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Document 62025TN0881
Case T-881/25: Action brought on 19 December 2025 – Ryanair v Commission
Asunto T-881/25: Recurso interpuesto el 19 de diciembre de 2025 – Ryanair/Comisión
Asunto T-881/25: Recurso interpuesto el 19 de diciembre de 2025 – Ryanair/Comisión
DO C, C/2026/1348, 16.3.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1348/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/1348 |
16.3.2026 |
Recurso interpuesto el 19 de diciembre de 2025 – Ryanair/Comisión
(Asunto T-881/25)
(C/2026/1348)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Ryanair DAC (Swords, Irlanda) (representantes: F.-C. Laprévote, E. Vahida, S. Rating, C. Cozzani y L. Geiger, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule íntegramente la Decisión de la Comisión Europea de 28 de octubre de 2025. |
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Con carácter subsidiario, anule la Decisión de la Comisión Europea de 28 de octubre de 2025 en la medida en que no permite el acceso a una versión expurgada de los documentos solicitados. |
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Condene en costas a la Comisión Europea. |
Motivos y principales alegaciones
Mediante el presente recurso, la demandante solicita la anulación de la Decisión de la Comisión Europea de 28 de octubre de 2025 con arreglo al artículo 11 de las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 (en lo sucesivo, «Reglamento»), anexa al Reglamento interno de la Comisión, en respuesta a la solicitud confirmatoria de Ryanair de 18 de agosto de 2025 dirigida a que se reexaminara la posición expuesta por el Director General de Competencia de la Comisión sobre la solicitud inicial de acceso de Ryanair a documentos relativos al supuesto incumplimiento de compromisos impuestos a Deutsche Lufthansa AG en la Decisión de la Comisión de 25 de junio de 2020 relativa a la ayuda estatal SA.57153 (2020/N) — Alemania — COVID-19 — Ayuda a Lufthansa.
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
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1. |
Primer motivo, basado en que la Comisión aplicó erróneamente la excepción prevista en el artículo 4, apartado 2, tercer guion, del Reglamento y la correspondiente presunción general de confidencialidad:
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2. |
Segundo motivo, basado en que la Decisión impugnada incumple la obligación de motivación que incumbe a la Comisión en virtud del artículo 296, apartado 2, TFUE y los derechos procesales de la demandante protegidos por la Carta:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1348/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)