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Document 029779be-01b3-11ef-a251-01aa75ed71a1
Commission Implementing Regulation (EU) 2022/92 of 21 January 2022 laying down rules for the application of Directive (EU) 2019/883 of the European Parliament and of the Council as regards monitoring data methodologies and the format for reporting passively fished waste (Text with EEA relevance)Text with EEA relevance
Consolidated text: Reglamento de Ejecución (UE) 2022/92 de la Comisión, de 21 de enero de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/883 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las metodologías aplicables a los datos de seguimiento y el formato de notificación de los desechos pescados de manera no intencionada (Texto pertinente a efectos del EEE)Texto pertinente a efectos del EEE
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/92 de la Comisión, de 21 de enero de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/883 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las metodologías aplicables a los datos de seguimiento y el formato de notificación de los desechos pescados de manera no intencionada (Texto pertinente a efectos del EEE)Texto pertinente a efectos del EEE
02022R0092 — ES — 14.04.2024 — 001.001
Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/92 DE LA COMISIÓN de 21 de enero de 2022 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/883 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las metodologías aplicables a los datos de seguimiento y el formato de notificación de los desechos pescados de manera no intencionada (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 015 de 24.1.2022, p. 16) |
Modificado por:
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Diario Oficial |
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n° |
página |
fecha |
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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/917 DE LA COMISIÓN de 22 de marzo de 2024 |
L 917 |
1 |
25.3.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/92 DE LA COMISIÓN
de 21 de enero de 2022
por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/883 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las metodologías aplicables a los datos de seguimiento y el formato de notificación de los desechos pescados de manera no intencionada
(Texto pertinente a efectos del EEE)
Artículo 1
En el caso de los buques pesqueros no incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 2002/59/CE, la recogida de datos sobre los desechos pescados de manera no intencionada se basará en uno de los métodos siguientes descritos en el Manual de Eurostat sobre estadísticas de residuos:
encuestas;
fuentes administrativas u otras;
procedimientos de estimación estadística;
una combinación de las formas contempladas en las letras a), b) y c).
Artículo 2
Artículo 3
m = pV
donde p es la densidad estimada del material (kgm–3), m es la masa (kg) y V es el volumen (m3).
Artículo 4
A partir del 1 de enero de 2024, los Estados miembros notificarán los datos y la información correspondientes a períodos de dos años naturales. Los informes se presentarán por vía electrónica en un plazo de doce meses a partir del final del segundo año sobre el que se recogieron. El primer informe se presentará a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
Artículo 5
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
ANEXO
Cuadro 1
Componentes de los desechos pescados de manera no intencionada
Nivel 1 |
Plástico |
Metal |
Caucho |
Madera |
Textiles |
Otros desechos |
Nivel 2 |
— redes — boyas — cajas de pescado — soga o cuerda — botellas — envases — flejes — espuma — bidones — tambores de petróleo — fibra de vidrio — sacos de fertilizantes y piensos — otros objetos grandes |
— tambores de petróleo — alambre — latas de pintura — filtros de aceite — otros objetos |
— guantes — neumáticos y cinturones — botas — otros objetos |
— nasas — jaulas — palés — otros objetos |
— soga — ropa y calzado — otros objetos |
— vidrio — desechos médicos — desechos sanitarios — otros objetos |
Cuadro 2
Elementos obligatorios y voluntarios de la notificación
Obligatorio o voluntario |
Descripción |
Casillas correspondientes del cuadro 3 que deben notificarse |
Obligatorio |
Masa total y volumen total de todos los desechos pescados de manera no intencionada. |
Casillas de las columnas 1 y 4 de la fila 1 (en negrita) |
Voluntario |
Masa y volumen de los desechos pescados de manera no intencionada agregados por su origen: ALDFG (*1) y otra basura marina. |
Todas las casillas de la fila 1 |
Voluntario |
Masa y volumen de los desechos pescados de manera no intencionada agregados por tipo de material (plásticos, metales, caucho y otros desechos). |
Todas las casillas de las columnas 1 y 4 |
Voluntario |
Masa y volumen de los desechos pescados de manera no intencionada agregados por origen y tipo de material |
Todas las casillas del cuadro 3 |
(*1)
Aparejos de pesca abandonados, perdidos o descartados. |
Cuadro 3
Formato de notificación de los desechos pescados de manera no intencionada
|
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
|
Masa total (toneladas) |
ALDFG (*1) (toneladas) |
Otra basura marina (toneladas) |
Volumen total (m3) |
ALDFG (*1) (m3) |
Otra basura marina (m3) |
||
1 |
Total |
A1 + A2 |
A1 = B1 + C1 + D1 + E1 |
A2 = B2 + C2 + D2 + E2 |
F1 + F2 |
F1 = G1 + H1 + I1 + J1 |
F2 = G2 + H2 + I2 + J2 |
2 |
Plásticos |
B1 + B2 |
B1 |
B2 |
G1 + G2 |
G1 |
G2 |
3 |
Metales |
C1 + C2 |
C1 |
C2 |
H1 + H2 |
H1 |
H2 |
4 |
Caucho |
D1 + D2 |
D1 |
D2 |
I1 + I2 |
I1 |
I2 |
5 |
Madera, textiles y otros desechos |
E1 + E2 |
E1 |
E2 |
J1 + J2 |
J1 |
J2 |
(*1)
Aparejos de pesca abandonados, perdidos o descartados. |