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Document 32019D0010
Decision (EU) 2019/685 of the European Central Bank of 18 April 2019 on the total amount of annual supervisory fees for 2019 (ECB/2019/10)
Decisión (UE) 2019/685 del Banco Central Europeo, de 18 de abril de 2019, sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 (BCE/2019/10)
Decisión (UE) 2019/685 del Banco Central Europeo, de 18 de abril de 2019, sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 (BCE/2019/10)
DO L 115 de 2.5.2019, p. 16–19
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
2.5.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 115/16 |
DECISIÓN (UE) 2019/685 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 18 de abril de 2019
sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 (BCE/2019/10)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (1), en particular el artículo 30,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1163/2014 del Banco Central Europeo, de 22 de octubre de 2014, sobre las tasas de supervisión (BCE/2014/41) (2), en particular el artículo 3, apartado 1, y el artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El importe total de las tasas anuales de supervisión que debe recaudarse conforme al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1163/2014 (BCE/2014/41), debe cubrir, pero no exceder, los gastos que efectúe el Banco Central Europeo (BCE) en relación con sus funciones de supervisión en el período de la tasa correspondiente. Estos gastos consisten en costes relacionados directamente con las funciones de supervisión del BCE, como los de supervisión directa de las entidades significativas, vigilancia de la supervisión de las entidades menos significativas, y desempeño de funciones horizontales y servicios especializados. Asimismo incluyen costes relacionados indirectamente con las funciones de supervisión del BCE, como los correspondientes a los servicios de apoyo del BCE en cuestiones como equipamiento y mantenimiento, gestión de recursos humanos, servicios administrativos, presupuesto y control, contabilidad, servicios jurídicos, comunicación y servicios de traducción, auditoria interna, estadística, y tecnología informática. |
(2) |
Para calcular las tasas anuales de supervisión exigibles a las entidades supervisadas significativas y los grupos supervisados significativos, así como a las entidades supervisadas menos significativas y los grupos supervisados menos significativos, los gastos totales deben dividirse sobre la base de su asignación a las unidades pertinentes que llevan a cabo la supervisión directa de las entidades supervisadas significativas y los grupos supervisados significativos, y la supervisión indirecta de las entidades supervisadas menos significativas y los grupos supervisados menos significativos. |
(3) |
El importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 es la suma de: a) los gastos anuales de supervisión estimados para 2019 sobre la base del presupuesto del BCE aprobado para ese año y de toda evolución de los gastos anuales estimados que el BCE espere efectuar y que se conozca en el momento de adoptar la presente Decisión, y b) el superávit o déficit de 2018. |
(4) |
El superávit o déficit se determina deduciendo los gastos anuales de supervisión efectivos de 2018, según constan en las cuentas anuales del BCE de ese año (3), de los gastos anuales estimados para 2018 conforme al anexo de la Decisión (UE) 2018/667 del Banco Central Europeo (BCE/2018/12) (4). |
(5) |
Conforme al artículo 5, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1163/2014 (BCE/2014/41), al determinar los gastos anuales de supervisión estimados para 2019, debe tenerse en cuenta también todo importe no cobrable de períodos de la tasa previos, todo pago de intereses recibido conforme al artículo 14, y todo importe recibido o reembolsado conforme al artículo 7, apartado 3, de dicho reglamento. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Definiciones
A efectos de la presente Decisión, se aplicarán las definiciones del Reglamento (UE) n.o 468/2014 del Banco Central Europeo (BCE/2014/17) (5) y del Reglamento (UE) n.o 1163/2014 (BCE/2014/41).
Artículo 2
Importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019
1. El importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 será de 576 020 336 EUR, según el cálculo que se expone en el anexo I.
2. Cada categoría de entidades y grupos supervisados pagará el siguiente importe total de tasas anuales de supervisión:
a) |
entidades supervisadas significativas y grupos supervisados significativos: 524 196 987 EUR; |
b) |
entidades supervisadas menos significativas y grupos supervisados menos significativos: 51 823 349 EUR. |
El desglose del importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019 entre las dos categorías figura en el anexo II.
Artículo 3
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 18 de abril de 2019.
El presidente del BCE
Mario DRAGHI
(1) DO L 287 de 29.10.2013, p. 63.
(2) DO L 311 de 31.10.2014, p. 23.
(3) Publicadas en febrero de 2019 en la dirección del BCE en internet, www.ecb.europa.eu.
(4) Decisión (UE) 2018/667 del Banco Central Europeo, de 19 de abril de 2018, sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2018 (BCE/2018/12) (DO L 111 de 2.5.2018, p. 3).
(5) Reglamento (UE) n.o 468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (BCE/2014/17) (DO L 141 de 14.5.2014, p. 1).
ANEXO I
Cálculo del importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019
(EUR) |
|
Gastos anuales estimados para 2019 |
559 007 136 |
Salarios y prestaciones |
264 525 116 |
Alquiler y mantenimiento de edificios |
58 866 157 |
Otros gastos corrientes |
235 615 863 |
Superávit/déficit de 2018 |
15 332 187 |
Importes que deben tenerse en cuenta en virtud del artículo 5, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1163/2014 (BCE/2014/41) |
1 681 013 |
Importes no cobrables de períodos de la tasa previos |
0 |
Pagos de intereses recibidos conforme al artículo 14 de dicho reglamento |
– 9 626 |
Importes recibidos o reembolsados conforme al artículo 7, apartado 3, de dicho reglamento |
1 690 639 |
TOTAL |
576 020 336 |
ANEXO II
Desglose del importe total de las tasas anuales de supervisión para 2019
(EUR) |
|||
|
Entidades supervisadas significativas y grupos supervisados significativos |
Entidades supervisadas menos significativas y grupos supervisados menos significativos |
Total |
Gastos anuales estimados para 2019 |
508 696 494 |
50 310 642 |
559 007 136 |
Superávit/déficit de 2018 |
13 952 290 |
1 379 897 |
15 332 187 |
Importes que deben tenerse en cuenta en virtud del artículo 5, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1163/2014 (BCE/2014/41) |
1 548 203 |
132 810 |
1 681 013 |
Importes no cobrables de períodos de la tasa previos |
0 |
0 |
0 |
Pagos de intereses recibidos conforme al artículo 14 de dicho reglamento |
– 7 918 |
– 1 708 |
– 9 626 |
Importes recibidos o reembolsados conforme al artículo 7, apartado 3, de dicho reglamento |
1 556 121 |
134 518 |
1 690 639 |
TOTAL |
524 196 987 |
51 823 349 |
576 020 336 |