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Document 52014XC0325(02)
Publication of an amendment application pursuant to Article 50(2)(a) of Regulation (EU) No 1151/2012 of the European Parliament and of the Council on quality schemes for agricultural products and foodstuffs
Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n ° 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n ° 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
OJ C 86, 25.3.2014, p. 8–11
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.3.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 86/8 |
Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
2014/C 86/06
La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (2)
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9
«PANCETTA PIACENTINA»
No CE: IT-PDO-0117-01103-08.04.2013
IGP ( ) DOP ( X )
1. Apartado del pliego de condiciones afectado por la modificación
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Denominación del producto |
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Descripción |
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Zona geográfica |
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Prueba del origen |
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Método de producción |
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Vínculo |
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Etiquetado |
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Requisitos nacionales |
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Otros (especifíquense) |
2. Tipo de modificación
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Modificación del documento único o de la ficha resumen |
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Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada de la que no se haya publicado ni el documento único ni el resumen. |
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Modificación del pliego de condiciones que no implica ninguna modificación del documento único publicado [artículo 9, apartado 3, del Reglamento (CE) no 510/2006] |
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Modificación temporal del pliego de condiciones que obedezca a medidas sanitarias o fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas [artículo 9, apartado 4, del Reglamento (CE) no 510/2006]. |
3. Modificaciones
La modificación mediante la cual se introduce la utilización de los nitritos, conforme a las cantidades establecidas por ley, se solicita, ya que la presencia de estos, unida a la de los nitratos, garantiza una mayor eficacia contra los patógenos y los fenómenos de oxidación en las fases de producción de la DOP «Pancetta Piacentina».
Se ha considerado necesario eliminar la indicación de la colocación de las pancetas («apilamiento en pisos») en la fase de curación, ya que no parece que influya en el proceso de producción de la DOP.
La modificación del modo de atar o coser las pancetas después de enrollarlas se propone para precisar mejor esta fase de la producción, de modo que resulte más clara.
La modificación por la que se admite la utilización de todo tipo de tripas de cerdo y de hojas de celulosa y que permite el uso de envoltorios idóneos para la producción, viene impuesta por las condiciones reales de mercado, que hacen muy difícil (en algunas ocasiones, incluso imposible) conseguir los tipos específicos de envoltorios previstos anteriormente.
La ampliación de tres a cuatro meses del tiempo mínimo de curación tiene por objeto la mejora cualitativa del producto asociado a la DOP.
Asimismo, el aumento de 14 a 18 grados de la temperatura máxima de curación y la introducción de un margen de tolerancia del 10 % para los parámetros de humedad del ambiente de curación contribuyen a la mejora cualitativa del producto y permiten un mejor desarrollo del aroma y la exclusión de todo posible defecto en el producto.
Por último, la reducción del 2 % al 1,5 % de las cenizas mínimas guarda un paralelismo con el nivel mínimo de sal admitido, del que dependen estrechamente las cenizas, y es coherente además con la tendencia constante a la reducción de la sal en los alimentos.
DOCUMENTO ÚNICO
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (3)
«PANCETTA PIACENTINA»
No CE: IT-PDO-0117-01103-08.04.2013
IGP ( ) DOP ( X )
1. Denominación
«Pancetta Piacentina»
2. Estado miembro o tercer país
Italia
3. Descripción del producto agrícola o alimenticio
3.1. Tipo de producto
Clase 1.2. — |
Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1
La «Pancetta Piacentina» es un producto salado, curado de forma natural y conservado en crudo. Para su producción se utiliza la parte grasa del vientre que cubre la media canal y que va de la región retroesternal a la inguinal, así como los músculos del tronco.
El producto acabado tiene forma cilíndrica, un peso de 4 kg a 8 kg, y un color rojo vivo entreverado por el blanco puro de las partes grasas. La carne tiene un olor agradable, y un sabor suave y sabroso.
3.3. Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados)
La «Pancetta Piacentina» se obtiene de cerdos nacidos, criados y sacrificados en Emilia Romaña y Lombardía. La denominación «Pancetta Piacentina» se acoge a la excepción prevista en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1151/2012.
3.4. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal)
En la utilización y composición de las raciones alimentarias deben respetarse normas detalladas. La alimentación de los cerdos consta de dos fases y se basa fundamentalmente en la producción cerealista procedente de la macrozona delimitada en el punto 3.3. La ración alimentaria media de los cerdos se compone en su mayor parte de papilla de maíz, que se complementa con cebada, salvado, soja y suplementos minerales. Los subproductos de la elaboración del queso (suero de leche, cuajada y suero de mantequilla) los suministran en su mayor parte las queserías de la zona geográfica definida.
3.5. Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida
Todas las fases de producción, corte, salazón en seco, atado, secado y curado de la «Pancetta Piacentina» se realizan en la zona indicada en el punto 4.
3.6. Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.
Las operaciones de envasado, corte en lonchas y corte en porciones deben realizarse bajo la vigilancia de la estructura de control designada, únicamente en la zona de transformación indicada en el punto 4. Para garantizar el mantenimiento de las características originales y peculiares del producto, es necesario que las operaciones mencionadas las lleve a cabo en la zona geográfica de producción personal con un conocimiento específico del producto. Antes del corte en lonchas, los operarios deben eliminar cuidadosamente la piel. El contacto con el aire y la exposición del producto desprovisto de la piel natural a unas condiciones ambientales desconocidas podrían provocar la oxidación y el consiguiente oscurecimiento de las lonchas o de la superficie expuesta al corte, así como la pérdida del color rojo vivo característico de la parte magra, el enranciamiento de la parte grasa y la consiguiente alteración del aroma.
3.7. Normas especiales sobre el etiquetado
El producto despachado a consumo debe llevar la mención «Pancetta Piacentina».
La denominación «Pancetta Piacentina» debe figurar en la etiqueta con caracteres claros e indelebles que se diferencien netamente de cualquier otra mención que se incluya en la misma y deberá ir seguida inmediatamente de la mención «Denominación de Origen Protegida».
Está prohibido añadir cualquier calificación que no esté expresamente prevista.
No obstante, se admite la utilización de indicaciones que hagan referencia a nombres, razones sociales o marcas privadas, siempre que no tengan carácter laudatorio o puedan inducir a engaño al consumidor, así como el nombre de la explotación porcina de la que sea originario el producto.
4. Descripción sucinta de la zona geográfica
La zona de elaboración de la «Pancetta Piacentina» engloba todo el territorio de la provincia de Piacenza, si bien se limita a las zonas de una altitud inferior a 900 metros sobre el nivel del mar.
5. Vínculo con la zona geográfica
5.1. Carácter específico de la zona geográfica
La producción de la «Pancetta Piacentina» se remonta a la época romana y se ha transmitido a lo largo del tiempo, concentrándose en la zona geográfica de la provincia de Piacenza.
La importancia de la zona de producción de la «Pancetta Piacentina» va unida a la evolución de una típica cultura rural común a toda la región del Po, en cuyo territorio (Emilia Romaña y Lombardía) se origina la materia prima. En la zona de abastecimiento de la materia prima, la evolución de la zootecnia está relacionada con la amplia presencia de cultivos de cereales y con los métodos de producción de la industria láctea, particularmente especializada, que han determinado la orientación de la cría de ganado porcino de esta zona.
En la provincia de Piacenza, se ha desarrollado y transmitido un conocimiento específico de los productores para la selección y transformación de los cortes de carne. A los operarios se les exige una pericia especial para las fases de enrollamiento y atado de la panceta. La presencia de valles frescos y ricos en agua y colinas con vegetación boscosa se reflejan positivamente en las condiciones de los locales de curación.
5.2. Carácter específico del producto
La «Pancetta Piacentina» tiene forma cilíndrica. Las lonchas presentan partes magras de color rojo vivo que alternan con partes grasas de color blanco. El olor es agradable, y el sabor, suave y sabroso.
El corte muscular utilizado para la producción de la «Pancetta Piacentina» procede de cerdos pesados italianos.
5.3. Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o una cualidad específica, la reputación u otras características del producto (en el caso de las IGP)
Las características específicas de la «Pancetta Piacentina» dependen de las condiciones ambientales y de factores naturales y humanos. En concreto, la caracterización de la materia prima está estrechamente vinculada a la zona geográfica definida de abastecimiento, en la que se han desarrollado técnicas de cría del porcino pesado italiano que son determinantes para la calidad de los cortes de carne utilizados en la producción de la «Pancetta Piacentina».
Además, la elaboración de la «Pancetta Piacentina», localizada en la zona de la provincia de Piacenza, está vinculada a los operarios locales, que, con el paso del tiempo, han adquirido conocimientos específicos sobre las operaciones de salazón, enrollado y atado de la panceta.
Gracias a las operaciones de enrollado y atado, la «Pancetta Piacentina» adquiere la característica forma cilíndrica y las lonchas procedentes de ella muestran en alternancia partes magras y grasas.
Las competencias técnicas de los productores en las operaciones de salazón, unidas al dominio de la gestión de las fases de curación, confirman el vínculo de la «Pancetta Piacentina» con su territorio de producción.
Los factores ambientales están estrechamente relacionados con las características de la zona de producción y, en especial, el clima, que repercute de forma determinante en las características del producto acabado, contribuyendo al éxito de las fases de curación del producto.
El conjunto «materia prima — producto — denominación» está unido a la evolución socioeconómica específica de la zona, con connotaciones que no pueden reproducirse en otros lugares.
Referencia a la publicación del pliego de condiciones
[Artículo 5, apartado 7, del Reglamento (CE) no 510/2006 (4)]
El texto consolidado del pliego de condiciones de producción puede consultarse en el siguiente sitio de Internet:
http://www.politicheagricole.it/flex/cm/pages/ServeBLOB.php/L/IT/IDPagina/3335
o bien
accediendo directamente a la página de inicio del sitio web del Ministerio de Política Agrícola, Alimentaria y Forestal (http://www.politicheagricole.it), pulsando en «Qualità e sicurezza» (calidad y seguridad) (arriba a la derecha de la pantalla) y en «Disciplinari di Produzione all’esame dell’UE» (pliegos de condiciones sometidos al examen de la UE).
(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
(2) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12. Sustituido por el Reglamento (UE) no 1151/2012.
(3) Véase la nota a pie de página 2.
(4) Véase la nota a pie de página 2.