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Document C2005/115/16

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 10 de marzo de 2005, en el asunto C-240/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica («Incumplimiento de Estado — Directivas 2002/19/CE, 2002/20/CE, 2002/21/CE y 2002/22/CE — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»)

DO C 115 de 14.5.2005, p. 8–8 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

14.5.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 115/8


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Quinta)

de 10 de marzo de 2005

en el asunto C-240/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica (1)

(«Incumplimiento de Estado - Directivas 2002/19/CE, 2002/20/CE, 2002/21/CE y 2002/22/CE - Redes y servicios de comunicaciones electrónicas - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»)

(2005/C 115/16)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-240/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 8 de junio de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. M. Shotter) contra Reino de Bélgica (agente: Sra. E. Dominkovits), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por la Sra. R. Silva de Lapuerta, Presidenta de Sala, y los Sres. J. Makarczyk y P. Kūris (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. F.G. Jacobs; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 10 de marzo de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las Directivas 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva acceso); 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización); 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco), y 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en las citadas Directivas.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


(1)  DO C 190, de 24.7.2004.


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