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Document 62008CJ0574

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 16 de julio de 2009.
Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica.
Mercado interior - Libre circulación de capitales - Lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales.
Asunto C-574/08.

Recopilación de Jurisprudencia 2009 I-00131*

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2009:484





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 16 de julio de 2009 — Comisión/Bélgica

(Asunto C‑574/08)

«Mercado interior — Libre circulación de capitales — Lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales»

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 9)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción ni comunicación, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, de 1 de agosto de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de «personas del medio político» y los criterios técnicos aplicables en los procedimientos simplificados de diligencia debida con respecto al cliente así como en lo que atañe a la exención por razones de actividad financiera ocasional o muy limitada (DO L 214, p. 29).

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, de 1 de agosto de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de «personas del medio político» y los criterios técnicos aplicables en los procedimientos simplificados de diligencia debida con respecto al cliente así como en lo que atañe a la exención por razones de actividad financiera ocasional o muy limitada, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.

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