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Document 62007CB0551
Case C-551/07: Order of the Court (Seventh Chamber) of 19 December 2008 (reference for a preliminary ruling from the Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Deniz Sahin v Bundesminister für Inneres (Article 104(3) of the Rules of Procedure — Directive 2004/38/EC — Articles 18 EC and 39 EC — Right to respect for family life — Right of residence of a national of a non-member country who entered the territory of a Member State as an asylum seeker and subsequently married a national of another Member State)
Asunto C-551/07: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 19 de diciembre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vewaltungsgerichtshof — Austria) — Deniz Sahin/Bundesminister für Inneres (Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento — Directiva 2004/38/CE — Artículos 18 CE y 39 CE — Derecho al respeto de la vida familiar — Derecho de residencia de un nacional de un país tercero que ha entrado en el territorio de un Estado miembro como demandante de asilo y que seguidamente ha contraído matrimonio con una nacional de otro Estado miembro)
Asunto C-551/07: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 19 de diciembre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vewaltungsgerichtshof — Austria) — Deniz Sahin/Bundesminister für Inneres (Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento — Directiva 2004/38/CE — Artículos 18 CE y 39 CE — Derecho al respeto de la vida familiar — Derecho de residencia de un nacional de un país tercero que ha entrado en el territorio de un Estado miembro como demandante de asilo y que seguidamente ha contraído matrimonio con una nacional de otro Estado miembro)
OJ C 44, 21.2.2009, p. 23–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 44/23 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 19 de diciembre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vewaltungsgerichtshof — Austria) — Deniz Sahin/Bundesminister für Inneres
(Asunto C-551/07) (1)
(Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento - Directiva 2004/38/CE - Artículos 18 CE y 39 CE - Derecho al respeto de la vida familiar - Derecho de residencia de un nacional de un país tercero que ha entrado en el territorio de un Estado miembro como demandante de asilo y que seguidamente ha contraído matrimonio con una nacional de otro Estado miembro)
(2009/C 44/39)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgerichtshof
Partes
Demandante: Deniz Sahin
Demandada: Bundesminister für Inneres
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Verwaltungsgerichtshof (Austria) — Interpretación de los artículos 18 CE y 39 CE, así como del artículo 3, apartado 1, artículo 6, apartado 2, artículo 7, apartados 1, letra d), y 2, artículo 9, apartado 1, y 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (DO L 158, p. 77) — Derecho de residencia de un nacional de un país tercero que entró en el territorio de un Estado miembro como solicitante de asilo y que contrajo matrimonio posteriormente con una nacional de otro Estado miembro.
Fallo
1) |
Los artículos 3, apartado 1, 6, apartado 2, y 7, apartados 1, letra d), y 2, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/2008 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, deben interpretarse en el sentido de que comprenden igualmente a los miembros de la familia que han llegado al Estado miembro de acogida independientemente del ciudadano de la Unión y que sólo han adquirido la condición de miembro de la familia o iniciado la convivencia familiar con el ciudadano de la Unión cuando ya se encontraban en dicho Estado. A este respecto, carece de relevancia que, en el momento en que el miembro de la familia adquiere dicha condición o inicia la convivencia familiar, resida provisionalmente en el Estado miembro de acogida en virtud de la legislación sobre el derecho de asilo de dicho Estado. |
2) |
Los artículos 9, apartado 1, y 10 de la Directiva 2004/38 se oponen a una normativa nacional según la cual los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión que no poseen la nacionalidad de un Estado miembro y ostentan un derecho de residencia en virtud del Derecho comunitario, en particular en aplicación del artículo 7, apartado 2, de la Directiva, no pueden obtener una tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión por el único motivo de que están autorizados provisionalmente a residir en el Estado miembro de acogida en virtud de la legislación de dicho Estado sobre el derecho de asilo. |