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Document 52013AP0566
P7_TA(2013)0566 Instrument for Stability ***I European Parliament legislative resolution of 11 December 2013 on the proposal for a regulation of the European Parliament and of the Council establishing an Instrument for Stability (COM(2011)0845 — C7-0497/2011 — 2011/0413(COD)) P7_TC1-COD(2011)0413 Position of the European Parliament adopted at first reading on 11 December 2013 with a view to the adoption of Regulation (EU) No …/2014 of the European Parliament and of the Council establishing an instrument contributing to Stability and Peace
P7_TA(2013)0566 Instrumento de Estabilidad ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento de Estabilidad (COM(2011)0845 — C7-0497/2011 — 2011/0413(COD)) P7_TC1-COD(2011)0413 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 11 de diciembre de 2013 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° …/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un instrumento en pro de la estabilidad y la paz
P7_TA(2013)0566 Instrumento de Estabilidad ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento de Estabilidad (COM(2011)0845 — C7-0497/2011 — 2011/0413(COD)) P7_TC1-COD(2011)0413 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 11 de diciembre de 2013 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° …/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un instrumento en pro de la estabilidad y la paz
DO C 468 de 15.12.2016, p. 288–289
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
15.12.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 468/288 |
P7_TA(2013)0566
Instrumento de Estabilidad ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento de Estabilidad (COM(2011)0845 — C7-0497/2011 — 2011/0413(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
(2016/C 468/67)
El Parlamento Europeo,
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0845), |
— |
Vistos el artículo 294, apartado 2, el artículo 209, apartado 1, y el artículo 212, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0497/2011), |
— |
Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
— |
Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 4 de diciembre de 2013, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
— |
Visto el artículo 55 de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Presupuestos (A7-0451/2013), |
1. |
Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación; |
2. |
Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución; |
3. |
Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto; |
4. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
P7_TC1-COD(2011)0413
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 11 de diciembre de 2013 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) no …/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un instrumento en pro de la estabilidad y la paz
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) no 230/2014.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Declaración de la Comisión Europea sobre el diálogo estratégico con el Parlamento Europeo (1)
Con arreglo al artículo 14 del TUE, la Comisión Europea mantendrá un diálogo estratégico con el Parlamento Europeo antes de la programación del Reglamento (UE) no 230/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, por el que se establece un Instrumento en pro de la Estabilidad y la Paz, y previa consulta inicial de sus beneficiarios pertinentes, cuando proceda. La Comisión Europea presentará al Parlamento Europeo los documentos pertinentes que estén disponibles sobre la programación, con las asignaciones indicativas previstas por países o regiones y, dentro de cada país o región, las prioridades, los posibles resultados y las asignaciones indicativas previstas por prioridad para los programas geográficos, así como la elección de las modalidades de ayuda (2). La Comisión Europea presentará al Parlamento Europeo los documentos pertinentes que estén disponibles sobre la programación, con las prioridades temáticas, los posibles resultados, la elección de modalidades de ayuda (2) y las asignaciones financieras para las prioridades previstas en los programas temáticos. La Comisión Europea tendrá en cuenta las posiciones expresadas por el Parlamento Europeo al respecto.
La Comisión Europea mantendrá un diálogo estratégico con el Parlamento Europeo en la preparación de la revisión intermedia y antes de cualquier revisión sustancial de los documentos de programación durante el período de validez de este Reglamento.
La Comisión Europea, si el Parlamento Europeo la invita a ello, explicará en qué casos se han tenido en cuenta las observaciones de este en los documentos de programación y cualquier otro seguimiento dado al diálogo estratégico.
(1) La Comisión Europea estará representada por el comisario competente.
(2) Cuando proceda.