se ha topado con una serie de retos persistentes:
-las empresas, en particular las pymes, consideran que el marco es complejo y laborioso desde el punto de vista administrativo, percepción que se refleja en el informe de Mario Draghi sobre el futuro de la competitividad europea. A estas críticas se suman los retrasos y las revisiones de la normativa, que han contribuido a un panorama fragmentado y poco racional;
-el ecopostureo suscita una preocupación generalizada, motivada en parte por una falta de definiciones claras de determinados términos clave, como el de «inversión sostenible» en el marco del Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, y por el uso de las categorías de los artículos 8 y 9 como etiquetas informales de promoción comercial, aunque no estén concebidas como tales;
-el foco se pone principalmente en las características de sostenibilidad, sin prestar suficiente atención a los posibles efectos adversos, lo que ofrece una imagen incompleta;
-la financiación de transición no está integrada y carece de mecanismos que permitan distinguir entre las actividades que ya son sostenibles y las que avanzan hacia la sostenibilidad;
-a pesar de los objetivos del pilar europeo de derechos sociales, la taxonomía no incluye indicadores sociales tal como solicitan las Autoridades Europeas de Supervisión. En su Dictamen de iniciativa «Taxonomía social: retos y oportunidades», el CESE pidió una taxonomía social operativamente viable y conceptualmente sólida. Como consecuencia de ello, el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros se encuentra actualmente en fase de revisión, y se prevé contar con un marco actualizado a finales de 2025.
3.8En respuesta a las peticiones de simplificación, la Comisión introdujo los paquetes de simplificación ómnibus 1 y 2 en febrero de 2025. El paquete ómnibus 1 se centra en retrasar y flexibilizar los requisitos de información y diligencia debida mediante propuestas de modificación de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, la taxonomía de la UE y el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono. El paquete ómnibus 2 se centra en mejorar la capacidad y la eficiencia de InvestEU y hacerlo más simple.
3.9Como se señala en el Dictamen del CESE «Primer paquete ómnibus sobre sostenibilidad», los paquetes ómnibus constituyen, por un lado, un paso para reducir las cargas burocráticas y permitir a las empresas cumplir eficazmente unos requisitos realistas y proporcionados. Sin embargo, también plantean dos tipos de problemas: por un lado, algunas de sus disposiciones ponen en peligro el actual marco de financiación sostenible, y por el otro, no resuelven el problema de la falta de asistencia de la Comisión y de los Estados miembros que las empresas reclaman. El objetivo de esta iniciativa ha de ir más allá de una mera ayuda a las empresas para el cumplimiento de sus obligaciones; debe también reforzar el papel de las empresas a la hora de avanzar en la consecución de los objetivos más amplios de sostenibilidad de la UE, sin dejar de cumplir las normas más estrictas en materia de protección del medio ambiente, responsabilidad social y derechos humanos.
4.Evaluación por parte del CESE del contexto legislativo y del marco político y geopolítico en relación con el marco de financiación sostenible
4.1Los paquetes ómnibus reconocen la complejidad del marco de financiación sostenible y tienen por objeto facilitar la presentación de informes y mejorar la capacidad de uso de la información. Además, facilitan la financiación de transición mediante la introducción de una adaptación «parcial» a la taxonomía. Sin embargo, los paquetes entrañan el riesgo de debilitar las normas medioambientales y sociales, así como el impulso de la UE a la inversión sostenible en el marco del Pacto por una Industria Limpia. El paquete ómnibus 1 propone eliminar los requisitos relativos al plan de transición y eximir a aproximadamente el 80 % de las empresas de la divulgación en virtud de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, lo que perjudicaría la disponibilidad y comparabilidad de los datos necesarios para las divulgaciones previstas en el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, con la consecuencia probable de mermar la confianza de los inversores y ralentizar el crecimiento de las finanzas sostenibles. La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad se ve especialmente afectada por las propuestas. Las modificaciones planteadas podrían debilitar en gran medida la integridad del marco de financiación sostenible, en concreto con la limitación de la diligencia debida a los proveedores de nivel 1 únicamente y la supresión de la responsabilidad civil y de las sanciones mínimas del 5 %. En su conjunto, los paquetes amenazan la estabilidad normativa, uno de los puntos fuertes de la competitividad de la UE.
4.2En el marco de financiación sostenible, las definiciones incoherentes siguen constituyendo un reto fundamental. El Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros es amplio, lo que da lugar a discrepancias y riesgos de ecopostureo. La taxonomía de la UE ofrece un enfoque más específico y basado en la ciencia para los objetivos medioambientales, pero los factores sociales siguen estando poco desarrollados. El artículo 26 del Reglamento sobre la taxonomía pedía que se revisara su ampliación y, si bien la Plataforma sobre Finanzas Sostenibles publicó su informe final sobre una taxonomía social en 2022, los avances se han estancado. Los paquetes de simplificación ómnibus podrían complicar aún más esta situación al modificar los requisitos de información y diligencia debida con arreglo a la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, permitiendo de este modo una reforma de la taxonomía.
4.3Una comprensión clara de la sostenibilidad también requiere claridad sobre lo que la sostenibilidad no es. El enfoque actual de «sostenible» frente a «no sostenible» pasa por alto todo el espectro de necesidades de financiación y entraña el riesgo de ecopostureo, en particular en el caso de la financiación de transición. La Recomendación de la Comisión de 2023 sobre la financiación de transición propone que se reconozca esta como inversión sostenible y no como un fenómeno separado. Sin embargo, efectuar la transición hacia la sostenibilidad no es lo mismo que ser sostenible hoy, por lo que es esencial distinguir entre ambas cosas. Las divulgaciones de información sobre los gastos de capital (CapEx) con arreglo a la taxonomía ilustran los itinerarios de transición, pero siguen existiendo retos, como los casos en que los CapEx verdes no generan ingresos ecológicos o refuerzan la dependencia del carbono. Esto hace que garantizar la creación de planes de transición sea aún más importante para salvaguardar la integridad de las finanzas sostenibles.
4.4Las pymes son fundamentales para la economía europea, pero el marco actual sigue sin estar suficientemente adaptado a sus realidades. Muchas pymes operan con poca necesidad de capital y rendimientos modestos, lo que las expone a un verdadero reto respecto de los instrumentos de financiación basados en el mercado y destinados a proyectos de rápido crecimiento y alta rentabilidad. La exclusión de las etiquetas ecológicas regionales, la falta de reconocimiento por la creación de empleo y la prevalencia de los parámetros de rentabilidad financiera ponen de manifiesto, en su conjunto, la existencia de una brecha estructural.
4.5Las medidas de simplificación también constituyen el reflejo de un panorama político mundial que ejerce presión sobre la UE para que mantenga la competitividad. La UE participa en una carrera mundial con grandes potencias, como los Estados Unidos y China, por tecnologías limpias, materias primas fundamentales e innovación industrial. Por una parte, esto implica garantizar que las empresas de la UE no se vean menoscabadas ni se deslocalicen y que Europa sea un destino atractivo tanto para los negocios como para la inversión. Por otra parte, se trata de asegurar las cadenas de suministro y crear asociaciones estratégicas, como las asociaciones de comercio e inversión limpios mencionadas en el Pacto por una Industria Limpia. Ambos objetivos requieren un marco de financiación sostenible capaz de movilizar capital de manera eficiente y a escala.
4.6Estas tareas se complican por la inestabilidad geoeconómica y la fragmentación de los vínculos comerciales. El panorama que se presenta entraña el riesgo de volatilidad de los flujos de capital, distorsión de la asignación de capital, inflación y menor confianza de los inversores. Además, la reciente presión del Gobierno de los Estados Unidos sobre las empresas de la UE para que se ajusten a su posición sobre las prácticas de lucha contra la discriminación suscita preocupación con respecto a la resiliencia y la trayectoria de la vertiente social del marco de financiación sostenible de la UE.
4.7La movilización de financiación pública será esencial para atraer capital privado en la escala necesaria para la transición ecológica. Si bien es cierto que el marco presupuestario ha dejado margen para la sostenibilidad, su capacidad de seguir haciéndolo a largo plazo es incierta, ya que la defensa ocupa un lugar prioritario en la agenda presupuestaria. Estas circunstancias plantean un doble reto: por un lado, para atraer capital privado, dada la necesidad de una financiación pública suficiente como señal y elemento de apoyo estratégico; por el otro, para garantizar la financiación pública en ámbitos con dinámicas de riesgo y rentabilidad más complejas, como la biodiversidad.
4.8La biodiversidad y la naturaleza son cruciales para la competitividad y la resiliencia de Europa a largo plazo. Como señaló el Foro Económico Mundial, más de la mitad del PIB mundial depende de la naturaleza y de sus servicios, y la pérdida de biodiversidad es uno de los principales riesgos mundiales para la próxima década. A pesar de ello, sigue sin hacerse suficiente hincapié en las cuestiones relacionadas con la naturaleza en las agendas política y financiera actuales. Esta falta de atención amenaza la resiliencia medioambiental, social y económica de la UE y su capacidad de resistir a futuras perturbaciones.
5.Observaciones generales
5.1En el contexto geopolítico actual de inestabilidad y debilitamiento de los compromisos de los Estados Unidos en materia de sostenibilidad, el CESE considera que el liderazgo de la UE es más necesario que nunca. La UE debe predicar con el ejemplo, manteniendo objetivos ambiciosos pero necesarios dentro de un marco claro, transparente y propicio para la economía y para su ciudadanía.
5.2Las finanzas sostenibles han crecido en los últimos años y ahora ocupan un lugar destacado en Europa. Han demostrado ser una garantía de buena rentabilidad a largo plazo, con un mayor control de los riesgos extrafinancieros. Los agentes del mercado han invertido mucho en su desarrollo y las empresas han realizado esfuerzos significativos para cumplir los criterios de sostenibilidad. A lo largo del proceso, se han detectado algunas ineficiencias o ámbitos susceptibles de mejora, como la falta de claridad y de criterios sencillos para los inversores, así como la complejidad que entraña la presentación de informes para las empresas y los gestores de activos.
5.3El CESE considera que la UE necesita un marco general renovado para la financiación sostenible, lo que incluye una reforma de la taxonomía. Además, la simplificación y la armonización deberán llevarse a cabo siguiendo las líneas propuestas en el presente Dictamen, de modo que no se eliminen los requisitos básicos, como se propone en algunas secciones de los paquetes ómnibus.
5.4El CESE considera que la necesaria simplificación no debe ir en detrimento de la ambición de cumplir los objetivos climáticos para 2050 y que los paquetes ómnibus no deberían rebajar esta ambición. Cualquier esfuerzo de simplificación debe basarse en evaluaciones contrastadas de la carga administrativa, en lugar de en objetivos numéricos (25 %) establecidos sin justificación técnica. Un enfoque discontinuo de las políticas en el marco del Pacto Verde Europeo entraña el riesgo de debilitar la confianza de los inversores. La estabilidad normativa es uno de los mayores activos de la UE, especialmente en comparación con competidores mundiales menos predecibles, y es vital para atraer capital, lo que implica perfeccionar el marco, no invertir su rumbo. Esto se extiende, más allá del marco de financiación sostenible, a la agenda más amplia del Pacto Verde Europeo, ya que la confianza de los inversores depende de un ecosistema político coherente.
5.5Los paquetes ómnibus también pueden crear obstáculos para el cumplimiento del Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros. Con la revisión de este Reglamento prevista para finales de 2025, sería necesario garantizar que se mantenga su ambición y que no se reduzcan los objetivos generales de los objetivos climáticos para 2050. En su lugar, debe prestarse atención a las NEIS, y explorar las ventajas que presentan tácticas como la orientaciones sectoriales específicas y el establecimiento de prioridades temáticas para facilitar la presentación de informes.
5.6Los tres pilares de la sostenibilidad son los factores ambientales, sociales y de gobernanza. El CESE es consciente de ello y está dispuesto a participar en el diseño de garantías sociales mínimas y a aplicar una taxonomía social, teniendo en cuenta los criterios de organizaciones internacionales, como los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, las directrices de la OCD
o las NEIS, a fin de reconocer aspectos clave como la libertad de asociación y la negociación colectiva. El CESE también subraya la necesidad de garantizar la integridad de la taxonomía revisando inclusiones actuales que puedan ser incompatibles con el abandono de los combustibles fósiles por parte de la UE.
5.7El CESE recomienda reequilibrar el marco para prestar un servicio más eficaz a la economía real mediante el apoyo a las pymes, abriéndoles el acceso a una financiación asequible y facilitándoles las tareas administrativas que les permitan asumir compromisos y cumplir su programa de sostenibilidad. Para alcanzar este objetivo sin renunciar a las ambiciones, habrá que recurrir al apoyo técnico, simplificar los criterios y reducir la burocracia.
5.8La biodiversidad y la naturaleza son fundamentales para la resiliencia de la UE. Una financiación positiva en relación con la naturaleza debe ser una parte fundamental de la estrategia de financiación sostenible de la UE, estar en consonancia con el Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal e integrarse adecuadamente en las próximas revisiones de la política agrícola común y del marco financiero plurianual. Deben establecerse salvaguardias claras para evitar que el control se traslade a agentes con ánimo de lucro que presten poca atención a la sostenibilidad a largo plazo. Al mismo tiempo, la normativa medioambiental de la UE debe ser más ambiciosa para evitar la pérdida de biodiversidad y contribuir, al mismo tiempo, a dirigir el capital privado hacia actividades positivas para la naturaleza.
5.9El CESE acoge con satisfacción la mayor visión prospectiva que se refleja en la correcta integración y valoración de los riesgos relacionados con el clima en los mercados financieros. Dichos riesgos incluyen, entre otros, los relacionados con la pérdida de biodiversidad, las brechas de adaptación, los riesgos de transición, los litigios climáticos y otras responsabilidades medioambientales más amplias. La integración de estos riesgos desincentiva actividades contrarias a los objetivos climáticos de la UE. Dicha armonización es esencial para la equidad intergeneracional y para salvaguardar la prosperidad y la estabilidad medioambiental en el futuro. También es importante que las empresas fomenten un equilibrio entre rentabilidad, sostenibilidad y empleo.
6.Observaciones particulares
6.1Las simplificaciones propuestas en los paquetes ómnibus 1 y 2 pueden mejorar los niveles de cumplimiento. Sin embargo, medidas tales como reducir significativamente el número de empresas sujetas a requisitos de presentación de informes, retrasar los plazos de cumplimiento y reducir los requisitos de información y diligencia debida podrían obstaculizar la consecución de los objetivos de sostenibilidad. La sostenibilidad y la competitividad no deben estar reñidas. El CESE está de acuerdo con la simplificación de las cargas administrativas, pero esto no debería dar lugar a una reducción de los objetivos de sostenibilidad o a un retraso de su logro. Un enfoque revisado debe mantener las obligaciones (por ejemplo, para las grandes empresas que tienen entre quinientos y mil empleados o para las pymes cotizadas), aunque haciéndolas más proporcionadas, sirviéndose para ello de modelos simplificados de presentación de informes (por ejemplo, la norma voluntaria para las pymes), del apoyo adecuado de las autoridades públicas y de controles del cumplimiento a posteriori. El CESE está de acuerdo en que los procedimientos se simplifiquen, racionalicen y armonicen con otras Directivas, pero pide que se supriman los artículos que reducen los objetivos, impiden la participación de los interlocutores sociales y eliminan los requisitos de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. Las Directivas mencionadas entraron en vigor recientemente, por lo que las modificaciones no se basan en una evaluación de su eficacia.
6.2El CESE reconoce la importancia de los planes de transición para garantizar la integridad de su financiación, evitando la dependencia del carbono, los activos obsoletos, el ecopostureo, etc. Para llevar a cabo la transición ecológica no basta con la transparencia. Los requisitos de divulgación deben ir acompañados de objetivos obligatorios y de medidas empresariales para alcanzar los objetivos de transición. Los planes de transición en el marco de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad deben seguir siendo obligatorios y no quedar diluidos por las revisiones de los paquetes ómnibus.
6.3El marco de financiación sostenible, y en particular el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, debe crear espacio para la financiación de transición, distinguiéndola claramente de las actividades sostenibles. La Plataforma sobre Finanzas Sostenibles de la UE ha propuesto un nuevo sistema de categorización de productos que incluye una categoría específica para la financiación de transición. El CESE pide que cualquier revisión de las clasificaciones actuales incluya esa categoría específica.
6.4El CESE apoya el refuerzo de las evaluaciones de viabilidad. Estas deben ir más allá de las consideraciones relativas a los costes a corto plazo y basarse en una visión a largo plazo que incluya los riesgos de transición, los costes futuros y las repercusiones medioambientales. El marco regulador debe garantizar que los activos financieros sostenibles no excluyan a las pymes de las cadenas de suministro, que se simplifiquen los procesos y que se canalicen inversiones hacia segmentos de la economía que puedan tener un impacto positivo a escala regional.
6.5El tejido empresarial europeo se distingue de los demás por la economía social. Actualmente, el sector cuenta con 4,3 millones de empresas, emplea a 11,5 millones de personas y genera 912 000 millones EUR en valor añadido, operando en todos los sectores clave, desde el agroalimentario y el de la construcción hasta el educativo y el de los servicios financieros. En 2021, la Comisión Europea reconoció la economía social como uno de los catorce ecosistemas industriales de la UE y, con el plan de acción para la economía social, subrayó la importancia de promoverla para reforzar Europa, proponiendo acciones concretas para su desarrollo. El CESE considera que el nuevo marco regulador para la financiación sostenible debe facilitar la plena integración de las empresas de la economía social en la economía ecológica.
6.6Es necesario analizar el ejercicio de los derechos de voto en las empresas por parte de los accionistas y la posibilidad de participación cuando la inversión se realiza a través de fondos de inversión o fondos de pensiones. Se requiere una mayor transparencia y participación en el ejercicio de los derechos de voto, así como en las recomendaciones de voto que estos accionistas puedan recibir de empresas especializadas (asesores de voto). En el caso de los fondos de pensiones de empleo, la participación de los representantes de los trabajadores y de las empresas debería permitir un ejercicio más ágil de los derechos de voto mediante la modificación de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad.
6.7Se requiere un marco favorable para los instrumentos de ahorro colectivo, como los planes de pensiones de empleo, que ofrezca condiciones ventajosas para las partes interesadas en términos de costes. Deberá fomentarse la participación efectiva de los trabajadores y las empresas, lo que facilitaría la aplicación de los regímenes de pensiones y aportaría beneficios a estas partes interesadas. Ello permitiría canalizar el ahorro destinado a la jubilación para invertir en la economía europea y financiarla, en un marco controlado de financiación sostenible.
6.8La reforma del marco de financiación sostenible de la UE también debe perseguir una mayor interoperabilidad con las normas mundiales.
Bruselas, 5 de septiembre de 2025.
El Presidente de la Sección de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social
Ioannis VARDAKASTANIS
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ANEXO
al
DICTAMEN
de la Sección de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social
Las enmiendas siguientes, que obtuvieron al menos una cuarta parte de los votos emitidos, fueron rechazadas en el transcurso del debate (artículo 60.2 del Reglamento interno):
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ENMIENDA 4
ECO/668
Un nuevo impulso al marco de financiación sostenible de la UE
Punto 4.1
Modifíquese de la manera siguiente:
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Presentada por:
DIAMANTOUROS Konstantinos
GARCÍA DEL RIEGO Antonio
HAUNERT Nora
ROBYNS Wautier
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Proyecto de Dictamen
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Enmienda
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Los paquetes ómnibus reconocen la complejidad del marco de financiación sostenible y tienen por objeto facilitar la presentación de informes y mejorar la capacidad de uso de la información. Además, facilitan la financiación de transición mediante la introducción de una adaptación «parcial» a la taxonomía. Sin embargo, los paquetes entrañan el riesgo de debilitar las normas medioambientales y sociales, así como el impulso de la UE a la inversión sostenible en el marco del Pacto por una Industria Limpia. El paquete ómnibus 1 propone eliminar los requisitos relativos al plan de transición y eximir a aproximadamente el 80 % de las empresas de la divulgación en virtud de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, lo que perjudicaría la disponibilidad y comparabilidad de los datos necesarios para las divulgaciones previstas en el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, con la consecuencia probable de mermar la confianza de los inversores y ralentizar el crecimiento de las finanzas sostenibles. La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad se ve especialmente afectada por las propuestas. Las modificaciones planteadas podrían debilitar en gran medida la integridad del marco de financiación sostenible, en concreto con la limitación de la diligencia debida a los proveedores de nivel 1 únicamente y la supresión de la responsabilidad civil y de las sanciones mínimas del 5 %. En su conjunto, los paquetes amenazan la estabilidad normativa, uno de los puntos fuertes de la competitividad de la UE.
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Los paquetes ómnibus reconocen la complejidad del marco de financiación sostenible y tienen por objeto facilitar la presentación de informes y mejorar la capacidad de uso de la información. Además, facilitan la financiación de transición mediante la introducción de una adaptación «parcial» a la taxonomía. El paquete ómnibus 1 propone eliminar los requisitos relativos al plan de transición y eximir a aproximadamente el 80 % de las empresas de la divulgación en virtud de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad. La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad se ve especialmente afectada por las propuestas. Las modificaciones planteadas requieren adaptar el marco de financiación sostenible garantizando que las obligaciones de diligencia debida sean proporcionadas, por ejemplo mediante la limitación de la diligencia debida a los proveedores de nivel 1 únicamente y la supresión de la responsabilidad civil y de las sanciones mínimas del 5 %. En su conjunto, los paquetes no deberían suponer una amenaza a la eficacia normativa, uno de los objetivos de la competitividad de la UE.
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Resultado de la votación
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A favor:
21
En contra:
3
Abstenciones:
37
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