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Document 52018BP1452

Resolución (UE, Euratom) 2018/1452 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión para el ejercicio 2016

OJ L 248, 3.10.2018, p. 376–379 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2018/1452/oj

3.10.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 248/376


RESOLUCIÓN (UE, EURATOM) 2018/1452 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 18 de abril de 2018

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión para el ejercicio 2016

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión para el ejercicio 2016,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0095/2018),

A.

Considerando que la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión (en lo sucesivo, «Empresa Común») se creó en marzo de 2007 por un periodo de 35 años mediante la Decisión 2007/198/Euratom;

B.

Considerando que los miembros de la Empresa Común son Euratom, representada por la Comisión, los Estados miembros de Euratom y los terceros países que han celebrado acuerdos de cooperación con Euratom en el ámbito de la fusión nuclear controlada;

C.

Considerando que los objetivos de la Empresa Común son: a) aportar la contribución de la Unión al proyecto internacional de la energía de fusión ITER; b) aplicar el Acuerdo del planteamiento más amplio entre Euratom y Japón; y c) preparar la construcción del reactor de fusión de demostración;

D.

Considerando que la Empresa Común comenzó a operar de manera autónoma en marzo de 2008;

Información general

1.

Toma nota de que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común correspondientes al ejercicio 2016 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), señala que las cuentas anuales de la Empresa Común presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2016 y los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado en dicha fecha, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión;

2.

Reconoce que las operaciones correspondientes a las cuentas anuales de la Empresa Común para el ejercicio 2016 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares;

3.

Pone de relieve que la Empresa Común es responsable de la gestión de la contribución de la Unión al proyecto ITER y que el importe máximo del presupuesto de 6 600 000 000 EUR ha de mantenerse hasta 2020; observa que esta cifra no incluye los 663 000 000 EUR propuestos por la Comisión en 2010 para cubrir contingencias;

4.

Observa que, en noviembre de 2016, el Consejo de la Organización ITER (en lo sucesivo, «Consejo ITER») aprobó unas nuevas líneas de base del proyecto ITER respecto al alcance, calendario y costes del proyecto; toma nota, además, de la aprobación del calendario general del proyecto para las operaciones «primer plasma» y «deuterio-tritio», y observa que, tras la aprobación de las nuevas líneas de base del proyecto ITER, la Empresa Común estableció un nuevo calendario y volvió a calcular el coste al término de su contribución a la fase de construcción del proyecto;

5.

Manifiesta su preocupación constante por el hecho de que la fecha estimada para la finalización de toda la fase de construcción esté prevista actualmente con un retraso de aproximadamente quince años con respecto a las líneas de base iniciales; observa que el nuevo calendario aprobado por el Consejo ITER establece un enfoque de cuatro fases, según el cual diciembre de 2025 sería la fecha límite para la consecución del primer hito estratégico de la fase de construcción del proyecto («primer plasma») y diciembre de 2035 sería la fecha estimada para la finalización de toda la fase de construcción; reconoce que el objetivo del nuevo enfoque por fases es alinear mejor la ejecución del proyecto con las prioridades y limitaciones de todos los miembros de la Organización ITER;

6.

Observa que, según el informe del Tribunal, los resultados, que se presentaron ante el Consejo de Administración de la Empresa Común en diciembre de 2016, indican unas necesidades de financiación estimadas adicionales respecto a los 5 400 000 000 EUR ya comprometidos para la fase de construcción después de 2020, lo que supone un incremento del 82 % con respecto al presupuesto aprobado de 6 600 000 000 EUR; reitera que el importe de 6 600 000 000 EUR aprobado por el Consejo en 2010 sirve de límite para los gastos de la Empresa Común hasta 2020; reconoce que los fondos adicionales necesarios para completar el proyecto ITER deben implicar compromisos del futuro marco financiero plurianual;

7.

Destaca que la Empresa Común no contribuirá únicamente a la fase de construcción, sino también a la fase operativa del proyecto ITER tras 2035 y a las fases de desactivación y desmantelamiento subsiguientes; considera preocupante que dichas contribuciones todavía no se hayan calculado; pide a la Empresa Común que realice una estimación del coste de estas fases lo antes posible;

8.

Subraya el hecho de que, el 14 de junio de 2017, la Comisión emitió una Comunicación titulada «Contribución de la UE al proyecto ITER reformado» (1), en la que solicitaba el apoyo del Parlamento y un mandato del Consejo para aprobar las nuevas líneas de base en nombre de Euratom;

9.

Reconoce que, pese a que las predicciones de la Empresa Común para «primer plasma» son compatibles con el calendario del proyecto de la Organización ITER, se considera que el calendario establecido constituye la fecha más temprana técnicamente viable;

10.

Destaca que, aun cuando las nuevas líneas de base no prevén contingencias para imprevistos, en la Comunicación indicada anteriormente, de 14 de junio de 2017, la Comisión sugería una contingencia de hasta 24 meses en términos de tiempo y del 10 al 20 % en términos de presupuesto; observa, además, que entre las medidas adoptadas para respetar el límite presupuestario de 6 600 000 000 EUR figuraba la de aplazar la contratación pública y la instalación de todos los elementos que no resultaran esenciales para «primer plasma»; llama la atención sobre el hecho de que, si bien se han dado pasos en la buena dirección para mejorar la gestión y el control de la fase de construcción del proyecto ITER, persisten los riesgos de que aumenten los costes y los retrasos en la ejecución del proyecto respecto de las nuevas líneas de base propuestas; observa que la Empresa Común y, de hecho, todas las partes del proyecto deben considerar el reconocimiento de tales riesgos;

11.

Destaca que, el 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su decisión de abandonar la Unión y Euratom; señala que se está negociando un acuerdo en el que se establezcan sus condiciones de salida; observa que, en varias ocasiones, el Reino Unido ha expresado su interés por seguir participando en las actividades de la Unión relacionadas con la energía de fusión; observa, además, que las comunidades de fusión de la Unión y del Reino Unido han manifestado su esperanza de que, después de 2018, el experimento del JET (Joint European Torus) de Culham (Reino Unido) continúe con su labor de preparación, para llevar a cabo un trabajo de preparación vital para el proyecto ITER;

Gestión presupuestaria y financiera

12.

Toma nota de que en el presupuesto definitivo para el ejercicio 2016 se consignaban 488 000 000 EUR en créditos de compromiso y 724 510 000 EUR en créditos de pago; toma nota de que el porcentaje de utilización de los créditos de compromiso y de pago fue del 99,8 % y del 98 % respectivamente;

13.

Toma nota de que, de los 488 000 000 EUR disponibles para créditos de compromiso, casi el 100 % se ejecutó mediante compromisos individuales directos;

14.

Constata que, como consecuencia de la casi total ejecución del presupuesto para 2016 y la prórroga automática, el porcentaje de los créditos cancelados en 2016 fue muy bajo, inferior al 1 % del presupuesto; observa que los créditos cancelados por un importe de 1 202 662 EUR corresponden a los importes no pagados en 2016 de los créditos administrativos abiertos, prorrogados de 2015;

15.

Toma nota de que, en 2015, el saldo del resultado presupuestario ascendió a 5 880 000 EUR;

16.

Expresa su preocupación por el hecho de que la Empresa Común perdiese la oportunidad de presentar información detallada sobre su gestión presupuestaria y financiera en 2016 con respecto a 2015 (operaciones de pago, compromisos globales e individuales y notas y observaciones importantes sobre la ejecución del presupuesto); pide a la Empresa Común que facilite estos datos a la autoridad de aprobación de la gestión como seguimiento a este informe;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

17.

Observa que, en junio de 2015, el Consejo de Administración de la Empresa Común aprobó una estrategia antifraude junto con el plan de acción correspondiente, cuyas medidas se aplicaron casi en su totalidad a lo largo de 2016; señala, sin embargo, que la Empresa Común no ha desarrollado una herramienta específica que facilite el seguimiento de sus acciones en lo relativo a los procedimientos de contratación pública, especialmente a los ligados a la evaluación de riesgos y a las fases de evaluación, negociación y adjudicación de los procedimientos; celebra que la Empresa Común haya emprendido actualmente la tarea de definir los requisitos para parametrizar la herramienta que le permitirá recabar sistemáticamente la información relativa a los indicadores antifraude en los procedimientos de contratación pública y que brindará asimismo al personal de la Empresa Común la posibilidad de introducir información adicional relacionada con las señales de alerta en cualquier procedimiento de contratación pública;

18.

Se congratula de que el responsable de las cuestiones éticas y de la lucha contra el fraude, junto con las respectivas unidades, siguiera aplicando la estrategia antifraude de la Empresa Común, objeto de verificación por parte del Tribunal en el marco de sus visitas periódicas en 2016;

19.

Señala que, a raíz de la adopción por la Empresa Común de las normas sobre la denuncia de irregularidades en 2015, se diseñó un proceso de aplicación, que establece un procedimiento conciso y detallado de las vías para denunciar irregularidades e infracciones graves y de su seguimiento dentro de la Empresa Común;

Selección y contratación de personal

20.

Toma nota de que la Empresa Común perdió la oportunidad de presentar información detallada sobre sus procedimientos de selección y contratación de personal en 2016 (número de funcionarios, agentes temporales, agentes contractuales y personal interino, número de vacantes publicadas, etc.), y pide a la Empresa Común que facilite estos datos a la autoridad de aprobación de la gestión como seguimiento a este informe;

Control interno

21.

Observa que, según el informe del Tribunal, la Empresa Común cuenta con un sistema para practicar auditorías de contratistas con el fin de controlar la conformidad con los requisitos de garantía de calidad; reconoce que las auditorías incluyen numerosos aspectos de la ejecución, como el plan de calidad, los casos de disconformidad con los requisitos específicos, el control de compras y la gestión de la subcontratación, la gestión de la información y documentación y de las modificaciones y desviaciones, el plan de control de calidad para las obras, el calendario detallado de los proyectos, la gestión de riesgos en los contratos y el plan de control de calidad para los trabajos técnicos; hace hincapié en que en las 29 auditorías llevadas a cabo en 2016 se detectaron 47 situaciones de disconformidad con los requisitos de garantía de calidad y 202 puntos susceptibles de mejora; pide a la Empresa Común que presente una declaración pormenorizada sobre el intercambio de datos a la autoridad de aprobación de la gestión;

22.

Toma nota de que, en septiembre de 2016, el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión finalizó una auditoría sobre la ejecución de las disposiciones de contratación pública y de que la Empresa Común está aplicando un plan de acción para dar respuestas a sus recomendaciones; constata con satisfacción que el SAI también realizó un seguimiento de su auditoría sobre la gestión de contratos con la conclusión de que todas sus recomendaciones habían sido aplicadas debidamente por la Empresa Común;

23.

Observa que, en 2016, la estructura de auditoría interna de la Empresa Común realizó un seguimiento de su auditoría sobre los procedimientos de contratación pública relativos a los edificios de ITER, tras el cual reconoció el importante trabajo que la Empresa Común había llevado a cabo para formalizar y diseñar el proceso, las directrices, las normas y las herramientas relativas a las actividades de contratación pública; toma nota también de que la estructura de auditoría interna formuló, asimismo, seis recomendaciones más para mejorar los procedimientos; celebra que en julio de 2017 se hubiesen ejecutado cinco de las seis nuevas recomendaciones de la estructura de auditoría interna y señala que la recomendación en curso corresponde a la redefinición del papel del grupo de revisión interna;

24.

Observa que no se ha calculado el porcentaje de error residual de los pagos de subvenciones por dos razones: en primer lugar, porque representan una proporción relativamente baja del presupuesto de la Empresa Común, y, en segundo lugar, porque se llevaron a cabo pocas auditorías ex post; constata con satisfacción que, en 2016, la Agencia Ejecutiva de Investigación llevó a cabo una auditoría ex post de un beneficiario en nombre de la Empresa Común; celebra que la Empresa Común haya tomado las medidas necesarias para corregir los errores detectados en las auditorías de años anteriores;

Procedimientos de contratación y subvenciones referentes a las operaciones

25.

Toma nota de que durante 2016 se iniciaron 40 procedimientos de contratación pública operativa y se firmaron 52 contratos públicos;

26.

Constata con preocupación que, con respecto a 2015, en 2016 el tiempo medio para la adjudicación de contratos públicos de valor superior a 1 000 000 EUR aumentó (de 140 a 162 días); observa que el plazo medio para los procedimientos de contratación pública de valor inferior a 1 000 000 EUR también aumentó (de 59 a 71 días), pero que para las subvenciones disminuyó significativamente (de 103 a 61), en consonancia con los datos de 2015; observa, asimismo, que la Empresa Común debe adoptar medidas claras para abordar adecuadamente el preocupante incremento registrado en el plazo para la adjudicación de contratos públicos para importes tanto por encima como por debajo del umbral de 1 000 000 EUR;

Otros asuntos

27.

Invita a la Empresa Común a aprovechar las ventajas la red de empresas comunes, que funciona como una plataforma de cooperación entre las empresas comunes;

28.

Reconoce la necesidad de que la Empresa Común comunique a los ciudadanos de la Unión, a través de las instituciones, la importante labor de investigación y colaboración que lleva a cabo, y destaca la importancia de poner de relieve las mejoras reales consecuencia de esta labor, que constituyen una parte importante de su mandato, así como el hecho de que trabaja con otras empresas comunes para fomentar la sensibilización pública acerca de los beneficios de su labor.

(1)  COM(2017)0319.


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