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Document 52006SC0786
Communication from the Commission to the Council - Assessment of the action taken by Portugal in response to the Council Recommendation of 20 September 2005 with a view to bringing an end to the situation of excessive government deficit
Comunicación de la Comisión al Consejo - Evaluación de las medidas adoptadas por Portugal en respuesta a la Recomendación del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, encaminada a poner fin a la situación de déficit público excesivo
Comunicación de la Comisión al Consejo - Evaluación de las medidas adoptadas por Portugal en respuesta a la Recomendación del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, encaminada a poner fin a la situación de déficit público excesivo
/* SEC/2006/0786 final */
Comunicación de la Comisión al Consejo - Evaluación de las medidas adoptadas por Portugal en respuesta a la Recomendación del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, encaminada a poner fin a la situación de déficit público excesivo /* SEC/2006/0786 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 21.6.2006 SEC(2006) 786 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Evaluación de las medidas adoptadas por Portugal en respuesta a la Recomendación del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, encaminada a poner fin a la situación de déficit público excesivo 1. PROCEDIMIENTO DE DÉFICIT EXCESIVO PARA PORTUGAL Durante los años noventa Portugal logró mejorar su situación presupuestaria. A partir de mediados de esa década, en un contexto de fuerte crecimiento económico, el déficit de las administraciones públicas disminuyó progresivamente hasta situarse por debajo del 3 % del PIB y el ratio de deuda pública se situó en una trayectoria descendente hasta aproximarse al 50 % del PIB a finales del decenio. No obstante, a partir del año 2000 las situaciones económica y presupuestaria del país comenzaron a empeorar. El ritmo de crecimiento económico disminuyó considerablemente, reflejo de las condiciones coyunturales adversas y de la debilidad estructural de la economía, más permanente. Esta disminución estuvo acompañada de un rápido deterioro estructural de la hacienda pública, de modo que en 2001 el déficit de las administraciones públicas superaba ya el 4 % del PIB. El 5 de noviembre de 2002, el Consejo decidió que existía un déficit excesivo[1] y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104, apartado 7, del Tratado, dirigió una Recomendación a Portugal con el fin de poner término a esa situación antes de 2003, como plazo límite[2]. Durante el año siguiente se aplicó una política presupuestaria más rigurosa y se logró situar el déficit público ligeramente por debajo del 3 % del PIB, aunque gracias a operaciones excepcionales de gran envergadura. En mayo de 2004, el Consejo consideró que Portugal había respetado su Recomendación y decidió derogar su Decisión de noviembre de 2002, con lo que dió por finalizado el procedimiento de déficit excesivo[3]. Al acordar derogar la Decisión de 2002, el Consejo tuvo en cuenta el compromiso de las autoridades portuguesas de aplicar las medidas necesarias para mantener el déficit por debajo del valor de referencia en 2004 y años succesivos. A pesar de estos esfuerzos de consolidación, la situación de la hacienda pública siguió siendo extremadamente frágil y los planes destinados a mantener el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB siguieron basándose en medidas excepcionales de gran envergadura. En junio de 2005, tras las elecciones generales de la primavera de 2005 y el cambio de Gobierno consiguiente, Portugal presentó una actualización de su programa de estabilidad en la que anunciaba la modificación de su estrategia presupuestaria y exponía los planes destinados a situar el déficit de las administraciones públicas por debajo del 3 % del PIB en 2008. El déficit seguiría siendo superior al 3 % del PIB de 2005 a 2007, principalmente a causa del abandono de la aplicación de medidas excepcionales y vista la revisión del crecimiento del gasto público. Se preveía que durante ese período la deuda pública superaría el 60 % del PIB y seguiría creciendo hasta 2007. Previa Recomendación de la Comisión, el 20 de septiembre de 2005 el Consejo consideró que Portugal se encontraba en una situación de déficit excesivo[4] y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104, apartado 7, del Tratado, le dirigió una Recomendación en la que le instaba a situar su déficit por debajo del 3 % del PIB, de manera creíble y duradera, antes de 2008, como plazo límite, adoptando medidas orientadas al medio plazo[5]. El Consejo estableció el plazo del 19 de marzo de 2006 para que Portugal adoptara medidas eficaces de reducción del déficit de las administraciones públicas. En concreto, el Consejo instaba a Portugal a: « limitar el deterioro de su situación presupuestaria en 2005 aplicando rigurosamente las medidas correctoras anunciadas »; « aplicar minuciosamente las medidas necesarias para garantizar una corrección del déficit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal, logrando en 2006 respecto a 2005 una reducción substancial del déficit (de aproximadamente el 1,5 % del PIB) y a continuación reducciones significativas de como mínimo el 0,75 % del PIB cada uno de los dos años siguientes »; « aplicar rápidamente reformas encaminadas a contener y reducir el gasto en los próximos años; aprovechar las oportunidades que se presenten para acelerar la reducción del déficit presupuestario y estar dispuestas a adoptar las medidas adicionales que puedan ser necesarias para lograr la corrección del déficit excesivo de aquí a 2008 ». Al mismo tiempo, Portugal debía « tener en cuenta medidas correctoras más ambiciosas si ello resulta necesario a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos para la corrección del déficit excesivo ». Las autoridades portuguesas debían velar asimismo por que « el ratio de deuda pública bruta siga una firme tendencia a la baja y se acerque al valor de referencia a un ritmo satisfactorio, asegurando que la evolución de la deuda refleje los progresos realizados en la reducción del déficit, evitando operaciones financieras que incrementen la deuda y considerando detenidamente las posibles repercusiones sobre la deuda de los grandes proyectos de inversión pública, incluidos los realizados en asociación con el sector privado ». El Consejo pedía también a las autoridades portuguesas que siguiesen « mejorando la recogida y el tratamiento de los datos del sector público ». Por último, el Consejo invitaba a las autoridades portuguesas a « garantizar la consolidación presupuestaria hacia una situación de la hacienda pública a medio plazo de proximidad al equilibrio o superávit, para lo cual, una vez que se haya corregido el déficit excesivo, deberá lograrse una reducción del déficit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal, de como mínimo el 0,5 % del PIB al año ». De conformidad con el artículo 9, apartado 3, del Reglamento 1467/97 del Consejo, modificado por el Reglamento 1056/2005 del Consejo[6], que dispone que una vez expirado el plazo aplicable para que un Estado miembro adopte medidas tras una recomendación formulada en virtud del artículo 104, apartado 7, «[…] la Comisión informará al Consejo si considera que las medidas adoptadas parecen suficientes para garantizar un avance adecuado hacia la corrección del déficit excesivo en los plazos establecidos por el Consejo, a condición de que se apliquen plenamente y la evolución económica se ajuste a las previsiones », la presente Comunicación evalúa las medidas adoptadas por Portugal tras la Recomendación del Consejo. 2. MEDIDAS ADOPTADAS POR PORTUGAL TRAS LA RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO 2.1 Saldo del presupuesto público y reforma de los gastos Saldo presupuestario en 2005 La Ley de Presupuestos de 2005, adoptada en diciembre de 2004, contemplaba un déficit de las administraciones públicas del 2,8 % del PIB en 2005, sobre la base de una previsión de crecimiento del PIB del 2,4 %. Para alcanzar ese objetivo, el presupuesto de 2005 preveía, en particular, la aplicación de medidas excepcionales por valor del 1,4 % del PIB. Tras las elecciones generales de la primavera de 2005 y el cambio de Gobierno consiguiente, la cifra del déficit público se revisó hasta el 6,2 % del PIB, como se hizo constar en la actualización de junio de 2005 del programa de estabilidad portugués y se confirmó en el presupuesto complementario adoptado por el Parlamento en julio de ese año. La amplitud de la revisión se debía a la reestimación del crecimiento del gasto público y a la adopción de una nueva estrategia presupuestaria, uno de cuyos pilares era la renuncia a las medidas excepcionales de gran envergadura. El objetivo revisado para el déficit tenía ya en cuenta una serie de medidas de corrección adoptadas a mediados de 2005, las cuales representaban cerca del 0,6 % del PIB e incluían, sobre todo, un aumento del tipo general del IVA (del 19 al 21%) y la congelación de los ascensos automáticos del personal de la administración. La actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad contemplaba un déficit público del 6,0 % del PIB[7]. Saldo presupuestario en 2006 El Parlamento portugués aprobó la Ley de Presupuestos de 2006 el 30 de noviembre de 2005, con un objetivo de déficit de las administraciones públicas del 4,6 % del PIB. El presupuesto se basa en la estrategia presupuestaria definida en la actualización de junio de 2005 del programa de estabilidad; la consecución del objetivo fijado para el déficit pasa por un gran número de medidas de corrección relativas a los gastos y a los ingresos. En cuanto al esfuerzo presupuestario, el presupuesto de 2006 prevé una reducción del saldo público estructural (es decir, el saldo ajustado en función del ciclo excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal) del 1,6 % del PIB. En 2006, la mayor parte del objetivo de consolidación presupuestaria previsto se explica por el incremento de los ingresos tributarios. Se prevé que el ratio impuestos/PIB aumente aproximadamente 1 punto porcentual en relación con las cifras de 2005. Estos ingresos adicionales proceden del aumento del IVA aprobado en julio de 2005 y del incremento de los impuestos que gravan los productos derivados del petróleo y el tabaco. La Ley de Presupuestos de 2006 ha establecido además un tramo suplementario para el impuesto sobre la renta de las personas físicas, con un tipo marginal más elevado para las rentas anuales superiores a 60 000 euros, al tiempo que se reducen las desgravaciones fiscales para los pensionistas. Se espera también que los ingresos aumenten al hilo de la mejora de la recaudación y los recortes de las ventajas tributarias, algunos de los cuales ya fueron aplicados en el presupuesto de 2005. La base impositiva mínima para las cotizaciones sociales de los trabajadores por cuenta propia aumentó también en 2005, de 1 a 1,5 veces el salario mínimo. En el capítulo de los gastos, la Ley de Presupuestos aspira a estabilizar los gastos corrientes en términos reales, para lo cual las medidas de contención se distribuyen entre los distintos ámbitos y subsectores de las administraciones públicas. Entre las principales medidas instauradas por dicha Ley cabe citar la congelación de las transferencias nominales de la administración central a las administraciones regionales y locales, que tampoco pueden aumentar su endeudamiento más allá de los niveles de finales de 2005, así como la obligación de las autoridades locales de mantener los gastos de personal en el nivel nominal de 2005. Al mismo tiempo, se han establecido normas de contratación más estrictas, con arreglo a las cuales sólo se cubren parcialmente (en promedio, solamente el 50 %) las vacantes de funcionarios de la administración central[8] y se exige la aprobación del Ministerio de Hacienda para la contratación de empleados públicos. También se ha prorrogado la congelación temporal de los ascensos automáticos aprobada a mediados de 2005. En total, según el presupuesto, el ratio gastos primarios/PIB disminuye en 0,5 puntos porcentuales respecto a las cifras de 2005. Desde febrero, cada Ministerio cuenta con interventores responsables de supervisar la ejecución del presupuesto e impedir que se produzcan desviaciones respecto a los objetivos. Por otro lado, el presupuesto de 2006 incluye disposiciones de notificación de gastos para los subsectores de las administraciones públicas, cuyo incumplimiento puede ser objeto de sanciones. Además de las medidas de corrección instauradas mediante la Ley de Presupuestos de 2006, desde mediados de 2005 se han ido aplicando diversas medidas estructurales (véase el cuadro 1) destinadas a contener y reducir los gastos de manera más duradera, con el fin de potenciar la reducción del déficit en los años venideros y contribuir a la consolidación presupuestaria a medio plazo (algunas de ellas son previas a la Recomendación del Consejo, de septiembre de 2005, en el marco del artículo 104, apartado 7, del Tratado). Cabe citar, sobre todo, la reforma de los regímenes de jubilación: se ha acelerado la eliminación gradual del régimen de jubilación de los funcionarios y su integración en el régimen general (menos generoso), con aumentos paulatinos, de 2006 a 2015, de la edad oficial de jubilación y del período mínimo de cotización, sin olvidar la modificación de la fórmula de cálculo de las prestaciones; además, se han endurecido las normas que regulan la jubilación de algunas categorías de funcionarios, en particular por lo que se refiere al derecho a la pensión de jubilación para las carreras profesionales más breves; por último, también se han endurecido las condiciones de jubilación anticipada en el régimen general de pensiones. Tambien se han introducido medidas de recorte de los gastos en el ámbito de la asistencia sanitaria. En particular, los porcentajes de reembolso del coste de los medicamentos se redujeron en agosto de 2005; se han endurecido, asimismo, las normas de los regímenes de asistencia sanitaria de grupos determinados de funcionarios; se ha puesto en marcha una revisión de los acuerdos que regulan la adquisición, por el Servicio Nacional de Salud, de servicios a proveedores privados, y, a finales de 2005, se procedió a una nueva conversión de hospitales públicos en corporaciones de titularidad pública dotadas de mayor autonomía de gestión. También se está procediendo a la reorganización de los servicios sanitarios, algunos de los cuales serán eliminados. A fin de evaluar la compatibilidad de los grandes proyectos de inversión pública con los objetivos de consolidación presupuestaria, en 2005 se adoptó un marco para el seguimiento interministerial de las repercusiones financieras de los proyectos de inversión que superan los 250 millones de euros (cerca del 0,2 % del PIB). Cuadro 1: Incidencia presupuestaria de los principales cambios de política con arreglo al programa de estabilidad de diciembre de 2005 Valores acumulados, en % del PIB, precios de 2005 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009 | Medidas de incremento de los ingresos | Impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio | 0,1 | 0,4 | 0,5 | 0,6 | 0,6 | IVA | 0,4 | 0,8 | 0,8 | 0,8 | 0,8 | Impuesto sobre los productos derivados del petróleo | - | 0,1 | 0,3 | 0,4 | 0,4 | Impuestos especiales sobre el consumo de tabaco | - | 0,1 | 0,2 | 0,3 | 0,4 | Cotizaciones sociales | 0,1 | 0,2 | 0,3 | 0,3 | 0,3 | Total de ingresos | 0,6 | 1,6 | 2,1 | 2,3 | 2,4 | Medidas de disminución de los gastos | Reforma de la administración pública (personal incluido) | 0,1 | 0,3 | 0,7 | 1,1 | 1,4 | Sanidad y seguridad social | Trabajadores del sector privado | - | 0,1 | 0,2 | 0,2 | 0,2 | Empleados públicos | - | 0,2 | 0,3 | 0,5 | 0,6 | Pago de medicamentos | - | 0,1 | 0,1 | 0,1 | 0,1 | Total de gastos | 0,1 | 0,6 | 1,3 | 1,8 | 2,3 | Incidencia total en el saldo de las administraciones públicas | 0,6 | 2,3 | 3,3 | 4,1 | 4,7 | Nota: El redondeo puede falsear la suma de los valores indicados. Fuente: Programa de estabilidad de diciembre de 2005; cálculos efectuados por los servicios de la Comisión. | Saldo presupuestario en 2007 y años posteriores Según la actualización de diciembre de 2005 de su programa de estabilidad, Portugal contempla un déficit de las administraciones públicas del 3,7 % del PIB en 2007 y prevé reducir ese porcentaje por debajo del 3 % de aquí a 2008. Prevé también proseguir la consolidación presupuestaria durante los años siguientes y se fija, por lo que se refiere a la posición presupuestaria, un objetivo a medio plazo de vuelta al equilibrio estructural, tal como se indica en el pacto de estabilidad y crecimiento. Durante los años 2007-2009, la consolidación presupuestaria se basará cada vez más en la limitación de los gastos primarios, que irá acompañada de una contribución todavía positiva aunque progresivamente menor de los ingresos tributarios (véase el cuadro 1). Esta última se alcanzará mediante nuevos aumentos anuales de los impuestos que gravan los productos derivados del petróleo y el tabaco. La contención de los gastos durante ese período estará garantizada por las medidas de corrección relativas a los regímenes de sanidad y de pensiones descritas anteriormente. También deben realizarse economías en el ámbito de la administración pública, por el efecto combinado de la reforma de la administración central, la instauración de nuevas escalas profesionales y salariales a partir de enero de 2007 y el aumento de las reasignaciones de personal dentro de los departamentos en función de las necesidades, con el fin de mejorar la gestión de los recursos humanos. De acuerdo con las declaraciones de las autoridades portuguesas, estas medidas se adoptarán a lo largo de 2006 y se aplicarán rápidamente.[9] 2.2 Deuda pública A finales de 2005 la deuda pública ascendía al 63,9 % del PIB. La actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad portugués prevé que el ratio de la deuda respecto al PIB siga aumentando en 2006 y 2007. En conjunto, eso apunta a la continuación de la tendencia alcista registrada desde 2001, que se explica por déficit primarios elevados, escaso crecimiento del PIB nominal y ajustes importantes de flujos-fondos que incrementan el endeudamiento. Según las previsiones, el ratio de deuda debería alcanzar un máximo en 2007, ligeramente por encima del 69 % del PIB, y disminuir a continuación al hilo de la vuelta a superávit presupuestarios primarios, la aceleración del crecimiento del PIB nominal y el final de los citados ajustes de flujos-fondos. A este último contribuirán, en especial, los ingresos de las operaciones de privatización, que supondrán el 1,1 % del PIB en 2006 y el 0,5 % del PIB, aproximadamente, en 2007 y 2008. La incidencia de las transacciones financieras generadoras de endeudamiento (excluidos los ingresos de las privatizaciones) representó el 1,2 % del PIB en 2005 y, según la actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad portugués, debería suponer en torno al 0,5 % del PIB en 2006 y disminuir hasta aproximarse al 0,25 % del PIB en 2007-2008, presumiblemente gracias a la reducción de las inyecciones de capital en las empresas públicas. Además, la incidencia en la deuda de la diferencia entre los déficit basados en la contabilidad de caja y en la contabilidad de devengo debería disminuir, pasando de cerca del 1 % del PIB en 2006 (el 0,7 % del PIB en 2005) a menos del 0,25 % del PIB en 2007-2009. 2.3 Recopilación y tratamiento de datos del sector público Portugal acaba de adoptar diversas medidas relativas a la recopilación y el tratamiento de datos de las administraciones públicas. En enero de 2006, el Instituto Nacional de Estadística, el Ministerio de Hacienda y el Banco de Portugal firmaron un protocolo destinado a intensificar la cooperación mutua y clarificar las responsabilidades de las distintas instituciones en materia de compilación de estadísticas de la hacienda pública. Con el fin de fomentar la recopilación de datos del sector público, el presupuesto de 2006 prevé sanciones en caso de retraso en la notificación de los datos relativos a los gastos de los subsectores de las administraciones públicas y de la base de datos sobre recursos humanos de la función pública. En paralelo, los interventores que están siendo nombrados en cada Ministerio son responsables de consolidar los datos y mejorar la calidad de la información financiera y la transparencia contable. 3. EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR PORTUGAL TRAS LA RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO La evaluación de la conformidad de las medidas descritas con la Recomendación emitida por el Consejo en virtud del artículo 104, apartado 7, se efectúa sobre la base de las previsiones económicas de la primavera de 2006 publicadas por los servicios de la Comisión, la Ley de Presupuestos de 2006 y la actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad portugués. Después de que en 2005 se registrara un crecimiento del PIB real del 0,3 %, la hipótesis macroeconómica que sirve de base para la actualización del programa de estabilidad prevé un crecimiento del PIB del 1,1 % en 2006, 1,8 % en 2007, 2,4 % en 2009, y, finalmente, del 3 % en 2009. Se trata de una hipótesis más prudente que la contemplada en la Recomendación emitida por el Consejo en septiembre de 2005, de conformidad con el artículo 104, apartado 7. Habida cuenta del empeoramiento ulterior de las perspectivas económicas, las previsiones económicas de la primavera de 2006 elaboradas por los servicios de la Comisión prevén un crecimiento del PIB del 0,9 % en 2006 y del 1,1 % en 2007. 3.1 Saldo del presupuesto público y reforma de los gastos Saldo presupuestario en 2005 La Recomendación adoptada por el Consejo en aplicación del artículo 104, apartado 7, exigía que en 2005 se limitara el deterioro de la situación presupuestaria mediante la aplicación rigurosa de las medidas de corrección anunciadas. De hecho, el 1 de abril, las autoridades portuguesas anunciaron que el déficit de las administraciones públicas correspondiente a 2005 ascendía al 6,0 % del PIB, por debajo del objetivo del 6,2 % del PIB contemplado en la actualización de junio de 2005 del programa de estabilidad portugués (adoptado implícitamente por el Consejo en la Recomendación formulada en virtud del artículo 104, apartado 7) y en consonancia con el objetivo del 6,0 % del PIB que figura en la actualización de diciembre de 2005 del citado programa[10]. El objetivo del déficit se alcanzó a pesar de que el nivel de gastos hubiese rebasado las previsiones, ya que el incremento de los ingresos permitió compensar totalmente ese rebasamiento[11]. Saldo presupuestario en 2006 La ejecución íntegra del presupuesto de 2006 debería permitir lograr la mejora del 1,5 % del PIB del saldo público estructural (es decir, la variación del saldo corregido en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas temporales) exigida por el Consejo para 2006, en la hipótesis de que el crecimiento del PIB real se ciña globalmente a las previsiones. Sobre la base de una evaluación prudente de las medidas anunciadas en el presupuesto de 2006 y en la actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad, con un grado de detalle suficiente para poder evaluarlas adecuadamente, las previsiones económicas de la primavera de 2006 establecidas por los servicios de la Comisión contemplaban un déficit del 5 % del PIB en 2006, por encima del objetivo oficial del 4,6 % del PIB. Según los cálculos de la Comisión, la corrección del déficit estructural entre 2005 y 2006 que se desprende de las citadas previsiones de los servicios de la Comisión rebasaría ligeramente el 1 % del PIB, de modo que seguiría siendo inferior al mínimo recomendado por el Consejo. La diferencia entre las previsiones de la Comisión y el objetivo oficial es reflejo de diversas incertidumbres relativas al saldo presupuestario en 2006, en relación con las distintas medidas de contención del gasto y con la eficacia de los mecanismos de control correspondientes, que todavía no se ha comprobado[12]. Ciertamente, los datos preliminares relativos a la ejecución del presupuesto (según el criterio de caja) correspondientes a la primera parte de 2006 indican que, en conjunto, la planificación presupuestaria se ha respetado globalmente durante los primeros meses de 2006, en particular por lo que respecta al subsector público. No obstante, persisten aún las incertidumbres, sobre todo en cuanto a la posibilidad de lograr todos los objetivos previstos en materia de contención de los gastos, en concreto de los vinculados a las transferencias sociales no realizadas en especie, que en 2005 fueron superiores a las previsiones en las que se basan los planes presupuestarios de 2006[13], así como de los realizados en el ámbito de la sanidad y por las administraciones locales y regionales. Además, puede que deba transcurrir más tiempo que el previsto para que otras medidas de contención del gasto hagan sentir sus efectos. Desvíos de los gastos en los ámbitos mencionados, agravados quizás por otros desvíos de menor importancia, podrían hacer que el déficit se situase más cerca del 5 % del PIB que del objetivo oficial (4,6 % del PIB). En paralelo, en lo tocante a los ingresos, si bien no cabe excluir que se materialicen algunos riesgos de ralentización de la actividad económica, es posible que la mejora de la recaudación tributaria registrada en 2004 y 2005 prosiga durante 2006. Los datos preliminares indican que tal pudiera ser el caso por lo que respecta a las cotizaciones sociales, por ejemplo. Cuadro 2: Saldos presupuestarios y deuda en % del PIB | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009 | Saldo presupuestario en 2007 y años posteriores Suponiendo que se apliquen todas las medidas descritas en la actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad portugués, lograr el objetivo de déficit para 2007 (3,7% del PIB) supondría una reducción cercana al 0,75 % del PIB (véase el cuadro 2) del déficit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y temporales. Si se prosiguiese el ajuste presupuestario (reducción próxima al 0,75 % del PIB), en 2008 se alcanzaría un déficit inferior al 3 % del PIB, lo que se ajustaría a la Recomendación del Consejo. Transcurrido 2008, el ritmo del ajuste hacia el objetivo a medio plazo establecido en el programa es compatible con la mejora anual mínima del 0,5 % del PIB solicitada por el Consejo por lo que respecta al saldo estructural, pese a que el objetivo a medio plazo no se alcanzará en 2009. Según la hipótesis habitual de mantenimiento de las políticas existentes, las previsiones económicas de la primavera de 2006 de los servicios de la Comisión prevén que el déficit de las administraciones públicas se sitúe en el 4,9 % del PIB en 2007, sobre la base de una tasa de crecimiento del PIB del 1,1 %. Lo que indicaría una paralización casi total de la consolidación presupuestaria al hilo de la constante presión para el aumento de los gastos. No obstante, esta previsión tiene en cuenta: i) la posibilidad de que el crecimiento económico sea inferior al previsto; ii) el hecho de que aunque se hayan anunciado algunas medidas suplementarias de control de los gastos, en particular en el sector de la administración pública, la legislación correspondiente todavía se habrá de adoptar a lo largo del año[14] Por ejemplo, según la actualización de diciembre de 2005 del pacto de estabilidad, los cambios en la organización de la administración pública deberían permitir ahorros equivalentes aproximadamente al 0,5 % del PIB en 2007 en relación con 2006[15]. Globalmente, la consecución de los objetivos en materia de déficit depende de la aplicación integral de las medidas descritas en el programa de estabilidad, que deberán ser reforzadas o completadas convenientemente mediante nuevas medidas en caso de que se revelen insuficientes. 3.2 Deuda pública Si se lograra, la reducción prevista del ratio deuda/PIB después de 2007 sería también coherente con las recomendaciones del Consejo en el sentido de que la evolución de la deuda debería reflejar los avances en la reducción del déficit y la disminución de las operaciones financieras que aumentan la deuda. Según las previsiones económicas de primavera de 2006 elaboradas por los servicios de la Comisión, el ratio de la deuda pública debería situarse en el 68,4 % del PIB en 2006 y el 70,6% del PIB en 2007. Existen grandes incertidumbres acerca de la trayectoria de reducción de la deuda, ya que depende de la consecución de los ambiciosos objetivos de reducción del déficit, la ejecución de planes de privatización de gran envergadura y el recorte efectivo de las operaciones financieras generadoras de deuda, en particular las inyecciones de capital en las empresas públicas no financieras, lo que representaría una ruptura con las prácticas recientes. El riesgo de que el perfil del crecimiento del PIB pueda ser inferior a las previsiones agrava las incertidumbres. 3.3 Recopilación y tratamiento de datos del sector público La calidad de los datos de las administraciones públicas ha mejorado. En particular, ha aumentado la disponibilidad de cuentas infraanuales, según el criterio de contabilidad de caja, para los distintos subsectores de las administraciones públicas. El 24 de abril de 2006, tras la notificación, el 1 de ese mes, del déficit y del endeudamiento públicos, Eurostat suprimió sus reservas respecto a los datos portugueses[16]. No obstante, las revisiones de las cifras del déficit público desde mediados de 2005, relacionadas en parte con la labor de mejora de la calidad de las estadísticas, han sido relativamente importantes[17]; además, la naturaleza de estas revisiones sigue siendo indicio de la existencia de deficiencias en la recogida de los datos relativos a los gastos pendientes de pago. 4. CONCLUSIONES Vista la información disponible, todo indica que Portugal ha adoptado medidas que le permiten avanzar en la buena dirección para la corrección del déficit excesivo en los plazos establecidos por el Consejo. En particular, Portugal: - alcanzó, en 2005, un déficit de las administraciones públicas conforme a los objetivos; - desde mediados de 2005 ha adoptado, en particular en la Ley de Presupuestos de 2006, una amplia serie de medidas de corrección que, en caso de ser aplicadas de manera plena y eficaz, permitirán reducir en 2006 el déficit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas temporales, de conformidad con la Recomendación del Consejo; - se ha fijado para 2008 un objetivo de déficit público nominal inferior al 3 % y prevé reducir gradualmente durante los años 2007-2008 el déficit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas temporales, de acuerdo con la Recomendación del Consejo; - ha aplicado o iniciado la aplicación de varias medidas de carácter permanente destinadas a contener y reducir los gastos, y ha mantenido los objetivos presupuestarios que había anunciado a pesar de una revisión más prudente de las perspectivas de crecimiento del PIB; - prevé situar el ratio de deuda pública bruta en una trayectoria descendente a partir de 2008, gracias a la recuperación prevista de superávit primarios, la contribución de los cuantiosos recursos derivados de operaciones de privatización y la reducción de las operaciones financieras que incrementan el endeudamiento; - ha mejorado la calidad de los datos de las administraciones públicas. No obstante, la corrección del déficit excesivo dentro del plazo de 2008 y la reducción del ratio de endeudamiento están sometidas a riesgos e incertidumbres considerables. En particular, como se destaca en las previsiones económicas de la primavera de 2006 de los servicios de la Comisión, la contención de los gastos en 2006 y la consecución de los objetivos fijados para el déficit en 2007 y años posteriores dependen de manera crucial de que todas las medidas de corrección anunciadas se plasmen rápidamente en legislación y se apliquen con eficacia. Si las medidas no son aplicadas plenamente o resultan ineficaces, o si se materializan los riesgos de empeoramiento de la situación económica prevista, será necesario redoblar los esfuerzos de corrección con el fin de alcanzar los objetivos fiscales, de acuerdo con la Recomendación del Consejo. Una ejecución estricta del presupuesto de 2006 y un presupuesto riguroso para 2007, en plena consonancia con la Recomendación del Consejo, serán esenciales en aras del mantenimiento de la corrección del déficit excesivo. A la luz de todo lo expuesto, la Comisión no considera necesario que por ahora se impongan medidas adicionales a efectos del procedimiento relativo al déficit excesivo en Portugal. La Comisión seguirá controlando atentamente la evolución presupuestaria de Portugal, de acuerdo con el Tratado y el pacto de estabilidad y crecimiento, en particular debido a la frágil situación de la hacienda pública. [1] DO L 322 de 27.11.2002, p. 30. [2] http://register.consilium.eu.int/pdf/es/02/st13/13531-r2es2.pdf#page=2 [3] DO L 47 de 18.2.2005, p. 24. [4] DO L 274 de 20.10.2005, p. 91. [5] http://register.consilium.eu.int/pdf/es/05/st12/st12401.es05.pdf#page=2 [6] Respectivamente, DO L 209 de 2.8.1997 y DO L 174 de 7.7.2005. [7] En relación con el programa de estabilidad de junio de 2005, los saldos nominales de las administraciones públicas se revisaron «mecánicamente» a la baja en cerca de 0,25 puntos porcentuales del PIB, modificación debida enteramente a una fuerte corrección al alza (4,5 %) de las series del PIB (en el contexto de una revisión comparativa de la Contabilidad Nacional efectuada en numerosos Estados miembros) aplicada en agosto de 2005. Los objetivos de diciembre de 2005 se modificaron en consecuencia. Una nueva revisión de las series del PIB en marzo de 2006 dio como resultado una corrección al alza (cercana al 1,5 %) del nivel del PIB. Esta última revisión se debe a una modificación del tratamiento contable de los SIFMI. [8] El 3 de mayo de 2006 se volvieron a reducir a la mitad las contrataciones de personal previstas en la administración central para el resto del año. [9] Además, el pasado abril, las autoridades portuguesas presentaron al Parlamento los principios de una reforma del régimen general de pensiones. Queda pendiente una propuesta legislativa detallada en la que se definan las modalidades de aplicación de los cambios previstos. [10] Véase la nota a pie de página nº 7. [11] La cifra de los gastos totales consignada en la Contabilidad Nacional preliminar para 2005 indica un rebasamiento próximo al 2 %, de lo que resulta un ratio gastos totales/PIB superior en cerca de 0,5 puntos porcentuales a las proyecciones de la actualización de diciembre de 2005 del programa de estabilidad. No obstante, una parte de ese aumento se debía a una contribución excepcional a la UE, de aproximadamente el 0,15 % del PIB, tras la revisión al alza de las series de la RNB portuguesa en agosto de 2005. [12] Conviene señalar también que la asignación de una parte de los ingresos del IVA al régimen de pensiones de los funcionarios (CGA) a partir de julio de 2005 (1 % del tipo impositivo normal, 21 %) ha propiciado la reducción de las cotizaciones sociales pagadas por el Estado al CGA. Sin dicha asignación, los ratios de gastos e ingresos públicos serían superiores, aproximadamente un 0,1 % del PIB en 2005 y un 0,3 % del PIB en 2006 (y, así pues, carecerían de incidencia en el saldo de las administraciones públicas). [13] Además, el aparente cambio de los patrones de jubilación desde el anuncio de las modificaciones de las normas de jubilación, en concreto el aumento de las solicitudes de jubilación, agravan las incertidumbres. [14] El programa de estabilidad no ofrece indicación alguna sobre el patrón de crecimiento de los gastos en una situación de mantenimiento de las políticas en vigor. [15] El programa de estabilidad no ofrece indicación alguna sobre el patrón de crecimiento de los gastos en una situación de mantenimiento de las políticas en vigor. [16] Comunicado de prensa de Eurostat n° 48/2006. [17] En el informe de septiembre de 2005, las cifras de déficit para 2002 y 2004 se revisaron al alza (cerca del 0,2 % del PIB cada año) con el fin de incluir los gastos atrasados que no se habían incluido en el informe anterior. En el informe de abril de 2006, el déficit de 2004 se volvió a revisar al alza, hasta el 3,2 % del PIB (aumento del 0,25 % del PIB), tras analizar la información proporcionada por las administraciones locales, más completa, y reclasificar préstamos como gastos de capital. En la práctica, el efecto de estas revisiones en los ratios déficit/PIB fue ligeramente inferior a lo indicado, dada la revisión al alza de las series del PIB en las cifras del déficit (véase la nota a pie de página nº 7).