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Document 32019R0934R(02)

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las zonas vitícolas donde el grado alcohólico pueda verse incrementado, las prácticas enológicas autorizadas y las restricciones aplicables a la producción y conservación de los productos vitícolas, el porcentaje mínimo de alcohol para subproductos y la eliminación de estos, y la publicación de las fichas de la OIV (Diario Oficial de la Unión Europea L 149 de 7 de junio de 2019)

C/2019/8042

OJ L 289, 8.11.2019, p. 59–59 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LT, HU, MT, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
OJ L 289, 8.11.2019, p. 60–60 (HR, LV, NL, PL)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2019/934/corrigendum/2019-11-08/oj

8.11.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 289/59


Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las zonas vitícolas donde el grado alcohólico pueda verse incrementado, las prácticas enológicas autorizadas y las restricciones aplicables a la producción y conservación de los productos vitícolas, el porcentaje mínimo de alcohol para subproductos y la eliminación de estos, y la publicación de las fichas de la OIV

(Diario Oficial de la Unión Europea L 149 de 7 de junio de 2019)

En la página 9, en el anexo I, parte A, cuadro 1, en la columna 2 de la línea 2:

donde dice:

«Sujetos a las condiciones establecidas en las fichas 1.8 (1970), 2.4.4 (1988), 3.4.3 (1988), 3.4.3.1 (1990) del Código de prácticas enológicas de la OIV.»,

debe decir:

«Sujetos a las condiciones establecidas en las fichas 1.8 (1970), 2.2.4 (1988), 3.4.3 (1988) y 3.4.3.1 (1990) del Código de prácticas enológicas de la OIV.».

En la página 10, en el anexo I, parte A, cuadro 1, en la cuarta frase de la columna 2 de la línea 14:

donde dice:

«Sujeto a las condiciones establecidas en las fichas 2.1.3.1.3 (2010), 2.1.3.2.4 (2012), 3.1.1.4 (2010) y 3.1.2.3 (2012) del Código de prácticas enológicas de la OIV.»,

debe decir:

«Sujeto a las condiciones establecidas en las fichas 2.1.3.1.3 (2010), 2.1.3.2.4 (2012), 3.1.1.4 (2010) y 3.1.2.4 (2012) del Código de prácticas enológicas de la OIV.».

En la página 16, en el anexo I, parte A, cuadro 2, en la columna 3 de la línea 5.13:

donde dice:

«Ficha 2.1.22 (2009); 3.2.1 (2011); 3.2.12 (2009); 3.2.1 (2009)»,

debe decir:

«Ficha 2.1.22 (2009); 3.2.1 (2011); 3.2.12 (2009)».

En la página 16, en el anexo I, parte A, cuadro 2, en la columna 3 de la línea 5.14:

donde dice:

«Ficha 2.1.23 (2009); 3.2.1 (2011); 3.2.13 (2009); 3.2.1 (2009)»,

debe decir:

«Ficha 2.1.23 (2009); 3.2.1 (2011); 3.2.13 (2009)»


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