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Document C/2026/02425
Notice of open competition – EPSO/AD/429/26 – Administrators (AD 7) in the following fields: 1. ICT infrastructure; 2. ICT project management; 3. Clouds and networks; 4. Data science
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/429/26 – Administradores (AD 7) (h/m) en los ámbitos siguientes: 1. Infraestructura de TIC. 2. Gestión de proyectos de TIC. 3. Nubes y redes. 4. Ciencia de datos
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/429/26 – Administradores (AD 7) (h/m) en los ámbitos siguientes: 1. Infraestructura de TIC. 2. Gestión de proyectos de TIC. 3. Nubes y redes. 4. Ciencia de datos
DO C, C/2026/2425, 6.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2425/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
Diario Oficial |
ES Serie C |
|
C/2026/2425 |
6.5.2026 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL
EPSO/AD/429/26 – Administradores (AD 7) (h/m) en los ámbitos siguientes:
1. Infraestructura de TIC. 2. Gestión de proyectos de TIC. 3. Nubes y redes. 4. Ciencia de datos
(C/2026/2425)
Plazo para la presentación de candidaturas: 10 de junio de 2026 a las 12.00 horas (hora de Bruselas)
ÍNDICE
|
1. |
DISPOSICIONES GENERALES | 2 |
|
2. |
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES | 2 |
|
3. |
CONDICIONES DE ADMISIÓN | 2 |
|
3.1. |
Condiciones generales | 2 |
|
3.2. |
Condiciones específicas: lenguas | 2 |
|
3.3. |
Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral | 2 |
|
3.3.1. |
Ámbito 1 —Infraestructura de TIC | 3 |
|
3.3.2. |
Ámbito 2 — Gestión de proyectos de TIC | 4 |
|
3.3.3. |
Ámbito 3 — Nubes y redes | 5 |
|
3.3.4. |
Ámbito 4 — Ciencia de datos | 6 |
|
4. |
PROCESO DE SELECCIÓN | 7 |
|
4.1. |
Resumen de las fases de la oposición | 7 |
|
4.2. |
Lenguas utilizadas en la presente oposición | 7 |
|
4.3. |
Fases de la oposición | 8 |
|
4.3.1. |
Presentación de la candidatura | 8 |
|
4.3.2. |
Pruebas | 8 |
|
4.3.3. |
Puntuación de las pruebas y comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión | 9 |
|
4.3.4. |
Establecimiento de las listas de reserva | 10 |
|
5. |
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES | 11 |
| ANEXO I — Normas generales | 12 |
| ANEXO II — Funciones habituales | 20 |
| ANEXO III — Ejemplos de cualificaciones mínimas | 25 |
1. DISPOSICIONES GENERALES
|
a) |
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca una oposición general, mediante el sistema de concurso-oposición, con vistas a la constitución de listas de reserva a partir de las cuales las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea (UE) podrán contratar nuevos funcionarios en la categoría de administrador (grado AD 7) (h/m). |
|
b) |
La presente convocatoria de oposición y sus anexos, incluido el anexo I, «Normas generales», constituyen el marco jurídico vinculante de esta oposición. |
|
c) |
La EPSO se esfuerza por utilizar un lenguaje inclusivo y neutro desde el punto de vista del género. Toda referencia a las personas de un género determinado se entenderá también como relativa a las personas de cualquier otro género. |
|
d) |
La presente convocatoria de oposición se refiere a cuatro ámbitos. Cada candidato solo podrá presentar su candidatura para uno de ellos. |
|
e) |
El número de personas que se pretende seleccionar por ámbito se indica en el cuadro 1. Cuadro 1
|
2. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
En el anexo II puede obtenerse información acerca de las funciones que tendrán que desempeñar habitualmente las personas seleccionadas. A las personas seleccionadas se les podrá asignar cualquiera de las funciones que figuran en el anexo II, ya sea de forma individual o conjunta, en función de las necesidades del servicio. Podrán asignarse funciones similares o conexas si así lo exigen las necesidades del servicio.
3. CONDICIONES DE ADMISIÓN
Los candidatos deberán reunir todas las condiciones generales y específicas de admisión (véanse las secciones 3.1 a 3.3) en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas.
3.1. Condiciones generales
Los candidatos deberán:
|
1) |
tener la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la UE y gozar de plenos derechos civiles; |
|
2) |
encontrarse en situación regular respecto de la legislación que les es aplicable en materia de servicio militar, y |
|
3) |
reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas. |
3.2. Condiciones específicas: lenguas
Los candidatos deberán tener conocimientos de al menos dos lenguas oficiales de la UE, tal como se establece en la sección 4.2.
3.3. Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral
En el anexo III pueden consultarse ejemplos de cualificaciones mínimas.
3.3.1. Ámbito 1 — Infraestructura de TIC
|
a) |
Para poder optar al ámbito 1, quienes presenten su candidatura deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
|
b) |
El título o grado mencionado en la sección 3.3.1, letra a), incisos i), ii) y iii), se computará si se ha adquirido en uno o varios de los campos siguientes:
|
|
c) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.1, letra a), incisos i), ii), iii) y iv), se considerará pertinente [véase también la sección 2.3, en particular, el apartado 1, letra e), de las normas generales] si corresponde a una o más de las categorías de funciones descritas en el anexo II para el ámbito 1. |
3.3.2. Ámbito 2 — Gestión de proyectos de TIC
|
a) |
Para poder optar al ámbito 2, quienes presenten su candidatura deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
|
b) |
El título o grado mencionado en la sección 3.3.2, letra a), incisos i), ii) y iii), se computará si se ha adquirido en uno o varios de los campos siguientes:
|
|
c) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.2, letra a), incisos i), ii), iii) y iv), se considerará pertinente [véase también la sección 2.3, en particular, el apartado 1, letra e), de las normas generales] si corresponde a una o más de las categorías de funciones descritas en el anexo II para el ámbito 2. |
3.3.3. Ámbito 3 — Nubes y redes
|
a) |
Para poder optar al ámbito 3, quienes presenten su candidatura deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
|
b) |
El título o grado mencionado en la sección 3.3.3, letra a), incisos i), ii) y iii), se computará si se ha adquirido en uno o varios de los campos siguientes:
|
|
c) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.3, letra a), incisos i), ii), iii) y iv), se considerará pertinente [véase también la sección 2.3, en particular, el apartado 1, letra e), de las normas generales] si corresponde a una o varias de las categorías de funciones descritas en el anexo II para el ámbito 3. |
3.3.4. Ámbito 4 — Ciencia de datos
|
a) |
Para poder optar al ámbito 4, quienes presenten su candidatura deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
|
b) |
El título o grado mencionado en la sección 3.3.4, letra a), incisos i), ii) y iii), se computará si se ha adquirido en uno o varios de los campos siguientes:
|
|
c) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.4, letra a), incisos i), ii), iii) y iv), se considerará pertinente [véase también la sección 2.3, en particular, el apartado 1, letra e), de las normas generales] si corresponde a una o varias de las categorías de funciones descritas en el anexo II para el ámbito 4. |
4. PROCESO DE SELECCIÓN
4.1. Resumen de las fases de la oposición
La presente oposición constará de las siguientes fases:
|
— |
Presentación de las candidaturas (véase la sección 4.3.1). |
|
— |
Pruebas: pruebas de razonamiento, una prueba de opciones múltiples en el ámbito de la oposición («prueba específica de opciones múltiples») y una prueba de redacción libre sobre temas relacionados con la UE (véase la sección 4.3.2). |
|
— |
Puntuación de las pruebas y comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión (véase la sección 4.3.3). |
|
— |
Establecimiento de las listas de reserva (véase la sección 4.3.4). |
4.2. Lenguas utilizadas en la presente oposición
|
a) |
Según establece el Estatuto de los funcionarios (9), estos solo pueden ser nombrados si justifican que poseen un conocimiento en profundidad de una de las lenguas de la UE y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas, en la medida necesaria para el desempeño de sus funciones. |
|
b) |
Por tanto, quienes se presenten a esta oposición deberán tener un conocimiento profundo (nivel C1 como mínimo) de al menos una de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE y un conocimiento satisfactorio (nivel B2 como mínimo) de otra lengua, que deberá escogerse entre las veintitrés lenguas oficiales de la UE restantes. Los niveles mínimos indicados se refieren a cada una de las competencias lingüísticas (comprensión auditiva, comprensión de lectura, interacción oral, expresión oral y expresión escrita) que figuran en el formulario de candidatura. Dichas competencias corresponden a las descritas en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (10). |
|
c) |
Para facilitar la lectura de la presente convocatoria, dichas lenguas se denominarán en lo sucesivo «lengua 1» y «lengua 2». |
|
d) |
En las diferentes fases de la oposición las lenguas se utilizarán como se indica en el cuadro 2. Cuadro 2
|
|
e) |
Los candidatos deberán indicar en su formulario de candidatura las lenguas que eligen para las pruebas. |
4.3. Fases de la oposición
4.3.1. Presentación de la candidatura
|
a) |
Para poder presentar una candidatura, es necesario tener una cuenta personal. |
|
b) |
Las candidaturas deberán presentarse en línea en el sitio web de la EPSO (11) a más tardar el |
10 de junio de 2026 a las 12.00 horas, hora de Bruselas.
|
c) |
Al presentar su formulario de candidatura, los candidatos declaran que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección 3 «Condiciones de admisión». Es responsabilidad de los candidatos cerciorarse de que han cumplimentado y presentado el formulario de candidatura en el plazo establecido. Una vez transcurrido el plazo de presentación, los candidatos ya no podrán realizar ningún cambio en su candidatura. |
|
d) |
A más tardar el 10 de junio de 2026 a las 12.00 horas, hora de Bruselas, los candidatos deberán cargar una copia escaneada de su documento de identidad o pasaporte válidos. |
|
e) |
A más tardar el 1 de octubre de 2026 a las 12.00 horas, hora de Bruselas, los candidatos deberán cargar las copias escaneadas de los documentos justificativos de las declaraciones realizadas en su formulario de candidatura. |
|
f) |
En la página dedicada a la oposición en el sitio web de la EPSO se explica cómo cargar los documentos. |
4.3.2. Pruebas
a)
|
i) |
Todos los candidatos que hayan presentado su formulario de candidatura en el plazo indicado en la sección 4.3.1, letra b), serán convocados a una serie de pruebas, descritas a continuación. Conviene tener en cuenta que el orden en el que se organicen las pruebas puede diferir del orden en el que se enumeran en la presente convocatoria. |
|
ii) |
Las pruebas se llevarán a cabo y se supervisarán (vigilarán) a distancia. La EPSO informará a los candidatos sobre las modalidades de las pruebas a más tardar en el momento en que les invite a realizarlas. |
|
iii) |
La participación de los candidatos en la oposición se considerará finalizada en caso de que no realicen o no completen una o varias de las pruebas, incluso si esto se debe al incumplimiento de las instrucciones que se les faciliten (véase la sección 5 de las normas generales). |
b)
|
i) |
Las pruebas de razonamiento son pruebas de preguntas de opciones múltiples que evalúan las aptitudes de razonamiento verbal, numérico y abstracto de los candidatos. Se organizarán como se indica en el cuadro 3. Cuadro 3
|
|
ii) |
Para pasar a la siguiente fase de la oposición (véase la sección 4.3.3), los candidatos deberán obtener al menos:
|
c)
|
i) |
La prueba específica de opciones múltiples será específica del ámbito elegido por el candidato. Se organizará como se indica en el cuadro 4. Cuadro 4
|
|
ii) |
Para pasar a la siguiente fase de la oposición (véase la sección 4.3.3), los candidatos deberán:
|
d)
|
i) |
La prueba de redacción libre sobre temas relacionados con la UE tiene por objeto evaluar las capacidades de comunicación escrita del candidato. Se organizará como se indica en el cuadro 5. Cuadro 5
|
|
ii) |
Para realizar los ejercicios, los candidatos deberán basarse en la documentación sobre temas relacionados con la UE. La documentación estará disponible en el sitio web de la EPSO con anterioridad a la fecha de la prueba. Todos los candidatos recibirán esta misma documentación durante la prueba, junto con los ejercicios basados en ella. |
|
iii) |
La prueba de redacción libre sobre temas relacionados con la UE no es ni una prueba lingüística ni una prueba de conocimientos fácticos. La evaluación se basará en los criterios específicos publicados en el sitio web de la EPSO (12). |
4.3.3. Puntuación de las pruebas y comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión
a)
|
i) |
Las puntuaciones de las pruebas se utilizarán como se indica en el cuadro 6. Cuadro 6
|
|
ii) |
De no alcanzarse la puntuación mínima exigida en una de las pruebas, la participación en la oposición habrá finalizado. No se evaluarán ni las respuestas a las pruebas ni los textos de quienes no alcancen dicha puntuación, ni tampoco se comprobará, en su caso, si dichas personas cumplen las condiciones de admisión. |
|
iii) |
No se evaluarán ni las respuestas a las pruebas ni los textos de los candidatos que no realicen o completen todas las pruebas (véanse la sección 4.3.2 y la sección 5 de las normas generales), ni tampoco se comprobará si cumplen las condiciones de admisión. |
|
iv) |
Los resultados de las pruebas solo se notificarán a los candidatos al final de la oposición [véase la sección 4.3.4, letra d)], con independencia de la fase de la oposición a la que hayan llegado. |
b)
|
i) |
Las pruebas de razonamiento se puntuarán en primer lugar. Esto se hará únicamente para aquellos candidatos que hayan completado todas las pruebas requeridas (véase la sección 4.3.2). |
|
ii) |
Se puntuarán a continuación las pruebas específicas de opciones múltiples de quienes hayan obtenido al menos las puntuaciones mínimas requeridas en las pruebas de razonamiento. |
|
iii) |
Los candidatos que hayan obtenido al menos la puntuación mínima exigida en la prueba específica de opciones múltiples se clasificarán en el orden decreciente de sus puntuaciones. Esta clasificación se utilizará para determinar las personas que recibirán una puntuación en la prueba de redacción libre sobre temas relacionados con la UE y para las que se comprobará si cumplen las condiciones de admisión [véase la sección 4.3.3, letra c)]. |
c)
|
i) |
La puntuación de la prueba de redacción libre sobre temas relacionados con la UE y la comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión [esta última realizada de conformidad con el inciso ii) siguiente] se llevarán a cabo en paralelo para un número limitado de candidaturas seleccionadas en el orden decreciente de la clasificación a que se refiere el punto 4.3.3, letra b), inciso iii). En principio, este número no excederá de 1,5 veces el número de personas que se pretende seleccionar. No obstante, el tribunal de oposición podrá aumentarlo teniendo en cuenta el número de candidaturas con la misma puntuación. |
|
ii) |
La comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión implica verificar si se cumplen todos los requisitos de la sección 3, «Condiciones de admisión». El tribunal adoptará la decisión sobre la admisibilidad de los candidatos tras evaluar las declaraciones realizadas en el formulario de candidatura y los documentos facilitados conforme a la sección 2.4, apartados 1 a 3, de las normas generales, en apoyo de dichas declaraciones. |
|
iii) |
En caso de que un candidato no se encuentre entre los que hayan obtenido las puntuaciones más altas, tal como se explica en el inciso i), se considerará que su participación en la oposición ha finalizado. Las pruebas de redacción libre sobre temas relacionados con la UE de estas personas no se evaluarán, ni tampoco se comprobará si cumplen las condiciones de admisión. |
4.3.4. Establecimiento de las listas de reserva
|
a) |
Una vez finalizados los procedimientos a que se refiere la sección 4.3.3, letra c), el tribunal de oposición incluirá en las listas de reserva correspondientes los nombres de las personas que: i) hayan obtenido al menos todas las puntuaciones mínimas exigidas y una de las puntuaciones más altas en la prueba específica de opciones múltiples de entre aquellas candidaturas a las que se refiere la sección 4.3.3, letra c), inciso i), y ii) considere que cumplen las condiciones de admisión. Este proceso se realizará en el orden decreciente de la clasificación a que se refiere la sección 4.3.3, letra b, inciso iii), hasta llegar al número de puestos disponibles en la lista de reserva, o hasta agotar la lista de candidatos que satisfacen los criterios mencionados en el presente apartado. |
|
b) |
Si varias de ellas se clasifican en el último puesto disponible de una lista de reserva, todas quedarán inscritas. |
|
c) |
En las listas de reserva, los nombres figurarán por orden alfabético. Las listas de reserva se pondrán a disposición de los servicios interesados en la contratación. |
|
d) |
Se informará a los candidatos de sus resultados (resultados de las pruebas y resultados de la comprobación de las condiciones de admisión) a menos que no se hayan evaluado sus respuestas a las pruebas o sus textos o no se haya comprobado que cumplen las condiciones de admisión por las razones indicadas en la presente convocatoria. |
|
e) |
La inclusión en una lista de reserva no constituye ni un derecho ni una garantía de contratación. |
5. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES
|
a) |
La EPSO procura aplicar una política de igualdad de oportunidades. |
|
b) |
Las personas que tengan una discapacidad o una enfermedad que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas deben indicarlo en el formulario de candidatura y seguir el procedimiento para solicitar adaptaciones razonables, tal como se describe en el sitio web de la EPSO (13). Tras examinar su solicitud, así como los documentos justificativos pertinentes, la EPSO podrá autorizar adaptaciones razonables cuando se considere necesario. |
(1) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(2) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(3) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(4) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(5) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(6) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(7) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(8) Reconocido como tal por una autoridad competente de un Estado miembro.
(9) Reglamento n.o 31 (CEE), 11 (CEEA), por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385/62). El texto consolidado (no oficial) puede consultarse en: http://data.europa.eu/eli/reg/1962/31(1)/2026-01-01.
(10) https://eu-careers.europa.eu/es/documents/common-european-framework-reference-languages
(11) https://eu-careers.europa.eu/es/open-competition-permanent-staff.
(12) https://eu-careers.europa.eu/es/help/what-written-test
(13) https://eu-careers.europa.eu/es/how-request-specific-adjustments-selection-tests.
ANEXO I
Normas generales
1. Disposiciones básicas
|
1) |
Salvo disposición en contrario de la convocatoria de oposición, se aplicarán las disposiciones de las presentes normas generales. |
|
2) |
Solo podrá presentarse una candidatura por oposición. |
|
3) |
Los candidatos reciben información sujeta a plazos en sus cuentas personales. Deberán consultar su cuenta personal al menos cada tres días naturales para hacer un seguimiento de su progreso en la oposición y evitar incumplir algún plazo. |
Si alguien no puede consultar su cuenta personal debido a un problema técnico de la EPSO, deberá notificarlo a esta inmediatamente a través del formulario de contacto en línea (1).
|
4) |
Los candidatos deberán asegurarse de que su cuenta personal en el Portal Único del Candidato (2) esté vinculada a una cuenta EU Login creada con una dirección de correo electrónico que sea válida en todo momento hasta la publicación de la lista de reserva, de modo que la EPSO pueda ponerse en contacto con dichos candidatos a través de su cuenta personal a lo largo de todo el proceso de oposición. En caso de incumplirse este requisito u otras instrucciones, la EPSO no se hará responsable de las posibles consecuencias, como la pérdida de acceso a la cuenta personal y a las comunicaciones relacionadas con la oposición, en particular si se utiliza una cuenta personal vinculada a una cuenta EU Login creada con una dirección profesional que pueda desactivarse por diversas razones (fin del contrato, cambio de destino, etc.). |
|
5) |
En caso de que haya varios candidatos con la misma puntuación para el último puesto disponible en cualquier fase de la oposición, todos ellos accederán a la siguiente fase. En caso de que haya varias personas con la misma puntuación para el último puesto disponible en la lista de reserva, todas ellas serán incluidas en dicha lista. |
|
6) |
Los candidatos readmitidos a raíz de una solicitud aceptada o una reclamación o un recurso resueltos favorablemente: a) volverán a participar en la oposición en la fase de la que fueron excluidos, o b) serán añadidos a la lista de reserva, según proceda. |
|
7) |
Cuando la EPSO se comunique con un candidato a través de su cuenta personal o por correo electrónico, lo hará en una de las lenguas de las cuales dicha persona haya declarado tener conocimientos de nivel B2 o superior (3) en el campo «Comprensión de lectura» de la sección «Lenguas» en el formulario de candidatura (véase también la sección 2.1 de las presentes normas generales). |
|
8) |
Los candidatos pueden ponerse en contacto con la EPSO a través del formulario de contacto en línea disponible en el sitio web de la EPSO (4). Antes de ponerse en contacto con la EPSO, se les invita a consultar la sección «Preguntas frecuentes» (5) de dicho sitio web. |
|
9) |
La EPSO se reserva el derecho a poner fin a cualquier intercambio de correspondencia inadecuada (es decir, que sea repetitiva, ofensiva o no pertinente). |
2. Cualificaciones académicas (6) , experiencia (7) y documentos justificativos
2.1. Sección «Mi CV» de la cuenta personal
Antes de presentarse a una oposición, los candidatos deberán cumplimentar la sección «Mi CV» de su cuenta personal. Al presentar su candidatura a una oposición específica, no tendrán que volver a introducir la información de «Mi CV» en el formulario de candidatura, ya que los datos se transferirán automáticamente a este formulario tal y como aparecen en «Mi CV» en el momento en que se envíe el formulario de candidatura. Es responsabilidad de los candidatos garantizar que «Mi CV» esté actualizado en ese momento.
2.2. Cualificaciones académicas
|
1) |
Los títulos universitarios, títulos o certificados expedidos en países de la UE o no pertenecientes a la UE deben estar reconocidos por una autoridad competente de un Estado miembro de la UE. |
|
2) |
Las diferencias entre los sistemas educativos nacionales, en particular las diferencias entre las denominaciones dadas a los títulos universitarios, títulos y certificados, se tendrán en cuenta a la hora de evaluar si los candidatos poseen las cualificaciones exigidas por la convocatoria de oposición. |
2.3. Experiencia profesional
|
1) |
Para computarse, la experiencia profesional deberá cumplir las siguientes condiciones generales:
|
|
2) |
La experiencia profesional que se indica a continuación también se computará con arreglo a normas específicas, incluidas algunas excepciones a los requisitos mencionados en el apartado 1 anterior:
|
2.4. Documentos justificativos
|
1) |
Los candidatos deberán cargar en su cuenta personal las copias de los documentos que justifiquen las declaraciones realizadas en su formulario de candidatura (véase también la sección 2.1 de las presentes normas generales). Deberán hacerlo a más tardar en la fecha establecida en la convocatoria de oposición o, si la convocatoria no fija fecha alguna, en la que indique la EPSO. |
|
2) |
No presentar los documentos justificativos, a más tardar, en la fecha antes mencionada podrá dar lugar a que se considere que una candidatura no cumple las condiciones de admisión o a que no se tengan en cuenta las cualificaciones académicas o experiencia específicas del candidato. |
|
3) |
En cualquier fase del procedimiento se puede solicitar a los candidatos que faciliten información o documentos adicionales. |
|
4) |
Entre otros documentos, los candidatos deberán cargar una copia de su documento de identidad o pasaporte, que deberá ser válido en la fecha límite de presentación de las candidaturas. Cuando así se les solicite, deberán presentar el original de su documento de identidad o pasaporte. |
|
5) |
Como prueba de sus cualificaciones académicas, los candidatos deberán presentar:
|
|
6) |
Todos los períodos de actividad profesional deberán acreditarse mediante originales o fotocopias certificadas de los documentos siguientes:
|
3. Función del tribunal de oposición
|
1) |
El tribunal de la oposición decidirá sobre la dificultad de las pruebas de la oposición y aprobará su contenido, evaluará si las candidaturas cumplen las condiciones específicas de admisión, comparará los méritos de los candidatos y seleccionará a los mejores de entre ellos a la luz de los requisitos establecidos en la convocatoria de oposición. |
|
2) |
Las actuaciones del tribunal de oposición serán secretas |
|
3) |
La EPSO facilitará la labor del tribunal de oposición. |
4. Conflicto de intereses
|
1) |
Los nombres de los miembros del tribunal de oposición se publican en el sitio web de la EPSO (8). |
|
2) |
Los candidatos, los miembros del tribunal de oposición y el personal de la EPSO que contribuya a la organización de una oposición están obligados a declarar cualquier conflicto de intereses que pueda surgir, en particular en caso de vínculo de parentesco o de relación laboral directa. Las situaciones que puedan constituir un conflicto de intereses deben declararse a la EPSO tan pronto como la persona interesada tenga conocimiento de ellas. La EPSO evaluará cada caso individualmente y adoptará las medidas oportunas. |
|
3) |
A fin de garantizar la independencia del tribunal de oposición, excepto en casos autorizados expresamente, queda prohibido terminantemente a los candidatos o a cualquier persona ajena al tribunal intentar ponerse en contacto con alguno de sus miembros sobre cualquier asunto relacionado con la oposición o las actuaciones del tribunal de oposición. |
|
4) |
Los candidatos que deseen presentar alegaciones ante el tribunal deberán hacerlo por escrito, enviándolas a través de su cuenta personal. |
|
5) |
La infracción de cualquiera de las normas mencionadas anteriormente puede dar lugar a la adopción de medidas disciplinarias contra un miembro del tribunal de oposición o un empleado de la EPSO, o puede provocar la descalificación de un candidato de la oposición (véase la sección 6). |
5. Pruebas
|
1) |
La EPSO informará a los candidatos de las modalidades de las pruebas, así como de los detalles e instrucciones necesarios, a más tardar en el momento en que las invite a realizarlas. |
|
2) |
Cuando así se les indique, los candidatos deberán reservar una cita para las pruebas siguiendo las instrucciones recibidas de la EPSO. Los períodos de reserva y de realización de las pruebas son limitados. |
|
3) |
Los candidatos deberán realizar todas las operaciones necesarias mencionadas en las instrucciones impartidas antes de las pruebas, como instalar programas informáticos, realizar la sincronización o sincronizaciones requeridas, efectuar una prueba de conectividad o una prueba de requisitos técnicos previos, verificar los sistemas o la hacer una prueba de simulación. El cumplimiento de las instrucciones permitirá al candidato comprobar si su entorno informático está en condiciones de operar y si su dispositivo es compatible con la plataforma o aplicación utilizada para las pruebas. La omisión de estas operaciones obligatorias puede imposibilitar la realización de las pruebas e impedir que la entidad responsable de la realización de las pruebas aborde eficazmente cualquier problema técnico al que el candidato pueda tener que enfrentarse durante el proceso. |
|
4) |
La participación de los candidatos en la oposición se considerará finalizada en caso de que no reserven cita o no realicen o completen una o varias de las pruebas, a menos que puedan demostrar que no lo hicieron debido a circunstancias ajenas a su voluntad o a una situación de fuerza mayor. Deberán ponerse en contacto con la EPSO lo antes posible, preferiblemente con anterioridad a la prueba, y aportar la justificación necesaria, incluida, en su caso, la demostración de que se han puesto en contacto con los servicios de apoyo técnico. |
|
5) |
El incumplimiento de las condiciones aplicables a las pruebas, especificadas en las instrucciones y la información facilitadas a los candidatos, no se considerará como una circunstancia ajena a su voluntad ni como una situación de fuerza mayor. |
|
6) |
Se recomienda también a los candidatos que consulten el sitio web de la EPSO (9) para familiarizarse con sus procesos de selección y con los requisitos generales aplicables a las pruebas. |
6. Descalificación de la oposición
|
1) |
Los candidatos podrán ser descalificados en cualquier fase de la oposición por los motivos siguientes:
|
|
2) |
De los candidatos a ser contratados por las instituciones de la Unión se espera que actúen con la máxima integridad, de conformidad con el artículo 27, párrafo primero, y el artículo 28, letra c), del Estatuto de los funcionarios. En caso de fraude o intento de fraude, la EPSO podrá decidir excluir a un candidato de futuras oposiciones durante un período de tiempo limitado. |
7. Problemas y soluciones
7.1. Cuestiones técnicas y organizativas
|
1) |
Si, en cualquier fase del proceso de selección, los candidatos se enfrentan a un problema técnico u organizativo grave, deben informar a la EPSO a través de su cuenta personal. |
|
2) |
En caso de que la cuenta personal o el formulario de candidatura les planteen algún problema, los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO inmediatamente y, en todo caso, antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas. |
|
3) |
Si el problema se produce durante las pruebas, el candidato deberá realizar las dos acciones siguientes:
Es obligatorio informar a la EPSO en todos los casos, incluso cuando la entidad responsable de la realización de las pruebas haya dado curso a la reclamación del candidato. |
|
4) |
Se considerarán inadmisibles las reclamaciones recibidas fuera del plazo especificado en la presente sección. |
|
5) |
Las reclamaciones sobre cuestiones técnicas presentadas por los candidatos que no hayan llevado a cabo las operaciones mencionadas en la sección 5.3 se considerarán inadmisibles, a menos que el candidato pueda demostrar que la no realización de las operaciones necesarias se ha debido a circunstancias ajenas a su voluntad o a una situación de fuerza mayor. |
|
6) |
Se considerarán inadmisibles las alegaciones realizadas en el contexto de las reclamaciones a que se refieren las secciones 7.2.2 y 7.3.1 y basadas en presuntos problemas técnicos u organizativos que no se hayan notificado de conformidad con la sección 7.1, leída en relación con la sección 5. |
7.2. Procedimientos internos de revisión
7.2.1.
|
1) |
Los candidatos que consideren que tienen motivos justificados para creer que un error en una o varias de las preguntas de la prueba de opciones múltiples afectó a su capacidad de respuesta, podrán pedir que se revisen las preguntas en cuestión. |
|
2) |
El tribunal de oposición podrá decidir invalidar la(s) pregunta(s) que contengan el error: anulando las preguntas en cuestión y redistribuyendo los puntos asignados inicialmente a esas preguntas entre las restantes de la prueba. Únicamente los candidatos que hayan tenido que responder a las preguntas en cuestión se verán afectados por el nuevo cálculo. La puntuación de las pruebas se mantendrá según lo indicado en las secciones correspondientes de la convocatoria de oposición. |
|
3) |
Para presentar una reclamación sobre las preguntas de la prueba de opciones múltiples, los candidatos deberán:
|
|
4) |
No se tendrán en cuenta las reclamaciones enviadas fuera de plazo o las que no describan claramente las preguntas impugnadas o los supuestos errores. En particular, no se tendrán en cuenta las reclamaciones que simplemente aleguen presuntos errores de traducción, sin especificar el problema. |
|
5) |
Se rechazarán las alegaciones realizadas en el contexto de las reclamaciones a que se refiere la sección 7.3.1 y basadas en presuntos problemas en las preguntas de la prueba de opciones múltiples que no se hayan notificado de conformidad con la sección 7.2.1. |
7.2.2.
|
1) |
Los candidatos podrán presentar una solicitud de revisión de una decisión adoptada por el tribunal de oposición que establezca sus resultados, determine si acceden a la siguiente fase de la oposición o afecte de otra forma a sus derechos y obligaciones como candidato. |
|
2) |
La finalidad del procedimiento de revisión es permitir que el tribunal de oposición modifique la decisión impugnada en los casos en que exista motivo para ello (como un error en la evaluación). En el procedimiento de revisión, el tribunal revisará su evaluación de los méritos del candidato y confirmará sus conclusiones iniciales o presentará una evaluación revisada. |
|
3) |
El tribunal de oposición no responderá a ningún argumento jurídico, tanto si está relacionado con la evaluación impugnada como si no. Los argumentos de naturaleza jurídica y las alegaciones relacionadas con el marco jurídico de la oposición pueden presentarse en forma de reclamación administrativa (véase la sección 7.3.1). |
|
4) |
El mero hecho de que los candidatos puedan no estar de acuerdo con la evaluación por el tribunal de oposición de su desempeño en una prueba o de sus cualificaciones académicas o experiencia no significa que este haya cometido un error de apreciación. El tribunal dispone de un amplio margen de discrecionalidad a la hora de realizar juicios de valor sobre el desempeño, las cualificaciones académicas y la experiencia de los candidatos. |
|
5) |
No es posible solicitar la revisión en relación con los resultados de las pruebas de opciones múltiples. |
|
6) |
Para presentar una solicitud de revisión, el candidato deberá:
|
|
7) |
Los candidatos recibirán un acuse de recibo automático de su solicitud. El tribunal examinará la solicitud de revisión e informará al candidato de su decisión lo antes posible. |
|
8) |
Las solicitudes de revisión recibidas fuera del plazo indicado en el apartado 6, letra a), se considerarán inadmisibles y no se examinarán, salvo en el caso de que los candidatos puedan demostrar la existencia de una situación de fuerza mayor. |
7.3. Otras formas de revisión
7.3.1.
|
1) |
Los candidatos podrán presentar una reclamación administrativa contra un acto (una decisión o la ausencia de ella) si:
|
|
2) |
También puede interponerse una reclamación en aquellos casos en que exista la obligación de adoptar una decisión en un plazo especificado en el Estatuto de los funcionarios y no se adopte decisión alguna. |
|
3) |
Los candidatos que hayan presentado una solicitud de revisión (véase la sección 7.2.2) deberán esperar a que se les notifique la respuesta a dicha solicitud antes de decidir si presentan una reclamación administrativa. En tales casos, el plazo para presentar una reclamación administrativa comenzará a contar a partir de la fecha de notificación de la decisión del tribunal de oposición sobre la solicitud de revisión. |
|
4) |
Las reclamaciones administrativas son examinadas por el director de la EPSO, en su calidad de autoridad facultada para proceder a los nombramientos, con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios. |
|
5) |
El objetivo del procedimiento de reclamación administrativa es comprobar si se ha respetado el marco jurídico de la oposición. Los candidatos deben tener en cuenta que el director de la EPSO no puede invalidar un juicio de valor realizado por un tribunal de oposición y no tiene competencias jurídicas para modificar el fondo de la decisión de un tribunal de oposición. Si el director de la EPSO detecta un error de procedimiento o un error manifiesto de apreciación, el asunto se devolverá al tribunal para su reevaluación. |
|
6) |
A fin de presentar una reclamación administrativa, el candidato deberá:
|
|
7) |
Se considerarán inadmisibles las reclamaciones administrativas recibidas fuera del plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios. |
7.3.2.
|
1) |
Los candidatos tienen derecho a interponer un recurso ante el Tribunal General, de conformidad con el artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios. |
|
2) |
Los recursos judiciales contra las decisiones adoptadas por la EPSO (y no por el tribunal de oposición) no serán admisibles ante el Tribunal General a menos que los candidatos hayan interpuesto la reclamación administrativa oportuna con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios (véase la sección 7.3.1). |
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3) |
Toda la información sobre los recursos judiciales puede consultarse en el sitio web del Tribunal General (10). |
7.3.3.
|
1) |
Toda persona que sea ciudadana de la UE o residente en ella puede presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo para denunciar un caso de mala administración. |
|
2) |
Antes de presentar una reclamación al Defensor del Pueblo, los candidatos deben haber agotado las vías de recurso internas proporcionadas por la EPSO (véanse las secciones 7.1 y 7.2). |
|
3) |
Las reclamaciones presentadas ante el Defensor del Pueblo no suspenderán los plazos establecidos para la presentación de solicitudes, reclamaciones o recursos judiciales a que se refieren las presentes normas. |
|
4) |
Toda la información sobre las reclamaciones presentadas ante el Defensor del Pueblo puede consultarse en el sitio web específico (11). |
Fin del anexo I: pulse aquí para regresar al texto principal
(1) https://eu-careers.europa.eu/es/contact-us.
(2) https://eu-careers.europa.eu/es/single-candidate-portal-new-online-portal-your-applications.
(3) https://eu-careers.europa.eu/es/documents/common-european-framework-reference-languages.
(4) https://eu-careers.europa.eu/es/contact-us.
(5) https://eu-careers.europa.eu/es/epso-faqs-by-category.
(6) A efectos de la presente oposición, se utilizan indistintamente las expresiones «formación» y «cualificaciones académicas».
(7) A efectos de la presente oposición, se utilizan indistintamente los términos «experiencia», «experiencia profesional» y «experiencia laboral».
(8) https://eu-careers.europa.eu/es.
(9) https://eu-careers.europa.eu/es.
ANEXO II
Funciones habituales
Ámbito 1 — Infraestructura de TIC
Las funciones que se describen a continuación reflejan aquellas que suelen asociarse a las funciones relativas al ámbito de la infraestructura de TIC tanto en contextos privados como públicos. Se presentan agrupadas en diez categorías.
|
1. |
Ser responsable del diseño, la arquitectura, la integración, la implementación, el funcionamiento y la gestión de soluciones o servicios en los ámbitos de las infraestructuras de TIC de las empresas y los centros de datos corporativos. En concreto:
|
|
2. |
Gestión y coordinación de actividades operativas de tecnologías de la información a través de contratos de gestión de servicios, que incluye:
|
|
3. |
Diseño, implementación y funcionamiento de los principios y servicios de desarrollo, seguridad y operaciones (DevSecOps), en particular, de flujos de trabajo de integración continua, entrega e implantación, así como la automatización de la infraestructura. |
|
4. |
Apoyo al diseño de políticas corporativas de seguridad de la información y de marcos de continuidad de las operaciones para servicios de infraestructura de tecnologías de la información o sistemas de información, y gestión de su implementación. |
|
5. |
Gestión del ciclo de vida de las tecnologías de la información y del ciclo de vida técnico de sus componentes físicos y virtuales, incluida la adquisición de sistemas de información y sus componentes, y su integración y personalización necesarias. |
|
6. |
Vigilancia tecnológica y utilización de tecnologías emergentes. |
|
7. |
Supervisión y gestión de carteras de proyectos de infraestructura, revisión de la documentación de los proyectos. |
|
8. |
Estrategia, arquitectura y operaciones de informática de alto rendimiento (en el ámbito de la infraestructura):
|
|
9. |
Evaluación e integración de tecnologías cuánticas (en el ámbito de la infraestructura):
|
|
10. |
Supervisar equipos de profesionales y contratistas externos del ámbito de las tecnologías de la información. Supervisar el rendimiento para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los acuerdos de nivel de servicio (ANS). |
Ámbito 2 — Gestión de proyectos de TIC
Las funciones que se describen a continuación reflejan aquellas que suelen asociarse a las funciones relativas a la gestión de proyectos de TIC tanto en contextos privados como públicos.
|
1. |
Gestión, apoyo y seguimiento de proyectos, programas y carteras de TIC durante todo su ciclo de vida, incluida la asignación de recursos financieros y humanos, el seguimiento del alcance y los riesgos, la gestión del cambio y la presentación de informes. |
|
2. |
Análisis operativo o técnico, propuesta, diseño, estimación de costes, determinación y adquisición de los recursos y soluciones necesarios, actividades de programación, seguimiento de la implementación, gestión de los cambios y presentación de informes. |
|
3. |
Seguimiento de los costes, los plazos, los recursos, los resultados y los riesgos, de conformidad con las normas y políticas de calidad y seguridad. |
|
4. |
Participación en/coordinación/dirección del equipo responsable de las actividades del proyecto o de la prestación de servicios o soluciones informáticos. |
|
5. |
Gestión de las relaciones con todas las partes interesadas internas y externas, incluidos los clientes y los equipos técnicos. |
|
6. |
Actuar como puente entre los ámbitos empresarial y técnico, dividiendo retos complejos en medidas ejecutables que lleven a la prestación de servicios o soluciones. |
|
7. |
Coordinación o gestión de iniciativas horizontales en el ámbito de las TIC. |
|
8. |
Verificación de que las actividades del proyecto, el programa o la cartera alcanzan sus objetivos y generan los beneficios previstos. |
|
9. |
Definición, elaboración e implementación de marcos de gestión de proyectos de TIC. |
|
10. |
Gestión de servicios de garantía de la calidad, por ejemplo, planificación, desarrollo y coordinación de actividades de ensayo, reducción del riesgo, funcionalidad, usabilidad, seguridad, movilidad, rendimiento y validación de ensayos ergonómicos. |
|
11. |
Gestión de contratos relacionados con la gestión de proyectos, programas o carteras, o servicios en el ámbito de las TIC. |
Ámbito 3 — Nubes y redes
Las funciones que se describen a continuación reflejan aquellas que suelen asociarse a las funciones relativas al ámbito de la nube y las redes tanto en contextos privados como públicos. Se presentan agrupadas en cuatro categorías.
|
1. |
Ser responsable del diseño, la integración, la implementación, el funcionamiento y la gestión de soluciones o servicios en el ámbito de las infraestructuras de redes de TIC de las empresas y de las nubes públicas o privadas, con énfasis en:
|
|
2. |
Contribuir a la planificación estratégica, la arquitectura y la gobernanza, en particular:
|
|
3. |
Garantizar el funcionamiento, la supervisión y la conformidad del servicio, en particular:
|
|
4. |
Relaciones con las partes interesadas en el ámbito de las «nubes y redes», en particular:
|
Ámbito 4 — Ciencia de datos
Las funciones que se describen a continuación reflejan aquellas que suelen asociarse a las funciones relativas al ámbito de la ciencia de datos tanto en contextos privados como públicos. Se presentan agrupadas en ocho categorías.
1. Ingeniería de datos
|
a) |
Análisis, diseño técnico y gestión de ecosistemas de datos, arquitecturas informáticas distribuidas. |
|
b) |
Implementación de procesos ETL/ELT (extracción, transformación y carga), marcos de orquestación de datos y canales de datos escalables capaces de procesar conjuntos de datos a escala de petabytes procedentes de fuentes heterogéneas, incluidos datos en formatos estructurados, semiestructurados y no estructurados. |
2. Modelización estadística avanzada y análisis cuantitativo
|
a) |
Desarrollo y aplicación de modelos estadísticos, técnicas econométricas, predicción de series temporales y métodos cuantitativos avanzados para el análisis de datos. |
|
b) |
Implementación de flujos de trabajo de ingeniería de características, algoritmos de detección de valores atípicos, metodologías de estratificación de muestras y simulaciones de Montecarlo para la inferencia estadística y validación de modelos. |
3. Arqui tectura de datos e integración de tecnologías semánticas
|
a) |
Diseño e implementación de arquitecturas de datos a escala empresarial que aprovechen las tecnologías semánticas, los gráficos de conocimientos, las ontologías y los marcos de datos abiertos vinculados. |
|
b) |
Desarrollo de normas sobre metadatos, tesauros multilingües y sistemas automatizados de generación de taxonomía que utilicen bases de datos en grafo, tecnologías de Marco de Descripción de Recursos (RDF) y motores de razonamiento semántico. |
4. Informática de alto rendimiento y optimización
|
a) |
Implementación de soluciones informáticas de alto rendimiento para tareas de tratamiento de datos intensivas en computación. |
|
b) |
Diseño e implantación de agrupaciones informáticas distribuidas, unidades de procesamiento gráfico (GPU): análisis acelerado, algoritmos de procesamiento paralelo y técnicas de optimización para cargas de trabajo de modelización matemática y simulación a gran escala. |
5. Integración avanzada de datos y desarrollo de la interfaz de programación de aplicaciones (API)
|
a) |
Desarrollo de soluciones de integración de datos, arquitecturas de microservicios y API para el intercambio fluido de datos entre sistemas distribuidos. |
|
b) |
Implementación de capas de virtualización de datos, mecanismos de sincronización de datos en tiempo real y sistemas automatizados de seguimiento de la calidad de los datos con capacidades avanzadas de detección de anomalías. |
6. Operaciones de aprendizaje automático (MLOps) y automatización
|
a) |
Conceptualización, desarrollo y supervisión técnica de los flujos de trabajo automatizados de aprendizaje automático utilizando marcos de vanguardia y servicios de IA nativos de la nube. |
|
b) |
Diseño e implementación de flujos de trabajo de MLOps de extremo a extremo, incluido el versionado de modelos, el aprendizaje automatizado, la optimización de hiperparámetros, los marcos de pruebas A/B y las estrategias de implantación en producción. |
|
c) |
Desarrollo de soluciones de aprendizaje automático contenedorizado, sistemas de integración continua y despliegue continuo (CI/CD) y mecanismos automatizados de seguimiento del rendimiento y reciclaje de los modelos. |
7. Aplicación de tecnologías analíticas y de visualización
|
a) |
Desarrollo de marcos analíticos avanzados que utilicen tecnologías emergentes, como el análisis de la emisión en continuo aumentada o en tiempo real, la generación automatizada de información y las herramientas interactivas de exploración de datos. |
|
b) |
Implementación de motores de visualización, arquitecturas de cuadros de indicadores en tiempo real y plataformas de análisis en autoservicio con capacidades de aprendizaje automático integradas. |
|
c) |
Utilización de herramientas comunes de análisis empresarial, como Microsoft Power BI, Qlik y otras plataformas de visualización y presentación de la información, para analizar, visualizar y presentar información pertinente. |
8. Gobernanza de datos y comunicación
|
a) |
Implementación de elementos y políticas de gobernanza de datos, incluida la administración de datos, la propiedad de los datos, la gestión de datos de referencia, el linaje de datos, la gestión de metadatos y la calidad de los datos. |
|
b) |
Colaboración con las partes interesadas internas y externas para armonizar las normas, prácticas y responsabilidades en materia de datos. |
|
c) |
Orientación, sensibilización, impartición de sesiones de formación y asesoramiento experto sobre todos los aspectos relacionados con los datos. |
Fin del anexo II: pulse aquí para regresar al texto principal
ANEXO III
Ejemplos de cualificaciones mínimas
(Ejemplos de cualificaciones mínimas por Estado miembro y para el Reino Unido (1), por grado, que corresponden, en principio, a las exigidas por las convocatorias de oposiciones)
Pulse aquí para acceder a una versión de lectura fácil de estos ejemplos.
|
|
De AST-SC 1 a AST-SC 6 De AST 1 a AST 7 |
De AST 3 a AST 11 |
De AD 5 a AD 16 |
|||||||||||||
|
País |
Enseñanza secundaria (que dé acceso a la enseñanza superior) |
Enseñanza superior (ciclo superior no universitario o ciclo universitario corto de una duración mínima de dos años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de tres años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de cuatro años) |
||||||||||||
|
Belgique — België — Belgien |
Certificat de l’enseignement secondaire supérieur (CESS)/Diploma secundair onderwijs Diplôme d'aptitude à accéder à l'enseignement supérieur (DAES)/Getuigschrift van hoger secundair onderwijs Diplôme d'enseignement professionnel/Getuigschrift van het beroepssecundair onderwijs |
Candidature/Kandidaat Graduat/Gegradueerde Bachelor/Professioneel gerichte Bachelor |
Bachelor académique (180 crédits) Academisch gerichte Bachelor (180 ECTS) |
Licence/Licentiaat Master Diplôme d'études approfondies (DEA) Diplôme d'études spécialisées (DES) Diplôme d'études supérieures spécialisées (DESS) Gediplomeerde in de Voortgezette Studies (GVS) Gediplomeerde in de Gespecialiseerde Studies (GGS) Gediplomeerde in de Aanvullende Studies (GAS) Agrégation/Aggregaat Ingénieur industriel/Industrieel ingenieur Doctorat/Doctoraal diploma |
||||||||||||
|
България |
Диплома за завършено средно образование |
Специалист по … |
|
Диплома за висше образование Бакалавър Магистър |
||||||||||||
|
Česko |
Vysvědčení o maturitní zkoušce |
Vysvědčení o absolutoriu (Absolutorium) + diplomovaný specialista (DiS.) |
Diplom o ukončení bakalářského studia (Bakalář) |
Diplom o ukončení vysokoškolského studia Magistr Doktor |
||||||||||||
|
Danmark |
Bevis for: Studentereksamen Højere Forberedelseseksamen (HF) Højere Handelseksamen (HHX) Højere Afgangseksamen (HA) Bac pro: Bevis for Højere Teknisk Eksamen (HTX) |
Videregående uddannelser = Bevis for = Eksamensbevis som (erhvervsakademiuddannelse AK) |
Bachelorgrad (BA eller BS) Professionsbachelorgrad Diplomingeniør |
Kandidatgrad/Candidatus Master/Magistergrad (mag.art) Licenciatgrad ph.d.-grad |
||||||||||||
|
Deutschland |
Abitur/Zeugnis der allgemeinen Hochschulreife Fachabitur/Zeugnis der Fachhochschulreife |
|
Fachhochschulabschluss Bachelor |
Hochschulabschluss/Fachhochschulabschluss/Master Magister Artium/Magistra Artium Staatsexamen/Diplom Erstes Juristisches Staatsexamen Doktorgrad |
||||||||||||
|
Eesti |
Gümnaasiumi lõputunnistus + riigieksamitunnistus Lõputunnistus kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Tunnistus keskhariduse baasil kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Bakalaureusekraad (min 120 ainepunkti) Bakalaureusekraad (< 160 ainepunkti) |
Rakenduskõrghariduse diplom Bakalaureusekraad (160 ainepunkti) Magistrikraad Arstikraad Hambaarstikraad Loomaarstikraad Filosoofiadoktor Doktorikraad (120–160 ainepunkti) |
||||||||||||
|
Éire/Ireland |
Ardteistiméireacht, Grád D3, I 5 ábhar/Leaving Certificate Grade D3 in 5 subjects Gairmchlár na hArdteistiméireachta (GCAT)/Leaving Certificate Vocational Programme (LCVP) |
Teastas Náisiúnta/National Certificate Gnáthchéim bhaitsiléara/Ordinary bachelor degree Dioplóma náisiúnta (ND, Dip.)/National diploma (ND, Dip.) Ardteastas (120 ECTS)/Higher Certificate (120 ECTS) |
Céim onóracha bhaitsiléara (3 bliana/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng)/Honours bachelor degree (3 years/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng) |
Céim onóracha bhaitsiléara (4 bliana/240 ECTS)/Honours bachelor degree (4 years/240 ECTS) Céim ollscoile/University degree Céim mháistir (60-120 ECTS)/Master’s degree (60-120 ECTS) Dochtúireacht/Doctorate |
||||||||||||
|
Ελλάδα |
Απολυτήριο Γενικού Λυκείου Απολυτήριο Κλασικού Λυκείου Απολυτήριο Τεχνικού Επαγγελματικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Πολυκλαδικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Λυκείου Απολυτήριο Τεχνολογικού Επαγγελματικού Εκπαιδευτηρίου |
Δίπλωμα επαγγελματικής κατάρτισης (IΕΚ) |
|
Πτυχίο ΑΕI (πανεπιστημίου, πολυτεχνείου, ΤΕI) Μεταπτυχιακό Δίπλωμα Ειδίκευσης (2ος κύκλος) Διδακτορικό Δίπλωμα (3ος κύκλος) |
||||||||||||
|
España |
Bachillerato + Curso de Orientación Universitaria (COU) Bachillerato BUP Diploma de Técnico especialista |
FP grado superior (Técnico superior) |
Diplomado/Ingeniero técnico Grado (180 ECTS) |
Licenciatura Máster Ingeniero Título de Doctor Grado (al menos 240 ECTS) |
||||||||||||
|
France |
Baccalauréat Diplôme d'accès aux études universitaires (DAEU) Brevet de technicien |
Diplôme d'études universitaires générales (DEUG) Brevet de technicien supérieur (BTS) Diplôme universitaire de technologie (DUT) Diplôme d'études universitaires scientifiques et techniques (DEUST) |
Licence |
Maîtrise Maîtrise des sciences et techniques (MST), maîtrise des sciences de gestion (MSG), diplôme d'études supérieures techniques (DEST), diplôme de recherche technologique (DRT), diplôme d'études supérieures spécialisées (DESS), diplôme d'études approfondies (DEA), master 1, master 2 professionnel, master 2 recherche Diplôme des grandes écoles Diplôme d'ingénieur Doctorat |
||||||||||||
|
Hrvatska |
Svjedodžba o državnoj maturi Svjedodžba o završnom ispitu |
Stručni pristupnik/pristupnica |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) Stručni specijalist Magistar struke Magistar inženjer/magistrica inženjerka (mag. ing) Doktor struke Doktor umjetnosti |
||||||||||||
|
Italia |
Diploma di maturità (vecchio ordinamento) Perito ragioniere Diploma di superamento dell’esame di Stato conclusivo dei corsi di studio di istruzione secondaria superiore |
Diploma universitario (DU) Certificato di specializzazione tecnica superiore Attestato di competenza (4 semestri) |
Diploma di laurea – L (breve) |
Diploma di laurea (DL) Laurea specialistica (LS) Master di I livello Dottorato di ricerca (DR) |
||||||||||||
|
Κύπρος |
Απολυτήριο |
Δίπλωμα = Programmes offered by Public/Private Schools of Higher Education (for the latter accreditation is compulsory) Higher Diploma |
|
Πανεπιστημιακό Πτυχίο/Bachelor Master Doctorat |
||||||||||||
|
Latvija |
Atestāts par vispārējo vidējo izglītību Diploms par profesionālo vidējo izglītību |
Diploms par pirmā līmeņa profesionālo augstāko izglītību |
Bakalaura diploms (min. 120 kredītpunktu) |
Bakalaura diploms (160 kredītpunktu) Profesionālā bakalaura diploms Maģistra diploms Profesionālā maģistra diploms Doktora grāds |
||||||||||||
|
Lietuva |
Brandos atestatas |
Aukštojo mokslo diplomas Aukštesniojo mokslo diplomas |
Profesinio bakalauro diplomas Aukštojo mokslo diplomas |
Aukštojo mokslo diplomas Bakalauro diplomas Magistro diplomas Daktaro diplomas Meno licenciato diplomas |
||||||||||||
|
Luxembourg |
Diplôme de fin d’études secondaires et techniques |
BTS Brevet de maîtrise Brevet de technicien supérieur Diplôme de premier cycle universitaire (DPCU) Diplôme universitaire de technologie (DUT) |
Bachelor Diplôme d'ingénieur technicien |
Master Diplôme d'ingénieur industriel DESS en droit européen |
||||||||||||
|
Magyarország |
Gimnáziumi érettségi bizonyítvány Szakközépiskolai érettségi-képesítő bizonyítvány |
Felsőfokú szakképesítést igazoló bizonyítvány (Higher Vocational Programme) |
Főiskolai oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 180 credits) |
Egyetemi oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 240 credits) Mesterfokozat (Master degree) (Osztatlan mesterképzés) Doktori fokozat |
||||||||||||
|
Malta |
Advanced Matriculation or GCE Advanced level in 3 subjects (2 of them grade C or higher) Matriculation certificate (2 subjects at Advanced level and 4 at Intermediate level including Systems of Knowledge with overall grade A-C) + Passes in the Secondary Education Certificate examination at Grade 5 2 A Levels (passes A-C) + a number of subjects at Ordinary level, or equivalent |
MCAST diplomas/certificates Higher National Diploma |
Bachelor’s degree |
Bachelor’s degree Master of Arts Doctorate |
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|
Nederland |
Diploma VWO Diploma staatsexamen (2 diploma's) Diploma staatsexamen voorbereidend wetenschappelijk onderwijs (Diploma staatsexamen VWO) Diploma staatsexamen hoger algemeen voortgezet onderwijs (Diploma staatsexamen HAVO) |
Kandidaatsexamen Associate degree (AD) |
Bachelor (WO) HBO bachelor degree Baccalaureus of «Ingenieur» |
HBO/WO Master's degree Doctoraal examen/Doctoraat |
||||||||||||
|
Österreich |
Matura/Reifeprüfung Reife- und Diplomprüfung Berufsreifeprüfung |
Kollegdiplom/Akademiediplom |
Fachhochschuldiplom/Bakkalaureus/Bakkalaurea |
Universitätsdiplom Fachhochschuldiplom Magister/Magistra Master Diplomprüfung, Diplom-Ingenieur Magisterprüfungszeugnis Rigorosenzeugnis Doktortitel |
||||||||||||
|
Polska |
Świadectwo dojrzałości Świadectwo ukończenia liceum ogólnokształcącego |
Dyplom ukończenia kolegium nauczycielskiego Świadectwo ukończenia szkoły policealnej |
Licencjat/Inżynier |
Magister/Magister inżynier Dyplom doktora |
||||||||||||
|
Portugal |
Diploma de Ensino Secundário Certificado de Habilitações do Ensino Secundário |
|
Bacharel Licenciado |
Licenciado Mestre Doutorado |
||||||||||||
|
România |
Diplomă de bacalaureat |
Diplomă de absolvire (colegiu universitar) Învățământ preuniversitar |
Diplomă de licenţă |
Diplomă de licenţă Diplomă de inginer Diplomă de urbanist Diplomă de master Certificat de atestare (studii academice postuniversitare) Diplomă de doctor |
||||||||||||
|
Slovenija |
Maturitetno spričevalo (spričevalo o poklicni maturi) (spričevalo o zaključnem izpitu) |
Diploma višje strokovne šole |
Diploma o pridobljeni visoki strokovni izobrazbi |
Univerzitetna diploma Magisterij Specializacija Doktorat |
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Slovensko |
Vysvedčenie o maturitnej skúške |
Absolventský diplom |
Diplom o ukončení bakalárskeho štúdia (Bakalár) |
Diplom o ukončení vysokoškolského štúdia Bakalár (Bc.) Magister Magister/Inžinier ArtD. |
||||||||||||
|
Suomi/Finland |
Ylioppilastutkinto tai peruskoulu + kolmen vuoden ammatillinen koulutus – Studentexamen eller grundskola + treårig yrkesinriktad utbildning Todistus yhdistelmäopinnoista (Betyg över kombinationsstudier) |
Ammatillinen opistoasteen tutkinto – Yrkesexamen på institutnivå |
Kandidaatin tutkinto – Kandidatexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 120 opintoviikkoa – studieveckor) |
Maisterin tutkinto – Magisterexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 160 opintoviikkoa – studieveckor) Tohtorin tutkinto (Doktorsexamen) joko 4 vuotta tai 2 vuotta lisensiaatin tutkinnon jälkeen – antingen 4 år eller 2 år efter licentiatexamen Lisensiaatti/Licentiat |
||||||||||||
|
Sverige |
Slutbetyg från gymnasieskolan (3-årig gymnasial utbildning) |
Högskoleexamen (80 poäng) Högskoleexamen, 2 år, 120 högskolepoäng Yrkeshögskoleexamen/Kvalificerad yrkeshögskoleexamen, 1–3 år |
Kandidatexamen (akademisk examen omfattande minst 120 poäng, varav 60 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 10 poäng) Meriter på grundnivå: Kandidatexamen, 3 år, 180 högskolepoäng (Bachelor) |
Magisterexamen (akademisk examen omfattande minst 160 poäng, varav 80 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 20 poäng eller två uppsatser motsvarande 10 poäng vardera)
Meriter på avancerad nivå:
Meriter på forskarnivå:
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United Kingdom |
General Certificate of Education Advanced level — 2 passes or equivalent (grades A to E) BTEC National Diploma General National Vocational Qualification (GNVQ), advanced level Advanced Vocational Certificate of Education, A level (VCE A level) |
Higher National Diploma/Certificate (BTEC)/SCOTVEC Diploma of Higher Education (DipHE) National Vocational Qualifications (NVQ) Scottish Vocational Qualifications (SVQ) level 4 |
(Honours) Bachelor degree NB: Master’s degree in Scotland |
Honours Bachelor degree Master’s degree (MA, MB, MEng, MPhil, MSc) Doctorate |
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NOTE: UK diplomas awarded in 2020 (until 31 December 2020) are accepted without an equivalence. UK diplomas awarded as from 1 January 2021 must be accompanied by an equivalence issued by a competent authority of an EU Member State. |
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Fin del anexo III: pulse aquí para regresar al texto principal.
(1) Se aplica a las cualificaciones otorgadas a más tardar el 31 de diciembre de 2020.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2425/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)