Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2006/143/13

    Asunto C-96/04: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de abril de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Niebüll) — Standesamt Stadt Niebüll/Stefan Grunkin, Dorothee Regina Paul (Procedimiento prejudicial — Determinación del apellido de un niño — Procedimiento por el que se confiere el derecho de determinación a uno de los progenitores — Incompetencia del Tribunal de Justicia)

    DO C 143 de 17.6.2006, p. 6–7 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    17.6.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 143/6


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de abril de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Niebüll) — Standesamt Stadt Niebüll/Stefan Grunkin, Dorothee Regina Paul

    (Asunto C-96/04) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Determinación del apellido de un niño - Procedimiento por el que se confiere el derecho de determinación a uno de los progenitores - Incompetencia del Tribunal de Justicia)

    (2006/C 143/13)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Amtsgericht Niebüll

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Standesamt Stadt Niebüll

    Demandada: Stefan Grunkin, Dorothee Regina Paul

    Objeto

    Prejudicial — Amtsgericht Niebüll — Interpretación de los artículos 12 CE y 18 CE — Interpretación de los principios del Derecho comunitario en materia de ciudadanía europea y de libre circulación de personas — Hijo menor de edad nacido y residente en un Estado miembro y que posee la nacionalidad de otro Estado miembro — Solicitud presentada en este último Estado para que se añada al apellido del padre el de la madre — Denegación

    Fallo

    El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas no es competente para responder a la cuestión planteada por el Amtsgericht Niebüll en su resolución de 2 de junio de 2003.


    (1)  DO C 106, de 30.4.2004.


    Top