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Document 32018D1192

Decisión de Ejecución (UE) 2018/1192 de la Comisión, de 11 de julio de 2018, relativa a la activación de una supervisión reforzada para Grecia [notificada con el número C(2018) 4495]

C/2018/4495

OJ L 211, 22.8.2018, p. 1–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2018/1192/oj

22.8.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 211/1


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1192 DE LA COMISIÓN

de 11 de julio de 2018

relativa a la activación de una supervisión reforzada para Grecia

[notificada con el número C(2018) 4495]

(El texto en lengua griega es el único auténtico)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades (1), y en particular su artículo 2, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

Desde 2010, Grecia ha venido recibiendo ayuda financiera de los Estados miembros de la zona del euro. Concretamente, en apoyo del primer programa de ajuste macroeconómico, entre mayo de 2010 y diciembre de 2011, Grecia recibió 52 900 millones EUR de préstamos bilaterales de Estados miembros de la zona del euro cuya moneda es el euro, reunidos por la Comisión en el marco del Instrumento de Préstamo a Grecia; en apoyo del segundo programa de ajuste macroeconómico, entre marzo de 2012 y febrero de 2015, Grecia recibió préstamos adicionales concedidos por el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera por valor de 130 900 millones EUR (2); y, entre agosto de 2015 y junio de 2018, recibió un importe adicional de 59 900 millones EUR (3) en forma de préstamos del Mecanismo Europeo de Estabilidad. En su conjunto, las deudas de Grecia pendientes de reembolso a los Estados miembros de la zona del euro, la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad ascienden a 243 700 millones EUR. Además, en apoyo del primer y del segundo programa de ajuste económico, Grecia también recibió ayuda financiera del Fondo Monetario Internacional por un importe de 32 100 millones EUR.

(2)

La ayuda financiera del Mecanismo Europeo de Estabilidad terminará el 20 de agosto de 2018.

(3)

Las condiciones para la asistencia financiera del Mecanismo Europeo de Estabilidad se establecieron en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/544 del Consejo (4), que fue posteriormente modificada por la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1226 del Consejo (5). Las condiciones políticas se concretaron más detalladamente en un Protocolo de Acuerdo sobre Condiciones Específicas de Política Económica del Mecanismo Europeo de Estabilidad (en lo sucesivo, «Protocolo de Acuerdo»), firmado por la Comisión, en nombre del Mecanismo Europeo de Estabilidad, y por Grecia el 19 de agosto de 2015, y en sus cuatro modificaciones posteriores.

(4)

En el marco de la asistencia financiera del Mecanismo Europeo de Estabilidad, Grecia ha llevado a cabo un gran número de reformas que abarcan una amplia gama de ámbitos políticos: i) la sostenibilidad presupuestaria, ii) la estabilidad financiera, iii) las reformas estructurales para mejorar la competitividad y el crecimiento, y iv) la Administración pública. Aprovechando el importante número de medidas aplicadas con arreglo al programa, deben proseguirse las reformas institucionales y estructurales esenciales a medio plazo a fin de garantizar su finalización y su plena eficacia.

(5)

Como resultado de las medidas emprendidas por el Gobierno griego, los desequilibrios presupuestario y de flujos exteriores se han corregido en gran medida. El saldo presupuestario de las Administraciones públicas fue positivo en 2016 y 2017, y Grecia va camino de cumplir el objetivo de superávit primario del 3,5 % del producto interior bruto (PIB) en 2018 y a medio plazo. El balance neto de los préstamos exteriores pasó a ser positivo en 2015, y posteriormente tan solo ha registrado pequeños déficits. La economía ha comenzado a recuperarse, con un crecimiento del 1,4 % en 2017 y un desempleo decreciente. Grecia ha mejorado su clasificación respecto de los componentes estructurales de los principales indicadores de rendimiento comparativo por país.

(6)

Aun así, Grecia sigue experimentando, a pesar de las reformas, importantes desequilibrios de stock y vulnerabilidades heredados del pasado. En particular, como también ha señalado la Comisión en el Informe sobre el Mecanismo de Alerta 2018 [elaborado con arreglo a los artículos 3 y 4 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (6)], Grecia se enfrenta a las dificultades siguientes: Tras alcanzar un nivel máximo del 180,8 % del PIB a finales de 2016, la deuda pública se mantuvo en el 178,6 % del PIB a finales de 2017, el nivel más alto de la Unión. La posición de inversión internacional neta, cercana al – 140 % del PIB en 2016, también sigue siendo muy elevada; por otra parte, a pesar de que la balanza por cuenta corriente está próxima al equilibrio, sigue siendo insuficiente para permitir una reducción de la considerable posición de inversión internacional neta hasta alcanzar niveles prudentes a un ritmo satisfactorio. El desempleo, aunque está disminuyendo con respecto a su máximo del 27,9 % en 2013, se situaba aún en el 20,1 % en marzo de 2018. El desempleo de larga duración (15,3 % a finales de 2017) y el desempleo juvenil (43,8 % en marzo de 2018) también siguen siendo muy elevados. El entorno empresarial sigue necesitando mejorar mucho más, puesto que Grecia aún está muy lejos de lograr un nivel de desempeño óptimo en varios ámbitos de los componentes estructurales de los principales indicadores de rendimiento económico comparado (por ejemplo, en lo referente a la ejecución de los contratos, el registro de la propiedad, la administración de los concursos, etc.).

(7)

Aunque el sector bancario sigue estando suficientemente capitalizado, aún se enfrenta a retos asociados a los bajos niveles de rentabilidad y a los grandes volúmenes de exposiciones dudosas; siguen existiendo fuertes vínculos con el Estado. A finales de marzo de 2018, el volumen de exposiciones dudosas seguía siendo muy alto, situándose en 92 400 millones EUR, es decir, el 48,5 % del total de las exposiciones incluidas en el balance. Grecia ha adoptado legislación esencial en el marco de la ayuda financiera del Mecanismo Europeo de Estabilidad a fin de facilitar el saneamiento de los balances de los bancos, pero serán necesarios esfuerzos continuados para situar la ratio de exposiciones dudosas en niveles sostenibles y permitir a las instituciones financieras cumplir su función de intermediación y gestión del riesgo en todo momento. Por otra parte, existe una hoja de ruta para la relajación de los controles de capitales con el objetivo de restablecer la confianza de los depositantes. Si bien se han relajado algunos de los controles de capitales, se debe seguir trabajando sobre la base de los índices de referencia acordados.

(8)

Al haber perdido el acceso a los empréstitos de los mercados financieros desde 2010, Grecia comenzó a recobrar dicho acceso a través de emisiones de bonos del Estado a partir de julio de 2017. Sin embargo, en unos mercados financieros caracterizados por los episodios de volatilidad, el rendimiento de los bonos griegos se mantiene en niveles elevados con respecto a otros Estados miembros de la zona del euro, y las condiciones en que se conceden los préstamos a Grecia siguen siendo frágiles en un contexto de riesgos económicos externos. Es necesario continuar los esfuerzos para garantizar un acceso continuo y estable del Estado griego al mercado.

(9)

En vista de lo anterior, la Comisión concluye que Grecia sigue enfrentándose a riesgos por lo que respecta a su estabilidad financiera y que, si estos riesgos se materializasen, podrían tener efectos de arrastre adversos sobre otros Estados miembros de la zona del euro. Si alguno de estos efectos de arrastre se produjese, podría hacerlo indirectamente al repercutir en la confianza de los inversores y, por consiguiente, en los costes de refinanciación para los bancos de otros Estados miembros de la zona del euro y de los propios Estados.

(10)

El 22 de junio de 2018, el Eurogrupo llegó a un acuerdo político para aplicar medidas adicionales que garanticen la sostenibilidad de la deuda. Grecia tiene un gran volumen de deuda de las Administraciones públicas, que se situaba en el 178,6 % del PIB a finales de 2017. Grecia ya se ha beneficiado de ayudas financieras generosas de sus socios europeos en condiciones liberales y de medidas específicas para hacer la deuda más sostenible que se adoptaron en 2012 y, posteriormente, en 2017 por el Mecanismo Europeo de Estabilidad. El análisis de la sostenibilidad de la deuda de junio de 2018 elaborado por la Comisión en colaboración con el Banco Central Europeo y con el Mecanismo Europeo de Estabilidad llegó a la conclusión de que, si no se tomaban nuevas medidas, se produciría un riesgo importante para la sostenibilidad de la deuda, dado que se prevé que las necesidades de financiación bruta de Grecia superen el 20 % del PIB a largo plazo, un umbral fijado por el Eurogrupo como valor de referencia para evaluar los riesgos para la sostenibilidad de la deuda. Las medidas acordadas por el Eurogrupo el 22 de junio de 2018 sobre esa base incluyen la ampliación del vencimiento medio ponderado por un período adicional de 10 años, el aplazamiento del pago de intereses y de la amortización por un período adicional de 10 años, y la aplicación de otras medidas relacionadas con la deuda. Combinados con un desembolso de 15 000 millones EUR, a través de la cual se prevé que el colchón de efectivo cubra las necesidades de financiación de la deuda soberana durante aproximadamente 22 meses a partir de la fecha de finalización del programa, se espera, según los supuestos de referencia de la Comisión, que estas medidas sean suficientes para garantizar la sostenibilidad de la deuda y que las necesidades brutas de financiación se mantengan por debajo del 20 % del PIB de aquí a 2060. En un escenario adverso, las medidas a medio plazo acordadas por el Eurogrupo supondrían una contribución positiva a la sostenibilidad de la deuda durante algún tiempo y garantizarían que las ratios de las necesidades brutas de financiación permaneciesen por debajo de los umbrales acordados hasta 2036. El Eurogrupo ha convenido en revisar, al finalizar el período de gracia de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera en 2032, si son necesarias medidas adicionales relacionadas con la deuda a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de necesidades brutas de financiación acordados, siempre que se respete el marco presupuestario de la Unión Europea, y tomar las medidas oportunas en caso necesario.

(11)

No obstante, a medio plazo, Grecia necesita seguir adoptando medidas destinadas a abordar las causas reales o potenciales de las dificultades y aplicando reformas estructurales a fin de apoyar una recuperación económica sólida y sostenible, en vista de los efectos de varios factores heredados del pasado. Estos factores incluyen la grave y prolongada recesión durante la crisis; el volumen de la carga de la deuda de Grecia; las vulnerabilidades de su sector financiero; la interrelación, que continúa siendo relativamente estrecha, entre el sector financiero y las finanzas públicas griegas, en particular a través de la propiedad del estatal; el riesgo de contagio de las tensiones graves en alguno de estos sectores a otros Estados miembros, así como la exposición de los Estados miembros de la zona del euro a la deuda soberana griega.

(12)

A tal efecto, Grecia se ha comprometido en el Eurogrupo a continuar y completar todas las reformas esenciales adoptadas en el marco de la ayuda financiera del Mecanismo Europeo de Estabilidad, así como a garantizar la salvaguardia de los objetivos de las importantes reformas adoptadas en el marco de los programas de ayuda financiera.

(13)

Grecia también se ha comprometido a aplicar medidas específicas en los ámbitos de la política presupuestaria y presupuestaria-estructural, del bienestar social, de la estabilidad financiera, de los mercados de trabajo y de productos, de la privatización y la Administración pública. Estas medidas específicas, que se establecen en un anexo a la declaración del Eurogrupo de 22 de junio de 2018, contribuirán a hacer frente a las posibles fuentes de dificultades económicas.

(14)

A fin de abordar los riesgos residuales y de supervisar el cumplimiento de los compromisos adoptados con este fin, parece necesario y conveniente someter a Grecia a una supervisión reforzada con arreglo al artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 472/2013.

(15)

Grecia fue consultada de manera oficial, también a través de una carta formal enviada el 4 de julio de 2018, y se le dio la oportunidad de expresar su punto de vista sobre la evaluación de la Comisión. En su respuesta de 6 de julio de 2018, Grecia manifestó su conformidad con la evaluación de la Comisión de los retos económicos a los que se enfrenta el país, que constituye el fundamento de la activación de una supervisión reforzada.

(16)

Grecia seguirá beneficiándose del apoyo técnico del programa de apoyo a las reformas estructurales [según lo establecido en el Reglamento (UE) 2017/825 del parlamento Europeo y del Consejo (7)] para la concepción y la aplicación de las reformas, en particular para la continuación y la finalización de las reformas esenciales en consonancia con los compromisos políticos objeto de supervisión reforzada.

(17)

La Comisión tiene la intención de colaborar estrechamente con el Mecanismo Europeo de Estabilidad, en el marco de su Sistema de Alerta Rápida, para la aplicación de una supervisión reforzada.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Grecia será objeto de una supervisión reforzada con arreglo al artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 472/2013 por un período de seis meses a partir del 21 de agosto de 2018.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión es la República Helénica.

Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 2018.

Por la Comisión

Pierre MOSCOVICI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.

(2)  Una vez deducidas las obligaciones de la FEEF por valor de 10 900 millones EUR transferidas al Fondo Helénico de Estabilidad Financiera en marzo de 2012 y reembolsadas en febrero de 2015.

(3)  Una vez deducidos los 2 000 millones EUR en préstamos para la recapitalización de los bancos, que fueron reembolsados en febrero de 2017.

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2016/544 del Consejo, de 19 de febrero de 2016, por la que se aprueba el programa de ajuste macroeconómico de Grecia (2015/1411) (DO L 91 de 7.4.2016, p. 27).

(5)  Decisión de Ejecución (UE) 2017/1226 del Consejo, de 30 de junio de 2017, que modifica la Decisión de Ejecución 2016/544/UE por la que se aprueba el programa de ajuste macroeconómico para Grecia (2015/1411) (DO L 174 de 7.7.2017, p. 22).

(6)  Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).

(7)  Reglamento (UE) 2017/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, relativo a la creación del programa de apoyo a las reformas estructurales para el período 2017 a 2020 y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1303/2013 y (UE) n.o 1305/2013 (DO L 129 de 19.5.2017, p. 1).


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