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Document 22023D0034
Decision of the EEA Joint Committee No 229/2019 of 27 September 2019 amending Annex II (Technical regulations, standards, testing and certification) to the EEA Agreement [2023/34]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 229/2019 de 27 de septiembre de 2019 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2023/34]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 229/2019 de 27 de septiembre de 2019 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2023/34]
DO L 4 de 5.1.2023, pp. 46–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
5.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 4/46 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 229/2019
de 27 de septiembre de 2019
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2023/34]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/139 de la Comisión, de 29 de enero de 2019, por el que se aprueba la sustancia activa Beauveria bassiana cepa IMI389521 con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/147 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se aprueba la sustancia activa Beauveria bassiana cepa PPRI 5339 con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(3) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/148 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se establece la no aprobación de la sustancia activa propanilo, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios (3), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(4) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/149 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se modifica los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/1108 y (UE) n.o 540/2011 en lo que se refiere a las condiciones de uso del vinagre como sustancia básica (4), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(5) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/150 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 en lo relativo al Estado miembro ponente para la evaluación de las siguientes sustancias activas contenidas en los productos fitosanitarios: deltametrina, diflufenicán, epoxiconazol, fluoxastrobina, protioconazol y tebuconazol (5), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(6) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/151 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se renueva la aprobación de la sustancia activa Clonostachys rosea, cepa J1446, como sustancia activa de bajo riesgo, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (6), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(7) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/158 de la Comisión, de 31 de enero de 2019, por el que se renueva la aprobación de la sustancia activa metoxifenozida como candidata a la sustitución, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (7), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(8) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/168 de la Comisión, de 31 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 540/2011 en lo relativo a la prórroga de los períodos de aprobación de las sustancias activas abamectina, Bacillus subtilis (Cohn 1872), cepa QST 713, Bacillus thuringiensis subsp. aizawai, Bacillus thuringiensis subsp. israeliensis, Bacillus thuringiensis subsp. kurstaki, Beauveria bassiana, benfluralina, ciprodinil, clodinafop, clopiralida, Cydia pomonella Granulovirus (CpGV), diclorprop-P, epoxiconazol, fenpiroximato, fluazinam, flutolanilo, fosetil, Lecanicillium muscarium, mepanipirima, mepicuat, Metarhizium anisopliae var. anisopliae, metconazol, metrafenona, Phlebiopsis gigantea, pirimetanil, pirimicarb, Pseudomonas chlororaphis, cepa MA 342, Pythium oligandrum, rimsulfurona, spinosad, Streptomyces K61, tiacloprid, tolclofós-metilo, Trichoderma asperellum, Trichoderma atroviride, Trichoderma gamsii, Trichoderma harzianum, triclopir, trinexapac, triticonazol, Verticillium alboatrum y ziram (8), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(9) |
Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1. |
En el punto 13a [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión], se añaden los guiones siguientes:
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2. |
En el punto 13zzze [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 de la Comisión], se añade el guion siguiente:
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3. |
En el punto 13zzzzzb [Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1108 de la Comisión], se añade el texto siguiente: «, modificado por:
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4. |
Después del punto 13zzzzzzzzzo [Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1981 de la Comisión], se añaden los puntos siguientes:
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Artículo 2
Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2019/139, (UE) 2019/147, (UE) 2019/148, (UE) 2019/149, (UE) 2019/150, (UE) 2019/151, (UE) 2019/158 y (UE) 2019/168 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 28 de septiembre de 2019, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
Gunnar PÁLSSON
(1) DO L 26 de 30.1.2019, p. 4.
(2) DO L 27 de 31.1.2019, p. 14.
(3) DO L 27 de 31.1.2019, p. 18.
(4) DO L 27 de 31.1.2019, p. 20.
(5) DO L 27 de 31.1.2019, p. 23.
(6) DO L 27 de 31.1.2019, p. 26.
(7) DO L 31 de 1.2.2019, p. 21.
(8) DO L 33 de 5.2.2019, p. 1.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.