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Document 52008IP0569
Somalia #European Parliament resolution of 20 November 2008 on Somalia
Somalia
Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2008 , sobre Somalia
Somalia
Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2008 , sobre Somalia
DO C 16E de 22.1.2010, pp. 68–70
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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22.1.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 16/68 |
Somalia
P6_TA(2008)0569
Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2008, sobre Somalia
(2010/C 16 E/16)
El Parlamento Europeo,
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Vistas, entre otras, sus Resoluciones sobre la situación en Somalia, en particular, de 15 de noviembre de 2007 sobre Somalia (1) y de 19 de junio de 2008 sobre el asesinato rutinario de civiles en Somalia (2), |
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Visto el Informe de Amnistía Internacional de 1 de noviembre de 2008 titulado «El estado de los derechos humanos en el mundo», |
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Vista la declaración realizada el 8 de noviembre de 2008 por Radhika Coomaraswamy, Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para la cuestión de los niños y los conflictos armados, condenando la lapidación de la niña de 13 años Aisha Ibrahim Duhulow, |
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Vistos los diversos instrumentos regionales relativos a los derechos humanos, en especial la Carta africana sobre derechos humanos y de los pueblos de 1981 y el Protocolo de los derechos de la mujer en África de 2003, |
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Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento, |
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A. |
Considerando que la niña de 13 años, Aisha Ibrahim Duhulow, fue lapidada en Somalia el 27 de octubre de 2008, |
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B. |
Considerando que un grupo de 50 hombres llevó a cabo la lapidación en un estadio del puerto meridional de Kismayo, en presencia de unos 1 000 espectadores, |
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C. |
Considerando que fue acusada y declarada culpable de adulterio en violación de la ley islámica, pero que en realidad fue violada por tres hombres, |
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D. |
Considerando que la milicia al-Shabab, que controla Kismayo, detuvo y ordenó la lapidación de Aisha Ibrahim Duhulow, pero no detuvo a los acusados de su violación, |
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E. |
Considerando que, en el interior del estadio, miembros de las milicias abrieron fuego cuando algunas personas que estaban en él intentaron salvar la vida de Aisha Ibrahim Duholow, y mataron a tiros a un muchacho que presenciaba la escena, |
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F. |
Considerando que existen informaciones fidedignas de que los activistas de derechos humanos en Kismayo han recibido amenazas de muerte por parte de la milicia al-Shabab, que les acusa de difundir información falsa sobre el suceso, |
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G. |
Considerando que, debido a la dramática situación que existe en Somalia y a la violencia generalizada perpetrada por algunas facciones de la Alianza para la Re-Liberación de Somalia (los llamados «Tribunales Islámicos»), que están tratando de derrocar al Gobierno legítimo de Somalia, todos los días se registran en Somalia graves violaciones de los derechos humanos, |
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H. |
Considerando que estas violaciones de los derechos humanos incluyen el reciente secuestro de dos monjas católicas italianas procedentes de Kenia, transportadas a Somalia, y el aumento de ataques suicidas, que han acabado con la vida de al menos 30 personas en el norte del país durante las últimas semanas, |
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I. |
Considerando que miembros del personal de organizaciones internacionales presentes en el país han sido recientemente objeto de violencias y asesinatos, y que la mayoría de estos actos se han atribuido a miembros de grupos armados de la oposición, incluidas las milicias al-Shabab y determinadas facciones de los «Tribunales Islámicos», |
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J. |
Considerando que los insurgentes islamistas han llevado a cabo flagelaciones públicas en la capital, Mogadiscio, tratando de demostrar su creciente fuerza, |
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K. |
Considerando que estos actos brutales son una muestra de los métodos empleados por esas milicias y, en términos más generales, de los riesgos que amenazan a los derechos humanos en caso de que amplíen su control a todo el país, |
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L. |
Considerando que el Gobierno Federal Transitorio de Somalia y la Alianza para la Re-Liberación de Somalia, firmaron el 26 de octubre de 2008 en Yibuti un acuerdo de cese de las hostilidades, y que los dirigentes regionales de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD) reunida en la Cumbre Especial de Nairobi los días 28 y 29 de octubre de 2008 presentaron un plan de paz para Somalia, |
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M. |
Considerando que es esencial apoyar al Gobierno Federal Transitorio de Somalia y a su Presidente, Abdullahi Yusuf, |
1. Condena enérgicamente la lapidación de Aisha Ibrahim Duhulow, y expresa su horror ante tal acto de barbarie sufrido por la víctima de una violación de 13 años de edad;
2. Pide al Gobierno somalí que condene esta ejecución, y que adopte medidas para evitar que sucedan tales ejecuciones brutales en el futuro;
3. Pide al Gobierno somalí que publique documentos y realice declaraciones para restaurar póstumamente el honor de Aisha Ibrahim Duhulow;
4. Apoya los esfuerzos del Gobierno legítimo somalí por asegurar el control del puerto de Kismayo, y pide que los acusados de violar a Aisha Ibrahim Duhulow sean llevados a juicio con las garantías procesales debidas;
5. Pide a la UE que brinde todo el apoyo necesario para crear un Gobierno democrático duradero en Somalia y que ayude, además, al Gobierno de Somalia a asegurar su control sobre todo el país y a establecer el Estado de Derecho de manera compatible con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, con lo que se evitarán ese tipo de ejecuciones en el futuro;
6. Insta encarecidamente a la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM) a que utilice plenamente su mandato para proteger a los civiles, con especial atención a las mujeres y los niños, y pide que se le encargue controlar, investigar y denunciar los casos de violación de los derechos humanos;
7. Pide a las autoridades de Somalia y de Kenia que hagan todos los esfuerzos posibles y tomen todas las iniciativas políticas y diplomáticas necesarias para lograr la liberación de las dos monjas católicas italianas;
8. Apoya firmemente el acuerdo de Yibuti concluido entre el Gobierno Federal Transitorio de Somalia y la Alianza para la Re-Liberación de Somalia, dirigido a poner fin a numerosos años de hostilidades en Somalia, y a alcanzar una solución duradera para restaurar la paz y evitar las tropelías mencionadas en la presente Resolución;
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Estados miembros, a los Secretarios Generales de Naciones Unidas y de la Unión Africana, a los Gobiernos de la IGAD, a la Amisom y al Gobierno de Somalia.
(1) DO C 282 E de 6.11.2008, p. 479.
(2) «Textos Aprobados», P6_TA(2008)0313.