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Document 52009IP0141
EU-Mexico Strategic Partnership European Parliament recommendation to the Council of 12 March 2009 on an EU-Mexico Strategic Partnership (2008/2289(INI))
Asociación Estratégica UE-México Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo, de 12 de marzo de 2009 , sobre una Asociación Estratégica UE-México (2008/2289(INI))
Asociación Estratégica UE-México Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo, de 12 de marzo de 2009 , sobre una Asociación Estratégica UE-México (2008/2289(INI))
OJ C 87E, 1.4.2010, p. 172–176
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
1.4.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 87/172 |
Jueves, 12 de marzo de 2009
Asociación Estratégica UE-México
P6_TA(2009)0141
Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo, de 12 de marzo de 2009, sobre una Asociación Estratégica UE-México (2008/2289(INI))
2010/C 87 E/35
El Parlamento Europeo,
Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo presentada por José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra en nombre del Grupo del PPE-DE sobre una Asociación Estratégica UE-México (B6-0437/2008),
Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de julio de 2008, «Hacia una Asociación Estratégica UE-México» (COM(2008)0447),
Vista su Resolución, de 11 de octubre de 2007, sobre los asesinatos de mujeres (feminicidios) en México y en América Central y el papel de la Unión Europea en la lucha contra este fenómeno (1),
Visto el Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra (2), firmado el 8 de diciembre de 1997 (Acuerdo Global),
Vistas la Declaraciones de las cinco Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y de América Latina y del Caribe (UE-ALC) celebradas hasta la fecha en Río de Janeiro (28 y 29 de junio de 1999), Madrid (17 y 18 de mayo de 2002), Guadalajara (28 y 29 de mayo de 2004), Viena (12 y 13 de mayo de 2006), y Lima (16 y 17 de mayo de 2008),
Visto el Comunicado conjunto de la IV Cumbre México - Unión Europea, celebrada en Lima, el 17 de mayo de 2008,
Visto el Comunicado conjunto de la octava reunión del Comité Conjunto UE-México, celebrada en la Ciudad de México los días 13 y 14 de octubre de 2008,
Vista la Declaración conjunta de la VII Reunión de la Comisión Parlamentaria Mixta (CPM) Estados Unidos Mexicanos/Unión Europea, celebrada en la Ciudad de México los días 28 y 29 de octubre de 2008,
Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores, de 13 de octubre de 2008,
Visto el Mensaje de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana a la V Cumbre América Latina y Caribe – Unión Europea, de 1 de mayo de 2008,
Vista su Resolución, de 24 de abril de 2008, sobre la V Cumbre de América Latina, el Caribe y la Unión Europea (ALC-UE) de Lima (3),
Vista la Declaración de San Salvador, adoptada en la XVIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobierno de 29 a 31 de octubre de 2008,
Vista su Resolución, de 14 de febrero de 2006, sobre la cláusula sobre derechos humanos y democracia en los acuerdos de la Unión Europea (4),
Vistos el artículo 114, apartado 3, y el artículo 83, apartado 5, de su Reglamento,
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A6-0028/2009),
A. |
Considerando que México y la Unión Europea comparten un conjunto de valores fundamentales, unos principios comunes así como vínculos históricos y culturales, |
B. |
Considerando que el respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos, a los que se refiere la cláusula democrática, constituye un elemento esencial de la Asociación Estratégica así como del Acuerdo Global y que debe ser aplicado por ambas partes, |
C. |
Considerando que el peso político de México en la escena mundial se va consolidando cada vez más tanto a nivel mundial, como lo confirma su reciente nominación como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (período 2009-2010), como a nivel regional, con la Presidencia de la Secretaría Pro-Tempore del Grupo de Río (período 2008-2010), |
D. |
Considerando que la Unión Europea debe reconocer la contribución de México al sistema multilateral, dado que el multilateralismo es uno de los principios fundamentales que ambas partes, México y la Unión Europea, se han comprometido a promover en la esfera internacional, |
E. |
Considerando que México ha iniciado un sistema de reformas estructurales en sectores estratégicos y que se ha convertido en la décima potencia económica a nivel mundial, es miembro del G-20 y del G-5 (Brasil, China, India, Sudáfrica y México) y, además, es el único miembro latinoamericano de la OCDE, |
F. |
Considerando que México tiene una población de más de 100 millones de habitantes, con una composición marcadamente joven, ya que el 45 % de la población es menor de 20 años, y que posee una importante posición geoestratégica, como puente entre América del Norte y del Sur y entre el Caribe y el Pacifico, |
G. |
Considerando que el Acuerdo Global de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre México y la Unión Europea se funda en tres pilares: el diálogo político, el establecimiento progresivo de una zona de libre comercio y la cooperación; y considerando asimismo que, desde su entrada en vigor en 2000, las relaciones entre ambas partes se han profundizado y consolidado tanto en el plano político como en sus intercambios comerciales y en materia de cooperación, |
H. |
Considerando que en la Cumbre de Lima, la Unión Europea y México subrayaron la positiva evolución de los flujos comerciales y de inversión en el marco del Acuerdo Global, |
I. |
Considerando que, tanto en el ámbito bilateral como en el marco del Acuerdo Global, la Unión Europea y México han reforzado sus contactos a todos los niveles y con todas las instituciones, y especialmente en el ámbito parlamentario con la Comisión Parlamentaria Mixta México-UE y con la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, |
J. |
Considerando que la propuesta de una Asociación Estratégica coincide con la crisis financiera e económica internacional y que esta crisis puede incidir en el equilibrio económico y social de las relaciones bilaterales, |
K. |
Considerando que la profundización de las relaciones entre México y la Unión Europea podría favorecer el consenso entre la Unión Europea y sus socios latinoamericanos sobre cuestiones regionales y globales, y permitiría promover de forma conjunta sus valores y sus intereses comunes en los foros internacionales y regionales, |
L. |
Considerando que esta Asociación Estratégica debe suponer un salto cualitativo en las relaciones entre la Unión Europea y México en dos planos distintos: en el multilateral, a través de la coordinación mutua sobre asuntos de importancia mundial y, en el bilateral, mediante el desarrollo de sus relaciones e iniciativas particulares, |
M. |
Considerando que los procesos de la integración política y económica, el avance cada vez mayor de la globalización económica y la importancia del debate sobre la democracia, los derechos humanos y el medio ambiente, entre otros, han cambiado las prioridades en la agenda de ambas regiones, |
N. |
Considerando que la situación estratégica de México y su red de acuerdos comerciales hacen que este país tenga una gran importancia estratégica para las exportaciones europeas, siendo la Unión Europea su segunda fuente de inversión extranjera, |
O. |
Considerando que la zona de libre comercio entre México y la Unión Europea desempeña un papel importante en las relaciones bilaterales de la Unión Europea ya que su cobertura es muy amplia (bienes, servicios, contratos, competencia, derechos de propiedad intelectual, inversión y pagos relacionados), |
P. |
Considerando que la emigración mexicana a la Unión Europea es, entre otras, una de las cuestiones más importantes y sensibles para México habida cuenta del elevado número de inmigrantes mexicanos en la Unión Europea, muchos de ellos altamente cualificados, |
1. |
Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:
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2. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo y, para información, a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros de la Unión Europea y al Gobierno y al Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos. |
(1) DO C 227 E de 4.9.2008, p. 140.
(2) DO L 276 de 28.10.2000, p. 45.
(3) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0177.
(4) DO C 290 E de 29.11.2006, p. 107.