Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2005/132/08

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 14 de abril de 2005, en el asunto C-110/03: Reino de Bélgica contra Comisión de las Comunidades Europeas («Recurso de anulación — Reglamento (CE) n° 2204/2002 — Ayudas de Estado horizontales — Ayudas al empleo — Seguridad jurídica — Subsidiaridad — Proporcionalidad — Coherencia de las acciones comunitarias — No discriminación — Reglamento (CE) n° 994/98 — Excepción de ilegalidad»)

DO C 132 de 28.5.2005, p. 4–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

28.5.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/4


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Tercera)

de 14 de abril de 2005

en el asunto C-110/03: Reino de Bélgica contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)

(«Recurso de anulación - Reglamento (CE) no 2204/2002 - Ayudas de Estado horizontales - Ayudas al empleo - Seguridad jurídica - Subsidiaridad - Proporcionalidad - Coherencia de las acciones comunitarias - No discriminación - Reglamento (CE) no 994/98 - Excepción de ilegalidad»)

(2005/C 132/08)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-110/03, que tiene por objeto un recurso de anulación interpuesto ante el Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 230 CE, el 10 de marzo de 2003, Reino de Bélgica (agentes: inicialmente Sra. A. Snoecx, posteriormente Sra. E. Dominkovits, asistidas por los Sres. D. Waelbroeck y D. Brinckman) contra Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. G. Rozet) apoyada por Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (agente: Sr. K. Manji), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. A. Borg Barthet, J.-P. Puissochet, J. Malenovský (Ponente) y U. Lõhmus, Jueces; Abogado General: Sr. D. Ruiz-Jarabo Colomer; Secretaria: Sra. M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 14 de abril de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


(1)  DO C 112, de 10.5.2003.


Top