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Document 52015AE0580
Opinion of the European Economic and Social Committee on ‘The Paris Protocol — A blueprint for tackling global climate change beyond 2020’ (COM(2015) 81 final)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «El Protocolo de París, un plan rector para combatir el cambio climático más allá de 2020» [COM(2015) 81 final]
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «El Protocolo de París, un plan rector para combatir el cambio climático más allá de 2020» [COM(2015) 81 final]
DO C 383 de 17.11.2015, pp. 74–83
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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17.11.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 383/74 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «El Protocolo de París, un plan rector para combatir el cambio climático más allá de 2020»
[COM(2015) 81 final]
(2015/C 383/11)
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Ponente: |
Lutz RIBBE |
El 25 de marzo de 2015, de conformidad con el artículo 43, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el tema
«El Protocolo de París, un plan rector para combatir el cambio climático más allá de 2020»
[COM(2015) 81 final].
La sección especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 4 de junio de 2015 (ponente: Lutz RIBBE).
En su 509o pleno de los días 1 y 2 de julio de 2015 (sesión del 2 de julio de 2015), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 193 votos a favor, 12 en contra y 9 abstenciones el presente dictamen.
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El CESE confía en que las partes negociadoras de la COP 21 concluyan finalmente un acuerdo ambicioso y equitativo de carácter vinculante. En este sentido, respalda plenamente el contenido de la posición negociadora presentada por la Comisión, aparte de algunas excepciones de menor importancia. Con todo, critica el hecho de que la UE siga sin comprender del todo el papel central que la sociedad civil debe desempeñar en este proceso. |
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1.2. |
Todas las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, sin excepción, deben asumir su responsabilidad para alcanzar el verdadero objetivo, a saber, «la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas (1) peligrosas en el sistema climático». Solo de este modo podrán evitarse daños incluso mayores para el ser humano, el medio ambiente y las generaciones futuras. |
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1.3. |
El principio de la «responsabilidad común pero diferenciada» es correcto. Para la mayor parte de los países debe concretarse en iniciar rápidamente un proceso de transformación que los aparte de las energías fósiles y los conduzca hacia las energías renovables y a un alto nivel de eficiencia en el uso de la energía y los recursos. A los Estados que apenas contribuyen a la contaminación medioambiental en la actualidad habrá que apoyarlos para que emprendan directamente la transición hacia una economía hipocarbónica. No cabe duda de que esto brinda enormes oportunidades para las empresas innovadoras europeas, a las que debería prestarse apoyo político. A este respecto, debería procurarse que esta transición no empobrezca todavía más a personas que se hallan por debajo del umbral de la pobreza. En cambio, debería y deberá ser utilizada eficazmente para promover un nuevo impulso económico, en particular a nivel regional, y para desarrollar nuevas instalaciones de producción de energía sin carbono, descentralizadas, en las que participe la población local. |
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1.4. |
En la COP 21 no se abordará, por tanto, ningún asunto medioambiental clásico, sino que deberán sentarse las bases de una nueva economía hipocarbónica mundial. |
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1.5. |
Este tipo de procesos necesita precursores, función que Europa ha desempeñado satisfactoriamente durante muchos años. Con todo, ya no cabe afirmar que Europa se halle aislada en sus esfuerzos por la protección del clima. Entre tanto, muchos otros bloques económicos han invertido sumas ingentes en el proceso de transformación y en tecnologías verdes, sin asumir por ello un papel más activo en el proceso de negociación de la COP. Independientemente de cual sea el resultado de las negociaciones de París, cabe observar que, en realidad, la lucha por los nuevos mercados de tecnologías verdes, importantes para el clima, se inició hace mucho tiempo y Europa debe preparase para librar esta batalla, se obtengan o no avances en la COP 21. |
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1.6. |
En la COP no se han abordado importantes condiciones económicas marco que podrían dar lugar a una «fuga de carbono» o a una «fuga hipocarbónica». Por consiguiente, es necesario, también al margen del proceso de negociación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), no perder de vista las cuestiones relacionadas con el cambio climático, junto con sus consecuencias económicas, sociales y políticas. La UE debe esforzarse en todos los niveles para que, por ejemplo, se establezcan mecanismos basados en el mercado a fin de garantizar que las emisiones relacionadas con el producto se tienen en cuenta en las cuestiones comerciales mundiales. |
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1.7. |
El CESE estima que lo que puede salvar el clima no serán los ambiciosos resultados (cabe esperar) de la COP 21, sino sobre todo su aplicación coherente. No son los políticos quienes las aplican estas medidas, sino los ciudadanos. Aunque aquellos deben crear las condiciones marco adecuadas, pensando en sus consecuencias, no solo medioambientales sino también económicas y sociales, la responsabilidad de la aplicación recae, no obstante, sobre la sociedad civil. Por ello, las decisiones requieren una aceptación amplia entre la sociedad y el apoyo de empresas, sindicatos y otros componentes de la sociedad civil. |
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1.8. |
Por desgracia, en la COP, las múltiples funciones de la sociedad civil (véase el punto 6) se debatirán solo en actos paralelos y la UE tampoco ha impulsado abiertamente ninguna iniciativa para modificar este estado de cosas. La Comunicación presentada no contiene en absoluto indicaciones concretas sobre el papel que debe representar la sociedad civil. La nueva política del clima no puede ni debe ser impuesta «desde arriba», sino que ha de basarse en un amplio consenso de una mayoría de los ciudadanos a través de un diálogo civil activo que incluya a todas las partes interesadas y aplicarse «desde abajo». El CESE recomienda a la Comisión, al Consejo y al Parlamento Europeo (PE) que entablen, finalmente, un diálogo profundo y estructurado al objeto de no comprometer la disposición general de la sociedad a desarrollar nuevas estructuras. Cabe concluir que la política real que ha seguido hasta ahora la UE es muy decepcionante. En este contexto, el CESE recomienda que la Comisión cree las condiciones estructurales y facilite los recursos necesarios para permitir que la sociedad civil participe junto con todas las partes interesadas sobre la base del reconocimiento entre iguales y la inclusión. |
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1.9. |
El CESE subraya que existen oportunidades medioambientales, económicas y sociales relacionadas con las técnicas de mitigación del CO2 ya existentes, que pueden conducir a la creación de empleo y al desarrollo de empresas en todo el mundo. |
2. Contexto
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2.1. |
Hace 23 años, en mayo de 1992, se firmó en Nueva York la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (en lo sucesivo, CMNUCC). En el artículo 2 se describe su objetivo, a saber, lograr «la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas (2) peligrosas en el sistema climático», así como mitigar sus posibles consecuencias. |
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2.2. |
Ese mismo año, 154 Estados la ratificaron en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Río, y entró en vigor en marzo de 1994; desde entonces, ha sido ratificada por 196 Partes. |
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2.3. |
Todas ellas se reúnen anualmente en las denominadas Cumbres Mundiales del Clima: la Conferencia de las Partes (Conference of Parties, COP). Hasta la fecha no se han adoptado medidas suficientes para cumplir, aunque sea de forma parcial, los objetivos de la Convención. De momento solo existen objetivos vinculantes sobre techos de emisión para los países industrializados, inscritos en el Protocolo de Kioto acordado en la COP 3 que se celebró en esta ciudad japonesa; ahora bien, es de sobra conocido que el Protocolo de Kioto fue ratificado únicamente por una parte de los países industrializados. |
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2.4. |
En la actualidad, y tras 21 años de negociaciones, durante los cuales las emisiones globales siguieron aumentando casi en un 50 % (de 30 800 millones de toneladas equivalentes de CO2 en 1992 a 43 400 millones de toneladas en 2011) (3) y los efectos negativos del cambio climático antropogénico se han hecho cada vez más patentes, existe consenso sobre la necesidad de actuar sin más dilación. |
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2.5. |
Prácticamente todas las investigaciones científicas demuestran que aún estamos a tiempo de limitar el aumento de las temperaturas, pero para lograrlo es necesario empezar a aplicar de forma muy rápida las medidas más ambiciosas correspondientes. Aunque los estudios muestran asimismo que, en teoría, el objetivo podría alcanzarse también más tarde, los costes serían desproporcionadamente más elevados y habría que asumir que se produjeran daños enormes que afectarían a millones de personas y a la economía por igual. |
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2.6. |
La Convención no define qué significa exactamente «interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático». En la COP 16 (celebrada en 2010), las Partes alcanzaron un acuerdo político para mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de los 2 oC (en algunos casos, incluso por debajo de 1,5 oC) en relación con los niveles preindustriales; todo ello, no obstante, sin aportar pruebas científicas que demostraran que este acuerdo político permitiría realmente alcanzar el objetivo. |
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2.7. |
El CESE recuerda explícitamente a todas las partes interesadas —tanto responsables políticos como sociedad civil— que hoy en día ya está claro que se registran interferencias que entrañan consecuencias graves, incluso con un calentamiento muy inferior a los 2 oC. Este límite de 2 oC tampoco puede constituir, por consiguiente, un objetivo que haya que alcanzar, sino un límite que hay que intentar rebajar lo máximo posible. |
3. La COP 21 de París
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3.1. |
En diciembre de 2015 se celebrará en París la COP 21. Al tenor de las promesas formuladas, en ella se adoptarán finalmente —en forma de «pacto mundial»— las decisiones necesarias, ambiciosas, equitativas y jurídicamente vinculantes para la totalidad de las 196 Partes. Está previsto que estas entren en vigor en 2020. |
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3.2. |
Las decisiones que se pretende tomar se refieren, entre otras cosas, a:
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3.3. |
También debe acordarse cómo utilizar el período entre la adopción de la decisión en diciembre de 2015 y la entrada en vigor de las medidas vinculantes en 2020, con medidas concretas de defensa del clima («programa de acción pre-2020»). |
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3.4. |
También por primera vez los gobiernos tendrán que considerar la manera en que deben aplicar las políticas sobre el clima. El CESE apoya la referencia a la necesidad de respetar los derechos humanos y garantizar una transición justa que mantenga y genere trabajo decente y empleos de buena calidad en la transición hacia una economía hipocarbónica. |
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3.5. |
La UE ha resumido sus posiciones y expectativas de cara a la COP 21 en la Comunicación «El Protocolo de París, un plan rector para combatir el cambio climático más allá de 2020» (5). En ella propone, entre otras cosas, hacer vinculantes las disposiciones mediante el expediente de que el Acuerdo de París adopte la forma de protocolo de la Convención Marco sobre el Cambio Climático. Su objetivo es que «entre en vigor en cuanto lo haya ratificado un número de países que, colectivamente, suponga el 80 % de las emisiones mundiales actuales». |
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3.6. |
Entre las Partes hay acuerdo sobre la validez del principio de responsabilidades comunes, pero diferenciadas, es decir, que todas las Partes deben asumir responsabilidades con independencia de que contribuyan poco o mucho a la contaminación medioambiental. Con todo, el alcance exacto deberá depender de una serie de factores muy diversos como el nivel histórico de emisiones y el nivel actual, el poder económico, la situación social, la vulnerabilidad, etc. |
4. Las expectativas de la sociedad civil europea sobre las negociaciones de la COP 21
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4.1. |
El CESE insta a todas las partes negociadoras a que en París se adopte finalmente un acuerdo jurídicamente vinculante. Apoya expresamente la posición negociadora de la UE establecida en la Comunicación de la Comisión COM(2015) 81 final. |
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4.2. |
En la COP 21 hay que fraguar un consenso en torno a la idea de que la adopción hoy de una política de prevención ambiciosa permitirá tomar decisiones de gran alcance mañana. Estas decisiones se convertirán en la base de la actuación económica y social de las futuras generaciones y contribuirán a paliar el sufrimiento de las personas que en la actualidad ya padecen las consecuencias del cambio climático. |
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4.3. |
En la COP 21 no se abordará, por tanto, ningún asunto medioambiental clásico, sino que deberán sentarse las bases de una nueva economía hipocarbónica mundial. |
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4.4. |
El CESE acoge con satisfacción el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas. Cada Estado Parte deberá reconocer su responsabilidad y ya no podrá eludirla, «esconderse» detrás de otros Estados o, tal como ha ocurrido a veces en el pasado, actuar siguiendo la consigna siguiente: solo asumiremos la responsabilidad si se nos compensa económicamente. |
Lucha contra el cambio climático
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4.5. |
El Comité observa que solo podrá alcanzarse un nivel satisfactorio de emisiones a escala mundial si cada habitante de la Tierra no emitiera por término medio más de 2 toneladas equivalentes de CO2 al año. |
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4.5.1. |
En Europa, donde, por término medio, se emiten aproximadamente nueve toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año, solo se alcanzarían estos valores si se lograra el objetivo para 2050 (reducción del 80-95 % de las emisiones de CO2 en Europa). China, que, en la actualidad, emite cerca de seis toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año, debería reducir sus emisiones per cápita en dos tercios; la reducción debería ser mayor, por ejemplo, en los Estados Unidos (actualmente 16,5 toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año) o en el actual «campeón del mundo», Qatar (que emite 40 toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año). |
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4.5.2. |
Por otra parte, no cabe esperar reducciones en países como Mali (0,04 toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año) o Ruanda (0,06 toneladas equivalentes de CO2 por habitante y año). Por ello, el CESE no coincide plenamente con la afirmación de la Comisión, a saber, que «será preciso que todos los países reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero de una forma sustancial y sostenida». No obstante, a estos países les convendría emprender directamente la senda hacia una «economía hipocarbónica». Por lo tanto, las responsabilidades climáticas relativas a la mitigación y la adaptación están interrelacionadas pero son, de hecho, distintas. Estos países precisan de un apoyo urgente, lo que brinda precisamente numerosas posibilidades para las empresas innovadoras. Las empresas europeas que (todavía) tienen registrado el 40 % de todas las patentes relacionadas con «tecnologías verdes» podrían resultar particularmente beneficiadas. |
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4.5.3. |
Es importante señalar que los datos mencionados sobre emisiones no reflejan las grandes diferencias que existen entre las distintas capas sociales de los países y que, de hecho, las emisiones de CO2 durante el proceso de producción se atribuyen a los países donde se produce y no a los países donde se consumen los productos. Si se hiciera a la inversa, China, por ejemplo, tendría resultados mucho mejores en cuanto a los gases de efecto invernadero y Alemania, peores (6). |
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4.6. |
El CESE considera que la fijación de los objetivos nacionales de reducción de emisiones («contribuciones previstas y determinadas a nivel nacional», CPDN) son un elemento fundamental en el proceso de la COP 21. Los enormes retrasos a la hora de presentar los objetivos nacionales de reducción de emisiones ante la Secretaría de la CMNUCC (7) transmiten una señal muy negativa. |
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4.7. |
El CESE es consciente de que todavía no es seguro que los partidarios de cerrar un acuerdo riguroso en la COP 21 logren restablecer una «solidaridad intergeneracional» de este tipo, habida cuenta de que hay 196 Partes, con situaciones de partida muy variadas y con orientaciones políticas y trasfondos culturales a veces extremadamente divergentes (8). |
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4.8. |
Las negociaciones de la UE en torno al paquete de medidas sobre el clima y la energía para 2030, que han constituido casi una «COP» a nivel de la Unión, han puesto de manifiesto que incluso a nivel de la UE apenas es posible lograr aplicar lo que se pretende conseguir en la COP 21, a saber, una delimitación clara de responsabilidades a nivel nacional. Por consiguiente, el CESE lamenta que en el conjunto de medidas de la UE sobre el clima y la energía con vistas a 2030 no se hayan fijado objetivos vinculantes a escala nacional, ya esto dificultará la consecución del objetivo conjunto de la UE y el «reparto» de responsabilidades (9). La fijación de objetivos nacionales de reducción de emisiones (CPDN) para los Estados miembros de la UE sería una señal de que las negociaciones de la COP pueden avanzar en la dirección correcta. |
Adaptación al cambio climático, disposiciones financieras y transferencia de tecnología
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4.9. |
«Responsabilidad diferenciada» significa también que en este ámbito se requiere solidaridad a fin de ayudar, precisamente, a los países menos desarrollados o con dificultades de financiación a construir una economía «verde» respetuosa con el medio ambiente y capacitarlos para que puedan reaccionar a los daños causados por el cambio climático, que con frecuencia los afectan de forma muy grave. A este respecto, debería procurarse que esta transición no empobrezca todavía más a personas que se hallan por debajo del umbral de la pobreza. En cambio, debería y deberá ser utilizada eficazmente para promover un nuevo impulso económico, en particular a nivel regional, y para desarrollar nuevas instalaciones de producción de energía sin carbono, descentralizadas, en las que participe la población local. |
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4.10. |
Por ello, son primordiales las cuestiones financieras y la transferencia de tecnología. Los países menos desarrollados ya se han llevado la decepción de ver que los fondos de ayuda al desarrollo prometidos (0,7 % del PIB) no han llegado en las cantidades comprometidas. Esto es algo que no puede volverse a repetir. |
Carácter jurídicamente vinculante y seguimiento del acuerdo
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4.11. |
El CESE respalda la afirmación de la Unión Europea de que solo un acuerdo jurídicamente vinculante a nivel mundial permitirá «crear unas condiciones equitativas» y aplicar las decisiones necesarias. |
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4.12. |
Las ventajas que reportaría un acuerdo jurídicamente vinculante serían, entre otras, las siguientes:
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4.13. |
La sociedad civil espera que el nuevo acuerdo mundial sobre el clima tenga en cuenta sus exigencias en relación con la necesidad de una transición justa en la que se respeten los derechos humanos y los derechos de los trabajadores, considerando sus consecuencias sociales —incluida la compensación de daños (pérdidas y daños) —, así como las cuestiones relativas a la adaptación al cambio climático, sobre todo en los países más pobres |
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4.14. |
La aplicación de las decisiones debe ser vinculante, transparente y verificable, y los países que no se atengan a las decisiones no deberían poder seguir disfrutando de las ventajas que el acuerdo ofrece. |
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4.15. |
El CESE reconoce que la propuesta de la Comisión de garantizar el dinamismo por medio de revisiones periódicas de los objetivos podría contribuir a reforzar los compromisos de mitigación, siempre que se tengan en cuenta las responsabilidades cambiantes y las circunstancias nacionales diferentes. |
Expectativas sobre el papel de la UE en la lucha mundial contra el cambio climático
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4.16. |
En los últimos años, la UE se ha granjeado una buena reputación internacional en los asuntos relacionados con la protección del clima. El CESE considera importante que, no solo en las negociaciones de la COP, sino también con una política activa al margen de estas negociaciones, se siga creando un clima de confianza que ayude a evitar que se establezca una política climática ambiciosa con el único objetivo de obtener ventajas económicas frente a otros países o sectores económicos. |
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4.17. |
La UE debería proseguir su liderazgo mundial de manera creíble y con ejemplos positivos. Sin «precursores» y «motores» en la política y la economía, este tipo de procesos de negociación y transformación no llega muy lejos. Es esencial hacer hincapié en que la UE solo podrá desempeñar esta función de liderazgo si demuestra que las políticas en materia de cambio climático van unidas a una evolución económica positiva. |
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4.18. |
Cabe observar con satisfacción que entretanto muchas de las medidas que se introdujeron por primera vez en la UE, y que en su momento fueron objeto de controversia, han sido ahora aceptadas por otros países. A modo de ejemplo cabe citar las subvenciones a las fuentes de energía renovables, pero también el régimen de comercio de derechos de emisión; incluso China está aplicando en parte este sistema. |
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4.19. |
El CESE reconoce que la alta representante de la UE para Asuntos Exteriores, Federica Mogherini, se ocupa activamente de las cuestiones climáticas en su política exterior (véase su plan de acción sobre diplomacia climática) (10). Asimismo, la declaración del presidente Juncker en la que afirmaba que quiere que la UE sea la número uno del mundo en energías renovables —y ello no solo para proteger el clima, sino porque permitirá crear empleo y mejorar la seguridad del abastecimiento de energía— transmite una señal significativa y apropiada. |
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4.20. |
La UE ha logrado demostrar algo importante para todo el mundo, entre otras cosas, que el crecimiento económico puede disociarse de un aumento de las emisiones. Ningún espacio económico del mundo produce menos emisiones de gases de efecto invernadero por unidad de PIB que la UE, y muchas empresas europeas son pioneras en cuestiones de eficiencia energética y en el uso eficiente de los recursos. Esto se debe en gran parte a los avances técnicos y, por ende, a la capacidad de innovación de las empresas europeas que han surgido en un entorno de legislación ambiental de la UE relativamente estricto. |
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4.21. |
Ahora bien, Europa aún tiene mucha tarea por delante: los valores de reducción del CO2 a los que se aspira, entre el 80 y el 95 % en 2050, no se alcanzarán únicamente con innovación técnica. Esto se pone de manifiesto, por ejemplo, en el sector del transporte, en el que la innovación en el ámbito de la tecnología sobre las emisiones de los tubos de escape simplemente se vio contrarrestada, al menos en parte, por el incremento de vehículos e infraestructuras viarias. Por consiguiente, es también necesario introducir cambios estructurales, es decir, se requiere una mayor coherencia que en el pasado entre las políticas sobre el cambio climático y otros ámbitos políticos. |
5. El proceso de las negociaciones de la COP en los últimos años y la situación real al margen de las negociaciones
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5.1. |
Hace muchos años que el CESE efectúa el seguimiento de las negociaciones sobre el clima. Reconoce la enorme importancia de que en París se obtenga un resultado positivo, pero al mismo tiempo señala que no serán las decisiones las que por sí solas puedan salvar el clima, sino la aplicación de medidas concretas. |
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5.2. |
No cabe duda de que a la comunidad internacional le sería más fácil alcanzar un consenso en París si se hubieran aplicado o estuvieran en vías de aplicación las decisiones conjuntas adoptadas en la Conferencia Río + 20, a saber, «los países reafirman los compromisos realizados para eliminar los subsidios perjudiciales e ineficientes a los combustibles fósiles que alientan a un consumo derrochador y socavan el desarrollo sostenible» (11). Ya en ese momento se admitía que debían utilizarse instrumentos de mercado (por ejemplo, impuestos sobre el carbono, régimen de comercio de derechos de emisión, etc.), algo que el CESE considera apropiado (12). Un nuevo documento de trabajo del Fondo Monetario Internacional (13) cifra las subvenciones directas e indirectas que cada año se destinan en el mundo a las energías fósiles en 5,3 billones de dólares estadounidenses (!), lo que equivale a más de 15 000 millones de dólares estadounidenses al día. Incluso con el Fondo Verde para el Clima que se pretende crear, dotado con 1 00 000 millones de dólares estadounidenses anuales, no podrán compensarse las repercusiones negativas de estas subvenciones. |
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5.3. |
Sin embargo, se aprecia una enorme distancia entre los compromisos políticos y su aplicación, lo que socava la confianza de la sociedad civil en los acuerdos políticos mundiales. París no debe ahondar aún más esta decepción, sino que ha de imprimir un giro fundamental. |
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5.4. |
Sin embargo, para Europa también es importante observar cómo evolucionan las cosas fuera «del mundo de las negociaciones de la COP», en el «mundo del desarrollo económico real». Veamos algunos ejemplos:
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La competitividad global, «fuga de carbono» y/o «fuga hipocarbónica»
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5.5. |
Hoy por hoy las decisiones necesarias para alcanzar los objetivos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático no conducirán solo a situaciones ventajosas para todos. De ahí que se apunte con razón a las dificultades que plantea conciliar en la medida de lo posible las decisiones de la COP con los intereses (económicos) nacionales o sectoriales a corto plazo. |
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5.6. |
Esto no será siempre posible, pues es evidente que habrá sectores económicos que en el nuevo sistema de economía «hipocarbónica» no tendrán ningún papel o desempeñarán un papel sustancialmente más reducido, lo que equivale a decir que pasarán a engrosar el bando de los «perdedores» del imprescindible cambio estructural. A nadie beneficia ocultar este hecho. Por el contrario, estos sectores económicos y las regiones y personas afectadas tienen derecho a saber cómo la política va a efectuar esta transformación, en lo posible, sin solución de continuidad y de manera socialmente sostenible. Con todo, estas dificultades tampoco pueden esgrimirse como razón para no actuar ya, puesto que actuar desde ahora mismo para impulsar la transición hacia una «economía hipocarbónica» es más barato que reparar posteriormente los daños (15). |
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5.7. |
La cuestión de la apertura de futuros mercados (por ejemplo, tecnologías de energías renovables o tecnologías para mejorar la eficiencia) es determinante para la futura competitividad de Europa. Es obvio que hay que tomar en serio las voces que advierten en Europa sobre la «fuga de carbono» y que piden que Europa no avance demasiado rápido por su cuenta y riesgo. |
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5.8. |
Pero Europa ya no está sola en el camino, puesto que se compite a nivel mundial. Por lo tanto, es necesario abordar la «fuga hipocarbónica», es decir, el riesgo de que el actual liderazgo tecnológico y, por tanto económico, de Europa, por ejemplo en el caso de las energías renovables, pueda perderse. |
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5.9. |
Y esto es algo que puede suceder muy rápidamente. En el ámbito de las energías renovables Europa ha perdido el tren de la tecnología de las baterías de almacenamiento; en el campo de los vehículos eléctricos, China y California han tomado la iniciativa; los paneles solares más baratos del mundo se fabrican en China y esto es difícil atribuirlo exclusivamente al dumping salarial. Urge realizar inversiones públicas y privadas significativamente mayores en el sector de I+D. |
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5.10. |
En la actualidad, la falta de condiciones equitativas a nivel mundial constituye un reto considerable para las empresas europeas que compiten internacionalmente. Sectores como la industria del acero, el papel y la química, entre otros, siguen siendo relevantes desde el punto de vista económico. En la UE, entre 1990 y 2012, gracias al desarrollo tecnológico, se redujo el impacto climático de las industrias manufactureras en un 31 % (16). |
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5.11. |
Es improbable que el papel que desempeñan estas industrias pueda ser completamente sustituido por los nuevos sectores industriales «verdes» de aquí a 2050. El desplazamiento de la producción de estas industrias a países fuera de la UE no beneficiaría ni la economía europea ni al clima mundial si no se lograra una reducción mundial de las emisiones. |
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5.12. |
Se debate con frecuencia el alcance de esta fuga de carbono. Puede tratarse del desplazamiento de las fábricas y la producción fuera de la UE como respuesta directa a la adopción de nuevas medidas políticas, pero también puede materializarse de manera indirecta, tal como demuestra el incesante aumento de las inversiones en terceros países aunque de momento se mantenga la producción en la Unión. Por el momento se trata de un fenómeno mucho más común en las empresas multinacionales, impulsado por numerosos factores de producción. Dado que la producción en estos tipos de sectores «antiguos» está aumentando a escala mundial, es necesario crear incentivos equilibrados que fomenten las tecnologías hipocarbónicas también en estas ramas de la industria de la UE, sin poner en peligro su competitividad relativa. |
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5.13. |
La industria y el comercio de la UE deben mostrar su disposición a contribuir a reducir el impacto de sus empresas, de conformidad con el objetivo de reducción del 80-95 % de aquí a 2050. No obstante, la hoja de ruta para alcanzar este objetivo podría variar mucho entre los distintos sectores y empresas. La industria y el comercio de la UE pueden apoyar los esfuerzos de otros países por reducir sus emisiones mediante el desarrollo, producción y exportación de productos y servicios. Siempre y cuando esto se haga en Europa con menor impacto climático que en otros lugares, el aumento total de las emisiones podría aceptarse a corto plazo aunque no en el horizonte temporal que constituye 2050. Por tanto, quizá fuera oportuno sopesar la conveniencia de que la UE estableciera hojas de ruta para cada sector de la industria. |
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5.14. |
Los problemas descritos de la «fuga de carbono» o de la «fuga hipocarbónica» no forman parte de las negociaciones de la COP 21. De ahí que la UE deba esforzarse en todos los niveles para que, por ejemplo, se establezcan mecanismos basados en el mercado que tengan en cuenta las emisiones relacionadas con el producto en el comercio mundial. Deben adoptarse medidas adicionales para abordar la «fuga de carbono», como, por ejemplo, el ajuste del carbono en frontera, un sistema destinado a reducir las emisiones de CO2 garantizando al mismo tiempo condiciones de competencia equitativas. Con arreglo a este sistema, el precio de las mercancías importadas se incrementará en la frontera según un cálculo de las emisiones totales de tales productos. Los modelos utilizados en un estudio reciente muestran que el ajuste de carbono en frontera puede reducir sustancialmente la fuga de carbono en sectores importantes (17). |
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5.15. |
Sin embargo, algunos de los principales socios comerciales de Europa no acogen favorablemente los ajustes de carbono en frontera en la forma en que actualmente se debaten. Esta cuestión debe negociarse en el seno de la OMC, cuyos Acuerdos permiten examinar este tipo de problemas «no comerciales». No debería subestimarse lo difícil que esto resultará en ausencia de un acuerdo mundial sobre la tarificación de las emisiones de carbono. Estas inquietudes pueden resolverse con un mejor diseño de los sistemas de ajuste de carbono en frontera. El resultado final que se pretende es que el ajuste del impuesto sobre el carbono en frontera no constituya una herramienta antidumping, sino una contribución a una política climática sostenible a escala mundial; no obstante, el ajuste deberá estar bien diseñado (18). |
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5.16. |
En concreto, esto significa que, por ejemplo, en las negociaciones sobre la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) o sobre el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG) deberán preverse los mecanismos correspondientes. |
¿Qué significaría un fracaso (parcial) de las negociaciones?
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5.17. |
En los puntos siguientes, el CESE desea dejar claro que ni siquiera un fracaso parcial, o incluso total, de las negociaciones de la COP 21, por lamentable que fuera y pese a que constituiría un gran retroceso, significaría la «extinción» de las actividades relacionadas con el cambio climático. No se contaría con la claridad y la previsibilidad que aportaría un acuerdo vinculante, que sería deseable tanto para la economía como para la sociedad en general y permitiría dar nuevos impulsos. Mientras tanto, en realidad, hace tiempo que se ha iniciado la lucha por los futuros mercados de «tecnologías verdes» y Europa debe preparase para librar esta batalla, haya o no resultados en la COP 21. |
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5.18. |
Es evidente que la transición hacia una «economía hipocarbónica» no cabe justificarla únicamente con el argumento del cambio climático. La incipiente escasez de energías fósiles, el tema de la seguridad energética y el hecho de que las tecnologías de las energías renovables permiten producir ya en muchos ámbitos energía más barata que la generada con fuentes de energía convencionales son factores que anticipan un cambio de rumbo irreversible. |
6. El papel de la sociedad civil
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6.1. |
Por mucho que el CESE apoye las posiciones de la Comisión en su Comunicación sobre el Protocolo de París, le resulta incomprensible, por otro lado, que la Comunicación carezca de una estrategia tanto sobre la manera en que la Comisión va a comunicar a la sociedad civil sus posiciones como sobre la forma en que va a organizar la aplicación pendiente de las decisiones. A juicio del CESE, a la Comisión le incumbe claramente la obligación de emprender un diálogo estructurado sobre su estrategia de lucha contra el cambio climático con las organizaciones de la sociedad civil, en particular con los órganos institucionales que la representan. |
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6.2. |
La sociedad civil puede desempeñar, como mínimo, tres funciones importantes. Por una parte, debe contribuir a efectuar el seguimiento del proceso de negociación política y ejercer una presión social para que no solo se adopten las decisiones vinculantes correspondientes, sino que, además, dichas decisiones estén en línea con las expectativas medioambientales, económicas y sociales. |
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6.2.1. |
No cabe duda de que las negociaciones, por ejemplo, las COP, son necesarias porque en la comunidad internacional existen opiniones divergentes, entre otras cosas, respecto de la urgencia, el ámbito de aplicación, la financiación, la responsabilidad, etc. Si todo el mundo estuviera de acuerdo, no haría falta negociar. También en el seno de la sociedad civil había (y sigue habiendo) posiciones diferentes. Con todo, las últimas COP han demostrado que ya no son «solo» los defensores del medio ambiente, los grupos activos en la política de desarrollo, las organizaciones de mujeres o los representantes de los pueblos indígenas —por citar solo algunas «partes interesadas»— los que abogan por una protección rigurosa del clima, sino que ha surgido un amplio movimiento mundial que parte de la sociedad civil. |
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6.2.2. |
Elogiable es, en particular, el compromiso profundo del movimiento sindical (mundial), así como de muchos medios económicos y empresas; cabe citar, por ejemplo, la labor de la Confederación Sindical Internacional (CSI) y del Consejo Empresarial Mundial de Desarrollo Sostenible. Se reconoce que un tipo de economía respetuoso con el clima y que haga un uso eficiente de los recursos ofrece nuevas oportunidades de desarrollo económico. |
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6.2.3. |
La COP 20 de Lima fue por ello una «demostración» impresionante por parte de ambos lados, tanto empresarios como trabajadores, pero también del conjunto de la sociedad civil, en la que se dejó claro a los políticos responsables que hay sectores muy amplios de la sociedad que quieren más de lo que hasta ahora se ha negociado a nivel político. |
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6.2.4. |
En los municipios y las regiones las actividades relacionadas con el cambio climático han adquirido también una dimensión completamente nueva. Estos niveles son conscientes asimismo de la necesidad no solo de evitar nuevos daños para algunas regiones y las personas que allí viven y trabajan, sino también de que surgen oportunidades para construir nuevas cadenas de valor que deben aprovecharse. |
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6.3. |
La segunda función de la sociedad civil es participar de forma activa en la aplicación de las decisiones relativas al clima. A juicio del CESE, las políticas deben reformularse por completo desde el punto de vista estratégico; hay que facilitar la participación y hacer esfuerzos por intensificarla. |
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6.3.1. |
En su análisis sobre la participación de la sociedad civil en la aplicación de la Directiva europea sobre energías renovables, el CESE determinó con claridad que amplios grupos de partes interesadas de la sociedad civil, entre otros, numerosas pymes, desean participar de forma directa, por ejemplo, a través de proyectos de energía ciudadana, con el fin de poder aprovechar las nuevas oportunidades económicas de sus regiones en su propio beneficio. |
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6.3.2. |
Por ejemplo, el éxito de la transición energética en Dinamarca y Alemania se basa en que los particulares, los agricultores, los municipios, las cooperativas y las pequeñas empresas participan en la producción de energía y obtienen por ello un beneficio económico. No obstante, también allí de forma sistemática la Comisión empeoró —en vez de mejorar— las oportunidades de participación. |
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6.4. |
En tercer lugar, además de supervisar el proceso y ayudar a aplicar las decisiones, la sociedad civil puede también contribuir a la difusión de buenas prácticas y de conocimientos especializados sobre las evoluciones positivas en las empresas. Es especialmente importante prestar atención a los sectores económicos en los que parece persistir el error común de considerar que «no se hace nada y las emisiones siguen aumentando» como, por ejemplo, el transporte o los procesos industriales. Las decisiones políticas pueden ser más eficaces si los incentivos se basan en el conocimiento de la evolución actual o futura de la tecnología y los modelos empresariales. La sociedad civil puede efectuar esta tarea mediante la organización de conferencias y el fomento del intercambio de información, donde se ponga de manifiesto el firme apoyo del sector privado, en especial en los Estados miembros de la UE. |
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6.5. |
En la COP 21 no se abordará apenas el papel estratégico de la sociedad civil. Por ello, es aún más importante que los responsables políticos lleguen a acuerdos con la sociedad civil al margen de los procesos de la COP y desarrollen estrategias en este ámbito. |
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6.6. |
A este respecto, la UE se halla enormemente rezagada. El Comité lamenta, por ejemplo, que ni en el conjunto de medidas de la UE sobre el clima y la energía para 2030 ni en la propuesta de una Unión Europea de la Energía se aporten ideas concretas para la participación de la sociedad civil. |
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6.7. |
En este sentido, el CESE recomienda a la Comisión, al Consejo y al Parlamento Europeo que entablen, finalmente, un diálogo profundo y estructurado al objeto de no comprometer la disposición general de la sociedad a desarrollar nuevas estructuras. La nueva política del clima no puede ni debe ser impuesta «desde arriba», sino que ha de basarse en un amplio consenso entre todas las partes interesadas y aplicarse «desde abajo». |
Bruselas, 2 de julio de 2015.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Henri MALOSSE
(1) Es decir, provocadas por el hombre.
(2) Es decir, provocadas por el hombre.
(3) http://de.statista.com/statistik/daten/studie/311924/umfrage/treibhausgasemissionen-weltweit/
(4) En la actualidad, las Partes están obligadas a publicar informes periódicos que deben contener información sobre las emisiones reales de gases de efecto invernadero y sobre las tendencias observadas.
(5) COM(2015) 81 final, de 25.2.2015.
(6) University of Maryland, véase: www.tagesschau.de/ausland/klimaindex104.html
(7) Las CPDN deberían haberse presentado antes de finales de marzo de 2015. El 17 de mayo de 2015, únicamente Suiza, la UE, Noruega, México, los EE. UU., Gabón, Rusia, Liechtenstein, Andorra y Canadá habían presentados sus CPDN.
(8) Véase: http://www.futurejustice.org/
(9) Véase el dictamen del CESE «Un marco estratégico en materia de clima y energía para el período 2020-2030» (NAT/636), puntos 1.2 y 3.3.
(10) Examinado en la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de 19 de enero de 2015, 5411/15.
(11) Véase el punto 225 del documento final.
(12) Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Instrumentos de mercado destinados a lograr una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos en la UE» (NAT/620), puntos 1.3, 1.7 y 1.8 (DO C 226 de 16.7.2014, p. 1).
(13) Documento de trabajo del FMI «How Large Are Global Energy Subsidies?» (WP/15/105).
(14) Alemania: 30 600 millones de USD en 2011, 22 800 millones de USD en 2012 y solo 9 900 millones de USD en la actualidad (2013). Italia: 28 000 millones de USD en 2011 (en ese año, ocupó la cuarta posición mundial), 14 700 millones de USD en 2012 y 3 600 millones de EUR en 2013 (actualmente ocupa el décimo puesto).
(15) Véase el estudio del World Resource Institute, Better Growth, Better Climate, The New Climate Economy Report.
(16) Agencia Europea del Medio Ambiente: Annual European Union Greenhouse Gas Inventory 1990-2012 e Inventory Report 2014.
(17) Véase el Dictamen del CESE «Instrumentos de mercado destinados a lograr una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos en la UE» (NAT/620), punto 3.5 (DO C 226 de 16.7.2014, p. 1).
(18) Véase la nota 17 a pie de página.