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Document 52023IP0306

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2023, sobre el Sistema de las Escuelas Europeas: situación actual, retos y perspectivas (2022/2149(INI))

DO C, C/2024/1757, 22.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1757/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1757/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/1757

22.3.2024

P9_TA(2023)0306

Sistema de las Escuelas Europeas: situación actual, retos y perspectivas

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2023, sobre el Sistema de las Escuelas Europeas: situación actual, retos y perspectivas (2022/2149(INI))

(C/2024/1757)

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas (1),

Visto el estudio realizado para su Comisión de Cultura y Educación, de 9 de junio de 2022, titulado «El Sistema de las Escuelas Europeas: situación actual, retos y perspectivas (2),

Visto el informe de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, de diciembre de 2022, titulado «PISA for Schools: How The European Schools Compare Internationally 2022» (PISA para centros educativos: comparación de las Escuelas Europeas a nivel internacional en 2022),

Visto el informe final de 2022 de la Agencia Europea para las necesidades educativas especiales y la inclusión educativa, titulado «External Evaluation of the Implementation of the European Schools’ Action Plan on Educational Support and Inclusive Education» (Evaluación externa de la aplicación del plan de acción de las Escuelas Europeas para el apoyo educativo y la educación inclusiva),

Visto el informe del Tribunal de Cuentas Europeo, de 25 de noviembre de 2022, titulado «Report on the annual accounts of the European Schools for the financial year 2021» (Informe sobre las cuentas anuales de las Escuelas Europeas para el ejercicio 2021),

Vista la proclamación interinstitucional sobre el pilar europeo de derechos sociales, (3)

Vista su Resolución, de 27 de septiembre de 2011, sobre el sistema de las Escuelas Europeas (4),

Vista su Resolución, de 11 de noviembre de 2021, sobre el Espacio Europeo de Educación: un enfoque global común (5),

Vista su Resolución, de 19 de mayo de 2022, sobre el establecimiento del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 — microcredenciales, cuentas de aprendizaje individuales y aprendizaje para un medio ambiente sostenible (6),

Vista su Resolución, de 25 de marzo de 2021, sobre la formulación de la política de educación digital (7),

Vista su Resolución, de 7 de julio de 2016, sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con especial atención a las Observaciones finales del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas (8),

Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A9-0205/2023),

A.

Considerando que el Sistema de las Escuelas Europeas (SEE) es un sistema único que ha demostrado sus fortalezas y cualidades desde su creación en la década de 1950, como ponen de manifiesto, por ejemplo, el reconocimiento del bachillerato europeo en todos los Estados miembros y el crecimiento continuo del número de Escuelas Europeas acreditadas; que todos los ciudadanos de la Unión deben tener la oportunidad de beneficiarse de dicha educación;

B.

Considerando que todo el mundo debe tener la oportunidad de beneficiarse del tipo de educación impartida por el SEE y que todos los sistemas escolares de toda la Unión Europea deben tener la oportunidad de beneficiarse de los conocimientos pedagógicos del SEE;

C.

Considerando que el SEE, al combinar los sistemas educativos de los Estados miembros —a través de secciones lingüísticas paralelas— con una sólida dimensión europea, sentimiento de pertenencia e identidad cultural, una educación multilingüe y un enfoque en la ciencia, la tecnología, la ingeniería, las artes y las matemáticas, así como las innovaciones pedagógicas, representa un laboratorio y una fuente de experiencia para la reforma educativa, incluida la creación de un Espacio Europeo de Educación (EEE);

D.

Considerando que el SEE debe estar plenamente en consonancia con las políticas educativas presentadas por la Unión Europea; que un objetivo central del SEE es facilitar la movilidad y la transferencia hacia y desde todos los sistemas educativos nacionales, y que los Estados miembros están obligados a garantizar una transposición justa y equitativa de los resultados del aprendizaje del SEE;

E.

Considerando que la estructura de gobernanza del SEE tiene la ventaja de mantener un vínculo directo con los Estados miembros, pero requiere una reforma, dadas sus claras limitaciones en la toma de decisiones, la gestión de los cambios y un intercambio estructural de las mejores prácticas con los sistemas educativos nacionales;

F.

Considerando que es necesario ampliar el alcance del papel de la Comisión en el SEE y ampliar sus formas de acción, dado que su participación se limita actualmente a las cuestiones presupuestarias, dejando fuera de la ecuación aspectos igualmente importantes en materia educativa, operativa y de recursos humanos;

G.

Considerando que el actual sistema de contratación de docentes del SEE presenta graves deficiencias, lo que se traduce en un desajuste entre las necesidades sobre el terreno y el personal real enviado por los Estados miembros, problemas con los planes anuales de contratación, dificultades para encontrar profesores y personal cualificados, condiciones de trabajo precarias para los docentes contratados a escala local, y otro personal educativo y problemas con el desarrollo profesional continuo; que es necesario aumentar el atractivo del SEE entre la comunidad docente;

H.

Considerando que, aunque el SEE ha avanzado en la inclusión de estudiantes con necesidades especiales, discapacidades o diferencias de aprendizaje, existe una falta de apoyo psicológico y una necesidad creciente de ayuda intensiva; que la comunicación y unos paquetes de empleo adecuados son fundamentales para garantizar que el personal educativo y psicológico preste un apoyo de calidad, adaptado y continuo a los estudiantes;

I.

Considerando que el SEE es responsable de garantizar que se atienda por igual a todas las lenguas de la Unión, incluidas las menores, y de promover la diversidad lingüística y cultural, reforzando al mismo tiempo la dimensión europea del aprendizaje; que deben acogerse favorablemente los planes para que todas las secciones lingüísticas estén representadas tanto en el ciclo primario como en el secundario en Bruselas para 2028;

J.

Considerando que los padres desempeñan un papel clave en las escuelas, en particular mediante la organización de actividades extraescolares y la prestación de servicios de transporte y de otro tipo, y están representados por asociaciones de padres;

K.

Considerando que los recursos de la Unión representan la mayor parte del presupuesto del SEE, por lo que el Parlamento debe controlar de forma más estricta la gestión y el funcionamiento del SEE, y que los objetivos y las prioridades de inversión que la Unión ha adoptado en el ámbito de la educación deben reflejarse mejor en el SEE;

L.

Considerando que la falta de rendición de cuentas de algunos los países de acogida, encargados de proporcionar y mantener los edificios de las escuelas, ha dado lugar a graves problemas, especialmente en Bruselas, donde las escuelas están masificadas; que estos problemas han repercutido profundamente en el nivel educativo y en los aspectos organizativos, así como en la seguridad, la protección y el bienestar, tanto de los estudiantes como del personal;

Situación y perspectivas

1.

Destaca que hace falta una evaluación crítica y en profundidad de todos los aspectos del SEE, así como una reforma para preparar el sistema para el futuro, ampliar su alcance y garantizar que sirva como modelo de intercambio de buenas prácticas entre los sistemas educativos;

2.

Pide al Consejo Superior de las Escuelas Europeas (en lo sucesivo, «Consejo Superior») que actualice la misión, los principios y los objetivos del SEE en forma de una nueva «carta del SEE», que sea apta para el siglo XXI y que ofrezca una visión revitalizante para el sistema y unos objetivos realistas con arreglo a los cuales se pueda evaluar, aprovechando los conocimientos técnicos internos y externos; pide que esta nueva «Carta del SEE» se introduzca antes de finales de 2024;

3.

Pide a la Comisión que evalúe el papel del SEE en la creación del EEE, también con respecto al aprendizaje de idiomas y a una sólida dimensión europea del aprendizaje, y en el reconocimiento mutuo automático de títulos en toda la Unión, sobre la base del modelo establecido del bachillerato europeo;

4.

Pide que la Comisión desempeñe un papel más integrado y activo, en particular en lo que se refiere a la interconexión entre el SEE y el EEE; expresa su deseo explícito de que la Dirección General de Educación, Juventud, Deporte y Cultura participe de manera destacada en las relaciones entre la Comisión y el SEE;

5.

Reclama una mayor rendición de cuentas y transparencia, un escrutinio y un control parlamentarios más intensos y mayores visibilidad y comprensión del SEE y del bachillerato europeo en todos los ámbitos;

6.

Recuerda a los Estados miembros su obligación de conceder y mantener la admisión universitaria no discriminatoria en virtud del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas y de velar por que también se garantice la plena oferta educativa y el progreso académico a los estudiantes sin sección lingüística; pide al Consejo Superior y a los Estados miembros que garanticen una transposición justa y equitativa de los resultados del aprendizaje del SEE y del bachillerato europeo en sus tablas de equivalencia y que introduzcan las rectificaciones necesarias en los sistemas nacionales de conversión a fin de cumplir plenamente el principio de igualdad de trato y garantizar que todos los estudiantes puedan trasladarse con éxito a cualquier Estado miembro;

7.

Pide una relación más estrecha entre el SEE y los ecosistemas educativos locales, regionales y nacionales, en particular mediante el intercambio de mejores prácticas y la colaboración en programas y actividades con escuelas asociadas de los sistemas nacionales;

Gobernanza, gestión y cuestiones jurídicas

8.

Pide a la Comisión que efectúe una revisión en profundidad a cargo de un presidente independiente, a más tardar a finales de 2024, de las estructuras de gobernanza y gestión de todo el SEE y de cada una de las escuelas, en colaboración con la Oficina del Secretario General de las Escuelas Europeas (en lo sucesivo, «Oficina del Secretario General») y el Consejo Superior, y que en dicha revisión examine las funciones y estructuras en vigor a todos los niveles y evalúe la independencia de las funciones y los posibles conflictos de intereses, e identifique los problemas regulatorios que entorpecen el SEE;

9.

Insiste en la necesidad de racionalizar la toma de decisiones y la actuación del Consejo Superior y aumentar su flexibilidad a través de un sistema de votación alternativo con una mejor colaboración con las partes interesadas del SEE, para que el Consejo Superior responder mejor a las necesidades de las escuelas; insiste, además, en una comunicación precisa de las decisiones en el seno del SEE;

10.

Pide responsabilidades claras, tomas de decisiones claras, evaluaciones bianuales del rendimiento y planes de formación y desarrollo respecto de todo el personal que ostente puestos directivos, incluida la iniciación estructurada en el empleo, a nivel central y de las escuelas;

11.

Solicita a la Oficina del Secretario General y a la troika del Consejo Superior que, a partir de 2024, presenten al Parlamento un informe anual conjunto y pormenorizado sobre el SEE, para que el Parlamento pueda efectuar un seguimiento de los avances en las reformas y objetivos, señalar problemas críticos y participar de manera continua en la supervisión y la gestión de los cambios;

12.

Pide al Consejo Superior que:

a)

aclare cómo se aplican al SEE el Derecho primario y el Derecho derivado de la Unión;

b)

evalúe el cumplimiento de las normas de salud, seguridad y protección en las escuelas;

c)

garantice que las condiciones contractuales y laborales de los profesores contratados a escala local estén plenamente en consonancia con la legislación y los principios laborales de la Unión y de los Estados miembros;

d)

modifique el estatuto del personal y el Reglamento General de las Escuelas Europeas y, en particular, aclare expresamente las competencias de la Sala de Recursos con respecto a los órganos jurisdiccionales nacionales, y se asegure de que no existe ningún vacío en la protección jurídica;

e)

establezca un mediador independiente para atender las quejas sobre mala administración y mediar en los conflictos; y

f)

elabore un código de buena conducta administrativa para la gestión escolar a todos los niveles;

13.

Solicita una revisión del mandato del Tribunal de Cuentas Europeo y del Servicio de Auditoría Interna de la Comisión para emitir dictámenes y recomendaciones anuales sobre diversos aspectos del SEE, y pide que estos dictámenes y recomendaciones se presenten al Parlamento en el marco de las deliberaciones sobre el informe anual conjunto del SEE;

Recursos, infraestructura y personal

14.

Insta a los Estados miembros que cumplan por fin sus obligaciones íntegramente con respecto al SEE, en particular en lo que se refiere al envío en comisión de servicio de docentes cualificados y otro personal educativo, así como a la provisión de infraestructuras apropiadas (instalaciones adecuadas y su mantenimiento y mejora), y reclama un sistema vinculante de contribuciones financieras directas para garantizar una mayor flexibilidad y seguridad, tanto para el SEE como para los Estados miembros;

15.

Pide que se cree un grupo de trabajo específico para mediados de 2025, compuesto por representantes de todos los contribuyentes presupuestarios del SEE y en el que participen expertos pedagógicos pertinentes de la Oficina del Secretario General, la Comisión y los Estados miembros, ante la revisión prevista del acuerdo sobre los gastos compartidos para el curso académico 2025-2026, con el mandato de formular sugerencias concretas para resolver problemas críticos de recursos y desarrollar un modelo de reparto de costes que sea integral, adecuada y sostenible, y que permita al SEE cumplir su misión de acuerdo con la nueva «carta del SEE»;

16.

Anima a los Estados miembros de acogida a que incluyan las infraestructuras del SEE en cualquier plan nacional de inversión en infraestructuras escolares; pide a la Comisión y a los Estados miembros que colaboren para garantizar que el SEE pueda beneficiarse de los próximos desembolsos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a los Estados miembros, teniendo en cuenta las próximas evaluaciones de los planes nacionales y cualquier actualización pertinente, como las actualizaciones relacionadas con los capítulos de RePowerEU;

17.

Pide al Consejo Superior que resuelva urgentemente la actual escasez de docentes y asegure una situación de empleo estable y justa para todos reteniendo al personal y reduciendo la rotación, evitando así la fuga de cerebros; reclama, a este respecto, recursos adicionales y un paquete de empleo reforzado y justo, tanto para el personal en comisión de servicio como para el contratado localmente, con una remuneración competitiva, salarios más equitativos para los docentes de guardería, primaria y secundaria, claridad sobre la situación laboral y estabilidad, un sistema de desarrollo profesional permanente (DPP) y perspectivas profesionales adicionales en el SEE y fuera de este;

18.

Pide que se conceda a los profesores y a las escuelas un mayor grado de autonomía que les permita responder mejor a las necesidades y situaciones específicas, garantizando al mismo tiempo que esta mayor autonomía vaya acompañada de mecanismos de evaluación y rendición de cuentas más sólidos, de modo que se garanticen normas armonizadas;

19.

Pide que se introduzcan en las escuelas nuevos cargos directivos de nivel intermedio centrados en metodologías de enseñanza y planes de estudios de alta calidad, y que todos los procedimientos de contratación de personal en comisión de servicios sean más transparentes y abiertos;

20.

Reconoce y alienta el trabajo de la comunidad escolar, especialmente de los padres, en la vida escolar, por ejemplo en la prestación de actividades extraescolares, e insiste en la necesidad de supervisar las actividades de las escuelas para garantizar una buena gestión, unas cualificaciones pedagógicas adecuadas, la asequibilidad y la inclusión; recuerda que la Convención otorga a los padres un papel en la gobernanza del SEE y pide que se reconozca adecuadamente esta función;

21.

Pide una revisión anual urgente de la política de matriculación y de las tasas escolares con el fin de garantizar un lugar para todos los estudiantes de la categoría «uno», que se amplíe la combinación socioeconómica, se abra el SEE a más categorías de estudiantes y se aproveche todo el potencial de la Escuelas Europeas Acreditadas, también para evitar la masificación; hace hincapié en la importancia de aplicar estrictamente la norma sobre hermanos e insiste en que las tasas judiciales no deben impedir que los padres o tutores legales recurran las decisiones de la Autoridad Central de Inscripciones que infrinjan las normas de inscripción;

22.

Pide, además, al Consejo Superior que trabaje en un plan de movilidad del SEE ambicioso y actualizado periódicamente a todos los niveles para que el transporte escolar sea más eficiente, asequible, accesible y ecológico;

Calidad educativa y pedagógica

23.

Pide al Consejo Superior que refuerce los estándares educativos y pedagógicos:

a)

creando un grupo de trabajo, con los conocimientos pedagógicos pertinentes, para llevar a cabo consultas abiertas, transparentes y periódicas con las partes interesadas y revisar el enfoque de garantía de la calidad establecido como parte de la reforma de las Escuelas Europeas de 2009, garantizando que la revisión se complete a mediados de 2024, se actualice periódicamente a partir de entonces, vaya acompañada de indicadores claros y sea objeto de seguimiento y evaluación;

b)

introduciendo un régimen de inspección mejorado y responsable, que incluya una unidad de aseguramiento de la calidad dentro de la Oficina del Secretario General y compuesta de inspectores jefe permanentes, inspecciones sobre temas específicos y procesos de seguimiento que incluyan a las Escuelas Europeas acreditadas;

c)

reforzando el papel de la Unidad de Desarrollo Pedagógico de la Oficina del Secretario General y del Comité Pedagógico Mixto; así como

d)

garantizando la participación del SEE en programas e iniciativas de la Unión, como las Academias de Profesores Erasmus+ y el EEE;

24.

Pide al Consejo Superior y a la Oficina del Secretario General que elaboren una estrategia de DPP y un programa de inducción para docentes y otro personal educativo a través de SEE para finales de 2024 e insiste en un amplio enfoque de DPP, también términos de asignaturas y metodología, para ampliar las posibilidades de desarrollar una carrera y construir estructuras eficaces y formales que respalden a los docentes a la hora de diseñar, aplicar, evaluar e intercambiar mejores prácticas y materiales pedagógicos entre aulas y en el conjunto del sistema;

25.

Pide a los Estados miembros que exploten al máximo el potencial de los profesores del SEE veteranos para que se conviertan en formadores y mentores en los sistemas nacionales, pide al Consejo Superior que establezca incentivos y directrices a tal efecto y recalca el papel que debe desempeñar el SEE en la creación de un módulo de profesores europeos, que se incluya en la formación inicial de los docentes en toda la Unión;

26.

Insiste en que las escuelas aprovechen el potencial del aprendizaje personalizado; pide al Consejo Superior que refuerce los marcos existentes y aplique una política de inclusión coherente, uniforme y sistemática en todo el SEE que proporcione una educación inclusiva de calidad, evite la exclusión por motivos de discapacidad, garantice ajustes razonables, adapte las ratios entre profesores y estudiantes, utilice un plan de estudios flexible, aumente considerablemente el número de personal cualificado de apoyo educativo y psicológico y ofrezca servicios de orientación y tutoría; insta a que se avance hacia el reconocimiento de los resultados de aprendizaje de los estudiantes con necesidades especiales, discapacidades o diferencias de aprendizaje con certificación o con un título de fin de estudios si no reciben el bachillerato europeo; alienta la introducción de un índice de inclusión en el SEE;

27.

Pide al Consejo Superior y a la Oficina del Secretario General que fomenten un entorno de aprendizaje seguro en el que no se permita ninguna forma de violencia y que refuercen la lucha contra el acoso y el ciberacoso en el SEE mediante el desarrollo de un enfoque educativo integral armonizado que incluya la sensibilización, la formación, directrices para abordar el acoso en línea y fuera de línea, la promoción de un sistema de apoyo entre iguales en el que participen profesores y padres activos y bien formados, y un sistema de sanciones claro y aplicable a todos los niveles;

28.

Pide al Consejo Superior y a la Oficina del Secretario General que valoren incluir módulos de educación y formación profesionales (EFP) en el SEE, forjen asociaciones con instituciones de EFP y estudien la posibilidad de establecer escuelas europeas acreditadas de EFP en toda la Unión Europea;

29.

Insiste en la necesidad de ofrecer una experiencia educativa completa y de alta calidad a todos los estudiantes, en particular en su lengua materna, y a los estudiantes sin sección lingüística, tanto en el ciclo primario como en el secundario; pide al Consejo Superior que consulte a estudiantes, profesores y padres sobre el impacto de reducir el número de clases y asignaturas o de reunir diferentes niveles de clase cuando el número de estudiantes se sitúa por debajo de un umbral determinado;

30.

Pide al Consejo de Inspección que revise periódicamente la enseñanza de segunda y tercera lengua sobre la base de las orientaciones pedagógicas más recientes sobre la introducción de la lectura y la escritura en la educación temprana, los métodos de enseñanza cooperativa y la idoneidad del aprendizaje diferenciado, con el fin de garantizar que los estudiantes de todas las edades disfruten de lenguas de aprendizaje;

31.

Pide una mayor movilidad de estudiantes y profesores dentro del SEE y hacia y desde otros sistemas escolares, y que se actualicen los planes de estudios existentes con vistas a reforzar aún más la dimensión europea, por ejemplo revisando el programa de estudios de historia europea, incluido el papel de las minorías, enseñando la educación cívica como asignatura independiente, incorporando las «horas europeas» en todos los niveles educativos, centrándose en la importancia del patrimonio y los valores europeos, y desarrollando el espíritu empresarial y las aptitudes interpersonales; insiste en que se mantenga la oferta actual de educación religiosa y ética;

32.

Pide al Consejo Superior que impulse el aprendizaje medioambiental y la educación digital en el SEE, también mediante la aplicación del marco europeo de competencias en materia de sostenibilidad y el marco de competencias digitales, insiste en mejorar la enseñanza de capacidades ecológicas y digitales e insta al SEE a que participe en iniciativas como el certificado europeo de capacidades digitales, al tiempo que sigue valorando los métodos de aprendizaje tradicionales que utilizan libros impresos y luchando contra la exclusión digital;

33.

Propone la creación de un evento de celebración anual para compartir mejores prácticas pedagógicas, para que las escuelas, los docentes y los estudiantes pongan en común conocimientos y para que muestren su trabajo y proyectos a todo el sistema, invitando a representantes nacionales del sector educativo con el fin de crear conciencia sobre el SEE;

34.

Pide la creación de una comunidad formal de antiguos alumnos del SEE y medidas para aumentar la sensibilización al respecto, y que se recopilen datos sobre los itinerarios educativos de los estudiantes tras la graduación, con el mandato de que la OSG recopile información anonimizada;

Perspectivas

35.

Pide que las contribuciones financieras de la Unión al SEE figuren como una línea presupuestaria separada en los futuros presupuestos de la Unión, con el fin de aumentar la transparencia, garantizar la planificación estratégica y facilitar el control parlamentario, también en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión, y solicita que el SEE quede incluido en el futuro desarrollo del EEE y que ambos estén estrechamente vinculados;

36.

Expresa su deseo de que el SEE se convierta en un modelo de educación multilingüe y multicultural de alta calidad en Europa y fuera de ella, demostrando que el lema «Unida en la diversidad» también puede ser una realidad viva en el ámbito educativo; pide a todas las partes interesadas que trabajen para lograr ese objetivo como cocreadores, también mediante una colaboración reforzada con las Escuelas Europeas acreditadas, cuya inclusión y desarrollo son clave para la totalidad del sistema; pide una reevaluación de las Escuelas Europeas acreditadas para estudiar formas de ampliar el ámbito de aplicación del SEE a todos los Estados miembros mediante el establecimiento de procedimientos y requisitos más flexibles para la acreditación de las escuelas, mejorando al mismo tiempo la garantía de la calidad y la inspección;

37.

Expresa su deseo de que el Parlamento Europeo esté representado en el Consejo Superior y pide que un órgano de expertos externos e independientes estudie y proponga modelos de gobernanza alternativos, incluidas una revisión del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas y la posibilidad de sustituir el estatuto jurídico intergubernamental de las escuelas por un modelo europeo supranacional;

o

o o

38.

Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1)   DO L 212 de 17.8.1994, p. 3.

(2)  Estudio «The European Schools system: State of Play, Challenges and Perspectives» (El Sistema de las Escuelas Europeas: situación actual, retos y perspectivas), Parlamento Europeo, Dirección General de Políticas Interiores de la Unión, Departamento Temático B — Políticas Estructurales y de Cohesión, 9 de junio de 2022.

(3)   DO C 428 de 13.12.2017, p. 10.

(4)   DO C 56 E de 26.2.2013, p. 14.

(5)   DO C 205 de 20.5.2022, p. 17.

(6)   DO C 479 de 16.12.2022, p. 65.

(7)   DO C 494 de 8.12.2021, p. 2.

(8)   DO C 101 de 16.3.2018, p. 138.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1757/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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