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Document 31997D0576
97/576/EC: Commission Decision of 23 July 1997 amending Commission Decision 94/652/EC establishing the inventory and distribution of tasks to be undertaken within the framework of co-operation by Member States in the scientific examination of questions relating to food (Text with EEA relevance)
97/576/CE: Decisión de la Comisión de 23 de julio de 1997 por la que se modifica la Decisión 94/652/CE que establece el inventario y distribución de las tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (Texto pertinente a los fines del EEE)
97/576/CE: Decisión de la Comisión de 23 de julio de 1997 por la que se modifica la Decisión 94/652/CE que establece el inventario y distribución de las tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (Texto pertinente a los fines del EEE)
OJ L 236, 27.8.1997, p. 26–28
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 19/02/1998; derog. impl. por 398D0177
97/576/CE: Decisión de la Comisión de 23 de julio de 1997 por la que se modifica la Decisión 94/652/CE que establece el inventario y distribución de las tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (Texto pertinente a los fines del EEE)
Diario Oficial n° L 236 de 27/08/1997 p. 0026 - 0028
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de julio de 1997 por la que se modifica la Decisión 94/652/CE que establece el inventario y distribución de las tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (Texto pertinente a los fines del EEE) (97/576/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 93/5/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1993, relativa a la asistencia a la Comisión por parte de los Estados miembros y a su cooperación en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (1), y, en particular, su artículo 3, Considerando que la Decisión 94/458/CE de la Comisión (2) ha establecido normas para la gestión administrativa de la cooperación en el examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios; Considerando que la Decisión 94/652/CE de la Comisión (3) ha establecido el inventario y distribución de tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios; considerando que el artículo 3 de la Directiva 93/5/CEE establece la actualización como mínimo cada seis meses del inventario y distribución de tareas; Considerando que el inventario de tareas debe confeccionarse y actualizarse teniendo en cuenta las necesidades de protección de la salud pública en la Comunidad y los requisitos de la legislación comunitaria en el sector de los productos alimenticios; Considerando que las tareas se distribuirán teniendo en cuenta los conocimientos científicos y los recursos de que dispongan los Estados miembros y, en particular, las instituciones que participen en la cooperación científica; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de productos alimenticios, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 El Anexo de la Decisión 94/652/CE que establece el inventario y distribución de tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios queda reemplazado por el Anexo de esta Decisión. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 1997. Por la Comisión Martin BANGEMANN Miembro de la Comisión (1) DO n° L 52 de 4. 3. 1993, p. 18. (2) DO n° L 189 de 23. 7. 1994, p. 84. (3) DO n° L 253 de 29. 9. 1994, p. 29. ANEXO Inventario de las tareas que deben emprender los Estados miembros en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios >SITIO PARA UN CUADRO>