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Document 92000E004066

    PREGUNTA ESCRITA E-4066/00 de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión. Subidas de precios como consecuencia de la introducción del euro y conversión de los precios antiguos a importes redondeados.

    DO C 187E de 3.7.2001, p. 125–126 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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    92000E4066

    PREGUNTA ESCRITA E-4066/00 de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión. Subidas de precios como consecuencia de la introducción del euro y conversión de los precios antiguos a importes redondeados.

    Diario Oficial n° 187 E de 03/07/2001 p. 0125 - 0126


    PREGUNTA ESCRITA E-4066/00

    de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión

    (10 de enero de 2001)

    Asunto: Subidas de precios como consecuencia de la introducción del euro y conversión de los precios antiguos a importes redondeados

    De conformidad con un estudio realizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Erasmus de Rotterdam, los precios de la compra diaria subirán el 1 de enero de 2002 o poco después de esta fecha entre el 5 % y el 10 %. La subida de precios también afectará a los automóviles y a la vivienda. Este aumento se explica por la tendencia de los vendedores a utilizar importe redondeados, como 100, 99,99 o 99,95. Cada vez que conviertan las antiguas monedas nacionales a podrán redondear los precios por defecto o por exceso. En realidad, se prevé que prácticamente en todos los casos se recurra a la segunda opción. Los vendedores casi siempre tenderán a aumentar el antiguo precio a fin de lograr una cifra atractiva.

    ¿Puede responder la Comisión a las siguientes preguntas?:

    1. ¿Dispone la Comisión de datos procedentes de otras investigaciones que confirmen los resultados del estudio neerlandés?

    2. ¿Dispone la Comisión de datos procedentes de otras investigaciones que permitan llegar a una conclusión diferente de la del estudio de referencia? En caso afirmativo, ¿qué argumentos aducen estas investigaciones para concluir que no hay razones para prever una subida de precios más importante que la de cualquier otro año?

    3. ¿Qué medidas se propone adoptar la Comisión, en cooperación con las autoridades nacionales de los doce Estados miembros afectados, para evitar que en el primer semestre de 2002 se produzca una ola de subidas de precios, imponiendo, por ejemplo, disposiciones en materia de redondeo de los precios a fin de que estos permanezcan, por término medio, estables?

    4. ¿De qué forma se propone la Comisión evitar que ya en el transcurso de 2001 se produzcan subidas de precios inusuales, que equivaldrían a un anticipo a los importes redondeados en en 2002?

    5. ¿Ha reflexionado ya la Comisión sobre las medidas que deberán adoptarse si no puede evitarse una subida de precios superior a la normal? ¿Cómo se van a compensar los salarios y las prestaciones a fin de mantener el poder adquisitivo de la gran mayoría de los ciudadanos que dependen de estas fuentes de ingresos?

    Fuente: edición de 7 de diciembre de 2000 de los periódicos neerlandeses De Telegraaf y Rotterdams Dagblad.

    Respuesta del Comisario Solbes Mira en nombre de la Comisión

    (27 de febrero de 2001)

    1. La Comisión no tiene conocimiento del estudio económico citado. Por otra parte, los autores del estudio holandés impugnaron formalmente la presentación hecha por la prensa de sus conclusiones.

    2. La presión competitiva que existirá en la gran distribución llevará a las grandes casas a organizar un paso al euro en términos de precio que sea favorable al consumidor. Del mismo modo, los comercios de proximidad que se benefician de la confianza de su clientela procurarán garantizar que ésta no pueda acusarles de una subida inesperada de los precios que les oriente hacia la gran distribución. Varias sociedades de la zona euro que ocupan el primer lugar en sus países tienen incluso previsto congelar sus precios durante varios meses a finales del 2001 y principios del 2002. Por otra parte, la mayoría de los comercios de los Estados miembros que participan en el euro expresan ya hoy los precios en las dos monedas y esta proporción va a ir creciendo con la proximidad de los plazos. Un acuerdo entre consumidores y profesionales celebrado bajo los auspicios de la Comisión, el Eurologotipo, tiene por objeto estimular la doble indicación de precios voluntaria y el respeto de las buenas prácticas. Este acuerdo se introdujo a nivel nacional en la mayoría de los Estados miembros de la zona euro.

    La doble indicación de los precios permite al consumidor y, eventualmente, a los organismos especializados nacionales o regionales de control comprobar que no hay una subida oculta con motivo del paso al euro. Por eso la Comisión también había recomendado la instauración de Observatorios locales del paso al euro (recomendación de 23 de abril 1998 98/288/CE(1), artículo 2 en particular) lo que se hizo en la mayoría de los Estados miembros de la zona euro.

    Por último, la fijación anticipada de los precios en euro en el tercer trimestre de este año, predicado por la Comisión en su recomendación del 11 de octubre de 2000(2), contribuye también al mismo objetivo. El problema, si llega a haberlo, se limitaría pues probablemente a los sectores poco abiertos a la competencia o a algunos almacenes que no practican la doble indicación de precios.

    3. La libre fijación de los precios es un principio básico del funcionamiento del mercado interior. En cambio, las normas sobre redondeos con motivo de las operaciones de conversión de las unidades monetarias nacionales hacia el euro fueron establecidas por el Reglamento del Consejo (CE) no 1103/97, de 17 de junio de 1997, sobre determinadas disposiciones de relativas a la introducción del euro, y son obligatorias. Los profesionales deben pues respetar las normas de conversión cuando al aplicar una doble indicación de precios. La Comisión explora actualmente, con las partes signatarias del acuerdo Eurologo, los medios de reforzar este acuerdo en materia de estabilidad general de los precios, inspirándose en las disposiciones existentes en España e Irlanda. Se estudiarán también medidas en concertación con los Estados miembros para permitir un seguimiento rápido de la evolución de los precios a principios del 2002.

    4. Las posibles modificaciones de precios se harán, de una vez por todas, principalmente sobre los productos y servicios para los cuales se fijan precios psicológicos (o precios redondos). El establecimiento de nuevos precios psicológicos en puede hacerse al alza y a la baja. Nada permite hoy saber y afirmar que existirá un real aumento. Los anteriores antecedentes (p.ej.: decimalización de la libra esterlina) no se tradujeron en un movimiento significativo de subida de precios.

    5. La Comisión no cree que exista tal riesgo. Si se da una subida momentánea de los precios, lo que las explicaciones anteriores y las investigaciones por parte de las asociaciones sectoriales parecen descartar, será de muy pequeña amplitud dado que los posibles ajustes al alza serán compensados estadísticamente con posibles ajustes a la baja. No se trataría pues de un movimiento inflacionista, entendiendo éste como una subida continua de todos los precios. En consecuencia, es poco probable que tal ajuste coyuntural de precios pueda poner en peligro el poder adquisitivo de los ciudadanos.

    (1) DO L 130 de 1.5.1998.

    (2) DO C 303 de 24.10.2000.

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