EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32021D0511

Decisión (UE) 2021/511 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta a los auditores externos del Eesti Pank

ST/6003/2021/INIT

OJ L 103, 24.3.2021, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/511/oj

24.3.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 103/3


DECISIÓN (UE) 2021/511 DEL CONSEJO

de 22 de marzo de 2021

por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta a los auditores externos del Eesti Pank

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo n.o 4 sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 27, apartado 1,

Vista la Recomendación del Banco Central Europeo, de 4 de febrero de 2021, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Eesti Pank (BCE/2021/5) (1).

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro deben ser controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

El mandato de los auditores externos del Eesti Pank expiró después de la auditoría del ejercicio de 2020. Por lo tanto, es preciso nombrar a los auditores externos a partir del ejercicio de 2021.

(3)

El Eesti Pank ha seleccionado a Ernst & Young Baltic AS como auditor externo para los ejercicios de 2021 a 2025.

(4)

El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que Ernst & Young Baltic AS sea nombrado auditor externo del Eesti Pank para los ejercicios de 2021 a 2025.

(5)

A raíz de la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE, la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 17 se sustituye por el texto siguiente:

«17.   Se aprueba que Ernst & Young Baltic AS sea el auditor externo del Eesti Pank para los ejercicios de 2021 a 2025.».

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es el Banco Central Europeo.

Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES


(1)  DO C 47 de 10.2.2021, p. 2.

(2)  Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).


Top