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Document 22016D0514
Decision of the EEA Joint Committee No 26/2015 of 25 February 2015 amending Annex VI (Social security) to the EEA Agreement [2016/514]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 26/2015, de 25 de febrero de 2015, por la que se modifica el anexo VI (Seguridad social) del Acuerdo EEE [2016/514]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 26/2015, de 25 de febrero de 2015, por la que se modifica el anexo VI (Seguridad social) del Acuerdo EEE [2016/514]
OJ L 93, 7.4.2016, p. 40–40
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
7.4.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 93/40 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 26/2015
de 25 de febrero de 2015
por la que se modifica el anexo VI (Seguridad social) del Acuerdo EEE [2016/514]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión n.o E4, de 13 de marzo de 2014, relativa al período transitorio definido en el artículo 95 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). |
(2) |
La Decisión n.o E4 sustituye a la Decisión n.o E3 (2), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo VI del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El punto 4.3 (Decisión n.o E3) del anexo VI del Acuerdo EEE se sustituye por el texto siguiente:
«32014 D 0520(03): Decisión n.o E4, de 13 de marzo de 2014, relativa al período transitorio definido en el artículo 95 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO C 152 de 20.5.2014, p. 21).».
Artículo 2
Los textos de la Decisión n.o E4 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 26 de febrero de 2015, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
(1) DO C 152 de 20.5.2014, p. 21.
(2) DO C 12 de 14.1.2012, p. 6.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.