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Document 62018CN0307

Asunto C-307/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Competition Appeal Tribunal, London (Reino Unido) el 7 de mayo de 2018 — Generics (UK) Ltd, GlaxoSmithKline plc, Xellia Pharmaceuticals ApS, Alpharma, LLC, formerly Zoetis Products LLC, Actavis UK Ltd y Merck KGaA / Competition and Markets Authority

OJ C 240, 9.7.2018, p. 29–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

201806220171970682018/C 240/333072018CJC24020180709ES01ESINFO_JUDICIAL20180507293132

Asunto C-307/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Competition Appeal Tribunal, London (Reino Unido) el 7 de mayo de 2018 — Generics (UK) Ltd, GlaxoSmithKline plc, Xellia Pharmaceuticals ApS, Alpharma, LLC, formerly Zoetis Products LLC, Actavis UK Ltd y Merck KGaA / Competition and Markets Authority

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C2402018ES2920120180507ES0033292313

Petición de decisión prejudicial planteada por el Competition Appeal Tribunal, London (Reino Unido) el 7 de mayo de 2018 — Generics (UK) Ltd, GlaxoSmithKline plc, Xellia Pharmaceuticals ApS, Alpharma, LLC, formerly Zoetis Products LLC, Actavis UK Ltd y Merck KGaA / Competition and Markets Authority

(Asunto C-307/18)

2018/C 240/33Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Competition Appeal Tribunal, London

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Generics (UK) Ltd, GlaxoSmithKline plc, Xellia Pharmaceuticals ApS, Alpharma, LLC, formerly Zoetis Products LLC, Actavis UK Ltd y Merck KGaA

Recurrida: Competition and Markets Authority

Cuestión prejudicial/Cuestiones prejudiciales

Competencia potencial

1)

A efectos de lo dispuesto en el artículo 101, apartado 1 TFUE, ¿debe considerarse que el titular de una patente de medicamento y una empresa de genéricos que desea comercializar una versión genérica de ese medicamento son potenciales competidores cuando las partes mantienen una controversia de buena fe sobre la validez de la patente o sobre si el medicamento genérico infringe la patente?

2)

¿Influye en la respuesta a la primera cuestión prejudicial el hecho de que:

a)

esté pendiente un procedimiento judicial entre las partes sobre dicha controversia, o

b)

el titular de la patente haya obtenido unas medidas cautelares que prohíben a la empresa de genéricos lanzar su producto genérico en el mercado hasta la resolución de dicho procedimiento, o

c)

el titular de la patente considere a la empresa de genéricos un competidor potencial?

Restricción por el objeto

3)

Cuando hay un procedimiento judicial en curso sobre la validez de una patente de medicamento y sobre si un medicamento genérico infringe dicha patente, y no es posible determinar la probabilidad de que se estimen las pretensiones de una de las partes en ese procedimiento, ¿existe una restricción de la competencia «por el objeto» en el sentido del artículo 101 TFUE, apartado 1, cuando las partes llegan a un acuerdo extrajudicial en virtud del cual:

a)

la empresa de genéricos se compromete a no comercializar su producto genérico y a no seguir impugnando la patente durante la vigencia del acuerdo (cuya duración no excede la parte restante del período de la patente), y

b)

el titular de la patente se compromete a hacer una transferencia de valor a la empresa de genéricos por un importe sustancialmente superior al de las costas procesales ahorradas (incluidos el tiempo de gestión y demás perturbaciones), que no constituye la contraprestación por bienes o servicios suministrados al titular de la patente?

4)

¿Influye en la respuesta a la tercera cuestión prejudicial el hecho de que:

a)

el ámbito de aplicación de la restricción a la empresa de genéricos no exceda del ámbito de aplicación de la patente controvertida, o

b)

el importe de la transferencia de valor a la empresa de genéricos puede ser inferior a los beneficios que esta habría obtenido si se hubiesen estimado sus pretensiones en el litigio sobre patentes y hubiese comercializado un producto genérico independiente?

5)

¿Influye en la respuesta a las cuestiones prejudiciales tercera y cuarta que el acuerdo prevea el suministro por parte del titular de la patente a la empresa de genéricos de importantes pero limitados volúmenes de productos genéricos autorizados y que dicho acuerdo:

a)

no genere una presión competitiva significativa sobre los precios cobrados por el titular de la patente, pero

b)

genere ciertos beneficios para los consumidores que no se habrían producido si en el litigio se hubiesen estimado las pretensiones del titular de la patente, pero que son considerablemente inferiores a los beneficios de la plena competencia que se habrían producido con la comercialización del producto genérico independiente si en el litigio se hubiesen estimado las pretensiones de la empresa de genéricos, o es esto solo relevante a efectos del examen con arreglo al artículo 101 TFUE, apartado 3?

Restricción por el efecto

6)

En las circunstancias expuestas en las cuestiones prejudiciales tercera a quinta, ¿existe una restricción de la competencia «por el efecto» en el sentido del artículo 101 TFUE, apartado 1, o depende esto de la apreciación del tribunal de que, de no existir dicho acuerdo:

a)

en el litigio sobre la patente probablemente se habrían estimado las pretensiones la empresa de genéricos (es decir, que la probabilidad de que la patente resultase válida y estuviese siendo infringida era inferior al 50 %); o, con carácter subsidiario,

b)

las partes probablemente habrían celebrado un acuerdo menos restrictivo (esto es, que la probabilidad de un acuerdo menos restrictivo era superior al 50 %)?

Definición del mercado

7)

Cuando un medicamento patentado es terapéuticamente sustituible por diversos medicamentos de una clase, y el presunto comportamiento abusivo a efectos del artículo 102 TFUE consiste en que el titular de la patente excluya de hecho del mercado versiones genéricas de ese medicamento, ¿deben tenerse en cuenta dichos productos genéricos al definir el mercado de referencia, aunque legalmente no podrían ser comercializados antes de la fecha de expiración de la patente si esta fuese válida y estuviese siendo infringida por ellos?

Práctica abusiva

8)

En las circunstancias expuestas en las cuestiones prejudiciales tercera a quinta, si el titular de la patente se encuentra en una posición dominante, ¿el hecho de celebrar un acuerdo de este tipo constituye una práctica abusiva a efectos del artículo 102 TFUE?

9)

¿Influye en la respuesta a la octava cuestión prejudicial el hecho de que el titular de la patente celebre tal acuerdo no para resolver un litigio, sino para evitar que comience el procedimiento?

10)

¿Influye en la respuesta a las cuestiones prejudiciales octava o novena el hecho de que:

a)

el titular de la patente siga una estrategia consistente en celebrar diversos acuerdos de ese tipo para evitar el riesgo de libre comercialización de productos genéricos, y

b)

la consecuencia del primer acuerdo de ese tipo es que, debido a la estructura del régimen nacional de reembolso por las autoridades sanitarias a las farmacias de sus costes de adquisición de medicamentos, se ve reducida la cuantía del reembolso por el medicamento en cuestión, dando lugar a un ahorro considerable a las autoridades sanitarias (si bien considerablemente inferior al que se habría producido con la comercialización de un producto genérico independiente tras un resultado favorable del litigio sobre la patente para la empresa de genéricos), y

c)

dicho ahorro no era la intención de las partes al celebrar cualquiera de los acuerdos?

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