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Document C2006/261/46

    Asunto T-236/06: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2006 — Landtag Schleswig-Holstein/Comisión

    DO C 261 de 28.10.2006, p. 24–25 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    28.10.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 261/24


    Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2006 — Landtag Schleswig-Holstein/Comisión

    (Asunto T-236/06)

    (2006/C 261/46)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandante: Landtag Schleswig-Holstein (Kiel, Alemania) (representantes: S.R. Laskowski y J. Caspar)

    Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se suspenda el procedimiento hasta que el Tribunal de Justicia resuelva el litigio pendiente sobre el mismo asunto;

    en tanto el Tribunal de Justicia se declare incompetente y remita el asunto al Tribunal de Primera Instancia de conformidad con el artículo 54 del Estatuto.

    Que se anulen las decisiones de la Comisión de 10 de marzo de 2006 y de 23 de junio de 2006.

    Que se condene en costas a la Comisión.

    Motivos y principales alegaciones

    En las decisiones impugnadas, la Comisión denegó la solicitud del demandante de acceder al documento SEC(2005) 420 invocando el artículo 4, apartado 2, segundo guión, del Reglamento sobre la transparencia. (1) Este documento contiene un análisis jurídico sobre la competencia de la Comunidad en el ámbito de la conservación de datos de carácter personal por un operador de redes de comunicaciones electrónicas.

    El demandante alega, en primer lugar, la infracción del artículo 10 CE en relación con el artículo 1 UE, apartado 2. A juicio del demandante, en el marco de las obligaciones recíprocas de cooperación leal y respetando el principio de transparencia, la Comisión debe permitir el acceso al documento solicitado dado que existe un gran interés público y parlamentario en la publicación completa de este documento.

    El demandante aduce asimismo la infracción del artículo 255 CE y del artículo 2, apartado 1, del Reglamento sobre la transparencia. A este respecto, afirma que la Comisión basa erróneamente la denegación del acceso al documento solicitado en el artículo 4, apartado 2, segundo guión, del Reglamento sobre la transparencia, ya que la publicación del documento no perjudica al asesoramiento jurídico de la Comisión. Por consiguiente, la demandada incurrió en un error al ejercer su facultad de apreciación.


    (1)  Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2001 relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145, p. 43).


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