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Document 52009DC0291

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Acción contra el cáncer : una Asociación Europea

/* COM/2009/0291 final */

52009DC0291




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 24.6.2009

COM(2009) 291 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Acción contra el cáncer: una asociación europea

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Acción contra el cáncer: una asociación europea

1. ¿POR QUÉ UNA ASOCIACIÓN DE ACCIÓN CONTRA EL CÁNCER?

A pesar de los progresos registrados en los últimos tiempos, el cáncer sigue cobrando un elevado tributo a la sociedad europea. Después de las enfermedades cardiovasculares, el cáncer fue la causa más frecuente de muerte en 2006, representando dos de cada diez fallecimientos entre las mujeres y tres de cada diez entre los hombres, lo que equivale a unos 3,2 millones de ciudadanos a los que cada año se les diagnostica un cáncer en la UE.

La competencia jurídica para la actuación en el ámbito de la salud recae esencialmente en los Estados miembros (artículo 152 del Tratado CE). Sin embargo, tal como se subraya en la estrategia sanitaria «Juntos por la Salud: un planteamiento estratégico para la UE (2008- 2013)», existen ámbitos en los que una acción conjunta con la UE puede aportar un considerable valor añadido para afrontar con mayor eficacia los principales retos sanitarios, mediante el intercambio de información, de conocimientos especializados y de buenas prácticas[1].

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea también han demostrado su compromiso político y han imprimido una orientación política a las futuras actividades europeas de lucha contra el cáncer. El 10 de abril de 2008, el Parlamento Europeo aprobó una Resolución sobre la lucha contra el cáncer en la UE ampliada[2] y, el 10 de junio de 2008, el Consejo adoptó sus Conclusiones sobre la reducción de la incidencia del cáncer en Europa[3].

Sobre esta base, la Comisión Europea propone una Asociación Europea de Acción contra el Cáncer para el periodo 2009-2013 con el fin de apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en la lucha contra el cáncer, proporcionando un marco que permita obtener y compartir información, capacidad y conocimientos especializados en la prevención y el control del cáncer y asociar a los principales interesados en la Unión Europea en un esfuerzo colectivo. Como lo demuestran las notables diferencias y desigualdades que existen en cuanto a la incidencia y la mortalidad por cáncer en la Comunidad, el trabajo conjunto a nivel europeo para prevenir y combatir eficazmente esta enfermedad aporta un considerable valor añadido.

La presente Comunicación define a grandes rasgos los objetivos de la Asociación Europea de Acción contra el Cáncer y los ámbitos y las acciones que han de determinarse e implementarse a través de un enfoque asociativo europeo, así como la estructura propuesta para la Asociación y los próximos pasos previstos.

1.1. El cáncer: un modelo para la aplicación de los principios de la estrategia sanitaria

Puesto que el cáncer es una de las principales causas de enfermedad en la Unión Europea, además de representar un coste elevado para la sociedad, es esencial invertir en la futura salud de Europa, adoptando medidas sostenibles a largo plazo para hacer frente a esta enfermedad. Se calcula que, solo en 2005, el cáncer provocó una pérdida de más de 17 millones de años de vida ajustados en función de la discapacidad en la región europea de la OMS. Sin embargo, para abordar eficazmente la amplia gama de determinantes de la salud asociados al cáncer, es preciso ir más allá del ámbito sanitario y adoptar un enfoque transversal, que integre la salud en ámbitos políticos como la educación, el medio ambiente, la fiscalidad, la investigación, los asuntos sociales y las políticas exteriores.

1.2. Importancia de combatir el cáncer para aumentar los años de vida con buena salud

Habida cuenta de las consecuencias socioeconómicas del aumento previsto del cáncer como resultado del envejecimiento de la población europea, resulta crucial combatir esta enfermedad con más eficacia en la UE. Por ejemplo, una prevención eficaz puede contribuir significativamente a mejorar la salud. Se calcula que si la detección del cáncer de cuello de útero se ampliará al 100 % de la población, se lograría una reducción de más del 94 % de años de vida perdidos y podría ganarse un año de vida por cada 152 citologías cervicales realizadas. En estos tiempos de inestabilidad económica, mantener la inversión en salud cobra más importancia si cabe, en particular a través de medidas de prevención.

El indicador de años de vida saludable es una medida utilizada por la Comisión para evaluar el número de años de vida que se espera que una persona de determinada edad pueda vivir sin discapacidad, y se utiliza para determinar la salud como factor de productividad y prosperidad económica a fin de apoyar las políticas de promoción de la salud.

1.3. Respuesta colectiva – Asociación Europea de Acción contra el Cáncer

Con el fin de coordinar más eficazmente las actividades y acciones que llevan a cabo los Estados miembros y otras partes interesadas en diferentes ámbitos políticos y reducir la creciente y desigual incidencia del cáncer en Europa, la Comisión Europea propone una Asociación Europea de Acción contra el Cáncer para el periodo 2009-2013 .

Como ya se ha mencionado anteriormente, esta Asociación aspira a apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para combatir el cáncer, proporcionando un marco que permita obtener y compartir información, capacidad y experiencia en la prevención y el control del cáncer y asociar a los principales interesados en la Unión Europea en un esfuerzo colectivo para luchar contra esta enfermedad. Como lo demuestran las diferencias nacionales y regionales en la incidencia del cáncer y su mortalidad, es posible reducir la carga que esta enfermedad representa para Europa a través de una respuesta conjunta basada en estrategias de prevención y control. Este planteamiento asociativo contribuirá a evitar acciones descoordinadas y la duplicación de esfuerzos, y facilitará una utilización adecuada de los limitados recursos disponibles.

El objetivo es que, una vez concluida la Asociación, todos los Estados miembros dispongan de planes integrados de lucha contra el cáncer. La Comisión considera que la aplicación de dichos planes contribuirá significativamente a reducir la carga del cáncer en la UE, y establece como objetivo viable una reducción del 15 % en 2020 (510 000 nuevos casos).

2. RESPUESTA POLÍTICA GLOBAL: ÁMBITOS Y ACCIONES

2.1. Una tercera parte de los cánceres puede evitarse – la respuesta más rentable

Promoción de la salud

Es imprescindible adoptar un enfoque horizontal que permita actuar sobre los principales determinantes de la salud y frene la creciente carga que representa el cáncer en la Unión Europea. Las causas del cáncer son múltiples y, por tanto, su prevención debe tener en cuenta por igual los factores relacionados con el modo de vida, la profesión y el medio ambiente. Se calcula que en torno a una tercera parte de todos los cánceres podría evitarse modificando o suprimiendo grandes factores de riesgo como el tabaquismo, el sobrepeso, el escaso consumo de frutas y verduras, el sedentarismo y el consumo de alcohol.

La promoción de la salud que tenga en cuenta sus principales factores determinantes es desde hace tiempo una prioridad para la Comisión Europea, que se ha traducido en estrategias relativas a la nutrición, los problemas relacionados con el sobrepeso y la obesidad y los efectos nocivos derivados del consumo de alcohol. La Comisión ha adoptado también una estrategia ambiciosa de control del tabaquismo, con el objetivo de disuadir a niños y jóvenes de que adquieran el hábito de fumar, además de apoyar a las personas que quieren dejar de fumar y proteger a todos los ciudadanos contra la exposición pasiva al humo del tabaco, teniendo en cuenta la necesidad de adaptar la promoción de la salud a poblaciones y grupos destinatarios específicos.

Otros determinantes clave son los factores profesionales y ambientales, tales como la exposición a sustancias carcinógenas y mutágenas, así como la calidad del aire interior y exterior. El informe de 2008 sobre el cáncer en el mundo del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (IARC) subraya la importancia de la prevención medioambiental primaria y la reducción de la exposición. La aplicación de la legislación existente y el desarrollo de nueva legislación relativa a la exposición a las sustancias químicas en general[4], por ejemplo en el agua, los residuos o por la acción de contaminantes orgánicos persistentes, contribuyen a prevenir la incidencia de cáncer. Con objeto de abordar más eficazmente las consecuencias de dichos factores ambientales en la salud y promover la cooperación, la Comisión ha adoptado un Plan de Acción Europeo de Medioambiente y Salud. Por otra parte, la Directiva 2004/37/CE establece una serie de medidas preventivas para eliminar o minimizar las exposiciones a sustancias carcinógenas o mutágenas[5] relacionadas con el trabajo. La lista de estas sustancias carcinógenas y mutágneas se está actualizando en consonancia con las pruebas científicas.

Entre las actividades específicas de prevención del cáncer que han tenido éxito cabe mencionar el Código Europeo contra el Cáncer[6], en el que se presentan dos mensajes muy claros:

- algunos tipos de cáncer pueden evitarse, y puede mejorarse la salud en general, adoptando modos de vida más sanos; y

- el cáncer puede curarse, o las perspectivas de cura pueden aumentar, si se detecta en una fase temprana.

Detección precoz

Es posible reducir y controlar el cáncer si se aplican estrategias científicamente fundadas para la detección precoz y el tratamiento de pacientes con cáncer. Esto incluye una información adecuada para garantizar que las personas que deben beneficiarse de una detección conozcan las ventajas que implica. El valor añadido comunitario ya ha demostrado su eficacia en este ámbito, apoyando los programas de los Estados miembros para la detección de cáncer de mama, cuello de útero y colorrectal.

A pesar de los importantes esfuerzos realizados, el volumen de pruebas de detección realizadas en la UE no alcanza la mitad del número mínimo anual de exámenes que deberían realizarse si las pruebas a las que se refiere la Recomendación del Consejo sobre el cribado del cáncer estuvieran disponibles para todos los ciudadanos de la UE de los grupos de edad pertinentes (aproximadamente 125 millones de pruebas por año)[7] [8].

Es necesario examinar otras estrategias alternativas de prevención centradas en agentes infecciosos que pueden provocar cáncer, tales como el virus del papiloma humano (VPH) de alto riesgo, que afecta particularmente a las mujeres jóvenes. El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ha publicado unas orientaciones para la introducción de vacunas contra el virus del papiloma humano en los países de la UE ( Guidance for the introduction of HPV vaccines in EU countries ), que establecen la base científica para la posible introducción de dichas vacunas.

Objetivos de la acción : reducir la incidencia del cáncer y lograr, en 2013, una cobertura del 100 % de la población en la detección del cáncer de mama, cuello de útero y colorrectal[9], conforme a la Recomendación del Consejo sobre el cribado del cáncer; poner a disposición de los ciudadanos 125 millones de pruebas cada año. Para lograr este objetivo, los Estados miembros deberán promover campañas de información a gran escala sobre la detección del cáncer, dirigidas a la población en general y a los prestadores de asistencia sanitaria.

Otras acciones podrían consistir en:

- La evaluación de la eficacia de la política comunitaria en materia de lucha contra el tabaquismo.

- La utilización de los mecanismos existentes, tales como los foros de partes interesadas sobre alcohol y nutrición, a fin de impulsar acciones contra el cáncer.

- La revisión del Código Europeo contra el Cáncer, incluida su aplicación.

- La evaluación de la carga que representa el cáncer de origen infeccioso en la UE.

- La elaboración de una síntesis de las recomendaciones que existen en la UE sobre la administración de la vacuna contra el virus del papiloma humano como política de salud pública destinada a prevenir el cáncer de cuello de útero.

- La revisión de la Recomendación del Consejo sobre el cribado del cáncer a la luz de los conocimientos científicos más recientes y el análisis de los obstáculos a los que se enfrentan los Estados miembros en la aplicación de los programas de detección del cáncer de mama, de cuello de útero y colorrectal.

- El desarrollo, a nivel europeo, de un programa piloto voluntario de acreditación para la detección y el seguimiento del cáncer de mama, que tenga en cuenta las orientaciones europeas de garantía de la calidad en la detección y el diagnóstico de este tipo de cáncer, que son las orientaciones más antiguas y más desarrolladas en esta materia.

2.2. Aplicación práctica de los mejores enfoques en materia de cuidados – identificación y difusión de buenas prácticas

Es necesario un enfoque global del cáncer, así como el recurso a equipos multidisciplinares, para garantizar la eficacia de los cuidados que reciben los enfermos de cáncer. Por ejemplo, la cuarta edición de las orientaciones europeas para la garantía de la calidad en la detección y el diagnóstico del cáncer de mama contiene un marco pormenorizado para la creación y el funcionamiento de unidades especializadas eficaces para su tratamiento y los cuidados conexos. Una atención oncológica integrada, que tenga debidamente en cuenta el bienestar y el apoyo psicosociales, constituye un aspecto fundamental de los cuidados, que es preciso fomentar. Además de los cuidados estrictamente curativos, crece la necesidad de centrarse en la calidad de vida de un número cada vez mayor de pacientes crónicos cuyo cáncer no puede curarse, pero sí estabilizarse durante varios años. Por último, la calidad de los cuidados paliativos para enfermos terminales de cáncer también varía de un Estado miembro a otro y puede beneficiarse del intercambio de buenas prácticas.

Otro ámbito en el que la UE podría aportar un valor añadido sería la cooperación con las Redes Europeas de Referencia, por ejemplo en el terreno de las enfermedades poco comunes. Las Redes Europeas de Referencia previstas en la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y el Consejo relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza deben facilitar asistencia a todos los pacientes cuyas condiciones exijan una concentración particular de recursos o de especialización, de modo que tengan acceso a una atención asequible, rentable y de alta calidad, además de constituir puntos de enlace para la formación y la investigación médica, así como para la difusión y evaluación de la información.

Objetivos de la acción : suprimir las desigualdades en la mortalidad por causa de cáncer imputable a los cuidados sanitarios, mediante la reducción de las disparidades entre los Estados miembros con mejores y peores resultados. Si bien es probable que no puedan suprimirse todas las desigualdades existentes, la Comisión considera que una reducción del 70 % para 2020 constituye un objetivo viable, teniendo en cuenta la evolución científica y las circunstancias de cada país y de cada tipo de cáncer. Para apoyar este objetivo se elaborarán orientaciones relativas a modelos de buenas prácticas en los cuidados oncológicos, que tengan en cuenta los contextos nacionales, locales y regionales.

Otras acciones podrían consistir en:

- El intercambio de conocimientos y experiencia sobre los diferentes modelos de asistencia oncológica global e integrada y, fundamentalmente, la organización de los cuidados, con el objetivo de desarrollar un consenso en torno a las definiciones y los modelos de asistencia.

- La aplicación de los esfuerzos europeos en curso en el marco de la iniciativa de evaluación de las tecnologías sanitarias como medio para luchar más eficazmente contra el cáncer, sobre la base del marco que establezca la propuesta de Directiva relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza.

- El examen de soluciones técnicas y financieras alternativas para el abastecimiento europeo de isótopos médicos, habida cuenta de la penuria existente en Europa.

2.3. Cooperación y coordinación en materia de investigación sobre el cáncer

Un enfoque global del cáncer debe incluir todos los aspectos de la investigación sobre esta enfermedad, desde la prevención hasta la investigación translacional y clínica. La investigación en el ámbito de la salud ocupa un lugar destacado en los compromisos de la UE en materia de investigación. Durante el Sexto Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico, así como en las dos primeras convocatorias del Séptimo Programa Marco, se dedicaron 750 millones EUR a la investigación sobre los principales tipos de cáncer y se contó con la colaboración de una amplia gama de actores, como los medios científicos, las pequeñas y medianas empresas y los grandes socios industriales.

Reconociendo que la investigación sobre el cáncer se lleva a cabo fundamentalmente a nivel nacional y que se caracteriza por una gran fragmentación y heterogeneidad en el conjunto de la UE, la Comunidad pretende intensificar sus esfuerzos para mejorar la coordinación en este ámbito, en consonancia con los objetivos del Espacio Europeo de la Investigación. Además, se están introduciendo otros instrumentos que favorecen la investigación oncológica, como la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores (IMI) y el ESFRI (hoja de ruta europea que incluye tabién infraestrucutras de investigación para ensayos clínicos e investigación biomédica). La IMI es una colaboración paneuropea entre los sectores público y privado con el objeto de apoyar el descubrimiento y el desarrollo de mejores medicamentos, incluidas las terapias contra el cáncer, mientras que el Programa de Infraestructuras pretende apoyar el establecimiento de instalaciones para la realización de ensayos clínicos y bancos biológicos que permitan sentar las bases para un marco europeo más armonizado. En este contexto, es importante subrayar también la adopción en 2001 de una Directiva europea sobre ensayos clínicos, en la que se prevé un marco normalizado europeo para la aplicación de buenas prácticas en la realización de ensayos clínicos sobre los medicamentos de uso humano[10].

Objetivos de la acción : Desarrollar un enfoque coordinado en materia de investigación sobre el cáncer en el conjunto de la UE a fin de lograr en 2013 la coordinación de un tercio de la investigación, independientemente de cuáles sean las fuentes de financiación.

Otras acciones podrían consistir en:

- La identificación de discrepancias y la asociación de todas las partes en un esfuerzo colectivo para superar los obstáculos a los que se enfrenta la investigación europea sobre el cáncer.

- La identificación de las lagunas en la investigación y la metodología y la mejora de la cooperación en este ámbito a fin de evitar la duplicación de esfuerzos y reforzar la investigación sobre prevención y la investigación translacional.

- La mejora del acceso del público a la información relativa a la investigación sobre el cáncer y los ensayos clínicos.

- Con el fin de mejorar el marco reglamentario sobre la investigación clínica en la UE, la Comisión evaluará la aplicación de la Directiva sobre ensayos clínicos con vistas a presentar, en su caso, propuestas legislativas.

2.4. Proceso de evaluación comparativa: facilitar la información comparable necesaria para las políticas y acciones

Es importante disponer de un sistema de información sobre el cáncer que proporcione información y datos exhaustivos y normalizados de todos los Estados miembros. La recogida de datos y de información permite, principalmente a través de comparaciones transnacionales, la identificación y promoción de buenas prácticas basadas en pruebas en la prevención del cáncer y su control. En el pasado, estas comparaciones europeas pusieron de manifiesto claras diferencias en la supervivencia al cáncer en la UE entre países con niveles similares de bienestar y asistencia sanitaria. Como resultado de ello, algunos Estados miembros, en los que la mortalidad por cáncer a principios de la década de los noventa era significativa, han revisado y reformado en consecuencia sus políticas nacionales y registran hoy en día tasas de supervivencia más elevadas. En otras palabras, el desarrollo de un indicador europeo de buenas prácticas permite reducir ampliamente las desigualdades en materia de salud. El intercambio de información pertinente con fines estadísticos es fundamental para intervenir eficazmente en el ámbito de la salud pública y desarrollar el proceso europeo de evaluación comparativa. Conviene utilizar técnicas adecuadas de recogida y análisis de datos, por ejemplo recurriendo al anonimato, de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos personales[11].

Los registros nacionales y regionales de la incidencia de cáncer en la población desempeñan un papel fundamental en el sistema de información sobre el cáncer, ya que recogen y analizan datos sobre esta enfermedad en los Estados miembros. La incalculable contribución de estos registros representa una parte menor de los gastos totales dedicados al cáncer en la UE. Por ejemplo, la proporción del gasto público en los registros del cáncer en Finlandia era de solo el 0,0037 % del gasto total en 2007, lo que ilustra la rentabilidad de esta pequeña inversión para proporcionar los datos necesarios que permiten la adopción de políticas eficaces.

Objetivos de la acción : Disponer en 2013 de datos precisos y comparables sobre la incidencia, prevalencia, morbilidad, cura, supervivencia y mortalidad relacionadas con el cáncer en la UE.

Otras acciones podrían consistir en:

- La identificación de los obstáculos para la recogida de datos e indicadores, incluidos los legislativos y los de accesibilidad de los datos, y las soluciones para superarlos.

- El acuerdo sobre un conjunto de indicadores básicos que permitan medir y comparar a escala europea la carga del cáncer, así como la calidad de la asistencia y el impacto de las políticas en este ámbito, con un énfasis especial en las desigualdades sanitarias.

- La promoción de normas de calidad elevadas y el trabajo en red con respecto a los registros sobre el cáncer.

- La recogida de datos sobre el coste del cáncer para la sociedad.

- La realización de una encuesta de opinión a nivel europeo sobre el registro de los datos relativos al cáncer, que facilite la investigación en materia de salud pública y la planificación de sistemas de salud eficaces.

3. ACCIÓN SOSTENIBLE PARA LUCHAR CONTRA EL CÁNCER: COOPERACIÓN EN EL MARCO DE UNA ASOCIACIÓN

De conformidad con el artículo 152 del Tratado CE y el principio de subsidiariedad, la Asociación Europea de Acción contra el Cáncer se centrará en aquellas acciones que puedan realizarse a escala de la UE para prevenir y controlar el cáncer de manera más eficaz. Sobre la base de un enfoque pragmático de colaboración, esta Asociación conjunta reunirá a una amplia gama de actores en el ámbito de la UE, incluidos Estados miembros, expertos, profesionales de la salud, ONG, asociaciones de enfermos y representantes de la sociedad civil y la industria, y constituirá un modelo para las enfermedades no transmisibles en general.

La Asociación proporcionará una plataforma de análisis sobre la actual incidencia del cáncer y las tendencias al respecto, las estrategias nacionales para la prevención y el control de esta enfermedad, las insuficiencias y discrepancias y los objetivos perseguidos para la futura acción en este ámbito a nivel de la UE. A través del intercambio de información, conocimientos especializados y buenas prácticas, la Asociación contribuirá a reducir las desigualdades sanitarias, ayudando a los Estados miembros con peores resultados a prevenir y controlar más eficazmente el cáncer. Además, las actividades de promoción de la salud relacionadas con el cáncer, por ejemplo, en lo que respecta al tabaquismo, la nutrición, el ejercicio físico y el medio ambiente, se llevarán a cabo recurriendo a los mecanismos existentes, como la Plataforma europea de acción sobre alimentación, actividad física y salud y el Foro sobre salud, y no a la Asociación en sí misma. La Asociación actuará en ámbitos complementarios para garantizar un enfoque global y coherente frente al cáncer a escala de la UE.

Con el fin de avanzar en los ámbitos y las acciones antes descritos, la presente Comunicación propone una acción específica conjunta apoyada por el Programa de Salud a partir de 2010[12]. El trabajo de la Asociación se llevará a cabo en grupos de trabajo compuestos de diferentes partes interesadas (sobre la base de los cuatro ámbitos de intervención descritos en el punto 2), que trabajarán directamente en los ámbitos identificados o supervisarán el trabajo de actores, instituciones u organizaciones externos, según el caso. Se propone que las actividades de dichos grupos de trabajo estén coordinadas por un grupo de dirección, que informará a la secretaría de la Asociación y al foro abierto, que se celebrará una vez al año. Además, a través del Programa de Salud, la Comisión pretende proporcionar apoyo técnico suplementario a los grupos de trabajo, que incluya una asistencia administrativa y científica (véase la figura 1). El foro abierto anual servirá de plataforma para que los miembros de la Asociación y otras partes interesadas a escala de la UE lleguen a comprender mejor el desafío que representa el cáncer para la sociedad europea y determinen en qué ámbitos una acción conjunta puede aportar un valor añadido a los esfuerzos nacionales para luchar contra esta enfermedad.

El papel de la Comisión Europea consistirá en dar a la Asociación un enfoque práctico de cooperación, y garantizar que las acciones y actividades propuestas sean las adecuadas para intervenir en el ámbito de la UE.

Figura 1

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3.1. Próximos pasos

Se prevé que la Asociación comience su andadura durante el tercer trimestre de 2009.

Su objetivo es reunir a las partes interesadas de Europa en torno a un objetivo y un compromiso comunes, a saber, la reducción del cáncer. Con objeto de garantizar una representación justa y equitativa, la participación en esta iniciativa está, en principio, abierta a todas las partes interesadas cuyos objetivos coincidan con el objetivo general de la Asociación. Sin embargo, en aras de una representación equilibrada de todos los interesados, los miembros que participen en nombre de una organización, un ámbito de interés o un sector específicos estarán representados, en la medida de lo posible, por su organización de nivel europeo, y deberán demostrar la capacidad y la voluntad de desempeñar un papel activo en la reducción de la incidencia del cáncer en Europa. Los interesados que estén representados por una organización marco también podrán participar en la Asociación, aunque bajo los auspicios de su organización.

La presente Comunicación define en términos generales los objetivos de la acción europea contra el cáncer. Por su parte, el objetivo de la Asociación será determinar las principales actividades y acciones específicas para prevenir y luchar contra el cáncer a través del enfoque antes descrito. Esto incluye también un seguimiento y una evaluación periódica del trabajo realizado en el marco de la iniciativa. El grupo de dirección deberá informar anualmente a la secretaría de la Asociación y al foro abierto. A su vez, la secretaría de la Asociación deberá presentar informes intermedios y finales a la Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumidores (EAHC), de conformidad con los procedimientos y condiciones aplicables a las acciones conjuntas. Por otra parte, en aras de la transparencia y la responsabilidad, los objetivos y resultados de la Asociación antes mencionados se presentarán en un sitio web separado. Este sitio, denominado «Asociación Virtual», proporcionará una visión de conjunto de las iniciativas y del trabajo realizado por la Asociación y debe inscribirse en una estrategia de comunicación más amplia que garantice la difusión en toda la Comunidad.

Al término del actual marco financiero se llevará a cabo un proceso de revisión para evaluar los éxitos y los puntos débiles de la Asociación. La Comisión presentará al Consejo y al Parlamento Europeo un informe final del trabajo realizado sobre la base de la presente Comunicación, que servirá de punto de partida para definir la futura acción comunitaria sobre el cáncer.

3.2. Financiación

Las acciones en el marco de la Asociación se financiarán mediante los instrumentos financieros existentes hasta el vencimiento del actual marco financiero (2013), sin consecuencias presupuestarias adicionales. Los planes de trabajo anuales del Segundo Programa de Acción Comunitaria en el Ámbito de la Salud serán una pieza esencial en apoyo de esta Asociación estratégica. Además, otros programas comunitarios también prevén financiación pertinente a este ámbito, como el séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico y los programas de política regional.

4. CONCLUSIÓN

El cáncer afecta a un número cada vez mayor de personas y a sus familias, y representa una enorme carga para la sociedad en una Europa que envejece. Como ya han demostrado las actividades realizadas en el pasado, por ejemplo los programas «Europa contra el Cáncer» y las diferentes acciones realizadas en el marco de los Programas de Salud, la acción europea en el ámbito del cáncer puede aportar un valor añadido considerable, ya que permite luchar más eficazmente contra la carga que representa la enfermedad a nivel nacional, regional y local en el conjunto de la Comunidad. La Comisión Europea propone consolidar estos esfuerzos a través de una acción sostenible con un enfoque asociativo que reúna a una amplia gama de interesados para trabajar conjuntamente en la lucha contra el cáncer.

[1] Juntos por la salud: un planteamiento estratégico para la UE (2008–2013), COM(2007) 630.

[2] Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de abril de 2008, sobre la lucha contra el cáncer en la Unión Europea ampliada [P6-TA(2008)0121].

[3] Consejo de la Unión Europea, Conclusiones del Consejo sobre la reducción de la incidencia del cáncer, sesión nº 2876 del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores, Luxemburgo, 10 de junio de 2008.

[4] Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396 de 30.12.2006, p. 1).

[5] Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo ( DO L 229 de 30.4.2004, p. 23).

[6] Código Europeo contra el Cáncer (2003), disponible en: http://www.cancercode.org.

[7] Recomendación 2003/878/CE del Consejo, de 2 de diciembre de 2003, sobre el cribado del cáncer (DO L 327 de 16.12.2003, p. 34).

[8] Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Aplicación de la Recomendación del Consejo, de 2 de diciembre de 2003, sobre el cribado del cáncer (2008/878/CE), COM(2008) 882.

[9] Como se señala en la Recomendación, se trata de los tipos de cáncer para los que se cumplen los criterios de que el cribado solo debe practicarse si está probado que disminuye la mortalidad específica de la enfermedad, si se conocen bien los riesgos y los beneficios y si la rentabilidad del cribado es aceptable.

[10] Directiva 2001/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre la aplicación de buenas prácticas clínicas en la realización de ensayos clínicos de medicamentos de uso humano (DO L 121 de 1.5.2001, p. 34).

[11] Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DO L 281 de 23.11.1995, p. 31).

[12] En el marco del Programa de Salud, la acción conjunta se refiere a las actividades que llevan a cabo la Comunidad y uno o varios Estados miembros o la Comunidad y las autoridades competentes de otros países que participen en el Programa.

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