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Document 52020SC0322

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Rumanía que acompaña al documento COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea

SWD/2020/322 final

Bruselas, 30.9.2020

SWD(2020) 322 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN

Informe sobre el Estado de Derecho en 2020


Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Rumanía

que acompaña al documento

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Informe sobre el Estado de Derecho en 2020
Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea

{COM(2020) 580 final} - {SWD(2020) 300 final} - {SWD(2020) 301 final} - {SWD(2020) 302 final} - {SWD(2020) 303 final} - {SWD(2020) 304 final} - {SWD(2020) 305 final} - {SWD(2020) 306 final} - {SWD(2020) 307 final} - {SWD(2020) 308 final} - {SWD(2020) 309 final} - {SWD(2020) 310 final} - {SWD(2020) 311 final} - {SWD(2020) 312 final} - {SWD(2020) 313 final} - {SWD(2020) 314 final} - {SWD(2020) 315 final} - {SWD(2020) 316 final} - {SWD(2020) 317 final} - {SWD(2020) 318 final} - {SWD(2020) 319 final} - {SWD(2020) 320 final} - {SWD(2020) 321 final} - {SWD(2020) 323 final} - {SWD(2020) 324 final} - {SWD(2020) 325 final} - {SWD(2020) 326 final}


Resumen

Desde la adhesión de Rumanía a la UE en 2007, la Comisión ha llevado a cabo un seguimiento de las reformas del país en el ámbito de la justicia y de la lucha contra la corrupción a través del Mecanismo de Cooperación y Verificación (MCV), que constituye un marco importante para avanzar hacia el cumplimiento de los objetivos de referencia establecidos (denominados indicadores en marco del MCV).

En 2020, el Gobierno ha seguido reiterando su determinación de volver a encauzar la reforma judicial, tras los retrocesos del periodo 2017-2019, lo que ha contribuido a aliviar significativamente las tensiones con el poder judicial. El reciente nombramiento de nuevos responsables en los principales órganos del Ministerio Fiscal podría favorecer un desarrollo más eficiente de la labor de la fiscalía. No obstante, los trámites para la modificación de la legislación pertinente se han pospuesto debido a la pandemia de COVID-19 y a la proximidad de las elecciones generales. Siguen vigentes las polémicas medidas adoptadas en detrimento de la independencia judicial, entre ellas la creación de la Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia, que se dedica exclusivamente a la persecución de delitos cometidos por jueces y fiscales. El hecho de que estas medidas se sigan aplicando aumenta la incertidumbre en cuanto al funcionamiento del sistema judicial, sobre todo si se tiene en cuenta el efecto combinado de todas ellas. Además, algunas de estas medidas también pueden tener un efecto negativo en los recursos humanos del sistema judicial y menoscabar su eficiencia.

Rumanía cuenta con un amplio marco estratégico nacional de lucha contra la corrupción que se basa en la participación de una gran diversidad de agentes institucionales nacionales y locales. A pesar de los avances y la trayectoria de Rumanía en la lucha contra la corrupción en la última década, los problemas a los que ha tenido que hacer frente el poder judicial durante el periodo 2017-2019 han suscitado dudas en cuanto a la sostenibilidad de las reformas anticorrupción. Si bien el contexto político actual es de menor confrontación, las principales instituciones se enfrentan a un entorno difícil, que repercute en la aplicación del marco jurídico y en la capacidad institucional. Aunque las principales instituciones competentes han proseguido su labor, ese entorno hace que resulte difícil mantener la sólida trayectoria de enjuiciamientos y sentencias condenatorias en casos de corrupción de alto nivel. Las modificaciones pendientes del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal generan incertidumbre sobre la eficacia del marco jurídico de lucha contra la corrupción, por lo que es importante buscar soluciones jurídicas y estratégicas que respondan a las principales resoluciones del Tribunal Constitucional. El actual Gobierno ha dado muestras de un renovado empeño por avanzar en el aspecto preventivo mediante una amplia Estrategia Nacional Anticorrupción.

Se han establecido las garantías jurídicas pertinentes en materia de libertad de prensa y pluralismo de los medios de comunicación. Sin embargo, están surgiendo dificultades en relación con la aplicación y el cumplimiento del marco legislativo vigente. La transparencia de la propiedad de los medios de comunicación es aún parcial, y el organismo de reglamentación de los medios de comunicación audiovisuales carece de los recursos necesarios para desempeñar plenamente su labor. Los medios de comunicación pueden quedar expuestos a presiones políticas, dado que no existen garantías jurídicas específicas que protejan la independencia editorial, salvo por lo que respecta a la autorregulación que aplican algunas redacciones y editores.

El proceso ordinario de elaboración y promulgación de leyes está bien reglamentado, con un sistema ampliado de contrapoderes institucionales, pero su eficacia varía. El Gobierno sigue recurriendo a menudo a los decretos de urgencia, y la falta de coordinación de las sucesivas modificaciones legislativas también repercute en la calidad de la legislación y la seguridad jurídica, en particular en el ámbito empresarial. Existe un marco legislativo propicio para la sociedad civil, que desempeña un papel activo y ha podido reaccionar ante los intentos de limitar sus actividades. La sociedad civil ha tenido un papel importante en la defensa del Estado de Derecho en Rumanía.



Una particularidad de Rumanía, y también de Bulgaria, fue el establecimiento, en el momento de su adhesión a la Unión Europea en 2007, del Mecanismo de Cooperación y Verificación (MCV), una medida transitoria destinada a impulsar los esfuerzos de Rumanía por seguir reformando su sistema judicial e intensificando la lucha contra la corrupción 1 . En consonancia con la Decisión por la que se establece el Mecanismo, este dejará de aplicarse cuando se hayan cumplido satisfactoriamente todos los objetivos de referencia (indicadores) aplicables a Rumanía 2 . En sus informes de enero de 2017, la Comisión adoptó una evaluación global de los progresos realizados por Rumanía a lo largo de los diez años del MCV. Asimismo, definió una vía para la conclusión del MCV mediante el establecimiento de doce recomendaciones principales cuya aplicación bastaría para cumplir los objetivos del mecanismo. Debido a la posterior evolución de la situación en Rumanía, la Comisión formuló ocho recomendaciones adicionales en noviembre de 2018. En su último informe de evaluación sobre el MCV, adoptado en octubre de 2019, la Comisión concluyó que Rumanía debía seguir avanzando en el cumplimiento de las recomendaciones de enero de 2017 y noviembre de 2018. En 2019, varios tribunales rumanos plantearon diversas cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE sobre las obligaciones de Rumanía en virtud del MCV y sobre la obligatoriedad de aplicar las recomendaciones 3 . Los asuntos continúan pendientes ante el Tribunal.

I. Sistema judicial 

El sistema judicial rumano se organiza en cuatro instancias, tanto en la jurisdicción civil como en la militar: los tribunales de primera instancia, los tribunales ordinarios y especializados, los tribunales de apelación 4 y el Tribunal Supremo de Casación y Justicia. El Tribunal Supremo de Casación y Justicia conoce de asuntos en materia penal, tanto en primera instancia como en apelación, en relación con determinadas categorías de personas 5 , así como de determinados recursos en materia civil y contencioso-administrativa. Una función esencial del Tribunal Supremo es garantizar la interpretación y aplicación uniformes del derecho por parte de los demás órganos jurisdiccionales. El Consejo Superior de la Magistratura, que garantiza la independencia judicial, se divide en dos secciones: la sección de jueces y la sección de fiscales. Cada sección tiene competencia exclusiva para la selección y gestión de la carrera de jueces y fiscales, respectivamente, y actúa como tribunal disciplinario. El Ministerio Fiscal funciona bajo las órdenes del fiscal general de la fiscalía adscrita al Tribunal Supremo de Casación y Justicia. El Ministerio Fiscal comprende varias estructuras especializadas con una jurisdicción y organización especiales: la Dirección Nacional Anticorrupción (DNA) y la Dirección de Investigación y Persecución de la Delincuencia Organizada y el Terrorismo (DIICOT), cada una de ellas con un fiscal jefe al frente, así como, desde 2018, la Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia (SIIJ) 6 . También existen fiscalías en la jurisdicción militar. El fiscal general y los fiscales jefe de las estructuras especializadas, la DNA y la DIICOT, son nombrados por el presidente de la República, a propuesta del ministro de Justicia y tras recibir un dictamen no vinculante del Consejo Superior de la Magistratura 7 . La Unión Nacional de Colegios de Abogados de Rumanía es una entidad jurídica de interés público que agrupa a los cuarenta y un colegios de abogados del país. El Tribunal Constitucional se encarga del control de constitucionalidad de la legislación y de dirimir conflictos de naturaleza constitucional entre las autoridades públicas.

Independencia

Varias modificaciones de las leyes del poder judicial llevadas a cabo en 2018 y 2019 suscitan preocupación por sus repercusiones en la independencia judicial. Las leyes del poder judicial regulan el estatuto de los jueces y los fiscales, la organización del sistema judicial y el funcionamiento del Consejo Superior de la Magistratura. Las modificaciones entraron en vigor en julio y octubre de 2018 y fueron objeto de revisiones posteriores mediante varios decretos de urgencia del Gobierno. Las medidas han suscitado recelo debido a que, a juicio de diversas partes interesadas nacionales e internacionales, su efecto combinado supone una amenaza grave para la independencia del poder judicial 8 . Se han constatado problemas graves en relación con la creación de la Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia (SIIJ), el sistema de responsabilidad civil de jueces y fiscales, los regímenes de jubilación anticipada, el acceso a la profesión y el estatuto y nombramiento de fiscales de alto rango. Desde el principio, la aplicación de las reformas ha confirmado los temores de una mayor presión sobre jueces y fiscales y de menoscabo de la independencia, eficiencia y calidad del poder judicial 9 . Además, a lo largo de la aplicación de estas leyes se han ido poniendo de manifiesto nuevos problemas además de los constatados inicialmente 10 .

El hecho de que la reforma de las leyes sobre el poder judicial continúe en vigor ha aumentado la incertidumbre en cuanto al funcionamiento del sistema judicial. Aunque el Gobierno actual ha manifestado su voluntad de entablar un diálogo con el poder judicial y los partidos políticos para revertir las polémicas medidas, también ha señalado que, en la situación política actual, no se dan las condiciones adecuadas para alcanzar un consenso amplio y la mayoría necesaria en el Parlamento para garantizar el respaldo a unas reformas de calado 11 . Es improbable, pues, que dichas reformas se lleven a cabo antes de que se celebren las nuevas elecciones al Parlamento. El hecho de que estas modificaciones continúen en vigor genera incertidumbre no solo acerca del funcionamiento del sistema judicial en su conjunto, sino también, de forma más concreta, en relación con la independencia, el estatuto y la carrera de los jueces y fiscales. Esta incertidumbre se ve agravada por las profundas divisiones que existen en el seno del sistema judicial en cuanto a las soluciones que han de proponerse para modificar las leyes del poder judicial. En este contexto, aunque, habida cuenta de sus funciones, el Consejo Superior de la Magistratura debería asumir un papel de liderazgo y construir un consenso, su labor reciente ha venido marcada por las divisiones internas y la controversia.

La percepción de la independencia judicial entre el público es baja y muestra una tendencia descendente en los últimos años. El nivel de independencia judicial que percibe la población sigue siendo bajo (37 %) y ha ido en descenso 12 . Entre las empresas, el nivel percibido de independencia judicial es medio (53 %) 13 . En ambos casos, la razón más frecuentemente señalada para justificar la percepción de falta de independencia judicial se refiere a la interferencia o presión que ejercen el Gobierno y los políticos 14 . El debate público sobre el poder judicial se ha caracterizado por fuertes tensiones y por ataques públicos al poder judicial desde el mundo de la política y de los medios de comunicación 15 , si bien las tensiones han disminuido significativamente con el actual Gobierno. Aunque el Consejo Superior de la Magistratura ha respondido a algunas de las denuncias interpuestas en relación con la defensa de la independencia, la reputación y la imparcialidad de los jueces y fiscales, en general la actividad del Consejo en este ámbito ha sido reducida 16 . 

La Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia (SIIJ), una dirección especial del Ministerio Fiscal, sigue en funcionamiento, a pesar de las críticas generalizadas. Esta sección 17 se dedica exclusivamente a la persecución de delitos cometidos por jueces y fiscales. También es competente para ejercer la acción penal contra otras personas que estén siendo investigadas junto con los jueces o fiscales afectados 18 . La Comisión de Venecia ha señalado que no parece haber datos objetivos que justifiquen la creación de esta sección 19 , y su creación y funcionamiento han sido criticados no solo por sus efectos en la independencia de los jueces y fiscales, sino también por las repercusiones negativas que podría tener en la eficiencia de la persecución del delito 20 . Además, la percepción de que la presión que puede ejercer la sección podría socavar la independencia judicial también afecta negativamente a la apariencia de independencia, que constituye en sí misma un elemento esencial de la independencia judicial 21 . El actual ministro de Justicia ha iniciado consultas sobre un proyecto de propuesta para desmantelar la sección y reinstaurar el anterior modelo organizativo del Ministerio Fiscal 22 , pero la pandemia de COVID-19, sumada a la situación política, ha obstaculizado el proceso, y la sección sigue operativa. El 21 de julio de 2020, el Parlamento rechazó un proyecto de iniciativa presentado por un grupo de diputados para desmantelar la sección, proyecto que también había sido objeto de un dictamen consultivo negativo del Consejo Superior de la Magistratura 23 . Aunque las autoridades y diversas partes interesadas informan de que, desde octubre de 2019, la sección ha puesto fin a la práctica de retirar recursos y de que el número de procedimientos iniciados contra jueces y fiscales ha disminuido, sigue preocupando que la sección pueda ser utilizada como un instrumento de presión. En 2019, varios tribunales rumanos presentaron diversas peticiones de decisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE, en las que ponían en duda la compatibilidad de la creación de la sección con el Derecho de la UE, en particular con el artículo 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea y el artículo 47 de la Carta 24 . Los asuntos continúan pendientes ante el Tribunal.

En 2019 se nombraron nuevos jefes para los órganos del Ministerio Fiscal, pero persisten los recelos, presentes desde hace tiempo, sobre el procedimiento de nombramiento y destitución de los fiscales de alto rango. En octubre de 2019, no se había nombrado a los jefes de ninguno de los órganos del Ministerio Fiscal 25 . Una de las primeras medidas del actual ministro de Justicia fue organizar los correspondientes procedimientos de selección, con una mayor transparencia, e impulsar un proceso de liderazgo en el Ministerio Fiscal 26 . No obstante, aunque el nuevo fiscal jefe de la DNA fue nombrado tras un dictamen favorable del Consejo Superior de la Magistratura, la fiscal general y la fiscal jefe de la DIICOT fueron nombradas en contra de la opinión del Consejo, que había emitido un dictamen desfavorable. Esta situación ha puesto de manifiesto las persistentes deficiencias ya constatadas por la Comisión, que, en el contexto del MCV, ha señalado la necesidad de establecer un sistema de nombramiento más sólido e independiente y ha indicado que la mejor manera de alcanzar una solución duradera es con el respaldo de la Comisión de Venecia 27 .

La destitución en 2018 de la antigua fiscal jefe de la Dirección Nacional Anticorrupción ha sido objeto de control jurisdiccional por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El Tribunal concluyó que Rumanía había violado el artículo 6, apartado 1 («Derecho a un proceso equitativo»), y el artículo 10 («Libertad de expresión») del Convenio Europeo de Derechos Humanos en la destitución de la antigua fiscal jefe de la DNA 28 . Según el TEDH, la antigua fiscal jefe no pudo impugnar de manera efectiva ante los tribunales los motivos de su destitución 29 . En este contexto, el TEDH llamó la atención sobre la creciente importancia que se concede a la intervención de una autoridad independiente del poder ejecutivo y del poder legislativo en lo que respecta a las decisiones que afectan al nombramiento y la destitución de fiscales 30 . En lo que respecta a la libertad de expresión, el TEDH subrayó también que la destitución de la fiscal podría tener un efecto intimidatorio y disuadir a otros fiscales y jueces de participar en el debate público sobre las reformas legislativas que afecten al poder judicial y, de forma más general, sobre cualquier cuestión relativa a la independencia del poder judicial 31 . En cuanto a la participación de jueces y fiscales en el debate público, en los informes elaborados en el marco del MCV se ha manifestado ya inquietud por la práctica de la Inspección Judicial 32 de iniciar procedimientos disciplinarios contra jueces y fiscales por sus declaraciones públicas sobre las reformas judiciales 33 .

Las reformas de la ley sobre el estatuto de los jueces y fiscales han modificado las normas relativas a la responsabilidad civil de los jueces 34 . Las nuevas normas permiten al Ministerio de Hacienda evaluar si un error judicial se ha cometido de mala fe o por negligencia grave y, posteriormente, interponer acciones de indemnización contra los jueces por los daños y perjuicios ocasionados por sus sentencias. El nuevo régimen establece que el primer paso para determinar la responsabilidad civil de un juez es que un órgano jurisdiccional establezca que la sentencia en cuestión contenía un error judicial y que la parte perjudicada debe recibir una indemnización, sin que el juez que dictó la sentencia recurrida participe en este primer procedimiento judicial. A continuación, el Ministerio de Hacienda puede interponer una acción judicial de indemnización contra el juez, basada en su propia valoración de si el error judicial fue consecuencia de mala fe o negligencia grave por parte del juez en el ejercicio de sus funciones y prerrogativas 35 . Aunque el Ministerio tiene la obligación de consultar a la Inspección Judicial sobre el asunto, la opinión de esta no es vinculante. El Consejo de Europa reconoció que, si bien puede ser legítimo determinar la responsabilidad personal de un juez por los daños ocasionados por una resolución dictada de mala fe o cometiendo una negligencia grave, esta posibilidad debe reunir unas garantías claras 36 , a fin de proteger a los jueces de los abusos e impedir que el poder ejecutivo ejerza sobre ellos una presión indebida. Las facultades conferidas al Ministerio de Hacienda en este contexto han generado dudas 37 . El Consejo de Europa ha señalado que el nuevo régimen podría tener un efecto intimidatorio en los jueces y los fiscales, sobre todo si se suma a la creación de la nueva Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia 38 . En la actualidad está pendiente ante el Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial sobre el nuevo régimen de responsabilidad civil de jueces y fiscales 39 .

Calidad

Ha aumentado el déficit de recursos humanos en el sistema judicial. En diciembre de 2019, estaban vacantes más del 12 % de las plazas de juez 40 y casi el 20 % de las plazas de fiscal 41 . Se teme que la insuficiencia de personal en la administración de justicia aumente aún más cuando entre en vigor el nuevo régimen de jubilación anticipada 42 de los jueces de más antigüedad 43 . Si bien se ha aplazado la entrada en vigor del régimen de jubilación anticipada 44 , se trata de una solución temporal que no resuelve plenamente los problemas planteados 45 . Además, es probable que los tribunales inferiores también se vean afectados por la escasez de personal debido a la adopción de nuevas disposiciones que amplían el periodo de formación y prácticas de los aspirantes a juez 46 , a los retrasos provocados por la pandemia de COVID-19 en los nuevos procedimientos de contratación y al hecho de que el Consejo Superior de la Magistratura no ha presentado ninguna estrategia de recursos humanos. Por otra parte, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la disposición por la que se encomienda al Consejo Superior de la Magistratura la tarea de aprobar el reglamento sobre la organización y el desarrollo de las oposiciones de ingreso en la carrera judicial 47 , lo que podría dar lugar a aún más retrasos en las nuevas contrataciones 48 .

La creación del Órgano de Gestión Judicial Estratégica no ha producido los resultados esperados. En 2017 se creó el Órgano de Gestión Judicial Estratégica, que reúne a las principales instituciones responsables del funcionamiento del sistema judicial, con el objetivo de abordar las cuestiones estratégicas más importantes para el sistema judicial 49 . Este órgano también se encargó de velar por la aplicación del Plan de Acción de la Estrategia para el Desarrollo del Poder Judicial 2015-2020 50 , que se convertiría en el principal motor de la reforma judicial, internalizando el impulso reformista del MCV. El plan de acción preveía soluciones a los problemas de escasez de secretarios judiciales, la excesiva carga de trabajo y los retrasos en la motivación de las resoluciones. Sin embargo, tras su creación, el Órgano de Gestión Judicial Estratégica no ha funcionado según lo previsto y el plan de acción sigue, en su mayor parte, pendiente de aplicación.

Rumanía tiene un buen nivel general de digitalización de la justicia y sigue tomando medidas para mejorarlo. En la actualidad, en la mayoría de los órganos jurisdiccionales es posible enviar citaciones y llevar a cabo el seguimiento de las fases de un procedimiento en línea, así como presentar un asunto por vía electrónica 51 . Sin embargo, solo algunas de las sentencias están disponibles en línea 52 . Se está trabajando para mejorar el sistema de gestión de casos, que se utilizará para determinar el número de sentencias firmes en las que las instituciones públicas son deudoras o acreedoras. Actualmente se está llevando a cabo un análisis para determinar cómo modernizar el sistema y dotarlo de características como la accesibilidad electrónica de los documentos procesales, el archivo electrónico y la firma electrónica. El análisis debería estar terminado para finales de 2020.

Eficiencia

En general, el sistema judicial gestiona la carga de trabajo de manera eficiente. En 2018, la duración de los procedimientos de primera instancia disminuyó ligeramente con respecto a 2017 en los ámbitos civil y mercantil 53 , mientras que se mantuvo prácticamente igual en la jurisdicción contencioso-administrativa 54 . La tasa de resolución ha aumentado y se sitúa actualmente por encima del 100 % 55 , lo que significa que el sistema judicial es capaz de resolver más asuntos de los que se presentan. En general, la duración de los procedimientos que se refieren a ámbitos específicos del Derecho de la UE es relativamente corta 56 , excepto por lo que respecta a los casos de blanqueo de capitales 57 .

Las modificaciones legislativas que afectan a los recursos humanos pueden obstaculizar los intentos de Rumanía de reducir la duración de los procedimientos judiciales. Varios cambios legislativos introducidos desde 2018 podrían poner en peligro los esfuerzos por reducir la excesiva duración de los procedimientos civiles y penales 58 . Se han eliminado las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativas a la denominada «cámara del consejo», que tenían por objeto mejorar la eficiencia de la tramitación de los procedimientos 59 . Sin embargo, el mayor motivo de preocupación son las modificaciones de las leyes del poder judicial, que podrían generar un mayor déficit de recursos humanos (véase más arriba), además de exigir un mayor número de jueces en determinadas salas 60 o un mayor grado de antigüedad en las fiscalías especiales. Las partes interesadas también han manifestado su preocupación por lo que respecta a la eficiencia del sistema judicial 61 . En respuesta a estas preocupaciones, el Consejo Superior de la Magistratura ha puesto en marcha dos proyectos cuyo objetivo es determinar los instrumentos necesarios para desarrollar el sistema judicial y abordar las causas de la excesiva carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales 62 .

II. Marco normativo de lucha contra la corrupción

Rumanía ha implantado, en términos generales, un marco jurídico e institucional de lucha contra la corrupción. La aplicación de la actual Estrategia Nacional Anticorrupción, que abarca el periodo 2016-2020, sigue su curso. La coordinación de su aplicación corre a cargo del Ministerio de Justicia. La Dirección Nacional Anticorrupción, que es la fiscalía especial de lucha contra la corrupción, es competente para investigar casos de corrupción de medio y alto nivel, mientras que la investigación de los demás casos de corrupción corresponde al fiscal general. En el Ministerio del Interior existe una dirección especializada en la lucha contra la corrupción, que se encarga de los asuntos de integridad y corrupción que afectan al personal empleado por el Ministerio, incluida la policía. La Agencia Nacional de Integridad (ANI) se encarga de la supervisión y comprobación de los bienes, los conflictos de interés y las incompatibilidades de todos los cargos electos. La Agencia Nacional para la Gestión de Activos Confiscados (ANABI) se encarga de la gestión de los activos de origen delictivo que han sido objeto de confiscación o decomiso.

En el índice de percepción de la corrupción de Transparencia Internacional, Rumanía, con una puntuación de 44 sobre 100, ocupa el puesto 19 de la clasificación en la Unión Europea y el 70 en el mundo 63 . El 83 % de los encuestados en Rumanía considera que la corrupción está muy extendida en el país (media de la UE: 71 %) y el 64 % siente que la corrupción le afecta directamente en su vida cotidiana (media de la UE: 26 %) 64 . En lo que respecta a las empresas, el 97 % considera que la corrupción está muy extendida (media de la UE: 63 %) y el 88 % considera que la corrupción supone un problema para la actividad empresarial (media de la UE: 37 %). Al mismo tiempo, el 58 % de los encuestados considera que el número de casos enjuiciados de forma efectiva es suficiente para disuadir a las personas de cometer prácticas corruptas (media de la UE: 36 %), mientras que el 37 % de las empresas considera que las personas y las empresas que se descubre han sobornado a altos funcionarios son castigadas adecuadamente (media de la UE: 31 %) 65 .

Rumanía cuenta con un amplio marco estratégico nacional de lucha contra la corrupción que se basa en la participación de múltiples agentes institucionales nacionales y locales. La actual Estrategia Nacional Anticorrupción, que abarca el periodo 2016-2020, prevé la participación voluntaria de una gran parte de la administración pública, incluidos el gobierno local, las empresas públicas, las fuerzas y cuerpos de seguridad, la fiscalía, los tribunales y la sociedad civil. Los instrumentos de prevención se basan en planes de prevención de la corrupción elaborados por cada institución participante a partir de autoevaluaciones y evaluaciones de riesgos, en metodologías desarrolladas de forma conjunta, y en evaluaciones inter pares. La estrategia, cuya eficacia depende en gran medida del compromiso político, se ha aplicado con relativa tibieza en el periodo 2017-2019, a pesar de los plazos fijados por el Gobierno en agosto de 2016. En 2019, el compromiso del actual Gobierno de hacer frente a la corrupción se ha traducido en una aplicación más resuelta de la estrategia preventiva nacional de lucha contra la corrupción. El nivel de aplicación de la estrategia ha aumentado y las acciones preventivas están siendo objeto de seguimiento tanto a nivel nacional como a nivel local. El Ministerio de Justicia también está evaluando la estrategia actual de cara a la elaboración de la próxima 66 . 

La presión ejercida sobre el marco jurídico e institucional ha mermado la eficacia con la que se han investigado los casos de corrupción y dictado las correspondientes condenas. En el periodo 2013-2017, las instituciones encargadas de la investigación, persecución y enjuiciamiento de los casos de corrupción de alto y medio nivel mantuvieron una trayectoria sólida y constante. Aunque en 2018 y 2019 las instituciones siguieron investigando delitos de corrupción de alto nivel y dictando sentencias condenatorias al respecto, los informes elaborados en el marco del MCV señalaron la existencia de una tónica general de presiones sobre las principales instituciones anticorrupción y una creciente preocupación por los efectos negativos de esa presión continuada. Tanto la DNA como el fiscal general 67 informaron de un retroceso en los resultados de la lucha contra la corrupción en 2019. El hecho de que la dirección de ambas instituciones haya estado en funciones durante un periodo de tiempo prolongado ha afectado a su capacidad para hacer frente a la presión constante y a los continuos desafíos. Además, su capacidad institucional también se ha visto afectada por la reforma de las leyes del poder judicial, que establece una serie de disposiciones perjudiciales en materia de recursos humanos 68 . La creación de la Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia también ha repercutido en los resultados de la lucha contra la corrupción de alto nivel 69 . Asimismo, varias resoluciones de Tribunal Constitucional han tenido especial repercusión en los casos de corrupción de alto nivel, en particular las resoluciones relativas al procedimiento para la constitución de las salas de lo penal de tres y cinco magistrados del Tribunal Supremo de Casación y Justicia 70 , a las técnicas de vigilancia (escuchas telefónicas) 71 y al delito de corrupción de abuso de poder 72 . Según la DNA, el efecto combinado de estas resoluciones es particularmente grave, al provocar el cierre de investigaciones y el archivo de causas en los tribunales, la anulación de resoluciones judiciales firmes y la reapertura de juicios sobre el fondo del asunto en los procedimientos en cuestión, lo que podría dar lugar a la elusión de la responsabilidad penal por delitos de corrupción. En los primeros meses de 2020, la situación parece haber mejorado, gracias a la reducción de la presión política y al nombramiento de equipos de gestión estables. Sin embargo, sigue habiendo incertidumbre sobre las investigaciones y los juicios en curso en casos de corrupción de alto nivel. Durante el periodo 2015-2019, Rumanía fue el segundo Estado miembro con más investigaciones de la OLAF concluidas con una recomendación financiera (cuarenta) 73 .

La incertidumbre que sigue existiendo en relación con las modificaciones del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal pone en peligro la lucha contra la corrupción. Están pendientes desde hace tiempo varias modificaciones del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal 74 . Estas modificaciones deben tratar de ofrecer soluciones jurídicas y normativas en relación con varias resoluciones de amplio alcance dictadas por el Tribunal Constitucional desde 2014, que han anulado diversas disposiciones de ambas normas y repercutido especialmente en la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada 75 . En abril de 2019, en cambio, el Parlamento adoptó mediante procedimientos de urgencia diversas modificaciones del Código Penal, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley Especial sobre Corrupción que habrían podido resultar perjudiciales para la lucha contra la delincuencia en general y contra la corrupción en particular. Estas modificaciones, que se aprobaron tras un primer intento fallido de debilitar el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2018 76 , fueron objeto de críticas generalizadas y acabaron por ser declaradas inconstitucionales en julio de 2019 77 , por lo que no llegaron a entrar en vigor. Sigue pendiente la tarea de adaptar el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal a las resoluciones del Tribunal Constitucional, por lo que perduran la incertidumbre jurídica y los riesgos para la continuidad de la lucha contra la corrupción.

Subsisten además otros obstáculos a una labor eficaz de la fiscalía. Un problema concreto es la rendición de cuentas del Parlamento por las decisiones que adopta en relación con las solicitudes de autorización que la fiscalía le dirige a fin de poder aplicar medidas preventivas como registros o detenciones e investigar a diputados que sean o hayan sido ministros. En respuesta a las recomendaciones del MCV y del GRECO 78 , la Cámara de Diputados modificó su Reglamento Interno en 2019 haciendo referencia a los criterios establecidos por la Comisión de Venecia. El nuevo procedimiento aún no se ha utilizado y el Senado no cuenta con un procedimiento similar. En 2019 se rechazaron dos solicitudes de autorización de la fiscalía para empezar a investigar a dos antiguos ministros y diputados al Parlamento.

La Agencia Nacional de Integridad (ANI) sigue cumpliendo sus objetivos, aunque su eficacia se está viendo mermada por el debilitamiento de su marco legislativo y la reducción de sus recursos. La ANI es el organismo competente para examinar los conflictos de intereses de carácter administrativo, las incompatibilidades y el enriquecimiento injustificado, y mantiene una buena trayectoria. La imposición de sanciones en casos de incompatibilidad y conflicto de intereses constituye un elemento importante en la prevención de la corrupción. Además, la ANI ha creado instrumentos eficaces para la prevención de los conflictos de intereses de carácter administrativo, en particular en lo que respecta a la contratación pública, y ha llevado a cabo amplias campañas de sensibilización, en particular en relación con las elecciones nacionales y locales. Los informes del MCV han puesto de relieve los problemas a los que sigue estando sujeto el marco jurídico en materia de integridad, así como la necesidad de estabilidad y claridad y de un marco jurídico riguroso y estable 79 . En 2019 entraron en vigor varias modificaciones legislativas que restaron eficacia al régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses 80 . Como consecuencia de ello, la ANI se ha visto obligada a cerrar un número importante de investigaciones en curso, y otros casos han sido archivados en los tribunales. La ANI también advierte de crecientes dificultades para aplicar las sanciones impuestas mediante resolución judicial firme a los cargos electos locales, con el resultado de que las sanciones por incompatibilidad o conflicto de intereses quedan en papel mojado, lo que repercute en la aplicación de las normas de integridad para las elecciones. La agencia ha propuesto colaborar con el Ministerio de Justicia y las partes interesadas para revisar la legislación en materia de integridad y elaborar un marco jurídico coherente y unificado. Aunque la carga de trabajo de la agencia aumenta sustancialmente en época electoral, su presupuesto se ha reducido.

En los últimos años, se han establecido códigos éticos y de conducta para los diputados al Parlamento 81 y los miembros del Gobierno 82 , que se suman a los códigos ya vigentes para la función pública. Sin embargo, aún está por ver si el mecanismo de aplicación del código de conducta de los diputados es eficaz, puesto que de momento ha habido pocos casos de sanciones 83 .

La Agencia Nacional para la Gestión de Activos Confiscados (ANABI) está plenamente operativa. La misión de la ANABI es garantizar la eficaz ejecución de las órdenes de decomiso dictadas en procedimientos penales, mediante una gestión eficiente de los bienes confiscados que le son confiados por los fiscales y los jueces. La agencia ha progresado en la puesta a punto de un sistema nacional integrado de seguimiento de las medidas adoptadas por las autoridades en cada fase del proceso de recuperación de activos. En diciembre de 2019, más de treinta organizaciones no gubernamentales solicitaron al Gobierno que restableciera las disposiciones del mandato de la ANABI en materia de «reutilización social» 84 , disposiciones que habrían garantizado la utilización de parte de los bienes de origen delictivo confiscados para financiar proyectos de prevención de la delincuencia que sean visibles para la sociedad 85 .

Rumanía cuenta desde 2004 con una ley específica para proteger la denuncia de irregularidades. La actividad de los grupos de presión se rige por normas no vinculantes, como la creación de un registro voluntario a efectos de transparencia. Las cuestiones relativas a las denominadas puertas giratorias se rigen por disposiciones jurídicas específicas 86 . Diversas disposiciones legislativas garantizan protección frente a las autoridades e instituciones públicas y otras entidades a los miembros del personal de estas que denuncien infracciones de la ley 87 . Muchas instituciones han adoptado procedimientos operativos cuya finalidad es aplicar la legislación sobre la denuncia de irregularidades y otros instrumentos en materia de integridad. Sin embargo, la legislación vigente no abarca al sector privado.

III.Pluralismo en los medios de comunicación

La Constitución consagra el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de acceso a toda información de interés público. La Ley Audiovisual define la misión y la composición del órgano regulador de los medios de comunicación y exige que este vele por la transparencia en la organización, el funcionamiento y la financiación de los medios de comunicación de masas del sector audiovisual 88 .

El órgano regulador de los medios de comunicación audiovisual es el Consejo Audiovisual Nacional (CNA). Su misión viene definida en la Ley Audiovisual 89 . El CNA es un organismo público autónomo sometido a control parlamentario y es el garante del interés público en el ámbito de la comunicación audiovisual 90 . Las decisiones y dictámenes del CNA pueden consultarse en su sitio web 91 . El Consejo está formado por 11 miembros nombrados por el Parlamento (por mayoría de los senadores y diputados presentes) por un periodo de seis años, a propuesta del Senado (que propone 3 miembros), la Cámara de Diputados (3 miembros), el presidente de Rumanía (2 miembros), y el Gobierno (3 miembros). El Media Pluralism Monitor de 2020 (instrumento de seguimiento del pluralismo en los medios de comunicación, en lo sucesivo, «el MPM de 2020») califica de bajo el riesgo al que están expuestas la independencia y la eficacia del organismo regulador de los medios de comunicación. Señala, sin embargo, la escasa experiencia de algunos de los miembros designados y la falta de consenso sobre las normas 92 . De la visita al país se desprende que el presupuesto asignado por el Estado para financiar las actividades del CNA se ha visto afectado por la crisis de la COVID-19 y que el organismo carece de personal suficiente, sobre todo si se tienen en cuenta las tareas adicionales que requiere el entorno digital 93 .

En lo que respecta a la autorregulación de la prensa, son las redacciones o los editores los que establecen las normas profesionales. El MPM de 2020 considera preocupante la ausencia de garantías específicas de independencia editorial y normas profesionales, ya sea a través de la legislación o de la autorregulación.

El marco de transparencia de los medios de comunicación está incompleto. La Ley Audiovisual 94 establece que el Consejo debe velar por la transparencia de la organización, el funcionamiento y la financiación de los medios de comunicación de masas del sector audiovisual. El derecho de sociedades también prevé normas relativas a la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación 95 .

Diversas fuentes señalan que la publicidad institucional se utiliza como forma de injerencia del Estado. El MPM de 2020 observa a este respecto un riesgo elevado para el pluralismo de los medios de comunicación. Diversas partes interesadas señalan que hay lagunas en la legislación en cuanto a los requisitos de información, lo que se considera contribuye a la falta de transparencia y abre la posibilidad de abusos 96 . Además, las autoridades utilizan la discrecionalidad en la distribución de los fondos públicos para publicidad institucional a fin de interferir en los medios de comunicación, sobre todo a nivel local 97 .

Aunque la libertad de expresión está consagrada en la Constitución 98 y no hay restricciones de acceso a la profesión periodística, algunos de los problemas denunciados se derivan de la aplicación del marco jurídico. El MPM de 2020 alerta de varios problemas relacionados con la protección de la libertad de expresión, y concluye que estos problemas suelen deberse no tanto al marco legislativo en sí como a los defectos en su aplicación. En la legislación para la protección de la dignidad y la reputación de las personas debe encontrarse un equilibrio entre tales derechos y la libertad de expresión. El MPM de 2020 denuncia incoherencias en la interpretación de la ley y en la gravedad de las sanciones impuestas a los periodistas en ese contexto 99 . No obstante, la «difamación» y el «insulto» fueron despenalizados en la reforma del Código Penal de 2014.

Existen obstáculos al ejercicio del derecho constitucional de acceso a la información de interés público. El MPM de 2020 denuncia problemas en el ejercicio de ese derecho en lo que respecta al acceso a documentos que obran en poder de organismos públicos. Diversas partes interesadas señalan que las respuestas a menudo llegan tarde 100 o están incompletas. No obstante, el MPM de 2020 también indica que en todos los asuntos contenciosos relativos a cuestiones como el acceso y uso periodístico de documentos o la protección de las fuentes, las resoluciones de los tribunales están en consonancia con la jurisprudencia del TEDH 101 . Varias partes interesadas 102 han señalado presuntos abusos de la legislación en materia de protección de datos con vistas a restringir la libertad de prensa. La Ley de Protección de Datos de Rumanía prevé pocas excepciones para el tratamiento de datos personales con fines periodísticos 103 . El MPM de 2020 concluye que la «versión nacional del RGPD» (Reglamento General de Protección de Datos) no ofrece una protección adecuada al trabajo periodístico, e informa de un caso en el que la autoridad rumana de protección de datos presuntamente pidió a un medio de comunicación que revelara sus fuentes.

Se han denunciado amenazas a periodistas rumanos en el ejercicio de su actividad profesional. En 2019 y 2020, la plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas publicó cuatro alertas relativas a Rumanía: dos se referían a demandas por difamación abusivas, una a una amenaza de muerte contra un periodista de investigación 104 y otra a la suspensión de las retransmisiones de una cadena de televisión 105 .

IV.Otras cuestiones institucionales relacionadas con el sistema de contrapoderes institucionales

Rumanía es una república democrática representativa semipresidencial. El Parlamento rumano tiene dos cámaras: el Senado (cámara alta) y la Cámara de Diputados (cámara baja). El derecho de iniciativa legislativa reside en el Gobierno, los diputados y los senadores, y también puede ser ejercido por un grupo de al menos 100 000 ciudadanos 106 . El Tribunal Constitucional es el garante de la supremacía de la Constitución y se encarga del control de constitucionalidad de la legislación 107 .

El proceso de elaboración y promulgación de leyes está bien reglamentado y se sustenta en una amplia estructura de contrapoderes institucionales. Según la Constitución, el Parlamento es la autoridad legislativa, mientras que el Gobierno únicamente tiene competencias delegadas en el proceso legislativo. El procedimiento legislativo ordinario establece que los proyectos de ley deben ser refrendados por las autoridades públicas responsables de su aplicación y ser objeto de consulta pública 108 . Además, el Consejo Legislativo, un órgano asesor especializado del Parlamento, emite un dictamen sobre todos los nuevos proyectos de ley, garantiza la unificación sistemática y la coordinación de la totalidad del corpus legislativo y lleva un registro oficial de la legislación rumana 109 . Cuando la iniciativa legislativa la ejerce el Gobierno, el proyecto de ley debe presentarse al Parlamento, donde debe debatirse y adoptarse en ambas cámaras. El presidente de Rumanía promulga la ley, aunque puede devolverla al Parlamento, una sola vez, para que este vuelva a examinarla 110 . El presidente de la Cámara de Diputados, el presidente del Senado, el Gobierno, un grupo de diputados al Parlamento, el Tribunal Supremo de Casación y Justicia, el presidente de Rumanía y el defensor del pueblo pueden solicitar un control previo de constitucionalidad.

El uso generalizado de decretos de urgencia del Gobierno permite sortear el procedimiento legislativo ordinario 111 . La Constitución prevé la posibilidad de adoptar decretos de urgencia del Gobierno únicamente en situaciones de urgencia excepcionales y justificadas y excluye su adopción en el caso de determinados tipos de leyes, como las leyes constitucionales o las relativas a los derechos fundamentales. A pesar de ello, sucesivos Gobiernos han recurrido a los decretos de urgencia para legislar en numerosos ámbitos, en particular en el ámbito de la justicia, en materia electoral y en ámbitos relacionados con los derechos fundamentales, lo que ha suscitado dudas en cuanto a la calidad de la legislación, la seguridad jurídica y el respeto a la separación de poderes 112 . A diferencia de lo que ocurre en el procedimiento legislativo ordinario, no existe ninguna obligación de consulta y no pueden ejercerse los controles institucionales 113 . Aunque el defensor del pueblo (Avocatul Poporului) puede impugnar la adopción de decretos de urgencia del Gobierno ante el Tribunal Constitucional, rara vez se ha hecho uso de esta prerrogativa. En un referéndum consultivo celebrado en mayo de 2019 a iniciativa del presidente de la República 114 , la mayoría de los ciudadanos votaron a favor de prohibir la adopción de decretos de urgencia del Gobierno en el ámbito de la justicia y de permitir que otras autoridades, además del defensor del pueblo, pudieran impugnar decretos de urgencia directamente ante el Tribunal Constitucional.

En el contexto de la pandemia de COVID-19 se declaró el estado de emergencia. El presidente de la República declaró el estado de emergencia el 16 de marzo, con la aprobación del Parlamento 115 . En este contexto, Rumanía notificó al Consejo de Europa una excepción a las obligaciones derivadas del Convenio Europeo de Derechos Humanos 116 . A raíz de un recurso del defensor del pueblo en relación con las multas que podían imponerse por, entre otras cosas, no respetar las normas de cuarentena 117 , el Tribunal Constitucional concluyó que las disposiciones impugnadas eran inconstitucionales, dado que, al restringir o afectar a los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos o de las instituciones fundamentales del Estado, debían adoptarse mediante una ley, como un acto formal del Parlamento, y no a través de un decreto de urgencia del Gobierno 118 .

Las modificaciones legislativas a menudo resultan imprevisibles, plantean problemas de calidad, y suscitan dudas en cuanto a su interés público. Varias instituciones interesadas señalan que la legislación esencial se modifica con excesiva frecuencia, sin que esté demasiado claro el objetivo de las modificaciones, y que las leyes resultantes en ocasiones son contradictorias 119 . Los rápidos cambios legislativos a través de decretos de urgencia y la falta de seguridad jurídica también son perjudiciales para el clima de inversión 120 . En los últimos tres años el Parlamento ha iniciado y adoptado en diversos ámbitos múltiples cambios de las mismas leyes, que en ocasiones incluso eran contradictorios entre sí. Durante el proceso legislativo, el Consejo Legislativo a menudo ejerce su prerrogativa de poner de manifiesto el carácter contradictorio de los proyectos de modificación, así como las posibles incompatibilidades con la Constitución, pero sus dictámenes son meramente consultivos. Una parte importante de las propuestas legislativas adoptadas por el Parlamento son objeto de recurso ante el Tribunal Constitucional antes de su promulgación.

A pesar del marco vigente, el uso de evaluaciones de impacto y consultas públicas es insuficiente. Aunque los proyectos de actos normativos no se transmiten a las autoridades públicas competentes para su análisis y adopción hasta una vez finalizada la consulta pública, este procedimiento de consulta se considera una mera formalidad 121 . Además, muchas autoridades locales y centrales no publican las propuestas legislativas para que sean objeto de debate público y con frecuencia se invocan motivos de urgencia o de seguridad nacional para restringir la transparencia 122 .

El Gobierno ha adoptado medidas para la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas. Estas medidas, adoptadas tanto a nivel nacional como a nivel local, tienen por objeto fomentar la transparencia de la Administración, mediante la adopción de principios e iniciativas de gobierno abierto. El Gobierno también ha creado una plataforma específica de datos abiertos en la que se pueden consultar una serie de conjuntos de datos abiertos 123 . En el marco de evaluación de la Administración pública y la gobernanza de la Comisión Europea, Rumanía sale muy mal parada en lo que respecta a la calidad de los datos de contratación y la transparencia en la adjudicación de contratos públicos 124 .

El Gobierno se ha comprometido a poner en marcha un plan de actuación para abordar la cuestión de la ejecución de las resoluciones judiciales y la aplicación de la jurisprudencia de los tribunales por parte de la Administración. Después de que Rumanía fuera declarada culpable de infringir el artículo 6, apartado 1, del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por la inacción o los importantes retrasos del Estado o las entidades jurídicas bajo responsabilidad del Estado a la hora de dar cumplimiento a las resoluciones judiciales nacionales firmes 125 , el país debía establecer las medidas estructurales necesarias para garantizar la ejecución por parte de la Administración de las resoluciones pecuniarias y no pecuniarias. Rumanía se encuentra bajo la supervisión reforzada del Comité de Ministros del Consejo de Europa en relación con la ejecución de esta sentencia 126 . El 3 de abril de 2019, el Gobierno rumano aprobó un memorándum de medidas para garantizar la ejecución de las sentencias dictadas contra deudores públicos, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con la no ejecución o el retraso en la ejecución de las sentencias dictadas contra deudores públicos. El plan prevé un mecanismo para generar estadísticas precisas que posibiliten el seguimiento en el futuro.

Las autoridades independientes desempeñan un papel importante en la defensa de los derechos fundamentales y el Estado de Derecho. El Instituto Rumano de Derechos Humanos (IRDH) es miembro asociado no acreditado de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos 127 , tiene un mandato promocional y aborda una gran diversidad de cuestiones relacionadas con los derechos humanos en Rumanía. En 2020 se inició un procedimiento legislativo para definir el mandato y las atribuciones del IRDH, a raíz del cual el IRDH pasó a ser competente para emitir dictámenes a petición de las comisiones parlamentarias sobre proyectos de ley u otras cuestiones relacionadas con los derechos humanos que se examinen en el Parlamento 128 . El defensor del pueblo 129 tiene el cometido de defender los derechos y las libertades de las personas en su relación con las autoridades. Es una autoridad pública autónoma e independiente. Entre sus prerrogativas se incluye la remisión al Tribunal Constitucional de leyes y decretos gubernamentales, entre los que se incluyen los decretos de urgencia del Gobierno, para su control de constitucionalidad a posteriori 130 .

La sociedad civil rumana es activa en la defensa del Estado de Derecho y ha reaccionado frente a los intentos de limitar las actividades de las organizaciones no gubernamentales. La libertad de asociación está consagrada en la Constitución, y el Decreto 26/2000 del Gobierno establece las normas relativas a la creación de asociaciones y fundaciones 131 . El decreto establece el marco jurídico para facilitar el acceso de las asociaciones y fundaciones a los recursos públicos y privados, así como la colaboración entre las autoridades y las personas jurídicas de Derecho privado sin ánimo de lucro. La intensa participación de la sociedad civil en la labor de lucha contra la corrupción ha sido fundamental para promover las reformas. Entre 2017 y 2019, la sociedad civil criticó activamente las polémicas reformas adoptadas 132 y manifestó su firme respaldo al Estado de Derecho. Las partes interesadas indican que aunque ha habido varios intentos de interferir en las actividades de las organizaciones no gubernamentales 133 , la respuesta conjunta de la sociedad civil ha impedido que se materializaran 134 . En particular, las partes interesadas han manifestado su preocupación por que la transposición al ordenamiento jurídico rumano de las normas de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo 135 pueda repercutir en las organizaciones no gubernamentales, a las que se podría exigir, en concreto, que publicaran en el Registro del Ministerio de Justicia los nombres de todos sus donantes o de todos los beneficiarios de sus actividades, a lo que las organizaciones de la sociedad civil se han opuesto 136 .



Anexo I: Lista de fuentes por orden alfabético*.

* La lista de las contribuciones recibidas en el marco de la consulta llevada a cabo para la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 puede consultarse en (sitio web de la Comisión).

Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2020), Informe presentado a la Comisión Europea en el marco de la elaboración del primer Informe anual sobre el Estado de Derecho.

CIVICUS (2020), Perfil de país: Rumanía https://monitor.civicus.org/country/romania/ .

Comisión de Venecia (2012), Dictamen sobre la compatibilidad con los principios constitucionales y el Estado de Derecho de las acciones adoptadas por el Gobierno y el Parlamento de Rumanía en relación con otras instituciones estatales, sobre el Decreto de Urgencia del Gobierno por el que se modifica la Ley n.º 47/1992 relativa a la organización y el funcionamiento del Tribunal Constitucional y sobre el Decreto de Urgencia del Gobierno por el que se modifica y complementa la Ley n.º 3/2000 relativa a la organización de un referéndum en Rumanía, CDL-AD(2012)026.

Comisión de Venecia (2019), Opinion on Emergency Ordinances No. 7 and GEO No. 12 Amending the Laws of Justice (Dictamen sobre los decretos de urgencia del Gobierno n.ºs 7 y 12 por los que se modifican las leyes sobre el poder judicial).

Comisión Europea (2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020), Cuadro de indicadores de la justicia en la UE.

Comisión Europea (2017), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2017) 44 final.

Comisión Europea (2017), Informe técnico sobre Rumanía de 2017, SWD (2017) 25 final.

Comisión Europea (2017), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2017) 751 final.

Comisión Europea (2017), Informe técnico sobre Rumanía de 2017, SWD (2017) 701 final.

Comisión Europea (2018), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2018) 851 final.

Comisión Europea (2018), Informe técnico sobre Rumanía de 2018, SWD (2018) 551 final.

Comisión Europea (2020), Informe de la OLAF de 2019.

Comisión Europea (2019), Assessment framework for Public Administration and Governance (Marco de evaluación de la Administración pública y la gobernanza).

Comisión Europea (2019), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2019) 499 final.

Comisión Europea (2019), Informe técnico sobre Rumanía de 2019, SWD (2019) 393 final.

Comisión Europea (2020), Informe sobre Rumanía en el marco del Semestre Europeo.

Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia (CEPEJ) (2018), European judicial systems: efficiency and quality of justice (Sistemas judiciales europeos: eficiencia y calidad de la justicia).

Comité de Ministros del Consejo de Europa (2010), Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre los jueces: independencia, eficiencia y responsabilidades.

Comité de Ministros del Consejo de Europa (2016), Recomendación CM/Rec(2016)4 sobre la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas y otros agentes de los medios de comunicación.

Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE) (2019), Opinion of the CCJE Bureau following a request by the Romanian Judges Forum Association as regards the situation on the independence of the judiciary in Romania (Dictamen de la Mesa del CCJE en respuesta a una solicitud de la Asociación del Foro de Jueces Rumanos en relación con la situación de la independencia del poder judicial en Rumanía).

Consejo Consultivo de Fiscales Europeos (CCPE) (2019), Opinion of the CCPE Bureau following a request by the Romanian Movement for Defending the Status of Prosecutors as regards the situation on the independence of prosecutors in Romania (Dictamen de la Mesa del CCPE en respuesta a una solicitud del Movimiento por la Defensa del Estatuto de los Fiscales de Rumanía en relación con la situación de la independencia de los fiscales en Rumanía).

Consejo Superior de la Magistratura (2020), Contribución en el marco de la consulta en línea a las partes interesadas llevada a cabo para la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Dirección General de Comunicación (2016, 2017, 2018, 2019, 2020), Eurobarómetro: Perceived independence of the national justice system in the EU among the general public (Percepción de la independencia de los sistemas judiciales nacionales de la UE entre el público).

EuroCommerce (2020), Single Market Barriers Overview (Informe sobre los obstáculos al mercado único).

Funky Citizens (2020), Contribución en el marco de la consulta en línea a las partes interesadas llevada a cabo para la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Gobierno de Rumanía (2020), Contribución escrita al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

GRECO (2014), Fourth evaluation round: Corruption prevention in respect of members of parliament, judges and prosecutors, Evaluation report, Romania (Cuarta ronda de evaluación: informe de evaluación sobre la prevención de la corrupción respecto de los diputados al Parlamento, los jueces y los fiscales - Rumanía).

GRECO (2014), Fourth evaluation round: Corruption prevention in respect of members of parliament, judges and prosecutors, Compliance report, Romania (Cuarta ronda de evaluación: informe de cumplimiento sobre la prevención de la corrupción respecto de los diputados al Parlamento, los jueces y los fiscales - Rumanía.

GRECO (2019), Follow-up Report to the Ad hoc Report on Romania (Rule 34) [Informe consecutivo al informe especial sobre Rumanía (norma 34)].

MEDEL (2020), Contribución en el marco de la consulta en línea a las partes interesadas llevada a cabo para la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Red Europea de Consejos del Poder Judicial (2020), Independence and Accountability of the Judiciary – ENCJ Survey on the independence of judges (Independencia y rendición de cuentas del poder judicial - Encuesta de la RECPJ sobre la independencia de los jueces), 2019.

Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (2020), Contribución de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Associação Sindical dos Juízes Portugueses, asunto C-64/16, sentencia de 27 de febrero de 2018.

Unión Nacional de Jueces de Rumanía et al. (2020), Informe sobre la situación del sistema judicial y el Estado de Derecho en Rumanía.

Visita virtual a Rumanía en el marco del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Anexo II: Visita a Rumanía

En junio de 2020 los servicios de la Comisión celebraron reuniones virtuales con las siguientes entidades:

·Asociación de Jueces de Rumanía

·Asociación «Mișcarea pentru apărarea statutului procurorilor»

·Centro para el Periodismo Independiente

·Expertforum

·Freedom House

·Funky Citizens

·Tribunal Supremo de Casación y Justicia

·Asociación «Iniciativa por la Justicia»

·Comisión Jurídica de la Cámara de Diputados

·Consejo Legislativo

·Asociación de los Medios de Comunicación (Cluj)

·Ministerio de Justicia

·Agencia Nacional para la Gestión de Activos Confiscados

·Dirección Nacional Anticorrupción

·Estrategia Nacional Anticorrupción

·Consejo Audiovisual Nacional

·Agencia Nacional de Integridad

·Unión Nacional de Jueces de Rumanía

·Defensor del pueblo

·OCCRP

·Fiscalía adscrita al Tribunal Supremo de Casación y Justicia

·Foro de Jueces Rumanos

·Secretaría General del Gobierno

·Consejo Superior de la Magistratura

* La Comisión también celebró varias reuniones horizontales con las siguientes organizaciones:

·Amnistía Internacional

·Civil Liberties Union for Europe (Unión por las Libertades Civiles en Europa)

·Civil Society Europe

·Conferencia de las Iglesias Europeas

·EuroCommerce

·European Center for Not-for-Profit Law

·Centro Europeo para la Libertad de Prensa y de los Medios de Comunicación

·Foro Cívico Europeo

·Free Press Unlimited

·Front Line Defenders

·ILGA-Europe

·Comisión Internacional de Juristas

·Federación Internacional de Derechos Humanos

·Instituto Internacional de la Prensa

·Plataforma de Aprendizaje Permanente

·Open Society Justice Initiative/Open Society European Policy Institute

·Reporteros sin Fronteras

·Transparency International UE

(1)      El mecanismo se estableció en la Decisión de la Comisión de 13 de diciembre de 2006 [C(2006) 928], a raíz de las Conclusiones del Consejo de 17 de octubre de 2006 (13339/06).
(2)      Conclusiones del Consejo sobre el mecanismo de cooperación y verificación de 12 de diciembre de 2017, https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/20171212-st15587_en.pdf . Los cuatro indicadores aplicables a Rumanía se definen en la Decisión sobre el MCV. El último informe del mecanismo puede consultarse en este enlace: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/technical-report-romania-2019-swd-2019-393_en.pdf.
(3)    Véanse las conclusiones presentadas el 23 de septiembre de 2020 por el abogado general Bobek en los asuntos acumulados C-83/19, C-127/19 y C-195/19, los asuntos C-291/19 y C-355/19, y el asunto C-397/19.
(4)      Los tribunales de apelación son competentes para conocer de asuntos en primera instancia (asuntos de mayor complejidad) y de los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales inferiores.
(5)      La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conoce en primera instancia de los delitos cometidos por senadores, diputados, diputados rumanos al Parlamento Europeo, miembros del Gobierno, jueces del Tribunal Constitucional, miembros del Consejo Superior de la Magistratura, jueces del Tribunal Supremo de Casación y Justicia y fiscales de la fiscalía adscrita al Tribunal Supremo de Casación y Justicia.
(6)      Las fiscalías adscritas a los tribunales de apelación están dirigidas por «fiscales generales», mientras que las fiscalías adscritas a los tribunales ordinarios y especializados y a los tribunales de primera instancia están dirigidas por «fiscales principales».
(7)      El fiscal jefe de la Sección para la Investigación de Delitos Cometidos en la Administración de Justicia es nombrado a través de un procedimiento especial en el que únicamente participan miembros del Consejo Superior de la Magistratura.
(8)      Dictámenes CDL-PI(2018)007 y CDL-AD(2019)014 de la Comisión de Venecia.
(9)      Informes del MCV de 2018 y 2019. La Comisión ha recomendado a Rumanía que revise con urgencia las leyes modificadas sobre el poder judicial, teniendo plenamente en cuenta las recomendaciones formuladas en el marco del MCV y por la Comisión de Venecia y el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO). Esta recomendación de la Comisión continúa pendiente de aplicación.
(10)      En particular en lo que respecta a las normas sobre nombramientos para el Tribunal Supremo de Casación y Justicia, la Inspección Judicial y el acceso a la profesión en general.
(11)      Información obtenida en el marco de la visita al país.
(12)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 44. El nivel de independencia judicial percibido se clasifica del siguiente modo: muy bajo (menos del 30 % de los encuestados perciben la independencia judicial como «bastante buena» o «muy buena»), bajo (entre el 30 % y el 39 %), medio (entre el 40 % y el 59 %), alto (entre el 60 % y el 75 %) y muy alto (por encima del 75 %).
(13)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 46.
(14)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráficos 45 y 47.
(15)      Sucesivos informes del MCV han hecho referencia a ataques públicos contra jueces y fiscales desde el mundo de la política y los medios de comunicación (por ejemplo, el Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM (2019) 499 final). Una encuesta llevada a cabo entre jueces en 2019 puso de manifiesto que más del 50 % de los encuestados habían percibido en el Gobierno y los medios de comunicación una falta de respeto a su independencia (Contribución de la Red Europea de Consejos del Poder Judicial en el marco de la consulta en línea a las partes interesadas realizada para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020). La encuesta se llevó a cabo en 21 Estados miembros de la UE [Red Europea de Consejos del Poder Judicial (2020), Independencia y rendición de cuentas del poder judicial, Encuesta de la RECPJ sobre la independencia de los jueces, 2019, gráficos 43 y 45].
(16)      Comisión Europea, Informe técnico sobre Rumanía, 2019[SWD (2019) 393 final], p.18. Informe de situación de las autoridades rumanas en el marco del MCV, febrero de 2020 y junio de 2020. Además, la constatación por parte del Consejo Superior de la Magistratura de que unas declaraciones en los medios o una campaña de difamación han vulnerado la independencia o la reputación de un juez o de un fiscal rara vez ha desencadenado una actuación por parte del Consejo Nacional Audiovisual, a pesar de la existencia de un protocolo de colaboración con el Consejo Superior de la Magistratura (https://www.cna.ro/Protocol-de-colaborare-dintre.html).
(17)      Se trata de una dirección independiente creada en 2018 dentro del Ministerio Fiscal, para ocuparse de los delitos cometidos por jueces y fiscales.
(18)      Ley n.º 304/2004, de Organización de la Justicia, artículo 88, apartados 1 y 2.
(19)      El número de delitos de corrupción cometidos de facto por jueces y fiscales es muy reducido: en 2017, por ejemplo, solo 6 de los 997 casos investigados por la Dirección Anticorrupción habían sido cometidos por un juez o un fiscal. Véase el Dictamen CDL-AD(2018)017 de la Comisión de Venecia, apartado 84.
(20)      Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2019) 499 final; Segundo informe intermedio de cumplimiento del GRECO sobre Rumanía, cuarta ronda de evaluación, 2019; Informe del GRECO consecutivo al informe especial sobre Rumanía (norma 34), 2019; Dictamen CDL-AD(2019)014 de la Comisión de Venecia; Dictamen del Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE), de 2019, en respuesta a una solicitud de la Asociación del Foro de Jueces Rumanos en relación con la situación de la independencia del poder judicial en Rumanía, y Dictamen del Consejo Consultivo de Fiscales Europeos (CCPE) en respuesta a una solicitud del Movimiento por la Defensa del Estatuto de los Fiscales de Rumanía en relación con la situación de la independencia de los fiscales en Rumanía.
(21)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 6 de noviembre de 2018, Ramos Nunes de Carvalho e Sá contra Portugal, 55391/13, 57728/13 y 74041/13, apartado 149.
(22)      En febrero de 2020, a raíz de una encuesta realizada a todos los órganos jurisdiccionales y fiscalías, el ministro de Justicia sometió a consulta una propuesta para el desmantelamiento de la sección especializada en la investigación de delitos cometidos por jueces y fiscales, pero el proceso se ha visto interrumpido por la pandemia de COVID-19. El 11 de junio se renovó la convocatoria para la presentación de propuestas y el 24 de junio tuvo lugar un debate público a petición de una ONG.
(23)      El pleno del Consejo Superior de la Magistratura rechazó la propuesta por diez votos contra ocho, con una abstención.
(24)    Véanse las conclusiones presentadas el 23 de septiembre de 2020 por el abogado general Bobek en los asuntos acumulados C-83/19, C-127/19 y C-195/19 y los asuntos C-291/19 y C-355/19.
(25)      El fiscal jefe de la DNA estaba en funciones desde julio de 2018, el fiscal general se había jubilado en abril de 2019 y el fiscal jefe de la DIICOT había dimitido en octubre del mismo año.
(26)      Los criterios de selección, el nombre de los candidatos y los procedimientos se publicaron en el sitio web del Ministerio de Justicia y las entrevistas se retransmitieron por internet. Al fiscal jefe de la SIIJ se le nombra por un procedimiento distinto, gestionado por el Consejo Superior de la Magistratura. Aunque hubo varios intentos, el Consejo Superior de la Magistratura no consiguió concluir ningún procedimiento para el nombramiento del fiscal jefe, lo que contribuyó a ahondar la disensión interna sobre la existencia de la sección.
(27)      Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos realizados por Rumanía en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación, COM(2019) 499 final. En los informes elaborados en el marco del MCV se recomendó que se reanudase el proceso de nombramiento del fiscal jefe de la DNA y que se respetasen los dictámenes desfavorables del Consejo Superior de la Magistratura en relación con los nombramientos y destituciones de fiscales en puestos de dirección, hasta que se hubiera establecido un nuevo marco jurídico de conformidad con la recomendación de 1 de enero de 2017.
(28)      La destitución tuvo lugar en 2018 a propuesta del ministro de Justicia. Puesto que la sección de fiscales del Consejo Superior de la Magistratura no refrendó la propuesta, el presidente de la República se negó a firmar el decreto de destitución, lo que llevó al primer ministro a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional, que finalmente ordenó al presidente firmar el decreto.
(29)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 5 de mayo de 2020, Kövesi contra Rumanía, 3594/19, apartado 157.
(30)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 5 de mayo de 2020, Kövesi contra Rumanía, 3594/19, apartado 156. Véase también el Dictamen n.º 9 (2014) del Consejo Consultivo de Fiscales Europeos al Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre las normas y principios europeos relativos a los fiscales, apartado XII y nota explicativa n.º 73.
(31)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 5 de mayo de 2020, Kövesi contra Rumanía, 3594/19, apartado 209.
(32)      La Inspección Judicial es un organismo oficial dentro del poder judicial que funciona como una estructura autónoma del Consejo Superior de la Magistratura, con competencia para ordenar y llevar a cabo investigaciones disciplinarias con vistas al ejercicio de acciones disciplinarias contra jueces y fiscales.
(33)      Informes del MCV de 2018 y 2019. La preocupación venía dada sobre todo por el papel que ha desempeñado la dirección de la Inspección Judicial durante ese periodo. El nombramiento del mismo inspector jefe en mayo de 2019 no ha contribuido a disipar la inquietud.
(34)      Artículo 1, apartado 151, de la Ley n.º 242/2018 por el que se modifica el artículo 96 de la Ley n.º 303/2004.
(35)      Artículo 96, apartado 8, de la Ley n.º 303/2004.
(36)      Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, apartado 66.
(37)      Así se pone de manifiesto, en particular, en el Dictamen CDL-AD(2018)017 de la Comisión de Venecia, en el Informe especial AdHocRep(2018)2 sobre Rumanía elaborado por el GRECO (norma 34), en el Dictamen del CCJE en respuesta a una solicitud de la Asociación del Foro de Jueces Rumanos en relación con la situación de la independencia del poder judicial en Rumanía, y en el Dictamen del CCPE en respuesta a una solicitud del Movimiento por la Defensa del Estatuto de los Fiscales de Rumanía en relación con la situación de la independencia de los fiscales en Rumanía.
(38)      Dictamen CDL-AD(2018)017 de la Comisión de Venecia, apartados 117 y 164.
(39)    Véanse las conclusiones presentadas el 23 de septiembre de 2020 por el abogado general Bobek en el asunto C-397/19.
(40)      De las 5 068 plazas de juez, 4 415 estaban ocupadas y 653 vacantes.
(41)      De las 3 029 plazas de juez, 2 492 estaban ocupadas y 587 vacantes.
(42)      Modificaciones de 2018 de la Ley n.º 303/2004.
(43)      Con arreglo al nuevo régimen, los jueces y fiscales podrían jubilarse después de 20 años de servicio sin ninguna limitación de edad, con pensiones que podrían alcanzar hasta el 75 % del último salario bruto, lo que constituye un incentivo para que los jueces y fiscales se jubilen. El GRECO calcula que el nuevo régimen permitiría la jubilación anticipada de entre 1 500 y 2 000 jueces y fiscales.
(44)      Con arreglo a la Ley n.º 239/2019, de 19 de diciembre de 2019, la entrada en vigor de las modificaciones del artículo 82, apartado 3, de la Ley n.º 303/2004 se aplazó hasta el 1 de enero de 2022.
(45)      En particular, la Comisión de Venecia recomendó a Rumanía que reconsiderara el régimen de jubilación anticipada, que llevara a cabo una evaluación de impacto y, si no se encontraban argumentos suficientemente convincentes a favor de este régimen, que sustituyera la jubilación anticipada por otros incentivos y prestaciones adecuados para los jueces y fiscales en ejercicio. Dictamen CDL-AD(2018)017-e de la Comisión de Venecia, apartado 155.
(46)      La formación inicial y práctica de los nuevos contratados pasa a tener una duración total de seis años (frente a cuatro años según las normas vigentes). Contribución de la asociación MEDEL (Magistrados Europeos por la Democracia y las Libertades) al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(47)      Resolución n.º 121/2020 relativa a la excepción de inconstitucionalidad del artículo 106, letras a) y d), de la Ley n.º 303/2004 sobre el estatuto de jueces y fiscales, de 9 de junio de 2020. A raíz de esta resolución, el 22 de junio, el Ministerio de Justicia sometió a debate público el proyecto de ley sobre el acceso al Instituto Nacional de la Magistratura http://www.just.ro/ministerul-justitiei-supune-dezbaterii-publice-proiectul-de-lege-privind-concursul-de-admitere-la-institutul-national-al-magistraturii/. En septiembre de 2020, el Ministerio de Justicia anunció el fin de la fase de consulta pública y la preparación del proceso de adopción por parte del Gobierno, con la posterior transmisión al Parlamento.
(48)      Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, apartado 35: «debe asignarse a los tribunales un número suficiente de jueces y personal de apoyo debidamente cualificado».
(49)      Está formado por el ministro de Justicia, el presidente del Consejo Superior de la Magistratura, el presidente del Tribunal Supremo de Casación y Justicia y el fiscal general de la fiscalía adscrita al Tribunal Supremo de Casación y Justicia.
(50)      Plan de Acción aprobado por la Decisión Gubernamental n.º 282 de 2016.
(51)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 27.
(52)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 28.
(53)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 6.
(54)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 8.
(55)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 10.
(56)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráficos 16, 17, 18, 19 y 20.
(57)      Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020, gráfico 21.
(58)      Después de que se declarara que había infringido el artículo 6, apartado 1, del Convenio Europeo de Derechos Humanos debido a la excesiva duración de numerosos procedimientos civiles y penales, Rumanía presentó soluciones estructurales al problema. La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 26 de noviembre de 2013, en el asunto Vlad contra Rumanía (demanda n.º 40756/06), es la sentencia de referencia de otros treinta procedimientos similares relativos a la duración excesiva de un procedimiento civil o penal y a la ausencia de tutela judicial efectiva, y su ejecución sigue siendo objeto de la supervisión reforzada del Comité de Ministros del Consejo de Europa.
(59)      La entrada en vigor de la disposición correspondiente de la Ley de Enjuiciamiento Civil se aplazó varias veces y finalmente la disposición fue derogada.
(60)      La entrada en vigor de estas disposiciones relativas a la composición de las salas, que pasarían a estar formadas por tres magistrados en lugar de dos, se ha aplazado hasta 2021 (Ley n.º 239/2019 por la que se aprueba el Decreto de Urgencia del Gobierno n.º 92/2018 por el que se modifican y complementan determinados actos normativos en el ámbito de la justicia).
(61)      Contribución de la asociación MEDEL al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(62)      Contribución del Consejo Superior de la Magistratura en el marco de la consulta en línea a las partes interesadas llevada a cabo para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(63)      Transparency International (2020), Índice de percepción de la corrupción de 2019.
(64)      Eurobarómetro especial 502 (2020).
(65)      Flash Eurobarómetro 482 (2019). Actitud de las empresas ante la corrupción en la UE.
(66)      La Estrategia Nacional Anticorrupción no solo está siendo objeto de una evaluación interna, sino que también está siendo evaluada por un contratista externo.
(67)      Información obtenida en el marco de la visita al país.
(68)      Por ejemplo, el endurecimiento repentino de los requisitos relativos a la antigüedad de los fiscales o las nuevas normas en materia de delegación. También se han agravado los efectos de la escasez de personal, ya que, al mismo tiempo, las fiscalías han tenido que aumentar su capacidad interna para aplicar medidas de vigilancia y efectuar escuchas telefónicas.
(69)      En los casos de corrupción que atañen a jueces y fiscales, la sección también tiene la facultad de ejercer la acción penal contra todas las demás personas que hayan podido participar en el delito. Así, la DNA transfirió a la nueva sección varios casos complejos de corrupción de alto nivel en los que se estaba investigando a cargos electos, a pesar de que la sección no contaba ni con el personal ni con la experiencia necesarios. Desde que empezó a funcionar en octubre de 2018, la sección ha presentado un número insignificante de escritos de acusación. Además, la sección ha retirado varios recursos presentados previamente por la DNA en casos de corrupción de alto nivel. Véase también el informe sobre los progresos realizados en el ámbito del MCV de 2019.
(70)      Resoluciones n.º 685/2018 y n.º 417/2019 del Tribunal Constitucional de Rumanía. El Tribunal Constitucional dictaminó que la práctica de nombrar miembros de iure —uno por sala (el presidente o el vicepresidente del Tribunal Supremo)— en la composición de las salas de cinco magistrados del Tribunal Supremo de Casación y Justicia es contraria a la norma que exige que todos los miembros sean seleccionados por sorteo. Asimismo, dictaminó que, contraviniendo lo que establece la legislación aplicable, el Tribunal Supremo de Casación y Justicia no ha creado salas especializadas de tres magistrados para conocer en primera instancia de los delitos de corrupción. Las sentencias del Tribunal Constitucional permiten reabrir procedimientos de apelación o volver a examinar asuntos en primera instancia, siempre que se cumplan determinadas condiciones que el Tribunal Constitucional ha de indicar en las correspondientes sentencias. Actualmente están pendientes ante el Tribunal de Justicia varias peticiones de decisión prejudicial en relación con los efectos jurídicos de las citadas sentencias del Tribunal Constitucional y su compatibilidad con la legislación de la UE (asuntos acumulados C-357/19 y C-547/19, asunto C-379/19 y asuntos acumulados C-811/19 y C-840/19).
(71)      En el periodo 2016-2020 el Tribunal Constitucional dictó varias resoluciones en virtud de las cuales, en futuros procedimientos, la fiscalía no podrá hacer uso de los recursos técnicos y humanos de los servicios de inteligencia para la obtención de pruebas que posteriormente vayan a ser utilizadas en un procedimiento penal, sino que deberá dotarse de recursos propios a estos efectos.
(72)      Resolución del Tribunal Constitucional de Rumanía de 2016. La falta de precisión en la definición del delito ha dado lugar al cierre de investigaciones y al archivo de procedimientos en los tribunales. El legislador debe aclarar la definición prevista en el Código Penal. Lo mismo ocurre con varias otras resoluciones del Tribunal Constitucional.
(73)      Las recomendaciones financieras que la OLAF dirige a las instituciones de la UE y a las autoridades nacionales que entregan o gestionan fondos de la UE tienen por objeto recuperar para el presupuesto de la Unión los fondos de la UE que han sido objeto de fraude. Las recomendaciones financieras de la OLAF durante el periodo 2015-2019 en los dos ámbitos principales a los que se aplica el régimen de gestión compartida (los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y la agricultura) representan el 0,35 % del total de los pagos que recibió Rumanía durante ese mismo periodo (la media de la UE-27 se sitúa en el 0,36 %). Sin embargo, la repercusión financiera de las irregularidades detectadas directamente por Rumanía fue mayor: del 2,92 % (informe de la OLAF de 2019, cuadro 6).
(74)      En los informes elaborados en el marco del MCV se ha recomendado sistemáticamente que se dé mayor estabilidad al Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que las modificaciones no excedan de lo estrictamente necesario para el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional y la transposición de Directivas de la UE. En el informe del MCV de 2017, la Comisión recomendaba concluir la reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con la tramitación parlamentaria de las modificaciones presentadas por el Gobierno.
(75)      Véase el apartado anterior. Los sucesivos Gobiernos han adoptado una serie de proyectos de ley y decretos de urgencia, pero la mayoría siguen pendientes de su tramitación en el Parlamento.
(76)      En 2018 hubo un primer intento fallido de debilitar el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Las modificaciones legislativas del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal adoptadas mediante el procedimiento de urgencia el 24 de abril de 2018 fueron objeto de numerosas críticas. En octubre de 2018, el Tribunal Constitucional dictaminó que muchas de las disposiciones eran inconstitucionales. En consecuencia, el informe del MCV de noviembre de 2018 [COM (2018) 851] formuló una recomendación adicional: que se reabriera la revisión del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal teniendo plenamente en cuenta la necesidad de que sean compatibles con el Derecho de la UE, con los instrumentos internacionales de lucha contra la corrupción, y con las recomendaciones formuladas en el marco del MCV y en el Dictamen CDL-AD(2018)021 de la Comisión de Venecia.
(77)      Resolución 466, de 29 de julio de 2019, del Tribunal Constitucional de Rumanía.
(78)      Recomendación n.º 10 del informe del MCV: «Adoptar criterios objetivos para decidir y motivar la suspensión de la inmunidad de los miembros del Parlamento con objeto de contribuir a garantizar que la inmunidad no se utilice para eludir la investigación y el enjuiciamiento de los delitos de corrupción. El Gobierno también podría estudiar la posibilidad de modificar la ley para limitar la inmunidad de los ministros al periodo en que desempeñen su cargo. Estas medidas podrían contar con la colaboración de la Comisión de Venecia y el GRECO. El Parlamento debe establecer un sistema para informar periódicamente sobre las decisiones adoptadas por sus cámaras en respuesta a las solicitudes de levantamiento de la inmunidad y podría organizar un debate público con el fin de que el Consejo Superior de la Magistratura y la sociedad civil puedan manifestar sus puntos de vista». GRECO, cuarta ronda de evaluación.
(79)      En los informes del MCV se ha lamentado que no exista un marco jurídico duradero en materia de integridad [véase, por ejemplo COM(2017) 44].
(80)      Es particularmente problemática la disposición que establece un plazo de prescripción de tres años desde la fecha de los hechos que han dado lugar a la situación de conflicto de intereses o de incompatibilidad. Esta disposición ha obligado a la ANI a cerrar unas 200 investigaciones y ha dado lugar además al archivo de varios procedimientos en los tribunales. La consecuencia es que en estos momentos no está claro si puede imponerse una sanción una vez dictada una sentencia firme si esta (y no el informe de la ANI) se dicta después de transcurrido ese plazo de tres años.
(81)      Parlamento de Rumanía, Resolución n.º 77/2017 sobre el Código de conducta de diputados y senadores.
(82)      Código de conducta de los miembros del Gobierno: http://gov.ro/ro/guvernul/sedinte-guvern/cod-de-conduita-al-membrilor-guvernului .
(83)      GRECO, cuarta ronda de evaluación. El informe del MCV de 2019 señala además que, ante la ausencia de disposiciones que se refieran expresamente al respeto de la independencia judicial, no está claro si los códigos de conducta serán instrumentos eficaces de rendición de cuentas.
(84)      En 2018, el Gobierno aprobó un decreto de urgencia por el que se abolía la reutilización social de los bienes confiscados: se trata del Decreto de Urgencia del Gobierno n.º 114/2018, cuyo artículo 60 derogaba el artículo 37 de la Ley n.º 318/2015.
(85)      Centro de Recursos Jurídicos: http://www.crj.ro/apel-peste-30-de-onguri-solicita-guvernului-romaniei-inlaturarea-efectelor-distructive-ale-oug-114-2018-in-privinta-reutilizarii-sociale-a-sumelor-confiscate-din-infractiuni/.
(86)      Ley n.º 161/2003, Decreto de Urgencia del Gobierno n.º 66/2011 y Ley n.º 98/2016.
(87)

     https://www.whistleblowing.it/Romanian%20Law%20571-2004%20-%20whistleblowingEN.pdf.

(88)      Según el índice mundial de la libertad de prensa de Reporteros sin Fronteras (2020), Rumanía ocupa el puesto 48 de la clasificación mundial: https://rsf.org/en/ranking.
(89)      Ley 504/2002.
(90)      Contribución de Rumanía al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(91)      Sitio web del Consejo Audiovisual Nacional de Rumanía: http://www.cna.ro/-Informa-ii-privind-licen-ele-.html.
(92)      Media Pluralism Monitor de 2020.
(93)      En este sentido, conviene recordar que la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual revisada establece una serie de garantías específicas en relación con la independencia y la eficacia de los organismos nacionales de regulación de los medios de comunicación. Las autoridades rumanas han elaborado un primer proyecto de ley para la transposición de la Directiva revisada.
(94)

          Ley Audiovisual 504/2002 ( Legea audiovizualului ).

(95)      Ley 31/1990.
(96)      Contribución de la Federación Europea de Periodistas al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(97)      Conclusiones del Media Pluralism Monitor de 2020, confirmadas y aclaradas durante la visita al país.
(98)      Constitución de Rumanía, artículo 30.
(99)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 28 de julio de 2020, Monica Macovei contra Rumanía (demanda n.º 53028/14), en la que se señala una violación del derecho a la libertad de expresión y se sostiene que la reparación exigida (indemnización por daños y perjuicios y asunción de los costes derivados de la publicación en prensa de la sentencia firme) tuvo, por lo que respecta a la libertad de expresión, un efecto intimidatorio en la demandante.
(100)      El plazo de respuesta se ha ampliado de 30 a 60 días. Véase https://www.osce.org/representative-on-freedom-of-media/449380. En cualquier caso, la ampliación del plazo es provisional, como se establece en el Decreto Presidencial n.º 195/2020, artículo 56, anexo 1, y su aplicación se limita a la duración del estado de emergencia.
(101)      Declaraciones del representante de la OSCE: https://www.osce.org/representative-on-freedom-of-media/449380.
(102)      Información obtenida en el marco de la visita a Rumanía.
(103)      Ley n.º 190/2018, art. 7.
(104)      La investigación del asunto está en curso.
(105)      Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas. Información publicada también en la plataforma «Mapping Media Freedom».
(106)      Constitución de Rumanía, artículo 74. Los ciudadanos que ejerzan su derecho de iniciativa legislativa deben proceder de al menos una cuarta parte de los condados del país, y deben recabarse al menos 5 000 firmas de apoyo a la iniciativa en cada uno de los condados o en el municipio de Bucarest.
(107)      Constitución de Rumanía, artículo 142.
(108)      El promotor de un acto jurídico tiene la obligación de publicar el proyecto de ley al menos 30 días antes de que este se presente para su análisis, aprobación y adopción.
(109)      Constitución de Rumanía, artículo 79.
(110)      Constitución de Rumanía, artículo 77, apartado 2.
(111)      Los decretos de urgencia del Gobierno entran en vigor en el momento de su publicación en el Diario Oficial de Rumanía. Aunque finalmente el Parlamento debe confirmarlos como leyes, no hay ningún plazo establecido para ello.
(112)      Informe del MCV de enero de 2017, informe del MCV de noviembre de 2017, informe del MCV de noviembre de 2018, informe del MCV de octubre de 2019, dictamen CDL-AD(2018)021 de la Comisión de Venecia, dictamen CDL-AD(2019)014 de la Comisión de Venecia, informe especial del GRECO sobre Rumanía (2018) e informe de evaluación del GRECO en el marco de la cuarta ronda de evaluación (2016).
(113)      Únicamente pueden emitirse dictámenes no vinculantes (como, por ejemplo, el dictamen del Consejo Legislativo).
(114)      Las preguntas formuladas en el referéndum fueron las siguientes: «1. ¿Está de acuerdo con la prohibición de las amnistías y los indultos por delitos de corrupción? 2. ¿Está de acuerdo en prohibir la adopción por parte del Gobierno de decretos de urgencia en materia de delitos, penas y organización judicial y ampliar el derecho a recurrir directamente tales decretos ante el Tribunal Constitucional?».
(115)      Decreto por el que se declara el estado de emergencia en el territorio de Rumanía, de 16 de marzo de 2020. El estado de emergencia se declaró por un período inicial de treinta días y posteriormente se amplió otros treinta. A raíz de las resoluciones del Tribunal Constitucional, en las que se cuestiona la base jurídica de la declaración del estado de emergencia y el papel del Parlamento en esa decisión, el Parlamento adoptó la Ley 55/2020 por la que se establecen los derechos civiles que pueden restringirse durante una pandemia. Tras el fin del segundo período del estado de emergencia, se declaró el estado de alerta, que está vigente desde el 15 de mayo.
(116)      Representación Permanente de Rumanía ante el Consejo de Europa (2020), nota verbal JJ9014C de 18 de marzo de 2020. Rumanía informó del fin de la excepción el 15 de mayo de 2020 [Representación Permanente de Rumanía ante el Consejo de Europa (2020), nota verbal JJ9051C de 15 de mayo de 2020].
(117)      El recurso se refería al Decreto de Urgencia del Gobierno n.º 34/2020. El defensor del pueblo alegó que el texto jurídico carecía de claridad y previsibilidad, al no contener una descripción rigurosa de la falta y permitir la imposición de sanciones mediante ordenanzas militares.
(118)      Resolución n.º 152/2020, de 6 de mayo de 2020.
(119)      Entre las instituciones interesadas que han manifestado su preocupación en este sentido, varios informes del MCV de años anteriores mencionan al Tribunal Supremo de Casación y Justicia, la DNA y la ANI.
(120)      La falta de seguridad jurídica también se ha subrayado en el marco del Semestre Europeo [informe sobre Rumanía en el marco del Semestre Europeo (2020)].
(121)      Public administration characteristics and performance in EU28: Romania (Características y funcionamiento de la administración pública en la UE-28: Rumanía), 2018, p. 868.
(122)

     Public administration characteristics and performance in EU28: Romania (Características y funcionamiento de la administración pública en la UE-28: Rumanía), 2018, p. 872.  

(123)      Portal de datos del Gobierno: http://data.gov.ro/.
(124)      Comisión Europea (2019), Marco de evaluación de la Administración pública y la gobernanza: 2,4 puntos sobre 10.
(125)      Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 6 de septiembre de 2005, Săcăleanu group contra Rumanía (demanda n.º 73970/01).
(126)      Departamento de Ejecución de Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (2019), Decisión CM/Del/Dec(2019)1340/H46-15.
(127)      Anteriormente el IRDH estaba acreditado en la categoría «C», que ya no es una categoría de acreditación válida. Solicitó su acreditación en 2020.
(128)      Contribución de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(129)      El defensor del pueblo no es miembro de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y no está acreditado. Solicitó su acreditación en 2020.
(130)      Artículo 15, letras h) e i), de la Ley n.º 35/1997, de 13 de marzo.
(131)      En el período de referencia (de 2019 a abril de 2020) había un total de 4 173 federaciones, asociaciones, fundaciones, sindicatos y personas jurídicas extranjeras inscritas en el Registro oficial.
(132)      Véase el apartado I.
(133)      Según la evaluación de la Alianza Mundial para la Participación de los Ciudadanos (CIVICUS), el espacio cívico en Rumanía se considera «estrecho». CIVICUS evalúa el espacio cívico según una escala de cinco categorías: abierto, estrecho, obstruido, represivo y cerrado.
(134)      Contribución de Funky Citizens al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
(135)      Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión.
(136)      Contribución de Funky Citizens al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020. Contribución de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
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