EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 21999D0722(07)

Decisión del Comité Mixto del EEE n° 88/98 de 25 de septiembre de 1998 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

OJ L 189, 22.7.1999, p. 61–61 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Special edition in Czech: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Estonian: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Latvian: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Lithuanian: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Hungarian Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Maltese: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Polish: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Slovak: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Slovene: Chapter 11 Volume 004 P. 24 - 24
Special edition in Bulgarian: Chapter 11 Volume 057 P. 144 - 144
Special edition in Romanian: Chapter 11 Volume 057 P. 144 - 144
Special edition in Croatian: Chapter 11 Volume 057 P. 27 - 27

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1998/88(2)/oj

21999D0722(07)

Decisión del Comité Mixto del EEE n° 88/98 de 25 de septiembre de 1998 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

Diario Oficial n° L 189 de 22/07/1999 p. 0061 - 0061


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N° 88/98

de 25 de septiembre de 1998

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando que el anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 72/98 de 31 de julio de 1998(1);

Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 97/57/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 1997, por la que se establece el anexo VI de la Directiva 91/414/CEE relativa a la comercialización de productos fitosanitarios(2),

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 12a (Directiva 91/414/CEE del Consejo) del capítulo XV del anexo II del Acuerdo, se añadirá el guión siguiente: "- 397 L 0057: Directiva 97/57/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 1997 (DO L 265 de 27.9.1997, p. 87).".

Artículo 2

Los textos de la Directiva 97/57/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 26 de septiembre de 1998, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 1998.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

N. v. LIECHTENSTEIN

(1) DO L 172 de 8.7.1999, p. 51.

(2) DO L 265 de 27.9.1997, p. 87.

Top