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Document 62019TB0587

Asunto T-587/19: Auto del Tribunal General de 23 de febrero de 2021 — Frutas Tono/EUIPO — Agrocazalla (Marién) («Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Intervención de la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso — Escrito de contestación presentado fuera de plazo — No admisión de la intervención en virtud del artículo 173, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento — Anulación de la marca denominativa anterior en la que se basa la resolución impugnada — Sobreseimiento»)

DO C 163 de 3.5.2021, p. 31–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.5.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 163/31


Auto del Tribunal General de 23 de febrero de 2021 — Frutas Tono/EUIPO — Agrocazalla (Marién)

(Asunto T-587/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Intervención de la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso - Escrito de contestación presentado fuera de plazo - No admisión de la intervención en virtud del artículo 173, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento - Anulación de la marca denominativa anterior en la que se basa la resolución impugnada - Sobreseimiento»)

(2021/C 163/41)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Frutas Tono, S. L. (Benifairó de la Valldigna, Valencia) (representante: A. Cañizares Doménech, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Agrocazalla, S. L. (Lorca, Murcia)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de junio de 2019 (asunto R 171/2018-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Agrocazalla y Frutas Tono.

Fallo

1)

No admitir a Agrocazalla, S. L., a participar en el procedimiento.

2)

Agrocazalla cargará con sus propias costas.

3)

Sobreseer el recurso.

4)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 363 de 28.10.2019.


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