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Document C2020/098A/02
Vacancy notice ECA/2020/8 – Director – one post (AD function group, grade 14) – Secretariat-General – Translation, Language Services and Publication Directorate (SG3)
Anuncio de vacante ECA/2020/8 — Director-un puesto (Grupo de funciones AD, grado 14) Secretaría General — Dirección de traducción, servicios lingüísticos y publicaciones (SG3)
Anuncio de vacante ECA/2020/8 — Director-un puesto (Grupo de funciones AD, grado 14) Secretaría General — Dirección de traducción, servicios lingüísticos y publicaciones (SG3)
DO C 98A de 25.3.2020, pp. 6–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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25.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 98/6 |
Anuncio de vacante ECA/2020/8
Director-un puesto
(Grupo de funciones AD, grado 14)
Secretaría General — Dirección de traducción, servicios lingüísticos y publicaciones (SG3)
(2020/C 98 A/02)
QUIÉNES SOMOS
El Tribunal de Cuentas Europeo (el Tribunal), es el auditor externo de la Unión Europea. El Tribunal, creado en 1977, es una de las siete instituciones de la UE.
Tiene su sede en Luxemburgo y su plantilla consta aproximadamente de 900 auditores, personal administrativo y de apoyo de todas las nacionalidades de la UE.
El Tribunal es un órgano colegiado compuesto por veintisiete Miembros, uno por cada Estado miembro de la UE.
Los auditores del Tribunal controlan que la UE tenga sus cuentas en orden y aplique correctamente su reglamentación financiera, y que las políticas y programas de la UE cumplan los objetivos fijados y sigan los criterios de optimización de recursos.
Su trabajo contribuye a mejorar la gestión financiera de la UE y a promover la rendición de cuentas y la transparencia. El Tribunal advierte de los riesgos, proporciona garantías, señala deficiencias y logros, y ofrece orientación a los responsables políticos y legisladores de la UE.
Presenta sus observaciones y recomendaciones al Parlamento Europeo, al Consejo de la UE, a los Gobiernos y Parlamentos nacionales y al público en general.
La Dirección de traducción, servicios lingüísticos y publicaciones, compuesta por 23 equipos lingüísticos asistidos por tres equipos transversales y aproximadamente 140 personas, proporciona al Tribunal traducciones, publicaciones y otros servicios lingüísticos de óptima calidad, y en un plazo adecuado, facilitando así la comunicación interna y externa en las lenguas oficiales de la Unión, y garantiza de forma constante la calidad de sus prestaciones gracias a un personal capacitado y experimentado.
QUÉ OFRECEMOS
La contratación de la persona seleccionada se efectuará en el grado AD 14. El sueldo base mensual será de 14 838 EUR. Al sueldo base, sujeto al impuesto de la UE y exento de impuestos nacionales, se podrán añadir determinadas prestaciones en las condiciones previstas en el Estatuto de los funcionarios de la UE.
El director de traducción, servicios lingüísticos y publicaciones es un funcionario de alto nivel que se encarga de:
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definir y supervisar las políticas, gestionar la Dirección y adoptar decisiones operativas con arreglo al programa de trabajo de la Secretaría General; |
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elaborar el programa de trabajo anual, aplicarlo y redactar un informe sobre su ejecución; |
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organizar actividades de traducción y de coordinación de la traducción y de otros servicios lingüísticos; |
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supervisar, controlar y coordinar el empleo de los recursos humanos y financieros asignados a la Dirección; |
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supervisar, controlar y coordinar el empleo eficiente de las herramientas de ayuda a la traducción; |
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representar a la institución y a la Dirección en los foros de cooperación interinstitucional e internacional; |
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supervisar la calidad de los sistemas de gestión y control interno de la Dirección; |
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garantizar la observancia de las reglas, los reglamentos y los procedimientos aplicables; |
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velar por el cumplimiento de las normas de calidad y de los plazos. |
QUÉ BUSCAMOS
I. Criterios de admisibilidad
1. Condiciones de contratación
De acuerdo con el artículo 28 del Estatuto, los candidatos, en la fecha de presentación de su candidatura, deberán:
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poseer la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la UE; |
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estar en plena posesión de sus derechos civiles; |
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haber cumplido todas las obligaciones impuestas por la legislación en materia de servicio militar; |
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ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones. |
2. Cualificaciones
De conformidad con el artículo 5 del Estatuto:
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i) |
un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o |
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ii) |
un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años, o |
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iii) |
cuando esté justificado en interés del servicio, formación profesional de nivel equivalente. |
3. Experiencia profesional
Experiencia profesional acreditada de como mínimo dieciocho años tras obtener las cualificaciones mencionadas, cuatro de ellos, al menos, en funciones de gestión de recursos humanos y presupuestarios.
4. Conocimientos de idiomas
Debido a la naturaleza de las funciones que deberá desempeñar, por razones de servicio, son necesarios conocimientos sólidos de inglés y de francés, puesto que son las lenguas de trabajo del Tribunal. Se requiere un nivel mínimo de C1 en la comprensión, la expresión oral y escrita en un idioma, y un nivel mínimo de B2 en las mismas categorías para el otro idioma.
Los conocimientos de otras lenguas de la UE serán una ventaja.
Para evaluar los conocimientos de lenguas extranjeras, véase:
http://europass.cedefop.europa.eu/en/resources/european-language-levels-cefr
II. Criterios de preselección
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Más de diez años de experiencia en un entorno internacional y multicultural. |
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Más de cuatro años de experiencia en la gestión de recursos humanos y presupuestarios. |
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Experiencia en proyectos innovadores y en la aplicación de cambios. |
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Versatilidad y una larga y variada experiencia profesional. |
III. Criterios de selección
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Excelente capacidad para definir y aplicar una estrategia e informar de los objetivos y los resultados que se espera lograr. |
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Excelente dominio de métodos de gestión. |
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Excelente capacidad de dirigir y motivar equipos multilingües y multiculturales, discernir y optimizar el potencial del personal y gestionar conflictos. |
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Motivación para formar parte de la dirección administrativa de una institución de la Unión Europea que se esfuerza por mejorar constantemente sus servicios. |
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Excelentes habilidades sociales y aptitudes para la comunicación. |
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Gran capacidad para las relaciones con las partes interesadas: capacidad de negociación, tacto y diplomacia. |
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Experiencia profesional en el campo de la traducción y/o terminología, incluidos los instrumentos y sistemas de traducción asistida por ordenador. |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
De conformidad con la Decisión del Tribunal n.o 31-2015 sobre los procedimientos para la selección de gerentes principales y directores, se constituirá un comité de preselección para evaluar los candidatos admisibles con arreglo a los criterios expuestos en el presente anuncio de vacante.
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a) |
Fase de preselección: |
El comité procederá en primer lugar a la evaluación y comparación de las cualificaciones, la experiencia profesional y las capacidades de todos los candidatos admisibles a partir de la información proporcionada en sus solicitudes (véanse los criterios de preselección anteriormente mencionados). Sobre la base de su evaluación comparativa, el comité preseleccionará los ocho candidatos más adecuados (1).
Dado que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa, los candidatos que cumplan los criterios expuestos en el presente anuncio de vacante no pasarán automáticamente a la siguiente fase del procedimiento.
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b) |
Fase de selección: |
El comité evaluará a los ocho candidatos más adecuados en una entrevista y utilizando cualquier otro medio que considere apropiado (véanse los criterios de selección anteriormente mencionados).
Los resultados de la fase de selección, junto con los resultados de la fase de preselección, constituirán la base para elaborar una lista de candidatas(os) que se considere(n) mejor cualificadas(os) para el puesto.
El Tribunal de Cuentas Europeo decidirá designar a una candidata o un candidato sobre la base del informe del comité.
CANDIDATURAS
El plazo de presentación de las candidaturas expira a las 12.00 horas del 30 de abril de 2020 (CET).
Las candidaturas deberán estar redactadas en inglés o francés, y presentarse únicamente a través del formulario en línea proporcionado para el anuncio de vacante.
Junto a las solicitudes, se presentarán los siguientes documentos (todos ellos en inglés o francés):
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una carta de motivación (de tres páginas como máximo); |
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un curriculum vitae actualizado (de cinco páginas como máximo), en formato «curriculum vitae Europass», en el que se especifiquen las fechas exactas (véase http://europass.cedefop.europa.eu). |
Se señala a la atención de los candidatos que solo se tendrá en cuenta la información proporcionada en su currículum vítae y en la carta de motivación para la evaluación de su solicitud durante las fases de verificación de la admisibilidad y preselección del procedimiento.
Los datos suministrados en la solicitud se considerarán verídicos y completos y serán por tanto vinculantes para los solicitantes.
Si se les solicita, los candidatos deberán aportar pruebas escritas de sus cualificaciones, experiencia profesional y las funciones que desempeña actualmente, cuando se considere necesario.
Las candidaturas que no respeten estas instrucciones serán rechazadas.
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN
El Tribunal de Cuentas ha decidido iniciar el procedimiento de provisión de un puesto de Director (grado AD 14) de conformidad con el artículo 29, apartados 1 y 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), a fin de facilitar a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos un mayor número de candidatos potenciales para su selección.
De conformidad con la política de igualdad de oportunidades del Tribunal y el artículo 1 quinquies del Estatuto, el Tribunal favorece la diversidad y fomenta la igualdad de oportunidades. El Tribunal acepta las candidaturas sin ningún tipo de discriminación y garantiza en particular una contratación equilibrada de mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Dada la baja representación de las mujeres en los niveles de gestión superiores, el Tribunal acogerá de manera particularmente favorable las solicitudes de candidaturas femeninas para este puesto. En caso de igualdad de cualificaciones o méritos, se elegirá una candidata mujer. El Tribunal también fomenta la conciliación de la vida laboral y familiar.
Si necesita cualquier disposición especial (por una discapacidad o minusvalía específica) para participar en este proceso de selección, envíe un correo electrónico con suficiente antelación a ECA-Recrutement@eca.europa.eu.
PROTECCIÓN DE DATOS
El Tribunal se compromete a garantizar que los datos personales de los candidatos se tratan de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).
Para más información, véase la declaración de confidencialidad específica para vacantes de empleo, que se encuentra disponible en la dirección siguiente:
https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/Specific_Privacy_Statement_vacancies/Specific_Privacy_Statement_vacancies_ES.PDF
SOLICITUD DE REVISIÓN — PRESENTACIÓN DE RECURSOS — RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO
En caso de considerar que, en cualquier fase del procedimiento de selección, se considere perjudicada(o) por una decisión tendrá a su disposición las opciones siguientes:
I. Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por un comité de preselección
Podrá enviar por escrito una solicitud de revisión de la decisión adoptada por el comité de selección, donde alegue sus motivos. Tal solicitud deberá enviarse en el plazo de los 10 días siguientes a la comunicación de la decisión a la siguiente dirección:
ECA-Recours@eca.europa.eu.
II. Reclamaciones y recursos
De conformidad con el artículo 90, apartado 2, del Estatuto, podrá presentar una reclamación contra la decisión del Tribunal de rechazar su candidatura, en un plazo de tres meses a partir de su notificación, a la siguiente dirección:
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Secretario General |
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Tribunal de Cuentas Europeo |
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12, rue Alcide De Gasperi |
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L-1615 Luxembourg |
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LUXEMBOURG |
III. Recurso judicial
En virtud del artículo 91 del Estatuto, tendrá la posibilidad de interponer un recurso contra una eventual decisión de denegación de su reclamación, en la medida en que esta le pueda perjudicar, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este recurso debe ser interpuesto por un abogado en un plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación de la decisión de denegación de la reclamación.
IV. Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo
En caso de considerar que la gestión de su expediente ha constituido una mala práctica administrativa del Tribunal de Cuentas Europeo, puede dirigir una reclamación al Defensor del Pueblo Europeo, tras haberse puesto en contacto previamente con el Tribunal de Cuentas con miras a la resolución de la controversia. Esta reclamación deberá transmitirse por escrito en un plazo de dos años a partir de la fecha en la que tuvo conocimiento de los hechos referentes a su reclamación. Un formulario de reclamación en línea se encuentra disponible en el sitio web del Defensor del Pueblo Europeo. Este tipo de reclamación no implica la suspensión de los plazos de recurso indicados más arriba.
(1) Siempre que haya suficientes candidatos admisibles.
(2) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).