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Document 52023XC01533

    Comunicación de la Comisión por la que se reconoce formalmente que determinados actos del Derecho de la Unión relativos a las solicitudes de aplicación de tipos reducidos del IVA a los suministros de gas natural, electricidad y calefacción urbana han quedado obsoletos

    C/2023/8778

    DO C, C/2023/1533, 18.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1533/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1533/oj

    European flag

    Diario Oficial
    de la Unión Europea

    ES

    Serie C


    C/2023/1533

    18.12.2023

    Comunicación de la Comisión por la que se reconoce formalmente que determinados actos del Derecho de la Unión relativos a las solicitudes de aplicación de tipos reducidos del IVA a los suministros de gas natural, electricidad y calefacción urbana han quedado obsoletos

    (C/2023/1533)

    1.   Introducción

    La mejora de la transparencia del Derecho de la Unión es un elemento esencial de la estrategia para legislar mejor que las instituciones de la Unión ponen en práctica.

    En la actualidad, muchos actos de la Unión han quedado obsoletos y en la práctica son irrelevantes y desprovistos de interés y no están derogados o no contienen una disposición regulando su plazo de vigencia. Dichos actos siguen en vigor aun cuando se hayan agotado sus efectos jurídicos. Por consiguiente, dichos actos siguen estando clasificados como «actos vigentes» en el Repertorio de la legislación de la Unión y, por lo tanto, siguen formando parte del corpus del Derecho de la Unión, también conocido como acervo de la Unión.

    Estos actos complican y oscurecen la imagen global del acervo de la Unión. Su supresión del acervo de la Unión facilitaría el acceso a la parte aplicable de este, permitiendo así una presentación más fácil de usar y un control más eficiente y lento del Repertorio de la legislación de la Unión. Por consiguiente, dichos actos deben suprimirse del acervo de la Unión.

    La presente Comunicación se refiere a seis decisiones de la Comisión obsoletas que se adoptaron con arreglo a la Directiva 77/388/CEE del Consejo (1) y a la Directiva 2006/112/CE del Consejo (2).

    2.   Evaluación

    El artículo 12, apartado 3, letra b), de la Directiva 77/388/CEE, añadido por la Directiva 92/77/CEE del Consejo (3), permitía a los Estados miembros aplicar un tipo reducido a los suministros de gas natural y electricidad, siempre que no exista riesgo alguno de distorsión de la competencia. Antes de hacerlo, un Estado miembro que tuviera la intención de aplicar dicho tipo debía informar de ello a la Comisión, que, a su vez, estaba obligada a pronunciarse sobre la existencia de un riesgo de distorsión de la competencia. Entre 1999 y 2006, se adoptaron un total de cinco Decisiones de la Comisión sobre la base de dicha disposición.

    La Directiva 77/388/CEE fue refundida y sustituida por la Directiva 2006/112/CE, que entró en vigor el 1 de enero de 2006. Con arreglo al artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE, que sustituyó al artículo 12, apartado 3, letra b), de la Directiva 77/388/CEE, en 2007 se adoptó una nueva Decisión de la Comisión. Con la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2022/542 del Consejo (4), se suprimió el artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE.

    Las seis Decisiones de la Comisión enumeradas en el anexo han dejado de tener efecto y han quedado obsoletas, ya que su base jurídica ya no está en vigor y su contenido se ha incorporado al punto 22 del anexo III de la Directiva 2006/112/CE. Por lo tanto, deben reconocerse como obsoletas y suprimirse del acervo de la Unión.

    3.   Conclusión

    La Comisión reconoce que los actos enumerados en el anexo han quedado obsoletos y deben suprimirse del acervo de la Unión. Se pide a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea que retire dichos actos del Repertorio de la legislación vigente de la Unión y publique el anexo en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea.


    (1)  Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (DO L 145 de 13.6.1977, p. 1).

    (2)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347 de 11.12.2006, p. 1).

    (3)  Directiva 92/77/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, por la que se completa el sistema común del impuesto sobre el valor añadido y se modifica la Directiva 77/388/CEE (aproximación de los tipos del IVA) (DO L 316 de 31.10.1992, p. 1).

    (4)  Directiva (UE) 2022/542 del Consejo, de 5 de abril de 2022, por la que se modifican las Directivas 2006/112/CE y (UE) 2020/285 en lo que respecta a los tipos del impuesto sobre el valor añadido (DO L 107 de 6.4.2022, p. 1).


    ANEXO

    Lista de actos que deben suprimirse del Repertorio de la legislación de la Unión vigente

    1.

    Decisión 1999/200/CE de la Comisión, de 26 de febrero de 1999, en relación con la solicitud presentada por la República Helénica con el fin de aplicar un tipo reducido del IVA a los suministros de gas natural y de electricidad, de conformidad con lo previsto en la letra b) del apartado 3 del artículo 12 de la Directiva 77/388/CEE del Consejo (DO L 69 de 16.3.1999, p. 40)

    2.

    Decisión 2003/633/CE de la Comisión, de 27 de agosto de 2003, relativa a una solicitud Portugal con el fin de aplicar un tipo reducido del IVA a los suministros de gas natural (DO L 220 de 3.9.2003, p. 7)

    3.

    Decisión 2004/673/CE de la Comisión, de 26 de agosto de 2004, relativa a la solicitud de la República de Malta de que se aplique un tipo reducido de IVA a los suministros de electricidad (DO L 307 de 5.10.2004, p. 7)

    4.

    Decisión 2005/568/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2005, relativa a una solicitud de la República de Hungría para aplicar un tipo impositivo reducido del IVA al suministro de gas natural (DO L 190 de 22.7.2005, p. 28)

    5.

    Decisión 2006/637/CE de la Comisión, de 13 de septiembre de 2006, relativa a la solicitud de la República de Lituania de que se aplique un tipo reducido de IVA a los suministros de calefacción urbana (DO L 261 de 22.9.2006, p. 35)

    6.

    Decisión 2007/313/CE de la Comisión, de 30 de abril de 2007, relativa a una solicitud de la República Italiana de aplicar un tipo reducido de IVA al suministro de electricidad para la explotación de instalaciones de regadío, bombeo y evacuación de aguas (DO L 118 de 8.5.2007, p. 18)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1533/oj

    ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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