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Document 62022TN0751
Case T-751/22: Action brought on 1 December 2022 — Mazzone v Parliament
Asunto T-751/22: Recurso interpuesto el 1 de diciembre de 2022 — Mazzone/Parlamento
Asunto T-751/22: Recurso interpuesto el 1 de diciembre de 2022 — Mazzone/Parlamento
DO C 35 de 30.1.2023, p. 72–74
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 35/72 |
Recurso interpuesto el 1 de diciembre de 2022 — Mazzone/Parlamento
(Asunto T-751/22)
(2023/C 35/94)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Antonio Mazzone (Nápoles, Italia) (representante: M. Paniz, abogado)
Demandada: Parlamento Europeo
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la decisión relativa a las «Modificaciones aplicables a la determinación de los derechos de pensión de jubilación de un antiguo diputado de mandato italiano al Parlamento Europeo», comunicada mediante escrito de 21 de septiembre de 2022, recibido el 5 de octubre de 2022, que fue remitido por la Dirección General de Finanzas del Parlamento Europeo y tiene por objeto la «Nueva determinación de los derechos de pensión de jubilación a raíz de la Decisión n.o 150, de 3 de marzo de 2022, de la Mesa de la Cámara de Diputados», así como cualquier otro acto previo, sucesivo o consiguiente. |
— |
Constate y declare el derecho de la parte demandante al mantenimiento de la asignación vitalicia concedida por el Parlamento Europeo por los importes devengados y por devengar en el momento de la primera liquidación. |
— |
Condene al Parlamento Europeo a abonar a la parte demandante la totalidad de las cantidades indebidamente retenidas, incrementadas con el importe de la revalorización monetaria y los intereses legales desde la fecha en que fueron retenidas. |
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Condene al Parlamento Europeo a ejecutar la sentencia que recaiga y al restablecimiento inmediato e íntegro de la asignación vitalicia en la medida determinada originalmente. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la violación de la reserva de competencia de la Mesa del Parlamento Europeo (artículo 25 del Reglamento interno del Parlamento Europeo).
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2. |
Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 296 TFUE, párrafo segundo, y del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE). (1) Insuficiente motivación del acto impugnado.
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3. |
Tercer motivo, basado en la adopción de la decisión impugnada sin una base jurídica válida y en la aplicación errónea del anexo III de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados (2) (en lo sucesivo, «Reglamentación GDD») y de los artículos 74 y 75 de la Decisión sobre las medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (3) (en lo sucesivo, «Decisión MAE»).
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4. |
Cuarto motivo, basado en la interpretación errónea del artículo 75 de la Decisión MAE y de los anexos I, II y III de la Reglamentación GDD. Infracción del artículo 28 del Estatuto de los Diputados y del derecho a pensión de la parte demandante.
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5. |
Quinto motivo, basado en la violación de los principios de confianza legítima, de seguridad jurídica, de protección de los derechos adquiridos y del principio de igualdad.
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6. |
Sexto motivo, basado en la infracción del artículo 17 de la CDFUE. Infracción del artículo 1 del Protocolo n.o 1 del CEDH. Falta de proporcionalidad del sacrificio impuesto.
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7. |
Séptimo motivo, basado en la infracción de los artículos 21 y 25 del CDFUE, del artículo 10 del TFUE y del artículo 15 del Pilar Europeo de Derechos sociales.
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(2) Decisión de la Mesa ampliada de 4 de noviembre de 1981; Decisión de la Mesa de 24 y 25 de mayo de 1982, modificada el 13 de septiembre de 1995 y el 6 de junio de 2005.
(3) Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 19 de mayo y 9 de julio de 2008, por la que se establecen medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (DO 2009, C 159, p. 1).