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Document 62015CN0378

Asunto C-378/15: Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione Tributaria Regionale di Roma (Italia) el 16 de julio de 2015 — Mercedes Benz Italia SpA/Agenzia delle Entrate Direzione Provinciale Roma 3

OJ C 337, 12.10.2015, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 337/4


Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione Tributaria Regionale di Roma (Italia) el 16 de julio de 2015 — Mercedes Benz Italia SpA/Agenzia delle Entrate Direzione Provinciale Roma 3

(Asunto C-378/15)

(2015/C 337/05)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Commissione Tributaria Regionale di Roma

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Mercedes Benz Italia SpA

Recurrida: Agenzia delle Entrate Direzione Provinciale Roma 3

Cuestión prejudicial

A efectos del ejercicio del derecho a deducción, ¿se oponen los artículos 168, 173, 174 y 175 de la Directiva 2006/112/CE (1), a la luz de los principios de proporcionalidad, efectividad y neutralidad, consagrados en el Derecho de la Unión, a una normativa nacional (en particular, los artículos 19, apartado 5, y 19-bis, del D.P.R. 633/1972) y a la práctica administrativa fiscal nacional que exigen tener en cuenta la composición del volumen de negocios del operador, en particular para identificar las llamadas operaciones accesorias, sin establecer un método de cálculo basado en la composición y el uso efectivo de los bienes y servicios adquiridos, que refleje objetivamente la cuota de imputación real de los gastos soportados a cada actividad —gravada y no gravada — desarrollada por el sujeto pasivo?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).


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