COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.6.2021
COM(2021) 322 final
2021/0156(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
{SWD(2021) 147 final}
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Document 52021PC0322
Proposal for a COUNCIL IMPLEMENTING DECISION on the approval of the assessment of the recovery and resilience plan for Spain
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
COM/2021/322 final
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.6.2021
COM(2021) 322 final
2021/0156(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
{SWD(2021) 147 final}
2021/0156 (NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 1 , y en particular su artículo 20,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)La pandemia de COVID-19 ha tenido un efecto perturbador en la economía de España. En 2019, el producto interior bruto per cápita (PIB per cápita) de España ascendió al 84,8 % de la media de la UE. Según las previsiones de primavera de 2021 de la Comisión, el PIB real de España descendió un 10,8 % en 2020 y se espera que se contraiga un 5,6 % acumulativamente en 2020 y 2021. Entre los factores de mayor arraigo que repercuten en los resultados económicos a medio plazo se encuentran la elevada tasa de desempleo y la gran proporción de trabajadores con contratos temporales; los grandes volúmenes de deuda externa, privada y pública; un crecimiento estructuralmente bajo de la productividad; y una inversión insuficiente.
(2)El 9 de julio de 2019 y el 20 de julio de 2020, el Consejo dirigió recomendaciones a España en el contexto del Semestre Europeo. En particular, en el ámbito de las finanzas públicas, el Consejo recomendó preservar la sostenibilidad del sistema de pensiones; reforzar los marcos fiscal y de contratación pública a todos los niveles de la Administración; adoptar todas las medidas necesarias para hacer frente a la pandemia de manera eficaz y reforzar la resiliencia y la capacidad del sistema sanitario; apoyar la economía y la recuperación subsiguiente y, cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas fiscales destinadas a lograr situaciones fiscales prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que se fomenta la inversión. En lo que respecta al empleo, el Consejo recomendó fomentar la transición hacia contratos indefinidos; apoyar el empleo mediante acuerdos para preservar los puestos de trabajo, incentivos efectivos a la contratación y el desarrollo de capacidades, y reforzar la capacidad de los servicios sociales y de empleo, así como la protección contra el desempleo, en particular para los trabajadores atípicos. En el ámbito de la educación y las capacidades, el Consejo recomendó mejorar el acceso al aprendizaje digital, reducir el abandono escolar prematuro, mejorar los resultados educativos y aumentar la cooperación entre los centros educativos y las empresas con vistas a mejorar la oferta de capacidades y cualificaciones demandadas en el mercado laboral, en particular en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. En cuanto a las políticas sociales, el Consejo recomendó mejorar el apoyo a las familias, subsanar las carencias en la cobertura de los regímenes de renta mínima y reducir la fragmentación de la asistencia nacional al desempleo. En el ámbito de la inversión, el Consejo recomendó a España concentrar en su fase inicial los proyectos maduros de inversión pública, promover la inversión privada y centrar la inversión en la transición ecológica y digital, en particular en el fomento de la investigación y la innovación, una producción y utilización de energía limpias y eficientes, las infraestructuras energéticas y las interconexiones con el resto de la Unión, la infraestructura ferroviaria de mercancías, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos y el transporte sostenible. En lo relativo al clima empresarial, el Consejo recomendó que se siguiera aplicando la Ley de garantía de la unidad de mercado y se garantizara la aplicación efectiva de medidas para proporcionar liquidez a las pymes y a los trabajadores por cuenta propia, entre otras cosas evitando la morosidad. Por último, en el ámbito de la Administración Pública, el Consejo recomendó a España mejorar la coordinación entre sus distintos niveles competenciales. Tras evaluar los avances en la aplicación de estas recomendaciones específicas por país en el momento de la presentación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Comisión considera que se han logrado avances sustanciales con respecto a las recomendaciones relativas a todas las medidas necesarias, en consonancia con la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, para hacer frente a la pandemia de manera eficaz y a apoyar la economía y la recuperación subsiguiente.
(3)El 2 de junio de 2021, la Comisión publicó un examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo 2 en relación con España. El análisis de la Comisión la llevó a concluir que España está experimentando desequilibrios macroeconómicos, en particular vulnerabilidades relacionadas con la elevada deuda externa e interna, tanto pública como privada, en un contexto de elevada tasa de desempleo, y que estos desequilibrios presentan relevancia transfronteriza.
(4)[La Recomendación del Consejo relativa a la política económica de la zona del euro recomendó a los Estados miembros de la zona del euro que tomaran medidas, también a través de sus planes de recuperación y resiliencia, orientadas entre otras cosas a garantizar una orientación política que respalde la recuperación y a seguir mejorando la convergencia, la resiliencia y el crecimiento sostenible e integrador. La recomendación del Consejo también hacía referencia al refuerzo de los marcos institucionales, la garantía de la estabilidad macrofinanciera y la culminación de la unión económica y monetaria, así como al incremento del papel internacional del euro.] [If the Council recommendation is not adopted by the time of the CID adoption, please remove the recital].
(5)El 30 de abril de 2021, España presentó su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. Dicha presentación se realizó tras un proceso de consulta de las autoridades locales y regionales, los interlocutores sociales, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones juveniles y otras partes interesadas pertinentes, llevado a cabo de conformidad con el marco jurídico nacional. La apropiación nacional de los planes de recuperación y resiliencia contribuye a que su aplicación sea exitosa, su impacto sea duradero a nivel nacional y su credibilidad a nivel europeo sea mayor. De conformidad con el artículo 19 del citado Reglamento, la Comisión ha evaluado la pertinencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con arreglo a las directrices de evaluación del anexo V del Reglamento.
(6)Los planes de recuperación y resiliencia deben perseguir los objetivos generales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 y del Instrumento de Recuperación de la UE establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo 3 , a fin de apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Deben promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión contribuyendo a los seis pilares mencionados en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241.
(7)La aplicación de los planes de recuperación y resiliencia de los Estados miembros constituirá un esfuerzo coordinado de inversión y reformas en toda la Unión. Mediante la aplicación coordinada y simultánea de estas reformas e inversiones y la ejecución de proyectos transfronterizos, estas reformas e inversiones se reforzarán recíprocamente y generarán efectos indirectos positivos en toda la Unión. Por lo tanto, alrededor de un tercio del impacto del Mecanismo en el crecimiento y la creación de empleo de los Estados miembros se derivará de los efectos indirectos de otros Estados miembros.
Respuesta equilibrada que contribuye a los seis pilares
(8)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra a), y el anexo V, sección 2.1, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia representa en gran medida (Calificación A) una respuesta integral y adecuadamente equilibrada ante la situación económica y social, y contribuye así de forma adecuada a la totalidad de los seis pilares a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241, teniendo en cuenta los retos específicos y la asignación financiera del Estado miembro correspondiente.
(9)Los pilares ecológico y digital son, junto con la cohesión social y territorial y el equilibrio de género, las líneas de acción transversales clave del Plan, y se sustentan en reformas e inversiones pertinentes. Entre los componentes ecológicos del Plan se incluyen medidas pertinentes para apoyar la movilidad sostenible, la rehabilitación de edificios, la biodiversidad (incluida la transformación de los sistemas agroalimentario y pesquero y la preservación de los ecosistemas mediante la integración de la adaptación al cambio climático), la economía circular, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos, las infraestructuras energéticas y de transporte y las energías renovables, incluido el hidrógeno renovable, entre otras. La transición ecológica está presente a lo largo de todo el Plan, desde ámbitos como la modernización del sistema fiscal (que incluye medidas sobre fiscalidad ecológica) hasta medidas de apoyo a las capacidades y los empleos para la transición ecológica. En relación con el pilar digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye una serie de componentes que deben contribuir directamente a la transformación digital del país con un impacto duradero. Una serie de inversiones sustanciales deben apoyar las infraestructuras digitales (incluidas la conectividad, la ciberseguridad y la red 5G), el proceso de digitalización y modernización de los sectores productivos, incluidas las pymes, la digitalización de la Administración Pública, incluidos los sistemas de justicia y salud, y la adquisición de capacidades digitales (que abarcan la educación reglada, la educación y formación profesionales y el aprendizaje permanente).
(10)Se espera que la mayoría de los componentes del Plan contribuya al pilar del crecimiento inteligente, sostenible e integrador, con una amplia gama de medidas destinadas a reforzar la competitividad y la productividad y a mejorar la investigación, el desarrollo y la innovación. Entre los componentes pertinentes en el ámbito del crecimiento inteligente, sostenible e integrador figuran los relativos a la política industrial, el apoyo a las pymes, al sector turístico, y a la investigación, el desarrollo y la innovación. De los treinta componentes del Plan, se espera que dieciocho contribuyan específicamente al pilar de cohesión social y territorial, con medidas que refuerzan la movilidad interregional sostenible, las oportunidades educativas en las zonas rurales a través de medios digitales, las inversiones en vivienda social, la modernización y el refuerzo de los servicios sociales y las políticas de inclusión, y la modernización de las políticas activas del mercado de trabajo. Se espera que las medidas destinadas a ampliar el uso de los contratos indefinidos en el mercado laboral o a lograr una fiscalidad más equitativa tengan un impacto positivo en la cohesión social. A fin de aprovechar el pilar de cohesión territorial contemplado en el artículo 3 del Reglamento, la aplicación del Mecanismo debe tener por objeto reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas comunidades autónomas españolas y compensar el retraso de las menos favorecidas. La contribución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia al desarrollo de las islas Canarias, una región ultraperiférica de la UE con limitaciones permanentes que deben abordarse mediante medidas específicas, requiere una atención especial en consonancia con el artículo 349 del TFUE.
(11)Varios de los componentes del Plan deben apoyar el pilar de la salud y la resiliencia económica, social e institucional. Por ejemplo, los componentes relativos al refuerzo del sistema sanitario y a la modernización de la Administración Pública pretenden reforzar la resiliencia en estos dos ámbitos, mientras que las reformas que aspiran a modernizar el sistema tributario, valiéndose entre otros medios de una prevención más eficaz del fraude fiscal, y a mejorar la eficacia del gasto, pretenden impulsar la resiliencia económica y social. Otras medidas mejoran la capacidad del país para preservar su capital natural y reaccionar ante catástrofes naturales. El pilar de las políticas para la próxima generación recibe apoyo a través de medidas destinadas al sistema educativo (como, por ejemplo, la ampliación de la oferta en educación infantil y atención a la infancia y en educación y formación profesionales), las capacidades digitales (por ejemplo, medidas destinadas a colmar la brecha digital para los estudiantes vulnerables) y el mercado laboral (por ejemplo, a través de un nuevo plan de acción contra el desempleo juvenil). Asimismo, prevé la aprobación de una ley sobre diversidad familiar que incluya una revisión de las prestaciones familiares con el objetivo de reducir la pobreza infantil.
Abordar la totalidad o un subconjunto significativo de los retos señalados en las recomendaciones específicas por país
(12)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), y el anexo V, sección 2.2, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contribuya a abordar eficazmente la totalidad o un subconjunto significativo de los retos (Calificación A) señalados en las recomendaciones específicas por país pertinentes, incluidos sus aspectos fiscales y las recomendaciones realizadas de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 dirigidas a España, o los retos señalados en otros documentos pertinentes adoptados oficialmente por la Comisión en el contexto del Semestre Europeo.
(13)Puede considerarse que las recomendaciones relativas a la respuesta inmediata de la política fiscal a la pandemia quedan fuera del ámbito de aplicación del Plan de España, a pesar de que, en general, el Estado miembro ha respondido adecuada y suficientemente a la necesidad inmediata de apoyar la economía a través de recursos fiscales en 2020 y 2021, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula general de salvaguardia. Por otra parte, la recomendación de avanzar suficientemente hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2020 ya no es pertinente, debido tanto a la expiración del período presupuestario correspondiente como a la activación, en marzo de 2020, de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en el contexto de la crisis pandémica.
(14)El Plan incluye un amplio conjunto de reformas e inversiones que se refuerzan mutuamente y que contribuyen a abordar eficazmente un subconjunto significativo de los retos económicos y sociales esbozados en las recomendaciones específicas por país dirigidas a España por el Consejo, en el contexto del Semestre Europeo, en 2019 y en 2020, en particular en los ámbitos relacionados con el empleo, como la segmentación del mercado laboral, las políticas activas del mercado de trabajo y la capacidad de los servicios públicos de empleo; la educación y las capacidades, como el abandono escolar prematuro y las capacidades pertinentes para el mercado laboral, incluidas las digitales; las políticas sociales, como los regímenes de renta mínima, la ayuda al desempleo y el apoyo a las familias; la inversión, como la transición ecológica y digital, los sectores estratégicos y la investigación e innovación; el clima empresarial, como la Ley sobre la unidad de mercado, la morosidad y el marco de insolvencia; la Administración Pública y la contratación pública.
(15)El Plan incluye reformas legislativas para reducir el recurso a los contratos temporales en los sectores público y privado, simplificando la tipología de contratos y generalizando el uso de los contratos indefinidos, entre otras cosas. Las reformas y las inversiones en el ámbito de las políticas activas del mercado laboral deben dar prioridad a los grupos vulnerables, en particular a través del plan de acción contra el desempleo juvenil y la racionalización de los incentivos a la contratación. Estas acciones deben contar con el apoyo de la digitalización de los servicios públicos de empleo, con el objetivo de prestar un apoyo más eficaz a los demandantes de empleo y a los trabajadores en transición.
(16)Sobre la base de la experiencia adquirida con los expedientes de regulación temporal de empleo, el Plan también pretende establecer un nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilización para proporcionar flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores frente a las perturbaciones cíclicas o estructurales, con especial atención a la formación. El mecanismo debe garantizar una mejora de las capacidades y un reciclaje profesional eficaces y facilitar la movilidad voluntaria de los trabajadores, dentro de las empresas y entre ellas, con vistas a responder a las recomendaciones específicas por país sobre el mantenimiento del empleo.
(17)Varias reformas del mercado laboral que figuran en el Plan siguen dependiendo de los resultados del proceso de diálogo social, por lo que aún no se ha perfilado su diseño definitivo. Estas reformas deben formar parte de un paquete global que apoye la creación y la redistribución del empleo y aborde la segmentación del mercado laboral. Los hitos deben especificar que estas reformas han de llevarse a cabo respetando el diálogo social y en el contexto de un enfoque global que equilibre la necesidad de flexibilidad y seguridad en el mercado laboral. Esto se aplica, en particular, al nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilización y a la reforma de la negociación colectiva.
(18)La creación de 135 000 nuevos puestos de educación y formación profesionales y la acreditación formal de las capacidades profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y la formación no reglada, entre otras inversiones y reformas en el ámbito de las capacidades, tienen por objeto contribuir a aportar al mercado laboral capacidades y cualificaciones pertinentes que acompañen la transición ecológica y digital del país. En el ámbito de la educación, la creación de 1 000 unidades de acompañamiento para apoyar al alumnado vulnerable y la ejecución de un programa destinado a apoyar y orientar a los alumnos con bajo rendimiento aspiran a prevenir el abandono escolar prematuro. Además, se espera que el acceso al aprendizaje digital reciba un impulso significativo mediante inversiones en dispositivos y capacidades, así como mediante el desarrollo de cursos en línea.
(19)El Plan incluye una reforma para seguir mejorando el diseño del régimen nacional de renta mínima y prevé invertir en proyectos piloto para apoyar la integración social y en el mercado laboral de sus beneficiarios a través de vías de activación. Ambas medidas tienen por objeto responder a las recomendaciones específicas por país pertinentes. Se espera que otras reformas, como la nueva ley sobre las familias, la modernización de los servicios sociales y la simplificación y mejora de la asistencia al desempleo, apoyen el seguimiento de las recomendaciones específicas a largo plazo en materia de políticas sociales.
(20)Se espera que la inversión pública facilitada por el Plan movilice la inversión privada en varios sectores, como la energía y el transporte sostenibles y limpios, la rehabilitación de edificios, el sector agroalimentario, la pesca y la salud y las tecnologías digitales clave, contribuyendo así a atender las recomendaciones específicas por país en el ámbito de la inversión. Se espera que reformas como la Ley de creación, crecimiento empresarial y mejora del clima de negocios, que deberían fomentar una cultura de pago anticipado y eliminar las barreras reglamentarias innecesarias y desproporcionadas, mejoren el clima empresarial. Mientras tanto, la adopción de la Estrategia Nacional de Contratación Pública pretende aumentar la eficiencia en ese ámbito. También se espera que el Plan contribuya a aumentar la eficacia de las políticas de investigación e innovación con medidas que traten de reforzar la gobernanza de la investigación y la innovación a todos los niveles y reorganizar la investigación pública desarrollada en el sistema universitario y los organismos públicos de investigación, entre otras medidas. Las medidas también tienen por objeto reforzar la coordinación entre los distintos niveles de la Administración, entre otras cosas garantizando la interoperabilidad entre las plataformas informáticas de la Administración central y de las autonómicas.
(21)Para hacer frente a los retos en el ámbito de las finanzas públicas, el Plan incluye medidas destinadas a reforzar la gobernanza del sistema de revisión del gasto y se compromete a aplicar reformas resultantes de anteriores revisiones del gasto y una reforma del sistema tributario. Esta última debe tener lugar después de las recomendaciones de un comité de expertos en materia fiscal sobre el modo de potenciar la sostenibilidad de las finanzas públicas y mejorar su eficiencia. En este contexto, debe revisarse el sistema de apoyo a las familias con el fin de mejorar su eficacia. Además, el Plan incluye medidas significativas en el ámbito de la asistencia sanitaria, incluidas inversiones en equipos de alta tecnología, para contribuir al cumplimiento de las recomendaciones específicas por país en materia de resiliencia y capacidad del sistema sanitario.
(22)Por último, el Plan incluye una reforma del sistema de pensiones con el fin de preservar su adecuación y su sostenibilidad a largo plazo. Algunas de las medidas, como un sistema de indización revisado, incentivos para la demora de la jubilación y cambios normativos relativos a la jubilación anticipada, deben debatirse en el contexto del diálogo social. El diseño final de esta y otras reformas que se están debatiendo con los interlocutores sociales, como el nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilidad en el mercado laboral, debe ser compatible con la sostenibilidad fiscal a medio y largo plazo de las finanzas públicas.
(23)Al abordar los retos mencionados, se espera que el Plan contribuya también a corregir los desequilibrios 4 que está experimentando España, en particular en lo que respecta a la elevada deuda externa e interna, tanto pública como privada, en un contexto de elevada tasa de desempleo.
Contribución al potencial de crecimiento, a la creación de empleo y a la resiliencia económica, social e institucional
(24)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra c), y el anexo V, sección 2.3, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incida muy significativamente (Calificación A) en el refuerzo del potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica, social e institucional del Estado miembro, contribuyendo a la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales, también a través del fomento de políticas destinadas a la infancia y la juventud, y en la mitigación del impacto económico y social de la crisis de la COVID-19, reforzando así la cohesión económica, social y territorial y la convergencia en la Unión.
(25)Las simulaciones realizadas por los servicios de la Comisión muestran que el Plan tiene el potencial para aumentar el PIB de España entre un 1,8 % y un 2,5 % de aquí a 2024 5 . La combinación de inversiones y reformas presentada por España aspira a estimular el crecimiento económico a través de múltiples canales, en particular mediante la mejora de la productividad total de los factores, el impulso de la capacidad de negociación y las capacidades en esta materia, la eliminación de los obstáculos a la inversión y el aumento de la eficiencia en el mercado laboral. En particular, se espera que las reformas y las inversiones en los ámbitos de la educación y las capacidades, la digitalización y la investigación y la innovación contribuyan en la máxima medida al crecimiento económico y a la creación de empleo.
(26)Las reformas e inversiones esbozadas en el Plan tienen el potencial de superar las vulnerabilidades significativas de la economía española relacionadas con el sector exterior. Así, por ejemplo, las inversiones en investigación e innovación, en reciclaje y mejora de las capacidades de la mano de obra y en apoyo a la internacionalización de las pymes pueden aumentar la competitividad de las empresas. Además, las inversiones en energías renovables y eficiencia energética pueden reducir las importaciones de energía. El Plan contribuye en parte a resolver las actuales vulnerabilidades del país desde el punto de vista fiscal. Se espera que las políticas previstas destinadas a combatir y prevenir el fraude fiscal y a garantizar un gasto público más eficiente, en particular mediante reformas en el ámbito de la contratación pública y de la fiscalidad, sienten las bases para reforzar los marcos fiscal y de contratación pública También se espera que el Plan reduzca eficazmente las disparidades territoriales mediante reformas e inversiones para hacer frente al reto demográfico en las zonas rurales y los pequeños municipios, como inversiones específicas para mejorar la eficiencia energética en los municipios de menos de 5 000 habitantes, implantar la banda ancha ultrarrápida, impulsar el emprendimiento en las zonas rurales y apoyar una transición justa en los territorios que se enfrentan a problemas derivados del proceso de transición hacia una economía climáticamente neutra.
(27)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presentado por España incluye medidas destinadas a abordar los retos de la cohesión social señalados en anteriores informes y recomendaciones específicas por país a España, y supervisados a través del cuadro de indicadores sociales. Las medidas específicas pretenden resolver las vulnerabilidades del sistema de protección social, como la simplificación y mejora de la asistencia al desempleo, la racionalización del sistema de prestaciones no contributivas y la revisión del sistema de prestaciones familiares, con el fin de reducir la pobreza infantil. La plena aplicación del régimen nacional de renta mínima, adoptado en junio de 2020, debe apoyarse en la realización de proyectos piloto para contribuir a la inclusión socioeconómica de los beneficiarios del régimen. Además, el Plan tiene por objeto reforzar la cohesión social y el sistema de protección social mediante el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas a lo largo del tiempo, en consonancia con las prácticas de otros Estados miembros.
(28)El Plan presenta una serie de reformas e inversiones que pueden contribuir a la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales y del Plan de Acción, adoptado en la Cumbre de Oporto de 7 de mayo de 2021. Entre ellas, se incluyen medidas específicas destinadas a mejorar la empleabilidad de los jóvenes, reducir la tasa de abandono escolar prematuro y aumentar la asistencia en la educación y cuidados de la primera infancia, así como medidas destinadas a reforzar la protección social como se describe anteriormente. Las reformas previstas en el ámbito de las políticas activas del mercado laboral incluyen la revisión de los incentivos a la contratación, el refuerzo del aprendizaje de adultos y la reforma y digitalización de los servicios públicos de empleo. Se complementan con las reformas en el ámbito de la educación y la formación profesionales y las capacidades digitales, y se espera que mejoren la empleabilidad de los trabajadores, elevando así las tasas de empleo y reduciendo las de desempleo. España espera que el Plan conduzca a una reducción significativa de la desigualdad de ingresos a medio y largo plazo, gracias a la creación de empleo y a la calidad del empleo creado, a una fiscalidad más justa, a una protección social más eficaz y a inversiones significativas en educación y cuidados de la primera infancia, cuidados de larga duración, servicios sociales y vivienda social.
No causar un perjuicio significativo
(29)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra d), y el anexo V, sección 2.4, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia garantice que ninguna de las medidas de ejecución de las reformas y los proyectos de inversión incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (Calificación A) en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo 6 (principio de «no causar un perjuicio significativo»). De conformidad con el Reglamento (UE) 2021/241 y la Guía técnica de la Comisión sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» 7 , España ha presentado una evaluación completa según la cual no se espera que ninguna medida de ejecución de las reformas y proyectos de inversión incluidos en el Plan cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales..
(30)En vista de que las medidas seleccionadas contribuyen sustancialmente a los objetivos medioambientales, o bien pueden causar un impacto insignificante o nulo en tales objetivos, se espera que muchas de las medidas del Plan no causen un perjuicio significativo desde el primer momento, como las relativas a educación y formación, mercado laboral, Administración Pública, y cultura y deporte. La evaluación llevada a cabo en relación con otras medidas demuestra que están concebidas para garantizar el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo». Entre ellas se incluyen amplios regímenes de apoyo que abarcan distintos sectores y actividades, como la investigación, el desarrollo y la innovación, y el apoyo a la industria y a las pymes). España ha proporcionado pruebas y garantías que demuestran que las medidas no deben perjudicar significativamente a ninguno de los seis objetivos medioambientales, a saber, la mitigación del cambio climático, la adaptación al mismo, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía circular, la prevención y el control de la contaminación, y la protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. En los casos necesarios, España ha propuesto la aplicación de medidas de mitigación o ha incluido elementos específicos en el diseño de las medidas para evitar perjuicios significativos, que deben acreditarse mediante hitos y objetivos pertinentes. Este es el caso, en particular, de las medidas de apoyo a proyectos estratégicos que abarcan instalaciones en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, actividades específicas de tratamiento de residuos, irrigación para la producción agrícola y regímenes de apoyo amplios que abarcan diversos sectores y actividades.
Contribución a la transición ecológica, incluida la biodiversidad
(31)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra e), y el anexo V, sección 2.5, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contiene medidas que contribuyen en gran medida (Calificación A) a la transición ecológica, incluida la biodiversidad, o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye medidas de apoyo a los objetivos climáticos por un importe que representa el 39,7 % de la asignación total del Plan, calculado de conformidad con la metodología del anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241. De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es coherente con la información incluida en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 8 (PNEC).
(32)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye reformas e inversiones relacionadas con la transición ecológica, con una contribución particularmente importante a los objetivos climáticos derivados de los componentes relativos a la renovación energética de viviendas y zonas urbanas, la movilidad sostenible y las energías renovables. De este modo, la contribución financiera destinada a España permite concentrar anticipadamente las inversiones necesarias para alcanzar la mayor ambición climática de la UE de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2030 en al menos un 55 % con respecto a las de 1990, con la vista puesta en lograr la neutralidad climática de la UE para 2050, según lo acordado provisionalmente por el Parlamento Europeo y el Consejo en el marco de la Ley Europea del Clima 9 . En cuanto a la eficiencia energética, la contribución de España a alcanzar el objetivo a nivel de la UE, que figura en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNEC 2021-2030), consiste en reducir su consumo de energía primaria en un 39,5 %. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece el objetivo de rehabilitar, para el 31 de agosto de 2026, al menos 355 000 viviendas únicas en el contexto de al menos 510 000 intervenciones de rehabilitación, al menos 600 hectáreas de zonas urbanas, un equivalente de al menos 40 000 edificios residenciales y 690 000 m2 de edificios no residenciales, al menos 26 000 edificios residenciales en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes, y al menos 1 230 000 m2de edificios públicos. Las inversiones en la renovación energética de edificios residenciales recogidas en el Plan representan una parte importante del apoyo público previsto en el PNEC en este ámbito. Contribuirán al objetivo de ahorro energético de aquí a 2030 y al objetivo establecido en el PNEC en términos del número de viviendas que deben rehabilitarse. Sin embargo, seguirá siendo necesaria financiación pública adicional para movilizar el volumen total de inversiones necesario para alcanzar el objetivo establecido en el PNEC para 2030, y garantizar un factor de apalancamiento relativamente más elevado que permita atraer inversiones privadas. Las reformas y las inversiones en energías renovables deben aumentar sustancialmente el desarrollo y la implantación de las fuentes de energía renovables en España y contribuir a la consecución de su objetivo de lograr una cuota de energías renovables del 42 % para 2030, tal como se establece en el PNEC. El Plan incluye el apoyo a fuentes de energía renovables innovadoras en la industria y los edificios (cerca de 4 GW) y a las energías renovables en las islas. Las medidas relativas a la infraestructura eléctrica tienen por objeto la promoción de las redes inteligentes y la implantación de medidas de flexibilidad y almacenamiento. Con este fin, las reformas prevén establecer un marco propicio para facilitar la integración de las energías renovables en el sistema energético y el despliegue del almacenamiento de energía, así como la gestión de la demanda y los servicios de flexibilidad. El Plan también invertirá en hidrógeno renovable y contribuirá al objetivo general de España de instalar, de aquí a 2030, 4 GW de capacidad de electrólisis de hidrógeno a fin de generar hidrógeno renovable y hasta 200 estaciones de repostaje de hidrógeno. Esto debe contribuir a la descarbonización de sectores con emisiones difíciles de reducir, como la industria y el transporte.
(33)Las medidas del Plan contribuyen a que España alcance el objetivo fijado actualmente para 2030, de una reducción en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del 26 % en comparación con 2005 en los sectores contemplados en el Reglamento (UE) 2018/842 10 de reparto del esfuerzo, incluidos el transporte, la agricultura, los residuos y los edificios. Las inversiones en movilidad sostenible tienen por objeto reducir las emisiones de GEI del transporte, sector en el que más siguen creciendo. El Plan contribuirá a la aspiración general de España de instalar de 80 000 a 110 000 puntos de recarga y alcanzar una flota de al menos 250 000 vehículos eléctricos enchufables de aquí a 2023. También ofrecerá incentivos a las empresas privadas para que sustituyan sus flotas de transporte de pasajeros y mercancías por vehículos más limpios. Además, el Plan creará zonas de bajas emisiones en los municipios y fomentará el uso de modos de transporte activos, como caminar y la bicicleta, y mejorará y promoverá el uso del transporte público urbano, incluido el ferrocarril, con el objetivo de contribuir a reducir el tráfico privado en un 35 % de aquí a 2030 y a minimizar la contaminación atmosférica. El Plan también incluye inversiones en el cambio modal de la carretera al ferrocarril en el contexto del transporte de mercancías, incluida la finalización de 1 400 kilómetros de los corredores atlántico y mediterráneo de la red transeuropea de transporte (RTE-T), inversiones en equipos tractores ferroviarios para pasar al hidrógeno o a la electricidad, y el desarrollo de centros intermodales y un mejor acceso del ferrocarril a los puertos.
(34)Por lo que se refiere a la biodiversidad, el Plan incluye medidas acordes con la nueva Estrategia de la UE sobre la biodiversidad, por ejemplo, para preservar los valiosos sumideros de carbono forestales mediante acciones de prevención de incendios y una mayor protección contra ellos, y aumentando la absorción de CO2 a través de mejores acciones de gestión forestal sostenible. Las inversiones en la conservación de la biodiversidad de 50 000 hectáreas de aquí al 30 de junio de 2026, incluidos humedales, y la restauración de ecosistemas, con un objetivo de restauración de 30 000 hectáreas para el 31 de diciembre de 2024, también contribuirán tanto a la mitigación del cambio climático como a la adaptación al mismo. Las medidas también se refieren a la protección, conservación y restauración de los ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad. Además, el Plan apoya la conectividad ecológica y promueve la infraestructura verde, también en las zonas urbanas.
(35)Además, incluye medidas para mejorar la legislación en materia de gestión de residuos y va acompañado de inversiones que fomentan la economía circular. Las medidas también tienen por objeto mejorar la gestión hídrica mediante la reducción de las fugas de aguas residuales y el aumento de la reutilización del agua. El Plan también prevé inversiones en la mitigación del riesgo de inundaciones y la adaptación del litoral, en la recuperación y mejora de la situación de las aguas subterráneas y los acuíferos, en la eficiencia hídrica en la agricultura y en la reducción de la contaminación por nitratos.
Contribución a la transición digital
(36)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra f), y el anexo V, sección 2.6, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contiene medidas que contribuyen eficazmente en gran medida (Calificación A) a la transición digital o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. Estas medidas contribuyen al objetivo digital por un importe que representa el 28,2 % de la asignación total del Plan, calculado de conformidad con la metodología del anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241.
(37)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye inversiones y reformas de las que se espera un impacto duradero en la transformación digital de los sectores económicos y sociales y una contribución significativa a la superación de los retos derivados de la transición digital. En particular, se espera que España invierta en ámbitos tales como las capacidades digitales, la digitalización de las empresas y la integración de las tecnologías avanzadas en el sector empresarial. Las acciones horizontales que benefician al conjunto de la economía y la población (como la mejora de la conectividad) se complementan con medidas específicas destinadas a determinados sectores (como los del turismo, las pymes, la cultura y los medios de comunicación) o segmentos específicos de la población (como estudiantes, funcionarios y desempleados). El Plan incluye el desarrollo de los siete planes estratégicos en el marco de la Agenda Digital para España 2025: el Plan para la Conectividad, la Estrategia de impulso a la tecnología 5G, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, el Plan Nacional de Competencias Digitales, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas, el Plan de Digitalización de Pymes y el Plan «España, Hub Audiovisual de Europa». Las medidas digitales previstas tienen en cuenta la Estrategia Digital de la UE, la Estrategia Industrial Europea, la Agenda de Capacidades de la UE, el Pilar Europeo de Derechos Sociales, el Espacio Europeo de Educación y el Plan «España, Hub Audiovisual de Europa».
(38)El Plan incluye inversiones para colmar la brecha digital entre las zonas urbanas y rurales y desarrollar todo el potencial de la conectividad 5G. Se prevén inversiones en el despliegue de banda ancha ultrarrápida en determinadas zonas que carecen de este tipo de infraestructuras, como las zonas rurales o los centros urbanos históricos. Se espera que la red 5G se despliegue a lo largo de determinadas zonas transfronterizas con Francia y Portugal, a lo largo de los principales corredores nacionales de transporte, en determinadas zonas no cubiertas por operadores móviles y en determinados puntos críticos como parques empresariales, zonas industriales y servicios públicos prioritarios. Se presta apoyo a los servicios de conectividad para los grupos vulnerables y las pymes con el fin de ampliar la proporción de personas y empresas conectadas a internet. El Plan incluye medidas para aumentar el nivel de capacidades digitales de la población, medidas específicas para el sistema educativo (como la digitalización de la educación y la formación de los docentes y de la formación profesional) e inversiones en el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades de los trabajadores y los demandantes de empleo. Además, el Plan incluye ayudas a la digitalización de las empresas y la integración de las tecnologías avanzadas, con un apoyo específico para las pymes mediante la implantación sustancial de un «conjunto de herramientas digitales». Además, el Plan incluye reformas e inversiones en capacidades digitales avanzadas, incluidas la inteligencia artificial y la ciberseguridad, de las que se espera que aumenten la confianza en los servicios y las tecnologías digitales, y ayuden a la adopción de tales tecnologías digitales avanzadas de forma duradera. Por último, el Plan incluye un paquete completo de reformas e inversiones para mejorar la digitalización de la Administración Pública en todos sus niveles, prestando especial consideración a la interconexión y la interoperabilidad. Este paquete abarca el sistema judicial, la Administración tributaria, los servicios públicos de empleo, la contratación pública digital, la salud pública, el sector del transporte, la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad, la preservación del espacio litoral y la gestión del agua, y las redes eléctricas.
Impacto duradero
(39)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra g), y el anexo V, sección 2.7, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tenga un impacto duradero en gran medida (Calificación A) en España.
(40)Se espera que las reformas esbozadas en el Plan traigan consigo un cambio estructural en las políticas pertinentes y en la Administración, en particular reforzando el mercado laboral, modernizando la protección social y mejorando el funcionamiento de la Administración, a través de su digitalización entre otros medios. Por lo que se refiere al mercado de trabajo, el Plan presenta un amplio abanico de reformas destinadas a luchar contra el desempleo y la segmentación del mercado laboral, también en la Administración Pública. Se espera que estas medidas tengan un impacto duradero, ya que, en particular, fomentan la creación de empleo de calidad y contribuyen a reducir la elevada tasa de desempleo que se viene registrando desde hace tiempo, contribuyendo al mismo tiempo a reforzar la cohesión social de manera sostenible. El Plan también incluye reformas pertinentes en el ámbito de las capacidades, en particular las digitales, con especial atención a la mejora de las capacidades de las personas poco cualificadas y al reciclaje profesional de la mano de obra en consonancia con las necesidades del mercado laboral. Los esfuerzos por modernizar y mejorar la eficacia de la protección social pueden tener un efecto duradero en el apoyo a una mayor participación en el mercado laboral, la estabilización de los ingresos a lo largo del ciclo económico, la mejora de la integración social y económica de todos y la reducción de las desigualdades. La digitalización de la Administración Pública debe ir acompañada de medidas que garanticen que las políticas públicas estén sujetas a análisis y evaluaciones de impacto, también en relación con el gasto. Además, se espera que las reformas previstas del sistema de contratación pública y del marco de insolvencia contribuyan a una asignación más eficaz de los fondos y activos en el país.
(41)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye numerosas inversiones que apoyan la innovación e impulsan la modernización y la competitividad de la industria, en particular de las pymes, con vistas a lograr un impacto duradero. Las medidas deben ayudar a España a adoptar con mayor rapidez los principios de sostenibilidad y digitalización. La plena ejecución de las inversiones previstas en estos ámbitos tiene el potencial de situar a las empresas españolas en una mejor posición para competir en los mercados que surgirán de la transición digital y ecológica, descarbonizar la industria tradicional e impulsar una nueva economía eficiente y sostenible. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia invierte en la renovación energética de edificios en España. Además, el Plan también pretende contribuir a la consecución de los objetivos de descarbonización y calidad del aire acordados a escala internacional a través de acciones para transformar los entornos urbanos. Se espera que todas estas medidas apoyen la transición energética de España y reduzcan la dependencia de las importaciones de energía a medio plazo, protegiendo al mismo tiempo el capital natural y los ecosistemas. El impacto duradero del Plan también puede potenciarse mediante sinergias entre el propio Plan y otros programas financiados por los fondos de la política de cohesión, en particular abordando de manera sustantiva los problemas territoriales profundamente arraigados y promoviendo un desarrollo equilibrado.
Seguimiento y ejecución
(42)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra h), y el anexo V, sección 2.8, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia son adecuadas (Calificación A) para garantizar un seguimiento y una ejecución efectivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluidos el calendario, los hitos y objetivos previstos y los indicadores correspondientes.
(43)Las disposiciones nacionales para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia están recogidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, que aúna a todos los ministros competentes en relación con el Plan, se encarga de establecer las directrices políticas, y estará encabezada por el presidente del Gobierno. La nueva Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda, actuará como autoridad responsable del Plan. Este organismo debe elaborar solicitudes de pago para su envío a la Comisión, una vez que los organismos responsables de la consecución de los hitos y objetivos pertinentes declaren que estos se han alcanzado, y que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) haya llevado a cabo una verificación razonable de su cumplimiento. En términos generales, los hitos y objetivos que se proponen son claros y realistas, y los indicadores propuestos para esos hitos y objetivos son pertinentes, aceptables y sólidos. Además, la secuenciación de los hitos y objetivos es lo suficientemente clara como para permitir los pagos y hacer un seguimiento de los avances y refleja una fuerte concentración de las medidas en la fase inicial, con la mayoría de los hitos y objetivos agrupados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. Los hitos y objetivos también son pertinentes para las medidas ya completadas que cumplen los requisitos para recibir subvenciones con arreglo al artículo 17, apartado 2, del Reglamento. Es necesario que esos hitos y objetivos se alcancen de manera satisfactoria para que una solicitud de desembolso esté justificada. Se creará un sistema de información integrado y se compartirá entre todas las Administraciones pertinentes.
(44)Los Estados miembros deben garantizar que el apoyo financiero en el marco del Mecanismo se comunica y reconoce en consonancia con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241. Se podrá solicitar apoyo técnico en el marco del Instrumento de Apoyo Técnico para ayudar a los Estados miembros en la ejecución de su plan.
Costes
(45)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra i), y el anexo V, sección 2.9, del Reglamento (UE) 2021/241, la justificación proporcionada en el Plan sobre el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es, en una medida moderada (Calificación B), razonable y verosímil, está en consonancia con el principio de coste-eficacia y guarda proporción con las repercusiones económicas y sociales previstas a escala nacional.
(46)España ha facilitado estimaciones individuales de costes para todas las inversiones y reformas que tienen asociado un coste en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, justificándolas a partir de varias fuentes. Entre ellas se incluyen las convocatorias de manifestaciones de interés publicadas específicamente a los efectos del Plan, las referencias externas proporcionadas por organizaciones internacionales y los contratos públicos relativos a servicios similares o inversiones anteriores de naturaleza similar, entre otros. Como consecuencia de ello, las estimaciones de costes de la mayoría de las medidas del Plan se consideran razonables. España ha utilizado opciones de costes simplificados con respecto tanto a las cantidades a tanto alzado como a los costes unitarios. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), mediante una validación independiente, ha considerado razonable una parte significativa de las estimaciones de costes del Plan. El importe de los costes totales estimados del Plan está en consonancia con la naturaleza y el tipo de las reformas e inversiones previstas. Por tanto, las estimaciones de costes de la mayoría de las medidas del Plan se consideran plausibles. España ha facilitado información y pruebas suficientes de que el importe de los costes totales estimados no está cubierto por financiación de la Unión, ya sea actual o prevista. Finalmente, el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es proporcional al impacto social y económico nacional esperado.
Protección de los intereses financieros
(47)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra j), y el anexo V, sección 2.10, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y las medidas adicionales incluidas en la presente Decisión son adecuadas (Calificación A) para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses en la utilización de los fondos proporcionados en el marco de dicho Reglamento, y se espera que las disposiciones eviten de manera eficaz la doble financiación en virtud del Reglamento y de otros programas de la Unión. Esto se entiende sin perjuicio de la aplicación de otros instrumentos y herramientas para promover y asegurar el cumplimiento del Derecho de la Unión, incluido el destinado a prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses y el destinado a proteger las finanzas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo.
(48)El sistema de control interno descrito en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se basa en procesos y estructuras sólidos, desarrollados previamente para el seguimiento de los Fondos Estructurales. Identifica claramente a los agentes y sus funciones y responsabilidades en la ejecución de las tareas de control interno. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) es el órgano de auditoría, que también coordinará el trabajo de los organismos regionales. La IGAE y las unidades de control interno de las diferentes autoridades son los principales agentes responsables del control y la auditoría del Plan. En conjunto, el sistema de control y otras disposiciones pertinentes, en particular para la recogida y puesta a disposición de datos sobre los beneficiarios finales, son adecuados para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses al utilizar los fondos proporcionados en el marco del Reglamento (UE) 2021/241 y evitar la doble financiación en virtud de dicho Reglamento y de otros programas de la Unión. Debe incluirse un hito específico para garantizar la aplicación del sistema de información integrado, incluido el cumplimiento de la obligación de recoger y almacenar datos sobre los beneficiarios finales, contratistas, subcontratistas y titulares reales de conformidad con el artículo 22 del mencionado Reglamento.
(49)España ha indicado que se está desarrollando un sistema integrado para la gestión y la notificación de los hitos y objetivos con el fin de cumplir los requisitos específicos de gestión y presentación de informes descritos en el Plan. De conformidad con el artículo 20, apartado 5, letra e), del Reglamento (UE) 2021/241, España debe aplicar esta medida a fin de cumplir lo dispuesto en el artículo 22 de dicho Reglamento y confirmar el estado de su ejecución con la primera solicitud de pago mediante un informe de auditoría específico. El informe debe analizar cualquier deficiencia conexa detectada y las medidas correctoras adoptadas o previstas.
(50)Además, el establecimiento del procedimiento y el formato de la información que deben facilitar las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento de los proyectos y la ejecución contable de los gastos imputados a los proyectos en el marco del Plan debe establecerse como un hito específico que debe cumplirse a más tardar en el momento de la presentación de la primera solicitud de pago.
Coherencia del Plan
(51)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra k), y el anexo V, sección 2.11, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan incluye en gran medida (Calificación A) medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión pública que constituyen actuaciones coherentes.
(52)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presenta un paquete completo y equilibrado de reformas e inversiones. Las medidas incluidas en los componentes se respaldan mutuamente, puesto que todos los componentes constan de un conjunto equilibrado de reformas e inversiones. Además, las medidas también se respaldan mutuamente y se complementan entre los distintos componentes. Por último, el Plan propone una amplia batería de reformas que, en general, deben facilitar la aplicación de todas sus medidas mediante la mejora de la regulación sectorial y del clima empresarial. Se espera que el fortalecimiento de las instituciones públicas, con un conjunto de reformas destinadas a mejorar el funcionamiento y la interoperabilidad de la Administración Pública, facilite la realización efectiva de reformas e inversiones y mejore la rendición de cuentas ante la sociedad civil. También se espera que las medidas destinadas a apoyar unas instituciones y sistemas sólidos del sector público contribuyan a unas finanzas públicas saneadas y sostenibles. El hecho de que muchas de las reformas deban concentrarse anticipadamente en los dos primeros años del Plan, entre el 1 de enero de 2021 y 31 de diciembre de 2022, debe permitir una ejecución eficaz de las inversiones.
Igualdad
(53)España ha facilitado amplia información sobre la contribución prevista del Plan a la igualdad de género, la igualdad de oportunidades para todos y la integración de estos objetivos. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se centra en gran medida en el equilibrio de género, que es una de las cuatro líneas de acción transversales del Plan. Existen diferentes medidas en el Plan que tienen un impacto directo en la reducción de la brecha de género, como la promoción entre las mujeres de las vocaciones especializadas en tecnologías de la información y la comunicación, las medidas para impulsar la aplicación de planes de transparencia salarial y de igualdad de género en las empresas, el aumento de la oferta de educación y cuidados de la primera infancia, las inversiones en apoyo del emprendimiento femenino y la integración social y laboral de las mujeres pertenecientes a grupos vulnerables.
Autoevaluación de la seguridad
(54)España ha facilitado una autoevaluación de la seguridad para las inversiones en capacidades digitales y conectividad, de conformidad con el artículo 18, apartado 4, letra g), del Reglamento (UE) 2021/241. En el componente 15 (Conectividad digital) del Plan, España explica que, como parte de las dos reformas previstas en el componente, aplicará la Recomendación de la Comisión Europea sobre Conectividad 11 y la Ley sobre requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de quinta generación, y esta Ley incluirá las recomendaciones clave de la Comunicación de la Comisión Europea, de 29 de enero de 2020, «Despliegue seguro de la 5G en la UE - Aplicación de la caja de herramientas de la UE» 12 .
Proyectos transfronterizos y multinacionales
(55)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye medidas que deben permitir avanzar en los proyectos transfronterizos o multinacionales existentes en materia de transporte (RTE-T: conexiones ferroviarias en los corredores mediterráneo y atlántico y entre los Pirineos Centrales) y conectividad digital (mediante cables submarinos). El Plan también incluye medidas que se espera que faciliten la participación de empresas españolas en posibles proyectos transfronterizos o multinacionales, incluidos posibles proyectos importantes de interés común europeo en ámbitos como los microprocesadores, el hidrógeno renovable, la comunicación segura vía satélite y la próxima generación de computación en la nube y en el borde.
Proceso de consulta
(56)De conformidad con el artículo 18, apartado 4, letra q), del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España incluye un resumen del proceso de consulta llevado a cabo para su preparación y aplicación. En la preparación del Plan, España llevó a cabo consultas específicas con los interlocutores sociales, las partes interesadas y los consejos consultivos. España también recurrió a convocatorias de manifestación de interés para ponerse en contacto con empresas a propósito del diseño de las inversiones. A través de estas convocatorias, las autoridades recopilaron una amplia gama de propuestas que debían servir de base a los proyectos estratégicos que contarían con el apoyo del Plan.
(57)Para garantizar la apropiación por parte de los actores pertinentes, es fundamental implicar a todas las autoridades autonómicas y locales y a todas las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, a lo largo de toda la ejecución de las inversiones y reformas incluidas en el Plan. Garantizar una apropiación más amplia de la ejecución del Plan contribuiría a mejorar su eficacia y el impacto previsible a largo plazo. El Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia reconoce que las comunidades autónomas y las entidades locales son socios importantes para la aplicación de las reformas y las inversiones. Para la aplicación del Plan, España ha creado una nueva Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para coordinar a las comunidades autónomas, las entidades locales y el Gobierno central. Además, las conferencias sectoriales existentes en diversos ámbitos políticos deben apoyar la aplicación de medidas específicas dentro de su ámbito de competencia. El Plan destaca que se consultará a los interlocutores sociales en el diseño final de una serie de medidas pertinentes anunciadas en el Plan, como las reformas del mercado laboral y del sistema de pensiones.
Evaluación positiva
(58)A raíz de la evaluación positiva de la Comisión en relación con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España en la que se constate que cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241, de conformidad con el artículo 20, apartado 2, y el anexo V de dicho Reglamento, la presente Decisión debe establecer las reformas y los proyectos de inversión necesarios para la ejecución del Plan, los hitos, objetivos e indicadores pertinentes y el importe puesto a disposición por la Unión para su ejecución en forma de ayuda financiera no reembolsable.
Contribución financiera
(59)El coste total estimado del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España asciende a 69 528 050 000 EUR. Dado que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 y que, además, el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es superior a la contribución financiera máxima disponible para España, la contribución financiera asignada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España debe ser igual al importe total de la contribución financiera disponible para España.
(60)De conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, el cálculo de la contribución financiera máxima para España debe actualizarse a más tardar el 30 de junio de 2022. Como consecuencia de ello, de conformidad con el artículo 23, apartado 1, de dicho Reglamento, ahora debe ponerse a disposición de España un importe de cara a la firma de un compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. En caso necesario, a raíz de la actualización de la contribución financiera máxima, el Consejo, a propuesta de la Comisión, debe modificar la presente Decisión para incluir la contribución financiera máxima actualizada sin demora indebida.
(61)Las ayudas que se otorguen se financiarán mediante empréstitos de la Comisión en nombre de la Unión sobre la base del artículo 5 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo 13 . Las ayudas deben abonarse en tramos una vez que España haya cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes señalados en relación con la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
(62)España ha solicitado una prefinanciación del 13 % de la contribución financiera. Dicho importe debe ponerse a disposición de España a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241, y de conformidad con dicho acuerdo.
(63)La presente Decisión debe entenderse sin perjuicio del resultado de cualquier procedimiento relativo a la concesión de fondos de la Unión en el marco de cualquier otro programa de la Unión distinto del Reglamento (UE) 2021/241 o de los procedimientos relativos a las distorsiones del funcionamiento del mercado interior que puedan incoarse, en particular en virtud de los artículos 107 y 108 del Tratado. No exime a los Estados miembros de la obligación de notificar a la Comisión los posibles casos de ayudas estatales con arreglo al artículo 108 del Tratado.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Queda aprobada la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 19, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/241. En el anexo de la presente Decisión se establecen las reformas y los proyectos de inversión en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las disposiciones tomadas para el seguimiento y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y su correspondiente calendario, incluidos los hitos y objetivos pertinentes, los indicadores pertinentes en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos, y las disposiciones adoptadas para facilitar a la Comisión acceso completo a los correspondientes datos subyacentes.
Artículo 2
Contribución financiera
1.La Unión pondrá a disposición de España una contribución financiera en forma de ayuda no reembolsable por un importe de 69 512 589 611 EUR 14 . Se desembolsará un importe de 46 592 869 727 EUR para ser objeto de un compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. A reserva de la actualización prevista en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, que calcula un importe para España igual o superior a dicho importe, se desembolsará un importe adicional de 22 919 719 884 EUR para ser objeto de un compromiso jurídico desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
2.La Comisión pondrá a disposición de España la contribución financiera de la Unión en tramos de conformidad con el anexo. Se desembolsará un importe de 9 036 636 649 EUR en concepto de pago de prefinanciación, equivalente al 13 % de la contribución financiera. La Comisión podrá desembolsar la prefinanciación y los tramos en una o varias cuotas. La cuantía de las cuotas dependerá de la disponibilidad de financiación.
3.La prefinanciación se desembolsará a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241 y de conformidad con dicho acuerdo. La prefinanciación se liquidará mediante deducción proporcional del pago de los tramos.
4.El desembolso de los tramos de conformidad con el acuerdo de financiación estará supeditado a la disponibilidad de fondos y a una decisión de la Comisión, adoptada de conformidad con el artículo 24 del Reglamento (UE) 2021/241, en la que se acredite que España ha cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes determinados en relación con la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. A reserva de la entrada en vigor de los compromisos jurídicos a que se refiere el apartado 1, para poder optar al pago, los hitos y objetivos deberán alcanzarse a más tardar el 31 de agosto de 2026.
Artículo 3
Destinatario
El destinatario de la presente Decisión es el Reino de España.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
El Presidente
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.6.2021
COM(2021) 322 final
ANEXO
de la
Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
{SWD(2021) 147 final}
SECCIÓN 1: REFORMAS E INVERSIONES EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
1.Descripción de las reformas e inversiones
A. COMPONENTE 1: PLAN DE CHOQUE DE MOVILIDAD SOSTENIBLE, SEGURA Y CONECTADA EN ENTORNOS URBANOS Y METROPOLITANOS
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español trata cuestiones relativas a la calidad del aire, que afecta sobre todo a las mayores áreas metropolitanas y que en 2018 estuvo detrás de la muerte prematura de más de 20 000 personas en España. El objetivo general de las reformas e inversiones de este componente es lograr la transición a una movilidad urbana limpia, segura e inteligente. Los objetivos específicos de este componente son:
·acelerar la penetración de la movilidad eléctrica y la delimitación de zonas de bajas emisiones en todos los municipios de más de 50 000 habitantes y en las capitales de provincia;
·fomentar la movilidad activa, así como otras medidas para ayudar a reducir el uso de coches privados;
·impulsar la transformación digital y sostenible del sector del transporte público como verdadera alternativa a la utilización del vehículo privado;
·mejorar la calidad y fiabilidad de los servicios ferroviarios de corta distancia para aumentar su uso efectivo en entornos metropolitanos, en detrimento del vehículo privado;
·optimizar la gestión del tráfico y facilitar la toma de decisiones para promover una movilidad más limpia.
El componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de la inversión pública y privada y de la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020), al fomento de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019) y al refuerzo de la cooperación entre las Administraciones (recomendación específica por país 4 de 2019).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
A.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C1.R1): Plan de despliegue de la infraestructura de recarga y de impulso del vehículo eléctrico
El objetivo de esta medida es reforzar el marco operativo y normativo para facilitar el despliegue de las infraestructuras de recarga para el impulso del vehículo eléctrico.
La reforma consiste en la adopción del siguiente marco normativo, destinado a eliminar los obstáculos que dificultan actualmente la difusión de los puntos de recarga:
-un Real Decreto que regule los servicios de recarga de acceso público y garantice el funcionamiento adecuado y fiable de los puntos instalados;
-el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, que contribuye a acelerar la tramitación de las infraestructuras de recarga al otorgar la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga con potencia superior a 250 kW;
-la Orden TMA/178/2020, que reduce la carga administrativa para la aprobación y el despliegue de instalaciones de recarga eléctrica en las estaciones de servicio;
-una modificación del Código Técnico de la Edificación por la que se aumente el número mínimo de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos tanto en los aparcamientos residenciales como terciarios, para así satisfacer los requisitos mínimos de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios; y
-una modificación del Reglamento electrotécnico para baja tensión que incorpore obligaciones para las infraestructuras de recarga en los aparcamientos que no pertenezcan a un edificio.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.
Reforma 2 (C1.R2): Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte
El objetivo de esta medida, que se materializará por medio de una Ley, es proporcionar el marco normativo de base para la nueva política de movilidad en España, basada en la mejora de la sostenibilidad y la dimensión digital.
La Ley que se promulgue contemplará, como mínimo:
·La creación de un mecanismo de pago por el uso de las carreteras del Estado, que comenzará a funcionar a partir de 2024, con arreglo al principio de «quien contamina paga». El objetivo de esta medida es internalizar los costes externos del transporte por carretera, creando a tal fin incentivos para lograr una mayor eficiencia en este sector y propiciando una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
·Una serie de guías metodológicas y obligaciones aplicables a municipios y empresas de cierta envergadura para incentivar la ejecución de un plan de movilidad urbana sostenible y de planes de movilidad laboral sostenible, respectivamente.
·La creación de un mecanismo para aumentar el rigor en la planificación de infraestructuras en consonancia con las recomendaciones formuladas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), incorporando consideraciones sobre la sostenibilidad y el análisis de costes y beneficios sociales.
·La implantación de un sistema de financiación previsible del transporte urbano en los municipios estatales basado en criterios de distribución uniforme de los fondos estatales.
·La introducción de un sandbox regulatorio que facilite las innovaciones en el sector de la movilidad y el transporte y su implantación en el mercado.
·La mejora de la gobernanza en consonancia con las recomendaciones de la AIReF mediante la creación de: i) un sistema nacional de movilidad para fomentar la coordinación y la cooperación entre los tres niveles territoriales de la Administración competentes en materia de transporte y movilidad; ii) un consejo superior del transporte y la movilidad, como órgano de asesoramiento y debate en el que se definan las políticas de transporte y movilidad y tengan representación los sectores productivos, el mundo académico y la sociedad civil; y iii) una plataforma integrada de información sobre transporte y movilidad que compendie información de diferentes Administraciones y fuentes externas sobre transporte y movilidad que permita a las Administraciones optimizar la elaboración de las políticas públicas y mejorar su capacidad para responder a crisis y emergencias.
La medida se publicará en el BOE a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 1 (C1.I1): Zonas de bajas emisiones y transformación digital y sostenible del transporte urbano y metropolitano
El objetivo de esta medida es fomentar la transformación digital y sostenible de los servicios de transporte, con el objetivo de contribuir a reducir el uso de vehículos privados en entornos urbanos en un 35 % a más tardar en 2030. La medida también cubrirá los incentivos para la transición a flotas de transporte más limpias, tanto de viajeros como de mercancías, de las empresas que prestan servicios de transporte. Esta inversión será ejecutada por las Entidades Locales, las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).
Los proyectos de inversión que emprenderán las Comunidades Autónomas podrán referirse a: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa, incluidos carriles peatonales e infraestructuras ciclistas; e) el incentivo de la penetración en España de tecnologías de cero emisiones en el ámbito del transporte; f) aparcamientos disuasorios a las afueras de dichos municipios y capitales de provincia que reduzcan el tráfico en el centro urbano; y g) la ampliación o actualización de la red de transporte ferroviario (metro o tren); h) proyectos de digitalización, siempre que sean complementarios a medidas que redunden en el fomento de un transporte más sostenible, como, por ejemplo, la implantación de sistemas digitales públicos de información en tiempo real sobre los servicios de transporte, implantación de proyectos de movilidad como servicio, proyectos de mejora del ticketing intermodal o interservicio y proyectos de ayuda a la gestión de la movilidad y el tráfico, y el análisis de la información para mejorar la eficiencia del sistema de transporte; y i) cualquier otro proyecto que: 1) suponga una mejora en la calidad del aire, especialmente en zonas urbanas; 2) facilite la reducción de necesidad de uso de vehículo privado en zonas urbanas y metropolitanas; 3) suponga un incremento de uso de transporte público; y 4) incentive la movilidad activa y saludable.
Los proyectos de las Entidades Locales consistirán en, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa.
Esta ayuda se asignará a municipios de más de 50 000 habitantes y a capitales de provincia y, en determinadas condiciones, también podrá asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes.
Los proyectos de inversión del MITMA se centrarán en la humanización y la organización del tráfico en las carreteras urbanas de su ámbito. Las inversiones contribuirán a fomentar la movilidad de los peatones y ciclistas y otras nuevas formas de movilidad (patinetes) o a reducir los espacios para automóviles y la velocidad de los vehículos, con el objetivo de reducir tanto las emisiones atmosféricas como la contaminación acústica.
Los incentivos para transformar las flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas consistirán en las siguientes líneas de ayuda: a) ayudas para la adquisición de vehículos de pasajeros y mercancías de cero emisiones y de bajas emisiones; b) ayudas para el despliegue de infraestructuras de repostaje para vehículos comerciales con combustibles alternativos (electricidad, gas natural licuado o «GNL», gas natural comprimido o «GNC» y biometano); c) ayudas a las empresas para la adquisición o adaptación de remolques y semirremolques al transporte intermodal; y d) ayudas a las empresas para el desguace de vehículos antiguos.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, el apoyo a la línea de ayuda a) solo cubrirá los autobuses «de plataforma baja» eléctricos y de hidrógeno (categorías M2 y M3; autobuses urbanos y suburbanos por lo general); los autobuses de «plataforma alta», inclusive los de GNL/GNC, los híbridos, los híbridos y los de hidrógeno, conformes con EURO VI-E (categorías M2 y M3; autocares interurbanos por lo general); y los camiones de cero emisiones 1 , de bajas emisiones 2 y de GNL/GNC que funcionan con biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa 3 . En cuanto a la línea de ayuda b), la infraestructura de repostaje de vehículos comerciales cumplirá las condiciones para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa 4 .
Los criterios de selección garantizarán que al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 2 195 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las inversiones de esta medida estarán terminadas a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
Inversión 2 (C1.I2): Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electro movilidad, recarga e hidrógeno verde
Esta medida tiene por objeto apoyar el cumplimiento del Marco de Acción Nacional de Energías Alternativas en el Transporte, acelerar la ejecución del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y apoyar la cohesión territorial mediante la electrificación de la movilidad en las zonas rurales. La inversión se articula en diferentes regímenes de ayuda que incentivarán la adquisición del vehículo eléctrico y el vehículo con pila de combustible, fomentando al mismo tiempo proyectos singulares de innovación relacionados con la cadena de valor de la electromovilidad y la renovación del parque automovilístico en general, incluida la explotación de la tecnología del hidrógeno verde. La inversión también incluirá la instalación de puntos de recarga públicos en zonas residenciales, así como en la red nacional de carreteras. Los criterios de selección utilizados en las convocatorias de propuestas para asignar las ayudas serán: i) la reducción del impacto medioambiental, ii) la viabilidad económico-técnica, iii) el nivel de desarrollo e innovación tecnológicos, iv) la reproducibilidad y extensibilidad, v) la generación de empleo directo e indirecto ligada al proyecto, y vi) repercusión en la cadena de valor y sinergia con otros sectores, sobre todo el industrial.
La inversión estará terminada a más tardar el 31 de agosto de 2025.
Inversión 3 (C1.I3): Actuaciones de mejora de la calidad y fiabilidad en el servicio de Cercanías
El objetivo de esta medida es mejorar el atractivo y la accesibilidad de la red de Cercanías, para que se convierta en la columna vertebral de la movilidad en las zonas urbanas y sustituya al vehículo privado en las áreas metropolitanas. Los proyectos serán ejecutados por ADIF y RENFE.
ADIF realizará inversiones de infraestructura en los ferrocarriles de la red de Cercanías, incluidas la renovación de vías, la actualización de estaciones y la mejora del sistema de electrificación y la señalización. Además, RENFE será responsable de las inversiones de modernización de la gestión del transporte ferroviario público. Las inversiones se canalizarán principalmente en cinco ejes: a) digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones; b) sistemas de información a los pasajeros; c) mejora del control del acceso; d) adaptación de las máquinas expendedoras a las nuevas tecnologías; y e) acondicionamiento de las instalaciones en las estaciones de la red de Cercanías.
La implementación estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
A.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
1 |
C1.R1 |
Hito |
Orden TMA/178/2020 y Real Decreto-ley 23/2020 |
Disposición de la Orden y del Real Decreto-ley por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
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Q4 |
2020 |
Entrada en vigor de: i) la Orden TMA/178/2020, que reduce la carga administrativa de la instalación de puntos de recarga eléctrica en las estaciones de servicio y define el tiempo necesario para la retirada de las instalaciones, ii) el Real Decreto-ley 23/2020, de junio de 23, que otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga con potencia superior a 250 kW con el fin acelerar el despliegue de este tipo de instalaciones. |
2 |
C1.R1 |
Hito |
Modificación del Código Técnico de la Edificación (pendiente de confirmación) y del Reglamento electrotécnico para baja tensión y aprobación de un Real Decreto para regular los servicios públicos de recarga. |
Disposición del Código, del Reglamento y del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q2 |
2022 |
Entrada en vigor de: i) modificaciones del Código Técnico de la Edificación (pendientes de confirmación) que dispongan: a) la obligación de prever la preinstalación de puntos de recarga en el 100 % de las nuevas plazas de aparcamiento en edificios residenciales y el 20 % de las nuevas plazas de aparcamiento en edificios comerciales y de otro tipo, b) la obligación de instalar un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento nuevas (y uno por cada 20 plazas de aparcamiento en los edificios de la Administración General del Estado) y c) la obligación de que los aparcamientos no residenciales ya existentes de más de 20 plazas de aparcamiento se adapten al requisito anterior (es decir, instalar un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento) a más tardar en 2023; ii) modificaciones del Reglamento electrotécnico para baja tensión que incorporen obligaciones para las infraestructuras de recarga en los aparcamientos que no pertenezcan a un edificio; y iii) un Real Decreto que regule los servicios públicos de recarga, incluida la relación de quienes participan en la prestación del servicio (operadores de puntos de recarga y prestadores de servicios de movilidad eléctrica), y que establezca sus derechos y obligaciones. |
3 |
C1.R2 |
Hito |
Promulgación de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte |
Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q4 |
2023 |
Entrada en vigor de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte para mejorar la planificación, la coordinación y la eficiencia de las políticas de transporte público, apoyar la digitalización del transporte y el uso del transporte público y establecer un sistema de financiación para la conservación y el mantenimiento de las infraestructuras públicas y que internalice los costes medioambientales. |
4 |
C1.I1 |
Objetivo |
Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible. |
|
En millones EUR |
0 |
400 |
Q4 |
2022 |
Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos relacionados con adquisiciones por parte de municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Los criterios de selección garantizarán que, del objetivo presupuestario total de 1 500 000 000 EUR, al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 1 190 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
5 |
C1.I1 |
Objetivo |
Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por las Comunidades Autónomas de al menos 900 millones EUR destinado a fomentar la movilidad sostenible. |
En millones EUR |
0 |
900 |
Q4 |
2023 |
Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos asociados a adquisiciones por parte de las Comunidades Autónomas. Los proyectos y subvenciones adjudicados y las adquisiciones realizadas por las Comunidades Autónomas deberán: 1) contribuir a fomentar la movilidad sostenible proporcionando subvenciones a empresas privadas para: a) desguazar los vehículos pesados antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano); las subvenciones deben concederse con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); o 2) contribuir a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia apoyando a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa; e) el incentivo de la penetración en España de tecnologías de cero emisiones en el ámbito del transporte; f) aparcamientos disuasorios a las afueras de dichos municipios y capitales de provincia que reduzcan el tráfico en el centro urbano; g) la ampliación o actualización de la red de transporte ferroviario (metro o tren); h) proyectos de digitalización, siempre que sean complementarios a medidas que redunden en el fomento de un transporte más sostenible, como, por ejemplo, la implantación de sistemas digitales públicos de información en tiempo real sobre los servicios de transporte, implantación de proyectos de movilidad como servicio, proyectos de mejora del ticketing intermodal o interservicio y proyectos de ayuda a la gestión de la movilidad y el tráfico, y el análisis de la información para mejorar la eficiencia del sistema de transporte; y i) cualquier otro proyecto que: 1) suponga una mejora en la calidad del aire, especialmente en zonas urbanas; 2) facilite la reducción de necesidad de uso de vehículo privado en zonas urbanas y metropolitanas; 3) suponga un incremento de uso de transporte público; y 4) incentive la movilidad activa y saludable. Los criterios de selección garantizarán que al menos 900 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
|
6 |
C1.I1 |
Objetivo |
Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas |
Número |
0 |
25 |
Q4 |
2023 |
Al menos 25 proyectos de fomento de la movilidad sostenible finalizados, en 150 zonas urbanas o metropolitanas de más de 50 000 habitantes y, en determinadas condiciones, en zonas urbanas de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Son proyectos de fomento de la movilidad sostenible los siguientes: i) Proyectos desarrollados por municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenibles en municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán concederse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Un proyecto es un conjunto de actividades definidas, interrelacionadas y coordinadas, realizadas con un objetivo común dentro de determinados plazos y límites presupuestarios, para las que se solicita una subvención. Un municipio puede desarrollar más de un proyecto. ii) Proyectos de fomento de la movilidad sostenible en zonas urbanas y metropolitanas desarrollados por las Comunidades Autónomas. Concierne a las tipologías a) a i) especificadas en la inversión 1 del componente 1. Las zonas urbanas y metropolitanas se definen como municipios con más de 50 000 habitantes, capitales de provincia y, en determinadas condiciones, municipios de más de 20 000 habitantes. Cada Comunidad Autónoma puede desarrollar más de un proyecto. iii) Proyectos de subvención a empresas privadas para: a) desguazar vehículos antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano). Deben subvencionarse al menos 8 500 vehículos pesados o puntos de repostaje para considerar que se ha finalizado un proyecto de fomento de la movilidad sostenible. Las subvenciones deben concederse de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). |
|
7 |
C1.I1 |
Objetivo |
Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible. |
|
En millones EUR |
400 |
1 500 |
Q4 |
2024 |
Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos relacionados con adquisiciones por parte de municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Los criterios de selección garantizarán que al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 1 190 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2022). |
8 |
C1.I1 |
Objetivo |
Adjudicación en proyectos de mejora de nuevas formas de movilidad en las carreteras estatales. |
|
En millones EUR |
0 |
105 |
Q4 |
2024 |
Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación por parte del MITMA de al menos 105 millones EUR en proyectos de mejora de las carreteras estatales en las zonas urbanas. Los proyectos consistirán en la construcción de nuevos carriles bici, la ampliación de las zonas peatonales, la reducción de las zonas de aparcamiento o la mejora de la seguridad en los cruces. |
9 |
C1.I1 |
Objetivo |
Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas |
|
Número |
25 |
280 |
Q4 |
2025 |
Al menos 280 proyectos de fomento de la movilidad sostenible finalizados en zonas urbanas y metropolitanas, para contribuir a la movilidad sostenible en 150 zonas urbanas o metropolitanas de más de 50 000 habitantes y, en determinadas condiciones, en zonas urbanas de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Son proyectos de fomento de la movilidad sostenible los siguientes: i) Proyectos desarrollados por municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenibles en municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán concederse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Un proyecto es un conjunto de actividades definidas, interrelacionadas y coordinadas, realizadas con un objetivo común dentro de determinados plazos y límites presupuestarios, para las que se solicita una subvención. Un municipio puede desarrollar más de un proyecto. ii) Proyectos de fomento de la movilidad sostenible en zonas urbanas y metropolitanas desarrollados por las Comunidades Autónomas. Concierne a las tipologías a) a i) especificadas en la inversión 1 del componente 1. Las zonas urbanas y metropolitanas se definen como municipios con más de 50 000 habitantes, capitales de provincia y, en determinadas condiciones, municipios de más de 20 000 habitantes. Cada Comunidad Autónoma puede desarrollar más de un proyecto. iii) Proyectos de subvención a empresas privadas para: a) desguazar vehículos antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano). Deben subvencionarse al menos 3 000 vehículos pesados o puntos de repostaje o de recarga para considerar que se ha finalizado un proyecto de fomento de la movilidad sostenible. Las subvenciones deben concederse de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
10 |
C1.I1 |
Objetivo |
Carreteras estatales mejoradas en zonas urbanas para fomentar nuevas tipos de movilidad |
|
Número |
0 |
34 |
Q4 |
2025 |
Al menos 34 carreteras estatales mejoradas mediante la construcción de nuevos carriles bici, la ampliación de las zonas peatonales, la reducción de las zonas de aparcamiento o la mejora de la seguridad en los cruces. Esta inversión la emprenderá el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en las carreteras de su competencia en zonas urbanas. |
11 |
C1.I2 |
Objetivo |
Adjudicación de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad |
|
En millones EUR |
0 |
250 |
Q2 |
2023 |
Publicación en el BOE de la concesión de al menos 250 millones EUR en convocatorias de apoyo a proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad. Los criterios de selección utilizados en las convocatorias de propuestas para asignar las ayudas serán: i) la reducción del impacto medioambiental, ii) la viabilidad económico-técnica, iii) el nivel de desarrollo e innovación tecnológicos, iv) la reproducibilidad y extensibilidad, v) la generación de empleo directo e indirecto ligada al proyecto, y vi) repercusión en la cadena de valor y sinergia con otros sectores, sobre todo el industrial. |
12 |
C1.I2 |
Objetivo |
Vehículos eléctricos y puntos de recarga desplegados |
|
Número |
0 |
238 000 |
Q4 |
2023 |
Al menos 238 000 vehículos eléctricos (vehículos eléctricos a batería, vehículos eléctricos de autonomía extendida, vehículos híbridos enchufables y vehículos eléctricos de hidrógeno) y puntos de recarga subvencionados. |
13 |
C1.I2 |
Objetivo |
Finalización de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad |
|
Número |
0 |
85 |
Q4 |
2025 |
Finalización de al menos 85 proyectos en el marco del programa de ayudas MOVES Proyectos Singulares. |
14 |
C1.I3 |
Objetivo |
Líneas ferroviarias de Cercanías |
|
Número (en km) |
0 |
200 |
Q4 |
2023 |
Al menos 200 km de líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas en el marco de alguno de los subsistemas siguientes: andenes, vías, electrificación, seguridad e comunicaciones/señalización. La longitud de las líneas ferroviarias de Cercanías que se actualicen debe interpretarse como el tramo situado en zonas urbanas o metropolitanas en el que se haya llevado a cabo una intervención significativa que no represente todo lo que se ha de realizar o reparar. Las intervenciones podrán consistir en electrificación, renovación de vías, mejora de los sistemas de señalización y seguridad y mejoras en las estaciones que vayan más allá del mantenimiento y las reparaciones, y se ejecutarán en el territorio nacional en todos los centros de población a los que llegue la red de Cercanías. |
15 |
C1.I3 |
Objetivo |
Estaciones mejoradas con la digitalización |
|
Número |
0 |
420 |
Q4 |
2023 |
Al menos 420 estaciones mejoradas con la totalidad o parte de los proyectos desarrollados por RENFE como operador de operaciones comerciales especializadas, enumerados a continuación: • Digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones (como análisis inteligente de vídeos, ciberseguridad y control del fraude) • Sistema de información al pasajero • Mejora del control del acceso a las estaciones • Proyectos de máquinas de venta de billetes • Adaptación de instalaciones |
16 |
C1.I3 |
Objetivo |
Estaciones de Cercanías mejoradas |
|
Número |
0 |
20 |
Q4 |
2023 |
Al menos 20 estaciones de Cercanías mejoradas por ADIF, principalmente en términos de obras de accesibilidad y vías férreas nuevas o renovadas. |
17 |
C1.I3 |
Objetivo |
Presupuesto acumulado concedido para inversiones en líneas ferroviarias de corta distancia. |
|
En millones EUR |
0 |
1 619 |
Q4 |
2024 |
Publicación en el BOE de la presupuesto acumulado concedido para inversiones en líneas ferroviarias de corta distancia; al menos: 1 619 000 000 EUR |
18 |
C1.I3 |
Objetivo |
Líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas |
|
Número (en km) |
200 |
700 |
Q2 |
2026 |
Al menos 700 km de líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas en el marco de alguno de los subsistemas siguientes: andenes, vías, electrificación, seguridad e comunicaciones/señalización. La longitud de las líneas ferroviarias de Cercanías que se actualicen debe interpretarse como el tramo situado en zonas urbanas o metropolitanas en el que se haya llevado a cabo una intervención significativa que no represente todo lo que se ha de realizar o reparar. Las intervenciones podrán consistir en electrificación, renovación de vías, mejora de los sistemas de señalización y seguridad y mejoras en las estaciones que vayan más allá del mantenimiento y las reparaciones, y se ejecutarán en el territorio nacional en todos los centros de población a los que llegue la red de Cercanías. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
19 |
C1.I3 |
Objetivo |
Estaciones mejoradas con la digitalización |
|
Número |
420 |
850 |
Q2 |
2026 |
Al menos 850 estaciones mejoradas con la totalidad o parte de los proyectos desarrollados por RENFE como operador de operaciones comerciales especializadas, enumerados a continuación: • Digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones (como análisis inteligente de vídeos, ciberseguridad y control del fraude) • Sistema de información al pasajero • Mejora del control del acceso a las estaciones • Proyectos de máquinas de venta de billetes • Adaptación de instalaciones (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
20 |
C1.I3 |
Objetivo |
Estaciones de Cercanías mejoradas |
|
Número |
20 |
70 |
Q2 |
2026 |
Al menos 70 estaciones de Cercanías mejoradas por ADIF, principalmente en términos de obras de accesibilidad y vías férreas nuevas o renovadas. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
B. COMPONENTE 2: Implementación de la Agenda Urbana Española: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español tratará la rehabilitación energética del parque edificado, su descarbonización y la mejora de su calidad y comodidad. También tratará cuestiones como las viviendas de alquiler social: aumentará el parque de vivienda en alquiler social y velará por una recuperación más justa e inclusiva. Además, el componente trata de hacer frente a la pobreza energética mediante las ayudas para el alquiler de viviendas sociales o a precio asequible. Se incluyen asimismo actividades de digitalización. Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la aplicación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España, que prevé la renovación de 1 200 000 edificios residenciales a más tardar en 2030 y de los sistemas de calefacción y refrigeración de una media de 300 000 edificios residenciales al año. En este contexto, España propone:
a)desarrollar y ejecutar medidas de reforma, incluida la Agenda Urbana Española, la estrategia española a largo plazo de rehabilitación energética, una Ley de Vivienda, una Ley de Calidad de la Arquitectura y del Entorno Construido y la creación de una ventanilla única para la rehabilitación de edificios;
b)rehabilitar al menos 355 000 viviendas unifamiliares como parte de al menos 510 000 actuaciones de rehabilitación, al menos 600 hectáreas de zonas urbanas, un equivalente de al menos 40 000 edificios residenciales y 690 000 m² de edificios no residenciales, al menos 26 000 edificios residenciales en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes y al menos 1 230 000 m² de edificios públicos a más tardar en 2026, con un ahorro medio de energía primaria de más del 30 %, en particular renovando y mejorando los sistemas de calefacción y refrigeración;
c)construir al menos 20 000 viviendas nuevas para alquiler social a precios asequibles con una demanda de energía primaria al menos un 20 % inferior a los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo; y
d)ejecutar al menos 100 proyectos piloto locales que apoyen la eficiencia energética y la implementación de la Agenda Urbana Española.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2019) y, en particular, las mejoras de la eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2020). También mejora el apoyo a las familias (recomendación específica por país 2 de 2019 y 2 de 2020) y ayuda anticipar los fondos para aplicar proyectos de inversión pública en fase avanzada y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
B.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C2.R1): Implementación de la Agenda Urbana Española y su plan de acción
El objetivo de esta medida es la elaboración y aprobación de la Agenda Urbana Española, que será un documento estratégico y no normativo que integrará la sostenibilidad en las políticas de desarrollo urbano. También será un método de trabajo que guíe a todas las partes interesadas públicas y privadas para lograr un desarrollo equitativo, justo y sostenible en sus zonas concretas y servir a la Administración local, las ciudades y los pueblos, independientemente de su población, como herramienta con una perspectiva estratégica, integrada y global, tal como exigen la agenda urbana para la UE y la Nueva Carta de Leipzig.
La Agenda Urbana Española incluirá un diagnóstico de las deficiencias y las dificultades a las que se enfrentan las ciudades y pueblos españoles, con el fin de lograr un desarrollo urbano sostenible desde el punto de vista medioambiental, socialmente cohesivo y económicamente viable. Incluirá un marco estratégico estructurado en torno a los diez objetivos estratégicos siguientes: problemas demográficos; medioambientales; económicos y sociales, la situación del parque inmobiliario, su vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, su alta dependencia del turismo y todos los riesgos relacionados con la contaminación.
La Agenda Urbana también incluirá un plan de acción específico para la Administración General del Estado e incluirá directrices para apoyar a las Entidades Locales en la elaboración de sus propios planes de acción locales de acuerdo con la metodología propuesta por la Administración General del Estado, comprometiéndose a mejorar las gobernanzas pública y público-privada. La inversión 6 complementará esta reforma apoyando la elaboración de al menos 100 planes de acción locales.
Como parte de la Agenda Urbana Española y para dar cumplimiento a la Directiva (UE) 2018/844, relativa a la eficiencia energética de los edificios y a la eficiencia energética, España establecerá una estrategia a largo plazo para apoyar la renovación de los parques nacionales de edificios residenciales y no residenciales. Comprenderá edificios privados y públicos y tiene por objetivo lograr un inmobiliario con alta eficiencia energética y descarbonizado antes de 2050, facilitando la transformación económicamente rentable de los edificios existentes en edificios de consumo de energía casi nulo.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2020.
Reforma 2 (C2.R2): Actualización de 2020 de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE) y su plan de acción
El objetivo de esta medida es la implementación de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE). Esto incluirá acciones para preparar, debatir en grupos de trabajo específicos, aprobar y difundir el documento estratégico del plan de acción de la ERESEE. El plan de acción se ajustará a las actuaciones incluidas en la ERESEE. Con el fin de implementar la ERESEE, se crearán varios grupos de trabajo con el fin de elaborar recomendaciones claras para la ejecución del plan de acción de rehabilitación y regeneración urbanas. Se publicarán informes con las recomendaciones de los grupos de trabajo.
En la parte III de la ERESEE, «Implementación», la ERESEE incluirá un conjunto de actuaciones, que supondrán un conjunto de reformas como parte de una hoja de ruta que promueva la rehabilitación y renovación urbanas y fomente las transiciones ecológica y digital. La hoja de ruta se estructurará en torno a once ejes y actuaciones destinados a mejorar la gobernanza, la normativa y la financiación. Esta hoja de ruta se incluirá en el documento estratégico como paso principal hacia la implementación de la ERESEE. Destacan especialmente:
·la rehabilitación los edificios de la Administración Pública (en consonancia con el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español);
·las medidas de financiación aspectos susceptibles de mejora, incluidos nuevos impuestos favorables a la rehabilitación, tanto en el sector residencial como en el terciario;
·el fomento y movilización de la financiación privada;
·la lucha contra la pobreza energética;
·el despliegue de un nuevo modelo energético en el sector de la construcción para fomentar las energías renovables en los edificios;
·la activación y agregación de la demanda de rehabilitación;
·la mejora de las condiciones en el lado de la oferta impulsando la modernización del sector de la rehabilitación a través de la I+D+i, la digitalización, la supervisión, la mejor de las capacidades y la formación;
·la información a los ciudadanos y a las empresas y el intercambio de buenas prácticas entre las Administraciones; y
·el desarrollo de estadísticas e indicadores para supervisar las actuaciones financiadas con fondos públicos, de modo que puedan evaluarse adecuadamente las políticas públicas.
Este documento estratégico permitirá la implementación del ERESE, en el marco de la Agenda Urbana española, integrando las distintas Administraciones (central, regional y local).
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2023.
Reforma 2 (C2.R3): Ley de Vivienda
El objetivo de esta medida es introducir, a través de la Ley de la Vivienda, una regulación pionera en España de los distintos instrumentos públicos de planificación, programación y colaboración existentes para apoyar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Tratará la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, tanto públicas como privadas, y la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran, con el fin de mejorar la calidad de vida. Se propone lograr un objetivo numérico suficiente de viviendas para alquilar a precios asequibles.
La Ley regulará diversos instrumentos de planificación, programación y colaboración para garantizar el cumplimiento del derecho a una vivienda digna y adecuada e incluirá, como una de sus prioridades, la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, así como la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran.
Además, fomentará un aumento de la oferta de viviendas asequibles y sociales velando por el cumplimiento de los requisitos actualmente establecidos para los edificios de consumo de energía casi nulo de acuerdo con el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación e impedirá que se adopten medidas que puedan obstaculizar la oferta de vivienda a medio plazo.
La ejecución de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.
Reforma 3 (C2.R4): Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido y nueva estrategia nacional de arquitectura
El objetivo de esta Ley es declarar la calidad de la arquitectura y los edificios como bien de interés general para la mejora de la calidad de vida, fomentar las raíces sociales de la arquitectura, promover el desarrollo sostenible de las zonas urbanas y los núcleos urbanos, contribuir al desarrollo económico y social y salvaguardar el patrimonio cultural y natural.
Para ello, articulará diversas iniciativas y actuaciones estrechamente relacionadas con los programas de rehabilitación y regeneración de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español. En particular, dispondrá: i) medidas de cooperación interadministrativa en el ámbito de la contratación pública de proyectos y obras de arquitectura, ingeniería y urbanismo; ii) herramientas para difundir buenas prácticas y formación, prestar ayuda y propiciar asociaciones público-privadas; y iii) el fomento de la rehabilitación desde una perspectiva integral, como la descrita anteriormente.
La ejecución de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.
Reforma 4 (C2.R5): Oficinas de Rehabilitación («ventanilla única»)
El objetivo de esta medida es promover y ampliar las oficinas locales de rehabilitación establecidas en algunos municipios para acompañar a los hogares y las comunidades de propietarios en el proceso sumamente complejo de rehabilitar un edificio residencial.
A tal fin, esta medida seguirá fomentando y extendiendo este enfoque mediante el establecimiento de un proceso que garantice una colaboración y cooperación eficaces entre las Administraciones central, regionales y locales. Para ello se reforzará la coordinación de todas las ayudas públicas (a nivel central, regional o local). Todos los niveles de la Administración participarán en estas ventanillas únicas para maximizar la eficacia de las actuaciones de rehabilitación.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.
Reforma 5 (C2.R6): Mejora de la financiación de las actuaciones de rehabilitación
El objetivo de esta medida es solucionar uno de los principales impedimentos al inicio de las actuaciones de rehabilitación, a saber, el acceso a la financiación en condiciones favorables. Para obtener la aprobación de un préstamo de renovación es necesario, en ocasiones, conceder un préstamo personal a cada uno de los propietarios de un edificio. Esto ha supuesto un obstáculo para la rehabilitación integral y completa de los edificios.
Para tratar esta cuestión, la medida:
·establece una nueva línea de garantía ICO para cubrir parcialmente el riesgo de los préstamos concedidos por entidades financieras privadas para la rehabilitación de edificios residenciales;
·promueve la adopción de disposiciones normativas específicas, incluida la reforma de la Ley sobre propiedad horizontal, para mejorar el acceso de las comunidades de propietarios a la financiación; y
·fomentar la implantación de la financiación ecológica por parte de las entidades financieras.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.
Inversión 1 (C2.I1): Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales
El objetivo de esta medida es apoyar las renovaciones de eficiencia energética en edificios residenciales y barrios. En el marco de esta medida se ejecutarán al menos 510 000 acciones de renovación en al menos 355 000 viviendas únicas, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. Se apoyarán las actuaciones siguientes:
a)Un programa de apoyo a las renovaciones energéticas en los barrios, mediante la concesión de subvenciones y otras ayudas; la media será de 20 000 EUR por vivienda. El programa renovará al menos 600 hectáreas de suelo urbano, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. Se incluyen actuaciones como la mejora de la eficiencia energética, el despliegue de infraestructuras para la movilidad eléctrica, la mejora de la accesibilidad de los edificios y la eliminación de sustancias peligrosas. Un máximo del 15 % de la medida se dedicará a mejoras en los barrios, como la mejora de la iluminación exterior, los carriles para bicicletas, las infraestructuras verdes y el alcantarillado, teniendo en cuenta las características socioeconómicas del barrio.
b)Un programa de apoyo a las renovaciones energéticas en los edificios residenciales, mediante la concesión de subvenciones; la media será de 15 000 EUR por vivienda. La ayuda será mayor para los hogares con renta baja y para las actuaciones en las que la reducción de la demanda de energía primaria sea mayor. Se incluyen actuaciones como la mejora de la eficiencia energética, el despliegue de infraestructuras para la movilidad eléctrica, la mejora de la accesibilidad de los edificios y la eliminación de sustancias peligrosas.
c)Un conjunto de actuaciones tratará los incentivos para la renovación energética. Integran estas, entre otras actuaciones, i) la posibilidad de deducirse del IRPF las renovaciones si se logra una reducción de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, y ii) la mejora del marco de financiación mediante el fomento de asociaciones público-privadas.
Mediante Real Decreto se establecerán los requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % de la demanda de energía primaria. Las modificaciones del IRPF se aprobarán mediante Real Decreto-ley y tendrán por objeto definir los incentivos fiscales para las renovaciones de edificios con el fin de mejorar la eficiencia energética.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C2.I2): Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes
El objetivo de esta medida es construir al menos 20 000 viviendas nuevas para alquiler social o a precio asequible que cumplan los criterios de eficiencia energética. Estas se construirán, en particular, en zonas en las que la vivienda social es actualmente insuficiente y en predios de dominio público.
La demanda de energía primaria de las viviendas sociales será como mínimo un 20 % inferior a los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo. A tal efecto, mediante Real Decreto se establecerán los requisitos técnicos para limitar el valor de la demanda de energía primaria al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 3 (C2.I3): Programa de rehabilitación energética de edificios (PREE)
El objetivo de esta medida es apoyar la rehabilitación energética del equivalente a un mínimo de 40 000 edificios residenciales y 690 000 m² de edificios no residenciales, mediante mejoras de la eficiencia energética y la incorporación de las energías renovables. El programa solo apoya las energías renovables, excluidos los combustibles fósiles, proporciona una mayor ayuda a las comunidades de energía y permite la prefinanciación de las actuaciones de renovación. Las actuaciones específicas abarcan la mejora de la eficiencia energética mediante el aislamiento térmico, el uso de energías renovables en los sistemas de calefacción y refrigeración y la mejora del sistema de iluminación. Se prevé un criterio de admisibilidad: debe lograrse una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 4 (C2.I4): Programa de regeneración y reto demográfico
El objetivo de esta medida es apoyar la renovación de edificios en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes. Entre las actuaciones figuran la mejora de la eficiencia energética de los edificios, los equipos e infraestructuras públicos, la generación y el consumo de energías renovables, el autoconsumo y las comunidades locales de energía de propietarios, y la movilidad sostenible (como las estaciones de recarga eléctrica). Se llevarán a cabo dos tipos de actuaciones:
a)En lo que respecta a la eficiencia energética, se llevarán a cabo al menos 26 000 renovaciones energéticas en edificios residenciales, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética.
b)Al menos 250 proyectos singulares de energía limpia se ejecutarán mediante licitaciones o inversiones de las Entidades Locales en los ámbitos siguientes: i) instalación de electricidad o calefacción y refrigeración renovables en edificios o infraestructuras públicos (incluido al menos un 80 % de autoconsumo); ii) renovaciones energéticas de edificios o infraestructuras públicos (con un ahorro de energía primaria de al menos el 30 %, acreditada mediante certificados de eficiencia energética); iii) movilidad sostenible (proyectos de cambio modal o electromovilidad); iv) reducción de la contaminación lumínica mediante la mejora de la iluminación pública; y v) comunidad local de energía u otros proyectos dirigidos por las comunidades locales en estos municipios.
A tal fin, se publicarán en el BOE las bases y la convocatoria de ayudas a la inversión extendidas a las Entidades Locales.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 5 (C2.I5): Programa de impulso a la rehabilitación de edificios públicos (PIREP)
El objetivo de esta medida es apoyar las renovaciones energéticas de edificios públicos y, en particular, en la Administración Pública, la educación, la asistencia social, el deporte, la salud, la cultura y los servicios públicos. Se rehabilitarán al menos 1 230 000 m² de edificios públicos, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. La medida apoya: i) mejoras en el uso del agua, los materiales, la gestión de residuos y la adaptación al cambio climático; ii) mejoras en la accesibilidad de los edificios; iii) la eliminación de sustancias peligrosas y la mejora de la calidad del aire en interiores; y iv) la conservación de edificios.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 6 (C2.I6): Programa de ayudas para la elaboración de proyectos piloto de planes de acción local de la Agenda Urbana Española
El objetivo de esta medida es apoyar a las Entidades Locales a logar los diez objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Española mediante la aprobación de al menos 100 planes de acción locales. Los diez objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Española son los siguientes: i) planificar el uso del suelo y usarlo de forma más racional, conservarlo y protegerlo; ii) evitar la expansión urbana y revitalizar las ciudades existentes; iii) prevenir y reducir los efectos del cambio climático y la resiliencia; iv) utilizar de forma sostenible los recursos y fomentar la economía circular; v) fomentar la proximidad y la movilidad sostenible; vi) fomentar la cohesión social y la igualdad; vii) fomentar y promocionar la economía urbana; viii) garantizar el acceso a la vivienda; ix) liderar y promover la innovación digital; y x) mejorar los instrumentos de participación y gobernanza.
La medida: i) servirá de paradigma y guía para otras Entidades Locales a la hora de elaborar sus propios planes de acción; ii) ejecutar la Agenda Urbana Española con planes de acción a nivel local; y iii) ejecutar proyectos concretos como parte de los planes de acción locales para poner de relieve el potencial de la Agenda Urbana Española. La ayuda se concede mediante licitación, dirigida, en particular, a proyectos transversales e integrados con una visión estratégica, y a través de un modelo de gobernanza que garantice la mayor participación posible.
Las inversiones de esta medida estarán terminadas a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
B.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
21 |
C2.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la Agenda Urbana Española y de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España. |
Publicación en el BOE. |
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|
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Q2 |
2020 |
Entrada en vigor de la Agenda Urbana Española, como política urbana nacional que garantizará una planificación estratégica integrada y global de las ciudades y los pueblos, y la actualización de 2020 de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE). El objetivo de la ERESEE es hacer un diagnóstico del parque inmobiliario en España y eliminar obstáculos y generar nuevos enfoques para impulsar la renovación de edificios, fomentar la inversión en el sector, aumentar el ahorro energético y reducir las emisiones de carbono en consonancia con los objetivos climáticos. |
21bis |
C2.R2 |
Hito |
Publicación de recomendaciones de los grupos de trabajo para la implementación de la ERESEE. |
Publicación de las recomendaciones de los grupos de trabajo. |
Q2 |
2023 |
Publicación de recomendaciones pormenorizadas de los grupos de trabajo para implementar la actualización de 2020 de la ERESEE. El objetivo de la ERESEE es hacer un diagnóstico del parque inmobiliario en España y eliminar obstáculos y generar nuevos enfoques para impulsar la renovación de edificios, fomentar la inversión en el sector, aumentar el ahorro energético y reducir las emisiones de carbono en consonancia con los objetivos climáticos. Con el fin de implementar la ERESEE, se crearán varios grupos de trabajo con el fin de elaborar recomendaciones claras para la ejecución del plan de acción de rehabilitación y regeneración urbanas. Las recomendaciones pormenorizadas incluirán una hoja de ruta y guías metodológicas para cada medida que deba realizarse, dirigidas a todos los interlocutores implicados (Administración pública, partes interesadas, etc.). |
|||
22 |
C2.R3 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Vivienda, incluidas acciones de apoyo al aumento de la oferta de viviendas que cumplan los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo. |
Disposición de la Ley de Vivienda por la que se establece su entrada en vigor. |
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Q3 |
2022 |
La Ley de Vivienda regulará diversos instrumentos de planificación, programación y colaboración para garantizar el cumplimiento efectivo del derecho a una vivienda digna y adecuada e incluirá, como una de sus prioridades, la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, así como la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran. Fomentará un aumento de la oferta de viviendas asequibles y sociales velando por el cumplimiento de los requisitos actualmente establecidos para los edificios de consumo de energía casi nulo de acuerdo con el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación. |
23 |
C2.R4 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido. |
Disposición de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q3 |
2022 |
Promulgación de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido, incluido un enfoque integrado de la rehabilitación que impulsará el crecimiento del parque de edificios de consumo de energía casi nulo, no solo de edificios nuevos, sino también de edificios existentes. La Ley establecerá el principio de calidad de la arquitectura y el entorno construido, estableciendo la sostenibilidad medioambiental y la contribución a la consecución de los objetivos de eficiencia energética como uno de los criterios clave de evaluación, y orientando la necesaria rehabilitación del parque hacia un enfoque integrado de la rehabilitación. |
24 |
C2.R5 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto sobre Oficinas de Rehabilitación («ventanillas únicas») |
Disposición del Real Decreto sobre Oficinas de Rehabilitación («ventanillas únicas») por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q3 |
2021 |
Promulgación de un Real Decreto por el que se establezca el ámbito de competencia de las oficinas de rehabilitación («ventanillas únicas») y su financiación. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto. |
25 |
C2.R6 |
Hito |
Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley sobre propiedad horizontal para facilitar la financiación de la rehabilitación. |
Disposición de la Ley sobre propiedad horizontal por la que se establece su entrada en vigor. |
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|
|
Q3 |
2022 |
Modificaciones de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, con el fin de promover la realización de reformas y mejoras en los edificios por parte de las comunidades de propietarios, así como el acceso a la financiación. El objetivo de la modificación es facilitar la toma de decisiones por parte de las comunidades de propietarios para llevar a cabo obras de renovación de edificios que contribuyan a mejorar la eficiencia energética y facilitar el acceso a la financiación bancaria. |
26 |
C2.I1 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto del marco normativo de la ejecución del programa de renovación y del Real Decreto-ley que regule los incentivos en el IRPF para apoyar el programa. |
Disposición del Real Decreto y del Real Decreto-ley («ventanillas únicas») por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
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Q3 |
2021 |
Promulgación de un Real Decreto sobre el marco normativo de la ejecución del programa de renovación y un Real Decreto-ley que regule los incentivos en el IRPF para apoyar el programa. El Real Decreto que fije el marco normativo establecerá los requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % del consumo de energía primaria no renovable. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto. |
27 |
C2.I1 |
Objetivo |
Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 231 000 actuaciones en al menos 160 000 viviendas únicas). |
|
Número |
0 |
231 000 |
Q4 |
2023 |
Al menos 231 000 actuaciones de renovación de viviendas completadas en al menos 160 000 viviendas únicas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (acumulada). A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. El número de actuaciones de rehabilitación de viviendas será la suma de todas las actuaciones de mejora y rehabilitación (dentro de los barrios delimitados, ya sea en el edificio o en una vivienda) llevadas a cabo mediante la aplicación de una de las líneas de ayuda (rehabilitación completa o solo parte de la construcción) o de incentivos fiscales. El porcentaje medio de ahorro del consumo de energía primaria no renovable a efectos del cumplimiento del mínimo del 30 % se calculará ponderando el conjunto de actuaciones de rehabilitación por el importe de ayuda o financiación desembolsado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este indicador incluye las actuaciones de mejora y rehabilitación en todos los municipios, independientemente de su tamaño. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. |
28 |
C2.I1 |
Objetivo |
Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. |
|
Número (en hectáreas) |
0 |
600 |
Q2 |
2026 |
Al menos 600 hectáreas en zonas o barrios renovadas. Esta cifra incluye la superficie de los distritos o zonas urbanos que han sido objeto de actuaciones derivadas de acuerdos en el marco del programa. Las actuaciones se llevarán a cabo disponiendo requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % del consumo de energía primaria no renovable en la renovación de los edificios. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. |
29 |
C2.I1 |
Objetivo |
Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 510 000 actuaciones en al menos 355 000 viviendas únicas). |
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Número |
231 000 |
510 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 510 000 actuaciones de renovación de viviendas completadas en al menos 355 000 viviendas únicas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (acumulada). A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. El número de actuaciones de rehabilitación de viviendas será la suma de todas las actuaciones de mejora y rehabilitación (dentro de los barrios delimitados, ya sea en el edificio o en una vivienda) llevadas a cabo mediante la aplicación de una de las líneas de ayuda (rehabilitación completa o solo parte de la construcción) o de incentivos fiscales. El porcentaje medio de ahorro del consumo de energía primaria no renovable a efectos del cumplimiento del mínimo del 30 % se calculará ponderando el conjunto de actuaciones de rehabilitación por el importe de ayuda o financiación desembolsado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este indicador incluye las actuaciones de mejora y rehabilitación en todos los municipios, independientemente de su tamaño. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
30 |
C2.I2 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto del marco regulador para la ejecución del programa de viviendas de alquiler social energéticamente eficientes que cumplan los criterios de eficiencia energética. |
Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor. |
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Q3 |
2021 |
Promulgación del Real Decreto del marco regulador para la ejecución del programa de viviendas de alquiler social energéticamente eficientes que cumplan los criterios de eficiencia energética. El Real Decreto establecerá los requisitos técnicos para garantizar que en la construcción de edificios se logra una demanda de energía primaria al menos un 20 % inferior al requisito de los edificios de consumo de energía casi nulo con arreglo a las directrices nacionales. A tal efecto, un requisito será limitar el valor del consumo de energía primaria no renovable al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto. |
31 |
C2.I2 |
Objetivo |
Nuevas viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios de eficiencia energética. |
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Número |
0 |
20 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 20 000 viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios de eficiencia energética. Esta cifra corresponde al número de viviendas cuya construcción deberá completarse y ofrecerá alquiler social a precios asequibles, lo que se acreditará por un certificado o acta de finalización y utilización de las viviendas por parte de la autoridad competente. Además, el cumplimiento del requisito de limitar el valor del consumo de energía primaria no renovable al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación se asegurará con un certificado de eficiencia energética. |
32 |
C2.I3 |
Hito |
Adjudicación de renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. |
Suma de las decisiones de concesión de las Comunidades Autónomas. |
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Q4 |
2023 |
Un equivalente de al menos 40 000 renovaciones de viviendas y 690 000 m² de edificios no residenciales adjudicados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. La equivalencia se definirá en relación con el ahorro energético medio respectivo por m² de cada tipo de intervención. A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. |
33 |
C2.I3 |
Hito |
Finalización de las renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. |
Suma de los certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas. |
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Q2 |
2026 |
Un equivalente de al menos 40 000 de viviendas y 690 000 m² de edificios no residenciales renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. La equivalencia se definirá en relación con el ahorro energético medio respectivo por m² de cada tipo de intervención. A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. |
34 |
C2.I4 |
Objetivo |
Finalización de la renovación de viviendas en municipios con menos de 5 000 habitantes, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. |
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Número |
0 |
26 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 26 000 viviendas renovadas en municipios con menos de 5 000 habitantes, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. |
35 |
C2.I4 |
Objetivo |
Proyectos de energía limpia en municipios con menos de 5 000 habitantes. |
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Número |
0 |
250 |
Q2 |
2026 |
Al menos 250 proyectos singulares locales de energía limpia completados en municipios con menos de 5 000 habitantes. Características: Se incluyen proyectos adjudicados en licitaciones o inversiones por las Entidades Locales en uno o varios de los siguientes. - Instalación de electricidad o calefacción y refrigeración renovables en edificios o infraestructuras públicos (incluido al menos un 80 % de autoconsumo). Puede incluir la calefacción/refrigeración por barrio. - Renovaciones energéticas de edificios o infraestructuras públicos (con un ahorro de energía primaria de al menos el 30 %). - Movilidad sostenible (proyectos de cambio modal o electromovilidad). - Reducción de la contaminación lumínica mediante la mejora de la iluminación pública. - Comunidad local de energía u otros proyectos dirigidos por las comunidades locales en estos municipios. |
36 |
C2.I5 |
Objetivo |
Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 290 000 m²). |
|
Número (en metros cuadrados) |
0 |
290 000 |
Q4 |
2024 |
Al menos 290 000 m² (acumulados) de edificios públicos renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Los certificados finales de obra o las actas de recepción de obra (Comunidades Autónomas) o la documentación justificativa de cada municipio destinatario, tal y como se establece en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán verificados al finalizar la obra. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. |
37 |
C2.I5 |
Objetivo |
Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 1 230 000 m²). |
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Número (en metros cuadrados) |
290 000 |
1 230 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 1 230 000 m² (acumulados) de edificios públicos renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Los certificados finales de obra o las actas de recepción de obra (Comunidades Autónomas) o la documentación justificativa de cada municipio destinatario, tal y como se establece en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán verificados al finalizar la obra. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024). |
38 |
C2.I6 |
Objetivo |
Planes de acción en el marco de la Agenda Urbana Española. |
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Número |
0 |
100 |
Q4 |
2022 |
Al menos 100 municipios habrán aprobado su plan de acción local (estrategia urbana) y adoptado los criterios establecidos en la Agenda Urbana Española, inclusive una evaluación y ejes de actuación de acuerdo con sus diez objetivos estratégicos. |
C. COMPONENTE 3: Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español mejorará la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia de los sectores agroalimentario y pesquero desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Para alcanzar este objetivo, las inversiones y reformas de este componente se centran en los elementos siguientes:
a)mejorar la eficiencia y la sostenibilidad del regadío;
b)impulsar la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería;
c)adoptar una estrategia para fomentar la digitalización del sector agroalimentario y del medio rural en su conjunto; y
d)impulsar la sostenibilidad, la investigación, la innovación y la digitalización del sector pesquero.
El componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019), a la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020) y al fomento de la inversión pública y privada y de la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
C.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C3.R1): Modificación de la normativa reguladora de las relaciones comerciales en la cadena alimentaria, incluida la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria
El objetivo de esta medida es mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria modificando la ley estatal que regula las relaciones comerciales en la cadena alimentaria (Ley 12/2013); se transpone la Directiva (UE) 2019/633 y se va aún más allá. Esta medida abarcará como mínimo:
a)la ampliación del ámbito de aplicación de la Ley mediante la inclusión de: i) las relaciones comerciales tanto con los Estados miembros como con terceros países siempre que un operador esté ubicado en España y ii) las materias primas y otros productos contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
b)la ampliación del contenido mínimo de los contratos alimentarios mediante la inclusión de: i) sanciones contractuales, ii) excepciones por motivos de fuerza mayor y iii) una referencia a la solicitud de mediación de las partes implicadas en caso de falta de acuerdo;
c)la ampliación de la lista de prácticas comerciales desleales, como la modificación unilateral de los contratos en términos de volumen o la devolución de productos no vendidos; y
d)el reconocimiento de la Agencia de Información y Control Alimentarios como organismo responsable de establecer y desarrollar el sistema de control necesario para comprobar el cumplimiento de la normativa nacional y como punto de contacto para la cooperación entre las autoridades competentes, así como con la Comisión Europea y las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos territoriales.
La medida complementa: i) al Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, y ii) a la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2021.
Reforma 2 (C3.R2): Desarrollo y revisión del marco regulatorio en materia de sostenibilidad ambiental de la ganadería
Esta medida mejorará la sostenibilidad ambiental de la ganadería mediante el desarrollo y la revisión del marco legislativo como sigue.
a)Desarrollo del registro general de Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para facilitar el cálculo de las emisiones gases contaminantes y de efecto invernadero en las granjas de porcino y aves, así como la inclusión de otros datos medioambientales. Posibilitará una mejor evaluación del cumplimiento por parte de los ganaderos de los compromisos en materia de emisiones de gases de efecto invernadero y de gases contaminantes.
b)Revisión gradual de la normativa de ordenación en los sectores ganaderos que establece requisitos en materia de ubicación, distancia, tamaño, condiciones sanitarias e infraestructuras de bioseguridad, medioambientales y de bienestar animal en las granjas en los sectores que ya cuenta con ella (porcino), así como el establecimiento de un nuevo marco regulatorio en sectores (avicultura) que por el momento no contaban con dicha regulación. Establecerá compromisos sectoriales individuales de reducción de emisiones, fijando requisitos en función de su contribución a la generación de gases contaminantes, con arreglo al principio de proporcionalidad.
La medida incluye disposiciones normativas, que se publicarán a más tardar a finales de 2022. También prevé que el registro general de MTD está operativo para las granjas de porcino y aves a más tardar el 31 de diciembre de 2023. La aplicación de la normativa de ordenación modificada se llevará a cabo progresivamente en un plazo aproximado de dos años a partir de su publicación.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 3 (C3.R3): Marco legislativo sobre la nutrición sostenible en los suelos agrícolas. Normativa sobre contaminación de origen agrario
El objetivo de esta medida es regular la fertilización agraria para poder abordar de forma coherente las diferentes fuentes de aporte de nutrientes a los suelos agrícolas. Además, proporcionará asesoramiento técnico a los agricultores para ayudarles a cumplir los requisitos legales y racionalizar la fertilización. En particular: i) hará frente al cambio climático; ii) reducirá la contaminación de aguas por nitratos y fosfatos de origen agrario; y iii) mejorará la calidad del aire.
El marco legislativo propuesto está ligado a otro instrumento legal: el proyecto de Real Decreto sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (que sustituirá al Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero). También está relacionado con la elaboración de un plan de acción para prevenir, corregir y reducir la contaminación difusa producida por nitratos, especialmente los procedentes de fuentes agrarias. Este Real Decreto incorporará al ordenamiento nacional la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos de origen agrícola, impondrá objetivos más ambiciosos que la Directiva sobre los Nitratos y aumentará la convergencia con los objetivos de planificación hidrológica de la Directiva marco sobre el agua.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de marzo de 2023.
Reforma 4 (C3.R4): Impulso a la gobernanza y a la sostenibilidad de las inversiones en los regadíos españoles
El objetivo de esta medida es establecer un mecanismo de gobernanza a nivel nacional que permita a todos los sectores y autoridades públicas afectados cooperar en todos los aspectos relacionados con el regadío, como la sostenibilidad medioambiental, los criterios de ejecución y los aspectos relacionados con toda la normativa que le es de aplicación. La medida creará un observatorio de la sostenibilidad del regadío en España que proporcione datos sobre el impacto del regadío a nivel económico, social y ambiental sobre el territorio.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 5 (C3.R5): Ejecución del II Plan de Acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural
Esta medida tiene por objeto dar continuidad a la implementación de la Estrategia española de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural, adoptada por el Gobierno de España en marzo de 2019. La medida establecerá un segundo plan de acción que dan respuesta a los tres objetivos estratégicos de la estrategia: i) reducción de la brecha digital; ii) fomento del uso de datos; e iii) impulso al desarrollo empresarial y nuevos modelos de negocio.
La medida continuará apoyando la adopción e incorporación de procesos y habilidades digitales en la actividad económica vinculada al medio rural y en todo su tejido social. La medida diseñará, elaborará y ejecutará el segundo plan de acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Reforma 6 (C3.R6): Revisión del marco normativo nacional para la regulación de la pesca sostenible
Los objetivos de la medida son los siguientes: i) impulsar que la sostenibilidad económica y social sea también un integrante de peso en la gestión pesquera; ii) garantizar y lograr una mayor seguridad jurídica para todos los agentes del sector pesquero; y iii) asegurar una mayor transparencia, modernización y digitalización en la gestión pesquera en su conjunto. La medida tendrá en cuenta los objetivos de las grandes políticas y retos de la UE como la reforma de la Política Pesquera Común, la Estrategia de Biodiversidad 2030, Estrategias Marinas o los ODS entre otros.
Para alcanzar estos objetivos, la medida deberá lograr lo siguiente:
a)revisión de la actual Ley de Pesca para adaptarla a los nuevos criterios de sostenibilidad y necesidades de investigación en materia pesquera;
b)actualización de la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales a través de un Real Decreto; y
c)promulgación de la Ley de modernización del control e inspección y régimen sancionador en el ámbito de la actividad pesquera.
La publicación del Real Decreto sobre la actualización de la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales está prevista para el 30 de junio de 2022.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Inversión 1 (C3.I1): Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos
El objetivo de esta medida es mejorar la eficiencia y sostenibilidad en regadíos a través de una serie de actuaciones seleccionadas, con el objetivo de promover el ahorro de agua y la eficiencia energética en los regadíos. Entre estas actuaciones se incluyen:
a)actuaciones de modernización, y como mínimo: i) actuaciones en zonas que sustituyan aguas superficiales y/o subterráneas por aguas no convencionales [como son las aguas regeneradas, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2020/741, y las aguas desalinizadas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)], con motivo de la modernización; y ii) actuaciones que generen mayor ahorro de agua o consigan una mayor disminución de la demanda de agua o un mayor ahorro energético;
b)actuaciones de modernización de regadíos con impacto energético, entre otras: i) actuaciones que no necesiten energía eléctrica para su funcionamiento serán preferidas sobre las que la necesiten o haya que instalar energías renovables; y ii) actuaciones de modernización que faciliten el autoabastecimiento eléctrico contemplando el uso de energías renovables; y
c)actuaciones con inclusión de nuevas tecnologías, entre otras: i) actuaciones que permitan mayores grados de implementación de nuevas tecnologías e innovación para conseguir un riego más eficiente; y ii) actuaciones que propongan un mayor grado de intensidad en la modernización.
La ejecución de la medida correrá a cargo de la Empresa Pública SEIASA (Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias). Para ello, se redactará un Convenio entre el MAPA y SEIASA para definir claramente las condiciones en las que se llevarán a cabo las inversiones de modernización de regadíos, los criterios de selección de proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones a realizar. Esta lista de acciones incluirá, como mínimo:
a)la sustitución del uso de aguas subterráneas o superficiales por usos no convencionales de los recursos hídricos [aguas regeneradas o aguas desalinizadas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)];
b)la implantación de sistemas de regulación del agua (balsas) que permitan el riego por gravedad;
c)la sustitución de acequias a cielo abierto por tuberías enterradas;
d)la construcción de estaciones de filtrado y bombeo; y
e)la instalación de contadores y sistemas de telegestión.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, se producirá agua desalinizada utilizando la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector. Todas las actividades de regadío se realizarán con arreglo a la Directiva marco sobre el agua, las evaluaciones de impacto ambiental necesarias se realizarán de acuerdo con las Directivas 2009/147/CE y 92/43/CEE, y se llevarán a cabo las actuaciones mitigadoras necesarias para proteger el medioambiente.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C3.I2): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (I): Modernización de laboratorios de salud animal y vegetal
Esta medida mejorará la seguridad alimentaria en el conjunto del sector agrícola y ganadero consiguiendo actuaciones rápidas ante brotes de enfermedades animales, zoonosis y plagas vegetales, mediante la construcción de instalaciones con nivel 3 de bioseguridad. En concreto, la medida garantizará la entrada en funcionamiento de las instalaciones siguientes:
a)el Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe (nivel 3);
b)el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (nivel 3);
c)el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal, en Lugo.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 3 (C3.I3): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (II): Refuerzo de los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección
Esta medida fortalecerá la prevención y la protección frente a las enfermedades animales y las plagas de los vegetales cuya incidencia se ve incrementada por efecto del cambio climático, mejorando la capacitación y los sistemas de bioseguridad en los viveros y los centros de limpieza y desinfección. Reforzará los sistemas de bioseguridad en las instalaciones de producción de material vegetal de reproducción, que cumplen un papel fundamental para la obtención de materiales libres de plagas, con la consiguiente reducción del uso de productos fitosanitarios.
La ayuda adoptará la forma de ayuda a la inversión destinada a las explotaciones agrícolas de material vegetal de reproducción y a los centros de limpieza y desinfección de medios de transporte de animales vivos. En concreto, se prevén subvenciones para la mejora tecnológica de estas instalaciones mediante la automatización, la robotización y la instalación de nuevos sistemas de limpieza y desinfección, como la desinfección térmica.
La medida incluye el refuerzo de al menos 465 centros de limpieza y desinfección y centros de producción de material vegetal de reproducción, con un aumento de los sistemas de formación y bioseguridad.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 4 (C3.I4): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III): Inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agroalimentario y forestal
Esta medida promoverá la sostenibilidad y la competitividad del sector agrícola y ganadero mediante inversiones en: i) agricultura de precisión; ii) eficiencia energética; iii) economía circular; y iv) el uso de energías renovables.
Más concretamente, las inversiones se refieren a lo siguiente:
a)la implementación de nuevos sistemas de gestión de los residuos agrícolas y las deyecciones ganaderas y sus subproductos que incluyen reformas estructurales;
b)la modernización integral de invernaderos, tanto en las instalaciones como en los equipos;
c)el impulso del aprovechamiento de gases y energías renovables; y
d)la recogida de datos en tiempo real mediante sensores que posibiliten utilizar la agricultura de precisión y la tecnología 4.0 en las explotaciones agrarias, incluida la implementación de sistemas de navegación por satélite (GNSS) y geolocalización en ganadería.
La medida se ejecutará en forma de inversiones individuales o colectivas en explotaciones agrarias o empresas de servicios agrícolas. Al menos 5 000 explotaciones deberán haber completado proyectos relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 5 (C3.I5): Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural: Desarrollo de actuaciones para dar apoyo a la digitalización y el emprendimiento del sector agroalimentario y forestal y del medio rural
Esta medida incluirá actuaciones en el marco de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, adoptada por el Gobierno de España en marzo de 2019, y su segundo Plan de Acción 2021-2023. Las actuaciones incluirán:
a)una línea específica de apoyo financiero para las pymes del sector agroalimentario a fin de incentivar proyectos de empresariales innovadores y digitales, mediante la concesión de préstamos participativos;
b)un hub de innovación digital para las empresas del sector agroalimentario, que se articulará mediante un contrato interno y contratación pública mediante licitación;
c)un observatorio de la digitalización en el sector agroalimentario, a través de un convenio de colaboración entre el MAPA y la entidad colaboradora;
d)una plataforma de asesores del Sistema de Conocimiento e Información Agrícola (AKIS, por sus siglas en inglés), que funcione como una herramienta que impulse la transferencia de conocimientos e información entre los actores del AKIS, que se articulará mediante un contrato interno y contratación pública mediante licitación.
Como parte de la medida, al menos 60 pymes del sector agroalimentario ejecutarán, a más tardar a finales de 2023, proyectos empresariales innovadores y digitales que cumplirán la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) y se financiarán mediante préstamos participativos.
A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el acuerdo jurídico entre el MAPA y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:
I.exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU; y
II.excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 5 ; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 6 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 7 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 8 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente;
III.exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de ENISA respecto de todas las transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
No se apoyará ninguna actividad relacionada con la captura y el almacenamiento de carbono.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 6 (C3.I6): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (I): Modernización de la Red de Reservas Marinas de Interés Pesquero
El objetivo de esta medida es modernizar la Red de Reservas Marinas de Interés Pesquero mediante las actuaciones siguientes:
a)la adquisición de dos embarcaciones de apoyo especializadas, para permitir el control y la vigilancia de las actividades realizadas en las reservas;
b)la implantación de la tecnología de la información y la comunicación para permitir el control y el seguimiento de las reservas, mediante la adquisición de i) al menos cuatro equipos de visión nocturna para detectar actividades no permitidas; y ii) drones con potencia suficiente para poder realizar actividades de control y seguimiento y optimizar los medios existentes;
c)la ampliación de la Red de Reservas mediante la creación de una nueva Reserva Marina; y
d)la actualización de una Reserva Marina, el Faro de Alborán, y su entorno con el objeto de facilitar el acceso y mejorar su eficiencia energética y contar con las instalaciones adecuadas (un radioenlace radar con la Península) para seguir y controlar la reserva.
La adquisición de las dos embarcaciones de apoyo especializadas y la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación para permitir el control y el seguimiento se llevarán a cabo a través de procedimientos de contratación pública.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, las dos embarcaciones de apoyo especializadas utilizarán la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector. La inversión relativa a la ampliación de la Red de Reservas Marinas consistirá en un estudio de espacios candidatos para poder establecer al menos una nueva Reserva Marina, que está previsto que se ejecute mediante un contrato interno. Lo mismo ocurre con las obras programadas para la actualización del Faro de Alborán y su entorno, que incluirán un estudio necesario sobre la construcción y la optimización energética.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
Inversión 7 (C3.I7): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (II): Impulso a la investigación y formación en el sector
Esta medida mejorará la cantidad y la calidad de los conocimientos científicos que informan la toma de decisiones en materia de gestión de las pesquerías. La medida comprende: i) la adquisición de al menos dos sondas acústicas para dos de los buques de investigación pesquera y oceanográfica existentes, con el fin de garantizar la calidad de los datos obtenidos para la evaluación científica de los diferentes stocks de especies pelágicas, y ii) el fomento de la investigación pesquera y acuícola para garantizar un enfoque ecosistémico en la toma de decisiones en materia de gestión de las pesquerías.
La adquisición de las dos sondas acústicas se hará por un procedimiento de contratación pública en el que la licitación se producirá por exclusividad. El impulso a la investigación pesquera y acuícola se producirá mediante la firma de convenios con Organismos Públicos de Investigación y, en su caso, a través de encargos a medios propios para la contratación de observadores a bordo, o licitación.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2022.
Inversión 8 (C3.I8): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (III): Fomento del desarrollo tecnológico y la innovación en el sector pesquero y acuícola
El objetivo de esta medida es hacer del sector pesquero y acuícola un sector más sostenible desde el punto de vista medioambiental, económico y social mediante dos líneas de actuación:
a)la creación de partenariados público-privados para impulsar el crecimiento azul en el sector, con el fin de poner en marcha proyectos que sirvan de catalizadores de procesos de economía azul; y
b)el apoyo al desarrollo tecnológico y a la innovación en el sector
La medida prevé la finalización de al menos veinte proyectos de I+D+i para la adopción de nuevas tecnologías que favorezcan la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 9 (C3.I9): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (IV): Digitalización de los medios para la vigilancia de la flota pesquera
Esta medida tiene por objeto mejorar la vigilancia de la actividad pesquera para garantizar la sostenibilidad medioambiental y la viabilidad a medio y largo plazo del sector pesquero. La medida se divide en dos líneas de acción:
a)un plan de ayudas para la digitalización del sector pesquero y acuícola, que incluya: i) ayudas para dispositivos para el envío electrónico de las capturas y para su geolocalización, respecto de buques de menos de 12 m; y ii) ayudas para la flota pesquera española de buques mayores de 24 metros para la instalación de un sistema de vigilancia mediante cámaras para la vigilancia remota de pesquerías y la lucha contra los descartes; y
b)soluciones TIC modernas para la vigilancia pesquera, incluido: i) un sistema de registro de capturas con posibilidad de seguimiento de embarcaciones de menos de 12 metros; ii) el establecimiento de un servicio de vuelo de drones para control y vigilancia pesquera y de un sistema de Vigilancia Remota de las capturas de buques pesqueros mayores de 24 metros; y iii) un refuerzo informático de la seguridad del Sistema de Información Pesquero Español (SIPE), a través de la compra de dispositivos y de software (instalación de un segundo cortafuegos).
La digitalización del sector español pesquero y acuícola se llevará a cabo en forma de subvenciones por concurrencia competitiva, mientras que la implantación de soluciones TIC modernas para la vigilancia pesquera se llevará a cabo mediante contratación pública abierta y centralizada.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
Inversión 10 (C3.I10): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (V): Apoyo a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada
Esta medida apoyará la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que sigue siendo una amenaza para los ecosistemas marinos. Con este fin, la medida apoya las inversiones siguientes:
a)adquisición de cuatro patrulleras ligeras; y
b)modernización de tres patrulleros de altura que se utilizarán para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
La medida se ejecutará a través de un procedimiento de contratación pública para la construcción de las patrulleras ligeras y a través de la modificación de un Convenio con la Armada española en el caso de las patrulleras de altura, que dará cobertura legal a la transferencia a la Armada, que gestionará las citadas obras de modernización.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la adquisición y modernización de las embarcaciones buscará solo la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Inversión 11 (C3.I11): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (VI): Apoyo a la financiación del Sector Pesquero
Esta medida financiará proyectos de inversión en el sector pesquero mediante la concesión de un préstamo a la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA). El objetivo de la medida es crear una línea de financiación destinada a financiar proyectos relacionados con la pesca sostenible, que incluya: i) la mejora de las condiciones laborales y de seguridad de la actividad; ii) la digitalización de procesos y sistemas; iii) la mejora de la valorización y trazabilidad de sus productos; iv) la búsqueda de nuevos productos y presentaciones, incluyendo envases; y v) el impulso de la innovación, de la mejora y eficiencia energética y de la transición hacia energías de menos impacto sobre el cambio climático.
La medida se ejecuta mediante un acuerdo entre el MAPA y SAECA para apoyar la financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero. El mecanismo se basa en un préstamo a SAECA para la creación de una línea de financiación destinada a reafianzar proyectos con actuaciones relativas a la actividad pesquera sostenible. El acuerdo incluirá una condición que garantice que las inversiones realizadas con esta financiación se ajustan a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el acuerdo jurídico entre el MAPA y SAECA y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:
I.exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU; y
II.excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 9 ; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 10 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 11 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 12 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; y
III.exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de SAECA respecto de todas las transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2022.
C.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
39 |
C3.R1 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, y de la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. |
Disposición del Real Decreto-Ley 5/2020, de la Ley 8/2020 y de la Ley 12/2013 por la que se establece su entrada en vigor. |
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|
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Q4 |
2020 |
Entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, con el fin de mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria mediante la modificación de la legislación nacional que regula las relaciones comerciales en la cadena alimentaria. Los objetivos principales son garantizar que los precios de los productos alimenticios cubren los costes de producción, evitar la pérdida de valor en la cadena alimentaria y prohibir las promociones comerciales que pretendan confundir a los consumidores acerca del precio y la imagen de los productos. Entrada en vigor de la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, para convalidar por ley el Real Decreto-ley antes mencionado. |
40 |
C3.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la segunda modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. |
Disposición de la Ley 12/2013 por la que se establece su entrada en vigor. |
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|
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Q4 |
2021 |
Entrada en vigor de la segunda modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, más allá de los requisitos mínimos de la Directiva (UE) 2019/633. Esta modificación legal promueve diferentes actuaciones para lograr una cadena de valor alimentaria más transparente y equilibrada, lo que conlleva cambios: i) el ámbito de aplicación de la Ley se extiende a las relaciones comerciales; ii) el contenido mínimo de los contratos alimentarios se amplía a prácticamente todas las transacciones. |
41 |
C3.R2 |
Hito |
Entrada en vigor del marco normativo para desarrollar un registro general de Mejores Técnicas Disponibles en las granjas a fin de informar sobre las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero, y reformar la legislación de planificación con criterios sobre explotaciones de diferentes sectores. |
Disposición del marco normativo por la que se establece su entrada en vigor. |
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|
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Q4 |
2022 |
El marco normativo del desarrollo del registro general de Mejores Técnicas Disponibles facilitará el cálculo de las emisiones gases contaminantes y de efecto invernadero en las granjas de porcino y aves, así como la anotación de otros datos medioambientales. La modificación gradual de la legislación de planificación en los sectores ganaderos regulará los requisitos de ubicación, tamaño, infraestructuras y condiciones sanitarias en las granjas, modificando los requisitos de las granjas de porcino y creando un nuevo marco normativo para el sector avícola. |
42 |
C3.R3 |
Hito |
Entrada en vigor del marco normativo sobre nutrición sostenible en suelos agrícolas. |
Disposición del marco normativo por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
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Q1 |
2023 |
Este marco normativo tiene por objeto regular las labores de fertilización y promover el asesoramiento técnico a los agricultores para racionalizar la fertilización y cumplir los requisitos legales. |
43 |
C3.R4 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto sobre el mecanismo de gobernanza para mejorar el sistema de regadío español. |
Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
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Q4 |
2022 |
El Real Decreto establecerá un mecanismo de gobernanza estatal para que los sectores afectados puedan cooperar en aspectos relacionados con el regadío español, como la sostenibilidad, los criterios de ejecución, la regulación, etc. También pretende crear un observatorio de la sostenibilidad del regadío en España. |
44 |
C3.R5 |
Hito |
Adopción del segundo plan de acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural. |
Publicación en la página web del Ministerio de Agricultura. |
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|
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Q4 |
2022 |
La medida dará continuidad a la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural con un segundo plan, con el objetivo de reducir la brecha digital, fomentar el uso de datos y promover el desarrollo empresarial y nuevos modelos de negocio. |
45 |
C3.R6 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto de ordenación de los caladeros nacionales. |
Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor. |
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|
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Q2 |
2022 |
El Real Decreto armonizará la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales, facilitando una mejor gestión empresarial y teniendo en cuenta los objetivos de las principales políticas y retos de la UE, como la reforma de la Política Pesquera Común, la Estrategia de Biodiversidad 2030, las Estrategias Marinas o los ODS, entre otros. |
46 |
C3.I1 |
Objetivo |
Entrada en vigor del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 1). |
En millones EUR |
0 |
260 |
Q3 |
2021 |
El convenio entre el MAPA y SEIASA (fase 1; ejecución presupuestaria de 260 000 000 EUR) aplicará las condiciones del plan de mejora de la eficiencia y sostenibilidad del regadío que se está llevando a cabo con este proyecto de inversión. Regulará, entre otros aspectos, el régimen de financiación pública/privada para de inversiones de modernización del regadío, los criterios de selección de los proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones que deben llevarse a cabo en relación con la ejecución del presupuesto en el marco de esta medida. |
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47 |
C3.I1 |
Objetivo |
Implementación del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 2). |
En millones EUR |
0 |
303 |
Q4 |
2022 |
El convenio entre el MAPA y SEIASA (fase 2; ejecución presupuestaria de 303 000 000 EUR) aplicará las condiciones del plan de mejora de la eficiencia y sostenibilidad del regadío que se está llevando a cabo con este proyecto de inversión. Regulará, entre otros aspectos, el régimen de financiación pública/privada para de inversiones de modernización del regadío, los criterios de selección de los proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones que deben llevarse a cabo en relación con la ejecución del presupuesto en el marco de esta medida. |
|
48 |
C3.I1 |
Objetivo |
Modernización de los sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética. |
Número (en hectáreas) |
0 |
100 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 100 000 hectáreas de sistemas de regadío modernizadas en términos de ahorro de agua y eficiencia energética. La superficie modernizada con las inversiones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como la tipología de las actuaciones llevadas a cabo, se reflejarán en los convenios firmados por SEIASA con las Comunidades de Regantes afectadas y las entidades que gestionan los recursos hídricos en las Islas Canarias. Estos convenios establecerán las actuaciones específicas que deberán llevarse a cabo para garantizar el ahorro de agua y la eficiencia energética en los sistemas de regadío modernizados. Algunas de las actuaciones que se llevarán a cabo en el marco de este plan son las siguientes: i) sustitución del uso de aguas subterráneas o superficiales por usos no convencionales de los recursos hídricos [aguas regeneradas o desaladas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)]; ii) implantación de sistemas de regulación de aguas que permitan el riego por gravedad (utilizando la diferencia de elevación para que el transporte del agua no requiera energía); iii) sustitución de energías de fuentes fósiles necesarias para los bombeos por fuentes de energía renovable (fundamentalmente fotovoltaica); iv) sustitución de acequias a cielo abierto de hormigón o tierra por tuberías enterradas; v) construcción de estaciones de filtrado y bombeo; e vi) instalación de contadores y sistemas de telegestión. A más tardar en el segundo trimestre de 2026, deben haberse modernizado al menos 100 000 hectáreas de sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética, verificables por medio de los convenios entre SEIASA y las Comunidades de Regantes. |
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49 |
C3.I2 |
Objetivo |
Entrada en funcionamiento de dos laboratorio de salud animal, ambos con un nivel 3 de bioseguridad, y un Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal. |
Número |
0 |
3 |
Q4 |
2023 |
Las tres instalaciones son el Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe (nivel 3), el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (nivel 3) y el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal, en Lugo. |
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50 |
C3.I3 |
Objetivo |
Mejora de los centros de limpieza y desinfección y de los centros de producción de material vegetal de reproducción, con un refuerzo de los sistemas de formación y bioseguridad. |
Número |
0 |
465 |
Q4 |
2023 |
Al menos 465 centros de limpieza y desinfección y centros de producción de material vegetal de reproducción, con un aumento de los sistemas de formación y bioseguridad. La capacitación incluye la mejora y construcción de instalaciones de limpieza y desinfección en toda España, y la bioseguridad consiste en disponer de instalaciones de limpieza y desinfección accesibles, modernas y equipadas. La limpieza y desinfección es un pilar clave de las medidas de bioseguridad, por lo que la mejora tecnológica de estas instalaciones es esencial, como la automatización, la robotización o la instalación de nuevos sistemas de limpieza y desinfección, como la desinfección térmica o la instalación de sistemas. |
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51 |
C3.I4 |
Objetivo |
Plan de inversión para el fomento de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería. |
En millones EUR |
0 |
307 |
Q2 |
2022 |
Finalización del plan de inversiones para promover la sostenibilidad y la competitividad de las actividades agrícolas y ganaderas en la agricultura de precisión, la eficiencia energética y la economía circular (ejecución presupuestaria de 307 000 000 EUR). Las bases reguladoras determinarán quiénes son los beneficiarios, los requisitos que deben cumplir, el tipo de inversiones subvencionables y los criterios de admisibilidad de las inversiones en: agricultura de precisión, eficiencia energética, economía circular y uso de energías renovables. |
|
52 |
C3.I4 |
Objetivo |
Proyectos completados relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables. |
Número |
0 |
5 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 5 000 explotaciones han completado proyectos relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables. La agricultura de precisión incluye los sistemas de geolocalización y navegación por satélite (GNSS), la recogida de datos en tiempo real mediante sensores e imágenes por satélite y aerotransportadas, junto con los sistemas de información geográfica (SIG), la cartografía, la comunicación y la conectividad; la eficiencia energética incluye el acondicionamiento y aislamiento de edificios (almacenes y edificios auxiliares) y los sistemas que optimizan el control climático de los gases de efecto invernadero y el consumo energético y térmico de las explotaciones agrícolas y ganaderas; la economía circular incluye estructuras para el uso y recuperación de los restos agrícolas y subproductos del ganado; y el uso de energías renovables incluye la instalación de infraestructuras de producción de energía de múltiples fuentes renovable para apoyar las necesidades eléctricas y de energía térmica. |
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53 |
C3.I5 |
Objetivo |
Firma de convenios entre el MAPA y ENISA. |
En millones EUR |
0 |
30 |
Q2 |
2023 |
Firma de tres convenios (uno al año) entre el MAPA y ENISA para apoyar la transformación digital de las pymes agroalimentarias a través de una línea de apoyo al emprendimiento innovador o basado en la tecnología en el sector agroalimentario español (ejecución presupuestaria: 30 000 000 EUR; 10 000 000 EUR cada año). Los acuerdos de colaboración entre el MAPA y ENISA establecerán las condiciones de la línea de apoyo al emprendimiento basado en la tecnología para apoyar a las pymes del sector agroalimentario que presenten proyectos empresariales innovadores y digitales, mediante la concesión de préstamos participativos, la política de inversión y los criterios de admisibilidad. Los convenios mencionados incluirán una cláusula que garantice que las inversiones realizadas con esta financiación se ajusten a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. El objetivo de esta inversión es responder a varios de los objetivos de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, así como de sus planes de acción. |
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54 |
C3.I5 |
Objetivo |
Pymes agroalimentarias apoyadas para que ejecuten proyectos empresariales innovadores y digitales. |
Número |
0 |
60 |
Q4 |
2023 |
Préstamos para la ejecución de proyectos empresariales innovadores y digitales concedidos a al menos 60 pymes agroalimentarias. El objetivo de esta línea de ayuda es conceder préstamos participativos para fomentar que las empresas desarrollen proyectos viables e innovadores, relacionados con el comercio electrónico y la consolidación de la industria 4.0, entre otros muchos vectores de cambio en los modelos empresariales digitales de la industria alimentaria. Se garantizará, especialmente mediante criterios de selección, que las transacciones amparadas por esta inversión que hagan las pymes gracias a los préstamos deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. |
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55 |
C3.I6 |
Hito |
Adquisición de equipo TIC para las Reservas Marinas de Interés Pesquero y contratos para la adquisición de embarcaciones especializadas para las Reservas Marinas. |
Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato. |
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Q4 |
2022 |
Publicación en la plataforma de contratación pública del contrato adjudicado para la adquisición de equipo TIC para las Reservas Marinas de Interés Pesquero y la adjudicación de dos contratos para la adquisición de dos embarcaciones especializadas para las Reservas Marinas. El equipo TIC para las Reservas Marinas consiste en: i) un radioenlace radar del Faro de Alborán con la Península, ii) la adquisición de al menos cuatro equipos de visión nocturna para detectar actividades no permitidas; y iii) la adquisición de drones con potencia suficiente para poder realizar actividades de control y seguimiento y optimizar los medios existentes, lo que también reducirá el impacto ambiental. Para la adquisición de una embarcación especializada para una nueva Reserva Marina, se buscará la mejor tecnología que permita el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). |
56 |
C3.I7 |
Hito |
Convenios con Organismos Públicos de Investigación. |
Firma de convenios con Organismos Públicos de Investigación. |
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Q4 |
2021 |
Firma de acuerdos con Organismos Públicos de Investigación para promover la investigación en el ámbito pesquero y acuícola, garantizando un enfoque ecosistémico en la toma de decisiones sobre gestión pesquera. |
57 |
C3.I7 |
Objetivo |
Adquisición de sondas acústicas para la investigación en el sector pesquero |
Número |
0 |
2 |
Q2 |
2022 |
Publicación en la plataforma de contratación pública del contrato adjudicado para la adquisición de dos sondas acústicas dedicadas a la investigación pesquera. El objetivo de adquirir dos sondas para dos buques de investigación pesquera ya existentes es garantizar la calidad de los datos obtenidos y, en consecuencia, favorecer las evaluaciones científicas de los diferentes stocks de especies pelágicas, lo que contribuirá a la sostenibilidad pesquera y a la toma de decisiones en materia de gestión pesquera basada en los mejores conocimientos científicos disponibles. |
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58 |
C3.I8 |
Objetivo |
Proyectos de I+D+i para apoyar la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola. |
Número |
0 |
20 |
Q4 |
2023 |
Finalización de al menos veinte proyectos de I+D+i para la adopción de nuevas tecnologías que favorezcan la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola. |
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59 |
C3.I9 |
Hito |
Refuerzo informático del SIPE y del sistema de vigilancia pesquera. |
Instalación de un segundo cortafuegos. |
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Q4 |
2023 |
Refuerzo informático de la información y vigilancia pesqueras, incluida la instalación de un segundo cortafuegos para aumentar la seguridad del SIPE, siguiendo los requisitos establecidos en el sistema nacional de seguridad para lograr un nivel de seguridad alto, y la digitalización de los buques pesqueros. |
60 |
C3.I10 |
Hito |
Adquisición de patrulleras ligeras y patrulleros de altura para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. |
Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato. |
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Q4 |
2022 |
Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato para la adquisición de cuatro nuevas patrulleras ligeras y tres nuevos patrulleros de altura que se utilizarán para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que sigue siendo una de las mayores amenazas existentes para los ecosistemas marinos. Se buscará la mejor tecnología que permita el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). |
61 |
C3.I11 |
Objetivo |
Financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero. |
En millones EUR |
0 |
5 |
Q2 |
2022 |
Aprobación del convenio entre el MAPA y SAECA para apoyar la financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero concediendo un préstamo de al menos 5 000 000 EUR a SAECA para la creación de una línea de financiación destinada a reafianzar proyectos con actuaciones relativas a la actividad pesquera sostenible, mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad de la actividad, y digitalizar los procesos y sistemas. El convenio mencionado incluirá una cláusula que garantice que las transacciones apoyadas con esta inversión se ajusten a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. |
D. COMPONENTE 4: Ecosistemas y biodiversidad
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia abordará la vulnerabilidad de España a los efectos adversos directos e indirectos del cambio climático debido a su situación biogeográfica y geomorfológica mediante la mejora del estado de conservación de los ecosistemas mediante su restablecimiento ecológico cuando sea necesario y la inversión de la pérdida de biodiversidad, garantizando el uso sostenible de los recursos naturales y preservando y mejorando sus servicios ecosistémicos. Este componente también contribuirá a la adaptación de los ecosistemas a los efectos adversos del cambio climático mediante la adopción de medidas para minimizar sus efectos, centrándose en los incendios forestales. Se hará hincapié adicional en la protección, conservación y restauración de los ecosistemas marinos.
La ejecución de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español permitirá i) poner en marcha la agenda azul para la mejora de los mares y su biodiversidad, ii) aumentar el número de espacios marinos protegidos, llegar a proteger el 18 % del territorio español a finales de 2025 y proteger a las especies, la fauna y la flora, e iii) implantar por primera vez en España un operativo para la gestión marina.
Además, también preservará y gestionará de forma sostenible el medio rural, sus ecosistemas, la biodiversidad y los bosques. El medio rural, donde la despoblación tiene una especial incidencia, alberga gran parte del rico patrimonio natural de España y, por lo tanto, es una fuente de riqueza local, lo que ofrece oportunidades para revertir el declive demográfico.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020). También apoya una gestión adecuada de la tierra, en particular una gestión forestal, protección y restauración de la naturaleza que estén alineadas con los objetivos del Pacto Verde Europeo y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030.
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
D.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C4.R1): Conservación de la biodiversidad terrestre y marina
Esta reforma actualizará la normativa y planificación en materia de biodiversidad y patrimonio natural para dar cumplimiento a los compromisos derivados del Convenio sobre la Diversidad Biológica y de la recientemente adoptada Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030.
La actuación clave de esta reforma es la elaboración, aprobación y desarrollo del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (previsto en la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), que tendrá un efecto duradero en la conservación y gestión de todos los sistemas naturales españoles y en los servicios que prestan a la sociedad. La reforma incluirá también las actuaciones siguientes:
a)Adopción de la Estrategia de biodiversidad, ciencia y conocimiento, que determinará las principales lagunas de investigación y establecerá ámbitos específicos en los que sea necesaria la investigación sobre biodiversidad.
b)Adopción del Real Decreto por el que se apruebe el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas, que promoverá una red ecológicamente coherente que contribuya a la conservación de las áreas de patrimonio natural y de la biodiversidad marina, fomentando una gestión planificada, eficaz y coherente de las áreas marinas protegidas.
c)La Estrategia Nacional para la Conservación de los Polinizadores definirá las medidas necesarias para mejorar la situación de los polinizadores. Dicha Estrategia se centrará especialmente en i) la promoción de hábitats favorables para los polinizadores; ii) la mejora de la gestión de los polinizadores y la reducción de los riesgos derivados de especies invasoras; iii) los productos fitosanitarios; y iv) el fomento de investigaciones en relación con la conservación de los polinizadores y la divulgación de los hallazgos.
d)La adopción de un Real Decreto para la actualización de las autoridades, administrativas y científicas, del Convenio CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), que garantizará la aplicación de las medidas derivadas del Convenio CITES y que ese comercio no perjudica al estado de conservación de las especies y su supervivencia a largo plazo.
e)El Plan de Conservación y Restauración de Humedales, que garantizará la preservación y el uso racional de los humedales.
El desarrollo de estas actuaciones en el marco de esta medida contará con el apoyo directo de la inversión 1 y la inversión 2 de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (descritas a continuación). También complementará las otras dos reformas e inversiones descritas en este componente del Plan.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 2 (C4.R2): Restauración de ecosistemas e infraestructura verde
El objetivo de esta reforma es el desarrollo y la implantación de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica, con el objetivo de restaurar los ecosistemas dañados y consolidar una red de zonas naturales y seminaturales terrestres y marinas totalmente funcionales y conectadas en España para el año 2050.
Esta reforma incorpora siete líneas de actuación diferentes: i) reducir los efectos de la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica; ii) restaurar los hábitats y ecosistemas de áreas clave; iii) mantener y mejorar la provisión de servicios de los ecosistemas de los elementos de la Infraestructura Verde; iv) mejorar la resiliencia de los elementos vinculados a la infraestructura verde; v) garantizar la coherencia territorial; vi) incorporar de forma efectiva la Infraestructura Verde; y vii) asegurar la adecuada comunicación, educación y participación de los grupos de interés y la sociedad en el desarrollo de la Infraestructura Verde.
Esta reforma cuenta también con el apoyo de la inversión 3 de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, que da respuesta, en particular, a las recomendaciones de la Estrategia Europea de Biodiversidad 2030 de incorporación de corredores ecológicos, de plantación de arbolado a gran escala, de progresión significativa en la rehabilitación de terrenos contaminados y la meta de conseguir que las ciudades de al menos 20 000 habitantes cuenten con un plan de ecologización urbana ambicioso. También guarda relación con la reforma 1 y la inversión 1 de este componente del Plan.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2021.
Reforma 3 (C4.R3): Gestión forestal sostenible
Esta reforma actualizará la Estrategia Forestal Española de 1999 junto con su Plan Forestal Español 2002-2032, desarrollando un paquete de actuaciones para impulsar el sector forestal que abarque el conjunto del bosque español: protección de especies y zonas, incendios, propiedad, evolución, situación actual y tendencias en las zonas y recursos forestales, entre otros. La reforma buscará la revitalización económica y social de las grandes zonas rurales, que se enfrentan a graves problemas de despoblación, y estará bien alineada con el Pacto Verde Europeo.
La Estrategia Forestal Española tendrá cinco ejes estratégicos de intervención:
1)Conservación y mejora del patrimonio natural, la biodiversidad y conectividad.
2)Protección, sanidad, seguridad y defensa del monte, prevención y adaptación ante riesgos naturales y ambientales.
3)Bioeconomía forestal: economía y empleo verde, movilización de recursos forestales y desarrollo socioeconómico sostenible del sector forestal
4)Desarrollo y mejora del conocimiento y la cultura forestal.
5)Modelo de gobernanza forestal: marco normativo, administrativo e instrumental de la política forestal española.
Existen dos instrumentos principales en la Estrategia Forestal Española, que son necesarios para reformar el sector forestal en su conjunto. El primero es la adopción de las Directrices Básicas de Gestión Forestal Sostenible. Estas Directrices cubrirán cuestiones como la biodiversidad, el cambio climático y la bioeconomía circular. En segundo lugar, las Orientaciones Estratégicas para la Gestión de Incendios Forestales en España, que marcarán los objetivos a seguir, definirán las principales líneas de trabajo y determinarán los estamentos de la sociedad con algún grado de responsabilidad. Estas Orientaciones Estratégicas son cruciales para controlar los incendios forestales y mejorar la posición estratégica del sector forestal en el contexto de la transición ecológica.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.
Inversión 1 (C4.I1): Digitalización y conocimiento del patrimonio natural
La inversión creará un sistema para digitalizar la gestión, el control y la vigilancia del patrimonio natural, tanto en los ámbitos terrestre y marino. Esta inversión mejorará sustancialmente el conocimiento de las especies y los hábitats, así como la información cartográfica del patrimonio natural, incluido el geológico. La inversión se centra en la adquisición de información y su gestión, en particular:
1)Un programa de mejora de conocimiento y digitalización de la gestión de la biodiversidad y patrimonio natural a nivel nacional con desarrollo de redes de seguimiento, con implantación de sensores o utilización de sistemas digitales de adquisición de información tanto fijos como móviles.
2)Desarrollo de sistemas o plataformas de gestión de la información a nivel nacional con capacidades adicionales de análisis y difusión.
Se actualizarán los sistemas de aviónica de la flota de aviones anfibios. Esta inversión mejorará la operatividad del dispositivo contra incendios con actualizaciones tecnológicas, como mejoras de las cámaras y los sensores de los aviones de coordinación y observación de incendios forestales, que harán que las aeronaves sean más seguras y eficientes en la lucha contra los incendios.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la mejora de los sistemas de aviónica de la flota de aviones anfibios se incorporará únicamente a los aviones existentes y no aumentará la vida útil o la capacidad de dichas aeronaves. Solo garantizará la seguridad y las condiciones de vuelo durante las operaciones en las que se utilicen para extinguir incendios forestales.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C4.I2): Conservación de la biodiversidad terrestre y marina
Esta inversión comprenderá un conjunto de inversiones directas y líneas de subvención para la conservación de la biodiversidad terrestre y marina. Incluirá cinco líneas de actuación, que estarán en consonancia con la reforma 1:
1)Conservación de la biodiversidad terrestre, mejorando el estado de conservación de especies y hábitats, previniendo la mortalidad y realizando actuaciones de control y erradicación de especies exóticas invasoras.
2)Mejora de infraestructuras, con actuaciones como la dotación, renovación y mejora de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del patrimonio natural, así como actuaciones de sensibilización, puesta en valor y difusión de la importancia de la conservación de la biodiversidad para la salud y bienestar del ser humano.
3)Conservación de la biodiversidad marina, para lo que se establecerá un plan de conservación para el 30 % de la superficie marina para 2030. Esta inversión protegerá el 18 % del territorio marítimo español para 2025.
4)Recuperación de humedales, mediante actuaciones de conservación, mejora y restauración de humedales y en particular las ligadas al Plan de Conservación y Restauración de Humedales previsto en la reforma 2.
5)Control del comercio internacional para mejorar y consolidar la red de centros de rescate CITES y reforzar el Plan de Acción contra el Tráfico Ilegal y el Furtivismo Internacional de Especies Silvestres.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). Para la adquisición de embarcaciones especializadas, los criterios de selección de la inversión garantizarán que se utilicen únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 3 (C4.I3): Restauración de ecosistemas e infraestructura verde
Esta inversión incluye un conjunto de actuaciones en apoyo a la implementación de la reforma 2. El objetivo es restaurar los ecosistemas naturales y las zonas degradadas por actividades mineras, así como otras iniciativas en entornos urbanos destinadas al fomento de la conectividad y el reverdecimiento urbano.
La inversión fija un objetivo de restauración de al menos 30 000 hectáreas de ecosistemas naturales. Las actuaciones de restauración se centrarán en los territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización. En lo que respecta a la minería, la inversión rehabilitará al menos 30 antiguas emplazamientos mineros. La rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros incluye la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y el reverdecimiento y la naturalización de los antiguos emplazamientos mineros que ya no estén en funcionamiento.
Por último, la inversión fomentará la infraestructura verde, cubriendo las necesidades de las autoridades locales, en particular: i) estrategias de planificación y regeneración urbanas con el objetivo de crear y regenerar infraestructuras verdes y azules y liberar espacio urbano para aumentar la biodiversidad, la permeabilidad del suelo y la conectividad natural en las ciudades; ii) actuaciones y proyectos que abarquen procesos de gobernanza y participación, gestión de espacios verdes y azules y proyectos de metabolismo urbano relacionados con la biodiversidad; iii) apoyo a proyectos de equipo e infraestructuras para la planificación urbana.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 4 (C4.I4): Gestión Forestal Sostenible
Esta inversión comprenderá inversiones en gestión forestal sostenible:
1)Actuaciones que mejoren la gestión forestal incluyendo un especial esfuerzo en la lucha contra los incendios y otras intervenciones de gestión forestal; soporte técnico a los propietarios y Administraciones forestales para la consolidación de la propiedad pública; planes de gestión forestal para promover la biodiversidad y el uso sostenible.
2)Actuaciones de protección y de adaptación al cambio climático, incluida la renovación de al menos 100 medios de extinción de incendios con fines especiales, bases de brigadas contra incendios y avances en las actuaciones de mejora de los bosques.
3)Un conjunto de actuaciones prestará apoyo al sector forestal como recurso clave para afrontar el reto demográfico, incidiendo especialmente en el emprendimiento verde y la bioeconomía local. Esta parte de la inversión incluirá subvenciones a las autoridades locales y a otros agentes públicos y privados para promover la competitividad, el emprendimiento y la sostenibilidad del sector forestal y de su industria. Estas actuaciones se centrarán especialmente en la creación de empleo verde, apoyando especialmente la participación de la mujer y los jóvenes en el sector forestal y el emprendimiento verde.
Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la medida evitará y excluirá explícitamente el apoyo a las plantaciones de monocultivos, especialmente de eucalipto, para minimizar el estrés hídrico y los riesgos de incendio. Para la adquisición de medios aéreos (aviones o helicópteros) y la adquisición de nuevos equipos terrestres de extinción de incendios, solo se prestará apoyo a las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
D.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
62 |
C4.R1 |
Hito |
Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas |
Publicación en el BOE. |
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|
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Q4 |
2022 |
Adopción del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Real Decreto) y del Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas (Real Decreto), incluida la creación de al menos nueve bases de gestión marina. |
63 |
C4.R2 |
Hito |
Adopción de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica. |
Publicación en el BOE. |
|
|
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Q2 |
2021 |
Adopción de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica. La Estrategia incorporará un conjunto de líneas de actuación para lograr las metas siguientes: i) reducir los efectos de la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica; ii) restaurar ecosistemas de áreas clave; iii) mantener y mejorar la provisión de servicios de los ecosistemas; iv) mejorar la resiliencia; v) definir un modelo de gobernanza; y vi) asegurar la comunicación, educación y participación de los grupos de interés. |
64 |
C4.R3 |
Hito |
Aprobación de la Estrategia Forestal Española y el plan de apoyo. |
Publicación en el BOE. |
|
|
|
Q4 |
2022 |
Adopción de la Estrategia Forestal Española y el plan de apoyo, incluidas las Directrices Básicas de Gestión Forestal Sostenible. |
65 |
C4.I1 |
Hito |
Adjudicación de contratos para aeronaves de extinción de incendios con fines especiales y establecimiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad. |
Adjudicación de contratos. |
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|
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Q2 |
2022 |
Adjudicación de contratos de actualización y modernización de al menos diez aeronaves de extinción (Canadair) de incendios con fines especiales, y puesta en funcionamiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad. El sistema incluye un mayor conocimiento de las especies y los hábitats y una plataforma digital. La inversión garantizará el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) modernizando únicamente las aeronaves existentes, que no incrementarán su vida útil o su capacidad. |
66 |
C4.I1 |
Hito |
Finalización de las actualizaciones y modernizaciones de las aeronaves de extinción de incendios, y puesta en funcionamiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad. |
Acta de recepción. |
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|
|
Q2 |
2026 |
Al menos diez aeronaves de extinción de incendios con fines especiales (Canadair) actualizadas y modernizadas, y se ha completado y hecho operativo el sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad (incluida la plataforma digital). |
67 |
C4.I2 |
Objetivo |
Áreas marinas protegidas |
% del territorio marítimo español- |
13 |
15 |
Q4 |
2023 |
Conseguir un área marina protegida de al menos el 15 % del territorio marítimo español. Un área marina protegida es un territorio marino incluido en la Red Natura 2000 u otras categorías de espacios naturales protegidos, tal como establece la Ley 42/2007; las zonas protegidas por instrumentos internacionales y las Reservas Marinas se incluirán en la RAMPE (Red de Áreas Marinas Protegidas de España). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2020). |
|
68 |
C4.I2 |
Objetivo |
Áreas marinas protegidas |
% del territorio marítimo español- |
15 |
18 |
Q4 |
2025 |
Conseguir un área marina protegida de al menos el 18 % del territorio marítimo español. Un área marina protegida es un territorio marino incluido en la Red Natura 2000 u otras categorías de espacios naturales protegidos, tal como establece la Ley 42/2007; las zonas protegidas por instrumentos internacionales y las Reservas Marinas se incluirán en la RAMPE (Red de Áreas Marinas Protegidas de España). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023). |
|
69 |
C4.I2 |
Objetivo |
Actuaciones de conservación de la biodiversidad. |
Número (en hectáreas) |
0 |
50 000 |
Q2 |
2026 |
Al menos 50 000 hectáreas cubiertas por actuaciones finalizadas de conservación de la biodiversidad. Las medidas de conservación incluyen lo siguiente: i) actuaciones destinadas a prevenir la mortalidad de especies endémicas de fauna y flora, ii) actuaciones para la detección precoz, el control y la eliminación de especies invasoras, iii) medidas de gestión y recuperación de hábitats adoptadas en relación con especies amenazadas, iv) actuaciones de restauración de humedales, tales como la mejora de la dinámica natural, la cantidad y la calidad del agua y la fauna y la flora naturales; y v) actuaciones destinadas a crear, renovar y mejorar las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del patrimonio natural y, en particular, a la mejora de las zonas protegidas (Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos), y a mejorar y consolidar la infraestructura de CITES, incluido un nuevo centro de rescate de referencia. Para la adquisición de embarcaciones especializadas, los criterios de selección de la inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) apoyando únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados. |
|
70 |
C4.I3 |
Objetivo |
Rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 20 antiguos emplazamientos mineros). |
Número de emplazamientos mineros |
0 |
20 |
Q2 |
2023 |
Rehabilitación del 50 % de cada emplazamiento minero, dirigida al menos a 20 emplazamientos mineros, incluidos la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y el reverdecimiento y la naturalización. |
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71 |
C4.I3 |
Objetivo |
Actuaciones de restauración de ecosistemas. |
Número (en hectáreas) |
0 |
30 000 |
Q4 |
2024 |
Al menos 30 000 hectáreas cubiertas por actuaciones finalizadas de restauración de ecosistemas en territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización. |
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72 |
C4.I3 |
Objetivo |
Finalización de la rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 30 antiguos emplazamientos mineros). |
Número de emplazamientos mineros |
0 |
30 |
Q2 |
2026 |
Al menos 30 antiguos emplazamientos mineros rehabilitados, incluyendo la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y la restauración y la naturalización de los antiguos emplazamientos mineros que ya no estén en funcionamiento. |
|
73 |
C4.I4 |
Hito |
Actuaciones en materia de gestión forestal sostenible. |
Certificados firmados por el MITERD. |
|
|
|
Q2 |
2023 |
Finalización de actuaciones de gestión forestal sostenible, incluida la renovación de al menos 100 medios de extinción de incendios con fines especiales y bases de brigadas contra incendios, y la finalización de actuaciones de mejora de los bosques, incluida la planificación de prácticas adaptativas de gestión forestal sostenible y el enriquecimiento de especies. Los criterios de selección de la inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) apoyando únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados. |
E. COMPONENTE 5: Espacio litoral y recursos hídricos
Este componente tendrá por objeto mejorar la gestión de los recursos hídricos, aplicar una política de adaptación de la costa española a los efectos adversos del cambio climático y consolidar la implementación de las estrategias marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo.
Para mejorar la gestión de los recursos hídricos, España debe tratar aspectos tales como la identificación de nuevos contaminantes emergentes (como los microplásticos), el déficit de inversión existente en la planificación, la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático, el control y la gestión del Dominio Público Hidráulico, el dominio público marítimo-terrestre y el tratamiento de las aguas, y el retraso en la implantación de nuevas tecnologías y tecnologías TIC en la gestión del agua. Para hacer frente a estas cuestiones, España mejorará la eficiencia del sector. También pondrá su sistema de gestión de los recursos hídricos en consonancia con los objetivos medioambientales, como los fijados en el Pacto Verde Europeo, la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 y el Plan de Acción de la UE para reducir la contaminación a cero. A tal fin, se aplicarán diferentes estrategias, como la digitalización de la Administración Pública para tener acceso a información como la calidad de las aguas y el cumplimiento de caudales ecológicos, la provisión y la mejora de infraestructuras ambientales, la seguridad de las infraestructuras o la mejora de la situación hídrica de las aguas subterráneas y la recuperación de los acuíferos.
Los efectos de la erosión y las inundaciones costeras se han visto agravados por el cambio climático. Por lo tanto, este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español también aplicará una política de adaptación de la costa española a los efectos adversos del cambio climático. Para combatir la erosión y reducir el riesgo de inundación, se adoptarán una serie de medidas de adaptación: la recuperación ambiental de espacios degradados, la mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre o la redacción y ejecución de soluciones basadas en la naturaleza, etc. Esta línea de actuación hará el litoral más resiliente a los efectos del cambio climático y también preparará mejor el sector turístico y otros sectores que dependen de la buena condición de las zonas costeras. Además, esto reforzará aún más el papel del programa Copernicus, que es crucial para la prevención y la evaluación de los daños y la repercusión de fenómenos meteorológicos extremos.
Como parte de este componente del Plan, España promoverá un desarrollo óptimo sostenible de los sectores marítimos y protegerá el medio marino con el objetivo de lograr su buen estado medioambiental mediante la transposición de la Directiva marco sobre la estrategia marina al ordenamiento jurídico español y el refuerzo de su aplicación.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español contribuye a centrar la política económica de inversión en la eficiencia energética y el uso de los recursos (recomendación específica por país 3 de 2019). También centra la inversión en la transición ecológica y digital, y particularmente en el fomento de la investigación e innovación, en la producción y utilización de fuentes de energía limpias y eficientes, la infraestructura energética, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos y el transporte sostenible (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
E.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C5.R1): Planes y estrategias en materia de agua y cambios normativos
La reforma abordará la revisión y actualización de la Ley de Aguas, sus reglamentos y demás normativa derivada, de modo que se garantice un marco legal favorable al incremento de las inversiones. La reforma incluirá la adopción y modificación de una serie de planes y estrategias que constituyen la base de las inversiones y la gestión en materia de agua y con las que se pretenden fortalecer e incrementar las inversiones. Estos cambios normativos estarán en consonancia con el Pacto Verde Europeo.
Esta reforma tratará numerosas cuestiones relativas a todos los tipos de agua, como un marco financiero mejorado para la reutilización de las aguas residuales, una estrategia del agua para la transición ecológica, la adopción de normas técnicas para la seguridad de las presas y sus embalses, la adopción de un plan nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización del agua (plan DSEAR), la revisión de tercer ciclo de los planes hidrológicos de cuenca y la revisión de segundo ciclo de los planes de gestión de los riesgos de inundación.
La medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.
Inversión 1 (C5.I1): Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)
Con esta inversión se pretende llevar a cabo las siguientes actuaciones:
1)Actuaciones de depuración, saneamiento y reutilización del agua. El objetivo de esta línea de actuación es mejorar la recogida y el tratamiento de las aguas residuales urbanas. En determinados casos, incorporarán la reutilización de las aguas residuales urbanas, reduciendo con ello las actuales presiones por extracción. Las nuevas actuaciones de depuración deberán lograr un consumo de energía neto nulo del sistema completo de tratamiento de las aguas residuales. Las infraestructuras deberán ser como mínimo infraestructuras nuevas o mejoradas de tratamiento de aguas residuales con capacidad adicional para el tratamiento de aguas residuales. El tratamiento se diseñará ex novo o modernizará para tenga un nivel que se ajuste a la Directiva 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. La mejora y renovación de las infraestructuras existentes dará lugar a una reducción del consumo medio de energía de al menos un 10 %. Estos ahorros se lograrán con la aplicación de medidas de eficiencia energética (cogeneración, recuperación de energía y de calor, paneles fotovoltaicos, iluminación led, etc.) en la redacción de los proyectos y con la introducción de cláusulas y criterios de eficiencia energética en convocatorias de proyecto y obra.
2)Actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua. Las actuaciones pondrán en marcha un régimen de subvenciones para la mejora de la eficiencia en las redes de abastecimiento de municipios medianos y pequeños, que permita a los municipios u organismos públicos con competencias asumidas en abastecimiento mejorarlo mediante la reducción de pérdidas en redes de distribución y actuaciones de reparación y mejora en depósitos e instalaciones de potabilización en municipios medianos y pequeños. Los habitantes atendidos por estas infraestructuras corresponderán a los atendidos por el sistema de distribución de agua.
3)Inversiones para mejorar la seguridad de presas y embalses. Estas actuaciones garantizarán la seguridad de las grandes presas de titularidad estatal mediante la implantación de los correspondientes planes de emergencia y otras acciones complementarias. No se construirán presas nuevas ni se ampliarán presas existentes.
La inversión estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2023.
Inversión 2 (C5.I2): Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Los objetivos de la inversión son los siguientes:
1)Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales y Reservas Naturales Fluviales. Esta línea abarca una serie de actuaciones concretas dirigidas a la restauración del espacio fluvial, a la ampliación de las redes de seguimiento y a la mejora de los inventarios de las presiones hidromorfológicas que lo amenazan.
2)Actuaciones para mitigar el riesgo de inundación. Esta línea de actuación incluye los planes de gestión del riesgo de inundación vigentes, incluidas medidas de prevención en materia de ordenación del territorio y urbanismo, la elaboración de guías técnicas para reducir la vulnerabilidad de los elementos expuestos en las zonas inundables y promover la adaptación al riesgo de inundación de distintos sectores económicos. Además, los municipios deberán abordar la ejecución de medidas de restauración fluvial en los entornos urbanos, la implantación de sistemas de drenaje sostenibles, la mejora de la permeabilidad de los entornos urbanos y la conexión de los mismos con los valores medioambientales de los ríos en las zonas urbanas, sobre la base de las guías técnicas elaboradas y los objetivos de la planificación hidrológica.
3)Medidas de reducción de la extracción de agua subterránea (recuperación de acuíferos) con la utilización de recursos alternativos. Estas medidas reducirán las extracciones que se registran en algunas masas de agua subterránea —en particular las que amenazan al espacio de Doñana y a determinados acuíferos del Sureste de España— y ampliarán las redes de control piezométrico.
La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 3 (C5.I3): Transición digital en el sector del agua (vigilancia y control del entorno digital)
La transición digital puede desempeñar un papel crucial en la mejora de la eficiencia del sector del agua. Con el fin de mejorar la digitalización de la gestión del agua, habrá tres líneas de actuación en esta inversión.
1)Mejora del conocimiento y el uso de los recursos hídricos, a raíz de actuaciones como la mejora digital de los sistemas de control de las aguas, el refuerzo de la vigilancia y el control del dominio público hidráulico e infraestructuras conexas y la implementación de sistemas eficaces de previsión y alerta para reducir los efectos negativos de las inundaciones.
2)Actuaciones de seguimiento de las precipitaciones en cuencas hidrográficas y en el litoral. Esta línea de acción impulsará la renovación de la red de radares meteorológicos y su completado con nuevas instalaciones de banda corta, como la renovación y mejora de estaciones meteorológicas automáticas para la calibración radar en tiempo real y el diseño, desarrollo e implantación de un centro radar nacional.
3)Mejora de la observación y vigilancia meteorológica y la prevención de riesgos climáticos, lo que incluirá un nuevo sistema integrado de ayudas meteorológicas, herramientas de observación meteorológica para la alerta temprana, incluida la aplicación del sistema WIGOS (Integrated Global Observing System), el establecimiento de crowdsourcing, el control de calidad automático y la labelización del dato meteorológico mediante el empleo de técnicas de inteligencia artificial, la profundidad de los datos NoSQL para la efectiva implantación de tratamientos de datos basados en volúmenes ingentes de datos (big data).
La inversión abarcará la puesta en funcionamiento de 26 herramientas o infraestructuras renovadas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos para prevenir los riesgos climáticos.
La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 4 (C5.I4): Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
El cambio climático está teniendo y se espera que tenga fuertes efectos adversos en la costa española. Esta inversión implementará la Estrategia para la Adaptación de la Costa a los Efectos del Cambio Climático, con el objetivo de incrementar la resiliencia de la costa española al cambio climático y a la variabilidad climática e integrar la adaptación al cambio climático en la planificación y gestión de la costa española. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia remota de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares.
Esta inversión protegerá y restablecerá los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de distintas actuaciones: i) reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; ii) delimitación del dominio público marítimo terrestre; iii) recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; iv) gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; v) recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados, conservación y gestión del litoral; y vi) actuaciones con efectos similares.
La medida también mejorará la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre, recuperando terrenos para proporcionar acceso al dominio público, y la planificación, gestión y restauración del acceso o actuaciones con efectos similares. La inversión se dirigirá a la aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se aplicará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar.
La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
E.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
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Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
74 |
C5.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de las modificaciones del Reglamento de la planificación hidrológica |
Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q4 |
2021 |
Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la planificación hidrológica (BOE). Las modificaciones se referirán a aspectos relacionados con la sequía y la escasez de agua, los requisitos de transposición de la Directiva marco sobre el agua y las normas pertinentes en el marco de la Estrategia Común de Implantación de las directivas del agua. |
75 |
C5.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la modificación de la Ley de Aguas y del nuevo Reglamento que sustituye al Real Decreto 1620/2007. |
Disposición de la Ley de Aguas por la que se establece su entrada en vigor. |
|
|
|
Q2 |
2023 |
Modificación de la Ley de Aguas para incluir una modificación del canon de control de vertidos de aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes». El nuevo Reglamento que sustituye al Real Decreto 1620/2007 modificará el marco normativo y financiero para la reutilización de las aguas residuales en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes», mejorando el control y la protección de las masas de agua, incluidas las aguas subterráneas, y dará respuesta a los aspectos relacionados con la sequía y la escasez. |
76 |
C5.I1 |
Objetivo |
Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales mejoradas |
Número (población) |
0 |
175 000 |
Q2 |
2023 |
Puesta en funcionamiento de infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales que presten servicio al equivalente de un mínimo de 175 000 habitantes, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE y cumplir los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua. |
|
77 |
C5.I2 |
Hito |
Restauración de las protecciones de cauces y riberas contra los riesgos de inundación. |
Certificados firmados por el MITERD. |
|
|
|
Q4 |
2022 |
Al menos 200 km de cauces y riberas restaurados y al menos 40 000 habitantes protegidos contra los riesgos de inundación. |
78 |
C5.I2 |
Objetivo |
Reducción del volumen de agua extraída de acuíferos. |
Número (en hm3/año) |
510 |
470 |
Q4 |
2023 |
Reducción del volumen anual de agua extraída de acuíferos ubicados en Doñana, Segura-Mar Menor, Mancha Oriental, y reducción de la norma de 510 hm3/año a 470 hm3/año. |
|
79 |
C5.I3 |
Hito |
Puesta en funcionamiento de herramientas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos. |
Certificación de gastos. |
|
|
|
Q4 |
2023 |
Puesta en funcionamiento de 26 herramientas o infraestructuras renovadas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos para prevenir los riesgos climáticos. Las actuaciones estarán relacionadas principalmente con el diseño y la implantación del registro electrónico de aguas (gestión de datos hidrológicos y calidad del agua, digitalización del tratamiento de archivos y modernización de la red de vigilancia meteorológica aeronáutica). |
80 |
C5.I4 |
Objetivo |
Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 50 kilómetros de litoral. |
Número (en km) |
0 |
50 |
Q4 |
2022 |
Finalización de obras en al menos 50 kilómetros de litoral para la restauración de zonas y ecosistemas degradados, protección y aumento de la accesibilidad a las zonas costeras, mitigación de la erosión, mejora de los conocimientos y mejora de la resiliencia de las zonas costeras y adaptación a los efectos del cambio climático, vigilancia remota y aplicación de Planes de ordenación del espacio marítimo. Las actuaciones deberán contemplar los siguientes aspectos. i) Aumento de la resiliencia de la costa española frente a los efectos adversos del cambio climático con actuaciones de lucha contra la erosión y de fortalecimiento del litoral. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares. ii) Proteger y restablecer los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de: a) la reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; b) la delimitación del dominio público marítimo terrestre; c) la recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; d) la gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; e) la recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados; f) la conservación y gestión del litoral; y g) actuaciones con efectos similares. iii) Mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre. Esto se hará expropiando terrenos para facilitar el acceso al dominio público, la planificación, la gestión y la restauración del acceso o actuaciones con efectos similares. iv) Aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se logrará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar. |
|
81 |
C5.I4 |
Objetivo |
Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 100 kilómetros de litoral. |
Número (en km) |
50 |
100 |
Q4 |
2023 |
Finalización de obras en al menos 100 kilómetros de litoral para la restauración de zonas y ecosistemas degradados, protección y aumento de la accesibilidad a las zonas costeras, mitigación de la erosión, mejora de los conocimientos y mejora de la resiliencia de las zonas costeras y adaptación a los efectos del cambio climático, vigilancia remota y aplicación de Planes de ordenación del espacio marítimo. Las obras incluirán los siguientes aspectos. i) Aumento de la resiliencia de la costa española frente a los efectos adversos del cambio climático con actuaciones de lucha contra la erosión y de fortalecimiento del litoral. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares. ii) Proteger y restablecer los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de: a) la reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; b) la delimitación del dominio público marítimo terrestre; c) la recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; d) la gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; e) la recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados; f) la conservación y gestión del litoral; y g) actuaciones con efectos similares. iii) Mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre. Esto se hará expropiando terrenos para facilitar el acceso al dominio público, la planificación, la gestión y la restauración del acceso o actuaciones con efectos similares. iv) Aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se logrará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2022). |
F. COMPONENTE 6: Movilidad sostenible (larga distancia)
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español trata las cuestiones siguientes: 1) Acompañar la transición hacia modos de transporte más sostenibles; 2) reducir las emisiones del sector del transporte; 3) hacer que el sector del transporte sea más seguro, accesible, sostenible e inclusivo.
Los objetivos del componente son desarrollar la red ferroviaria española (en particular, los corredores principales de la RTE-T y otras infraestructuras de la RTE-T); hacer más interoperable la red de transportes (ferrocarriles, carreteras, puertos) con el objetivo de reducir su huella de carbono; mejorar las conexiones transfronterizas con Francia y Portugal; y modernizar el sector del transporte con la introducción de tecnologías digitales avanzadas.
Este componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de la inversión en eficiencia energética y en el uso de los recursos y al desarrollo de las infraestructuras ferroviarias para el transporte de mercancías (recomendación específica por país 3 de 2019) y a la inversión en la transición ecológica y digital y el transporte sostenible (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
F.1. Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C6.R1): Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada
Los objetivos de la medida son los siguientes:
a)aumentar la seguridad de la red de movilidad garantizando una mejor protección de las personas y los bienes, mejorando las normas y reduciendo los accidentes;
b)aumentar la sostenibilidad dando prioridad a la movilidad cotidiana, la equidad económica y social, la eficiencia energética y la lucha contra el cambio climático;
c)mejorar la conectividad con la digitalización, el progreso tecnológico y la conectividad multimodal.
La Estrategia se desglosará en actuaciones específicas en los nueve ejes siguientes:
I.movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable);
II.nuevas políticas de inversión (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte);
III.movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad);
IV.movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía);
V.movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes);
VI.cadenas logísticas intermodales (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas);
VII.conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas);
VIII.aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte);
IX.evolución y transformación del MITMA para conseguir una transición digital completa y lograr que sea más abierto e innovador.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2021.
Reforma 2 (C6.R2): Estrategia Indicativa Ferroviaria
Los objetivos de la reforma son dotarse de instrumentos que garanticen que la red ferroviaria satisfaga las necesidades futuras de movilidad de manera coherente y eficaz. La estrategia fijará un marco de planificación claro para el modo de transporte ferroviario y permitirá alinear las prioridades de inversión a la Estrategia de Movilidad segura, sostenible y conectada (R1).
La reforma constará de varias líneas de actuación, como son:
a)consolidar un escenario de planificación claro de las actuaciones en el sector ferroviario, especialmente orientadas a la movilidad cotidiana;
b)mejorar el mantenimiento de la red;
c)garantizar la sostenibilidad económica de la red ferroviaria;
d)asignación eficiente de los recursos, con una evaluación ex ante y ex post de los proyectos de inversión;
e)mejorar la intermodalidad y la interoperabilidad de la red, especialmente en los corredores transeuropeos;
f)impulsar el tráfico ferroviario de mercancías;
g)mejorar la seguridad del transporte ferroviario; y
h)fomentar la digitalización del transporte y la innovación para lograr una movilidad conectada.
La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Inversión 1 (C6.I1): Red Transeuropea de Transporte: Corredores europeos
Los objetivos de esta medida son construir nuevas infraestructuras ferroviarias en los principales corredores europeos de la RTE-T y modernizar y mejorar las existentes.
La inversión consistirá en líneas de actuación en las dimensiones principales siguientes:
a)Plataforma: proyectos que permiten configurar la infraestructura que soportará las vías y que incluye terraplenes, desmontes, viaductos, túneles, etc. Se trata principalmente de construcción de nueva infraestructura.
b)Reposición de servicios: actuaciones encaminadas a la reposición de servicios existentes (luz, riego, agua, etc.) que se vean afectados durante la ejecución de las obras ferroviarias.
c)Vía: actuaciones para el montaje y suministro de los materiales de vía (balasto, traviesas, carril, desvíos y aparatos de dilatación) en nuevas secciones ferroviarias, así como la renovación de vías existentes.
d)Electricidad: actuaciones destinadas a la electrificación de líneas, incluyendo: líneas aéreas de contacto, subestaciones de tracción, centros de transformación, telemando de energía y líneas de alta tensión.
e)Señalización y control de tráfico: proyectos encaminados a la implementación de nuevos sistemas señalización y control de tráfico.
f)Telecomunicaciones: proyectos relacionados con las telecomunicaciones fijas y móviles en líneas ferroviarias.
g)Estaciones: mejora y rehabilitación de estaciones existentes, así como la construcción de nuevas estaciones.
Las obras se llevarán a cabo en al menos 1 400 km de red incluidos en los Corredores Atlántico y Mediterráneo, incluyendo actuaciones tanto de mejora de secciones en servicio, como inversiones que permitan avanzar en la construcción de nuevos tramos.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C6.I2): Red Transeuropea de Transporte. Otras actuaciones
Los objetivos de la medida son mejorar la red nacional de transporte, lo que cubre todos los modos de transporte (por aire, ferrocarril y carretera), con el fin de hacerla más fiable, sostenible, segura y resiliente.
La inversión consistirá en las actuaciones siguientes:
a)Modernización de la red ferroviaria en relación con la red no básica de la RTE-T con obras en al menos 900 kilómetros.
b)Hacer que la red de carreteras sea más segura de acuerdo con la normativa nacional y europea.
c)Impulsar el desarrollo del Cielo Único Europeo (veinte proyectos).
d)Apoyar la transformación digital del MITMA.
Los criterios de selección garantizarán que al menos 1 010 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 301 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 3 (C6.I3): Intermodalidad y logística
El objetivo de la medida es desarrollar el eje 6 de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (reforma 1), sobre Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes.
La inversión consiste en tres líneas de actuación:
a)desarrollo o mejora de nueve estratégicas intermodales y logísticas terminales para, en algunos casos, hacer que converjan las terminales intermodales con la zona logística y, en todos los casos, impulsar la transferencia modal de mercancías de la carretera al ferrocarril;
b)mejorar el acceso ferroviario y por carretera a los puertos españoles para impulsar el transporte de mercancías por ferrocarril, mejorando la conexión de los puertos a la red ferroviaria (dos puertos) y a la red de carreteras (un puerto);
c)mejora de la accesibilidad (diecinueve proyectos) y sostenibilidad en los puertos (proyectos en veinticinco autoridades portuarias).
Los criterios de selección garantizarán que al menos 584 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 217 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 4 (C6.I4): Programa de apoyo para un transporte sostenible y digital
Los objetivos de la medida son mejorar la eficiencia del sistema de transporte mediante la digitalización e introducción de nuevas tecnologías en el sector, y el apoyo a los medios de transporte más sostenibles, en particular el ferrocarril. Esta inversión está en consonancia con las iniciativas del programa de trabajo del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) y apoya el desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte.
La inversión consistirá en un paquete de quince líneas de actuación en los ámbitos siguientes:
Línea de actuación 1. Interoperabilidad en transporte ferroviario de mercancías
1. Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS) a bordo.
2. Acciones que eliminen las barreras para la interoperabilidad ferroviaria.
3. Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras.
Línea de actuación 2. Fomento de la intermodalidad del transporte
4. Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres.
5. Apoyo al transporte sostenible de mercancías (ferroviario y marítimo) basado en ECO-INCENTIVOS a la oferta y a la demanda.
Línea de actuación 3. Modernización de material ferroviario de mercancías
6. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de vagones para el transporte ferroviario de mercancías, incluido el necesario para el establecimiento de servicios de autopistas ferroviarias.
7. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de material tractor ferroviario con otro material que utilice combustibles alternativos como el hidrógeno o la electricidad.
Línea de actuación 4. Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado
8. Construcción y mejora de zonas de aparcamiento seguras para vehículos comerciales, así como la provisión de servicios de información.
9. Servicios Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras (ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la seguridad y conservación de las carreteras.
10. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras. Los criterios de elegibilidad de esta medida asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) fijando como condición que la infraestructura de transición y distribución permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.
11. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de medios y maquinaria para conseguir pavimentos sostenibles: disminución de huella de carbono y sonorreductores.
Línea de actuación 5. Sostenibilidad del transporte marítimo y aéreo
12. Apoyo al despliegue de combustibles alternativos en puertos y aeropuertos. Los criterios de elegibilidad de esta medida asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) fijando como condición que la infraestructura de transición y distribución permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.
13. Apoyo a la adopción de tecnologías propulsivas con energías alternativas en el sector marítimo.
Línea de actuación 6. Digitalización del transporte
14. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito nacional.
Transferencia a Comunidades Autónomas
15. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local.
Los criterios de selección garantizarán que al menos 63 500 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 210 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.
F.2. Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito / Objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos (para los hitos) |
Indicadores cuantitativos (para los objetivos) |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
82 |
C6.R1 |
Hito |
Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (consulta pública). |
Anuncio de fin de la consulta. |
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|
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Q4 |
2020 |
Finalización del proceso de consulta pública sobre la Estrategia con cambios normativos en los nueve ejes siguientes: 1) Movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable); 2) Nuevas políticas inversoras (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte); 3) Movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad); 4) Movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía); 5) Movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes); 6) Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas); 7) Conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas); 8) Aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte); 9) Digitalización del MITMA. |
83 |
C6.R1 |
Hito |
Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (aprobación). |
Aprobación por el Consejo de Ministros. |
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|
|
Q4 |
2021 |
Aprobación por el Consejo de Ministros de la Estrategia con actuaciones en los nueve ejes siguientes: 1 ) Movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable); 2) Nuevas políticas inversoras (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte); 3) Movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad); 4) Movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía); 5) Movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes); 6) Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas); 7) Conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas); 8) Aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte); 9) Digitalización del MITMA. |
84 |
C6.R2 |
Hito |
Estrategia Indicativa Ferroviaria |
Publicación en el BOE. |
|
|
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Q4 |
2022 |
Publicación en el BOE de la resolución por la que se apruebe la Estrategia Indicativa Ferroviaria con cambios normativos en: a) consolidar un escenario de planificación claro de las actuaciones en el sector ferroviario, especialmente orientadas a la movilidad cotidiana; b) mejorar el mantenimiento de la red; c) garantizar la sostenibilidad económica de la red ferroviaria; d) asignación eficiente de los recursos, con una evaluación ex ante y ex post de los proyectos de inversión; e) mejorar la intermodalidad y la interoperabilidad de la red, especialmente en los corredores transeuropeos; f) impulsar el tráfico ferroviario de mercancías; g) mejorar la seguridad del transporte ferroviario; y h) fomentar la digitalización del transporte y la innovación para lograr una movilidad conectada. En lo que respecta a todas las actuaciones de la Estrategia Indicativa Ferroviaria, garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 21/2013, sobre evaluaciones de impacto ambiental, y la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, de modificación de la Ley 21/2013, y ejecutar las actuaciones mitigadoras de protección del medioambiente requeridas por la evaluación de impacto ambiental. |
85 |
C6.I1 |
Hito |
Red básica de la RTE-T: adjudicación de proyectos. |
Notificación oficial de la adjudicación del proyecto. |
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|
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Q4 |
2022 |
Al menos 1 400 000 000 EUR de presupuesto asignado a la red básica de la RTE-T en los corredores siguientes: CORREDOR ATLÁNTICO
• Plataforma. Incluye proyectos que permiten configurar la infraestructura que soportará las vías y que incluye terraplenes, desmontes, viaductos, túneles, etc. Se trata principalmente de construcción de nueva infraestructura. • Reposición de servicios. Incluye actuaciones encaminadas a la reposición de servicios existentes (luz, riego, agua, etc.) que se vean afectados durante la ejecución de las obras ferroviarias. • Vía. Incluye actuaciones para el suministro de materiales y el montaje de las vías férreas (balasto, traviesas, carriles, agujas y aparatos de dilatación) en nuevos tramos ferroviarios, así como la renovación de las vías férreas existentes.
• Electricidad. Incluye actuaciones destinadas a la electrificación de líneas, incluyendo: líneas aéreas de contacto, subestaciones de tracción, centros de transformación, telemando de energía, líneas de alta tensión, etc.
• Telecomunicaciones. Incluye los proyectos relacionados con las telecomunicaciones fijas y móviles en líneas ferroviarias (fibra óptica, GSM-R, etc.).
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86 |
C6.I1 |
Objetivo |
Red principal de la RTE-T: progreso de las obras. |
- |
Número (en km) |
0 |
335 |
Q4 |
2024 |
Al menos 335 kilómetros de obras completadas en la red principal de la RTE-T en los corredores y con las características definidas en el objetivo 85, del cuatro trimestre de 2022. |
87 |
C6.I1 |
Objetivo |
Red principal de la RTE-T: finalización de las obras. |
- |
Número (en km) |
335 |
1 400 |
Q2 |
2026 |
Al menos 1 400 kilómetros de obras completadas en la red principal de la RTE-T en los corredores y con las características definidas en el objetivo 85, del cuatro trimestre de 2022. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024). |
88 |
C6.I2 |
Hito |
Distintos modos de transporte de la red RTE-T (ferrocarril y carretera): adjudicación presupuestaria parcial. |
Notificación oficial de la adjudicación del proyecto. |
|
|
|
Q4 |
2022 |
Presupuesto acumulado adjudicado de al menos 1 000 000 000 EUR (presupuesto total de 1 717 000 000 EUR) para intervenciones en la red no básica RTE-T en diferentes modos de transporte (ferrocarril y carretera). Los proyectos se seleccionarán con arreglo a los criterios de selección siguientes:
• mejora de la infraestructura tecnológica para la gestión del tráfico ferroviario;
• Mejora de la seguridad viaria (incluidas actuaciones de seguridad en al menos 80 túneles) y protección de fauna y usuarios vulnerables (357 000 000 EUR).
• Implementación de Sistemas Inteligentes de Transporte en carriles BUS-VAO (13 000 000 EUR).
|
89 |
C6.I2 |
Objetivo |
Red no principal de la RTE-T: progreso de las obras ferroviarias. |
- |
Número (en km) |
0 |
347 |
Q4 |
2024 |
Al menos 347 kilómetros de obras finalizadas con el objetivo de hacer la red ferroviaria más interoperable fundamentalmente en relación con la RTE-T; el objetivo final es que el total de las obras represente al menos 900 kilómetros de red. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en el documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra a) (hito 88). |
90 |
C6.I2 |
Objetivo |
Cielo Único Europeo: proyectos adjudicado y avances en la finalización de los proyectos. |
- |
Número |
0 |
15 |
Q4 |
2024 |
Un total de quince proyectos finalizados (el objetivo final es veinte proyectos) en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo, de entre la lista siguiente de criterios de selección: Un total de quince proyectos finalizados (el objetivo final es veinte proyectos) en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo, de entre la lista siguiente de criterios de selección: • Inversiones directas a través de ENAIRE (gestor de navegación aérea en España) encaminadas al desarrollo del Cielo Único Europeo, relacionadas con la modernización de los sistemas de control de tráfico aéreo y de los sistemas de vigilancia, la transformación digital y sistemas de Información y con la evolución de los sistemas de comunicaciones.
• Digitalización de la documentación aeronáutica (datos y cartografía) a disposición de los usuarios para la realización de vuelos.
• Digitalización y automatización de la gestión de explotación técnica para la mejora de las herramientas de supervisión remota de los sistemas de manera integrada.
|
91 |
C6.I2 |
Hito |
Digitalización del MITMA. |
Notificación oficial de la finalización de las obras. |
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|
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Q4 |
2024 |
Finalización de los proyectos siguientes: • Building Information Modeling (BIM): puesta en marcha de una plataforma colaborativa para gestión de información y modelos digitales. • Impulso de la Movilidad como Servicio (MaaS), ofreciendo datos abiertos y utilizando nuevas tecnologías para el análisis y optimización de la movilidad. • Implementación de un sistema de análisis, seguimiento, vigilancia, control de necesidades, ejecución de servicio e implantación y aplicación de nuevas tecnologías en el transporte terrestre. • Plan de Digitalización de la Dirección General de Carreteras. • Desarrollo de nuevos servicios y mejora de la gestión en los ámbitos aéreos, marítimo y de información geográfica, entre otros. |
92 |
C6.I2 |
Objetivo |
RTE-T nueva o mejorada, otras obras. |
- |
Número (en km) |
347 |
900 |
Q2 |
2026 |
Al menos 900 kilómetros de obras finalizadas con el objetivo de hacer la red ferroviaria más interoperable fundamentalmente en relación con la RTE-T, por medio de obras. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra a) (hito 88). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024). |
93 |
C6.I2 |
Objetivo |
Cielo Único Europeo: finalización del proyecto. |
- |
Número |
15 |
20 |
Q2 |
2026 |
Al menos 20 proyectos finalizados en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo; los proyectos deben estar seleccionados en consonancia con los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto (hito 90).
|
94 |
C6.I2 |
Hito |
RCE adaptada a la normativa actual. |
Finalización del proyecto. |
|
|
|
Q2 |
2026 |
Finalización de obras para hacer la RCE más segura con arreglo a la normativa nacional y europea.
|
95 |
C6.I3 |
Hito |
Infraestructuras intermodales y logísticas: adjudicación presupuestaria parcial. |
Notificación oficial de la adjudicación del proyecto. |
|
|
|
Q4 |
2022 |
Presupuesto acumulado adjudicado de al menos 330 000 000 EUR (presupuesto total de 974 000 000 EUR) para intervenciones de mejoras de las infraestructuras intermodales y logísticas.
• Vicálvaro en Madrid;
• instalación logística de Can Tunis (Barcelona);
• acceso ferroviario al puerto de A Coruña;
• Accesibilidad (176 000 000 EUR): obras de acceso ferroviario incluyendo trabajos de remodelación y mejora, así como obras de nuevo acceso y de mejora del tránsito interno en los puertos, mediante la adaptación de las infraestructuras que dan continuidad a sus accesos terrestres externos.
• Sostenibilidad: adecuación de sistemas de abastecimiento y saneamiento de agua; planes de mejora de calidad del aire; instalación de redes de energía más eficientes; instalaciones de energía solar fotovoltaica; renovación de redes de alumbrado e instalación de tecnología LED; sistemas de control de consumo eléctrico; renovación de sistemas de transformación.
Los criterios de selección garantizarán que, del objetivo presupuestario total de 974 000 000 EUR, al menos 584 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 217 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
96 |
C6.I3 |
Hito |
Ejecución presupuestaria de la infraestructura intermodal y logística. |
Notificación oficial de ejecución presupuestaria. |
|
|
|
Q4 |
2024 |
Presupuesto acumulado ejecutado de al menos 590 000 000 EUR para las estructuras de infraestructura intermodal y logística. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letras a), b) y c) (hito 95). |
97 |
C6.I3 |
Objetivo |
Infraestructura intermodal y logística. |
- |
Número |
0 |
12 |
Q2 |
2026 |
Finalización de las obras en nueve terminales estratégicas intermodales y logísticas (Tilos) y tres accesos portuarios nuevos o mejorados para impulsar el transporte ferroviario de mercancías. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letras a) y b) (hito 95). |
98 |
C6.I3 |
Objetivo |
Finalización de proyectos de accesibilidad ferroviaria y de proyectos de sostenibilidad en los puertos. |
- |
Número |
0 |
44 |
Q2 |
2026 |
Finalización de 44 actuaciones (19+25): al menos 19 proyectos de accesibilidad ferroviaria y finalización de proyectos de sostenibilidad en los puertos en 25 autoridades portuarias diferentes. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra c) (hito 95). |
99 |
C6.I4 |
Hito |
Apoyo al programa de transporte sostenible y digital. |
Publicación en el BOE. |
|
|
|
Q4 |
2022 |
Publicación en el BOE de la concesión de 800 000 000 EUR en el marco del programa de transporte sostenible y digital. Se aprobarán proyectos para las quince líneas de actuación siguientes.
Línea de actuación 1. Interoperabilidad en transporte ferroviario de mercancías (45 000 000 EUR).
2. Acciones que eliminen las barreras para la interoperabilidad ferroviaria de conformidad con las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI). Sistemas de reducción de ruido en material rodante.
Línea de actuación 2. Fomento de la intermodalidad del transporte (195 000 000 EUR).
7. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de material tractor ferroviario con otro material que utilice combustibles alternativos como el hidrógeno o la electricidad.
Línea de actuación 4. Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado (56 500 000 EUR).
9. Servicios Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras (ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la seguridad y conservación de las carreteras.
10. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras.
13. Apoyo a la adopción de tecnologías propulsivas con energías alternativas en el sector marítimo.
Línea de actuación 6. Digitalización del transporte (47 500 000 EUR).
Transferencia a Comunidades Autónomas (220 000 000 EUR).
Respecto de las medidas 10 y 12, los criterios de elegibilidad asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), garantizando que la infraestructura permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono. Los criterios de selección garantizarán que al menos 63 500 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 210 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
100 |
C6.I4 |
Hito |
Transporte sostenible y digital: inicio de las obras. |
Notificación oficial de inicio de las obras. |
|
|
|
Q4 |
2024 |
Inicio de las obras en todos los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el transporte sostenible y digital. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022 (hito 99). |
101 |
C6.I4 |
Hito |
Transporte sostenible y digital: finalización de las obras. |
Notificación oficial de la finalización de las obras. |
|
|
|
Q2 |
2026 |
Finalización de todos los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el transporte sostenible y digital. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022. Respecto de las medidas 10 y 12, los criterios de elegibilidad asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), garantizando que la infraestructura permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono. |
G. COMPONENTE 7: Despliegue e integración de energías renovables
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) (2021-2030) de España prevé un crecimiento significativo de la penetración de las energías renovables en España, llegando en 2030 al 74 % en el ámbito eléctrico y al 42 % sobre el uso final. En este contexto, el objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es aumentar el uso de energías renovables mediante los siguientes elementos:
a)el desarrollo de un marco regulador claro y predecible que promueva la inversión en energías renovables;
b)el establecimiento y la consolidación de la cadena de valor industrial en el ámbito de las renovables;
c)el apoyo a fuentes innovadoras de tecnologías de generación renovable, incluida su integración en los usos finales; así como
d)el desarrollo de competencias ecológicas.
Además, el componente pretende específicamente promover el despliegue de las energías renovables en las islas españolas, así como la participación de los ciudadanos a través de comunidades de energías renovables.
El componente está relacionado con la promoción de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019). También fomenta la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
G.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C7.R1): Marco normativo para el fomento de la generación renovable
El objetivo de esta medida es reforzar el marco normativo para el fomento de la generación renovable, con el fin de aumentar la seguridad y fomentar la inversión privada en energías renovables, eliminar los obstáculos al despliegue de las energías renovables y mejorar su integración en el medio ambiente, el sistema eléctrico y en los distintos sectores.
La medida incluirá una serie de medidas legislativas y reglamentarias, entre ellas:
-la adopción del Real Decreto-ley 23/2020, de junio de 2020, que establece un nuevo sistema de subastas para la generación renovable y mejora el mecanismo de acceso de la generación renovable a la red eléctrica;
-la adopción del Real Decreto 960/2020, de noviembre de 2020, que mejora la previsibilidad de los ingresos que se obtendrán mediante la generación renovable en las nuevas subastas;
-el Real Decreto 1183/2020, de diciembre de 2020, por el que se regulan las condiciones de acceso y conexión para la generación renovable, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 23/2020; así como
-la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, cuya adopción está prevista para el primer semestre de 2021, que blinda con rango de Ley los objetivos en materia de energías renovables para 2030 y el objetivo de neutralidad climática para 2050 (incluido un sistema de electricidad renovable del 100 %). Esta Ley también incluye elementos pertinentes para otros componentes del Plan (como la reducción de las barreras administrativas y los requisitos para la instalación de puntos públicos de recarga).
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Reforma 2 (C7.R2): Estrategia Nacional de Autoconsumo
El objetivo de esta medida es impulsar el autoconsumo como forma alternativa de generación renovable, establecer objetivos en este ámbito para el período 2021-2030 e identificar y desarrollar medidas para mitigar los principales obstáculos a su despliegue. El autoconsumo contribuye a la integración de la generación renovable en edificios y entornos urbanos e impulsa el empleo local.
La medida incluirá la adopción por parte del Gobierno español de una Estrategia Nacional de Autoconsumo durante el segundo semestre de 2021 con el fin de reducir los obstáculos administrativos al autoconsumo. La estrategia diagnosticará la situación actual y potencial en España e identificará medidas destinadas a: a) una mejor coordinación entre las Administraciones; b) la difusión de información a los consumidores y la sensibilización; c) determinar las competencias pertinentes existentes, así como otras oportunidades de formación relacionadas con el despliegue del autoconsumo.
La medida abordará la aplicación de elementos clave de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, incluso mediante la publicación de orientaciones sobre cómo fomentar el autoconsumo y la finalización de actividades de formación destinadas a mejorar las competencias requeridas.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.
Reforma 3 (C7.R3): Desarrollo de las comunidades energéticas
Esta medida tiene por objetivo desarrollar comunidades energéticas para impulsar la participación de los ciudadanos en la transición energética, a través de comunidades de energías renovables y comunidades energéticas ciudadanas. La medida apoyará la formación, los procesos participativos y de creación de comunidades y el apoyo a proyectos específicos.
La medida adjudicará un primer proyecto piloto para las comunidades energéticas sobre la base de una licitación competitiva, con el fin de demostrar la viabilidad de este modelo. Ejecutará 37 proyectos piloto con la participación de la comunidad local a finales de 2023, con una hoja de ruta de las acciones llevadas a cabo y la determinación de las medidas futuras adecuadas. Estos proyectos se basarán en las energías renovables.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Reforma 4 (C7.R4): Marco para la innovación y desarrollo tecnológico de las energías renovables
Esta medida reforzará el marco para la innovación y el desarrollo tecnológico de una serie de fuentes de energía renovables y contribuirá a avanzar hacia el objetivo del 100 % de energías renovables en la demanda de energía. Las fuentes renovables cubiertas por esta medida incluyen la energía eólica marina y el biogás. La medida también facilitará la I+D en tecnologías renovables.
La medida incluirá la publicación de una Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar. El objetivo de esta Hoja de Ruta es reducir los obstáculos administrativos para el desarrollo de esta fuente de energía renovable. En concreto, la Hoja de Ruta tendrá por objeto: a) impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación mediante un marco normativo más ágil y el refuerzo de los centros tecnológicos y plataformas de prueba de nuevos prototipos; b) identificar oportunidades y sinergias con sectores industriales clave; c) desarrollar un marco normativo apropiado para el despliegue en España, especialmente de tecnología flotante; y d) identificar medidas para minimizar los efectos medioambientales (procurando al mismo tiempo simplificar los procedimientos administrativos). La medida aplicará las principales medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta para promover los parques eólicos marinos, impulsar la investigación y el desarrollo, y apoyar el despliegue de tecnologías flotantes.
El segundo elemento de esta medida es la publicación de una Hoja de Ruta del Biogás, en la que se analizarán las herramientas reguladoras y sectoriales adecuadas para promover el biogás, centrándose en el uso eficiente de esta fuente de energía (por ejemplo, en aplicaciones agroindustriales y para vehículos pesados en los que la electrificación aún no es una alternativa). Esta parte de la reforma abordará la ejecución de actividades clave de la Hoja de Ruta del Biogás, en particular: a) el establecimiento de un sistema de garantías de origen para los gases renovables, destinado a fomentar la inversión en biogás y a descarbonizar sectores como la industria y el transporte; b) el desarrollo de una herramienta para calcular la contribución del biogás a la descarbonización; y c) estudios previos de viabilidad para promover la implantación de instalaciones de producción de biogás.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 1 (C7.I1): Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos
El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de energías renovables innovadoras, así como las que deben integrarse en los edificios y en los procesos productivos. Apoyará el autoconsumo de energías renovables y tecnologías que aún no son plenamente competitivas, incluidas las fuentes de energía renovables eléctricas y térmicas en el sector agrícola, las fuentes renovables destinadas a los requisitos de refrigeración/calefacción del sector residencial y de servicios, la energía térmica procedente de fuentes renovables para procesos industriales, la bioenergía y las energías renovables marinas. La ayuda adoptará la forma de ayuda a la inversión, que se adjudicará a través de licitaciones que garanticen un resultado rentable, o de ayudas directas de capital a proyectos de energías renovables. La inversión también respaldaría el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades en el ámbito de la generación renovable.
Se instalarán al menos 3 800 MW de generación renovable innovadora o de valor añadido en el marco de esta inversión para el primer semestre de 2026.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C7.I2): Energía sostenible en las islas
Esta inversión apoyará la energía sostenible en las islas españolas (Canarias y Baleares) como parte de una estrategia más amplia de apoyo a la transición energética en las islas, en particular mediante el apoyo a proyectos de penetración e integración de las energías renovables en islas y sistemas no peninsulares. Esto está en consonancia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España, que incluye medidas para descarbonizar las islas y reducir su dependencia del petróleo.
Las inversiones específicas que deben apoyarse incluirán fuentes de electricidad renovables, soluciones de almacenamiento y proyectos inteligentes (como parte del programa Smart Islands). Parte de las actividades en el marco de esta inversión se basará en los conocimientos adquiridos a través del programa Clean Energy for EU Islands o «Energía Limpia para las Islas de la UE».
Se instalarán como mínimo 200 MW de generación renovable innovadora en el marco de esta inversión, así como aproximadamente 200 intervenciones en el marco del programa Smart Islands o del programa Energía Limpia para las Islas de la UE, y aproximadamente 400 proyectos de almacenamiento.
La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
G.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos para los hitos |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
102 |
C7.R1 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto-ley 23/2020 (medidas energéticas) |
Disposición del Real Decreto-ley 23/2020 sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T4 |
2020 |
El Real Decreto-ley 23/2020 aprueba medidas energéticas destinadas a establecer la base jurídica de un nuevo sistema de subastas, definir nuevos participantes en el sector de la energía, como agregadores independientes y comunidades de energías renovables, y contribuir a racionalizar los permisos de acceso y conexión. |
103 |
C7.R1 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto 960/2020 (régimen económico de las energías renovables) |
Disposición del Real Decreto 960/2020 sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T4 |
2020 |
El Real Decreto 960/2020 regula el régimen económico de las energías renovables. |
104 |
C7.R1 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto 1183/2020 (conexión de las energías renovables a la red eléctrica) |
Disposición del Real Decreto 1183/2020 sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T4 |
2020 |
El Real Decreto 1183/2020 regula la hibridación y la orden de acceso y conexión de las energías renovables a la red eléctrica. |
105 |
C7.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. |
Disposición de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T2 |
2021 |
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética proporcionará estabilidad reglamentaria alternativa al desarrollo de los recursos renovables, reducción de las barreras administrativas y requisitos mínimos para la instalación de puntos públicos de recarga en servicio. |
106 |
C7.R1 |
Objetivo |
Capacidad adicional de producción de energía renovable |
- |
Número (MW) |
0 |
8 500 |
T4 |
2023 |
Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable apoyada en el nuevo marco legislativo facilitador, incluido en la reforma C7.R1 (incluido el mecanismo de subasta establecido mediante el RD 960/2020, la nueva reglamentación sobre permisos de acceso y conexión, e hibridación): al menos 8 500 MW adjudicados |
107 |
C7.R1 |
Objetivo |
Capacidad adicional acumulada de energía renovable instalada en España |
- |
Número (MW) |
0 |
1 500 |
T4 |
2023 |
Capacidad adicional acumulada de energía renovable instalada en España durante el período T1 2020-T4 2023, en el marco del nuevo marco legislativo habilitante incluido en la reforma C7.R1 (incluido el mecanismo de subasta establecido mediante el RD 960/2020, la nueva reglamentación sobre permisos de acceso y conexión, e hibridación): al menos 1 500 MW construidos |
108 |
C7.R2 |
Hito |
Estrategia Nacional de Autoconsumo |
Publicación en la página web |
|
|
|
T4 |
2021 |
Adopción por el Consejo de Ministros y publicación en el sitio web del Gobierno de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, para reducir los obstáculos administrativos al autoconsumo. |
109 |
C7.R2 |
Hito |
Finalización de las medidas de la Estrategia Nacional de Autoconsumo |
Publicación de los resultados en la página web |
|
|
|
T2 |
2023 |
Finalización de las medidas clave de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, en particular: la publicación en el sitio web del Ministerio para la Transición Ecológica de orientaciones técnicas y la orientación a los municipios sobre cómo fomentar el autoconsumo y la finalización de cursos de formación para mejorar las competencias técnicas requeridas en materia de fuentes renovables de autoconsumo de energías renovables para al menos 500 profesionales. |
110 |
C7.R3 |
Hito |
Proyecto piloto para las comunidades energéticas |
Publicación en la página web |
|
|
|
T2 |
2022 |
Adjudicación del primer proyecto piloto para las comunidades de energía sobre la base de una licitación, con el fin de demostrar la viabilidad de este modelo. |
111 |
C7.R3 |
Objetivo |
Finalización de proyectos piloto relacionados con la energía en las comunidades locales. |
- |
Número |
0 |
37 |
T4 |
2023 |
Finalización de al menos 37 proyectos piloto relacionados con la energía, con la participación de la comunidad local, sobre la base de una hoja de ruta en la que se detallen las acciones llevadas a cabo y los próximos pasos. Estos proyectos piloto podrán incluir procesos participativos, apoyo a la creación de comunidades locales de energía o el despliegue de los propios proyectos de energías renovables. |
112 |
C7.R4 |
Hito |
Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar |
Publicación en la página web |
|
|
|
T4 |
2021 |
Publicación de la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar, con el fin de reducir las barreras administrativas al desarrollo de esta fuente de energía renovable |
113 |
C7.R4 |
Hito |
Entrada en vigor de las medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar |
Disposiciones de las medidas reglamentarias sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T2 |
2023 |
Entrada en vigor de las principales medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar, para promover la investigación y la innovación, así como apoyar el despliegue de tecnologías flotantes. Dichas medidas clave incluirán lo siguiente: la aprobación definitiva de los planes de ordenación del espacio marítimo, la mejora de la coordinación de la planificación de la red y de la estrategia marina, y la actualización del marco reglamentario. |
114 |
C7.R4 |
Hito |
Finalización de las medidas definidas en la Hoja de Ruta del Biogás |
Publicación en la página web |
|
|
|
T4 |
2023 |
Finalización de las medidas clave identificadas en la Hoja de Ruta del Biogás, incluido el establecimiento de un sistema de garantías de origen para los gases renovables, para mejorar la competitividad del biogás y fomentar las inversiones en la producción de biogás, garantizando una descarbonización más rápida en sectores como la industria y el transporte. |
115 |
C7.I1 |
Hito |
Licitación para el apoyo a la inversión en capacidad renovable innovadora o de valor añadido |
Publicación en el BOE |
|
|
|
T2 |
2022 |
Publicación en el BOE de la primera licitación para el apoyo a la inversión en capacidad renovable innovadora o de valor añadido. |
116 |
C7.I1 |
Hito |
Nuevos proyectos, tecnologías o instalaciones de infraestructuras de energías renovables marinas |
Decisión de adjudicación / decisión de la autoridad sobre inversión |
|
|
|
T3 |
2023 |
Al menos seis avances adjudicados que fomenten nuevos proyectos, tecnologías o instalaciones de infraestructuras de energías renovables marinas. Los seis avances deben contribuir a la ejecución de proyectos de energías renovables marinas en España. Los avances podrán incluir a pymes con actividades de energías renovables marinas que reciban subvenciones, préstamos o inversiones en capital, participen en la contratación pública precomercial, así como subvenciones concedidas directamente a proyectos marinos de energías renovables o a un prototipo de una nueva tecnología de producción o un despliegue de energías renovables marinas. |
117 |
C7.I1 |
Objetivo |
Capacidad adicional de producción de energías renovables innovadoras o de valor añadido |
- |
Número (MW) |
0 |
3 800 |
T2 |
2026 |
Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable innovadora o de valor añadido (al menos 3 800 MW instalados) |
118 |
C7.I2 |
Hito |
Oficina de Energía Limpia y Proyectos Inteligentes para las Islas |
Publicación en la página web |
|
|
|
T3 |
2023 |
Creación de la Oficina de Energía Limpia y Proyectos Inteligentes para las Islas, con el objetivo de gestionar los programas de apoyo en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La Oficina coordinará la dinamización y el desarrollo de la transición energética en las islas. |
119 |
C7.I2 |
Objetivo |
Finalización de proyectos de apoyo a la transición energética en las islas |
- |
Número |
0 |
500 |
T3 |
2024 |
Al menos 500 acciones, proyectos o programas apoyados o realizados, en particular; programas u oficinas de dinamización, hojas de ruta insulares, proyectos de inversión o de ayuda, vinculados al programa Smart Islands y al programa «Energía Limpia para las Islas de la UE», energía renovable o proyectos de almacenamiento sostenible. |
120 |
C7.I2 |
Objetivo |
Capacidad adicional de producción de energía renovable en las islas |
- |
Número (MW) |
0 |
180 |
T2 |
2026 |
Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable en las islas (al menos 180 MW instalados) |
H. COMPONENTE 8: Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) de España tiene como objetivo en 2030 disponer de una cuota del 42 % de energías renovables en el consumo de energía final. La integración de una cantidad cada vez mayor de generación de electricidad renovable (se prevé que alcance el 74 % de la demanda en 2030 y el 100 % en 2050) requiere una serie de inversiones complementarias en digitalización de la red, almacenamiento y gestión de la demanda. En particular, la intermitencia y la previsibilidad parcial de las tecnologías renovables significa que el almacenamiento de energía tiene un papel importante que desempeñar, para proporcionar flexibilidad al sistema y garantizar la estabilidad de la red.
En este contexto, este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español perseguirá los siguientes objetivos:
a)el desarrollo de un sistema energético más flexible, descentralizado y dinámico, capaz de absorber de forma eficiente y segura mayores niveles de generación renovable;
b)el desarrollo de nuevos modelos de negocio innovadores; así como
c)la participación de nuevos actores en el sistema eléctrico (productores, suministradores y consumidores, además de los operadores de almacenamiento y agregadores) y un marco normativo más ágil y capaz de adaptarse a nuevas necesidades a través de los bancos de pruebas regulatorios (sandboxes).
El componente promoverá las inversiones en innovación y eficiencia energética, y fomentará la adopción de políticas eficientes para fomentar la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019). También fomentará la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
H.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C8.R1): Marco habilitador para la integración de renovables en el sistema energético: redes, almacenamiento e infraestructuras
El objetivo de esta medida es generar un marco normativo transparente y estable que genere certidumbre y permita aumentar la integración de renovables en el sistema energético, mediante inversiones en redes, almacenamiento e infraestructuras.
La reforma incluirá la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050 («ELP 2050»). El objetivo de esta estrategia es sentar las bases de un marco estratégico y reglamentario para la integración efectiva de las energías renovables en un sistema de energía flexible e inteligente. Entre los objetivos de la ELP 2050 figuran los siguientes: a) la reducción de las emisiones de GEI en un 90 % con respecto a 1990 (neutralidad climática); b) la consecución del 97 % de las energías renovables en el consumo final de energía; y c) un sistema de electricidad renovable del 100 %.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.
Reforma 2 (C8.R2): Estrategia de almacenamiento energético y adaptación del marco regulatorio para el despliegue del almacenamiento energético
Esta medida tiene por objeto elaborar, aprobar y desplegar un marco normativo y estratégico para fomentar el almacenamiento de energía. La reforma proporcionará el marco necesario para las inversiones previstas en C8.I1 y C8.I3, relativas al despliegue del almacenamiento energético y a los nuevos modelos de negocio en la transición energética, respectivamente.
La reforma incluirá la aprobación por el Gobierno español de la Estrategia de Almacenamiento Energético. El objetivo de esta estrategia es disponer de 20 GW de almacenamiento de energía en 2030 y 30 GW en 2050.
La reforma incluirá tres actos legislativos y reglamentarios: i) el Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso a la red para las instalaciones de almacenamiento; ii) la Circular 1/2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica; iii) la Resolución de 10 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que regula la participación de las instalaciones de almacenamiento de energía en la prestación de servicios auxiliares.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.
Reforma 3 (C8.R3): Desarrollo del marco normativo para la agregación, gestión de la demanda y servicios de flexibilidad
Esta medida tiene por objeto el desarrollo del marco normativo necesario para desarrollar un sistema energético inteligente y dinámico, que incluye: i) la regulación de la gestión de la demanda y los servicios de flexibilidad en el marco regulatorio nacional, ii) el desarrollo del marco normativo para recoger los distintos servicios de flexibilidad y iii) el desarrollo de un marco que garantice el acceso de los consumidores a sus datos de consumo de energía.
La reforma estará en consonancia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, que reconoce explícitamente la necesidad de determinar los requisitos técnicos para la participación en los mercados existentes y en desarrollo de los participantes que ofrecen energía procedente de fuentes renovables, los operadores de almacenamiento de energía y los que prestan servicios de respuesta a la demanda.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima también destaca la necesidad de desarrollar la figura de los agregadores, en particular de los agregadores independientes, para facilitar su participación en el mercado. A tal fin, la reforma preverá la creación de la figura de agregador independiente de la demanda, mediante el Real Decreto-ley 23/2020, con el fin de permitir la entrada de nuevos operadores en el mercado minorista.
Además de apoyar el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, la reforma transpondrá la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece la obligación de garantizar la participación de los consumidores en los mercados, incluida la respuesta a la demanda, de promover la participación de los consumidores de forma individual o agregada o a través de agregadores independientes, y de permitir el uso de la flexibilidad en las redes de distribución.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Reforma 4 (C8.R4): Sandboxes o bancos de pruebas regulatorios
Esta medida tiene por objeto desarrollar bancos de pruebas regulatorios (sandboxes) en el marco regulador nacional, que permitan la introducción de nuevos productos o soluciones tecnológicas, excepciones o salvaguardas regulatorias que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el sector de la energía. La reforma está directamente relacionada con la reforma C8.R3 y la inversión C8.I3.
Los bancos de pruebas regulatorios permitirán a la industria probar nuevas tecnologías, sistemas y servicios relacionados con la flexibilidad, la respuesta a la demanda y el almacenamiento de energía en un entorno seguro, en el que las partes interesadas puedan experimentar soluciones innovadoras sin estar sujetas a requisitos reglamentarios. Además, los bancos de pruebas regulatorios establecerán un diálogo normativo bidireccional entre la Administración y el regulador, que acelerará y facilitará la revisión de la normativa vigente y la adaptará a la entrada de nuevos agentes en el mercado. Se espera que esto facilite la creación de empresas tecnológicas emergentes, dándoles la oportunidad de probar sus modelos de negocio.
La reforma incluirá la adopción de un Real Decreto para el desarrollo de los sandboxes regulatorios que permita el desarrollo de nuevos proyectos piloto, con el objetivo de fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.
Inversión 1 (C8.I1): Despliegue del almacenamiento energético
El objetivo de esta medida es desplegar el almacenamiento energético mediante la puesta en marcha de iniciativas de apoyo e inversión en tres ámbitos principales:
a)el desarrollo del almacenamiento a gran escala. El almacenamiento a gran escala es necesario para integrar mayores cantidades de generación renovable y aportar servicios al sistema, desde regulación de frecuencia, apoyo en las rampas (flexibilidad) o para el arranque autónomo (black start);
b)el impulso del almacenamiento detrás del contador e integrado sectorialmente. Las tecnologías detrás del contador pueden incluir instalaciones de autoconsumo, baterías de litio y sistemas de almacenamiento de calor; así como
c)una iniciativa pública de creación de un cluster verde para el desarrollo tecnológico e industrial del almacenamiento en España, con el fin de movilizar e integrar a diferentes empresas del sector energético y otros sectores industriales en torno al almacenamiento, impulsando las capacidades industriales y tecnológicas del país.
La inversión propuesta se apoyará en el marco definido por las reformas de este componente, en particular las reformas C8.R1 y C8.R2, que proporcionan la base jurídica y estratégica para un despliegue eficaz del almacenamiento de energía.
La medida se aplicará a través de proyectos innovadores de almacenamiento que contribuyan a la transición energética, específicamente para proporcionar una nueva flexibilidad al sector de la energía, incluida la integración de las fuentes de energía renovables. Deberán estar operativos al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores, o se instalará una capacidad agregada de al menos 600 MW [o un suministro de energía total equivalente (MWh)].
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C8.I2): Digitalización de las redes
Esta medida apoyará las inversiones en digitalización de las redes de distribución para su adecuación a los requerimientos necesarios para acometer la transición energética. La necesidad de digitalización de las redes eléctricas forma parte de la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que recoge que los Estados miembros deben fomentar la modernización de las redes, por ejemplo mediante la introducción de redes inteligentes. La digitalización de las redes es necesaria para avanzar en la transformación del sistema energético con una mayor presencia de energías renovables, con el objeto de contar con un sistema eléctrico seguro y resiliente. Reviste especial importancia en los territorios no peninsulares caracterizados por una mayor vulnerabilidad y dependencia energética.
El objetivo general de la medida es aumentar la competitividad de la electricidad, acelerando la electrificación de la economía. A tal fin, la medida establecerá un mecanismo inicial de apoyo para maximizar el potencial que ofrece la digitalización de las redes mediante: i) la reducción de las pérdidas y vertidos de generación renovable; ii) el fomento de la participación de la demanda en la gestión del sistema eléctrico; y iii) la optimización de la configuración de la red.
La medida preverá la concesión de al menos 35 proyectos innovadores de digitalización (para la distribución inteligente de electricidad) a las empresas distribuidoras.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 3 (C8.I3): Nuevos modelos de negocio en la transición energética
Esta medida incluirá inversiones y mecanismos de apoyo dirigidos al impulso de nuevos modelos de negocio para la transición relacionados con el despliegue del almacenamiento energético, así como la gestión de su segunda vida y reciclado, la gestión de la demanda, agregadores, servicios de flexibilidad, acceso al dato y bancos de pruebas regulatorios. En particular, la medida incluirá:
a)Apoyo a la implantación de agregadores en el mercado eléctrico nacional, con especial atención a los agregadores independientes, mediante la instalación de equipos de medida en tiempo real (submetering), centros del control y comunicación y plataformas de agregación;
b)Despliegue del almacenamiento a lo largo de toda la cadena de valor;
c)Apoyo a proyectos de gestión de demanda en distintos perfiles de consumidores (gran industria, pymes, comunidades de energías renovables/comunidades ciudadanas de energía, agregadores, etc.);
d)Convocatoria para llevar a cabo bancos de pruebas regulatorios, en forma de ayudas directas, competitivas, o convenios de colaboración; así como
e)Apoyo a start-ups o iniciativas innovadoras en el ámbito energético.
La inversión está estrechamente vinculada a la reforma C8.R4, cuyo objetivo es desarrollar bancos de pruebas regulatorios para proyectos innovadores. También se basa en el marco estratégico y reglamentario definido por las demás reformas, en particular la reforma C8.R3.
Se espera que se adjudiquen aproximadamente 20 proyectos para la promoción de nuevos modelos de negocio en la transición energética, incluidos contadores inteligentes, almacenamiento, respuesta a la demanda, servicios de flexibilidad y datos.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
H.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos para los hitos |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
121 |
C8.R1 |
Hito |
Aprobación de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo («ELP2050»). |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
|
|
|
T1 |
2021 |
Aprobación de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo («ELP2050»). La ELP50 sienta las bases para la definición del marco estratégico y reglamentario para la integración efectiva de las energías renovables en un sistema de energía inteligente y flexible, que debe leerse en el contexto del enfoque más amplio establecido en el PNIEC. |
122 |
C8.R2 |
Hito |
Entrada en vigor de reformas de planificación, legislativas y reglamentarias para promover el desarrollo de soluciones de almacenamiento de energía. |
Disposiciones de las medidas legislativas y reglamentarias sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T2 |
2021 |
Adopción y entrada en vigor de las siguientes reformas de planificación, legislativas y reglamentarias para promover el desarrollo de soluciones de almacenamiento de energía: a) Aprobación en el Consejo de Ministros de la Estrategia de Almacenamiento Energético, con el objetivo de fomentar el despliegue del almacenamiento de energía a través de 66 medidas específicas agrupadas en las 10 líneas de actuación incluidas en la Estrategia; el objetivo es disponer de 20 GW de almacenamiento de energía en 2030 y 30 GW en 2050. b) Publicación en el BOE del Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso a la red para las instalaciones de almacenamiento. c) Publicación en el BOE de la Circular 1/2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica. d) Publicación en el BOE de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, que regula la participación de las instalaciones de almacenamiento de energía en la prestación de servicios auxiliares. |
123 |
C8.R3 |
Hito |
Entrada en vigor de medidas reglamentarias para la integración de la flexibilidad y la respuesta a la demanda. |
Disposiciones de las medidas legislativas y reglamentarias sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T4 |
2023 |
Desarrollo del marco reglamentario para la integración de la flexibilidad y la respuesta a la demanda, a través de las siguientes acciones: a) Publicación de la Resolución de 10 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que adapta determinados procedimientos de operación para la participación en los servicios de balance, b) Adopción de legislación por la que se transpone plenamente la Directiva 2019/944, c) Adopción del RDL 23/2020 para crear la figura de agregador independiente |
124 |
C8.R4 |
Hito |
Entrada en vigor de medidas para promover los bancos de pruebas regulatorios para fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico. |
Disposiciones del Real Decreto sobre la entrada en vigor |
|
|
|
T2 |
2022 |
Publicación y entrada en vigor de un Real Decreto para el desarrollo de los sandboxes regulatorios que permita el desarrollo de nuevos proyectos piloto, con el objetivo de fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico. La legislación permitirá a la industria probar nuevas tecnologías, sistemas y servicios relacionados con la flexibilidad, la respuesta a la demanda y el almacenamiento de energía en un entorno seguro y conductivo, en el que las partes interesadas puedan experimentar soluciones innovadoras sin estar sujetas a los requisitos reglamentarios vigentes. Además, esto proporcionará un diálogo normativo bidireccional entre la Administración y el regulador, que acelerará y facilitará la revisión de la normativa vigente y la adaptará a la entrada de nuevos agentes en el mercado, fomentando la creación de nuevas empresas tecnológicas, dándoles la oportunidad de probar sus modelos de negocio. |
125 |
C8.I1 |
Objetivo |
Proyectos de almacenamiento innovadores adjudicados |
- |
Número |
0 |
5 |
T4 |
2023 |
Al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores adjudicados, equivalentes a una capacidad instalada agregada de al menos 600 MW o un suministro de energía total equivalente (MWh). |
126 |
C8.I1 |
Objetivo |
Proyectos de almacenamiento innovadores operativos |
- |
Número |
0 |
5 |
T2 |
2026 |
Al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores operativos, equivalentes a una capacidad instalada agregada de al menos 600 MW o un suministro de energía total equivalente (MWh). |
127 |
C8.I2 |
Objetivo |
Proyectos innovadores de digitalización para la distribución de electricidad |
- |
Número |
0 |
35 |
T4 |
2023 |
Al menos 35 proyectos innovadores de digitalización (incluida la automatización de la red) adjudicados a las empresas distribuidoras, de acuerdo con las características y definiciones establecidas en la Circular 6/2019 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. |
128 |
C8.I3 |
Objetivo |
Proyectos para fomentar nuevos modelos de negocio en la transición energética |
- |
Número |
0 |
18 |
T4 |
2023 |
Al menos 18 proyectos adjudicados para la promoción de nuevos modelos de negocio en la transición energética, incluidos contadores inteligentes, almacenamiento, respuesta a la demanda, servicios de flexibilidad y datos. |
I. COMPONENTE 9: Hidrógeno renovable
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España para 2021-2030 pretende reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 23 % con respecto a 1990. En este contexto, el objetivo principal del componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es desarrollar tecnologías de hidrógeno de energías renovables:
a.Como medio de almacenar energía para gestionar las diferencias entre la oferta y la demanda de electricidad, proporcionando flexibilidad al sistema eléctrico.
b.Promoviendo su desarrollo y consolidación a lo largo de la cadena de valor industrial, dado que estas tecnologías actualmente no están preparadas para operar en condiciones de mercado;
c.Apoyando su integración en los usos finales, incluida la sustitución del hidrógeno de origen fósil en la industria; así como
d.Desarrollando competencias ecológicas.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda las recomendaciones específicas por país de promover las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019) e impulsar la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).
El componente forma parte de la estrategia de energías renovables que sustentan el componente 1 y el componente 6 (uso del hidrógeno para fines de movilidad y transporte), el componente 7 (generación de energía renovable) y el componente 8 (almacenamiento y redes inteligentes) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español.
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
I.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C9.R1): Hoja de Ruta del Hidrógeno
Esta medida proporcionará un marco para desarrollar el hidrógeno renovable en España (la «Hoja de Ruta del Hidrógeno»). A tal fin, define los objetivos que deben alcanzarse para 2030 en términos de capacidad instalada por sector (industria y transporte). La Hoja de Ruta del Hidrógeno fue aprobada por el Consejo de Ministros en octubre de 2020. La medida también establece un medio concreto para apoyar la aplicación de la Hoja de Ruta garantizando el suministro de energía renovable a los electrolizadores de hidrógeno. Las medidas reglamentarias conexas incluirán: i) el establecimiento de un instrumento regulador que incluya la designación y la gobernanza de los organismos nacionales que expidan garantías de origen para gases renovables, incluido el hidrógeno renovable; y ii) un mecanismo reglamentario que establezca cómo se verifica el origen renovable del hidrógeno.
Esta reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.
Inversión 1 (C9.I1): Hidrógeno renovable: un proyecto país
Esta medida tiene por objeto contribuir a la aplicación de la Hoja de Ruta del Hidrógeno mediante cuatro líneas de actuación.
La primera es impulsar el conocimiento y la cadena de valor innovadora de España, con especial referencia a las pymes. Debido al nivel temprano de preparación tecnológica de esta tecnología, esta medida prevé la necesidad de apoyar al menos a diez pymes para mejorar y reforzar la actual cadena de valor española mediante el refuerzo de una o varias de las siguientes actividades: capacidades de producción, capacidades, competitividad, transferencia de conocimientos y tecnología o dimensión internacional. La medida también se centrará en cinco avances tecnológicos o prototipos (como electrolizadores, compresores, recipientes de almacenamiento, pilas de combustible y sistemas de transporte basados en H2), incluidos los «primeros de un tipo» para apoyar la validación de nuevos diseños o prototipos mejorados asociados a la producción, la logística de distribución o el consumo de hidrógeno. Además, la medida preverá al menos diez intervenciones dirigidas a la mejora de las instalaciones de ensayo o a la implantación de nuevas líneas de fabricación de tecnologías o sistemas facilitadores esenciales dentro de la cadena de suministro de hidrógeno, como electrolizadores o pilas de combustible. Deberán: i) mejorar las instalaciones o laboratorios de ensayo de la I+D+i o el equipo relacionado; o ii) mejorar las instalaciones o la adquisición de nuevos equipos (como máquinas herramienta) para fabricar sistemas, equipos o componentes relacionados con el hidrógeno y las pilas de combustible.
La segunda línea de actuación tiene por objeto establecer dos clusters de hidrógeno renovable para la integración de la producción, la transformación y el consumo a gran escala. El objetivo de al menos uno de estos clusters es integrar un electrolizador de hidrógeno renovable de gran capacidad para su suministro directo a consumidores industriales locales. El electrolizador deberá estar abastecido por electricidad renovable. El hidrógeno generado resultante se integrará en los procesos industriales y en las cadenas de aprovisionamiento de las empresas (e incluirá la adaptación y el cambio de modelos de negocio, desplazando consumos de hidrógeno de origen fósil) para sustituir al menos el 5 % de su consumo anual de hidrógeno a base de combustibles fósiles. La capacidad de producción total de todos los electrolizadores ascenderá, como mínimo, a 500 MW.
La tercera línea de actuación prevé apoyar el despliegue del hidrógeno en una serie de (al menos diez) otros proyectos pioneros de menor tamaño que el cluster. Estos introducirán el hidrógeno renovable más allá de un único centro industrial en sistemas energéticos aislados que permitan integrar el hidrógeno renovable en ámbitos como el transporte. Se espera que estas intervenciones abarquen la producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable, fomentando la cobertura en diferentes sectores y partes del territorio español.
Por último, la medida pretende promover el hidrógeno como parte de una estrategia más amplia de la UE para desarrollar una cadena de valor de la Unión. Como consecuencia de ello, algunas empresas que reciban apoyo de la medida podrían participar en un previsto proyecto IPCEI de hidrógeno, junto con empresas de otros Estados miembros, sobre la base de un marco adecuado para colaborar dentro de la Unión a fin de integrar las cadenas de valor nacionales para competir a escala mundial.
Se espera esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de la medida y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la integración del hidrógeno renovable promoverá la electrificación de los procesos industriales.
Las acciones de esta inversión estarán terminadas a más tardar el 30 de junio de 2026.
I.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos para los hitos |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
129 |
C9.R1 |
Hito |
Hoja de Ruta del Hidrógeno |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
|
|
|
T4 |
2020 |
Aprobación de la Hoja de Ruta del Hidrógeno por el Consejo de Ministros. La Hoja de Ruta del Hidrógeno establece las directrices definidas por España para el desarrollo del sector del hidrógeno renovable. A tal fin, define los objetivos que deben alcanzarse para 2030 en términos de capacidad instalada, industria y movilidad. |
130 |
C9.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la normativa que establece garantías de origen para los gases renovables |
Disposición reglamentaria por la que se establece la entrada en vigor del acto |
|
|
|
T2 |
2022 |
Entrada en vigor de la normativa que establece un sistema nacional de garantías de origen para los gases renovables, incluido el hidrógeno renovable, que garantice el 100 % de energías renovables. El sistema que establecerá el instrumento normativo incluirá la designación de los organismos emisores nacionales y la adopción de su gobernanza; así como un mecanismo reglamentario que establezca cómo se verifica el origen renovable del hidrógeno. |
131 |
C9.I1 |
Objetivo |
Financiación de pymes para reforzar la cadena de valor del hidrógeno |
Número |
0 |
10 |
T2 |
2023 |
Al menos diez pymes financiadas para mejorar y reforzar la actual cadena de valor española del hidrógeno mediante la mejora de una o varias de las siguientes características: capacidades de producción, capacidades, competitividad, transferencia de conocimientos y tecnología, dimensión internacional. |
|
132 |
C9.I1 |
Objetivo |
Avances tecnológicos en la cadena de valor del hidrógeno renovable |
Número |
0 |
5 |
T4 |
2023 |
Al menos cinco avances tecnológicos o prototipos de la cadena de valor del hidrógeno renovable financiados. Estos avances (por ejemplo, electrolizadores, compresores, recipientes de almacenamiento, pilas de combustible y sistemas de transporte basados en hidrógeno) pueden incluir avances que sean «primeros de un tipo» que permitan validar un nuevo diseño o prototipo actualizado asociado a la producción, la logística y el consumo de hidrógeno. |
|
133 |
C9.I1 |
Objetivo |
Clusters (o valles) de hidrógeno renovable |
Número |
0 |
2 |
T4 |
2023 |
Al menos dos clusters (o valles) de hidrógeno renovable para la integración sectorial financiados. Los clusters o grandes valles de hidrógeno concentran e integran localmente el suministro, la distribución (logística) y la demanda de hidrógeno renovable, en lugares específicos para desplazar el hidrógeno gris y los combustibles fósiles. |
|
134 |
C9.I1 |
Objetivo |
Proyectos pioneros de hidrógeno |
Número |
0 |
10 |
T4 |
2023 |
Al menos diez proyectos pioneros singulares financiados. Entre ellos se incluyen proyectos integrados que abarquen la producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable, en ubicaciones distintas de las de los clusters. Los proyectos podrán incluir la integración de otras actividades necesarias, como la investigación y la capacitación basadas en el conocimiento. |
|
135 |
C9.I1 |
Objetivo |
Instalaciones de ensayo o nuevas líneas de fabricación. |
Número |
0 |
10 |
T4 |
2023 |
Al menos diez intervenciones financiadas para la mejora de las instalaciones de ensayo o la implantación de nuevas líneas de fabricación. Las intervenciones deberán: 1) mejorar las instalaciones o laboratorios de ensayo de I+D+i conexos o el equipo relacionado; o 2) mejorar las instalaciones o la adquisición de nuevos equipos (como máquinas herramienta) o técnicas para fabricar sistemas, equipos o componentes relacionados con el hidrógeno y las pilas de combustible. |
|
136 |
C9.I1 |
Objetivo |
Capacidad de electrólisis autorizada |
Número (MW) |
0 |
500 |
T2 |
2026 |
Al menos 500 MW de capacidad total de electrólisis autorizada, incluida la infraestructura complementaria. Acreditación por uno de los tres medios siguientes: inclusión en el registro del sistema nacional de garantías de origen de gases renovables o autorización administrativa de la planta expedida por el organismo competente o decisión final de inversión proporcionada por el beneficiario. |
J. COMPONENTE 10: Transición Justa
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda el impacto económico y social en las zonas geográficas afectadas por el cese de actividades como la minería del carbón, las centrales térmicas de carbón o las centrales nucleares, que se ha visto agravado por el impacto de la pandemia de COVID-19 y el cierre de centrales térmicas. Otro objetivo es cambiar el modelo productivo e impulsar transformaciones que permitan un nuevo modelo económico y social más resiliente para las zonas en el futuro. La estrategia se ha diseñado en paralelo a la definición del Plan Territorial Español del Fondo de Transición Justa (FTJ), que pretende tener un alcance más amplio, una mayor duración y un enfoque más estratégico en el desarrollo y el apoyo a las empresas.
El componente contribuye a abordar las recomendaciones específicas por país relacionadas con el apoyo al empleo a través de medidas para preservar los puestos de trabajo, incentivos eficaces para la contratación, y el desarrollo de capacidades (recomendación específica por país 2 de 2020); fomentar la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020); y reforzar la cooperación entre los distintos niveles de la Administración (recomendación específica por país 4 de 2019).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
J.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C10.R1): Convenios de transición justa
En febrero de 2020, el Gobierno aprobó la Estrategia para la Transición Justa, tal como se refleja en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). En el contexto de esta estrategia y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, esta reforma establecerá 12 Protocolos de Transición Justa para cada una de las zonas afectadas por el cierre de minas de carbón y centrales de carbón. Cada uno de los Protocolos del Fondo de Transición Justa cubrirá al menos una zona afectada por el cierre de una central de carbón. Los Protocolos establecerán planes de acción territoriales completos y detallados como instrumentos para la sostenibilidad medioambiental, económica y social de los territorios afectados. La atención se centrará, entre otras cosas, en el mantenimiento y la creación de empleo, el fomento de la diversificación y la especialización, el aumento del atractivo de las zonas para luchar contra la despoblación y la restauración medioambiental del terreno. Estos Protocolos incorporarán la cooperación de los agentes locales pertinentes (públicos y privados, incluidas las empresas, los interlocutores sociales, el sector educativo, las ONG, etc.).
Esta reforma también incluirá la creación del Instituto para la Transición Justa. El objetivo del Instituto será identificar y adoptar medidas que garanticen un tratamiento equitativo y solidario de los trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía baja en carbono, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios y optimizando las oportunidades del proceso de transformación. Las principales funciones del Instituto son impulsar el diseño de políticas industriales, de investigación y desarrollo, de promoción de actividad económica, de empleo y de formación profesional.
La medida también incluirá la creación de un Consejo Asesor, integrado por representantes de Departamentos Ministeriales, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y representantes de la sociedad civil, cuya función principal es dar asesoramiento y evaluar el impacto de las políticas de transición justa.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.
Inversión 1 (C10.I1): Inversiones en Transición Justa
Los Protocolos de Transición Justa irán acompañados de inversiones en los territorios con el fin de:
a)crear empleo y actividad a corto plazo;
b)acelerar el cambio centrándose en proyectos piloto a menor escala que, si se consideran satisfactorios, se ampliarían en el contexto del FTJ; así como
c)impulsar el desarrollo económico, contribuyendo a la cohesión social y territorial.
Los proyectos se centrarán en cuatro ámbitos específicos:
I.Planes de restauración ambiental (por ejemplo, reforestación o revegetación) para emplazamientos mineros cerrados o abandonados y terrenos deteriorados adyacentes a centrales térmicas o nucleares, que cubran al menos 2 000 hectáreas de tierras rehabilitadas. Como parte de estos planes, se desmantelarán las instalaciones de las plantas y las minas, se rehabilitarán los suelos y se llevarán a cabo procesos de reforestación o revegetación, instalaciones de energías renovables o un desarrollo económico ecoalternativo;
II.Al menos 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social en municipios y territorios en transición a una economía hipocarbónica, para una inversión financiera total de al menos 91 000 000 EUR. Los proyectos abarcarán una serie de ámbitos, entre los que se incluyen: rehabilitación de infraestructuras y edificios públicos; proyectos innovadores para la comunicación entre municipios o núcleos aislados de población basados en nuevas soluciones de movilidad sostenible y la recuperación y uso alternativo de infraestructuras de transporte existente; rehabilitación de infraestructuras públicas de apoyo a la economía circular, incluidas instalaciones de compostaje comunitario y centros de gestión de residuos; proyectos medioambientales de rehabilitación y puesta en valor de zonas de dominio público como reservas, paseos fluviales o embarcaderos y áreas de interpretación de la naturaleza; infraestructuras y servicios digitales para el desarrollo de cooperativas de productos ecológicos o sistemas comunitarios para compras y ventas conjuntas por internet.
III.Apoyo a dos proyectos de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía y el hidrógeno verde. Los proyectos adaptarán las instalaciones y laboratorios de CIUDEN (Ciudad de la Energía), fundación gubernamental de I+D+i creada en El Bierzo (León), adscrita al Instituto para la Transición Justa y dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para dos proyectos de I+D+i sobre producción de hidrógeno verde y almacenamiento de energía; así como
IV.Apoyo al reciclaje profesional y mejora de la empleabilidad de los trabajadores y las personas afectadas por la transición a una economía hipocarbónica, con el que al menos 4 000 personas reciban asistencia personalizada en la búsqueda de empleo y vías de reciclaje profesional. La ayuda a la recualificación debe abarcar, como mínimo, los siguientes ámbitos: instalación y mantenimiento en energías renovables (eólica y fotovoltaica), restauración y gestión medioambiental y rehabilitación integral y energética de viviendas.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
J.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos para los hitos |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
137 |
C10.R1 |
Hito |
Creación del Instituto para la Transición Justa |
Publicación en el BOE |
|
|
|
T1 |
2020 |
Por el Real Decreto 500/2020, se crea el Instituto para la Transición Justa. El objetivo del Instituto es identificar y adoptar medidas, basadas en la solidaridad, que garanticen un tratamiento equitativo y solidario de los trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía baja en carbono, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios y optimizando las oportunidades del proceso de transformación. |
138 |
C10.R1 |
Objetivo |
Protocolos de Transición Justa |
- |
Número |
0 |
12 |
T2 |
2023 |
Tras un proceso participativo, publicación en el sitio web de Transición Justa de 12 Protocolos de Transición Justa, que incluyan compromisos en materia de empleo, restauración medioambiental y desarrollo económico y social para la población local en 12 zonas afectadas. Cada uno de los Protocolos del Fondo de Transición Justa cubrirá al menos una zona afectada por el cierre de una central de carbón. |
139 |
C10.I1 |
Hito |
Programa de ayuda a la formación de «transición justa» y concesión de ayudas para el desarrollo económico de las zonas de transición justa. |
Publicación en el BOE |
|
|
|
T4 |
2021 |
Publicación en el BOE de: a) la Orden por la que se aprueba el marco reglamentario del programa de ayuda a la formación en «transición justa», en la que se especifique el plan de apoyo a la cualificación profesional y a la integración en el mercado laboral de los trabajadores y las personas afectadas por la transición hacia una economía hipocarbónica; y b) la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo económico de las zonas de transición justa, mediante el desarrollo de infraestructuras medioambientales, digitales y sociales en los municipios y territorios en transición hacia una economía hipocarbónica. |
140 |
C10.I1 |
Objetivo |
Apoyo a proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social. |
- |
Número |
0 |
100 |
T4 |
2022 |
Publicación en el BOE de la adjudicación de un mínimo de 91 000 000 EUR para al menos 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social en municipios y territorios en transición a una economía hipocarbónica. Los 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social se ubicarán en municipios y territorios de zonas de transición justa. |
141 |
C10.I1 |
Objetivo |
Ayuda a la búsqueda de empleo y reciclaje profesional de los desempleados |
- |
Número |
0 |
4 000 |
T3 |
2023 |
Al menos 4 000 personas beneficiarias de asistencia personal en la búsqueda de empleo y de vías individuales de reciclaje profesional para desempleados de zonas de transición justa. Las vías de recualificación deben abarcar, como mínimo, los siguientes ámbitos: instalación y mantenimiento en energías renovables (eólica y fotovoltaica), restauración y gestión medioambiental y rehabilitación integral y energética de viviendas. |
142 |
C10.I1 |
Objetivo |
Proyectos de inversión para adaptar las instalaciones industriales al hidrógeno verde y al almacenamiento de energía. |
- |
Número |
0 |
2 |
T4 |
2023 |
Finalización de dos proyectos de inversión para adaptar las instalaciones industriales a la futura Infraestructura Científica y Técnica Singular (ICTP) para la validación de la producción de hidrógeno verde y el almacenamiento de energía. Los proyectos adaptarán las instalaciones y laboratorios de la Ciudad de la Energía (CIUDEN) a dos proyectos de I+D+i sobre producción de hidrógeno verde y almacenamiento de energía. |
143 |
C10.I1 |
Objetivo |
Terrenos rehabilitados en minas de carbón cerradas o zonas adyacentes a centrales eléctricas. |
- |
Número (hectáreas) |
0 |
2 000 |
T2 |
2026 |
Al menos 2 000 hectáreas de terrenos rehabilitados en minas de carbón cerradas o zonas adyacentes a centrales térmicas o nucleares. Superficie de terrenos rehabilitados en zonas contaminadas, en particular emplazamientos mineros de carbón o terrenos contiguos a centrales térmicas o nucleares, en los que se desmantelen instalaciones de las plantas y las minas, se rehabiliten los suelos y se lleven a cabo procesos de reforestación o revegetación, instalaciones de energías renovables o un desarrollo económico ecoalternativo. |
K. COMPONENTE 11: Modernización de las Administraciones Públicas
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español abordará retos relacionados con la Administración Pública, como la eficiencia del sistema judicial, la capacidad administrativa y la cooperación entre los distintos niveles de la Administración. Su objetivo es modernizar las Administraciones Públicas españolas mediante la reforma de los procesos administrativos, la contratación pública, la justicia y el empleo público, incluidas las políticas de recursos humanos; aumentar la accesibilidad y la eficiencia de los servicios públicos mediante una mayor digitalización de los mismos; promover el ahorro energético, el uso de energías renovables en los edificios e infraestructuras públicos e impulsar la movilidad sostenible de los funcionarios públicos; y reforzar la capacidad administrativa de las Administraciones Públicas para supervisar, controlar y aplicar las políticas públicas. Las medidas clave para alcanzar estos objetivos serán las siguientes:
a)Reformar las Administraciones Públicas centrales, regionales y locales mejorando la cooperación entre ellas, reforzando el marco de contratación pública, evaluando las políticas públicas y fomentando la transición hacia contratos de trabajo indefinidos;
b)Digitalizar las Administraciones y procesos con cinco proyectos prioritarios en ámbitos estratégicos: justicia, servicios públicos de empleo, datos de salud pública, gestión de consulados y Administraciones territoriales;
c)Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado;
d)mejorar la capacidad administrativa
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda las recomendaciones específicas por país sobre el refuerzo del marco de contratación pública (recomendaciones específicas por país 1 de 2019 y 4 de 2020), el fomento de la transición hacia contratos de trabajo por tiempo indefinido (recomendación específica por país 2 de 2019), la anticipación de los proyectos de inversión pública y la concentración de la inversión en la transición ecológica y digital (recomendaciones específicas por país 3 de 2019 y 3 de 2020) y la mejora de la cooperación entre las Administraciones (recomendaciones específicas por país 4 de 2019 y de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
K.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C11.R1): Reforma para la modernización y digitalización de la Administración
Esta medida se articulará en múltiples líneas de actuación para abordar las deficiencias de las políticas de empleo de las Administraciones Públicas, reforzar la cooperación y la coordinación entre los distintos niveles de la Administración y mejorar la forma en que la Administración central aplica las políticas públicas. Por lo que se refiere a las políticas de empleo, el objetivo es reducir la tasa de trabajadores temporales en las Administraciones Públicas y reforzar las capacidades de empleo público avanzando hacia un modelo de recursos humanos basado en las competencias, también a efectos de contratación. La segunda línea de acción es seguir desarrollando la evaluación ex ante de las políticas y aumentar la transparencia y la participación de los ciudadanos en la elaboración de las políticas públicas. Por último, la reforma reforzará los instrumentos existentes para la cooperación entre los distintos niveles de la Administración en España. Esto reforzará el papel de las Conferencias Sectoriales, los organismos existentes de cooperación con las regiones, aclarando cuándo pueden llegar a acuerdos de cumplimiento obligatorio. La reforma también reforzará la Conferencia de Presidentes (en la que se reúnen al más alto nivel el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas). La reforma también afecta a los instrumentos mediante los cuales es posible la cooperación entre las Administraciones Públicas y establecerá la interconexión e interoperabilidad interadministrativas digitales entre las plataformas informáticas de la Administración central y autonómica.
La implementación de esta medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
Reforma 2 (C11.R2): Reforma para el impulso del Estado de Derecho y la eficiencia del servicio público de justicia
La Ley 3/2020, de 18 de septiembre, y el programa Justicia 2030 establecen una hoja de ruta para reformar la administración de justicia en España. En este contexto, esta medida modernizará el sistema judicial, mediante la entrada en vigor (teniendo en cuenta la vacatio legis establecida en cada ley),
a más tardar el 31 de diciembre de 2022, de:
(a)la Ley de eficiencia procesal, a fin de acortar la duración de los procedimientos en todas las jurisdicciones, preservando al mismo tiempo las garantías procesales de los ciudadanos, así como el establecimiento de medios alternativos adecuados de solución de controversias;
(b)una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el fin de asignar la dirección de la investigación judicial a los fiscales, en lugar de estar dirigida por jueces de instrucción;
a más tardar el 31 de diciembre de 2023, de:
(c)la Ley de eficiencia digital, que promueve una arquitectura basada en datos para gestionar la información;
(d)la Ley de eficiencia organizativa del servicio público de Justicia, para modificar la organización del mapa judicial. La medida sustituirá al elevado número de tribunales unipersonales de primera instancia por 431 órganos colegiados (Tribunales de Instancia) e implantará la Oficina Judicial.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 3 (C11.R3): Reforma para la modernización de la arquitectura institucional de gobernanza económica
Esta medida reformará aspectos del marco institucional de gobernanza económica, en particular acelerando y promoviendo la digitalización de los procesos. Esto incluirá: a) la reforma del modo en que la Caja General de Depósitos gestiona las garantías para hacerlas electrónicas; b) la creación de la Autoridad de Protección del Cliente Financiero, orientada a garantizar los derechos de los clientes financieros; c) la mejora del marco institucional de resolución de entidades financieras mediante una ley que modifique el actual marco institucional de resolución; y d) la modernización de la supervisión en el ámbito financiero y de auditoría mediante la Reforma del Plan General de Contabilidad y la Reforma del Reglamento de Auditoría.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 4 (C11.R4): Estrategia Nacional de Contratación Pública
Esta reforma finalizará la aplicación de la reforma de la contratación pública prevista en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (como principal acto de transposición de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, texto pertinente a efectos del EEE). Se establecerá así una estructura de gobernanza para abordar la necesidad de un marco coherente de contratación pública que garantice transparencia, unos mecanismos de control eficaces, la interconexión de las bases de datos de contratación pública entre todos los niveles de la Administración y la coordinación entre los distintos niveles administrativos para: i) hacer plenamente operativa la Oficina Nacional de Evaluación y ii) adoptar la Estrategia Nacional de Contratación Pública.
España ya ha creado la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública y la Oficina Nacional de Evaluación. Esta reforma también abordará los problemas relacionados con el suministro limitado de información y bases de datos sobre contratación pública, así como las deficiencias en la estructura de la contratación pública. A tal fin, la reforma: a) mejorará la eficiencia de la contratación pública (procesos, resultados, datos e información); b) promoverá la profesionalización de los agentes (en consonancia con la Recomendación de la Comisión de octubre de 2017); c) mejorará el acceso para las pymes; y d) reforzará el marco jurídico de la contratación pública digital.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 5 (C11.R5): Capacidades administrativas
Esta reforma modernizará el funcionamiento interno de las Administraciones Públicas para mejorar la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, con vistas a tener un impacto duradero en la aplicación de futuras reformas e inversiones por parte de la Administración Pública española. En general, deberá reformar, junto con la inversión 5, la capacidad de las Administraciones Públicas para garantizar la correcta aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esto implica la creación de un sistema integrado de información y gestión; desarrollar actividades de formación para los participantes en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y desplegar actividades de comunicación dirigidas a los posibles participantes y beneficiarios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a las empresas y los hogares en general, para que sean conscientes de las posibilidades que ofrece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La gobernanza, la presentación de informes y el seguimiento de las acciones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se desplegarán a través de un nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para garantizar la correcta ejecución de las acciones establecidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este modelo uniforme se centralizará en la Secretaría General de Fondos Europeos y se desplegará en los ministerios informadores, sus correspondientes unidades de TIC y, en su caso, las administraciones homólogas de las Comunidades Autónomas. A tal fin, la Administración General del Estado aprobó el Real Decreto-ley 36/2020.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.
Inversión 1 (C11.I1): Modernización de la Administración General del Estado
Las acciones en el marco de las inversiones en C11.I1 y C11.I3 se desarrollan con arreglo a los mismos principios, con la I1 dirigida a la Administración central y la I3 a las autoridades regionales y locales. Para todas estas entidades se llevará a cabo lo siguiente:
a)Una Administración orientada al ciudadano, con la mejora de los servicios públicos digitales prestados a los ciudadanos y las empresas, y la aplicación de medidas en consonancia con la Agenda España Digital 2025;
b)Gestión de datos y operaciones inteligentes, mejorando la calidad y la eficiencia de la gestión de los servicios de las Administraciones Públicas (es decir, la contratación pública), incluido el flujo de datos, mediante el uso de tecnologías de automatización inteligentes e infraestructuras digitales;
c)Ciberseguridad e infraestructuras digitales, con el objetivo de proporcionar a la Administración Pública española la infraestructura tecnológica necesaria para su modernización. Por lo que respecta a la ciberseguridad, esta medida creará un Centro de Operaciones de Ciberseguridad para toda la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, para la protección frente a amenazas de ciberseguridad.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
Inversión 2 (C11.I2): Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado
Esta inversión dará lugar a una adopción más generalizada de la digitalización y el desarrollo de los servicios digitales en toda la Administración Pública. Los ámbitos políticos para llevar a cabo una transformación digital son los siguientes:
a)Sistema sanitario. La inversión mejorará la interoperabilidad entre la Administración central y las Comunidades Autónomas, así como el fomento del análisis de datos;
b)Sistema de justicia. La inversión proporcionará a los ciudadanos y a los operadores jurídicos herramientas digitales para gestionar mejor su relación con la administración de justicia;
c)Servicios públicos de empleo. La inversión actualizará los sistemas informáticos en los que se basa la gestión de las políticas activas del mercado de trabajo;
d)Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La inversión dotará al Ministerio competente de herramientas digitales que faciliten la aplicación de las políticas pertinentes para los grupos más desfavorecidos, así como el uso de información para desarrollar medidas correctoras o paliativas adicionales;
e)Servicios consulares. La inversión mejorará el acceso a los servicios digitales de la Administración Pública española tanto para los españoles residentes en el extranjero como para los ciudadanos extranjeros que residen en España;
f)Iniciativas piloto en los ámbitos de la seguridad y la agricultura.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
Inversión 3 (C11.I3): Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales
Las acciones en el marco de esta inversión siguen los mismos principios descritos en el apartado C11.I1, dirigidas a las administraciones regionales y locales.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 4 (C11.I4): Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado
La medida promoverá el ahorro de energía y la eficiencia energética en los edificios e infraestructuras de la Administración central. La medida logrará, por término medio, una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30 %, verificada mediante certificados de eficiencia energética. La inversión contribuirá a la renovación de la superficie de los edificios con el fin de aumentar el número de instalaciones con una elevada calificación energética y, en particular, de edificios de consumo de energía casi nulo. La inversión también promoverá la implantación de sistemas solares fotovoltaicos u otras energías renovables en las instalaciones de la Administración General del Estado. La medida también fomentará la transformación del parque de vehículos públicos en vehículos con emisiones cero o bajas emisiones 13 .
Se espera esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de la medida y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la transformación del parque de vehículos públicos solo apoyará los vehículos con emisiones cero o bajas emisiones 14 .
La inversión incluirá tanto la inversión en capital fijo (infraestructuras y edificios públicos) como en capital natural (todas las acciones contribuyen a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero).
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 5 (C11.I5): Transformación de la Administración para la Ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español
Esta inversión está vinculada a la reforma R5 de este componente. Adaptará el funcionamiento de la Administración Pública para hacer frente a los retos que plantea la aplicación y el seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La medida modernizará el sistema de información y los canales de comunicación para compartir información entre los distintos niveles de la Administración y con los ciudadanos, las empresas y los beneficiarios potenciales. La medida también incluirá formación específica para el personal de la Administración Pública General que se estima que llegará al menos a 3 150 personas a lo largo de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de agosto de 2026.
K.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cualitativos para los hitos |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
|||
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
||||||
144 |
C11.R1 |
Hito |
Entrada en vigor del acto legislativo para reducir el empleo temporal en las Administraciones Públicas |
Disposición en el acto legislativo por la que se establece su entrada en vigor |
|
|
|
T2 |
2021 |
Entrada en vigor de un acto legislativo que establezca medidas para reducir el empleo temporal en el empleo público y disposiciones eficaces para prevenir y sancionar los abusos, incluida la obligación de publicar todas las peticiones de procedimientos de estabilización del personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Dicho acto legislativo será aplicable a las Administraciones Públicas estatales, regionales y locales. |
145 |
C11.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley 40/2015 por la que se refuerza la cooperación interterritorial |
Disposición en el acto jurídico por la que se establece la entrada en vigor de la reforma |
|
|
|
T4 |
2022 |
Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley 40/2015 para reforzar la cooperación interterritorial, con los objetivos de i) permitir la creación de Conferencias Multisectoriales, ii) especificar los procedimientos de toma de decisiones en las Conferencias Sectoriales, en particular cuando generen acuerdos de cumplimiento obligatorio; iii) reforzar la Conferencia de Presidentes mediante la creación de una secretaría permanente; iv) prever la elaboración, aprobación y publicación obligatorias de los objetivos políticos plurianuales y de los indicadores de resultados, así como mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación; y v) establecer la interconexión e interoperabilidad interadministrativas digitales entre las plataformas informáticas de la Administración central y regional. |
146 |
C11.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de refuerzo de la evaluación de las políticas públicas |
Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley |
|
|
|
T4 |
2022 |
Entrada en vigor de la Ley de Evaluación con un conjunto de acciones para reforzar las políticas públicas basadas en la evaluación ex ante. Los objetivos son los siguientes: i) reforzar el régimen del actual Instituto de Evaluación de Políticas Públicas para concederle independencia organizativa y funcional; ii) proporcionar al Instituto la capacidad y los medios para ejercer sus funciones; iii) incluir el principio de evaluación sistemática ex ante de las políticas; y iv) preservar el mandato de otros organismos y agencias, incluida la AIReF. |
147 |
C11.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la reforma de la Ley 7/1985, de Regímenes Administrativos Locales |
Disposición en el acto que implementa la reforma por la que se establece la entrada en vigor de la reforma |
|
|
|
T4 |
2022 |
Entrada en vigor de la reforma de la Ley 7/1985, de Regímenes Administrativos Locales Esto tendrá como objetivos i) acelerar y ampliar el despliegue de los servicios públicos locales, también a través de medios digitales como las aplicaciones, ii) apoyar a las ciudades pequeñas en su prestación de servicios públicos. La reforma irá acompañada de una evaluación de impacto, que incluirá aspectos de sostenibilidad presupuestaria. |
148 |
C11.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la Administración del Estado. |
Disposición en el acto que implementa la reforma por la que se establece la entrada en vigor de la reforma |
|
|
|
T4 |
2022 |
Entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la Administración del Estado. Reforzará la capacidad de la Administración para atraer y retener el talento necesario para llevar a cabo sus tareas actuales, en particular en los ámbitos de la información y las telecomunicaciones. Asimismo incluirá los elementos siguientes: i) la revitalización de los instrumentos de planificación, organización y gestión de los recursos humanos; ii) la garantía de la eficacia de los principios de igualdad, mérito y capacidad de acceso, así como la transparencia y agilidad de los procesos de selección; iii) la regulación de la evaluación y el rendimiento con arreglo a un marco basado en las competencias, en particular para la nueva contratación; y iv) un acceso a puestos de altos funcionarios (a saber, directores generales y subdirectores generales) en función del mérito y de la competencia. |
149 |
C11.R1 |
Hito |
Estatutos del nuevo organismo público de Evaluación |
Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor |
|
|
|
T3 |
2023 |
Entrada en vigor de un Real Decreto con los estatutos del nuevo organismo público de Evaluación nacional. Los objetivos de este Real Decreto serán: i) dotar al organismo público de Evaluación nacional de la capacidad y los medios para ejercer sus funciones en materia de normalización metodológica para la evaluación ex ante de las políticas públicas; ii) llevar a cabo evaluaciones de las políticas públicas; y iii) incluir el principio sistemático de evaluación ex ante de las políticas, con las excepciones previstas en la Ley. |
150 |
C11.R1 |
Objetivo |
Estabilización del empleo público |
|
Número |
0 |
300 000 |
T4 |
2024 |
Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (mediante contratos indefinidos o puestos de personal estatutario) de al menos 300 000 puestos (incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018) |
151 |
C11.R2 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Justicia |
Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley |
|
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T3 |
2020 |
Entrada en vigor de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia |
152 |
C11.R2 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de mejora de la eficacia de los procedimientos judiciales |
Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley |
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|
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T4 |
2022 |
Entrada en vigor de la Ley de mejora de la eficiencia de los procedimientos en el sistema judicial nacional (Ley de Eficiencia Procesal), en particular mediante: i) un uso más intensivo de la tecnología para prestar un servicio público eficiente y de alta calidad; ii) la introducción de reformas en la legislación procesal para aumentar la rapidez de los procedimientos; iii) la introducción de medios alternativos de resolución de litigios; iv) la introducción de reformas en las leyes procesales que resolverán los litigios antes de llegar a los tribunales; v) lograr una gestión más eficiente y una respuesta más rápida a las demandas de los ciudadanos y las empresas; vi) en general, lograr una Administración de Justicia más ágil, eficiente, adaptada a los ciudadanos, sostenible y transparente. |
153 |
C11.R3 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto 937/2020, sobre el Reglamento de la Caja General de Depósitos |
Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor |
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|
|
T4 |
2020 |
Entrada en vigor del Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, para la implantación de la gestión digital de garantías y depósitos depositados en la Caja, eliminando la documentación física. El Real Decreto actualizará el procedimiento de constitución, cancelación y ejecución de las garantías y depósitos presentados ante la Caja. También promoverá la aplicación de procedimientos electrónicos en el Caja, mediante la definición de las normas y canales para la presentación de documentos electrónicos, y proporcionará el marco jurídico necesario para la digitalización del procedimiento. |
154 |
C11.R3 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. |
Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor |
|
|
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T1 |
2021 |
Entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio de 2015, de Auditoría de Cuentas. Esta reforma tendrá como objetivo proporcionar el marco jurídico para la actividad de auditoría con mayor seguridad jurídica, de modo que se logre una calidad adecuada de la actividad de auditoría. Por lo tanto, los auditores, las sociedades de auditoría y todas las materias afectadas por dicho Reglamento gozarán de una mayor garantía y seguridad a la hora de interpretar y aplicar las disposiciones incluidas en la Ley de Auditoría, al tiempo que se mejora la ejecución de las auditorías y se cumplen las obligaciones incluidas en la legislación. |
155 |
C11.R4 |
Hito |
Entrada en vigor de la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se crea la Oficina Nacional de Evaluación |
Disposición en la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se establece su entrada en vigor |
|
|
|
T4 |
2021 |
Entrada en vigor de la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se crea la Oficina Nacional de Evaluación dentro de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReScon). De conformidad con el artículo 333 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, dicha Oficina evaluará la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión, tal como se definen en los artículos 14 y 15 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. La Orden de la Ministra de Hacienda dará a la Oficina la capacidad y los medios para ejercer sus funciones. |
156 |
C11.R4 |
Hito |
Estrategia Nacional de Contratación Pública |
Adopción, por la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública, de la Estrategia Nacional de Contratación Pública |
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|
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T4 |
2022 |
En consonancia con los requisitos establecidos en el artículo 334 de la Ley 9/2017, la Estrategia Nacional de Contratación Pública tendrá como objetivo mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la contratación pública. La Estrategia incluirá los elementos siguientes: i) la promoción de la contratación pública estratégica; ii) la profesionalización; iii) la facilitación del acceso de las pymes a la contratación pública; iv) la mejora de los datos disponibles; v) el fomento de la eficiencia en la contratación pública; vi) la plena transformación digital de la contratación pública; vii) la mejora de la seguridad jurídica; y viii) la mejora de la supervisión y el control de la contratación pública, incluida la prevención de la corrupción sobre la base de un mapa de riesgos identificados. |
157 |
C11.R5 |
Hito |
Entrada en vigor del Real Decreto-ley 36/2020, sobre la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia |
Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor |
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T1 |
2021 |
Entrada en vigor del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que dota a las Administraciones Públicas españolas de los medios, incluidos los instrumentos jurídicos, para aplicar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de manera oportuna y de conformidad con el Derecho de la UE, incluido el Reglamento del MRR. El Real Decreto-ley introducirá reformas reglamentarias que aceleren la ejecución de los proyectos y permitan una mayor eficiencia del gasto público, manteniendo en todo momento las garantías y controles exigidos por el marco normativo de la UE. |
158 |
C11.R5 |
Hito |
Creación de nuevos órganos en el seno de la Administración central para el seguimiento de la ejecución, control y auditoría del Plan |
Publicación en el BOE |
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|
T2 |
2021 |
Creación de la Secretaría General de Fondos Europeos y de nuevas divisiones de la Oficina de Informática Presupuestaria y de la Oficina Nacional de Auditoría de la Intervención General de la Administración del Estado, para fomentar una cultura administrativa de planificación y control a largo plazo basada en el rendimiento, a través de la experiencia en la gestión y control del Plan y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1182/2020. |
159 |
C11.R5 |
Hito |
Entrada en vigor de la Orden por la que se definen los procedimientos y el formato de la información que debe compartirse para el seguimiento del PRR y la ejecución contable del gasto |
Disposición en la Orden por la que se establece su entrada en vigor |
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T3 |
2021 |
Entrada en vigor de la Orden por la que se definen los procedimientos y el formato de la información que debe compartirse para el seguimiento del PRR y la ejecución contable del gasto |
160 |
C11.I1 |
Hito |
Interconexión de las plataformas nacionales de contratación pública |
Las Administraciones Públicas centrales y regionales proporcionan certificados firmados que confirman las funcionalidades de la plataforma |
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|
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T4 |
2023 |
Mayor interconexión (intercambio de datos) entre todas las plataformas de contratación pública existentes (Administración central y regional): al menos 142 campos de datos abiertos y 52 datos agregados en la plataforma de la Administración central. Número de campos de datos abiertos en la plataforma de la Administración central en enero de 2021: 119 Número de datos agregados en la plataforma de la Administración central en enero de 2021: 43 |
161 |
C11.I1 |
Objetivo |
Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado |
|
Millones EUR |
0 |
960 |
T4 |
2023 |
Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de al menos 960 000 000 EUR en proyectos que abarquen los siguientes ámbitos: - Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario; - Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos; - Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos; - Transformación digital en términos de ciberseguridad. |
162 |
C11.I1 |
Hito |
Finalización de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado |
Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos |
|
|
|
T4 |
2025 |
Finalización de los proyectos adjudicados en consonancia con el objetivo prioritario 161 |
163 |
C11.I2 |
Hito |
Plataformas interoperables para intercambiar datos sobre Seguridad Social y salud |
Las administraciones de la Seguridad Social centrales y regionales proporcionan certificados firmados que confirman las funcionalidades de la plataforma |
|
|
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T3 |
2023 |
La Administración central y las regiones contarán con plataformas plenamente interoperables que permitan el intercambio de datos e información sobre Seguridad Social en los siguientes ámbitos: i) atención primaria, ii) hospitalizaciones, iii) profesionales sanitarios, prescripción/dispensación farmacéutica. |
164 |
C11.I2 |
Objetivo |
Procedimiento judicial electrónico |
|
% |
0 |
70 |
T4 |
2023 |
Al menos el 70 % de los 4 056 órganos judiciales existentes dispondrá de la infraestructura necesaria para poder celebrar electrónicamente al menos el 30 % de los procedimientos. Esto implica llevar a cabo acciones judiciales telemáticas en los diferentes órganos jurisdiccionales con plena seguridad jurídica. Para alcanzar este objetivo, todos los participantes deben poder acceder a las salas de audiencia por videoconferencia. Además, permitirá la creación de salas de audiencia totalmente virtuales, a las que todos los participantes podrán acceder por videoconferencia. Se creará una plataforma inmediata para establecer nuevos modelos de relaciones y tratamientos no presenciales. Esto mejorará el acceso a distancia de los ciudadanos a los servicios prestados por la Administración Pública. |
165 |
C11.I2 |
Objetivo |
Adjudicación de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado |
|
Millones EUR |
0 |
1 205 |
T4 |
2023 |
Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de proyectos que abarquen los siguientes ámbitos: - Transformación digital en el sector salud; - Transformación digital de la Administración de Justicia; - Transformación digital en términos de empleo; - Transformación digital en materia de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; - Plan de digitalización consular; - Transformación digital en otros ámbitos de la Administración General del Estado. |
166 |
C11.I2 |
Hito |
Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado |
Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos |
|
|
|
T4 |
2025 |
Finalización de los proyectos adjudicados en consonancia con el objetivo prioritario 165 |
167 |
C11.I3 |
Hito |
Digitalización de las Entidades Regionales y Locales |
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública proporciona un certificado firmado que confirma que se ha alcanzado el objetivo |
|
|
|
T4 |
2023 |
Las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han completado proyectos dentro de las líneas estratégicas de la Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de la Administración Pública y las demás actuaciones de modernización previstas para el sector público. En particular: a) Cada Comunidad Autónoma ha completado al menos un proyecto en una de las cinco líneas estratégicas (1. Administración orientada al ciudadano, 2. Operaciones inteligentes, 3. Gobierno del Dato, 4. Infraestructuras digitales, o 5. Ciberseguridad); b) el 60 % de los procedimientos digitales de las Comunidades Autónomas permiten su uso por móvil (Actualmente: 48 %). |
168 |
C11.I3 |
Objetivo |
Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales |
|
Millones EUR |
0 |
1 000 |
T2 |
2025 |
Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de proyectos que abarquen los siguientes ámbitos: - Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario; - Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos; - Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos; - Transformación digital en términos de ciberseguridad. |
169 |
C11.I3 |
Hito |
Finalización de todos los proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales |
Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos |
|
|
|
T2 |
2026 |
Finalización de todos los proyectos que abarcan los siguientes ámbitos (en consonancia con el objetivo 168) - Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario; - Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos; - Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos. - Transformación digital en términos de ciberseguridad. |
170 |
C11.I4 |
Objetivo |
Renovación de vehículos en la Administración Pública |
|
Número |
0 |
7 000 |
T3 |
2024 |
Como mínimo 7 000 vehículos con emisiones cero o bajas de CO2 (BEV, REEV, PHEV, FCEV), que sustituyen a los vehículos basados en combustibles fósiles utilizados en la Administración Pública. |
171 |
C11.I4 |
Objetivo |
Renovación energética en edificios públicos (140 000 m²) |
|
Número (m2) |
0 |
140 000 |
T4 |
2024 |
Al menos 140 000 m² de renovaciones energéticas completadas en edificios públicos, que logren por término medio una reducción de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. |
172 |
C11.I4 |
Objetivo |
Renovación energética en edificios públicos (1 000 000 m²) |
|
Número (m2) |
140 000 |
1 000 000 |
T2 |
2026 |
Al menos 1 000 000 m² de renovaciones energéticas completadas en edificios públicos, que logren por término medio una reducción de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2024). |
173 |
C11.I5 |
Hito |
Sistema Integrado de Información del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia |
Informe de auditoría |
|
|
|
T3 |
2021 |
Aplicación de un sistema que permita a) cargar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la información sobre la aplicación y el seguimiento de la consecución de los hitos y los objetivos; b) preparar las declaraciones de gestión y el resumen de auditoría, así como las solicitudes de pago, y c) recopilar y almacenar datos sobre beneficiarios, contratistas, subcontratistas y beneficiarios efectivos, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Se elaborará un informe de auditoría específico sobre el sistema utilizado. En caso de que el informe identifique deficiencias, el informe de auditoría recomendará medidas correctoras. |
174 |
C11.I5 |
Objetivo |
Nuevas herramientas y actividades de comunicación |
|
Número |
0 |
4 |
T4 |
2022 |
Como mínimo dos gestores de comunidad contratados con el fin de aumentar la presencia de las redes sociales, y así aumentar el número de participantes y beneficiarios potenciales del Plan y mejorar el conocimiento de las posibilidades que ofrece el Plan; y dos sitios web operativos para contribuir a maximizar la absorción de recursos. |
175 |
C11.I5 |
Objetivo |
Personal de la Administración Pública formado |
|
Número |
0 |
3 150 |
T3 |
2026 |
Al menos 3 150 empleados de la Administración Pública formados en ámbitos relacionados con la aplicación, el control y la auditoría del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. |
L. COMPONENTE 12: Política industrial
El objetivo del componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es impulsar la modernización y la productividad del ecosistema español de industria-servicios, mediante una adopción más rápida de la transición digital y ecológica.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español contribuye a abordar la recomendación específica por país 3 de 2019, sobre la promoción de las inversiones en innovación y eficiencia energética. También está en consonancia con la recomendación específica por país 3 de 2020 (mediante el fomento de la inversión pública y privada, y de la transición ecológica). El componente también ayudará a abordar la recomendación específica por país 2 de 2019, sobre el incremento de la cooperación entre los sectores educativo y empresarial con vistas a mejorar las capacidades y cualificaciones demandadas en el mercado laboral, y la recomendación específica por país 1 de 2020, sobre el refuerzo de la resiliencia del sistema sanitario.
Uno de los objetivos de las medidas incluidas en el componente es facilitar la participación de las empresas españolas en los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE) previstos.
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
L.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C12.R1): Estrategia Española de Impulso Industrial 2030
El objetivo de la Estrategia Española de Impulso Industrial 2030 será adaptar el marco reglamentario para ayudar a la industria a hacer frente a los retos de la terciarización, la digitalización, la sostenibilidad medioambiental y la economía circular. La Estrategia incluirá, en particular, una reforma de la Ley de Industria, que data de 1992. El objetivo de la medida será mejorar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de la Administración en materia de política industrial y mejorar la calidad y la seguridad industriales mediante un sistema reforzado de vigilancia del mercado, en consonancia con el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011 15 . Por último, se revisará la definición de infracciones en la política industrial y se actualizará el nivel de las sanciones que pueden aplicarse.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Reforma 2 (C12.R2): Política de residuos e impulso a la economía circular
El objetivo de la medida será impulsar modelos de producción y consumo en los que el valor de productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible. El objetivo es reducir al mínimo la generación de residuos y garantizar la plena explotación de los residuos que no puedan evitarse. Esta reforma incluirá la aprobación de una Estrategia Española de Economía Circular en junio de 2020, en consonancia con el Plan de Acción de la UE para la Economía Circular.
La medida también incluirá un paquete de actos sobre la economía circular para regular el traslado y la eliminación de residuos y para gestionar los neumáticos al final de su vida útil, así como medidas sobre los vehículos al final de su vida útil. A tal fin, se aprobaron los Reales Decretos 553/2020, de 2 de junio de 2020, 646/2020, de 7 de julio de 2020, y 731/2020, de 4 de agosto de 2020, y los Reales Decretos 27/2021, de 19 de enero, y 265/2021, de 13 de abril. Además, la reforma incluirá la aprobación por el Consejo de Ministros en 2022 de medidas reglamentarias sobre envases y residuos de envases.
Por último, la medida incluirá la entrada en vigor de una nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados a más tardar el 31 de diciembre de 2022. La Ley incluirá:
a)La aplicación de la Directiva marco sobre residuos y la Directiva sobre plásticos de uso único, así como una actualización de la normativa española a la luz de la experiencia de los últimos diez años;
b)La introducción de los objetivos de la UE en materia de residuos y las obligaciones en materia de recogida separada derivadas de la normativa de la UE, anticipándose a su implementación en biorresiduos en municipios con más de 5 000 habitantes. Además, la medida introducirá obligaciones de recogida separada que van más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión;
c)La revisión de la regulación de la responsabilidad ampliada del productor, que establecerá un nuevo marco regulador (exigido por los reglamentos de la UE y otros adicionales); así como
d)La introducción de impuestos estatales sobre los residuos (incluidos el depósito en vertederos, la incineración y la coincineración, y los envases de plástico de un solo uso).
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Inversión (C12.I1): Espacios de datos sectoriales de digitalización de los sectores productivos estratégicos
El objetivo de esta medida será crear espacios de datos seguros y amplios en sectores industriales estratégicos, como el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio. Se fomentará la innovación, la eficiencia y las economías de escala mediante el desarrollo de componentes comunes (componentes elementales) y el intercambio de infraestructuras y datos comunes (plataformas en nube, redes de supercomputación y almacenamiento, análisis de macrodatos e inteligencia artificial).
Se potenciarán los esquemas de gobernanza para articular la cooperación público-privada en el desarrollo de los espacios de datos. Además, se definirán mecanismos para asegurar la interoperabilidad y se desarrollarán las reglas y mecanismos adecuados para impulsar la compartición de datos entre empresas. La inversión se llevará a cabo en consonancia con la Comunicación de la Comisión Europea «Una Estrategia Europea de Datos» [ 16 ] y con las acciones previstas en ella, en particular la futura Ley de Datos y el Reglamento sobre la gobernanza [ 17 ], así como la Federación europea en la Nube. Las sinergias garantizarán la complementariedad con el programa Europa Digital [ 18 ]. La inversión también se ajustará a las principales referencias y normas, como las promovidas por la Asociación de Espacios Internacionales de Datos (IDS).
Se apoyarán al menos cuatro espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor antes del 31 de diciembre de 2023, en el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 2 (C12.I2): Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial
El objetivo de esta medida es promover la transformación de sectores estratégicos que son clave para la transición industrial de España, como los vehículos automovilísticos y eléctricos, la agroalimentación, la sanidad, los sectores aeronáutico y naval, los sectores industriales vinculados a las energías renovables, así como las capacidades de diseño y producción de tecnologías de procesadores y semiconductores. Al menos grandes proyectos estratégicos recibirán apoyo en el marco de esta acción (denominados «PERTEs»), que abarcarán toda la cadena de valor del sector pertinente, e incluirán el apoyo a las pymes.
Esta medida también financiará proyectos de menor escala, como la simulación industrial, los materiales avanzados, la realidad virtual, y la robótica colaborativa y cognitiva. La medida seguirá apoyando infraestructuras industriales sostenibles, como parques industriales o zonas logísticas. Como parte de este elemento de la medida, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español financiará al menos 78 proyectos innovadores que impliquen una transformación industrial sustancial en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital.
Previa aprobación de un PERTE por el Consejo de Ministros, el Ministerio correspondiente pondrá en marcha una licitación competitiva con el objetivo de recibir propuestas específicas que se desarrollarán en el marco del PERTE aprobado. La ejecución de las medidas de apoyo que puedan constituir ayuda estatal de conformidad con el artículo 107 del TFUE y que puedan requerir una notificación a la Comisión no podrá tener lugar antes de que España haya obtenido de la Comisión la aprobación de la ayuda estatal.
La resolución del Consejo de Ministros por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 19 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 20 ; iii) la compensación de los costes indirectos del RCDE; iv) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 21 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 22 ; y v) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.
Se considerará que las siguientes acciones de I+D+i en el marco de esta inversión cumplen lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1): las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión dedicadas a aumentar sustancialmente la sostenibilidad medioambiental de las empresas (como la descarbonización, la reducción de la contaminación y la economía circular) si el objetivo principal de las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión es desarrollar o adaptar alternativas con el menor impacto medioambiental posible en el sector.
Los criterios de selección garantizarán que al menos 455 000 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y al menos 1 500 000 000 EUR con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia [ 23 ]. Como alternativa, si está bien justificado explicando las razones por las que el enfoque alternativo no puede ser viable, los criterios de selección garantizarán que al menos 2 531 500 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un coeficiente climático de al menos el 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Inversión 3 (C12.I3): Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular
El objetivo de esta medida será contribuir al fomento de la economía circular en España, mediante la financiación de proyectos destinados a aplicar el marco nacional de regulación de residuos y a alcanzar los objetivos de la UE en el ámbito de los residuos, así como proyectos innovadores de economía circular en el sector privado para facilitar la transición hacia la economía circular.
La medida apoyará la mejora de los sistemas de recogida selectiva existentes y las inversiones en los puntos de recogida para mejorar el reciclado, la construcción de nuevas plantas de tratamiento de residuos y el aumento de la eficiencia en el uso de los recursos en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, sin aumentar su vida útil o su capacidad, que deberán verificarse a nivel de planta. El objetivo de la medida abarcará también las soluciones digitales en este ámbito y la promoción de la economía circular a nivel de la empresa. El objetivo propuesto es haber completado al menos 30 de los proyectos previstos. La medida alcanzará un mínimo del 30 % de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE.
A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 24 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 25 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 26 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 27 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
L.2 Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables
Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.
Número |
Medida |
Hito/objetivo |
Nombre |
Indicadores cuantitativos para los objetivos |
Tiempo |
Descripción de cada hito y objetivo |
||||
Indicadores cualitativos para los hitos |
Unidad |
Valor de referencia |
Meta |
Trimestre |
Año |
|||||
176 |
C12.R1 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Industria |
Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley |
|
|
|
T4 |
2023 |
Los objetivos de la Ley serán mejorar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de la Administración en materia de política industrial y mejorar la calidad y la seguridad industriales mediante un sistema reforzado de vigilancia del mercado, en consonancia con el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011. Por último, se revisará la definición de infracciones en este ámbito y se actualizará el nivel de las sanciones que pueden aplicarse. |
177 |
C12.R2 |
Hito |
Estrategia Española de Economía Circular (EEEC) |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
|
|
|
T2 |
2020 |
Aprobación de la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC). Sienta las bases para promover un nuevo modelo de producción y consumo en el que se mantenga el valor de los productos, materiales y recursos durante el mayor tiempo posible, se minimice la generación de residuos y se aprovechen plenamente los residuos que no puedan evitarse. |
178 |
C12.R2 |
Hito |
Entrada en vigor de los actos que forman parte del paquete de medidas sobre la economía circular |
Disposiciones en los Reales Decretos por las que se establecen la entrada en vigor de los actos |
|
|
|
T4 |
2022 |
El paquete de política de economía circular incluye: El Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso. El Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. El Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Los Reales Decretos 27/2021, de 19 de enero, y 265/2021, de 13 de abril. La próxima aprobación por el Consejo de Ministros en 2022 de medidas reglamentarias sobre envases y residuos de envases. |
179 |
C12.R2 |
Hito |
Entrada en vigor de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados |
Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley |
|
|
|
T4 |
2022 |
La Ley incluirá: i) La aplicación de la Directiva marco sobre residuos y la Directiva sobre plásticos de uso único, así como una actualización de la normativa española a la luz de la experiencia de los últimos diez años; ii) La introducción de los objetivos de la UE en materia de residuos y las obligaciones en materia de recogida separada derivadas de la normativa de la UE, anticipándose a su implementación en biorresiduos en municipios con más de 5 000 habitantes. Además, la medida introducirá obligaciones de recogida separada que van más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión; iii) La revisión de la regulación de la responsabilidad ampliada del productor, que establecerá una nueva que va más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión; iv) La introducción de impuestos estatales sobre los residuos (incluidos el depósito en vertederos, la incineración y la coincineración, y los envases de plástico de un solo uso). |
180 |
C12.I1 |
Objetivo |
Espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor |
- |
Número |
0 |
4 |
T2 |
2026 |
Grandes espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor creados en sectores estratégicos. Al menos cuatro en el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. La ejecución presupuestaria movilizada con este fin ascenderá, como mínimo, a 400 000 000 EUR. |
181 |
C12.I2 |
Hito |
Plan para impulsar la cadena de valor de la industria del automóvil hacia una movilidad sostenible y conectada |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
|
|
|
T2 |
2020 |
Aprobación en Consejo de Ministros del Plan para impulsar la cadena de valor de la industria del automóvil hacia una movilidad sostenible y conectada |
182 |
C12.I2 |
Hito |
PERTE en el ámbito de los vehículos eléctricos |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
|
T3 |
2022 |
Aprobación en Consejo de Ministros de un Proyecto Estratégico para la Recuperación y la Transformación Económica (PERTE) en el ámbito estratégico de los vehículos eléctricos, y asignación de al menos 400 000 000 EUR de presupuesto en concepto de ayuda. La resolución por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
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183 |
C12.I2 |
Hito |
PERTEs en ámbitos estratégicos definidos en el Plan |
Aprobación en Consejo de Ministros. |
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T4 |
2022 |
Aprobación por el Consejo de Ministros de al menos dos PERTEs y asignación total de al menos 400 000 000 EUR de presupuesto en ayudas para cada uno de ellos, en otros ámbitos estratégicos, como la agroalimentación, la sanidad, los sectores aeronáutico y naval, los sectores industriales vinculados a las energías renovables, así como las capacidades de diseño y producción de tecnologías de procesadores y semiconductores. La resolución por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
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184 |
C12.I2 |
Objetivo |
Proyectos innovadores para la transformación de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y digitalización |
- |
Número |
0 |
78 |
T4 |
2022 |
Concesión por el Ministerio de Industria de al menos 1 200 000 000 EUR al menos a 78 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos 3), que impliquen una transformación sustancial de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital. Selección de proyectos tras una convocatoria publicada en el BOE y sobre la base de criterios de selección para garantizar que se cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. |
185 |
C12.I2 |
Objetivo |
Ejecución presupuestaria de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria |
- |
EUR |
0 |
2 531 500 000 |
T4 |
2024 |
Ejecución presupuestaria de al menos 2 531 500 000 EUR movilizados en 210 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos 3), que impliquen una transformación real de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección garantizarán que al menos 455 000 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y al menos 1 500 000 EUR con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Como alternativa, si está bien justificado explicando las razones por las que el enfoque alternativo no puede ser viable, los criterios de selección garantizarán que al menos 2 531 500 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un coeficiente climático de al menos el 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Se movilizarán al menos 3 800 000 000 EUR de inversión privada con los fondos del MRR y el efecto multiplicador de la financiación adicional a estos fondos en la inversión privada será similar en la fecha del hito, también de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Este objetivo no se considerará cumplido en caso de que alguna de las medidas para las que se haya comprometido el presupuesto constituya ayuda estatal de conformidad con el artículo 107 del TFUE deba notificarse a la Comisión y no haya sido aprobada por la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2023. |
186 |
C12.I2 |
Objetivo |
Finalización de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria |
- |
Número |
0 |
3 |
T2 |
2026 |
Finalización de al menos 210 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos tres), que impliquen una transformación real de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. |
187 |
C12.I3 |
Objetivo |
Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa |
- |
Número |
0 |
30 |
T4 |
2023 |
Finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil, que se verificará a nivel de planta. |
188 |
C12.I3 |
Objetivo |
Aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente |
- |
% de los residuos municipales recogidos selectivamente |
21 |
30 |
T2 |
2026 |
Alcanzar un mínimo del 30 % de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE. Por «recogida separada» se entenderá la recogida en la que un flujo de residuos se mantendrá separado, por tipo y naturaleza, para facilitar un tratamiento específico. Los datos se recopilarán de conformidad con el desglose material con arreglo al anexo V de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1004 de la Comisión. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2018). |
M. COMPONENTE 13: Impulso a la pyme
Las pequeñas y medianas empresas (pymes) desempeñan un papel clave en la economía de la UE y de España, en particular dado que las pymes contribuyen en mayor medida al PIB nacional y que el tamaño medio de las empresas es menor que la media de la UE.
Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda los retos a los que se enfrentan las pequeñas y medianas empresas (pymes) (incluidos los autónomos) con el objetivo de impulsar la competitividad de la economía española y promover el crecimiento y el empleo. Estos retos son: la dificultad de acceso a la financiación para el emprendimiento, el crecimiento empresarial y la innovación; la falta de competencias digitales y la falta de adopción de las tecnologías digitales, que obstaculizan la productividad y la competitividad de las pymes; el pequeño tamaño de las empresas, que dificulta el aprovechamiento de economías de escala y la internacionalización; y la elevada vulnerabilidad a shocks externos y las bajas economías de escala que dificultan la inversión y la innovación.
Los objetivos de este componente son introducir reformas e inversiones destinadas a facilitar la creación, el crecimiento y la reestructuración de empresas, mejorar el clima de negocios (en particular reforzando el funcionamiento del mercado interior español), así como seguir impulsando los importantes procesos de aumento de la productividad a través de la digitalización, la innovación y la internacionalización. Este componente se centra significativamente en la digitalización, con una aproximación horizontal para proporcionar un paquete básico de digitalización a un porcentaje importante de pymes, y vertical para impulsar la digitalización de procesos y la innovación tecnológica en determinadas pymes.
Este componente aborda parcialmente las recomendaciones específicas por país sobre los avances en la aplicación de la Ley de garantía de la unidad de mercado (recomendación específica por país 4 de 2019) y sobre la garantía de la aplicación efectiva de medidas destinadas a proporcionar liquidez a las pymes y a los trabajadores por cuenta propia, en particular evitando la morosidad (recomendación específica por país 3 de 2020). También aborda las recomendaciones específicas por país sobre la concentración de la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020) y sobre la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020).
Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
M.1 Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables
Reforma 1 (C13.R1): Mejora de la regulación y del clima de negocios
Los objetivos de la reforma son mejorar el marco en que se desarrolla la actividad económica, procurando una regulación y un clima de negocios más adecuados y que faciliten la creación y el crecimiento de las empresas, así como su reestructuración si fuera necesario, mediante la adopción de una serie de medidas.
La reforma consistirá en:
a)Adopción de la Ley de creación y crecimiento empresarial. El objetivo de esta Ley es:
I.Simplificar los trámites para la constitución de una empresa. Esto se conseguirá mediante la reducción del requisito de capital mínimo para la creación de una empresa y el refuerzo de las plataformas de financiación participativa y los distintos instrumentos de financiación pública;
II.Medidas jurídicas para fomentar una cultura de pago dentro de plazo. Esta Ley mejorará la eficacia de la aplicación de la Directiva 2011/7/UE, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Se espera que la Ley reduzca los plazos medios de pago de las operaciones comerciales. Esto ayudaría a abordar los problemas de liquidez a los que se enfrentan las pymes acreedoras que no reciben pagos a su debido tiempo, con efectos indirectos positivos en sus actividades y crecimiento. Entre los ejemplos de medidas que deben aplicarse para fomentar una cultura de pago dentro de plazo figuran directrices sobre publicidad y transparencia de los plazos de pago, mejores prácticas empresariales y mecanismos para una mejor tutela del cumplimiento, como un sistema extrajudicial de resolución de litigios;
III.Modificar determinadas disposiciones de la Ley de garantía de la unidad de mercado, para aportar mayor claridad en los ámbitos en los que las ambigüedades han generado problemas de aplicación. El objetivo de la Ley de garantía de la unidad de mercado es eliminar los obstáculos innecesarios, desproporcionados o discriminatorios al acceso a las actividades económicas y su ejercicio, así como a la libertad de establecimiento en todo el territorio. El objetivo de esta reforma también será aumentar la eficiencia y transparencia de los mecanismos previstos en la Ley de garantía de la unidad de mercado para proteger a los operadores cuya actividad se vea afectada por obstáculos impuestos por la Administración Pública. Además, la reforma reforzará la cooperación para promover una mejor reglamentación en todo el país.
b)Se creará una nueva Conferencia sectorial de Mejora Regulatoria y Clima de Negocios. Su objetivo será facilitar la correcta aplicación de los principios de buena regulación por parte de todas las Administraciones Públicas y garantizar una óptima cooperación interadministrativa, incluso en las medidas que acompañarán a la recuperación. La Conferencia sectorial también hará un seguimiento del trabajo de otras Conferencias sectoriales, lo que permitirá coordinar, monitorizar e impulsar mejor las distintas medidas de mejora de la regulación, tanto de carácter horizontal como sectorial.
c)Reforma de la legislación sobre insolvencia para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). La reforma incluirá el establecimiento de un procedimiento de segunda oportunidad para personas naturales más eficaz, que permita una exoneración de las deudas sin liquidación previa de los activos de la parte insolvente. Además, se introducirán los planes de reestructuración exigidos por la Directiva (UE) 2019/1023 de insolvencia, como un nuevo instrumento pre-concursal que mejore la eficacia de los instrumentos pre-concursales actualmente aplicables, con el objeto de prevenir la insolvencia y el concurso subsiguiente. También se introducirá un procedimiento especial para las micropymes, que reducirá la duración y el coste del procedimiento y que se tramitará íntegramente por medios electrónicos.
d)Por último, esta reforma también conllevará la adopción de una Ley que modifica tres textos legislativos, en particular la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Un nuevo sistema supondrá el acceso único a las profesiones de abogado y procurador, de tal modo que se exigirá la misma capacitación para ambas profesiones. Las sociedades profesionales multidisciplinares podrán ofertar un servicio integral simultáneo, de defensa y representación en juicio. También se modificará el marco arancelario aplicable a los servicios de procuradores: se establecerán importes máximos pero sin que puedan fijarse límites mínimos, garantizando con ello que el consumidor pueda acceder a los servicios a precios competitivos. Con esta reforma, España velará por que la legislación en este ámbito se ajuste a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 25 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y a los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por lo que se refiere a esta reforma, el Consejo de Ministros aprobó en septiembre de 2020 el proyecto de ley que modifica los textos legislativos antes mencionados.
Esta reforma también se complementará con la adopción de una Ley de transposición de la Directiva (UE) 2019/1151, sobre digitalización, que promueve la innovación y la digitalización tanto en la Administración como en el entorno empresarial y prevé la digitalización de todo el proceso de creación de una empresa. Esta Ley es uno de los instrumentos reguladores necesarios para la aplicación del componente 11 (reforma C11.R2 para el impulso del Estado de Derecho y la eficiencia del servicio público de justicia).
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Reforma 2 (C13.R2): Estrategia España Nación Emprendedora
El objetivo de la medida es promover la Estrategia España Nación Emprendedora. La reforma consistirá en la adopción de una Ley de startups, a fin de crear un marco favorable para la constitución y crecimiento de empresas emergentes altamente innovadoras, y un fondo público-privado NEXT-TECH para escalar las start-ups en tecnologías disruptivas.
La adopción de una Ley de startups, a más tardar a finales de 2022, deberá: proporcionar una definición jurídica de «start-ups»; identificar incentivos fiscales para fomentar su creación y atraer talentos; establecer medidas para facilitar la atracción de inversores y emprendedores extranjeros; y adoptar mecanismos para facilitar la implementación de la legislación y la relación con las medidas relativas al ecosistema de emprendedores digitales.
La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Inversión 1 (C13.I1): Emprendimiento
Los objetivos de la inversión son potenciar el ecosistema emprendedor, para hacerlo más resiliente y competitivo, abordando los retos de la transición ecológica y digital.
La inversión consta de cuatro acciones principales:
1) reforzar las capacidades empresariales, incluida la formación y el reciclaje profesional, y apoyar a los emprendedores en consonancia con las prioridades de la UE en materia de transición ecológica y digital. Como parte de esta acción, al menos 6 900 emprendedores se beneficiarán del Programa de capacidades emprendedoras, y al menos 800 emprendedores recibirán apoyo del Programa de atracción de talento de mujeres;
2) ofrecer herramientas para apoyar la creación y la gestión de empresas y reforzar a las pymes, incluido el apoyo de al menos 12 000 usuarios activos en la plataforma virtual ONE-Oficina Nacional de Emprendimiento, en el marco del Marco Estratégico en Política de PYME 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda España Digital 2025;
3) realizar campañas de difusión y comunicación para la creación, desarrollo o atracción a España de eventos internacionales centrados en las empresas innovadoras y un programa de atracción de talento de mujeres. Esto incluirá al menos 20 eventos sobre emprendimiento desarrollados en el marco del Programa Bandera; y al menos 260 acciones de comunicación (200 apariciones en los medios de comunicación y 60 eventos) bajo la marca España Nación Emprendedora; así como
4) financiar una línea de apoyo a la actividad emprendedora y de las pymes, mediante el programa de apoyo al emprendimiento de mujeres. Esto incluirá el apoyo de al menos 200 mujeres emprendedoras a través de préstamos participativos concedidos por la Empresa Nacional de Innovación, S.A.
En el caso de los instrumentos financieros, a fin de garantizar que la medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el convenio entre las autoridades españolas y la entidad encargada o el intermediario financiero encargado del instrumento financiero y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero deberá:
I.exigir la aplicación de la Guía técnica de la Comisión sobre la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU;
II.excluir de la elegibilidad la siguiente lista de actividades y activos: i) las actividades y los activos relacionados con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 28 ; ii) las actividades y los activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con los cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 29 ; iii) las actividades y los activos relacionados con vertederos de residuos, incineradoras 30 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 31 ; y iv) las actividades y los activos en los que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; así como
III.exigir la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos, por parte de la entidad encargada o del intermediario financiero, para todas las transacciones, incluidas las exentas de la verificación de la sostenibilidad.
Para las licitaciones, a fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 32 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 33 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 34 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 35 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.
La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Inversión 2 (C13.I2): Crecimiento
El objetivo de la medida es promover el crecimiento de las pymes.
La inversión consistirá en acciones sobre:
1) El apoyo a 11 000 pymes individuales en el marco del Programa de capacidades para el crecimiento de las pymes. El objetivo de este programa es proporcionar las capacidades necesarias a las empresas para que puedan crecer y ser más competitivas, evolucionando sus modelos de negocio y contribuyendo a la doble transición.
2) El apoyo financiero a largo plazo a 1 500 proyectos industriales desarrollados por pymes, para acciones en el marco de esta inversión, en nuevas instalaciones industriales o ampliación de las ex