Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62025CN0293

Asunto C-293/25, Moguchev: Petición de decisión prejudicial planteada por el Apelativen sad Sofia (Bulgaria) el 22 de abril de 2025 – Proceso penal contra RT

DO C, C/2025/3407, 30.6.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/3407/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/3407/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/3407

30.6.2025

Petición de decisión prejudicial planteada por el Apelativen sad Sofia (Bulgaria) el 22 de abril de 2025 – Proceso penal contra RT

(Asunto C-293/25, Moguchev  (1) )

(C/2025/3407)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Apelativen sad Sofia

Partes en el proceso principal

Apelante: RT

Apelada: Sofiyska apelativna prokuratura

Cuestiones prejudiciales

¿Deben interpretarse los artículos 8, apartado 1, y 25 de la Decisión Marco 2008/909/JAI (2) del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas u otras medidas privativas de libertad a efectos de su ejecución en la Unión Europea, en el sentido de que admiten una normativa y una jurisprudencia nacionales con arreglo a las cuales un órgano jurisdiccional nacional que conoce de la ejecución de una «pena privativa de libertad» y de un certificado emitido en virtud del artículo 5, apartado 1, de dicha Decisión Marco puede aplicar, para el reconocimiento y ejecución de dicha sentencia, un procedimiento existente en la legislación nacional, distinto del previsto en el Derecho nacional para la transposición de dicha Decisión Marco, cuando el certificado y la sentencia han sido transmitidos después de que un órgano jurisdiccional del mismo país haya denegado la ejecución de la orden de detención europea y se haya comprometido a ejecutar la pena en virtud del artículo 4, punto 6, de la Decisión Marco 2002/584/JAI (3) del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros?


(1)  La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.

(2)   DO 2008, L 327, p. 27.

(3)   DO 2002, L 190, p. 1.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/3407/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


Top