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Document C2010/265A/07
Notice of open competitions — COM/AD/13/10 and COM/AD/14/10
Convocatoria de oposiciones generales — COM/AD/13/10 y COM/AD/14/10
Convocatoria de oposiciones generales — COM/AD/13/10 y COM/AD/14/10
DO C 265A de 30.9.2010, pp. 66–77
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 265A de 30.9.2010, p. 7–7
(GA)
|
30.9.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 265/66 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIONES GENERALES — COM/AD/13/10 Y COM/AD/14/10
(2010/C 265 A/07)
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La Comisión Europea organiza oposiciones generales, en la modalidad concurso-oposición, a fin de constituir listas de reserva a partir de las cuales nombrar a administradores de investigación AD6 y AD7 (1).
COM/AD/13/10 — ADMINISTRADORES DE INVESTIGACIÓN (AD6)
COM/AD/14/10 — ADMINISTRADORES DE INVESTIGACIÓN (AD7)
en el siguiente ámbito:
CIENCIAS DE LA ENERGÍA
Antes de presentar una candidatura, conviene leer atentamente las instrucciones que figuran en la guía publicada en el Diario Oficial C 184 A de 8 de julio de 2010 y en la página web de la EPSO [http://europa.eu/epso/apply/index_en.htm].
Esta guía, que forma parte integrante de la convocatoria de oposiciones, permite comprender mejor las normas que regulan el procedimiento y la manera de presentar una candidatura.
ÍNDICE
|
I. |
CONTEXTO GENERAL |
|
II. |
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES |
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III. |
CONDICIONES DE ADMISIÓN |
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IV. |
ADMISIÓN A LAS OPOSICIONES E INVITACIÓN AL CENTRO DE EVALUACIÓN |
|
V. |
OPOSICIONES GENERALES |
|
VI. |
LISTAS DE RESERVA |
|
VII. |
CÓMO PRESENTAR UNA CANDIDATURA |
|
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ANEXOS |
I. CONTEXTO GENERAL
Se celebran dos oposiciones generales, una para el grado AD6 y otra para el AD7, en el ámbito de las ciencias de la energía a fin de nombrar administradores de investigación para la Comisión Europea, principalmente para el Centro Común de Investigación (JRC).
La misión del JRC es prestar apoyo científico y técnico, orientado por el cliente, a la concepción, desarrollo, ejecución y seguimiento de las políticas de la UE. En su calidad de servicio de la Comisión Europea, el JRC funciona como centro de referencia de la Unión en materia de ciencia y tecnología. Desde su proximidad al proceso de toma de decisiones, sirve al interés común de los Estados miembros, a la vez que mantiene su independencia respecto a intereses especiales, privados o nacionales.
Estas oposiciones tienen por objetivo la elaboración de listas de reserva para cubrir vacantes principalmente en los distintos institutos del JRC y, más en particular, en el Instituto de la Energía (IE), ubicado en Petten (Países Bajos).
Se indica a continuación el número de candidatos que se seleccionarán por oposición y campo, así como el lugar de trabajo a título indicativo:
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Número de candidatos que se seleccionarán por oposición |
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Ámbito |
Campos |
AD6 |
AD7 |
Institutos y su localización |
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Ciencias de la energía |
1 |
Tecnólogos de la energía |
5 |
2 |
IE, Petten (NL) |
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|
2 |
Especialistas en modelización de sistemas energéticos y protección |
5 |
2 |
IE, Petten (NL) |
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|
3 |
Ingenieros y especialistas en seguridad de la energía |
8 |
2 |
IE, Petten (NL) |
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4 |
Científicos de materiales, físicos, químicos e ingenieros estructurales |
4 |
2 |
IE, Petten (NL) |
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Observaciones |
La Comisión publica en paralelo las siguientes oposiciones:
Si se cumplen todas las condiciones generales y particulares (véase la sección III), está permitido presentarse a ambas oposiciones, AD6 y AD7, en varios ámbitos, pero, dentro de un ámbito, solo es posible presentarse a un campo, so pena de ser descalificado. Esta elección se efectuará en el momento de la inscripción electrónica y no podrá modificarse una vez confirmado y enviado el formulario de candidatura por vía electrónica. |
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II. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
Las funciones correspondientes a cada campo se detallan en los anexos.
Los administradores de investigación (AD6), bajo la supervisión de un científico experimentado, desempeñarán las funciones correspondientes dentro de un equipo de investigación.
Los administradores de investigación (AD7) desempeñarán las funciones correspondientes a un nivel superior, tanto a título individual como en calidad de jefes de un equipo científico.
III. CONDICIONES DE ADMISIÓN
, el candidato deberá cumplir todas las condiciones generales y particulares siguientes:
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2.1. |
Titulación académica: Véase el punto 2 de los anexos. |
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2.2. |
Experiencia profesional: Véase el punto 3 de los anexos. |
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2.3. |
Conocimientos lingüísticos: Deberá indicarse una lengua principal (lengua 1) y una segunda lengua (lengua 2), según se especifica a continuación. Las lenguas elegidas deberán indicarse en el formulario de inscripción electrónica. No se podrá modificar esta elección con posterioridad a la validación final de la candidatura. |
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Lengua principal: Excelente conocimiento de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea Las lenguas oficiales de la Unión Europea son las siguientes: |
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BG (búlgaro) CS (checo) DA (danés) DE (alemán) EL (griego) EN (inglés) ES (español) ET (estonio) |
FI (finés) FR (francés) GA (irlandés) HU (húngaro) IT (italiano) LT (lituano) LV (letón) MT (maltés) |
NL (neerlandés) PL (polaco) PT (portugués) RO (rumano) SK (eslovaco) SL (esloveno) SV (sueco) |
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y |
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Segunda lengua (distinta necesariamente de la lengua 1): Conocimiento satisfactorio del inglés, el francés o el alemán. |
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IV. ADMISIÓN A LAS OPOSICIONES E INVITACIÓN AL CENTRO DE EVALUACIÓN
1. Admisión a las oposiciones
La información facilitada en la inscripción electrónica será contrastada con las condiciones generales y particulares para seleccionar a los candidatos que reúnan los requisitos de admisión a las oposiciones.
2. Invitación al centro de evaluación: selección a partir de la información facilitada
El tribunal seleccionará a los candidatos admitidos al centro de evaluación sobre la base de sus méritos, tras fijar los criterios por los que los evaluará. La selección se efectuará a partir de la información facilitada en los formularios de inscripción electrónica. El tribunal seleccionará a los candidatos que reúnan las condiciones de admisión y posean los méritos (especialmente títulos, publicaciones en revistas revisadas por pares y experiencia académica y/o profesional) que mejor corresponden, en términos de calidad y nivel, a la naturaleza de las funciones descritas en la convocatoria de las oposiciones (véase el punto 4 de los anexos). La selección se efectuará aplicando el sistema de puntuación siguiente:
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a) |
cada criterio de selección recibirá una ponderación comprendida entre 1 y 3, según la importancia que el tribunal le conceda; |
|
b) |
el tribunal concederá una puntuación de 1 a 4 para cada criterio, dependiendo de los méritos del candidato. |
A continuación, establecerá una clasificación (2) de los candidatos ordenados según su puntuación.
El número de candidatos admitidos al centro de evaluación será como máximo el triple (3) del número de candidatos por seleccionar que se indica en la presente convocatoria, y se publicará en el sitio web de la EPSO (www.eu-careers.eu).
3. Verificación de la información facilitada por los candidatos
Tras la etapa del centro de evaluación y a la luz de sus resultados, la información facilitada por cada candidato en su inscripción electrónica será verificada por la EPSO en lo referente a las condiciones generales y por el tribunal en lo referente a las condiciones particulares y los criterios de selección. Si de esta verificación se desprende que la información facilitada no está avalada por los documentos justificativos adecuados, el candidato será excluido de la oposición.
Se verificará la información facilitada por los candidatos que hayan obtenido los mínimos exigidos y las mejores calificaciones para el conjunto de las pruebas d), e) y f) del centro de evaluación en el caso de la oposición AD6, y de las pruebas d), e), f) y g) en el caso de la AD7, en orden descendente de méritos (véase la sección V). Los candidatos deberán también haber obtenido el mínimo exigido en las pruebas de aptitud a), b) y c) (véase la sección V). La verificación proseguirá hasta que se haya alcanzado el número límite de candidatos que puedan figurar en la lista de reserva y que reúnan realmente todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de los candidatos que se sitúen por debajo de este número límite.
V. OPOSICIONES GENERALES
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Se invitará (4) a un candidato a personarse en el centro de evaluación si:
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Los candidatos invitados deberán personarse en un centro de evaluación en Bruselas para realizar las pruebas. Se establecerá solamente un centro de evaluación para ambas oposiciones (AD6 y AD7). Los candidatos que se hayan presentado a ambas oposiciones en un campo y reúnan las condiciones previstas en el punto 1, sección V, recibirán una sola convocatoria. Las pruebas para las oposiciones AD6 y AD7 serán las mismas, salvo que en el caso de la AD7 habrá una prueba adicional sobre el campo que se haya elegido. Las calificaciones de las pruebas de razonamiento y de las pruebas de competencias generales y específicas se adaptarán en función del grado de la oposición. Las aptitudes de razonamiento se evaluarán sobre la base de los siguientes elementos (véase el punto 4 de la Guía de los oposiciones generales y ejemplos en el sitio de la EPSO [http://europa.eu/epso/apply/index_en.htm]):
Se evaluarán las competencias específicas del candidato en el campo que haya elegido, así como las siguientes competencias generales:
La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de la Guía para las oposiciones generales. Las competencias generales y específicas se evaluarán a través de las siguientes pruebas:
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Idioma de las pruebas |
Pruebas a) a f) y, si procede, prueba g): lengua 2 (alemán, inglés o francés). Prueba d): durante esta prueba se comprobarán también los conocimientos de su lengua 1 (lengua principal) del candidato. |
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Puntuación |
Aptitudes de razonamiento
Es necesario obtener el mínimo exigido para las pruebas a), b) y c), pero estos puntos no se añaden a los resultados de las pruebas d), e), f) y, si procede, g). Competencias específicas Tanto en la oposición AD6 como en la AD7, las competencias específicas del candidato en el campo elegido objeto de las pruebas d), e) y f) se califican de 0 a 100 puntos. Mínimo exigido: 50 puntos Solo para AD7, las competencias específicas del candidato en el campo elegido objeto de la prueba adicional g) se califican de 0 a 30 puntos. Mínimo exigido: 15 puntos Competencias generales Las competencias generales totales se califican de 0 a 80 puntos. Mínimo exigido:
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VI. LISTAS DE RESERVA
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El tribunal elaborará una lista de reserva para cada oposición (una lista AD6 y otra AD7) y consignará en la lista de reserva (5) AD6 y/o AD7 los nombres de los candidatos que reúnan todas las condiciones enunciadas en la sección V y hayan alcanzado el mínimo exigido en todas las pruebas y obtenido las calificaciones más elevadas en las pruebas d), e) y f) en el caso de la oposición AD6 y d), e), f) y g) en el de la AD7 (véase la sección V). El número de candidatos seleccionados por oposición y campo está limitado al que figura en la sección I, aunque podría incrementarse dicho número en la lista de reserva AD6, hasta el número de candidatos seleccionados inscritos en ambas listas de reserva, AD6 y AD7, en el mismo campo. Las listas de reserva serán válidas hasta el 31 de diciembre de 2012. |
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Las listas de reserva se establecerán por grupo de mérito para cada campo. Los nombres de los candidatos aparecerán por orden alfabético dentro de cada grupo de mérito. |
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Los candidatos que figuren en la(s) lista(s) de reserva podrán ser nombrados administradores de investigación en la Comisión Europea, principalmente en las sedes del JRC, según lo indicado en la sección I. Teniendo en cuenta que dichas sedes están repartidas por distintos lugares de Europa (Ispra, Sevilla, Karlsruhe, Petten, Geel, Bruselas), el JRC se esfuerza por ayudar a los nuevos funcionarios en su integración profesional y a sus cónyuges y familias en su adaptación al nuevo entorno social. |
VII. CÓMO PRESENTAR UNA CANDIDATURA
|
Debe inscribirse por vía electrónica siguiendo el procedimiento indicado en el sitio Internet de la EPSO. Plazo: 4 de noviembre de 2010 a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas. |
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Los candidatos admitidos al centro de evaluación serán invitados a transmitir un expediente de candidatura completo (formulario electrónico de candidatura firmado y justificantes). Plazo: el plazo será comunicado a los candidatos a su debido tiempo a través de su cuenta EPSO. Procedimiento: véase el punto 2.2 de la Guía para las oposiciones generales. |
(1) Toda referencia hecha en la presente convocatoria a una persona de sexo masculino se entenderá hecha asimismo a una persona de sexo femenino.
(2) Los candidatos a los que no se invite a acudir al centro de evaluación podrán solicitar, en un plazo de diez días tras la notificación de los resultados, una copia de la ficha de evaluación elaborada por el tribunal.
(3) Sin perjuicio de un eventual aumento del número de candidatos invitados al centro de evaluación dentro de la oposición AD6 hasta el número de candidatos invitados, en su caso, a la vez dentro de las oposiciones AD6 y AD7 en un mismo campo.
(4) En caso de que, para la última plaza, varios candidatos hayan obtenido la misma puntuación, todos ellos serán invitados al centro de evaluación.
(5) En caso de que, para la última plaza, varios candidatos hayan obtenido la misma puntuación, todos ellos serán inscritos en la lista de reserva.
ANEXO I
Campo 1: Tecnólogos de la energía
1. Naturaleza de las funciones (véase la sección II de la convocatoria de oposición)
Las funciones guardarán relación principalmente con los siguientes temas:
|
— |
preparación de publicaciones |
|
— |
preparación de informes sobre políticas |
|
— |
presentación de resultados en conferencias, seminarios y encuentros |
|
— |
participación en redes internacionales científicas y políticas. |
2. Titulación académica
Título en ingeniería mecánica, química, industrial o de la energía u otro grado universitario correspondiente del nivel que se indica a continuación:
Administradores de investigación AD6:
|
i) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, sancionado por un título. |
Administradores de investigación AD7:
|
ii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o |
|
iii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de tres años como mínimo, y experiencia profesional adecuada de al menos un año en el campo elegido. |
3. Experiencia profesional
|
AD6: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos tres años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en el punto 2.i). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
|
AD7: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos seis años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en los puntos 2.ii) y 2.iii). Estos seis años de experiencia profesional deben añadirse al año específico exigido en el punto 2.iii). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
4. Selección a partir de la información facilitada (véase el punto 2 de la sección IV de la convocatoria de oposiciones)
Se valorará la posesión de uno o más de los elementos de conocimiento, experiencia y aptitud enumerados a continuación:
|
a. |
Título adicional relacionado con el campo elegido. |
|
b. |
Trabajos publicados en revistas con revisión por pares. |
|
c. |
Experiencia académica y/o profesional en las siguientes áreas:
|
ANEXO II
Campo 2: Especialistas en modelización de sistemas energéticos y protección
1. Naturaleza de las funciones (véase la sección II de la convocatoria de oposición)
Las funciones guardarán relación principalmente con los siguientes temas:
|
— |
preparación de publicaciones |
|
— |
preparación de informes sobre políticas |
|
— |
presentación de resultados en conferencias, seminarios y encuentros |
|
— |
participación en redes internacionales científicas y políticas. |
2. Titulación académica
Título en ingeniería o economía u otro grado universitario correspondiente del nivel que se indica a continuación:
Administradores de investigación AD6:
|
i) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, sancionado por un título. |
Administradores de investigación AD7:
|
ii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o |
|
iii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de tres años como mínimo, y experiencia profesional adecuada de al menos un año en el campo elegido. |
3. Experiencia profesional
|
AD6: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos tres años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en el punto 2.i). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
|
AD7: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos seis años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en los puntos 2.ii) y 2.iii). Estos seis años de experiencia profesional deben añadirse al año específico exigido en el punto 2.iii). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
4. Selección a partir de la información facilitada (véase el punto 2 de la sección IV de la convocatoria de oposiciones)
Se valorará la posesión de uno o más de los elementos de conocimiento, experiencia y aptitud enumerados a continuación:
|
a. |
Título adicional relacionado con el campo elegido. |
|
b. |
Trabajos publicados en revistas con revisión por pares. |
|
c. |
Experiencia académica y/o profesional en las siguientes áreas:
|
ANEXO III
Campo 3: Ingenieros y especialistas en seguridad de la energía
1. Naturaleza de las funciones (véase la sección II de la convocatoria de oposición)
Las funciones guardarán relación principalmente con los siguientes temas:
|
— |
preparación de publicaciones |
|
— |
preparación de informes sobre políticas |
|
— |
evaluación de la seguridad de la energía |
|
— |
presentación de resultados en conferencias, seminarios y encuentros |
|
— |
participación en redes internacionales científicas y políticas. |
2. Titulación académica
Título en ingeniería, física u otro grado universitario correspondiente del nivel que se indica a continuación:
Administradores de investigación AD6:
|
i) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, sancionado por un título. |
Administradores de investigación AD7:
|
ii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o |
|
iii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de tres años como mínimo, y experiencia profesional adecuada de al menos un año en el campo elegido. |
3. Experiencia profesional
|
AD6: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos tres años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en el punto 2.i). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
|
AD7: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos seis años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en los puntos 2.ii) y 2.iii). Estos seis años de experiencia profesional deben añadirse al año específico exigido en el punto 2.iii). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
4. Selección a partir de la información facilitada (véase el punto 2 de la sección IV de la convocatoria de oposiciones)
Se valorará la posesión de uno o más de los elementos de conocimiento, experiencia y aptitud enumerados a continuación:
|
a. |
Título adicional relacionado con el campo elegido. |
|
b. |
Trabajos publicados en revistas con revisión por pares. |
|
c. |
Experiencia académica y/o profesional en las siguientes áreas:
|
ANEXO IV
Campo 4: Científicos de materiales, físicos, químicos e ingenieros estructurales
1. Naturaleza de las funciones (véase la sección II de la convocatoria de oposición)
Las funciones guardarán relación principalmente con los siguientes temas:
|
— |
preparación de publicaciones |
|
— |
preparación de informes sobre políticas |
|
— |
evaluación de la seguridad de la energía |
|
— |
presentación de resultados en conferencias, seminarios y encuentros |
|
— |
participación en redes internacionales científicas y políticas. |
2. Titulación académica
Título en química, física o ingeniería u otro grado universitario correspondiente del nivel que se indica a continuación:
Administradores de investigación AD6:
|
i) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, sancionado por un título. |
Administradores de investigación AD7:
|
ii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o |
|
iii) |
nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitario sancionado por un título, cuando el período normal de enseñanza universitaria sea de tres años como mínimo, y experiencia profesional adecuada de al menos un año en el campo elegido. |
3. Experiencia profesional
|
AD6: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos tres años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en el punto 2.i). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
|
AD7: |
Se requiere una experiencia profesional de al menos seis años en el campo elegido, adquirida con posterioridad a la obtención del primer título exigido en los puntos 2.ii) y 2.iii). Estos seis años de experiencia profesional deben añadirse al año específico exigido en el punto 2.iii). Los estudios de doctorado pueden contabilizarse como experiencia laboral hasta un máximo de tres años. |
4. Selección a partir de la información facilitada (véase el punto 2 de la sección IV de la convocatoria de oposiciones)
Se valorará la posesión de uno o más de los elementos de conocimiento, experiencia y aptitud enumerados a continuación:
|
a. |
Título adicional relacionado con el campo elegido. |
|
b. |
Trabajos publicados en revistas con revisión por pares. |
|
c. |
Experiencia académica y/o profesional en las siguientes áreas:
|