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Document 62012CA0591

Asunto C-591/12 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de mayo de 2014 — Bimbo, S.A./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Panrico, S.A. [Recurso de casación — Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de registro de la marca denominativa BIMBO DOUGHNUTS — Marca denominativa española anterior DOGHNUTS — Motivos de denegación relativos — Reglamento (CE) n ° 40/94 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Apreciación global del riesgo de confusión — Posición distintiva y autónoma de un elemento de una marca denominativa compuesta]

OJ C 202, 30.6.2014, p. 5–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.6.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de mayo de 2014 — Bimbo, S.A./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Panrico, S.A.

(Asunto C-591/12 P) (1)

([Recurso de casación - Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de registro de la marca denominativa BIMBO DOUGHNUTS - Marca denominativa española anterior DOGHNUTS - Motivos de denegación relativos - Reglamento (CE) no 40/94 - Artículo 8, apartado 1, letra b) - Apreciación global del riesgo de confusión - Posición distintiva y autónoma de un elemento de una marca denominativa compuesta])

2014/C 202/06

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Bimbo, S.A. (representantes: C. Prat, abogado, R. Ciullo, Barrister)

Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: A. Folliard-Monguiral y J. Crespo Carrillo, agentes), Panrico, S.A. (representante: D. Pellisé Urquiza, abogado)

Objeto

Recurso de casación formulado contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 10 de octubre de 2012 en el asunto T-569/10, Bimbo S.A./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), por la que el Tribunal General desestimó un recurso de anulación interpuesto por el solicitante de la marca denominativa «BIMBO DOUGHNUTS» para productos pertenecientes a la clase 30 contra la resolución R 838/2009-4 de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 7 de octubre de 2010, que desestima el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Oposición, que deniega el registro de la citada marca en el marco de la oposición formulada por el titular de las marcas denominativas internacional y nacionales «DONUT», «DOGHNUTS» y «DONUTS» y de las marcas figurativas internacionales y nacionales que incluyen el elemento denominativo «donuts», para productos de la clase 30 — Art. 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 — Riesgo de confusión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Bimbo S.A.


(1)  DO C 55, de 23.2.2013.


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