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Document 32017R1084R(06)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014 en lo relativo a las ayudas a infraestructuras portuarias y aeroportuarias, los umbrales de notificación para las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio y para las ayudas a infraestructuras deportivas y recreativas multifuncionales, así como los regímenes de ayudas de funcionamiento de finalidad regional, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 702/2014 en lo relativo al cálculo de los costes subvencionables (DO L 156 de 20.6.2017)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014 en lo relativo a las ayudas a infraestructuras portuarias y aeroportuarias, los umbrales de notificación para las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio y para las ayudas a infraestructuras deportivas y recreativas multifuncionales, así como los regímenes de ayudas de funcionamiento de finalidad regional, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 702/2014 en lo relativo al cálculo de los costes subvencionables (DO L 156 de 20.6.2017)
C/2025/969
DO L, 2025/90138, 13.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1084/corrigendum/2025-02-13/oj (ES, ET, PL, FI)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1084/corrigendum/2025-02-13/oj
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Diario Oficial |
ES Serie L |
2025/90138 |
13.2.2025 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014 en lo relativo a las ayudas a infraestructuras portuarias y aeroportuarias, los umbrales de notificación para las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio y para las ayudas a infraestructuras deportivas y recreativas multifuncionales, así como los regímenes de ayudas de funcionamiento de finalidad regional, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 702/2014 en lo relativo al cálculo de los costes subvencionables
( Diario Oficial de la Unión Europea L 156 de 20 de junio de 2017 )
En la página 8, en el artículo 1, en el punto 8, por el que se sustituye el artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 651/2014, en el apartado 2:
donde dice:
«los Estados miembros verificarán regularmente, una vez por ejercicio económico como mínimo, sobre la base de controles a posteriori y por muestreo»,
debe decir:
«los Estados miembros verificarán regularmente y, como mínimo, sobre la base de controles a posteriori y por muestreo».
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1084/corrigendum/2025-02-13/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)