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Document C2006/048/13

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 15 de diciembre de 2005 , en el asunto C-252/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Helénica ( Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/22/CE — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Servicio universal — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado )

    DO C 48 de 25.2.2006, p. 7–7 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    25.2.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 48/7


    SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

    (Sala Quinta)

    de 15 de diciembre de 2005

    en el asunto C-252/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Helénica (1)

    («Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/22/CE - Redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Servicio universal - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»)

    (2006/C 48/13)

    Lengua de procedimiento: griego

    En el asunto C-252/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 14 de junio de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. G. Zavvos y M. Shotter) contra República Helénica (agente: Sra. N. Dafniou), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. J. Makarczyk, Presidente de Sala, y la Sra. R. Silva de Lapuerta y el Sr. P. Kūris (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. A. Tizzano; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 15 de diciembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1)

    Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «servicio universal»), al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

    2)

    Condenar en costas a la República Helénica.


    (1)  DO C 201, de 7.8.2004.


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