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Document 52008XC0620(03)

Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 70/2001

OJ C 155, 20.6.2008, p. 25–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.6.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 155/25


Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2008/C 155/05)

Ayuda no: XA 273/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Rače-Fram

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Dodeljevanje državnih pomoči za programe razvoja kmetijstva in podeželja v občini Rače-Fram

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči, pomoči de minimis in izvajanju drugih ukrepov razvoja kmetijstva in podeželja v občini Rače-Fram

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:

 

2007: 72 500 EUR

 

2008: 72 500 EUR

 

2009: 72 500 EUR

 

2010: 72 500 EUR

 

2011: 72 500 EUR

 

2012: 72 500 EUR

 

2013: 72 500 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1.   Inversiones en explotaciones agrarias para producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas y hasta el 40 % de los costes subvencionables en otras zonas,

hasta el 50 % de los costes subvencionables para inversiones en otras zonas si la inversión la realizan jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación, está incluida en el plan empresarial y cumple las condiciones establecidas en el artículo 22 del Reglamento (CE) no 1857/2006.

La ayuda se destinará a la restauración de instalaciones de la explotación, adquisición de equipo para la producción agrícola, inversiones en cultivos permanentes, y mejora de pastos y tierras agrícolas.

2.   Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 60 % de los costes subvencionables, o el 75 % en zonas desfavorecidas, en el caso de inversiones para conservar elementos patrimoniales de bienes de producción de las explotaciones, siempre que la inversión no conduzca a un aumento de la capacidad de producción de la explotación,

hasta el 100 % de los costes subvencionables para inversiones destinadas a conservar elementos del patrimonio cultural no carácter no productivo de las explotaciones (lugares de interés arqueológico o histórico),

podrá concederse una ayuda complementaria que cubra hasta el 100 % de los costes adicionales generados por la utilización de materiales tradicionales necesarios para mantener aspectos culturales de los edificios.

3.   Ayuda para el pago de primas de seguro:

el importe de la ayuda municipal es la diferencia entre el importe de la cofinanciación de primas de seguro a partir del presupuesto nacional y hasta el 50 % de los costes subvencionables de primas para asegurar cultivos y productos y contra las enfermedades del ganado.

4.   Ayuda a la concentración parcelaria:

hasta el 70 % de los costes reales judiciales y administrativos incurridos.

5.   Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad:

la ayuda podrá cubrir hasta el 70 de los costes. Se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores.

6.   Prestación de asistencia técnica:

hasta el 70 % de los costes de educación y formación de trabajadores agrícolas, servicios de asesoría, gastos resultantes de la organización de foros, concursos, exhibiciones y ferias, difusión de conocimientos científicos, elaboración de publicaciones, catálogos y sitios web. La ayuda se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores

Fecha de aplicación: Octubre de 2007 (la ayuda no se concederá hasta que se haya publicado el resumen de la misma en el sitio web de la Comisión Europea)

Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Apoyo a las PYME

Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables: El capítulo II del proyecto de normas relativas a la concesión de ayuda estatal y de ayuda de minimis y sobre la aplicación de otras medidas de desarrollo agrícola y rural en el municipio de Rače-Fram incluye medidas que constituyen ayudas estatales de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

artículo 12: Ayuda para el pago de primas de seguro,

artículo 13: Ayuda a la concentración parcelaria,

artículo 14: Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad,

artículo 15: Prestación de asistencia técnica

Sector o sectores afectados: Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Občina Rače-Fram

Grajski trg 14

SLO-2327 Rače

Dirección de Internet: http://www.race-fram.si/dokument.aspx?id=2829

Información adicional: La ayuda para el pago de primas de seguro para asegurar cultivos y productos contempla las siguientes condiciones climáticas adversas que pueden clasificarse como desastre natural: heladas tardías, granizo, rayos, incendios causados por rayos, huracanes e inundaciones.

Las normas municipales se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las medidas que deben adoptar los municipios y las disposiciones generales de aplicación (procedimiento previo a la concesión de la ayuda, acumulación, transparencia y seguimiento de la ayuda)

Ayuda no: XA 276/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Kostanjevica na Krki

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Finančna sredstva za ohranjanje in spodbujanje razvoja kmetijstva in podeželja v občini Kostanjevica na Krki

Base jurídica: Pravilnik o ohranjanju in spodbujanju razvoja kmetijstva in podeželja v občini Kostanjevica na Krki za programsko obdobje 2007–2013

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:

 

2007: 11 000 EUR

 

2008: 20 000 EUR

 

2009: 30 000 EUR

 

2010: 30 000 EUR

 

2011: 30 000 EUR

 

2012: 30 000 EUR

 

2013: 30 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1.   Inversiones en explotaciones agrarias:

el 50 % de los costes subvencionables en zonas desfavorecidas,

el 40 % de los costes subvencionables en otras zonas,

cuando parte de la ayuda a la inversión se destine a jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación, el agricultor debe tener menos de 40 años, ser por primera vez propietario de una explotación, residir con carácter permanente en la explotación, comprometerse a realizar su actividad de acuerdo con el plan de gestión de la explotación y permanecer como jefe y propietario de la explotación agrícola durante al menos los cinco años siguientes a la recepción de la ayuda. La parte de la financiación pública es un 10 % más elevada,

la ayuda se destinará a la restauración de instalaciones de la explotación y la adquisición de equipo para la producción agrícola, a inversiones en cultivos permanentes y a la mejora de pastos y tierras agrícolas.

2.   Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 100 % de los costes reales en el caso de inversiones en instalaciones de finalidad no productiva,

hasta el 60 % de los costes subvencionables, o hasta el 75 % en las zonas desfavorecidas, en el caso de inversiones destinadas a conservar elementos productivos de las explotaciones (edificios agrícolas): graneros, secaderos, colmenas, molinos, aserraderos, etc., siempre que la inversión no conduzca a un aumento de la capacidad de producción de la explotación,

podrá concederse una ayuda complementaria que cubra hasta el 100 % de los costes adicionales generados por la utilización de materiales tradicionales necesarios para mantener aspectos culturales de los edificios.

3.   Ayuda para el pago de primas de seguro:

el importe de la ayuda municipal es la diferencia entre el importe de la cofinanciación de primas de seguro a partir del presupuesto nacional y hasta el 50 % de los costes subvencionables de primas para asegurar cultivos y productos y contra las enfermedades del ganado.

4.   Ayuda a la concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes legales y administrativos subvencionables.

5.   Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad:

la ayuda podrá cubrir hasta el 100 % de los costes. Se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores.

6.   Prestación de asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes resultantes de la organización de cursos de formación, de servicios de asesoría, de organización de foros, ferias y concursos, de difusión de conocimientos científicos y de elaboración de publicaciones. La ayuda se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores

Fecha de aplicación: Octubre de 2007 (la ayuda no se concederá hasta que se haya publicado el resumen de la misma en el sitio web de la Comisión Europea)

Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Apoyo a explotaciones agrícolas y a microempresas

Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables: El capítulo II del proyecto de normas relativas a la concesión de ayudas para preservar y desarrollar la agricultura y las zonas rurales en el municipio de Kostanjevica na Krki durante el período de programación 2007-2013, incluye medidas que constituyen ayudas estatales de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

artículo 12: Ayuda para el pago de primas de seguro,

artículo 13: Ayuda a la concentración parcelaria,

artículo 14: Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad,

artículo 15: Prestación de asistencia técnica al sector agrario

Sector o sectores afectados: Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Občina Kostanjevica na Krki

Ljubljanska cesta 7

SLO-8311 Kostanjevica na Krki

Dirección de Internet: http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200787&dhid=91625

Información adicional: La ayuda para el pago de primas de seguro para asegurar cultivos y productos contempla las siguientes condiciones climáticas adversas que pueden clasificarse como desastre natural: heladas tardías, granizo, rayos, incendios causados por rayos, huracanes e inundaciones.

Las normas municipales se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las medidas que deben adoptar los municipios y las disposiciones generales de aplicación (procedimiento previo a la concesión de la ayuda, acumulación, transparencia y seguimiento de la ayuda)

Firma de la persona responsable

Župan

Mojmir PUSTOSLEMŠEK

Ayuda no: XA 277/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Videm

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Dodeljevanje državnih pomoči za programe razvoja podeželja v občini Videm

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči in drugih pomoči, ter ukrepov za programe razvoja podeželja v občini Videm

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:

 

2007: 12 074 EUR

 

2008: 12 500 EUR

 

2009: 13 000 EUR

 

2010: 13 500 EUR

 

2011: 14 000 EUR

 

2012: 14 500 EUR

 

2013: 15 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1.   Inversiones en explotaciones agrarias para producción primaria:

hasta el 50 % de la inversión subvencionable en zonas desfavorecidas,

hasta el 40 % de las inversiones subvencionables en otras zonas,

hasta el 50 % de los costes subvencionables en otras zonas, siempre que la inversión la realicen jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación.

La ayuda se destinará a la restauración de instalaciones de la explotación y adquisición de equipo para la producción agrícola, inversiones en cultivos permanentes y mejora de pastos y tierras agrícolas.

2.   Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 60 % de los costes reales, o el 75 % en zonas desfavorecidas, en el caso de inversiones en bienes de producción de las explotaciones, siempre que la inversión no conduzca a un aumento de la capacidad de producción de la explotación,

hasta el 100 % de los costes subvencionables en el caso de inversiones destinadas a conservar elementos no productivos del patrimonio cultural de la explotación (lugares de interés arqueológico o histórico),

podrá concederse una ayuda complementaria que cubra hasta el 100 % de los costes adicionales generados por la utilización de materiales tradicionales necesarios para mantener aspectos culturales de los edificios.

3.   Ayuda para el pago de primas de seguro:

el importe de la ayuda municipal es la diferencia entre el importe de la cofinanciación de primas de seguro a partir del presupuesto nacional y hasta el 50 % de los costes subvencionables de primas para asegurar cultivos y productos y contra las enfermedades del ganado.

4.   Ayuda a la concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes legales y administrativos subvencionables, incluidos los costes de inspección.

5.   Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad:

la ayuda podrá cubrir hasta el 100 % de los costes. Se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores.

6.   Prestación de asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes de formación y educación de trabajadores agrícolas, de servicios de sustitución durante los períodos de enfermedad o de vacaciones del agricultor, de servicios de asesoría prestados por terceros, gastos resultantes de la organización de foros, concursos, exhibiciones y ferias y de la elaboración de publicaciones como catálogos y sitios web. La ayuda se concederá en forma de servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en metálico a los productores

Fecha de aplicación: Octubre de 2007 (la ayuda no se concederá hasta que se haya publicado el resumen de la misma en el sitio web de la Comisión Europea)

Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Apoyo a las PYME

Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables: El capítulo II del proyecto de normas relativas a la concesión de ayuda estatal para programas de desarrollo agrícola y rural en el municipio de Videm incluye medidas que constituyen ayudas estatales de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

artículo 12: Ayuda para el pago de primas de seguro,

artículo 13: Ayuda a la concentración parcelaria,

artículo 14: Ayudas para promover la producción de productos agrícolas de calidad,

artículo 15: Prestación de asistencia técnica al sector agrario

Sector o sectores afectados: Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Občina Videm

Videm pri Ptuju 54

SLO-2284 Videm pri Ptuju

Dirección de Internet: http://ls.lex-localis.info/UradnoGlasiloObcin/VsebinaDokumenta.aspx?SectionID=fddd663f-924f-4244-9a05-d3389bdf4bbc

Información adicional: La ayuda para el pago de primas de seguro para asegurar cultivos y productos contempla las siguientes condiciones climáticas adversas que pueden clasificarse como desastre natural: heladas tardías, granizo, rayos, incendios causados por rayos, huracanes e inundaciones.

Las normas municipales se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las medidas que deben adoptar los municipios y las disposiciones generales de aplicación (procedimiento previo a la concesión de la ayuda, acumulación, transparencia y seguimiento de la ayuda)

Firma de la persona responsable

Direktorica občinske uprave

občine Videm

Mag. Darinka RATAJC

Ayuda no: XA 278/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Jesenice

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Programi razvoja podeželja v občini Jesenice 2007–2013

Base jurídica: Pravilnik o dodelitvi pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva, gozdarstva in podeželja v občini Jesenice (II. poglavje Pravilnika)

Gastos anuales previstos en el marco del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Gastos anuales previstos:

2007: 39 642 EUR

2008: 40 476 EUR

2009: 41 312 EUR

2010: 42 147 EUR

2011: 42 981 EUR

2012: 43 884 EUR

2013: 44 805 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1.   Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables para inversiones en las zonas desfavorecidas y hasta el 40 %, en las demás regiones.

Las ayudas se concederán a las inversiones en rehabilitación de instalaciones agrícolas, compra de equipo para la producción, inversiones en cultivos permanentes, mejoras agrarias y cuidado de los pastos.

2.   Para la conservación de construcciones tradicionales:

hasta el 100 % de los costes subvencionables para instalaciones sin finalidad productiva,

hasta el 60 % de los costes subvencionables para aquellas con finalidad productiva, siempre que la inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación, y hasta el 75 % en las regiones desfavorecidas.

3.   Ayudas para el pago de primas de pólizas seguros:

para completar la cofinanciación de las primas de pólizas de seguros a partir del presupuesto nacional, hasta el 50 % de los costes subvencionables para asegurar los cultivos y productos, y para asegurar a los animales contra los riesgos de enfermedad.

4.   Ayudas para la concentración parcelaria:

hasta el 50 % de los gastos legales y administrativos efectivos.

5.   Ayudas para la asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 50 % de los costes en los siguientes ámbitos: formación de los agricultores, asesoramiento, organización de foros, concursos, exposiciones, ferias, publicaciones, catálogos, páginas web, servicios de sustitución. La ayuda se concede en especie mediante servicios subvencionados y excluye los pagos directos en efectivo a los productores

Fecha de aplicación: Octubre de 2007 (la ayuda no se concederá hasta que la presente información no se haya publicado en el sitio web de la Comisión Europea)

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas)

Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables: El capítulo II de la propuesta de Reglamento sobre la concesión de ayudas para la conservación y el desarrollo agrícola, rural y forestal en el municipio de Jesenice incluye medidas que constituyen ayuda estatal de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

artículo 5: Conservación de paisajes y construcciones tradicionales,

artículo 12: Ayudas para el pago de primas de seguros,

artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria,

artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario

Sector o sectores económicos afectados: Agricultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Jesenice

Cesta železarjev 6

SLO-4270 Jesenice

Dirección de Internet: http://www.uradni-list.si/_pdf/2007/Ur/u2007087.pdf

Información adicional: La medida correspondiente al pago de primas de seguros para asegurar semillas y cosechas incluye los siguientes fenómenos climáticos adversos, asimilables a catástrofes naturales: heladas tardías de primavera, granizo, rayos e incendios provocados por rayos, tormentas e inundaciones.

El reglamento municipal cumple los requisitos del Reglamento (CE) no 1857/2006 en lo que se refiere a las medidas previstas por el municipio y a las disposiciones comunes (condiciones previas a la concesión de la ayuda, acumulación de ayudas, transparencia y control)


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