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Document 52023DC0011

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación de los programas apícolas

COM/2023/11 final

Bruselas, 13.1.2023

COM(2023) 11 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre la aplicación de los programas apícolas


Índice

1.INTRODUCCIÓN

2.METODOLOGÍA

3.PERSPECTIVA GENERAL DEL SECTOR APÍCOLA DE LA UE

3.1.Producción y precios

3.2.Comercio

4.APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS APÍCOLAS NACIONALES

4.1.Base jurídica

4.2.Objetivos y medidas

4.3.Presupuesto de la UE para los programas apícolas nacionales y porcentaje de utilización

4.4.Asignación de la contribución de la UE a cada Estado miembro

4.5.Gasto por tipo de medida

5.MÉTODOS UTILIZADOS PARA DETERMINAR EL NÚMERO DE COLMENAS

6.LA APICULTURA EN LOS PLANES ESTRATÉGICOS DE LA PAC DESPUÉS DE 2022.

7.CONCLUSIÓN

1.    INTRODUCCIÓN

La importancia del sector apícola va más allá de su pequeño tamaño con respecto a otros sectores agrícolas. Realiza una contribución inestimable a la polinización de los cultivos, las frutas y demás flora, además de proporcionar miel y otros productos apícolas. La política agrícola común (PAC) cuenta con varios instrumentos para apoyar a este sector, como los programas apícolas, establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 1 (Reglamento de la OCM).

En virtud de lo establecido en el artículo 225, letra a), del Reglamento de la OCM, la Comisión debe presentar cada tres años al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de las medidas referentes al sector apícola establecidas en los artículos 55, 56 y 57. Asimismo, el informe debe incluir las últimas novedades en relación con los sistemas de identificación de colmenas. El presente informe cumple el requisito establecido en el artículo 225, letra a).

El informe se refiere a la aplicación de los programas apícolas nacionales en el período 2020-2022, elaborados para las campañas apícolas 2020-2022, que van del 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2022 y notificados a la Comisión a más tardar el 15 de marzo de 2019. Estos programas se modificaron posteriormente en 2021 para ampliarlos hasta el 31 de diciembre de 2022, según lo dispuesto en el artículo 55, apartado 1, del Reglamento de la OCM y con las modificaciones introducidas por el Reglamento transitorio 2 . La modificación también aumentó la asignación presupuestaria anual de la UE de 40 a 60 millones EUR 3 en 2021. Su ampliación permite una transición fluida de las intervenciones actuales a las intervenciones futuras incluidas en los planes estratégicos de la PAC. El informe no abarca la aplicación durante la campaña apícola prorrogada del 1 de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El informe completo sobre la aplicación durante la campaña prorrogada solo podrá elaborarse a finales de 2023, ya que los pagos a los beneficiarios se amplían hasta el 15 de octubre de 2023.

Se trata del octavo informe presentado por la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de programas apícolas. El informe no incluye todos los aspectos de la apicultura, sino que se centra en la aplicación de los programas apícolas. No obstante, proporciona una breve perspectiva general del sector apícola de la UE e información sobre el apoyo de la UE a este sector en el marco de los futuros planes estratégicos de la PAC.

La UE presta apoyo directo al sector apícola desde 1997 4 . Ofrece a los Estados miembros la posibilidad de elaborar programas nacionales para su sector apícola. El objetivo de estos programas es mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas: miel, jalea real, polen, propóleo y cera de abejas.

Los programas apícolas están cofinanciados por la Unión Europea en un 50 % y tienen una duración de tres años. Los programas son voluntarios, pero todos los Estados miembros han optado por presentarlos, lo que demuestra el enorme interés de estos y las necesidades del sector. A partir de 2023, el sector seguirá recibiendo ayuda en el marco de las intervenciones apícolas obligatorias incluidas en los planes estratégicos de la PAC recientemente aprobados. Asimismo, los Estados miembros podrán aumentar el porcentaje de cofinanciación de un mínimo del 50 % a un máximo del 70 %.

2.    METODOLOGÍA

Este informe se basa en las siguientes fuentes de información:

-Información notificada por los Estados miembros en virtud del Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura 5 , incluido el número de colmenas de sus territorios.

-Información notificada por los Estados miembros en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura 6 , incluidos los informes anuales de aplicación, establecidos en el artículo 10 de dicho Reglamento. Estos informes anuales incluyen un resumen de los gastos efectuados en euros durante la campaña apícola, desglosados por medidas, y los resultados obtenidos sobre la base de los indicadores de rendimiento seleccionados para cada medida aplicada. Sin embargo, estos indicadores no están armonizados a escala de la UE y no se han utilizado para extraer conclusiones en el contexto del presente informe.

-Datos sobre la producción y el comercio internacional de miel de Eurostat 7 , la base de datos Comtrade de las Naciones Unidas 8 y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) 9 .

Se pueden consultar cifras detalladas y cuadros resumen sobre el mercado de la miel y los programas apícolas nacionales en el sitio web Europa de la Comisión 10 .

3.    PERSPECTIVA GENERAL DEL SECTOR APÍCOLA DE LA UE

3.1.    Producción y precios

Los últimos datos disponibles sobre producción y precios en la UE corresponden a 2017 y 2018 y los notificaron los Estados miembros en 2019 en el marco de sus programas apícolas nacionales para el período 2020-2022. En 2023, los Estados miembros deben comunicar datos de mercado similares para 2021 y 2022 11 .

Producción

Los datos comunicados en 2019 en relación con los programas 2020-2022 para 2018 constatan la existencia de aproximadamente 17,3 millones de colmenas en la UE, gestionadas por 615 058 apicultores. Desde entonces, el número de colmenas ha aumentado a 18,9 millones en 2020 y a 20 millones en 2021. Los últimos datos de 2018 sobre el número de apicultores también indican un aumento sustancial desde 2016, año en que se notificaron 568 194 apicultores en los programas de 2017-2019. No obstante, cabe señalar que no existe un método armonizado para la definición de apicultores, ni para calcular su número, de modo que un cambio en dicho número puede no reflejar necesariamente una tendencia general en el sector.

A falta de cifras de producción comunicadas por los Estados miembros desde 2018, que se facilitaron en el informe anterior de 17 de diciembre de 2019 12 , el presente informe se basa en datos de la FAO. Según dichos datos, la Unión Europea produjo 217 864 toneladas de miel en 2020, lo que convierte a la UE en el segundo mayor productor de miel del mundo, después de China, con 458 100 toneladas. Desde 2018, la producción de la UE ha caído alrededor de un 16 % desde las 258 610 toneladas. La UE no produce suficiente miel para cubrir la demanda. En 2020, se autoabastecía en torno al 60 % 13 , es decir, aproximadamente al mismo nivel que en 2018. En 2020, el principal proveedor de miel importada fue Ucrania (el 31 % de las importaciones), seguido de China (el 21 % de las importaciones).

Precios

Según los últimos datos disponibles notificados por los Estados miembros para 2018, el precio medio de la UE de la miel multifloral era de 6,46 EUR/kg en el lugar de producción y de 3,79 EUR/kg en el caso de la venta a granel en el mercado mayorista. Los precios de la miel varían considerablemente entre los Estados miembros, en función de la calidad y del punto de venta. Con respecto a las cifras anteriores facilitadas para 2015, el precio medio apenas ha variado. Sin embargo, el coste de producción medio ha aumentado de 3,21 EUR/kg en 2015 a 3,90 EUR/kg en 2018, lo que posiblemente deja un margen de beneficio menor por kilogramo de miel producida. Dado que los Estados miembros no notifican el volumen de miel vendido a granel y en el lugar de producción, resulta difícil calcular el margen de beneficio para los productores.

3.2.    Comercio 14

Importaciones

La UE solo se autoabastece de miel en un 60 %. En 2021, la UE importó 173 403 toneladas de miel por un valor total de 406,1 millones EUR. La UE es el segundo mayor importador de miel del mundo, después de América del Norte y Ucrania es su principal proveedor. Desde 2019, las importaciones procedentes de Ucrania aumentaron de 44 523 toneladas en dicho año a 53 777 toneladas en 2021. Durante el mismo período, las importaciones procedentes de China, el segundo mayor proveedor de la UE, también aumentaron de 45 108 a 48 109 toneladas, mientras que las importaciones procedentes del tercer y el cuarto proveedor, Argentina y México, cayeron de 21 269 toneladas y 18 205 toneladas respectivamente en 2019 a 14 396 y 15 486 toneladas en 2021.

Normalmente, la miel importada de terceros países es más barata que la producida en la UE y, en 2021, el precio medio de importación fue de 2,34 EUR/kg.

Exportaciones

El volumen de las exportaciones de la UE es muy inferior al de las importaciones. En 2021, la UE exportó 25 421 toneladas de miel por un valor total de 146,4 millones EUR, lo cual representa alrededor del 15 % del volumen de las importaciones de la UE. Los principales mercados de la miel de la UE son Reino Unido, Suiza, Arabia Saudí, Estados Unidos y Japón. En 2021, el precio medio de exportación fue de 5,76 EUR/kg.

Figura 1: Precios medios de la miel importada a la UE y exportada de la UE

4.APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS APÍCOLAS NACIONALES

4.1.    Base jurídica

La base jurídica de los programas apícolas nacionales 2020-2022 son los artículos 55 a 57 del Reglamento de la OCM, completados con:

-el Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión modificado por el Reglamento Delegado (UE) 2021/580 de la Comisión 15 ; y

-el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/166 de la Comisión 16 .

Los programas para las campañas apícolas 2020-2022 y su financiación fueron aprobados mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019 17 . Estos programas se modificaron en 2021 para prorrogarlos hasta finales de 2022 y aumentar el presupuesto anual de 40 millones EUR a 60 millones EUR (correspondiente a la contribución de la UE). Los programas modificados se aprobaron mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2021/974 de la Comisión, de 9 de junio de 2021 18 .

4.2.    Objetivos y medidas

El objetivo principal de los programas es mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en la UE. La reforma de la PAC de 2013 introdujo cambios en los programas con el fin de adaptar las medidas subvencionables a las necesidades del sector y mejorar la asignación del presupuesto de la UE mediante la mejora de los métodos utilizados por los Estados miembros para estimar el número de colmenas en sus territorios. Las medidas subvencionables de los programas 2020-2022 son una continuación de las mismas medidas disponibles para los programas 2017-2019 y se describen a continuación.

a) Asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores. Los Estados miembros utilizan esta medida para financiar la formación, organizar cursos e imprimir folletos educativos, así como para adquirir equipos técnicos para la producción y transformación primaria de la miel y prestar un apoyo específico a los jóvenes apicultores.

b) Lucha contra los invasores de colmenas y las enfermedades, en particular la varroasis. El alcance de esta medida ya se había ampliado en el programa anterior para luchar contra otros invasores de colmenas y las enfermedades, además de la varroasis, como la avispa asiática (Vespa velutina) y el pequeño escarabajo de la colmena (Aethina tumida). No obstante, la mayoría de los programas se siguen centrando en la lucha contra la varroasis apoyando acciones para reducir la carga parasitaria e informando a los apicultores sobre la necesidad de luchar contra la varroa, así como de los métodos para hacerlo.

c) Racionalización de la trashumancia. Apoyo a acciones de ayuda a la gestión de la trashumancia, como el trabajo sobre la identificación de colmenas y marcos, la gestión de un registro de trashumancia, la inversión en materiales y equipos que faciliten la trashumancia y la cartografía de las variedades de flores.

d) Medidas de apoyo a los laboratorios para el análisis de los productos apícolas con objeto de ayudar a los apicultores a comercializar y a incrementar el valor de sus productos. El ámbito de aplicación de esta medida (utilizada principalmente para financiar los análisis de las características fisicoquímicas de la miel) cubre también otros productos apícolas 19 como la jalea real, el polen, el propóleo o la cera de abejas. Esta información permite que los apicultores comercialicen mejor sus productos y aumenten su valor.

e) Medidas de apoyo a la repoblación de colmenas. La medida proporciona ayuda para cubrir las pérdidas de abejas, evitando así caídas de la producción. La financiación se destina principalmente a la compra de colonias de abejas, reinas o nuevas colmenas y a promover la producción de abejas reinas, en particular de razas autóctonas.

f) Colaboración con organismos especializados en la realización de programas de investigación aplicada en el sector y los productos apícolas. Esto permite que los Estados miembros financien proyectos específicos de investigación con el objetivo de mejorar la apicultura, la producción o la calidad de la miel, y difundir los resultados de dichos proyectos.

g) Supervisión del mercado. Este apoyo financia la supervisión del mercado de los productos apícolas y de los precios para contribuir a mejorar las condiciones de producción y apoyar las estrategias nacionales de supervisión del mercado.

h) Mejora de la calidad de los productos con vistas a explotar su potencial en el mercado. Estos fondos financian acciones para aprovechar el potencial de mercado de la miel y de otros productos apícolas.

4.3.    Presupuesto de la UE para los programas apícolas nacionales y porcentaje de utilización

Los fondos de la Unión asignados al sector apícola aumentaron de 36 millones EUR anuales en los programas apícolas del período 2017-2019 a 40 millones EUR 20 anuales en los programas del período 2020-2022. Dichos fondos se modificaron en 2021 para ampliar su duración y aumentar la dotación presupuestaria a 60 millones EUR a partir de 2021.

La contribución de la UE a los programas apícolas corresponde al 50 % del gasto sufragado por los Estados miembros. Para las campañas apícolas 2020-2022, los programas apícolas nacionales de la UE contaron con una financiación de 318,9 millones EUR 21 , un 48 % más que la financiación disponible para el período 2017-2019. La mitad de esta cantidad representa la contribución de la UE y la otra mitad la cofinanciación de los Estados miembros.

Aunque la financiación no se utilizó en su totalidad, la tasa de absorción siguió siendo relativamente elevada, tanto en 2019 como en 2020, pero disminuyó sustancialmente en 2021. Esta caída del porcentaje de utilización en 2021 puede explicarse por el aumento sustancial de la dotación presupuestaria y la modificación algo tardía de los programas para absorber estos fondos, ya que se notificaron en marzo de 2021 y se aprobaron en junio de 2021. Aunque en 2020 se informó a los Estados miembros de los cambios que se avecinaban y se les animó a maximizar la utilización de los fondos en 2021, varios Estados miembros tuvieron dificultades para absorber el aumento de los fondos, en particular aquellos que recibieron una financiación significativamente superior a la de 2019. De hecho, mientras en 2020 veintiún Estados miembros tuvieron una tasa de absorción del 80 % o más y solo seis se situaron por debajo del 80 %, en 2021 solo once Estados miembros tuvieron una tasa de absorción del 80 % o más y dieciséis se situaron por debajo del 80 %. El cuadro 1 resume la financiación de la UE y la tasa de ejecución de los programas apícolas en el período 2020-2022 y en la campaña apícola de 2019 (cuyos datos no estaban disponibles en el momento de la publicación del último informe, el 17 de diciembre de 2019).

Cuadro 1: Financiación de la UE y tasa de ejecución de los programas apícolas

Fondos de la UE disponibles para

Campaña apícola 2019

Programas del período 2017-2019

Campaña apícola 2020

Programas del período 2020-2022

Campaña apícola 2021

Programas del período 2020-2022

Campaña apícola 2022

 

Programas del período 2020-2022

Ejercicio 2023 para

intervenciones apícolas en el marco de los planes estratégicos de la PAC enero - octubre de 2023

en EUR

36 000 000

39 441 410 22

60 000 000

60 000 000

60 000 000 23

Fondos de la UE utilizados por los Estados miembros en EUR*

33 757 308

35 947 262

46 772 973

Se notificarán a más tardar el 31 de diciembre de 2023

Se notificarán a más tardar el 15 de junio de 2024

Tasa de ejecución

94 %

91 %

78 %

*Fuente: informes anuales de ejecución presentados por los Estados miembros de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (UE) 2015/1368.

4.4.    Asignación de la contribución de la UE a cada Estado miembro

Las normas para calcular la asignación de las contribuciones de la UE a los programas apícolas, tal como se establece en el artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión, se basan en la proporción de colmenas notificada por cada Estado miembro que participa en el programa, junto con una contribución mínima de la UE de 25 000 EUR por programa. No obstante, si un Estado miembro, sobre la base de su proporción de colmenas, solicita un importe inferior al que le corresponde, la financiación restante de la UE puede distribuirse entre otros Estados miembros que soliciten un importe superior a su parte teórica de la financiación.

De conformidad con el artículo 4, del Reglamento (UE) 2015/1366, la asignación de fondos de la UE para los programas apícolas del período 2020-2022 notificados en 2019 se basó en el número de colmenas comunicado por los Estados miembros en 2017 y 2018. A partir de 2021, las mayores contribuciones de la UE se asignaron según lo establecido en el anexo X del Reglamento sobre el plan estratégico de la PAC [Reglamento (UE) 2021/2115] 24 . Estas asignaciones se calcularon sobre la base del número de colmenas comunicado en 2013 por los Estados miembros en sus programas apícolas para el período 2014-2016, ajustado por las solicitudes de financiación en el período de programación 2017-2019 25 .



Figura 2: Asignación de la contribución de la UE a cada Estado miembro para las campañas apícolas 2020-2022

Fuente: Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión (para 2020) y Decisión de Ejecución 2021/974 de la Comisión (para 2021 y 2022).

4.5.    Gasto por tipo de medida

De conformidad con el artículo 10 del Reglamento (UE) 2015/1368, los Estados miembros deben presentar anualmente, a más tardar el 15 de marzo, un informe anual sobre la ejecución del programa apícola que abarque la campaña apícola anterior. Los dos primeros informes anuales, correspondientes a las campañas apícolas 2020 26 y 2021 27 , se presentaron en 2021 y 2022 respectivamente. El desglose de los gastos por tipo de medida para la campaña apícola 2021 se muestra en el gráfico que figura a continuación (figura 3). A efectos de comparación, la figura 4 presenta un desglose similar por tipo de medida para la campaña apícola 2020, que muestra que la distribución global, medida en porcentaje, fue similar.

En 2021, dos medidas (asistencia técnica y lucha contra los invasores de colmenas) representaron el 54 % de los fondos disponibles. En 2020, al igual que en años anteriores, el porcentaje combinado de estas medidas se aproximó al 60 %. Esto refleja la continua necesidad de capacitación de los apicultores y de invertir en equipos apícolas apoyados en el marco de la medida A (asistencia técnica) y en prácticas apícolas para luchar contra las enfermedades y los invasores de colmenas apoyadas en el marco de la medida B (lucha contra los invasores de colmenas y las enfermedades).

Al igual que en años anteriores, las dos siguientes medidas más populares fueron la racionalización de la trashumancia y la repoblación de colmenas, que representaron el 40 % del gasto total en los Estados miembros en 2021 y el 34 % en 2020. En varios Estados miembros, la trashumancia es una práctica apícola esencial, necesaria para cubrir las necesidades nutricionales de las abejas de miel durante toda la estación apícola y proporcionar servicios de polinización.

Las medidas para llevar a cabo la investigación aplicada y el análisis de la miel se sitúan en los puestos quinto y sexto en términos de apoyo, recibiendo el 2,7 % y el 2,4 % de la financiación disponible en 2021.

Las medidas de apoyo a la mejora de los productos y la supervisión del mercado, que se introdujeron por primera vez en el programa 2017-2019, recibieron en total menos del 2 % de la financiación, tanto en 2020 como en 2021.

Figura 3: Gasto en porcentaje por medida durante la campaña apícola 2021

Fuente: informe anual de ejecución de los Estados miembros de 2021.



Figura 4: Gasto en porcentaje por medida durante la campaña apícola 2020

Fuente: informe anual de ejecución de los Estados miembros de 2020.

5.    MÉTODOS UTILIZADOS PARA DETERMINAR EL NÚMERO DE COLMENAS

En virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión, a partir de 2017, los Estados miembros que presenten programas apícolas notificaran anualmente a la Comisión el número de colmenas de su territorio que estén preparadas para la invernada. Además, en virtud del artículo 2 de dicho Reglamento, los Estados miembros debían disponer de un método fiable para determinar dicho número, que debía describirse en sus programas apícolas. Este Reglamento Delegado se adoptó en 2015, sobre la base de los poderes otorgados en virtud del artículo 56, apartado 1, letra b), del Reglamento de la OCM, y estableció la base para asignar la contribución financiera de la UE a los programas apícolas de los Estados miembros en función del número de colmenas.

Dicho acto delegado introdujo la definición de colmena como «[...] la unidad que alberga una colonia de abejas utilizadas para la producción de miel y otros productos de la apicultura o material de reproducción de las abejas, así como todos los elementos necesarios para su supervivencia». 

Aunque la financiación anual para los Estados miembros en los planes estratégicos de la PAC ya no se basará en el número de colmenas notificadas, sigue siendo importante conocer este dato de los Estados miembros. Dicha información es necesaria para poder hacer un seguimiento de la evolución del sector, evaluar el impacto de la ayuda y mantener informados a los ciudadanos europeos. En el marco de los futuros planes de la PAC, de conformidad con los artículos 36 a 38 del Reglamento (UE) 2022/126 28 , los Estados miembros deben incluir en su plan estratégico la descripción de un método fiable para calcular el número de colmenas preparadas para la invernada y notificar el número de colmenas a más tardar el 15 de junio de cada año. Estos métodos de cálculo notificados por los Estados miembros, tanto en el marco de los programas 2020-2022 como de los planes estratégicos, continúan relativamente sin cambios con respecto a los primeros métodos notificados en los programas apícolas 2017-2019, descritos en el informe anterior de 17 de diciembre de 2019.

Dado que, antes de la aplicación de dicho acto delegado, no existía una norma armonizada que regulara estos aspectos, el número de colmenas notificado antes de su aplicación en 2017 no puede compararse directamente con el número de colmenas notificado a partir del 15 de marzo de 2017. No obstante, la tendencia histórica a largo plazo indica que el número de colmenas en la Unión Europea ha aumentado año tras año, como se muestra en la figura 5. Esta tendencia positiva puede apreciarse en casi todos los Estados miembros.

Figura 5: Evolución del número de colmenas en la UE en miles de unidades

Fuente: notificación anual por parte de los Estados miembros del número de colmenas preparadas para la invernada en su territorio.

6.    LA APICULTURA EN LOS PLANES ESTRATÉGICOS DE LA PAC DESPUÉS DE 2022

A partir de 2023, la ayuda al sector apícola se concederá a través de intervenciones apícolas incluidas en los planes estratégicos nacionales de la PAC. Si bien en el marco del Reglamento de la OCM la aplicación de programas apícolas era voluntario para los Estados miembros, a partir de 2023 será obligatorio. La inclusión de la apicultura en los planes de la PAC aumentará la visibilidad del sector y garantizará que se tenga en cuenta su contribución a los objetivos generales de la política agrícola común.

La financiación de las intervenciones apícolas, tal como se establece en el anexo X del Reglamento sobre el plan estratégico de la PAC, se mantendrá sin cambios de 2023 a 2025, en 60 millones EUR por ejercicio. El presupuesto para 2023 cubrirá tanto las intervenciones apícolas llevadas a cabo en el marco de los planes estratégicos (y pagadas durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de octubre de 2023) como las medidas apícolas aplicadas entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de diciembre de 2022 en el marco de los programas apícolas actuales (y pagadas durante el período comprendido entre el 16 de octubre de 2022 y el 15 de octubre de 2023). Del mismo modo, las dotaciones financieras para los ejercicios siguientes cubrirán los gastos de las intervenciones apícolas llevadas a cabo en el marco de los planes estratégicos, así como cualquier posible gasto residual para las medidas relativas a la apicultura aplicadas en el marco de los programas apícolas actuales. De hecho, varios Estados miembros harán uso de la dotación financiera de 2023 para el pago de las medidas aplicadas durante los últimos cinco meses de 2022, tal como se indica en sus planes estratégicos. Otro cambio introducido en los planes estratégicos permite que los Estados miembros aumenten su porcentaje de cofinanciación del 50 % mínimo obligatorio al 70 % para seguir mejorando su presupuesto. Tres Estados miembros (BG, IT y LU) han optado por hacerlo; los demás mantienen el porcentaje mínimo obligatorio de cofinanciación del 50 %.

A la hora de establecer sus intervenciones apícolas de 2023-2027 en el marco del plan estratégico, los Estados miembros deben perseguir al menos uno de los objetivos específicos de la PAC [artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/2115].

Al igual que en el caso de los programas actuales, se prestará apoyo a la apicultura a través de una serie de intervenciones concebidas por los Estados miembros en colaboración con representantes de las organizaciones del sector apícola. Los Estados miembros pueden elegir entre los siete tipos de intervenciones contempladas en el artículo 55 del Reglamento (UE) 2021/2115, enumeradas a continuación, que se trasladan de medidas anteriores en virtud del Reglamento de la OCM y amplían aún más el alcance de la ayuda proporcionada. Se trata de las siguientes:

a) servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de buenas prácticas, también mediante la creación de redes, para apicultores y organizaciones de apicultores;

b) inversiones en activos materiales e inmateriales, así como otras acciones, incluidas las destinadas a:

I)luchar contra los invasores de colmenas y las enfermedades, en particular la varroasis;

II)prevenir los daños ocasionados por fenómenos climáticos adversos y fomentar el desarrollo y la utilización de prácticas de gestión adaptadas a unas condiciones climáticas cambiantes;

III)repoblar las colmenas en la Unión, incluso mediante la cría de abejas;

IV)racionalizar la trashumancia;

c) acciones para prestar ayudas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas;

d) acciones para preservar o aumentar el número de colmenas existentes en la Unión, incluida la cría de abejas;

e) colaboración con organismos especializados con vistas a la aplicación de programas de investigación en el sector de la apicultura y los productos apícolas;

f) promoción, comunicación y comercialización, incluidas acciones y actividades de vigilancia del mercado destinadas, en particular, a concienciar a los consumidores sobre la calidad de los productos apícolas;

g) acciones para aumentar la calidad de los productos.

7.    CONCLUSIÓN

En la UE, la importancia de apoyar al sector apícola está reconocida por todos, desde las instituciones de la UE y las autoridades nacionales y regionales hasta el público en general. A pesar de su carácter voluntario, en los últimos años, todos los Estados miembros han llevado a cabo programas apícolas en estrecha colaboración con el sector y sus representantes. La inclusión del apoyo a la apicultura en los planes estratégicos de la PAC como componente obligatorio para todos los Estados miembros subraya aún más la importancia del sector y reconoce su contribución a los objetivos específicos de la PAC, especialmente en cuanto a la mejora de la biodiversidad y la conservación de los hábitats. También reconoce el valioso apoyo prestado a través de estos programas para hacer frente a los crecientes retos de la apicultura, que se ven agravados por el cambio climático.

La variedad de medidas ha aumentado a lo largo de los años, en particular con los últimos tipos de intervenciones introducidos en el Reglamento sobre el plan estratégico de la PAC. Estas intervenciones amplían y mejoran las medidas anteriores, proporcionando un abanico más amplio de posibles acciones para satisfacer las necesidades del sector en todos los Estados miembros. Además, el aumento sustancial de la financiación desde 2021 y el margen concedido a los Estados miembros para aumentar su cofinanciación nacional deben proporcionar los recursos necesarios para que el sector mejore la producción y la comercialización de los productos apícolas, atendiendo al mismo tiempo a las diversas necesidades de sus apicultores en toda la UE. Esto es un buen augurio para que la utilización de los fondos disponibles siga siendo elevada en todos los Estados miembros.

Un buen indicador del impacto positivo de estos programas en el sector es el número de colmenas, que sigue aumentando año tras año. Sin embargo, esto no siempre va acompañado de un aumento de la producción que, entre otros factores, depende en gran medida de las condiciones climáticas. La rentabilidad global del sector también depende de que se pague un precio justo a los apicultores por sus productos. Los precios medios de la miel en la UE no han aumentado mucho a lo largo de los años, mientras que los costes de producción siguen subiendo y los precios de importación bajan. Superar los numerosos retos requiere un esfuerzo concertado por parte de todos. Esto pone de relieve la necesidad de seguir prestando apoyo al sector, sobre todo teniendo en cuenta el inestimable papel que desempeñan las abejas en la agricultura y el medio ambiente.

(1) Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).
(2)

 Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013, (UE) n.º 1306/2013 y (UE) n.º 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022 (DO L 437 de 28.12.2020, p. 1).

(3)  Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11). El importe total previsto en el marco financiero plurianual para el Fondo Europeo Agrícola de Garantía incluye un aumento a 60 millones EUR anuales para los programas apícolas.
(4) Reglamento (CE) n.º 1221/97 del Consejo, de 25 de junio de 1997, por el que se establecen las normas generales de aplicación de las medidas destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel (DO L 173 de 1.7.1997, p. 1).
(5)

Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 3).

(6) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 9).
(7)   https://ec.europa.eu/eurostat .
(8)   https://comtrade.un.org/ .
(9)   http://www.fao.org/home/es/ .
(10)

  https://agriculture.ec.europa.eu/farming/animal-products/honey_es .

(11) De conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 15, apartado 3, del Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE2022/1475, de 6 de septiembre de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la evaluación de los planes estratégicos de la PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación (DO L 232 de 7.9.2022, p. 8).
(12)   COM_COM(2019)0635_ES.pdf (europa.eu) .
(13) Índice de autoabastecimiento = producción de la UE/(producción + importaciones – exportaciones).
(14) Fuente de los datos comerciales: Eurostat Comext, https://trade.ec.europa.eu/tradehelp/statistics .
(15)

Reglamento Delegado (UE) 2021/580 de la Comisión, de 1 de febrero de 2021, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 en lo que respecta a la base para la asignación de la contribución financiera en el sector apícola (DO L 124 de 12.4.2021, p. 1).

(16)

 Reglamento de Ejecución (UE) 2021/166 de la Comisión, de 10 de febrero de 2021, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 en lo que respecta a la ampliación de los programas nacionales en el sector apícola (DO L 48 de 11.2.2021, p. 1).

(17)

 Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2019) 4177] (DO L 157 de 14.6.2019, p. 28).

(18)

 Decisión de Ejecución (UE) 2021/974 de la Comisión, de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2021) 4021] (DO L 215 de 17.6.2021, p. 37).

(19) Los productos apícolas cubiertos por los programas apícolas se enumeran en la parte XXII del anexo I del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 y son la miel, la jalea real, el propóleo, el polen y la cera de abejas.
(20) Contribución total de la UE para la EU-28, incluido el Reino Unido.
(21) Importe total para la EU-27, excluido el Reino Unido.
(22) Contribución de la UE para la EU-27, excluido el Reino Unido.
(23) El presupuesto del ejercicio 2023 también podrá utilizarse para el pago de las medidas aplicadas entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, como se explica en la sección 6.
(24)  Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013 (DO L 435 de 6.12.2021, p. 1).
(25) Artículo 1 del Reglamento Delegado (UE) 2021/580 de la Comisión.
(26) Período entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de julio de 2020.
(27) Período entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021.
(28) Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM) (DO L 20 de 31.1.2022, p. 52).
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