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Document 32014D0072

Decisión 2014/72/PESC del Consejo, de 10 de febrero de 2014 , por la que se actualiza y modifica la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión 2013/395/PESC

OJ L 40, 11.2.2014, p. 56–58 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 22/07/2014; derogado por 32014D0483

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/72(1)/oj

11.2.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 40/56


DECISIÓN 2014/72/PESC DEL CONSEJO

de 10 de febrero de 2014

por la que se actualiza y modifica la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión 2013/395/PESC

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición Común 2001/931/PESC (1).

(2)

El 25 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/395/PESC (2) por la que se actualiza y modifica la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

(3)

De conformidad con el artículo 1, apartado 6, de la Posición Común 2001/931/PESC, es necesario revisar periódicamente los nombres de las personas, grupos y entidades que figuran en la lista con el fin de asegurar que su permanencia en ella está justificada.

(4)

La presente Decisión recoge los resultados de la revisión que el Consejo ha llevado a cabo con respecto a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

(5)

El Consejo ha decidido que ya no existen razones para mantener a un grupo en concreto en la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

(6)

El Consejo ha concluido que las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC han intervenido en actos terroristas a tenor de su artículo 1, apartados 2 y 3, que una autoridad nacional competente ha adoptado una decisión al respecto en el sentido de su artículo 1, apartado 4, y que se les deben seguir aplicando las medidas restrictivas específicas establecidas en ella.

(7)

La lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC debe actualizarse en consecuencia y la Decisión 2013/395/PESC debe derogarse.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la presente Decisión establece la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión 2013/395/PESC.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2014.

Por el Consejo

La Presidenta

C. ASHTON


(1)  Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (DO L 344 de 28.12.2001, p. 93).

(2)  Decisión 2013/395/PESC del Consejo, de 25 de julio de 2013, por la que se actualiza y modifica la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión 2012/765/PESC (DO L 201 de 26.7.2013, p. 57).


ANEXO

Lista de personas, grupos y entidades a que se refiere el artículo 1

1.   PERSONAS

1.

ABDOLLAHI Hamed (alias Mustafa Abdullahi), nacido el 11 de agosto de 1960 en Irán. Pasaporte no: D9004878.

2.

AL-NASSER, Abdelkarim Hussein Mohamed, nacido en Al Ihsa (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

3.

AL YACOUB, Ibrahim Salih Mohammed, nacido el 16 de octubre de 1966 en Tarut (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

4.

ARBABSIAR Manssor (alias Mansour Arbabsiar), nacido el 6 o el 15 de marzo de 1955 en Irán. Nacional de Irán y de EE. UU. Pasaporte no: C2002515 (Irán). Pasaporte no: 477845448 (EE. UU.). DNI: 07442833, fecha de caducidad: 15 de marzo de 2016 (permiso de conducción estadounidense).

5.

BOUYERI, Mohamed (alias Abu ZUBAIR, alias SOBIAR, alias Abu ZOUBAIR), nacido el 8 de marzo de 1978 en Ámsterdam (Países Bajos), miembro del Hofstadgroep.

6.

FAHAS, Sofiane Yacine, nacido el 10 de septiembre de 1971 en Argel (Argelia) (Miembro de al-Takfir y al-Hijra).

7.

IZZ-AL-DIN, Hasan (alias GARBAYA, Ahmed; alias SA-ID; alias SALWWAN, Samir), Líbano, nacido en 1963 en el Líbano, nacional del Líbano.

8.

MOHAMMED, Khalid Shaikh (alias ALI, Salem, alias BIN KHALID, Fahd Bin Abdallah, alias HENIN, Ashraf Refaat Nabith, alias WADOOD, Khalid Adbul), nacido el 14 de abril de 1965 o el 1 de marzo de 1964 en Pakistán. Pasaporte no: 488555.

9.

SHAHLAI Abdul Reza (alias Abdol Reza Shala’i, alias Abd-al Reza Shalai, alias Abdorreza Shahlai, alias Abdolreza Shahla’i, alias Abdul-Reza Shahlaee, alias Hajj Yusef, alias Haji Yusif, alias Hajji Yasir, alias Hajji Yusif, alias Yusuf Abu-al-Karkh), nacido hacia 1957 en Irán. Direcciones: 1) Kermanshah, Irán, 2) Base militar de Mehran, provincia de Ilam, Irán.

10.

SHAKURI Ali Gholam, nacido hacia 1965 en Teherán (Irán).

11.

SOLEIMANI Qasem (alias Ghasem Soleymani, alias Qasmi Sulayman, alias Qasem Soleymani, alias Qasem Solaimani, alias Qasem Salimani, alias Qasem Solemani, alias Qasem Sulaimani, alias Qasem Sulemani), nacido el 11 de marzo de 1957 en Irán. Nacionalidad iraní. Pasaporte no: 008827 (diplomático iraní), emitido en 1999. Título: General de División.

2.   GRUPOS Y ENTIDADES

1.

Organización Abu Nidal (ANO) (también denominada Consejo Revolucionario de Al Fatah, Brigadas Revolucionarias Árabes, Septiembre Negro y Organización Revolucionaria de los Musulmanes Socialistas).

2.

Brigada de los Mártires de Al-Aqsa.

3.

Al-Aqsa e.V.

4.

Al-Takfir y al-Hijra.

5.

Babbar Khalsa.

6.

Partido Comunista de Filipinas, incluido el New People’s Army (NPA)/Nuevo Ejército del Pueblo (NEP), Filipinas.

7.

Gama’a al-Islamiyya (Grupo Islámico) (también denominado Al-Gama’a al-Islamiyya, IG).

8.

İslami Büyük Doğu Akıncılar Cephesi (Frente de Guerreros del Gran Oriente Islámico IBDA-C).

9.

Hamas (incluido Hamas-Izz al-Din al Qassem).

10.

«Rama militar de Hizballah» (alias «Rama militar de Hezbollah», alias «Rama militar de Hizbullah», alias «Rama militar de Hizbollah», alias «Rama militar de Hezballah», alias «Rama militar de Hisbollah», alias «Rama militar de Hizbu’llah», alias «Rama militar de Hizb Allah», alias «Consejo de la Jihad») (y todas las unidades bajo su mando, incluida la Organización de Seguridad Exterior).

11.

(Los) Muyahidines Hizbul (HM).

12.

Hofstadgroep.

13.

Holy Land Foundation for Relief and Development (Fundación de Fomento y Desarrollo de Tierra Santa).

14.

International Sikh Youth Federation (ISYF) (Federación internacional de jóvenes sij).

15.

Khalistan Zindabad Force (Fuerza de Jalistán Zindabad) (KZF).

16.

Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) (también denominado KADEK y KONGRA-GEL).

17.

Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE).

18.

Ejército de Liberación Nacional.

19.

Palestinian Islamic Jihad (PIJ)/Yihad Islámica Palestina.

20.

Frente Popular de Liberación de Palestina (FPLP).

21.

Frente Popular de Liberación de Palestina-Comando General (también denominado FPLP-Comando General, FPLP-CG).

22.

Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

23.

Devrimci Halk Kurtuluș Partisi-Cephesi, Ejército/Frente/Partido Revolucionario de Liberación Popular (DHKP/C), [también denominado Devrimci Sol (Izquierda revolucionaria) y Dev Sol].

24.

Sendero Luminoso (SL).

25.

TAK — Teyrbazen Azadiya Kurdistan, alias Halcones de la Libertad del Kurdistán.


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