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Document 32018D2011

Decisión (PESC) 2018/2011 del Consejo, de 17 de diciembre de 2018, en apoyo de las políticas, los programas y las acciones que integran la perspectiva de género en la lucha contra el tráfico y el uso indebido de las armas pequeñas, en consonancia con la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad

ST/14645/2018/INIT

OJ L 322, 18.12.2018, p. 38–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/10/2022: This act has been changed. Current consolidated version: 02/12/2021

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2018/2011/oj

18.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 322/38


DECISIÓN (PESC) 2018/2011 DEL CONSEJO

de 17 de diciembre de 2018

en apoyo de las políticas, los programas y las acciones que integran la perspectiva de género en la lucha contra el tráfico y el uso indebido de las armas pequeñas, en consonancia con la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 19 de noviembre de 2018, el Consejo adoptó la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición, titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE contra las APAL»), que establece directrices para la actuación de la Unión en materia de armas pequeñas y ligeras (en lo sucesivo, «APAL»). Se declara en la Estrategia que la Unión incorporará sistemáticamente la perspectiva de género en la formulación de nuevos proyectos relativos a la lucha contra la violencia armada y al control de las APAL en general, y la puesta en común de buenas prácticas en ese sentido.

(2)

El 3 de abril de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/633 (1) en apoyo del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. La Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (OADNU) realizó las acciones financiadas en virtud de dicha Decisión, acciones que incluyeron la organización de un seminario temático titulado «Armas pequeñas y ligeras y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, incluido el objetivo de desarrollo sostenible n.o 16 y los aspectos de género en el control de las armas pequeñas y ligeras».

(3)

El 28 de mayo de 2018, el Consejo adoptó unas conclusiones sobre la posición de la Unión acerca de la lucha contra el tráfico ilícito de APAL, a la luz de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas para Examinar los Progresos Alcanzados en la Ejecución del Programa de Acción celebrada en junio de 2018. Uno de los objetivos principales de la Unión para los resultados de la Conferencia de Examen es el reconocimiento de las distintas consecuencias que tiene la violencia armada en mujeres, hombres, niñas y niños, y la promoción del papel de las mujeres en la aplicación del Programa de Acción y la introducción en las acciones de control de APAL de la concienciación sobre las cuestiones de género, como condición para su eficacia.

(4)

El 30 de junio de 2018, la Tercera Conferencia de Examen de las Naciones Unidas para Examinar los Progresos Alcanzados en la Ejecución del Programa de Acción adoptó un documento final en el que los Estados declaraban que seguían gravemente preocupados por el efecto negativo del tráfico ilícito de APAL en las mujeres, los hombres, las niñas y los niños, y reconocían que la eliminación del tráfico ilícito de APAL es una parte fundamental de la lucha contra la violencia de género, y reconocían también la necesidad de fortalecer la participación de las mujeres en los procesos de toma de decisiones y de ejecución relativos al Programa de Acción y el Instrumento Internacional de Localización, y reafirmaban la necesidad de que los Estados incorporasen ampliamente los aspectos de género en sus esfuerzos de ejecución. Los Estados también se han comprometido a alentar la incorporación de las consideraciones de género en las políticas y los programas relativos a las APAL, incluso en los aspectos de formulación, planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas, teniendo en cuenta, según proceda, las directrices y normas pertinentes. Los Estados han decidido alentar la ejecución coordinada de los planes de acción nacionales sobre las APAL con los planes de acción nacionales establecidos en virtud de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y de la meta 16.4 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y alentar la compilación de datos desglosados por sexos sobre el tráfico ilícito de APAL, incluso mediante la preparación de informes nacionales, y ampliar la comprensión de las consecuencias específicas que tiene para los hombres y las mujeres el tráfico ilícito de APAL, especialmente con el fin de mejorar las políticas y los programas nacionales correspondientes.

(5)

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha instado en varias ocasiones a tratar la participación significativa de las mujeres, la prevención de los conflictos y la violencia, incluida la violencia sexual relacionada con los conflictos, y el auxilio y la recuperación posteriores a los conflictos.

(6)

En su Agenda para el Desarme, titulada «Asegurar nuestro futuro común», que se presentó el 24 de mayo de 2018, el secretario general de las Naciones Unidas instó a que todos los Estados incorporen las perspectivas de género en la evolución de las legislaciones nacionales y en las políticas de desarme y control de armas, teniendo en cuenta los aspectos de género en materia de propiedad de las armas y de uso y uso indebido de las armas, el impacto diferenciado en mujeres y hombres del uso de armas, las formas en que los roles asignados a cada género pueden definir el control de armas, las políticas y prácticas de desarme, y la participación plena y equitativa de las mujeres en todos los procesos de toma de decisiones relacionados con el desarme y la seguridad internacional.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   El objetivo principal de la presente Decisión es contribuir a la paz, la seguridad, la igualdad de género y el desarrollo sostenible en el ámbito internacional mediante la mejora de la eficacia de las medidas de control de armas pequeñas a través del fomento de enfoques basados en análisis sistemáticos de género, la integración de las perspectivas de género y las iniciativas de empoderamiento de las mujeres. La presente Decisión apoyará la aplicación de los resultados pertinentes desde el punto de vista del género de la Tercera Conferencia de 2018 de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción. La presente Decisión contribuirá también al programa internacional de actuación más amplio sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en consonancia con la agenda sobre las mujeres y la paz y la seguridad y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

2.   A fin de lograr los objetivos indicados en el apartado 1, la presente Decisión apoyará acciones que:

pongan en práctica los módulos sobre «Mujeres, hombres y la dimensión de género de las armas pequeñas y ligeras» y sobre «Niños, adolescentes, jóvenes y armas pequeñas y ligeras» del Compendio de Módulos sobre la Ejecución del Control de Armas Pequeñas (MOSAIC),

elaboren un manual formativo que sirva de documento de orientación y garanticen que todas las acciones se ejecuten con arreglo a las actuales normas de las Naciones Unidas,

formen al personal y a los formadores de los centros regionales de las Naciones Unidas y al personal de la secretaría de las organizaciones regionales y subregionales en relación con la integración de las perspectivas de género en las políticas y marcos de armas pequeñas para asegurar un enfoque sistemático del asunto,

formen a funcionarios nacionales de dieciocho países en materia de integración de la perspectiva de género y control de armas pequeñas,

fomenten las perspectivas de género, la integración de dichas perspectivas y el empoderamiento de las mujeres en las iniciativas regionales,

refuercen el componente de control de las armas pequeñas en el marco de las mujeres, la paz y la seguridad, así como el propio marco,

contribuyan a la aplicación de la Agenda 2030, en particular, los objetivos 16 y 5, así como los programas internacionales convergentes de políticas en materia de igualdad de género,

refuercen la participación de la sociedad civil en el ámbito de la integración de las perspectivas de género en el control de las armas pequeñas, en asociación con la Red de Acción Internacional sobre Armas Pequeñas (RAIAP) y con su red de mujeres,

generen efectos duraderos a través de la sensibilización, la promoción, la divulgación y la creación de asociaciones de manera eficaz.

3.   Los beneficiarios directos de la presente Decisión serán las partes interesadas nacionales, regionales y mundiales encargadas del control de las armas pequeñas en los países y regiones objeto de atención, a saber, África, el Caribe y América Latina, Asia y el Pacífico.

4.   En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.

Artículo 2

1.   La Alta Representante de la Unión para la Política Exterior y de Seguridad Común (en lo sucesivo, «Alta Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica del proyecto a que se hace referencia en el artículo 1 será efectuada por la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (OADNU).

3.   La OADNU desempeñará sus funciones bajo el control de la Alta Representante. A esos efectos, la Alta Representante negociará los acuerdos necesarios con la OADNU.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión a que se refiere el artículo 1 será de 4 375 507,85 EUR.

2.   Los gastos financiados con cargo al importe de referencia especificado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 1. A tal efecto celebrará el acuerdo necesario con la OADNU. En dicho acuerdo se estipulará que la OADNU deberá dar a las contribuciones de la Unión una publicidad acorde con sus dimensiones.

4.   La Comisión procurará celebrar lo antes posible el acuerdo a que se refiere el apartado 3, una vez haya entrado en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con este proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo.

Artículo 4

1.   La Alta Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en los informes periódicos trimestrales elaborados por la OADNU. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo.

2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión caducará 36 meses después de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, caducará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

E. KÖSTINGER


(1)  Decisión (PESC) 2017/633 del Consejo, de 3 de abril de 2017, en apoyo del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (DO L 90 de 4.4.2017, p. 12).


ANEXO

1.   MOTIVACIÓN Y ANTECEDENTES

La emblemática Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible reconoce la existencia de un vínculo intrínseco entre las sociedades pacíficas y el desarrollo sostenible. Además, con el respaldo de varias resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad está situando la prevención de conflictos, la participación significativa y equitativa de las mujeres y el mantenimiento de la paz en el centro de sus prioridades. Uno de los grandes obstáculos para la paz y el desarrollo sostenible en todo el mundo sigue siendo el tráfico ilícito y el uso indebido, y muy extendido, de armas pequeñas. Es fundamental disponer de un control adecuado de las armas pequeñas para reducir los conflictos, la delincuencia y la violencia. Es un requisito previo indispensable para la estabilidad social y el desarrollo sostenible.

El Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción») ofrece un marco general para abordar el problema de las armas pequeñas y obliga a todos los Estados a mejorar la legislación nacional en materia de armas pequeñas, los controles de importación y exportación, la gestión de arsenales, la destrucción de excedentes y el marcado y la localización, así como a participar en actividades de cooperación y asistencia. Aunque se han logrado avances, aún queda mucho por hacer para reforzar el control de las armas pequeñas mediante la aplicación del Programa de Acción y para cumplir los compromisos contraídos en la Agenda 2030.

El problema de las armas pequeñas se caracteriza por una serie de rasgos únicos y de profunda naturaleza social que exigen la integración global de la perspectiva de género en todas las dimensiones del control de las armas pequeñas. Hasta la fecha, la perspectiva de género no se ha entendido, abordado ni integrado de manera suficiente en las políticas de control de las armas pequeñas. Cuando no se tiene debidamente en cuenta la dimensión de género en la legislación y las políticas destinadas al control de las armas pequeñas, las intervenciones acaban teniendo unos resultados y una eficacia limitados. A pesar de ello, en las necesarias medidas de control de las armas pequeñas, los planteamientos relacionados con el género están aún en estado embrionario. En los últimos años, el programa para el control de las armas pequeñas se ha ido alineando con la política internacional más amplia sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, una tendencia que la presente Decisión pretende seguir reforzando.

La Agenda 2030 ha vinculado el control de las armas pequeñas al programa para la paz, la seguridad y el desarrollo, con lo que se ha establecido un marco interconectado de objetivos que van más allá de la dimensión de la seguridad y que pone de manifiesto que el problema de las armas pequeñas tiene repercusiones para la consecución de varios de los objetivos de desarrollo sostenible, entre los que se incluye el objetivo 5, relativo a la igualdad de género y al empoderamiento de la mujer. De hecho, aunque la igualdad de género se recoge en el objetivo 5, es una cuestión transversal presente en la totalidad de la Agenda 2030. La presente Decisión contribuye a la integración de la perspectiva de género y a la participación significativa y equitativa de las mujeres en todos los procesos de adopción de decisiones en el ámbito del control armamentístico. También reconoce las distintas repercusiones que el uso y el uso indebido de las armas pequeñas tiene en hombres, mujeres, niños y niñas y respalda acciones cuyo objetivo es que los resultados de las políticas en el ámbito del control de las armas pequeñas sean más integradores, eficaces y sostenibles.

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Declaración de Pekín constituyen una sólida base normativa para vincular la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad con el programa para el control de las armas pequeñas. La adopción del Tratado sobre el Comercio de Armas y la Iniciativa «Spotlight», presentada recientemente por la UE y las Naciones Unidas, han puesto aún más de relieve la necesidad de hacer hincapié en esta cuestión. Aunque el objetivo de las acciones propuestas es contribuir a la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas, los resultados contribuirán directamente a la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas. Con el control de las pistolas y la reducción de su circulación, se elimina una de las armas más frecuentemente utilizadas en la violencia doméstica y de género y en los asesinatos de mujeres y niñas. El empoderamiento de las mujeres y la superación de los estereotipos de género en torno a las armas permitirán abordar las causas subyacentes de la violencia de género, entre las que se incluyen los sistemas patriarcales, las actitudes poco respetuosas con la igualdad de género y los aspectos violentos de la masculinidad tradicional.

La Resolución 2242 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «Consejo de Seguridad») es un claro ejemplo de la creciente convergencia entre la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y el programa para el control de las armas pequeñas. Las acciones financiadas en virtud de la presente Decisión contribuirán a responder al llamamiento que el Consejo de Seguridad hace a las mujeres para que participen en el diseño e implementación de las iniciativas encaminadas a prevenir, combatir y erradicar la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras, su acumulación desestabilizadora y su uso indebido, así como a evitar que las mujeres se conviertan en agentes activos de la lucha contra la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras. La presente Decisión tiene por objeto activar esos vínculos mediante apoyo a acciones concretas.

2.   OBJETIVOS

El objetivo general de la presente Decisión es contribuir a la paz, la seguridad, la igualdad de género y el desarrollo sostenible en todo el mundo, mejorando la eficacia de las medidas de control de las armas pequeñas mediante el fomento de planteamientos basados en un análisis de género sistemático y la integración de las perspectivas de género. Los resultados de las acciones financiadas en virtud de la presente Decisión contribuirán al programa internacional de actuación más amplio sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

La presente Decisión apoyará la aplicación íntegra y efectiva del Programa de Acción, así como la aplicación de las conclusiones en materia de género de la tercera Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción, celebrada en 2018.

Asimismo, la presente Decisión contribuirá a la aplicación de la Agenda de Desarme del secretario general de las Naciones Unidas (1), en la que se piden mayores esfuerzos para lograr la participación equitativa, plena y efectiva de la mujer en todos los procesos de toma de decisiones relativos al desarme, se reconoce la necesidad de superar el vínculo entre la tenencia y el uso de armas y determinadas expresiones de la masculinidad relacionadas con el control, el poder, la dominación y la fuerza, vínculo que sustenta la violencia estructural y física contra las mujeres, y se hace un llamamiento para la integración de la perspectiva de género en el control de armamentos con el fin de reducir la violencia contra las mujeres y las niñas tanto en el ámbito público como en el privado. La presente Decisión contribuirá también al refuerzo de las alianzas con la sociedad civil y la juventud, tal y como pide la Agenda, con el fin de avanzar en el programa de desarme y de control de armamentos.

Para la consecución de estos objetivos, la presente Decisión financiará acciones que:

pongan en práctica los módulos sobre «Mujeres, hombres y la dimensión de género de las armas pequeñas y ligeras» y sobre «Niños, adolescentes, jóvenes y armas pequeñas y ligeras» del Compendio de Módulos sobre la Ejecución del Control de Armas Pequeñas (MOSAIC) (2),

elaboren un manual formativo que sirva de documento de orientación y garanticen que todas las acciones se ejecuten con arreglo a las actuales normas de las Naciones Unidas,

formen al personal y a los formadores de los centros regionales de las Naciones Unidas y al personal de la secretaría de las organizaciones regionales y subregionales en relación con la integración de las perspectivas de género en las políticas y marcos de armas pequeñas para asegurar un enfoque sistemático del asunto,

formen a funcionarios nacionales de dieciocho países en materia de integración de la perspectiva de género y control de armas pequeñas,

fomenten las perspectivas de género, la integración de dichas perspectivas y el empoderamiento de las mujeres en las iniciativas regionales,

refuercen el componente de control de las armas pequeñas en el marco de mujeres, paz y seguridad, así como el propio marco,

contribuyan a la aplicación de la Agenda 2030, en particular, los objetivos 16 y 5, así como los programas internacionales convergentes de políticas en materia de igualdad de género,

refuercen la participación de la sociedad civil en el ámbito de la integración de las perspectivas de género en el control de las armas pequeñas, en asociación con la Red de Acción Internacional sobre Armas Pequeñas (RAIAP) y con su red de mujeres,

generen efectos duraderos a través de la sensibilización, la promoción, la divulgación y la creación de asociaciones de manera eficaz.

3.   DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES

3.1.   Elaborar un manual de formación sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas

3.1.1.   Objetivo

En virtud de la presente Decisión, se elaborará un manual de formación que ponga en práctica los módulos sobre «Mujeres, hombres y la dimensión de género de las armas pequeñas y ligeras» y sobre «Niños, adolescentes, jóvenes y armas pequeñas y ligeras» del MOSAIC. El manual servirá de documento de orientación para todas las partes interesadas que participen en la ejecución de acciones en virtud de la presente Decisión, en particular para la aplicación de los programas nacionales de formación impartidos por los centros regionales de la OADNU. El manual de formación se basará en los instrumentos, la información y los conocimientos existentes, en su caso, y se pondrá a disposición del público, una vez verificado, para que sea de utilidad a las comunidades de práctica en sentido amplio.

3.1.2.   Acciones

a)

Traducir los dos módulos del MOSAIC del inglés al árabe, al francés, al portugués y al español.

b)

En cooperación con las principales partes interesadas y sobre la base de los módulos del MOSAIC y las formaciones y recursos existentes, elaborar un manual de formación sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas, que constituirá un documento de orientación práctica para todas las partes interesadas que participen en la ejecución de todas las acciones previstas en la presente Decisión.

c)

Traducir el manual de formación del inglés al francés, al portugués y al español (lenguas de trabajo de los centros regionales de la OADNU).

d)

Poner a disposición de las comunidades de práctica en sentido amplio el manual de formación y otros materiales adicionales, tanto en línea como en formato impreso.

3.1.3.   Responsabilidades de la agencia ejecutiva

La OADNU contratará a un consultor para la elaboración de un manual de formación, en estrecha colaboración con las entidades pertinentes de las Naciones Unidas, en particular el Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Se invitará a la RAIAP a aportar sus conocimientos para la elaboración del manual.

3.1.4.   Calendario

La traducción de los módulos y la elaboración del manual de formación se llevará a cabo en 2019, y seguidamente se traducirá y publicará el manual de formación y demás materiales.

3.1.5.   Resultados previstos

Los dos módulos del MOSAIC se publicarán en árabe, francés, portugués y español en el sitio web de la OADNU (3) (actualmente disponible solo en inglés) y un manual para su puesta en práctica se habrá elaborado y publicado en francés, portugués y español. El manual habrá sido verificado por los socios del proyecto y ofrecerá orientaciones para la ejecución de las acciones llevadas a cabo en virtud de la presente Decisión. También será de utilidad a las comunidades de práctica en sentido amplio y seguirá siendo pertinente más allá de la vigencia de la presente Decisión.

3.2.   Formación del personal y los formadores de las Naciones Unidas que trabajan en el control de las armas pequeñas

3.2.1.   Objetivos

Se elaborará un programa de formación en línea para impartir formación sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas al personal de los departamentos pertinentes de las Naciones Unidas, así como a las comunidades de práctica en sentido amplio, con el fin de garantizar que el asesoramiento y la asistencia sobre el control de armas pequeñas que se ofrece dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas integra de manera sistemática la perspectiva de género. Un experto en materia de género y armas pequeñas del SEESAC del PNUD asesorará al personal de los centros regionales que participe directamente en la ejecución de las acciones previstas en la presente Decisión en lo que respecta a la ejecución de las acciones de conformidad con las orientaciones recogidas en el manual de formación y teniendo en cuenta las diversas particularidades regionales.

3.2.2.   Acciones

a)

En colaboración con el Centro de Capacitación de ONU Mujeres, se debe elaborar una formación en línea sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas, dirigida al personal de las Naciones Unidas y a las comunidades de práctica en sentido amplio. La formación reflejará el contenido de los correspondientes módulos del MOSAIC y otros programas convergentes y estará disponible en árabe, inglés, francés, portugués y español.

b)

En colaboración con el SEESAC del PNUD, se creará un programa de asesoramiento para el personal de los centros regionales de las Naciones Unidas para concienciarlos de la importancia de integrar la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas y reforzar sus capacidades en este sentido, a través de intervenciones a medida en sus respectivas regiones, en particular en países beneficiarios de los programas nacionales de formación (véase el apartado 3.3.2). El programa de asesoramiento complementará el manual de formación elaborado en virtud de la presente Decisión [véase el apartado 3.1.2.b)] y se basará en la experiencia y la labor de la SEESAC del PNUD financiadas en virtud de la Decisión (PESC) 2016/2356 del Consejo (4).

c)

Se organizará un taller del equipo del proyecto tras la fase piloto de los programas nacionales de formación [véase el apartado 3.3.2.a)]. El taller maximizará la coordinación y la cooperación del equipo encargado del proyecto, se supervisará el manual de formación antes de su traducción y publicación, permitirá un intercambio de opiniones sobre la aplicación de la presente Decisión, en particular sobre los proyectos piloto de los programas nacionales de formación, y se validará el material de formación necesario.

3.2.3.   Calendario

La formación en línea se desarrollará en 2019 y estará disponible a principios de 2020. El programa de asesoramiento comenzará a principios de 2020, una vez se haya contratado el personal de los centros regionales y se haya elaborado el manual de formación. El taller del equipo del proyecto tendrá lugar en 2020, tras la fase piloto de los programas de formación nacionales.

3.2.4.   Resultados previstos

Se dispondrá de una formación en línea sobre incorporación de la perspectiva de género al control de las armas pequeñas en árabe, inglés, francés, portugués y español, que mejorará la comprensión de la necesidad de incluir la perspectiva de género en las medidas de control de las armas pequeñas. Se habrá promovido la formación en el sistema de las Naciones Unidas y entre las comunidades de práctica en sentido amplio y será obligatoria para el personal que participe en la aplicación de la presente Decisión. Además, el personal del centro regional de la OADNU habrá recibido formación sobre el manual de formación y ha elaborado estrategias, por medio de un programa de asesoramiento, para su aplicación regional. Se habrá celebrado un taller del equipo del proyecto, que reforzará la coordinación y la cooperación para la ejecución de las acciones derivadas de la presente Decisión y se habrá elaborado, supervisado y publicado material de formación.

3.3.   Programas nacionales de formación sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas

3.3.1.   Objetivos

Se crearán dieciocho programas nacionales de formación a medida sobre la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas, que se llevarán a la práctica por medio de los centros regionales de la OADNU. Estos programas se centrarán principalmente en la formación de los órganos nacionales de coordinación sobre armas pequeñas a propósito de la inclusión de la perspectiva de género en los planes de acción nacionales sobre armas pequeñas y otros marcos de actuación y legislativos pertinentes, con inclusión de la recopilación y el análisis de datos desglosados por sexo y por edad. A ese respecto, cuando un país participante cuente ya con un plan de acción nacional sobre las mujeres, la paz y la seguridad, se insistirá en la necesidad de armonizar ambos documentos.

Se definirán actividades adicionales adaptadas a cada Estado y a sus respectivas necesidades de asistencia, y podrán incluir: mecanismos prácticos para garantizar la participación significativa de las mujeres; un análisis de género como base de referencia para las medidas nacionales; un taller específico sobre la inclusión de la perspectiva de género en los planes de acción nacionales sobre armas pequeñas, valiéndose del módulo del MOSAIC sobre establecimiento de planes de acción nacionales; la elaboración de herramientas de supervisión y evaluación a escala nacional para examinar los esfuerzos realizados. Las actividades propuestas también pueden comprender la revisión jurídica de los marcos nacionales de actuación a fin de establecer referencias cruzadas entre la reglamentación sobre armas pequeñas, incluida la concesión de licencias, y las disposiciones sobre lucha contra la violencia doméstica y formación de los funcionarios policiales y los profesionales del Derecho acerca de sus funciones y responsabilidades en virtud de la legislación nacional pertinente en relación con la presencia y el uso de armas pequeñas en el contexto de la violencia en las relaciones entre compañeros íntimos o domésticas o familiares, la violencia sexual, los feminicidios relacionados con las armas pequeñas, así como la integración de la perspectiva de género en las investigaciones y los procesos penales.

3.3.2.   Acciones

a)

Fase piloto: establecer y ejecutar programas piloto nacionales de formación en seis países seleccionados en coordinación con sus organismos nacionales de coordinación.

b)

Fase de despliegue: ampliar –basándose en los programas piloto– los programas nacionales de formación en materia de incorporación de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas a otros doce países en coordinación con sus organismos nacionales de coordinación.

3.3.3.   Selección de los países beneficiarios

Los países beneficiarios serán seleccionados por el Servicio Europeo de Acción Exterior previa recomendación de la OADNU, en consulta con sus centros regionales y la RAIAP. En principio, se concederá la máxima prioridad a los países menos adelantados y otros países en desarrollo que se ven gravemente afectados por el problema de las armas pequeñas. Los Estados deben tener un organismo nacional de coordinación sobre armas pequeñas o haber designado un punto de contacto nacional para el Programa de Acción. Los Estados deben haber expresado su interés en las actividades propuestas en el marco de la presente acción. Debe darse preferencia a los Estados que hayan demostrado un compromiso constante con la aplicación del Programa de Acción.

Además, se aplicará un sistema de equilibrio regional para la selección de países:

fase piloto: dos Estados de cada región – África, Asia/Pacífico y América Latina/Caribe,

fase de despliegue: cuatro Estados de cada región – África, Asia/Pacífico y América Latina/Caribe.

3.3.4.   Responsabilidades de la agencia ejecutiva

Los Centros Regionales de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme ejecutarán los programas nacionales de formación en estrecha coordinación con la OADNU y las agencias de las Naciones Unidas in situ. Siempre que sea factible, se incluirá en las actividades a las instituciones responsables de la igualdad de género y a las organizaciones de la sociedad civil del país. El SEESAC del PNUD facilitará asesoramiento a partir de en su experiencia en el desarrollo y la impartición de formación sobre género y control de armas pequeñas. La RAIAP complementará las actividades en el país mediante el refuerzo de la implicación de la sociedad civil con la integración de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas a través de su red a la escala local y comunitaria (véase el apartado 3.6.3).

3.3.5.   Calendario

Los programas nacionales de formación comenzarán en 2020 y se ejecutarán hasta mediados de 2022.

3.3.6.   Resultados previstos

Los programas nacionales de formación sobre la incorporación de la perspectiva de género tendrán como resultado la comprensión común a nivel nacional del importante papel que desempeña el género respecto del control de las armas pequeñas y el conocimiento sobre las diferentes repercusiones de la violencia armada ejercida contra las mujeres, los hombres, las niñas y los niños. La reciente adquisición de esta comprensión de la importancia de la cuestión del aumento de la eficacia y la calidad general del control de las armas pequeñas creará un consenso entre los funcionarios nacionales involucrados en las políticas pertinentes y su aplicación. El consenso se traducirá en un compromiso nacional de perseguir planteamientos que atiendan a las cuestiones de género en las políticas y la legislación sobre control de armas. Además se habrá concienciado a las comunidades locales de esos países. Como parte de los resultados de los programas, habrán elaborado objetivos o indicadores de progresos los Estados que se comprometan a informar sobre esos objetivos o indicadores como parte de sus esfuerzos nacionales de información con arreglo al Programa de Acción.

3.4.   Planteamientos regionales de la incorporación de la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas

3.4.1.   Objetivos

El comercio ilícito y el uso indebido de las armas pequeñas presentan diferentes problemas en las distintas regiones; los Estados cuentan con niveles diferentes de recursos financieros y materiales a su disposición para responder a esos problemas. El objetivo de los enfoques regionales es crear o reforzar los conocimientos especializados sobre los aspectos de género del control de armas entre los funcionarios de las administraciones nacionales, la sociedad civil y los parlamentarios a nivel subregional y regional, sobre la base del MOSAIC. Reforzarán la necesidad de incluir la perspectiva de género en las iniciativas regionales y subregionales de control de las armas pequeñas. Los cambios de impresiones a nivel regional sobre buenas prácticas o el MOSAIC aumentarán los conocimientos especializados nacionales y los compromisos adicionales por parte de todos los Estados de la región para abordar la cuestión del control de las armas pequeñas desde una perspectiva de género.

3.4.2.   Acciones

a)

Formación de un día en paralelo a la séptima reunión bienal de los Estados sobre el Programa de Acción (en lo sucesivo, «7.a reunión bienal») en 2020 para los funcionarios responsables de las armas pequeñas y ligeras en las secretarías de las organizaciones subregionales y regionales, con miras a promover los aspectos relacionados con el género de las iniciativas regionales y hacer posible la participación de quince representantes de dichas organizaciones en la 7.a reunión bienal, puesto que, de otro modo, carecerían de recursos para asistir a las reuniones del Programa de Acción.

b)

Un taller de cuatro días, de nivel subregional, basado en el MOSAIC, en Fiyi para los países del Pacífico con el fin de reforzar el papel de las mujeres en el ámbito del control de armas mediante el fomento de la comprensión de las repercusiones según el género de la violencia armada y de los instrumentos internacionales de control de armas, y mediante la creación de capacidades de la sociedad civil, los parlamentarios y los funcionarios de la administración para intervenir en esas cuestiones. [Se trata de una continuación de dos talleres subregionales celebrados en 2018 en el sudeste asiático y Asia meridional, financiados por el Servicio Fiduciario de las Naciones Unidas de Apoyo a la Cooperación para la Regulación de los Armamentos (UNSCAR).]

c)

Un seminario de tres días, de nivel regional, basado en el MOSAIC, en Katmandú para reforzar el papel de las mujeres en el ámbito del control de armas. El seminario reúne a representantes de la sociedad civil, parlamentarios y funcionarios de la administración de Asia y el Pacífico, incluidos los que participaron en el taller subregional en Fiyi [véase el apartado 3.4.2.b)]. Los participantes debatirán sobre las acciones para desarrollar la cuestión de la integración de la perspectiva de género y el control de armas pequeñas en sus propios contextos nacionales. Se publicará en línea un resumen de los debates, junto con material suplementario, que también imprimirá y distribuirá a los participantes y partes interesadas.

d)

Un taller de dos días, de nivel regional y basado en el MOSAIC, en Perú para presentar y difundir las buenas prácticas en materia de políticas sensibles al género y los planteamientos jurídicos del control de armas pequeñas, que viene desarrollado el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC) desde 2017, a los altos funcionarios con poder decisorio de las entidades encargadas de las armas pequeñas y las agencias nacionales responsables de prevenir, erradicar y castigar la violencia contra las mujeres. El taller promueve la necesidad de reforzar la legislación sobre armas pequeñas en América Latina y el Caribe incorporando la restricción de adquisición de armas y municiones por personas condenadas por hechos de violencia doméstica o interpersonal.

3.4.3.   Calendario

La formación en paralelo a la 7.a reunión bienal tendrá lugar a mediados de 2020; se celebrarán talleres de nivel regional y subregional entre finales de 2019 y finales de 2021.

3.4.4.   Socios encargados de su puesta en práctica

La OADNU organizará y convocará la sesión de formación de un día en paralelo a la 7.a reunión bienal dirigida al personal de las organizaciones regionales y subregionales, que incluirá el patrocinio de la asistencia de algunos de dichos representantes a la 7.a reunión bienal. El Centro regional de las Naciones Unidas para la paz y el desarme en Asia y el Pacífico, en estrecha cooperación con la RAIAP, organizará y convocará el taller subregional en Fiyi y el seminario regional en Katmandú. UNLIREC organizará y convocará el taller regional en Perú.

3.4.5.   Resultados previstos

Se habrá formado a expertos en control de armas pequeñas de las secretarías de las organizaciones regionales y subregionales acerca de la importancia de las iniciativas y políticas de integración de la perspectiva de género en el control de armas pequeñas de acuerdo con orientaciones autorizadas de ámbito mundial (MOSAIC). Habrán asimilado ideas sobre cómo elaborar medidas de control de armas pequeñas que tengan en cuenta la dimensión del género, desde el conocimiento de que la violencia y los conflictos armados afectan a hombres, mujeres, niños y niñas de forma diferente. Asimismo, por medio de la formación, se habrá promovido la importancia de la incorporación de la perspectiva de género al control de armas pequeñas en paralelo a la 7.a reunión bienal. Esta acción hará posible la participación de organizaciones que, de otro modo, carecerían de recursos para asistir a una reunión del Programa de Acción. Los talleres regionales y subregionales habrán ofrecido una plataforma para el intercambio de buenas prácticas sobre políticas que atiendan a las cuestiones de género y enfoques jurídicos del control de armas pequeñas en América Latina y el Caribe, y habrán involucrado y desarrollado las capacidades de la sociedad civil, los parlamentarios y los funcionarios de la administración de Asia y el Pacífico en relación con la cuestión de las repercusiones según el género de la violencia armada y los instrumentos internacionales de control de armas. Como resultado, las políticas, los marcos y los programas relativos al control de armas pequeñas en los niveles regional y nacional tendrán en cuenta las consideraciones de género.

3.5.   Reforzar el elemento de control de armas pequeñas de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y las sinergias entre los objetivos 5 y 16 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

3.5.1.   Objetivos

Las actividades se han concebido para reunir a las comunidades de expertos y diplomáticos que se ocupan del control de las armas pequeñas y la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad, y las que se ocupan de la aplicación de los objetivos 5 y 16 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a fin de revisar y armonizar sus esfuerzos, en particular con miras a aprovechar las sinergias y evitar duplicaciones.

3.5.2.   Acciones

a)

Permitir que los centros de referencia nacionales y regionales seleccionados con arreglo al Plan de Acción y expertos en armas pequeñas de la sociedad civil participen en una de las reuniones anuales a nivel de capitales de la red de centros de referencia sobre las mujeres, la paz y la seguridad, para debatir sobre las sinergias entre los compromisos contraídos por los Estados en virtud del Programa de Acción y de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y para apoyar la inclusión del elemento de control de armas pequeñas de los planes nacionales derivados de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, y de las perspectivas de género en los planes de acción nacionales para la aplicación del Programa de Acción. Esto incluye un intercambio de mejores prácticas y de los progresos realizados en la aplicación de la legislación y las políticas en cuestiones de género.

b)

Establecer un diálogo regular entre las agencias pertinentes de las Naciones Unidas, el grupo «Amigos de la Resolución 1325», otras comunidades políticas y diplomáticas que cubren la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad (de carácter más amplio), diplomáticos y expertos que trabajan en la aplicación de los objetivos de desarrollo sostenible 5 y 16, y aquellos diplomáticos y responsables políticos que trabajan en cuestiones de desarme y control de armamento en Ginebra y Nueva York, para racionalizar y armonizar esfuerzos y trabajo. El diálogo se basará en los resultados de las reuniones anteriores celebradas en Ginebra y Nueva York en 2018.

3.5.3.   Resultados previstos

Los expertos, los responsables políticos y los diplomáticos que trabajan en el control de las armas pequeñas, la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y la aplicación de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible habrán mantenido un diálogo y un intercambio y empezado a coordinar sus esfuerzos. Como resultado, se verá reforzada la aplicación de todas las agendas y el enfoque coordinado garantizará que se maximizan las sinergias y se evitan las duplicidades.

3.6.   Compromiso de la sociedad civil en el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género

3.6.1.   Objetivos

Se han concebido acciones para reforzar significativamente el compromiso de la sociedad civil en el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género, abordando la conexión entre los planteamientos y los efectos específicos del género, los derechos de las mujeres, el control de las armas pequeñas y la violencia armada en el ámbito local y de la comunidad. La implicación de la sociedad civil en el control de las armas pequeñas es fundamental para la responsabilización local, proporciona una visión inestimable del problema y aumenta el apoyo a los esfuerzos de control. Las organizaciones de la sociedad civil especializadas en género intensificarán los esfuerzos de control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género y reforzarán y complementarán otras acciones emprendidas en virtud de la presente Decisión. Entre 2019 y 2022 se llevarán a cabo acciones en los Estados seleccionados para la aplicación de los programas nacionales de formación de conformidad con la presente Decisión y también en otros países.

3.6.2.   Responsabilidades de la agencia ejecutiva

Todas las actividades las llevarán a cabo la RAIAP y la Red de Mujeres de la RAIAP y estarán coordinadas con la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas y supervisadas por esta última. Un representante de la RAIAP formará parte del equipo del proyecto para facilitar la ejecución y la coordinación de todas las acciones realizadas en virtud de la presente Decisión.

3.6.3.   Acciones

a)

Reforzar la red de organizaciones de base de la RAIAP, en particular la Red de Mujeres, para fomentar el compromiso de la sociedad civil y abordar las cuestiones específicas de género relacionadas con el problema de las armas pequeñas desde el nivel de base hasta el nivel mundial.

b)

Conceder cada año pequeñas becas para entre 30 y 40 actividades de la sociedad civil local relativas al control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género. Esto podría abarcar eventos como la Semana Mundial de Acción contra la Violencia de las Armas, el Día Internacional de la Juventud, el Mes de la Amnistía Africana, el Día Internacional de la Paz, el Día del Niño Africano, el Día Internacional para la Destrucción de las Armas de Fuego, la iniciativa «Wear Orange», el Día Internacional de la Mujer, la campaña 16 Días de Activismo contra la Violencia de Género, etc.

c)

La RAIAP elaborará y distribuirá material adaptado a cada edad y en diferentes idiomas a niños y adolescentes. Este material abordará las asociaciones que se hacen frecuentemente entre masculinidad y violencia. Los miembros de los grupos de la RAIAP en los distintos países utilizarán este material para implicar a sus comunidades locales.

d)

La RAIAP elaborará y distribuirá a sus miembros material de divulgación accesible (por ejemplo, puntos de información, folletos, etc.) en distintos idiomas para promover la cuestión de la perspectiva de género en el contexto del control de las armas pequeñas en distintos países e implicar a escala local a funcionarios, responsables políticos, periodistas y otros actores de la sociedad civil.

e)

Presionar para que se incluya a las mujeres, los jóvenes y otras partes interesadas infrarrepresentadas (por ejemplo, el sector de la sanidad, supervivientes, comunidades rurales, etc.) entre los miembros de los órganos de coordinación nacionales.

f)

Desarrollar y mantener un sitio web más accesible y completo de la RAIAP y de su Red de Mujeres, para mostrar las actividades de los miembros de la Red, funcionar como un centro para la acción coordinada de las ONG a escala mundial y proporcionar información, material, contactos, ejemplos y documentos pertinentes sobre cuestiones como la capacitación de las mujeres, la perspectiva de género, la reducción de la violencia armada, el control de las armas pequeñas, la masculinidad y las armas, y el nexo entre los objetivos de desarrollo sostenible 5 y 16.

g)

Apoyar las investigaciones con fines prácticos que lleven a cabo grupos locales con el fin de detectar puntos estratégicos de intervención para reducir el tráfico de armas y la violencia armada desde la perspectiva de género y diseñar y aplicar acciones de seguimiento, basadas en dichas investigaciones.

h)

Promover y apoyar la aplicación del Call to Action on Gender and Small Arms Control de 2018 (5) [Llamamiento sobre el género y el control de las armas pequeñas] y los resultados específicos de género de la sexta reunión bienal de los Estados sobre el Programa de Acción y de la Tercera Conferencia de Examen a escala local.

i)

Garantizar que se sigue promoviendo la perspectiva de género a través del apoyo a la sociedad civil en los procesos mundiales sobre armas pequeñas y armas ligeras, en particular en las reuniones bienales 7.a y 8.a, y contribuir al proyecto del Grupo de Trabajo de ONG sobre Mujeres, Paz y Seguridad y a otros procesos relacionados para garantizar que se tiene en cuenta la dimensión del control de armas.

j)

Participar en las acciones realizadas en virtud de la presente Decisión como el desarrollo del manual de formación, la ejecución de los programas nacionales de formación, garantizando que la sociedad civil esté representada en las actividades pertinentes e implicando a la sociedad civil en el ámbito local y de la comunidad del país beneficiario, y la participación en el taller subregional y en los seminarios regionales en Asia y el Pacífico.

3.6.4.   Resultados previstos

La implicación de la sociedad civil en el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género se habrá reforzado y su nivel de actividad en la promoción de esta cuestión habrá aumentado de forma significativa. Habrá aumentado el apoyo a nivel local a los esfuerzos de control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género, se habrá sensibilizado a las comunidades sobre la importancia de la cuestión, se habrán emprendido investigaciones locales y se habrán llevado a cabo acciones de seguimiento a nivel de base para abordar el problema del uso y el uso indebido de las armas pequeñas. También se habrá reforzado el compromiso de la sociedad civil en el marco de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad, así como en las reuniones del Programa de Acción, y se habrán promovido las consideraciones específicas de género en los procesos políticos sobre las armas pequeñas.

3.7.   Colaboración, defensa y divulgación

3.7.1.   Objetivos

Todas las organizaciones que conforman el sistema de las Naciones Unidas, incluidos los fondos, los programas y las agencias especializadas, tienen el mandato de contribuir a que se logre la igualdad de género. Además, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas que trabajan en el control de las armas pequeñas deben integrar las consideraciones de género en todas las fases de los proyectos y programas relativos a las armas pequeñas. Para apoyar los esfuerzos en este sentido, las acciones están diseñadas para llamar la atención de las Naciones Unidas y también de otras comunidades de práctica más amplias sobre esta problemática. Una mayor visibilidad de estas cuestiones a través de la defensa y la divulgación reforzará también el efecto del proyecto. La colaboración con todas las partes implicadas pertinentes pretende facilitar la coordinación y contribuye a simplificar la ejecución de todas las acciones apoyadas por la presente Decisión.

3.7.2.   Acciones

a)

Organizar actividades regulares durante la Primera Comisión de la Asamblea General (octubre) y durante la Comisión de las Naciones Unidas de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (marzo) en Nueva York, como parte de un proceso entre sesiones sobre el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género, en particular debates y eventos paralelos con invitados destacados procedentes del sistema de las Naciones Unidas, de los países, de institutos de investigación, del mundo académico y de las ONG. Este proceso tiene en cuenta las agendas políticas y las iniciativas internacionales convergentes sobre igualdad de género.

b)

Organizar en 2021 un acto de un día en Nueva York durante los «16 Días de Activismo contra la Violencia de Género» que promueva la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas, en particular un segmento de alto nivel que muestre el compromiso político con este asunto, la presentación de ejemplos prácticos sobre el terreno y de los resultados de las actividades realizadas en el marco de este proyecto y la organización de paneles de expertos y debates para avanzar en la cuestión.

c)

Desarrollar un sitio web de la OADNU específico y riguroso sobre la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas que presente información y recursos generados a partir de las acciones apoyadas por la presente Decisión y otras.

d)

Crear un grupo de trabajo del Mecanismo de Acción para la Coordinación sobre Armas Pequeñas de las Naciones Unidas (6) que se ocupe de las cuestiones de género y de las armas pequeñas, que será convocado por la OADNU y que reunirá a todos los socios pertinentes para la aplicación de las acciones apoyadas por la presente Decisión. También se invitará a la RAIAP a unirse a este grupo.

e)

Promover la importancia de la perspectiva de género mediante los medios sociales y las campañas en los medios de comunicación.

f)

Informar de manera continua al donante (la Unión) acerca de los progresos en la aplicación de la presente Decisión.

3.7.3.   Resultados previstos

Se habrá establecido un discurso regular sobre la perspectiva de género en el control de las armas pequeñas y el problema, así como los resultados de las acciones realizadas en virtud de la presente Decisión, habrán salido a la luz con frecuencia. Se habrá desarrollado un sitio web como fuente completa que incluye información sobre el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género y los resultados obtenidos en virtud de la presente Decisión. Se habrán celebrado reuniones periódicas con el grupo de trabajo en cuestiones de género y armas pequeñas del Mecanismo de Acción para la Coordinación sobre Armas Pequeñas de las Naciones Unidas y la ejecución de las acciones habrá estado coordinada durante todo el período de ejecución del proyecto.

4.   PRESTACIONES

El organismo responsable de la puesta en práctica realizará y presentará a la Unión las siguientes prestaciones:

Informes resumidos de los dieciocho programas nacionales de formación sobre armas pequeñas desde la perspectiva de género.

Manual de formación en inglés, francés, portugués y español, así como todo el material de formación pertinente, en línea e impreso.

Formación en línea sobre el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género para el personal de las Naciones Unidas y para comunidades de práctica más amplias, en árabe, inglés, francés, portugués y español.

Documento sobre el resultado de las acciones del taller Asia-Pacífico para la sociedad civil y los parlamentarios.

Informe resumido del compromiso de la sociedad civil en el control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género

Traducción de los módulos MOSAIC al árabe, francés, portugués y español.

Un informe final al término del proyecto.

5.   SOCIOS

Las acciones en el marco de la presente Decisión están diseñadas para aprovechar las herramientas, la información, los instrumentos y los conocimientos existentes, cuando estén disponibles. El Mecanismo de Acción para la Coordinación sobre Armas Pequeñas de las Naciones Unidas (7) servirá de plataforma de coordinación, en particular con ONU Mujeres, el PNUD SEESAC y el DOMP, así como con las oficinas de las Naciones Unidas de los representantes especiales del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, sobre violencia sexual en conflictos y sobre la violencia contra los niños. La OADNU coordinará estrechamente la aplicación de la presente Decisión con el donante (la Unión) y con la RAIAP.

6.   BENEFICIARIOS

Los beneficiarios directos de la presente Decisión serán las instituciones nacionales encargadas del control de las armas pequeñas en los países y regiones objeto de atención, a saber, África, el Caribe y América Latina, Asia y el Pacífico. La población general de los países beneficiarios, que se encuentra en riesgo por la disponibilidad generalizada de armas pequeñas, se beneficiará indirectamente a medida que disminuya el riesgo. Además, la presente Decisión apoya a los socios del sistema de las Naciones Unidas y al personal que trabaja en el control de las armas pequeñas en las secretarías de las organizaciones regionales y subregionales. Las comunidades locales también se beneficiarán, así como las organizaciones de la sociedad civil, especialmente los miembros de la RAIAP. También será beneficioso para las comunidades diplomáticas de Nueva York y Ginebra y de las capitales que trabajan en la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y en la consecución de los objetivos 5 y 16 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Las acciones tendrán que estar en plena consonancia con las prioridades nacionales de los Estados y deberán ser respaldadas por las autoridades nacionales pertinentes. Se diseñarán las acciones de manera que beneficien a más de un grupo destinatario.

7.   DURACIÓN

Teniendo en cuenta el ámbito de aplicación mundial de las acciones apoyadas por la presente Decisión, el número de socios, los beneficiarios y las acciones previstas, el plazo de aplicación es de 36 meses.

8.   COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DE LA UNIÓN

La Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas tomará las medidas necesarias para garantizar que la contribución de la Unión a la acción obtiene la visibilidad adecuada. Dichas medidas se llevarán a cabo de acuerdo con el Manual de la Comisión relativo a la comunicación y visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior. La OADNU apoyará la difusión de la información y de los resultados de las actividades propuestas a una audiencia lo más amplia posible. Además, la divulgación se realizará en el marco de todas las acciones pertinentes, a través de la participación de los medios de comunicación, actos paralelos y herramientas web. La OADNU se asegurará de que los beneficiarios de las acciones conocen el papel de la Unión en la acción y concienciará sobre cómo la Unión y las Naciones Unidas trabajan juntas para aumentar el control de las armas pequeñas promoviendo la perspectiva de género en este problema.

La OADNU y la RAIAP utilizarán la mayor variedad posible de herramientas de comunicación, en particular páginas web, comunicados de prensa escritos, instrumentos seleccionados de los medios sociales, actos paralelos y charlas informales. La ejecución de todas las acciones será objeto de seguimiento a través de herramientas de supervisión y evaluación, como encuestas a los participantes y reuniones periódicas del grupo de trabajo correspondiente.


(1)  «Securing our Common Future. An Agenda for Disarmament» (Asegurar nuestro futuro común: una agenda de desarme) (en inglés), mayo de 2018, https://front.un-arm.org/documents/SG+disarmament+agenda_1.pdf.

(2)  www.un.org/disarmament/mosaic

(3)  https://www.un.org/disarmament/mosaic

(4)  Decisión (PESC) 2016/2356 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, en apoyo de las actividades de desarme y control de armamentos del SEESAC en Europa Sudoriental en el marco de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de APAL y de sus municiones (DO L 348 de 21.12.2016, p. 60).

(5)  https://docs.wixstatic.com/ugd/bb4a5b_8c8bd0e981b54b6e8b01da205c10d4a3.pdf

(6)  http://www.un-arm.org/PoAISS/CASA.aspx

(7)  http://www.un-arm.org/PoAISS/CASA.aspx


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