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Document C2018/187A/01
Publication of a vacancy for the Director of European Institute for Gender Equality (EIGE), Vilnius (Temporary Agent — Grade AD 14) — COM/2018/20027
Publicación de una vacante para el puesto de director del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), Vilna (Agente temporal — Grado AD 14) — COM/2018/20027
Publicación de una vacante para el puesto de director del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), Vilna (Agente temporal — Grado AD 14) — COM/2018/20027
DO C 187A de 1.6.2018, pp. 1–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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1.6.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 187/1 |
Publicación de una vacante para el puesto de director del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), Vilna
(Agente temporal — Grado AD 14)
COM/2018/20027
(2018/C 187 A/01)
Quiénes somos
El Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) es una agencia reguladora autónoma de la Unión Europea creada para contribuir y reforzar la promoción de la igualdad de género, incluida la incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas de la UE y en las políticas nacionales resultantes; luchar contra la discriminación por motivos de sexo; así como aumentar la sensibilización de los ciudadanos de la UE con respecto a la igualdad de género. La igualdad entre mujeres y hombres es un valor fundamental de la UE.
El EIGE funciona dentro del marco de las políticas e iniciativas de la Unión. Sus objetivos y funciones han sido definidos por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea en el Reglamento (CE) n.o 1922/2006 por el que se crea el EIGE y le asigna el papel central de hacer frente a los desafíos y a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres en el conjunto de la UE.
El EIGE contribuye a la promoción de la igualdad de género en Europa proporcionando asesoramiento de alto nivel a las instituciones de la UE, en particular a la Comisión Europea y a los Estados miembros, así como a los países de la ampliación con el fin de garantizar una toma de decisiones mejor informada. Para alcanzar sus objetivos, el EIGE recopila y analiza información comparable y fiable a escala de la UE y desarrolla instrumentos metodológicos adecuados para la integración de la igualdad de género en todas las políticas de la UE.
Los órganos centrales del EIGE son: un consejo de administración (órgano decisorio), un foro de expertos (órgano consultivo) y su director (órgano ejecutivo), además de su personal.
La agencia tiene su sede en Vilna, Lituania, y emplea actualmente a 50 personas procedentes de más de 18 Estados miembros de la UE.
Qué ofrecemos
El director es el representante legal y la imagen pública del EIGE, y es responsable ante el consejo de administración del Instituto Europeo de la Igualdad de Género, creado en virtud del artículo 12 del Reglamento (CE) n.o 1922/2006 por el que se crea el EIGE. El director dirigirá y gestionará el EIGE y asumirá la responsabilidad de sus actividades, garantizando el logro de sus objetivos.
El director será responsable de:
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la gestión corriente del EIGE con un presupuesto, en 2018, de unos 7,8 millones EUR y unos 50 empleados; |
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la gestión del EIGE, en consonancia con su Reglamento de funcionamiento y sus disposiciones de aplicación, la legislación vigente y las decisiones de su Consejo de Administración; |
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asumir la responsabilidad global de la gestión del personal del EIGE de modo eficaz y eficiente, y fomentar un buen espíritu de equipo y un buen ambiente de trabajo; |
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gestionar los recursos del EIGE necesarios para realizar las actividades de sus órganos, incluida la prestación de un apoyo técnico y científico adecuado; |
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la elaboración de la estrategia del EIGE y de los programas de trabajo, y la presentación de informes sobre su gestión y los procedimientos para la determinación de las políticas a seguir, que serán remitidos al Consejo de Administración; |
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la presentación de informes sobre la ejecución de los programas de trabajo y las decisiones adoptadas por el Consejo de Administración; |
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la preparación de las reuniones del Consejo de Administración y del foro de expertos; |
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asumir la responsabilidad global de la ejecución de las tareas que competen al EIGE, incluida la supervisión de la calidad de sus sistemas de control y de gestión internos; |
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preparar y ejecutar el presupuesto del EIGE en consonancia con el Reglamento financiero marco para las agencias, y garantizar que se gestiona eficientemente y de acuerdo con el principio de buena gestión financiera; |
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asumir la responsabilidad general de los asuntos financieros del EIGE, incluidas, entre otras cosas, las cuentas finales y las decisiones de financiación; |
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representar al EIGE y comunicar con las partes interesadas y con el público acerca de todos los temas relacionados con la misión del EIGE; |
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garantizar la cooperación con la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los Estados miembros, así como con los organismos competentes de los Estados miembros que lleven a cabo tareas similares a las del EIGE. |
El director velará por que la agencia realice sus actividades con independencia y al servicio del interés público.
Criterios de admisibilidad de los candidatos
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Los candidatos serán admitidos a la fase de selección siempre que cumplan los siguientes criterios formales antes de que finalice el plazo de presentación de las candidaturas: |
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Nacionalidad: los candidatos deberán ser nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea. |
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Título o diploma universitario: los candidatos deberán tener:
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Experiencia profesional: los candidatos deberán tener al menos 15 años de experiencia postuniversitaria a un nivel al que den acceso las cualificaciones mencionadas anteriormente. Al menos cinco años de esa experiencia profesional deberán corresponder a uno o varios de los ámbitos de las políticas de la UE, preferiblemente la igualdad de género, la lucha contra la discriminación, las ciencias sociales, las ciencias políticas, la economía, la estadística, o el Derecho. |
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Experiencia en materia de gestión: al menos cinco años de experiencia profesional postuniversitaria deberán haberse adquirido en una función de gestión de alto nivel (1). La experiencia de gestión en los ámbitos pertinentes constituirá una ventaja. |
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Idiomas: los candidatos deberán poseer un conocimiento profundo de una de los idiomas oficiales de la Unión Europea (2) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Durante la entrevista o entrevistas a cargo del tribunal de selección se comprobará si los candidatos cumplen el requisito de un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Esto puede incluir la realización de (parte de) la entrevista en esta otra lengua. |
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Límite de edad: los candidatos deberán poder completar, en la fecha en que finalice el plazo de la presentación de las candidaturas, el mandato de cinco años antes de alcanzar la edad de jubilación. Para el personal temporal de la Unión Europea, la edad de jubilación corresponde al final del mes en que la persona cumpla 66 años (véase el artículo 47 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (3)). |
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Además, los candidatos deben haber cumplido todas las obligaciones impuestas por la legislación relativa al servicio militar, ofrecer las debidas garantías de moralidad para el ejercicio de sus funciones y ser físicamente aptos para llevar a cabo sus funciones. |
Criterios de selección
Los candidatos deberán poseer:
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a) |
Experiencia en cargos de dirección, y en particular:
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b) |
Conocimientos técnicos, y en particular:
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c) |
Capacidades de comunicación y negociación, y en particular:
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Independencia y declaración de intereses
Antes de asumir sus funciones, el director deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia en pro del interés público y deberá asimismo presentar una declaración en relación con cualesquiera intereses que pudieran considerarse perjudiciales para su independencia.
Selección y nombramiento
El director será nombrado por el Consejo de Administración del EIGE a propuesta de la Comisión Europea.
La Comisión Europea organiza la selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación (véase también el documento sobre política en materia de altos funcionarios (4)). A tal fin, creará un tribunal de preselección. Este tribunal estudiará todas las candidaturas y seleccionará a los candidatos cuyo perfil se adapte mejor a los criterios de selección mencionados anteriormente. Estos candidatos serán convocados para una entrevista con el tribunal de preselección.
Tras las entrevistas, el tribunal de preselección formulará sus conclusiones y propondrá una lista de candidatos para entrevistas adicionales con el Comité Consultivo para los Nombramientos (CCN) de la Comisión Europea. El CCN, teniendo en cuenta las conclusiones del tribunal de preselección, decidirá qué candidatos podrán ser convocados a una ulterior entrevista.
Los candidatos convocados a una entrevista con el CCN participarán en una sesión de un día completo en un centro de evaluación dirigido por consultores externos en recursos humanos. Sobre la base de la entrevista y de los resultados del informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con los candidatos que considere aptos para ejercer las funciones de director.
Los candidatos seleccionados por el CCN serán entrevistados por el comisario competente.
Con posterioridad a las entrevistas, la Comisión Europea adoptará una lista de los candidatos más adecuados, que se comunicará al consejo de administración del EIGE. Este último entrevistará a los candidatos antes de nombrar al director de entre los candidatos seleccionados por la Comisión. La inclusión en esa lista restringida no garantiza el nombramiento.
Además de las indicadas anteriormente, se podrá pedir a los candidatos que se sometan a nuevas entrevistas o pruebas. También se les solicitará que hagan una declaración ante la comisión o las comisiones competentes del Parlamento Europeo.
Por razones funcionales y con objeto de finalizar el procedimiento de selección en el plazo más breve posible, en interés tanto de los candidatos como de la institución, el procedimiento de selección se realizará únicamente en francés y/o inglés (5).
Igualdad de oportunidades
La Comisión Europea y el EIGE aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación con arreglo al artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (6).
Condiciones de empleo
El sueldo y las condiciones de empleo son los establecidos en el Régimen aplicable a otros agentes para los agentes temporales que desempeñen una función correspondiente al puesto básico de director de grado AD 14 de la Unión Europea (7). El candidato seleccionado será adscrito al grado con el escalón 1 o 2 en función de la duración de su experiencia (8). Será nombrado para un mandato inicial de cinco años con una posible prórroga de cinco años como máximo, con arreglo a las normas vigentes en la fecha de la publicación de esta vacante.
Los candidatos tendrán en cuenta el requisito del Régimen aplicable a otros agentes, de acuerdo con el cual todo el nuevo personal tiene que superar con éxito un periodo de prueba de nueve meses.
El lugar de destino será Vilna (Lituania), donde el EIGE tiene su sede.
El puesto estará disponible a partir del 16 de abril de 2019.
Procedimiento de solicitud
Antes de presentar su solicitud, el candidato deberá cerciorarse de cumplir todos los criterios de admisibilidad (véase «Criterios de admisibilidad de los candidatos»), especialmente por lo que respecta al tipo de titulación, a la experiencia profesional de alto nivel y a las capacidades lingüísticas necesarias. El incumplimiento de cualquiera de los criterios de admisibilidad implicará la exclusión automática del proceso de selección.
Si desea presentar su candidatura, deberá inscribirse a través de Internet en el siguiente sitio web y seguir las instrucciones para las diferentes etapas del procedimiento:
https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/
Se le pedirá una dirección de correo electrónico válida. Esta dirección se utilizará para confirmar su inscripción y para estar en contacto con usted durante las diferentes etapas del procedimiento de selección. Por lo tanto, se ruega informe a la Comisión Europea sobre cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.
Para completar la solicitud, deberá adjuntar un currículum vitae en formato PDF y redactar, en línea, una carta de motivación (un máximo de 8 000 caracteres).
Una vez finalizada su inscripción en línea, recibirá un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha quedado registrada. El correo electrónico también contiene un número de inscripción que será su número de referencia para todas las cuestiones referentes a su candidatura. Atención: si no recibe un correo electrónico de confirmación es que su candidatura no ha quedado registrada.
Tenga en cuenta que no podrá seguir en línea el curso dado a su candidatura. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con usted para informarle del estado de su candidatura.
Para más información o en caso de problemas técnicos, se deberá enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu
Plazo
El plazo para la presentación de candidaturas finaliza el 29 de junio de 2018 a las 12.00 del mediodía, hora de Bruselas, momento a partir del cual ya no será posible la inscripción.
Es responsabilidad de los candidatos realizar a tiempo su inscripción en línea. Recomendamos encarecidamente a los candidatos que no esperen a los últimos días para inscribirse, ya que una sobrecarga excepcional de las líneas o un fallo de la conexión a Internet podría dar lugar a que se interrumpiera la operación de inscripción en línea antes de que pudiera completarse, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las inscripciones fuera de plazo, sea cual sea la razón.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que la labor de los distintos tribunales de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos establezcan contacto directo o indirecto con sus miembros o pidan a cualquier otra persona que lo haga en su nombre.
Protección de datos personales
La Comisión velará por que los datos personales de los candidatos se traten de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos. Esto es válido, en particular, por lo que se refiere a la confidencialidad y seguridad de dichos datos (9).
(1) En su currículum vitae, el candidato deberá indicar, en lo referente a esos cinco años en que ha adquirido la experiencia de gestión: 1) la denominación y la función de los cargos de gestión, 2) el número de personas a su cargo en estos puestos, 3) la cuantía de los presupuestos gestionados, 4) el número de niveles jerárquicos por encima y por debajo, y 5) el número de empleados de su mismo nivel.
(2) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01958R0001-20130701&qid=1408533709461&from=ES
(3) http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1962R0031:20140101:ES:PDF
(4) https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/compilation-of-the-senior-official-policy-at-the-european-commission_es.pdf
(5) El tribunal de preselección se asegurará de que no se otorgue ninguna ventaja indebida a los hablantes nativos de estas lenguas.
(6) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:01962R0031-20140701&from=ES
(7) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:01962R0031-20140701&from=ES
(8) El coeficiente corrector aplicable a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea en Lituania es del 74,3 % en 2018.
(9) DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.