This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52022XC0405(04)
Publication of an application for amendment of a specification for a name in the wine sector referred to in Article 105 of Regulation (EU) No 1308/2013 of the European Parliament and of the Council 2022/C 150/07
Publicación de una solicitud de modificación del pliego de condiciones de un nombre del sector vitivinícola, tal como se contempla en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 2022/C 150/07
Publicación de una solicitud de modificación del pliego de condiciones de un nombre del sector vitivinícola, tal como se contempla en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 2022/C 150/07
C/2022/2102
DO C 150 de 5.4.2022, p. 57–68
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.4.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 150/57 |
Publicación de una solicitud de modificación del pliego de condiciones de un nombre del sector vitivinícola, tal como se contempla en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
(2022/C 150/07)
La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), en un plazo de dos meses a partir de la fecha de la presente publicación.
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES
«Sicilia»
PDO-IT-A0801-AM03
Fecha de la solicitud: 4.7.2017
1. Normas aplicables a la modificación
Artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 – Modificación que no se considera menor
2. Descripción y motivos de la modificación
2.1. Descripción de los vinos
a) |
Con respecto a los tipos ya incluidos en el pliego de condiciones, también se elaborarán las siguientes versiones:
|
b) |
Se incluyen nuevos tipos con indicación de las variedades de uva moscato, vermentino, zibibbo, petit verdot y sangiovese, y en diversas versiones:
|
c) |
Se incluyen nuevos tipos con indicación de dos variedades de uva del mismo color de las ya utilizadas en los tipos monovarietales, con exclusión de las variedades aromáticas. La DOC «Sicilia» representa toda la zona vitícola de la región y su objetivo es dar importancia a todos los tipos de producción de vino, especialmente a las variedades de uva autóctonas, empezando por la variedad autóctona zibibbo, así como a aquellas de interés nacional que ya se cultivan ampliamente, como las variedades moscato, que ya se utilizan como variedades principales de uva en la combinación de variedades para el Spumante Bianco, ya sean solas o en combinación con otras variedades hasta un 50 %. Además, se incluyen los tipos con las nuevas indicaciones de variedades vermentino, petit verdot y sangiovese, de gran interés productivo y comercial. Esta decisión es consecuencia de pruebas exhaustivas realizadas a lo largo de los años con la amplia gama de variedades de uva adaptadas para el cultivo en la región de Sicilia. Gracias al nivel de calidad alcanzado por estos vinos, a las capacidades de los operadores y a la renovación de las tecnologías, se ha otorgado un mayor valor a dichas variedades en la DOC «Sicilia», lo que permite ofrecer al mercado un gran abanico de productos dentro de las distintas categorías cubiertas. Esta modificación afecta a la sección 1.4 del documento único y a los artículos 1, 2 y 6 del pliego de condiciones. |
2.2. Descripción de los vinos
a) |
La descripción de los vinos se ha hecho más concisa y se ha simplificado, y los vinos se han organizado por categorías en vez de por grupos o tipos de vino. Asimismo, se han añadido detalles a la descripción de los vinos y una declaración general en la que se especifica que, cuando en las secciones correspondientes no se indican cifras, los valores se ajustan, por definición, a los límites establecidos en la legislación pertinente. Al describir las características de los vinos recientemente introducidos, modificar los parámetros descriptivos de varios de los tipos ya cubiertos y reorganizar el texto por categorías de vinos, es posible simplificar el documento único y ofrecer una descripción más clara y concisa de las características de los vinos de la DOC «Sicilia». Esta modificación afecta a la sección 1.4 del documento único. |
b) |
Se ha suprimido el artículo 6, apartado 3, del pliego de condiciones, relativo a la facultad del Ministerio para promulgar un decreto que modifique la acidez total y el extracto no reductor mínimo. Esta modificación es necesaria, pues la disposición ya no se ajusta a las normas de la UE sobre las modificaciones del pliego de condiciones. Esta modificación no afecta al documento único. |
2.3. Vinos bivarietales
Se ha suprimido la lista de tipos de vinos bivarietales con las distintas combinaciones de variedades de uva.
En su lugar, se precisa que la denominación de origen controlada «Sicilia» también puede utilizarse para vinos con indicación de dos variedades de uva del mismo color de las ya indicadas en el artículo 1 del pliego de condiciones (en el que se enumeran las variedades de uva utilizadas para los tipos monovarietales).
Se consideró aconsejable reformular el texto para hacerlo más conciso y evitar la enumeración de todos los posibles tipos obtenidos de la multitud de combinaciones de variedades de uva de vinificación, haciendo referencia en su lugar a la posibilidad de combinar las variedades de uva permitidas para los tipos monovarietales.
Esta modificación afecta a los artículos 1 y 2 del pliego de condiciones, pero no al documento único.
2.4. Base varietal de los vinos Bianco [blanco], Rosso [tinto], Rosato [rosado] y Spumante Bianco [espumoso blanco]
Se añaden las siguientes variedades de uva a la combinación de variedades de uva que deben constituir el 50 % del vino:
— |
chardonnay para los tipos Bianco; |
— |
syrah para los tipos Rosso y Rosato; |
— |
nerello mascalese para el tipo Spumante Bianco. |
Tras extensas pruebas, se ha completado la combinación principal de variedades para los tipos mencionados, con la inclusión de las tres variedades mencionadas, que se cultivan ampliamente en toda la región (más de 11 000 hectáreas) y que ya se utilizan en la elaboración de vinos monovarietales.
Esta modificación afecta al artículo 2 del pliego de condiciones, pero no al documento único.
2.5. Principales variedades de uva de vinificación
Las nuevas variedades de uva petit verdot, vermentino y sangiovese se incluyen en las principales variedades de uva de vinificación.
La inclusión de estas variedades de uva se produce tras pruebas exhaustivas a lo largo de los años con la amplia gama de variedades de uva adaptadas para el cultivo en la región de Sicilia y que ya podían utilizarse en la combinación de variedades de uva, como parte de la base varietal del 50 %, para los vinos de base blancos, tintos y rosados sin indicación de la variedad de uva. Por lo tanto, se pretende aumentar la presencia de estas variedades también en los vinos monovarietales y bivarietales.
Esta modificación afecta a la sección 1.7 del documento único.
2.6. Normas para la viticultura
a) |
Se han añadido al cuadro del artículo 4, apartado 5, del pliego de condiciones los rendimientos máximos y los grados alcohólicos de los nuevos tipos añadidos a que se refiere el artículo 1. El cuadro se ha adaptado para tener en cuenta las modificaciones del artículo 1. Esta modificación afecta a la sección 1.5.2 del documento único (rendimientos máximos). |
b) |
El cuadro mencionado en la letra a) se ha modificado para reflejar el aumento de los rendimientos del tipo «Sicilia» Grillo (de 13 a 14 toneladas por hectárea), el tipo «Sicilia» Nero d’Avola (de 12 a 14 toneladas por hectárea) y el tipo Nero d’Avola Spumante (de 13 a 14 toneladas por hectárea). El aumento de los rendimientos por hectárea, aunque inferior al 10 %, es necesario para adaptar la producción a la capacidad real de los viñedos existentes. Tiene en cuenta los rendimientos obtenidos en la zona, sobre la base de los resultados de las pruebas realizadas en relación con las técnicas de cultivo y las variaciones de las condiciones meteorológicas, y garantiza que el nivel de calidad siga siendo el mismo. Esta modificación afecta a la sección 1.5.2 del documento único (rendimientos máximos). |
c) |
En el artículo 4, apartado 5, del pliego de condiciones se ha especificado que, por lo que se refiere a la producción máxima por hectárea y al grado alcohólico volumétrico natural mínimo de las uvas para los vinos Bianco, Rosso, Rosato y Spumante de la DOC «Sicilia», debe hacerse referencia a los límites establecidos en el pliego de condiciones para cada variedad utilizada. Es necesario añadir el párrafo después del cuadro para facilitar la interpretación del pliego de condiciones. Esta modificación no afecta al documento único. |
d) |
Se insertan cuatro párrafos en los que se establece que la región, a petición de la asociación de protección y previa consulta con las organizaciones profesionales, podrá: establecer medidas de gestión de la producción en relación con los diferentes usos o finalidades de las uvas; ajustar el límite máximo de uvas por hectárea que debe utilizarse; reducir los rendimientos permitidos de uva y vino; y aumentar, como máximo un 20 %, el rendimiento máximo por hectárea que se puede reservar para la reserva de cosecha. Las medidas relativas a la gestión de la producción se clasifican como medidas anuales de gestión de la producción en el contexto de las condiciones meteorológicas y del mercado, de conformidad con la legislación nacional vigente (artículos 35 y 39 de la Ley n.o 238/2016). La finalidad de esta modificación no es aumentar de forma definitiva el rendimiento de uva y vino por hectárea. Por el contrario, en los años con condiciones meteorológicas favorables, todo excedente de rendimiento de uva/hectárea, hasta un máximo del 20 %, se destinará a la producción de vinos con la denominación (como ya lo permite el pliego de condiciones en vigor), cuando así lo soliciten los productores interesados y así lo decida la región tras un examen de las condiciones meteorológicas, técnicas y de producción y de las condiciones de calidad de la uva. En cualquier caso, de conformidad con la legislación nacional mencionada, esta producción (el 20 % como máximo) debe considerarse una «reserva de cosecha» que se utilizará en años posteriores en función de la demanda del mercado. Esta modificación no afecta al documento único. |
2.7. Normas de vinificación: secado de las uvas y rendimientos
a) |
Se han descrito los métodos de secado de las uvas para los tipos con las menciones tradicionales «Passito» y «Vendemmia Tardiva». En particular, se excluyen los sistemas de deshumidificación en los que se hace uso de calor. Se ha regulado el método de secado de las uvas para los tipos de vinos Passito y Vendemmia Tardiva con el fin de ofrecer claridad a los operadores. Esta modificación afecta al artículo 5 del pliego de condiciones y a la sección 1.5 del documento único. |
b) |
Se han realizado adiciones a la tabla de rendimientos y se ha incrementado el rendimiento máximo de vino (hl/ha) para los siguientes tipos: Grillo, incluido el Riserva, Grillo Spumante, Nero d’Avola, incluido el Riserva, Nero d’Avola Rosato y Nero d’Avola Spumante. El cuadro se ha adaptado para tener en cuenta las modificaciones del artículo 1. El rendimiento máximo de vino por hectárea de las variedades de uva grillo y nero d’avola está vinculado al aumento del rendimiento por hectárea de dichas variedades. Esta modificación afecta al artículo 5 del pliego de condiciones. |
2.8. Prácticas de vinificación: transformación en vino espumoso
Se han añadido métodos de transformación del tipo Spumante. Se ha especificado que este tipo debe obtenerse exclusivamente mediante fermentación natural, aplicando el método de fermentación en cuba cerrada o el método tradicional de fermentación secundaria en botella, que solo se aplica a los tipos Bianco y Rosato (rosado).
Al tratarse de una denominación de origen controlada, el objetivo es hacer hincapié en la calidad del producto especificando el método de obtención.
La referencia a estas prácticas enológicas específicas afecta a la sección 1.5 del documento único.
2.9. Embotellado en la zona geográfica delimitada
Se ha añadido el requisito de que el embotellado se realice en la zona de producción, que corresponde a toda la zona administrativa de la región de Sicilia.
El motivo de esta disposición, conforme con la legislación de la Unión Europea, es mantener la calidad y proteger la imagen de los vinos de la DOC «Sicilia», garantizar su origen y asegurar la eficacia y la oportunidad de los controles a los que están sujetos. Estas condiciones, en efecto, se garantizan mejor mediante el embotellado en la zona, ya que la aplicación y el cumplimiento de todas las normas técnicas relativas al transporte y el embotellado corresponden a las explotaciones de la zona de producción. Además, el sistema de inspección del organismo competente, al que están sujetos los operadores en todas las fases de producción, es más efectivo en la zona delimitada.
No obstante, de conformidad con la misma legislación de la UE y la legislación nacional específica, para proteger los derechos establecidos, pueden concederse autorizaciones individuales a particulares o empresas que tradicionalmente hayan embotellado los vinos fuera de la zona de producción delimitada, garantizando al mismo tiempo un número limitado de empresas embotelladoras ubicadas fuera de la zona, lo cual permite al organismo competente planificar con eficacia sus inspecciones, incluso en colaboración con las autoridades de inspección de otros países, de conformidad con la normativa vigente de la UE.
Esta modificación afecta al artículo 5 del pliego de condiciones y a la sección 1.9 del documento único.
2.10. Etiquetado y presentación
a) |
Se ha actualizado la legislación nacional de referencia en lo que respecta a la utilización de nombres de lugares adicionales para indicar los viñedos («Vigne»). Se trata de una modificación formal derivada de la adopción de nueva legislación nacional en la materia (Ley n.o 238, de 12 de diciembre de 2016, por la que se establecen normas relativas a la viticultura y a la producción y el comercio del vino). |
b) |
Se ha añadido un párrafo relativo a la prohibición de utilizar sinónimos de la variedad de uva zibibbo para los vinos «Sicilia» Zibibbo y «Sicilia» Zibibbo Spumante. El objetivo es brindar al nombre Zibibbo una mayor protección que a sus sinónimos, como Moscato. Esta modificación afecta a la sección 1.9 del documento único. |
2.11. Envasado
Podrán utilizarse recipientes de uso alimentario con volúmenes comprendidos entre 2 y 6 litros, excepto en el caso de los tipos Riserva, Vendemmia Tardiva, Superiore, Passito, Vigna y Spumante.
Esto dará a los productores una mayor libertad en el uso de recipientes y métodos de sellado, incluidos aquellos innovadores, ofrecerá más opciones para responder a las necesidades de los consumidores y aumentará así las posibilidades de comercialización e introducción de los productos de la DOC en los distintos mercados, tanto dentro de la UE como a escala internacional.
Esta modificación afecta a la sección 1.9 del documento único.
2.12. Vínculo con la zona geográfica
El vínculo con la zona geográfica, de conformidad con la legislación vigente de la UE, se ha reformulado para tener en cuenta las categorías de productos cubiertas.
Esta modificación afecta a la sección 1.8 del documento único.
2.13. Referencias a la estructura de control
Modificación formal. Se ha actualizado la legislación nacional de referencia relativa a la supervisión y al nombre del organismo de control; se ha añadido la dirección de correo electrónico certificada del organismo de control.
La actualización es necesaria debido al cambio de nombre del organismo de control y a la nueva legislación nacional en materia de viticultura y producción y comercialización de vino.
DOCUMENTO ÚNICO
1. Nombre del producto
Sicilia
2. Tipo de indicación geográfica
DOP - Denominación de origen protegida
3. Categorías de productos vitícolas
1. |
Vino |
4. |
Vino espumoso |
5. |
Vino espumoso de calidad |
6. |
Vino espumoso aromático de calidad |
15. |
Vino de uvas pasificadas |
16. |
Vino de uvas sobremaduradas |
4. Descripción del (de los) vino(s)
Categoría 1) Vino: «Sicilia» blanco y con indicación de una variedad de uva blanca
Los vinos blancos de la DOP «Sicilia», incluidos los pasificados, de vendimia tardía, superior y reserva, se producen con las variedades de uva más representativas de la zona de producción, especialmente inzolia, catarratto, grillo, grecanico y chardonnay, de forma individual o combinadas, que suponen al menos un 50 % del total. Con el fin aprovechar al máximo esta producción, estas variedades de uva, a las cuales se añaden los tipos de variedades carricante, grecanico, fiano, damaschino, viognier, müller thurgau, sauvignon blanc, pinot grigio, moscato bianco, vermentino y zibibbo, se utilizan para la producción de tipos monovarietales y bivarietales y representan la amplia gama de variedades de uva que se cultivan en la isla de Sicilia.
El color de estos vinos varía del amarillo pajizo al dorado más o menos intenso, con eventuales reflejos de color verde pálido; el Pinot Grigio también tiene a veces matices rosados más o menos intensos o cobrizos. El aroma es generalmente fino, elegante, agradable, intenso, característico, afrutado y persistente, a veces con ligeros toques florales o aromáticos.
El sabor de los vinos es equilibrado, característico, sabroso, armonioso, pleno y agradable, con un contenido de azúcar entre seco y semiseco.
El grado alcohólico volumétrico total mínimo varía desde un mínimo del 11,50 % vol., para los tipos de base, al 12 % vol., para los vinos del tipo superior y hasta un 12,50 % para los vinos del tipo reserva, mientras que los vinos pasificados y los de vendimia tardía tienen como mínimo un 13 % vol.
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro siguiente cumplen los límites establecidos en la legislación nacional y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
4,5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
Categoría: 1) Vino: «Sicilia» tinto también con indicación de una variedad de uva negra
Los vinos tintos de la DOP «Sicilia», incluidos los pasificados, de vendimia tardía, superior, reserva y rosados, se producen con las variedades de uva más representativas de la zona de producción, especialmente nero d’avola, frappato, nerello mascalese, perricone y syrah, de forma individual o combinadas, y suponen al menos el 50 % del total. Con el fin de aprovechar al máximo esta producción, estas variedades de uva, a las cuales se añaden los tipos de variedades nerello cappuccio, cabernet franc, merlot, cabernet sauvignon, syrah, pinot nero, nocera, mondeuse, carignano, alicante, petit verdot y sangiovese, se utilizan para la producción de tipos monovarietales y bivarietales y representan la abundancia de variedades de uva que se cultivan en la isla de Sicilia.
Se trata de vinos con un color que va del rojo al rojo rubí tirando a granate si se someten a envejecimiento, como el reserva, al rosa más o menos intenso, a veces con matices cobrizos, en el caso de los rosados.
El aroma es característico de las variedades de uva utilizadas. El sabor varía del seco al semiseco y hasta el dulce en el caso de los vinos Passito y Vendemmia Tardiva.
El grado alcohólico volumétrico mínimo total varía desde el 12 % vol. para los tipos tintos y rosados y con indicación de la variedad de uva hasta el 13 % vol. en el caso de algunos los vinos Riserva, como el Nero d’Avola, y al menos el 13 % vol. en el caso de los vinos Passito y Vendemmia Tardiva. Los extractos mínimos van desde los 22 g/l del tinto a los 24 g/l del Nero d’Avola.
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro siguiente cumplen los límites establecidos en la legislación nacional y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
4,5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
Categorías: 4) Vinos espumosos, 5) Vinos espumosos de calidad y 6) Vinos espumosos aromáticos de calidad
Los vinos espumosos producidos en las distintas categorías presentan un color amarillo pajizo más o menos intenso en el caso de los blancos, rosa más o menos intenso en el de los vinos rosados, burbujas finas, notas florales o frutales y frescura. Son aromáticos, especialmente si utilizan variedades de uva como zibibbo y moscato. Las variedades de uva utilizadas son variedades de uva blanca o negra tanto autóctonas como internacionales que se transforman en vinos blancos o rosados mediante vinificación en blanco. Se utiliza la fermentación en cuba cerrada, y para los tipos de base blancos y rosados, también se emplea el método tradicional.
Las variedades de uva utilizadas son las más representativas de la zona de producción, como grillo, chardonnay, catarratto, carricante, grecanico, pinot grigio, moscato, zibibbo, nero d’avola, frappato, nerello mascalese y pinot nero, utilizadas combinadas entre sí como o como vinos monovarietales, con el fin de aprovechar al máximo dicha producción indicando la variedad de uva en la etiqueta. El aroma es característico de las variedades de uva utilizadas. El sabor oscila entre brut nature y extra seco, incluso hasta dulce en el caso del Moscato y Zibibbo Spumante. Grado alcohólico volumétrico total mínimo: 10,50 % vol., en el caso del Moscato y Zibibbo Spumante, 11,50 % vol., para todos los demás tipos, excepto los producidos con el método tradicional, que deben tener un mínimo de 12 % vol. Extracto no reductor mínimo: 15 g/l
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro siguiente cumplen los límites establecidos en la legislación nacional y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
Categorías: 15) Vino de uvas pasificadas y 16) Vino de uvas sobremaduradas
Los vinos de estas categorías tienen un sabor que va del seco al dulce y colores que van del amarillo pajizo al dorado o, si se producen a partir de uvas negras, rojo rubí tirando a granate si se someten a envejecimiento. Tienen aromas duraderos pero delicados, especialmente si se utilizan las variedades aromáticas como moscato y zibibbo, con un equilibrio entre acidez y dulzor, y notas afrutadas o florales, en función de las variedades de uva utilizadas. Las uvas se secan después de la vendimia sobre esteras, cañizos, cajas o recipientes adecuados en ambientes idóneos o dejándolas madurar en las plantas. Esto permite una óptima acumulación de azúcares y concentraciones de extractos con valores en los vinos producidos de, al menos, 28 g/l en el caso del Passito Bianco y de 32 g/l en el caso del Passito Rosso. En el caso del Passito Bianco, el grado alcohólico volumétrico total mínimo es del 16 % vol., del cual un 11 % vol. adquirido, mientras que en el caso del Passito Rosso es del 17 % vol., del cual un 12 % vol. adquirido.
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro siguiente cumplen los límites establecidos en la legislación nacional y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
4 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
5. Prácticas vitivinícolas
a. Prácticas enológicas esenciales
Práctica enológica específica
El tipo Spumante se obtendrá exclusivamente mediante fermentación natural, aplicando el método de fermentación en cuba cerrada o el método tradicional de fermentación secundaria en botella, utilizándose este último únicamente a los tipos Bianco y Rosato.
Práctica enológica específica
Los tipos de vinos Vendemmia Tardiva y Passito deben producirse dejando secar las uvas en la planta o, tras la vendimia, colocándolas sobre esteras, cañizos, cajas o recipientes adecuados en entornos idóneos. Esto puede hacerse con la ayuda de sistemas de acondicionamiento ambiental, siempre que funcionen a temperaturas similares a las presentes en los procesos tradicionales de secado, exceptuando cualquier sistema de deshumidificación que funcione con calor.
b. Rendimientos máximos
«Sicilia» blanco, incluido el reserva, y «Sicilia» con indicación de la variedad de uva blanca, incluido el reserva
13 000 kilogramos de uvas por hectárea
Sicilia espumoso blanco, incluidos los vinos con indicación de la variedad de uva blanca
13 000 kilogramos de uvas por hectárea
«Sicilia» Grillo, incluidos Spumante y Riserva, y «Sicilia» Nero d’Avola, incluidos Riserva, Rosato y Spumante
14 000 kilogramos de uvas por hectárea
«Sicilia» Spumante con indicación de las variedades de uva frappato, nerello mascalese y pinot nero
13 000 kilogramos de uvas por hectárea
«Sicilia» Bianco Superiore y con indicación de la variedad de uva blanca con la mención Superiore
10 000 kilogramos de uvas por hectárea
«Sicilia» Rosso, Rosato y Riserva, incluidos los vinos con indicación de la variedad de uva negra
12 000 kilogramos de uvas por hectárea
«Sicilia» Bianco y Rosso, con la mención «Passito» o «Vendemmia Tardiva», incluidos los vinos con indicación de la variedad de uva blanca o negra
8 000 kilogramos de uvas por hectárea
6. Zona geográfica delimitada
La zona de producción de las uvas destinadas a la producción de vinos con denominación de origen controlada «Sicilia» abarca todo el territorio administrativo de la región de Sicilia.
7. Principales variedades de uva de vinificación
|
Vermentino B. |
|
Zibibbo B. |
|
Alicante N. |
|
Frappato N. |
|
Müller thurgau B. |
|
Nerello cappuccio N. |
|
Perricone N. |
|
Pinot nero N. |
|
Sangiovese N. |
|
Sauvignon B. |
|
Syrah N. |
|
Viognier B. |
|
Cabernet franc N. – Cabernet. |
|
Cabernet sauvignon N. – Cabernet. |
|
Calabrese N. - Nero d’Avola N. |
|
Carignano N. |
|
Carricante B. |
|
Ansonica B. – Inzolia. |
|
Petit verdot N. |
|
Merlot N. |
|
Mondeuse N. |
|
Moscato bianco B. – Moscato. |
|
Nerello mascalese N. |
|
Nocera N. |
|
Grecanico dorato B. – Grecanico. |
|
Grillo B. |
|
Catarratto bianco comune B. – Catarratto. |
|
Catarratto bianco lucido B. – Catarratto. |
|
Chardonnay B. |
|
Damaschino B. |
|
Fiano B. |
|
Pinot grigio – Pinot. |
8. Descripción del (de los) vínculo(s)
La zona geográfica delimitada comprende la totalidad del territorio administrativo de la región de Sicilia.
Sicilia es una de las regiones vitícolas más antiguas del mundo, tal como atestiguan los hallazgos arqueológicos y las numerosas fuentes literarias griegas y latinas que hacen referencia a los renombrados vinos sicilianos. El comercio de aceite y de vino desde la época de los fenicios (siglos IX-IV a. C.) está atestiguado por la presencia de ánforas utilizadas para el transporte y otros tipos de cerámica. El gran esplendor de los viñedos pudo comprobarse durante el asentamiento griego en la zona (siglos VIII-III a. C.), cuando los griegos introdujeron una serie de variedades de uva tales como grecanico, que todavía se cultiva hoy en día. Durante el dominio de los romanos (siglo III a. C - siglo V d. C.), está confirmada la presencia de vino siciliano en la Galia, en particular en la era de los césares.
Durante el dominio musulmán (827-1061), aunque el Corán prohibiese el consumo de bebidas alcohólicas, se cultivaban uvas de mesa y se introdujo en Pantelleria la variedad zebib (en la actualidad, zibibbo o moscato di Alessandria) traída del cabo Zebib en África, justo enfrente de la isla de Pantelleria.
El vínculo entre la zona geográfica delimitada y la DOC «Sicilia» está acreditado por las características edafológicas, orográficas y climáticas específicas de la zona.
En Sicilia, la zona septentrional es esencialmente montañosa y las zonas centro-meridional y sudoccidental, de colinas; la sudoriental es típica de meseta y la oriental, volcánica. Las zonas llanas se concentran mayoritariamente en la costa.
Sin embargo, la exposición y la ubicación de los viñedos se concentra principalmente en las colinas, en zonas especialmente adaptadas, es decir, en ambientes suficientemente aireados y muy soleados, que favorecen un desarrollo óptimo de las funciones vegetativas y productivas de la planta y permiten obtener vinos de uvas sanas y de elevada calidad. El clima mediterráneo, soleado, con veranos cálidos y secos pero aireados, permite una maduración óptima de las uvas y favorece la acumulación de azúcares y la concentración de extractos, mientras que las variaciones térmicas más o menos acentuadas y la rica calidad mineral de los suelos aportan notas de frescura y acidez. Todos estos factores permiten producir vinos que, en las distintas categorías, son siempre intensos, pero equilibrados y armoniosos.
Predominan los sistemas de conducción de viñas tradicionales, poco anchos, y que varían en las distintas zonas vitícolas de la isla, desde el tradicional sistema en vaso aún en uso en las zonas costeras de la provincia de Trapani, hasta el de espaldera baja con cordón permanente o renovable, más extendido, o sistemas de conducción anchos en algunos valles fértiles del interior.
El amplio territorio de la DOC «Sicilia» permite producir vinos a partir de variedades de uvas tanto autóctonas como alóctonas o internacionales y, por tanto, ofrecer una amplia gama de productos en las distintas categorías de vinos previstas.
Categoría: 1) Vino
Esta categoría abarca una amplia gama de tipos de vinos:
tintos, rosados y blancos, incluidos pasificados, de vendimia tardía y reserva. Las variedades de uva utilizadas son autóctonas de elevado valor, como inzolia, catarratto y grillo, esta última procedente de un cruce entre catarratto y zibibbo, o variedades alóctonas, como chardonnay, müller thurgau y sauvignon. Sicilia también cuenta con una de las producciones de vinos tintos de mayor renombre, obtenidos a partir de variedades de uva autóctonas, en particular nero d’avola con frappato y nerello mascalese, y las variedades alóctonas cabernet sauvignon, merlot y syrah. La protagonista indiscutible de esta nueva etapa es la variedad nero d’avola, que, incluso combinada con otras variedades, puede caracterizar y definir la originalidad del vino siciliano, no solo por el aspecto cromático, sino también porque confiere al vino un carácter típico atribuible a los olores y sabores mediterráneos.
Todos estos tipos de vinos presentan, desde el punto de vista analítico y organoléptico, características químico-físicas equilibradas que contribuyen a su equilibrio gustativo; en todos los tipos encontramos aromas agradables, armoniosos, característicos y elegantes, a veces con notas afrutadas, florales y vegetales típicas de las variedades de uva utilizadas en su producción.
Los vinos blancos presentan un color amarillo pajizo más o menos intenso o amarillo subido, mientras que los tintos presentan un color rojo rubí más o menos intenso, con posibles matices violáceos, que tienden al granate con el envejecimiento. Todos estos vinos son equilibrados, de buena estructura y graduación alcohólica. La milenaria historia vitivinícola de este territorio, atestiguada por numerosos documentos, es la prueba general y fundamental de la estrecha conexión e interacción existente entre los factores humanos y la calidad y las características peculiares de los vinos de la DOC «Sicilia». En esta zona concreta, la población ha transmitido, a lo largo de los siglos, las técnicas enológicas y de cultivo de la vid tradicionales, que han mejorado y perfeccionado en tiempos modernos gracias a los indiscutibles avances científicos y tecnológicos. Esto ha permitido que los vinos de la DOP «Sicilia» hayan logrado su prestigio.
4) Vinos espumosos, 5) Vinos espumosos de calidad y 6) Vinos espumosos aromáticos de calidad
Los vinos espumosos producidos tienen un color amarillo pajizo de intensidad variable en el caso de los blancos, un color rosa de intensidad variable en los rosados, también con matices de cobre en el Pinot Grigio, finas burbujas, notas florales y afrutadas y frescura, debido a la rica calidad mineral de los suelos, al clima mediterráneo y a las variaciones térmicas más o menos acentuadas. Son aromáticos, especialmente si utilizan variedades de uva como zibibbo y moscato. Las variedades de uva utilizadas incluyen tanto variedades autóctonas como internacionales. La fermentación en cuba cerrada se utiliza cuando se indica la variedad de uva en la etiqueta, mientras que el método tradicional de fermentación secundaria en botella también puede utilizarse para los tipos Bianco y Rosato.
Categorías: 15) Vino de uvas pasificadas y 16) Vino de uvas sobremaduradas
El clima mediterráneo, soleado, con veranos cálidos y secos pero aireados, con variaciones térmicas más o menos acentuadas, permite que las uvas maduren de forma óptima y se mantengan sanas. Las uvas se secan después de la vendimia sobre esteras, cañizos, cajas o recipientes adecuados en ambientes idóneos o dejándolas madurar en las plantas. Esto permite una óptima acumulación de azúcares y concentraciones de extractos. Los vinos son perfumados, especialmente cuando se utilizan las variedades moscato y zibibbo, con un sabor entre seco y dulce y colores que van del amarillo pajizo al dorado, a veces con tonalidades ambarinas, y olores persistentes pero delicados, con un buen equilibrio entre acidez y dulzor, notas afrutadas o florales, en función de las variedades de uva utilizadas.
9. condiciones complementarias esenciales
Embotellado en la zona geográfica delimitada
Marco jurídico:
En la legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Embotellado en la zona geográfica delimitada
Descripción de la condición:
El embotellado debe realizarse dentro del territorio administrativo de la región de Sicilia.
El motivo de esta disposición, conforme con la legislación de la Unión Europea, es mantener la calidad y proteger la imagen de los vinos de la DOC «Sicilia», garantizar su origen y asegurar la eficacia y la oportunidad de los controles a los que están sujetos. Estas condiciones, en efecto, se garantizan mejor mediante el embotellado en la zona, ya que la aplicación y el cumplimiento de todas las normas técnicas relativas al transporte y el embotellado corresponden a las explotaciones de la zona de producción.
Además, el sistema de inspección del organismo competente, al que están sujetos los operadores en todas las fases de producción, es más efectivo en la zona delimitada.
No obstante, de conformidad con la misma legislación de la UE y la legislación nacional específica, para proteger los derechos establecidos, pueden concederse autorizaciones individuales a particulares o empresas que tradicionalmente hayan embotellado los vinos fuera de la zona de producción delimitada, garantizando al mismo tiempo un número limitado de empresas embotelladoras ubicadas fuera de la zona, lo cual permite al organismo competente planificar con eficacia sus inspecciones, incluso en colaboración con las autoridades de control de otros países, de conformidad con la normativa vigente de la UE.
Etiquetado: indicación de la variedad de uva
Marco jurídico:
En la legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones adicionales relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
En el etiquetado y la presentación de los tipos de vino «Sicilia» Zibibbo y «Sicilia» Zibibbo Spumante se prohíbe la utilización de los sinónimos oficialmente reconocidos de la variedad de uva zibibbo.
Envasado
Marco jurídico:
En la legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones adicionales relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
Los vinos de la denominación de origen controlada «Sicilia» deben despacharse al consumo en recipientes de vidrio con un volumen nominal máximo de 3 litros. Esta restricción excluye las botellas tradicionales de Burdeos, Borgoña y tipo Rin, que pueden alcanzar una capacidad máxima de 18 litros.
Además, podrán utilizarse recipientes de uso alimentario con una capacidad no inferior a 2 litros ni superior a 6 litros, excepto en el caso de los tipos Riserva, Vendemmia Tardiva, Superiore, Passito, Vigna y Spumante.
Podrán utilizarse métodos de sellado de botellas autorizados por la legislación nacional y de la UE, a excepción de las cápsulas.
Enlace al pliego de condiciones
https://www.politicheagricole.it/flex/cm/pages/ServeBLOB.php/L/IT/IDPagina/14441