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Document 62024TB0294

Asunto T-294/24: Auto del Tribunal General de 19 de septiembre de 2025 – Syndicat National des Artistes Tatoueurs et des professionnels du tatouage y Auville/Comisión [Responsabilidad extracontractual – Medio ambiente y protección de la salud humana – Restricciones aplicables a las sustancias contenidas en las tintas para tatuajes o maquillaje permanente – Reglamento (UE) 2020/2081 – Perjuicio real y cierto – Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno]

DO C, C/2025/5712, 3.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5712/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5712/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/5712

3.11.2025

Auto del Tribunal General de 19 de septiembre de 2025 – Syndicat National des Artistes Tatoueurs et des professionnels du tatouage y Auville/Comisión

(Asunto T-294/24)  (1)

(Responsabilidad extracontractual - Medio ambiente y protección de la salud humana - Restricciones aplicables a las sustancias contenidas en las tintas para tatuajes o maquillaje permanente - Reglamento (UE) 2020/2081 - Perjuicio real y cierto - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno)

(C/2025/5712)

Lengua de procedimiento: francés

Partes:

Demandantes: Syndicat National des Artistes Tatoueurs et des professionnels du tatouage (Étampes, Francia), Cyril Auville (París, Francia) (representante: F. Di Vizio, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: R. Tricot y K. Mifsud-Bonnici, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: Reino de Dinamarca (representantes: C. Maertens y M. Jespersen, agentes), Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: M. Heikkilä, W. Broere y N. Herbatschek, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 268 TFUE, los demandantes solicitan la reparación del perjuicio que alegan haber sufrido como consecuencia de la adopción del Reglamento (UE) 2020/2081 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2020, que modifica el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), en lo que respecta a las sustancias contenidas en las tintas para tatuaje o maquillaje permanente (DO 2020 L 423, p. 6; en lo sucesivo «Reglamento impugnado»). Asimismo, invocan, con arreglo al artículo 277 TFUE, una excepción de ilegalidad del Reglamento controvertido.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

El Syndicat National des Artistes tatoueurs et des professionnaires du tatouage y el Sr. Cyril Auville cargarán, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.

3)

El Reino de Dinamarca y la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) cargarán con sus propias costas.


(1)   DO C, C/2024/4971 de 19.8.2024.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5712/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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