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Document 32021D0511
Council Decision (EU) 2021/511 of 22 March 2021 amending Decision 1999/70/EC concerning the external auditors of the national central banks, as regards the external auditors of Eesti Pank
Decisión (UE) 2021/511 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta a los auditores externos del Eesti Pank
Decisión (UE) 2021/511 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta a los auditores externos del Eesti Pank
ST/6003/2021/INIT
OJ L 103, 24.3.2021, p. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
24.3.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 103/3 |
DECISIÓN (UE) 2021/511 DEL CONSEJO
de 22 de marzo de 2021
por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta a los auditores externos del Eesti Pank
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Protocolo n.o 4 sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 27, apartado 1,
Vista la Recomendación del Banco Central Europeo, de 4 de febrero de 2021, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Eesti Pank (BCE/2021/5) (1).
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro deben ser controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
(2) |
El mandato de los auditores externos del Eesti Pank expiró después de la auditoría del ejercicio de 2020. Por lo tanto, es preciso nombrar a los auditores externos a partir del ejercicio de 2021. |
(3) |
El Eesti Pank ha seleccionado a Ernst & Young Baltic AS como auditor externo para los ejercicios de 2021 a 2025. |
(4) |
El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que Ernst & Young Baltic AS sea nombrado auditor externo del Eesti Pank para los ejercicios de 2021 a 2025. |
(5) |
A raíz de la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE, la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) debe modificarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 17 se sustituye por el texto siguiente:
«17. Se aprueba que Ernst & Young Baltic AS sea el auditor externo del Eesti Pank para los ejercicios de 2021 a 2025.».
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es el Banco Central Europeo.
Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2021.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) DO C 47 de 10.2.2021, p. 2.
(2) Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).